Fecha Detención : 31-10-1974
Lugar Detención : Santiago
Actividad Política : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Actividad : Médico veterinario
Estado Civil e Hijos : Soltero, 1 hijo
Nacionalidad : chilena
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Relatos de Los Hechos
Fuente :Vicarìa de la Solidaridad
Categoría : Antecedentes del Caso
Rut : 5.746.173 de Santiago
F.Nacim. : 6 06 1948, 26 años a la fecha de su detención
Domicilio : Las Margaritas 2749, Conchalí, Santiago
E.Civil : Soltero, con un hijo
Actividad : Egresado de medicina Veterinaria de la Universidad de Chile. Asesor técnico y promotor de productos veterinarios.
C.Repres. : Militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
F.Detenc. : 31 de octubre de 1974
Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido en las siguientes circunstancias: El día 31 de octubre de 1974, a las 22:30 hrs., se presentaron en el domicilio de Jorge D'orival Briceño, de la calle Las Margaritas 2749, Conchalí, y que correspondía a la casa de los padres de su pareja, Antonieta Rubio, un grupo de aproximadamente unos cinco a ocho individuos vestidos de civil, armados con ametralladoras y que manifestaron verbalmente pertenecer a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).
Los sujetos mencionados se movilizaban en 2 vehículos, una camioneta marca Ford, año 1958, de color gris y otra, marca Chevrolet, roja con toldo verde oliva, y en la que podía leerse la placa EM 965 de Las Condes.
Una vez que los agentes de la DINA ingresaron al domicilio del afectado, procedieron a su allanamiento, sin exhibir orden alguna para ello. Asimismo, se dirigieron a Jorge D'Orival, le solicitaron su cédula de identidad, y vista ésta, procedieron a esposarlo y detenerlo en presencia de las personas que se encontraban en la casa, quienes eran su mujer, Antonieta Rubio Aranda, una hermana de ésta, Ruby Rubio Aranda, y la madre de ambas, doña Ubaldina Aranda Aranda. En esos instantes, uno de los agentes que permanecía afuera de la morada, en los vehículos, procedió a bajar de uno de ellos, a una persona que mantenían detenida, llamada Marcelo Salinas Eytel, quien se encuentra actualmente desaparecido, a fin de que reconociera al afectado.
Una vez que se verifica materialmente la detención de Jorge D'orival, Antonia Rubio trata de acercarse a él para despedirse, pero es golpeada por uno de los aprehensores conocido por el apelativo de "Caballo loco". Luego de esto, los sujetos emprenden con los detenidos con rumbo desconocido.
Posteriormente, se reconocería positivamente a uno de los autores directos de la detención del afectado como Osvaldo Raúl Romo Mena, alias "el Guatón Romo", un sujeto gordo, moreno, de 1.80 mts. de estatura, y que oficiaba como jefe del grupo.
El día 1° y 2 de noviembre de 1974, se presentaron nuevamente en el domicilio del afectado el agente de la DINA, Osvaldo Romo Mena, en compañía de otro sujeto de unos 24 años, delgado, con chasquilla, que conducía la camioneta Chevrolet, color rojo, en la que se movilizaban. El motivo de estas "inusuales visitas" era pedir a Antonieta Rubio las llaves de un departamento que poseían con el afectado en Merced 471 depto. 410. Luego de conseguidas las llaves, en compañía de la conviviente de Jorge D'Orival, los sujetos llegaron hasta el inmueble señalado, procediendo a registrarlo, sin tener orden alguna para ello, regresando luego a Antonieta hasta su domicilio.
El 3 de noviembre de 1974, Osvaldo Romo llamó por teléfono a Antonieta Rubio, a su casa, y le preguntó por Agustín D'Orival Briceño, hermano del afectado (el que también estaba siendo buscado por los servicios de seguridad), agregándole que su conviviente se encontraba bien.
El 4 de noviembre de 1974 alrededor de las 15:00 hrs. Osvaldo Romo, siempre en compañía del sujeto delgado y de chasquilla que conducía la camioneta Chevrolet en que se movilizaban, se presentó en el domicilio del afectado, preguntó nuevamente por Agustín D'Orival Briceño y revisó el maletín de trabajo de la víctima, anunciándole a su conviviente que le permitiría verlo, ya que según dijo, Antonieta Rubio se había portado en forma tranquila, con la advertencia de no contar a nadie lo sucedido. Luego procedió a bajar a Jorge D'Orival de la camioneta. De esta manera su mujer pudo comprobar que éste presentaba muestras evidentes de haber sido torturado, con hematomas en todo el cuerpo, y particularmente su cara y labios amoratados, con heridas en los pies y marcas de haber sido inyectado en sus brazos, totalmente deshidratado, sin comer desde el día de su detención. Jorge D'Orival presentaba, además, un gran derrame sanguíneo en uno de sus ojos (el afectado sufría de miopía y usaba lentes de contacto). Los agentes de la DINA que lo acompañaban, le permitieron bañarse y cambiarse ropa, además de comer. Sin embargo, por su mal estado físico, el afectado sólo pudo beber un vaso de leche, luego conversó brevemente con Antonieta de asuntos personales, tomó a su hijo de sólo 2 meses de edad en sus brazos, se despidió y partió con sus aprehensores, con destino desconocido.
