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Llabulén Pilquinao José Domingo – Memoria Viva

Llabulén Pilquinao José Domingo

Temuco - memoriales.cl
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Lautaro municipiolautaro.cl
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Rut : 3.027.900-K

Fecha Detención : 11-10-1973
Comuna Detención : Lautaro


Fecha Nacimiento : 05-05-1929 Edad : 44

Comuna Nacimiento : Lautaro
Partido Político : Partido Comunista (PC)
Oficio o Profesión : Agricultor

Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chilena

Mapuche


Relatos de Los Hechos

Fuente :(Informe de la Corporación)

Categoría : Antecedentes del Caso

44 años, agricultor, detenido desaparecido el 11 de octubre de 1973 en Lautaro.

José Domingo Llabulén Pilquinao, militante del Partido Comunista, desapareció ese día en Lautaro, luego de ser detenido por efectivos de Carabineros pertenecientes a la Comisaría de dicha ciudad. De acuerdo con el testimonio prestado por su hijo, testigo presencial de los hechos, José Llabulén fue detenido por Carabineros en los momentos en que viajaba en un bus desde la ciudad de Lautaro hacia su domicilio, ubicado en la reducción indígena Quiñaco-Manzanal. Los aprehensores, luego de hacerlo bajar del microbús, se lo llevaron detenido en una camioneta fiscal con rumbo desconocido, sin que hasta la fecha se tengan noticias acerca de su paradero. Su detención fue negada en la Comisaría de Carabineros de Lautaro. La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación consignó en su Informe nueve casos de personas de origen mapuche que desaparecieron luego de ser detenidas en los alrededores de la ciudad de Lautaro por funcionarios de Carabineros. Todos ellos fueron calificados como víctimas de violación de derechos humanos.

Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada, el Consejo Superior de esta Corporación llegó a la convicción de que José Domingo Llabulén Pilquinao fue detenido por agentes del Estado y desapareció mientras lo mantenían en esa calidad. En consecuencia, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.

 

 


12 años de cárcel para carabineros (R) por secuestro de agricultor en 1973

Fuente :vivepais.cl, 23 de Octubre 2021

Categoría : Prensa

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo y condenó a oficial y suboficial en retiro de Carabineros, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del agricultor José Domingo Llabulén Pilquinao, ilícito cometido a partir del 11 de octubre de 1973, en la comuna de Lautaro, región de La Araucanía.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Leopoldo Llanos, Jorge Zepeda y las abogadas (i) Pía Tavolari y Carolina Coppo– confirmó la sentencia de primer grado que condenó al entonces mayor Jorge Enrique Schweizer Gómez y al cabo Domingo Antonio Campos Collao a penas de 12 años de presidio, en calidad de autores del delito, al establecer error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que aplicó la media prescripción y rebajó la condena de primera instancia.

“Que sobre la errónea aplicación del artículo 103 del Código Penal que denuncia el arbitrio en estudio, como reiteradamente ha sostenido esta Corte, dado que tanto la media prescripción como la causal de extinción de la responsabilidad penal se fundan en el transcurso del tiempo como elemento justificante para su aplicación, la improcedencia de aplicar la prescripción total alcanza necesariamente a la parcial, puesto que una y otra institución se fundamentan en el mismo elemento que es rechazado por el ordenamiento penal humanitario internacional tratándose de un delito de lesa humanidad como el de la especie, de manera que ninguno de tales institutos resulta aceptable en el caso de marras”, afirma el fallo de la Corte Suprema.

Para la Sala Penal: “(…) al resolver en sentido contrario la sentencia impugnada ha incurrido en la causal invocada del artículo 546 N° 1 del Código de Procedimiento Penal, por cuanto, aunque califica el delito con arreglo a la ley, impone a los encartados una pena menos grave que la designada en ella, cometiendo error de derecho al acceder a una rebaja que conforme a la preceptiva internacional de derechos humanos resulta improcedente, yerro que, además, ha tenido influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, porque posibilitó una reducción de dos grados de la pena a la que de otra forma no podría haberse arribado”.

“Que en lo concerniente al equivocado rechazo de la agravante del artículo 12 N° 8 del Código Penal que también reprocha la recurrente, sin perjuicio de lo que se determinará en la sentencia de reemplazo, cabe aclarar que tal yerro no tiene influencia sustancial en lo dispositivo del fallo impugnado, pues la rebaja en dos grados que erróneamente lleva a cabo éste, puede fundarse únicamente en el referido artículo 103, sin que, de haber declarado que perjudica a los acusados la agravante del artículo 12 N° 8, ello hubiere obstado esa reducción, menos aún si ésta, en cualquier escenario de determinación de pena, debe compensarse con la minorante del artículo 11 N° 6 que favorece a todos ellos”.

Con relación al tercer condenado en la causa, el capitán de Carabineros, a la época de los hechos, Marcial Edmundo Vera Ríos, quien falleció el 1 septiembre de 2019, la Corte Suprema lo excluye de la presente resolución, debiendo el juez de primer grado, “recabar el certificado respectivo y dictar la resolución que en derecho corresponda”.


Corte Suprema condenó a ex carabineros por secuestro y desaparición de agricultor en 1973

Fuente :cooperativa.cl, 23 de Octubre 2021

Categoría : Prensa

José Domingo Llabulén Pilquinao, militante del PC, fue raptado frente a dos de sus hijos en Lautaro (Región de La Araucanía) un mes después del golpe militar.

Jorge Enrique Schweizer Gómez y Domingo Antonio Campos Collao, mayor y cabo en retiro, respectivamente, fueron sentenciados a 12 años de cárcel.

Durante la dictadura (1973-1990), según datos oficiales, unas 2.300 personas murieron a manos de agentes del Estado, de las que 1.192 permanecen aún como detenidos desaparecidos y otras 33.000 fueron torturadas y encarceladas por causas políticas.

La Corte Suprema acogió un recurso de casación y condenó este viernes a 12 años de cárcel a dos funcionarios en retiro de Carabineros por el secuestro calificado (desaparición forzosa) del agricultor José Domingo Llabulén Pilquinao, militante del Partido Comunista, cometido en la sureña comuna de Lautaro, Región de La Araucanía, el 11 de octubre de 1973, un mes después del golpe militar que inició la dictadura.

La II Sala del máximo tribunal ratificó por unanimidad la sentencia dictada en primera instancia por el juez Álvaro Mesa, que condenó al entonces mayor Jorge Enrique Schweizer Gómez y al cabo Domingo Antonio Campos Collao en calidad de autores del crimen.

Los magistrados establecieron un "error de derecho" en una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que había aplicado la media prescripción y rebajó la condena de primera instancia.

Con relación al tercer condenado en la causa, el ex capitán Marcial Edmundo Vera Ríos, quien falleció el 1 septiembre de 2019, la Suprema lo excluyó de la presente resolución, debiendo el juez Mesa "recabar el certificado respectivo y dictar la resolución que en derecho corresponda".

SECUESTRADO FRENTE A SUS HIJOS 

Respecto al caso, el fallo de primera instancia dio por establecido que la víctima, de 44 años, "viajaba en un bus de recorrido rural desde Lautaro hacia su domicilio ubicado en la comunidad indígena de Quiñaco-Manzanal, junto a dos de sus hijos" el 11 de octubre de 1973, cuando "en un determinado punto del camino el microbús fue interceptado por una patrulla de Carabineros de la 1° Comisaría de Lautaro que se movilizaba en una camioneta particular, ordenando al chofer del móvil detener su marcha".

"Acto seguido hicieron descender a todos los pasajeros del bus, tomando posteriormente detenido a José Domingo Llabulén Pilquinao, a quien subieron a la camioneta en que la patrulla se movilizaba, sin portar aparentemente una orden judicial que los facultara para tal acto", constató la investigación.