El mismo día 4 de noviembre, alrededor de las 22:00 horas se hicieron presentes en el domicilio de los padres del afectado Carmen Rosa Briceño Martínez y Agustín Eudoro D'Orival Espinoza ubicado en Monja Alférez N°3924 de San Miguel, un grupo de aproximadamente ocho individuos, de civil, los que no se identificaron, dirigidos por un sujeto grande, moreno y gordo (a quien más tarde la Sra. Briceño identificaría como Osvaldo Romo Mena). Los agentes consultaron a los dueños de casa si querían ver a su hijo Jorge Humberto, y ante su respuesta afirmativa, hicieron salir a la calle sólo a doña Carmen Briceño. La testigo relataría que había 2 camionetas estacionadas, dentro de una de las cuales y en medio de varios civiles, se encontraba el afectado, en un estado tan lamentable que casi no era capaz de modular, tenía su cara hinchada, de color terroso y sus ojos sanguinolentos y saltados, Jorge D'Orival le tomó las manos a su madre, le señaló que aquellos hombres "eran sus amigos" y le preguntó por su hermano Agustín, quien no se encontraba en el hogar. Luego de este fugaz y doloroso encuentro, los sujetos hicieron entrar a la Sra. Briceño a su casa, siendo esperada con inquietud, en su interior, por su esposo y dos de sus hijos. Esa noche se quedaron dos civiles en el domicilio; al día siguiente se turnaron y hubo cuatro durante el día, sin permitir a los moradores salir del lugar. Permanecieron allí hasta las 10.00 hrs. del 6 de noviembre de 1974.
Se debe hacer presente que el funcionario de la Policía de Investigaciones y hermano del afectado, Agustín D'Orival Briceño, era intensamente buscado por el equipo de agentes de la DINA comandado por Osvaldo Romo Mena. En efecto, los primeros días de noviembre de 1974 fue detenida por miembros del organismo mencionado, Edita Cortez León de la Barra, quien se había relacionado, en algún tiempo, afectivamente con el hermano de la víctima. Ella recordaría posteriormente, que en aquella oportunidad, las preguntas de sus aprehensores giraron exclusivamente sobre la persona de Agustín D'Orival y del supuesto lugar en el que éste se encontraría. Esta persona abandonó el país rumbo a Italia.
El 5 de noviembre de 1974 alrededor de las 19:00 hrs. se recibió un nuevo llamado telefónico de agentes de la DINA, en el domicilio del afectado. Era Osvaldo Romo Mena, quien después de preguntar por Agustín D'Orival, comunicó a Antonieta Rubio con la víctima. Jorge le preguntó por su pequeño hijo y le señaló que trataría de enviar una carta a su lugar de trabajo, para explicar lo sucedido. Luego de este breve diálogo, tomó la línea Osvaldo Romo, quien señaló a Antonieta que no había grandes problemas con la situación de su esposo, pero que no sabía cuándo podría volver a su hogar. Podría ser una semana o un mes, agregó y cortó. Nunca más volvería a encontrarse la pareja D'Orival Rubio.
En el mes de diciembre de 1974, transitando Antonieta Rubio por la Plaza de Armas de Santiago, vio la camioneta Chevrolet roja, patente EM?965 de Las Condes, que participó en la detención del afectado, y en su interior divisó a Osvaldo Romo Mena y a su chofer habitual.
Posteriormente, el 30 de junio de 1975, la esposa del afectado divisó en las proximidades de la Dirección General de Investigaciones, la misma Camioneta Chevrolet roja mencionada, esta vez con el número de patente LZ 412 de Las Condes, en cuyo interior estaba Romo y su chofer, los que al verla acercarse, se alejaron rápidamente del lugar.
Cabe señalar que Antonieta Rubio falleció el 23 de noviembre de 1975.