"Inmediatamente la patrulla se dirigió a la Comisaría de Lautaro siendo seguidos por los hermanos Llabulén Llaulén (hijos de la víctima), quienes pudieron ver el momento en que su padre era bajado del móvil e ingresado a la unidad siendo esta la última vez que tuvieron noticia sobre el paradero de su padre", indicó.

Durante la dictadura (1973-1990), según datos oficiales, unas 2.300 personas murieron a manos de agentes del Estado, de las que 1.192 permanecen aún como detenidos desaparecidos y otras 33.000 fueron torturadas y encarceladas por causas políticas.


Chile: La Patrulla de Lautaro, la policía secreta que desapareció a mapuches en la dictadura.

Fuente :cctt.cl, 27 de Noviembre 2018

Categoría : Prensa

El carabinero en retiro Domingo Campos Collao es el último condenado de La Araucanía que ingresó al penal Punta Peuco. En agosto pasado salió de la Corte de Apelaciones de Temuco custodiado por gendarmes y acompañado por su hijo para cumplir con una pena de cinco años y un día por su responsabilidad como autor del secuestro de Gervasio Huaiquil Calviqueo, un mapuche sin militancia política detenido por la Patrulla de Lautaro. Este grupo estuvo integrado por militares y carabineros que, bajo una supuesta «limpieza de cuatreros», detuvo e hizo desaparecer a mapuches en la provincia de Cautín durante la dictadura.

Manuela (43) fue quien dio la idea en la familia de conmemorar a su papá, a fines de este mes, con una misa en la capilla de Lautaro, en La Araucanía. Cuando el sacerdote le preguntó por el motivo, si es que era en memoria de un difunto, lo único que ella le pudo contestar fue:

−Es que, eso, no lo sabemos, padre. Pero de no ser así, quisiera pensar que a estas alturas, ya se habría acordado de la familia, pero no lo sabemos− le dijo.

Gervasio Héctor Huaiquil Calviqueo hoy tendría 69 años.

Después de que la Patrulla lo detuvo, el 26 de octubre de 1975, su mamá Mercedes Huaiquilao (75) intentó no alterar mayormente las rutinas. Les decía a sus hermanos que no se demoraran en volver de la escuela, que su papá iba a llegar a la tarde y, para la once, le dejaba un puesto preparado. Con el tiempo esa espera se fue haciendo insostenible y fue mejor no hablar tanto de lo que le había pasado al papá. Había que continuar.

Para esa fecha Manuela sólo tenía seis meses y todo lo que sabe de Gervasio ha sido por el relato de otros. Desde que llegó a trabajar a Santiago cuenta que inevitablemente lo ha seguido buscando. Y aunque no tiene referencias fotográficas, ni la foto de su carnet, lo imagina como uno de sus hermanos que, según le ha dicho Mercedes, se parece mucho a él.

−Siempre le miro la cara a las personas que duermen en las plazas, en las calles. No será que lo golpearon tanto y se olvidó de nosotros. No será mi viejo el que está ahí−, piensa, a veces, Manuela.

El 29 de agosto pasado, el carabinero en retiro Domingo Campos Collao, uno de los integrantes de la Patrulla de Lautaro, salió de la Corte de Apelaciones de Temuco custodiado por gendarmes y acompañado por su hijo con destino al penal Punta Peuco. El tribunal lo condenó a una pena de cinco años y un día por su responsabilidad como autor del secuestro calificado de Gervasio Huaiquil, un agricultor mapuche sin militancia política.

Manuela cuenta que después de su detención, los carabineros y militares que integraron esta policía secreta los encerraron e incendiaron la ruka de la comunidad en la que vivían. Si no hubiese sido por la ayuda de los vecinos ella, su mamá y sus hermanos se habrían calcinado adentro. De ese momento, la voz de uno de los carabineros quedó grabada en la memoria de Mercedes, su mamá: “Prendámosle fuego a estos indios de mierda”.

Ese miércoles de agosto, el abogado de la familia le dijo a Manuela que sintonizara el canal regional porque estaba apareciendo en vivo Collao cuando salía del tribunal. Ella no fue capaz de verlo; tampoco quiso conocerlo en persona en las audiencias del juicio. Dice que fue suficiente con lo que le ha contado su mamá sobre el careo que tuvieron hace unos años. La rabia y el dolor se transmiten.

Una limpieza de cuatreros

El mismo día del Golpe, los militares se acuartelaron en el Regimiento La Concepción y los carabineros también permanecieron recluidos en la primera comisaría de Lautaro. Algunos declararon que por meses estuvieron cumpliendo labores administrativas; dormían en las oficinas del archivo de Carabineros sin salir del cuartel.

Cuando el coronel Hernán Ramírez Ramírez tomó el poder de la gobernación que hasta ese mes de septiembre encabezaba el comunista Fernando Teillier, padre del escritor Jorge Teillier, le requisaron una camioneta verde oscuro con techo blanco. Ese vehículo se convirtió en el sello de la Patrulla, un grupo especialmente conformado para detener a los opositores de la dictadura en la provincia de Cautín y sus alrededores.

De los integrantes de esta policía secreta, cuatro de ellos hoy llevan acompañado un Q.E.P.D en los documentos judiciales: el teniente Orlando Huerta Ávila, el hombre que daba las órdenes, Juvenal SanhuezaEnrique Ferrier y Mario Ponce Orellana, mientras que Domingo Campos Collao está en la cárcel desde hace unos meses.

El grupo tenía asignada una oficina exclusiva al interior del cuartel en la que interrogaban a los detenidos. Para el resto de los carabineros estaba prohibido su ingreso, aunque sabían que ahí se tomaban las decisiones sobre la “limpieza de cuatreros” que se hacía en la zona. Los primeros días, la Patrulla llevó a cerca de cuarenta detenidos hasta la comisaría, una cifra que aumentaría con el transcurso de los meses.

Los oficiales del Ejército tenían una desventaja que rápidamente pudieron superar con la ayuda de los carabineros. Y era que los militares desconocían muchos sectores que se hacían intransitables por la vegetación espesa de los bosques; algo que los policías manejaban por sus rondas constantes en el territorio, sobre todo, por las detenciones por robos de animales o abigeato. Fue una colaboración estrecha que permitió efectuar los procedimientos, liderados por el mayor de Carabineros Jorge Schweizer y el coronel Ramírez.

−Era hacia el campo donde los terroristas tenían las tomas de terreno−, se lee en la declaración que hizo Schweizer, el mandamás del cuartel, en el proceso judicial por el caso del campesino José Domingo Llabulen, que al igual que Gervasio Huaiquil fue otra víctima de la Patrulla.

No sólo se hablaba de los detenidos como los cuatreros sino que también de los mapuches con malos antecedentes o de los indígenas políticos; de ellos, la unidad de archivos de Carabineros mantenía una lista y un croquis detallado de los lugares donde vivían. Fueron coordenadas valiosas para el Ejército.

−En cuanto a los otros indígenas que se me nombra José Domingo Llabulen, Juan Milla Montuy, Julio Paine Lipin y José Cuevas Cifuentes, del primero les mostré su domicilio a los funcionarios o a los militares, eso nada más (…) ¿Por el motivo que pidieron esas listas? Me imagino que para eliminar a esa personas. Nunca más aparecieron− declaró Campos Collao ante la justicia.

El encargo de Llabulen

A Campos Collao también lo condenaron por la desaparición de José Domingo Llabulen Pilquinao, un campesino y militante del Partido Comunista, ocurrida el 11 de octubre de 1973. Aunque en febrero de este año el ministro Álvaro Mesa Latorre dictó una pena de doce años por su responsabilidad como autor de secuestro calificado, la Corte de Apelaciones de Temuco consideró la media prescripción rebajándola a cinco años, con lo que Collao podría optar a la libertad condicional.

El chofer chofer Manuel “Nilo” Cid y el auxiliar de bus Benedicto Mardones fueron testigos de la detención de José.

Nilo conducía, un Ford de 1961 de colores blanco con verde que recorría Lautaro, Chumil y Temuco. La mañana del 11 de octubre de 1973, José tomó la micro junto a dos de sus hijos. Iba a vender un animal al pueblo. Pasó el día y ambos trabajadores de los microbuses “Rojas” se alistaban para regresar a la primera ciudad en un viaje ya rutinario: los pasajeros volvían cargados con compras e iban parando en distintos puntos para adentrarse en sus casas rurales. Todos sabían que el viaje partía a las 17:00 horas.

Treinta minutos antes, una Patrulla de Carabineros le preguntó a Nilo por un tal Llabulen. Él dijo que no, que no lo había tomado esa mañana. Pero sus palabras no evitarían que siguieran rondando la zona, un patrullaje que ya levantaba sospechas, sobre todo entre quienes se movilizaban con frecuencia por el sector.

Poco después apareció en el camino nuevamente José Llabulen y el chofer, un poco alarmado, le sugirió que se fuera de a pie por el otro lado del puente Cautín para que no lo vieran en el bus.

−¡No, negro, cómo va a ser tanto!− le respondió él incrédulo y pasó a sentarse a la parte trasera del vehículo.

Antes de cruzar el puente, la camioneta adelantó al microbús obligándolo a parar cerca de un molino. Hicieron descender a todos los pasajeros. José avanzó detrás de las otras personas y antes de bajar cruzó unas palabras con el conductor: le encargó el paquete que llevaba, era un bidón de parafina y un paquete de alimentos. Sabía lo necesario que era para su familia. El cabo Enrique Ferrier le pegó un culatazo y junto a su par Domingo Campos Collao lo tiraron a la camioneta. De todo el grupo, sólo se  

lo llevaron a él. Lo acusaron de robo de ganado.

Al día siguiente, su esposa Francisca Llaulen Antilao fue a consultar a todos los lugares donde creía que podía estar su esposo: a Carabineros de Lautaro, al Regimiento La Concepción, a la Policía de Investigaciones y a la cárcel pública. Nada. Nadie sabía del paradero de José Llabulen.

Pasaron dos días y los niños fueron a la oficina de microbuses a buscar el encargo que había hecho su papá, sin saber, hasta ahí, que se convertiría en uno de los detenidos desaparecidos de Lautaro.

Asociación ilícita

Se comentaba que el cabo Enrique Ferrier tenía marcas en la cacha de su revólver para llevar la cuenta de las personas detenidas o asesinadas.

Según vio el soldado Paicaví Painemal, que para el año 73 hacía el servicio militar, los detenidos llegaban al regimiento por la noche, después de pasar por los calabozos y pesebreras de la primera comisaría de Lautaro. Recuerda, también, que las sesiones de tortura de los detenidos por “temas políticos” eran en el gimnasio, en las caballerizas y en el picadero; golpes de puños y pies en distintas partes del cuerpo, los colgaban y probablemente les aplicaban corriente. En las declaraciones judiciales, varios funcionarios de carabineros reconocen que la mayoría de los detenidos eran de origen mapuche.

En los testimonios que se entregaron tanto en la causa de José LLabulen como de Gervasio Huaiquil se lee que algunos carabineros y oficiales pensaban que todo era una mala broma porque veían que todo funcionaba con regularidad. El coronel en retiro del Ejército Jorge Nibaldo del Río ha asegurado ante la justicia que nunca recibió instrucciones para detener a personas civiles o practicar allanamientos en sus comunidades.

−Quizás debí investigar más a fondo−, dijo el teniente Marcial Vera Ríos cuando los abogados repasaron estos hechos ante tribunales y agregó en su declaración de enero de 1996− el grave problema fue que el mando de la comisaría no supo o no pudo poner coto a tiempo a las detenciones ni a las actividades de carabineros con los militares−.

Hasta ahora en ninguna de las causas judiciales en que se ha procesado a integrantes de la Patrulla se ha considerado el delito de asociación ilícita, a pesar de que esta fue una organización que respondía a una jerarquía y que fue constituida especialmente para cometer delitos. Y los militares siguen siendo intocables, sólo los carabineros han sido procesados.


Ministro Álvaro Mesa condena a 3 Carabineros (r) por el secuestro calificado de José Domingo llabulén Pilquinao en Lautaro.

Fuente :diarioconstitucional.cl, 23 de Febrero 2018

Categoría : Prensa

El Ministro en visita condenó a los Carabineros en retiro Jorge Enrique Schweizer Gómez, Marcial Edmundo Vera Ríos y Domingo Antonio Campos Collao

El Ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, condenó a los Carabineros en retiro Jorge Enrique Schweizer Gómez, Marcial Edmundo Vera Ríos y Domingo Antonio Campos Collao, a las penas de 12 años de presidio por su responsabilidad como autores del delito de secuestro  calificado de José Domingo Llabulén Pilquinao, ilícito perpetrado el 11 de octubre de 1973, en la comuna de Lautaro.

Durante la investigación, el ministro en visita extraordinaria logró establecer los siguientes hechos:

A.- Que a partir del 11 de septiembre de 1973 en la 1° Comisaría de Carabineros de Lautaro el mando a cargo de la unidad, entre los que se cuentan al Mayor Jorge Enrique Schweizer Gómez y al Capitán Marcial Edmundo Vera Ríos, organizó y coordinó un grupo especial de carabineros entre los que se encontraban Juvenal Santiago Sanhueza Sanhueza (Q.E.P.D.), Enrique Ferrier Valeze (Q.E.P.D.), Mario Ponce Orellana (Q.E.P.D.) y el Cabo Domingo Antonio Campos Collao, entre otros, quienes bajo las órdenes del Teniente José Orlando Huerta Ávila (Q.E.P.D.) colaboraron con personal de ejército del Regimiento La Concepción de Lautaro, realizando patrullajes conjuntos por la zona rural dependiente de la unidad policial antes indicada, a la vez que procedieron a indicar los nombres y domicilios de personas que posteriormente fueron detenidas y llevadas a la Comisaría para ser interrogadas en distintas dependencias de esa unidad; o que fueron retiradas por este grupo especial de carabineros y personal militar para ser llevados a lugares desconocidos hasta la fecha.

B.- Que el día 11 de octubre de 1973, en horas de la tarde, José Domingo Llabulén Pilquinao, 44 años, agricultor y militante del Partido Comunista, viajaba en un bus de recorrido rural desde Lautaro hacia su domicilio ubicado en la comunidad indígena de Quiñaco – Manzanal, junto a dos de sus hijos. En un determinado punto del camino el microbus fue interceptado por una patrulla de Carabineros de la 1° Comisaría de Lautaro que se movilizaba en una camioneta particular, ordenando al chofer del móvil detener su marcha. Acto seguido hicieron descender a todos los pasajeros del bus, tomando posteriormente detenido a José Domingo Llabulén Pilquinao, a quien subieron a la camioneta en que la patrulla se movilizaba, sin portar aparentemente una orden judicial que los facultara para tal acto.

C.- Testigos de la detención fueron los dos hijos de la víctima que lo acompañaban en ese momento, esto es, Juan Alfonso Llabulén Llaulén (hoy fallecido), y José Domingo Llabulén Llaulén, quienes identificaron como integrantes del grupo de aprehensores al Sargento Ferrier (Q.E.P.D.), Mario Ponce Orellana (Q.E.P.D.) y al Cabo Domingo Antonio Campos Collao, todos de Lautaro. Inmediatamente la patrulla se dirigió a la Comisaría de Lautaro siendo seguidos por los hermanos Llabulén Llaulén, quienes pudieron ver el momento en que su padre era bajado del móvil e ingresado a la unidad siendo esta la última vez que tuvieron noticia sobre el paradero de su padre.

En el aspecto civil, el fallo condenó al fisco a pagar una indemnización total de $55.000.000 por el daño moral al hijo de la víctima.