Tiempo después, el juez del 11° Juzgado del Crimen de Santiago, ofició a la Municipalidad de Las Condes, la que informó que la patente EM 965 corresponde a un Austin MG 1300. Asimismo, sobre la patente LZ 412, se señaló que fue girada por el Departamento de Tránsito, el 21 de mayo de 1975, correspondiendo a un vehículo: Camioneta Chevrolet C 10, Modelo 1973, N° de motor 231 77655, color blanco, y que fue solicitada a través de Oficio N°721019 de la Dirección Nacional de Rehabilitación (DINAR).
Por otra parte, no sólo hay testimonios presenciales de la detención de Jorge D'Orival, sino que también hay evidencia de su posterior permanencia en recintos a cargo de la DINA. En efecto, en declaración jurada prestada por el ex prisionero Enrique Pérez Rubilar, se señala que fue conducido a la casa de tortura de la DINA ubicada en José Domingo Cañas, el 1°de noviembre de 1974 y dejado en una pieza donde se encontraban unos 16 presos, entre los que recuerda a Jorge D'Orival Briceño y al matrimonio integrado por Marcelo Salinas Eytel y Jacqueline Drouilly Yurich, todos los cuales permanecen hasta hoy desaparecidos. Los agentes de la DINA se encargaban particularmente de las torturas de estas tres personas, por sus supuestas vinculaciones políticas con el entonces Secretario General del MIR, Andrés Pascal Allende.
Continuaría relatando el testigo que alrededor del 10 ú 11 de noviembre de 1974 fue trasladado, junto a las tres personas mencionadas, hasta el Pabellón de Incomunicados de "Cuatro Alamos", quedando el Sr. Pérez y el afectado en la Pieza N°6, al lado de un baño. Posteriormente, el 20 de noviembre del mismo año, Jorge D'Orival, Marcelo Salinas y su esposa Jacqueline Drouilly, fueron sacados desde 4 Alamos, para ser llevados ?según dijeron los guardias de la DINA conocidos por los apelativos de "El Bigote" y "Mauro" (Carlos Carrasco Matus), éste último también desaparecido, a un lugar mejor. Sin embargo, otros detenidos que luego llegaron al Campo, provenientes de Villa Grimaldi, señalaron haber visto a los tres afectados allí, siendo sometidos nuevamente a torturas.
El paso del afectado por los recintos de la DINA conocidos como José Domingo Cañas y Cuatro Alamos, se ve confirmado por las declaraciones de otros testigos presenciales de su reclusión.
Así, el matrimonio residente en Alemania compuesto por Edmundo Lebrecht y Gilda Bottai Monreal, afirman haber visto en José Domingo Cañas, los primeros días de noviembre de 1974, a Jorge D'Orival Briceño.
Por su parte, Nelson Agustín Aramburú Soto, detenido por personal de Investigaciones el 10 de octubre de 1974, y entregado posteriormente a la DINA, declaró que luego de permanecer recluido en el centro de detención y tortura del organismo mencionado, ubicado en calle Irán con Los Plátanos y conocido como "La Discoteque" o "Venda Sexy", fue trasladado hasta Cuatro Alamos, el 1° de noviembre de 1974, permaneciendo aquí unos quince días, para ser devuelto al primero de los recintos señalados. Posteriormente y alrededor del 27 de noviembre del mismo año, el testigo fue nuevamente conducido a "Cuatro Alamos". En esta oportunidad, fue ingresado en la pieza N°8, donde permanecían otros detenidos, entre ellos Jorge D'Orival Briceño. Del afectado recordaría que presentaba una herida infectada en un tobillo y que tenía problemas a la vista, pues había sido torturado con sus lentes de contacto puestos, lo que le produjo un derrame en uno de sus ojos. Asimismo, la víctima le manifestó que tenía una guagua recién nacida y que había sido detenido por Osvaldo Romo, quien era conocido de un hermano suyo (Agustín D'Orival). El afectado, siguiendo con el relato del Sr. Aramburú, que era una persona alta, joven, de unos veinticinco años, delgado, pelo liso castaño oscuro, temía por su vida, pues según señaló, pertenecía a un equipo de información del MIR, cuyos miembros se encontraban desaparecidos. El testigo tuvo su último contacto con D'Orival aproximadamente el 7 de diciembre de 1974, fecha en que Aramburú fue trasladado hasta la pieza N°13 de Cuatro Alamos.
Después de transcurrido un año de la detención del afectado, el 26 de diciembre de 1975 prestó declaración ante el 11° Juzgado del Crimen de Santiago, Marco Antonio Cruz Corvalán, quien permanecía entonces recluido en el Campamento de Prisioneros de "Puchuncaví". El testigo declaró que luego de haber permanecido recluido en el recinto de la DINA, conocido como "La Discoteque", fue llevado hasta "Cuatro Alamos", la primera quincena de diciembre de 1974, siendo introducido en una pieza, en la que se encontraba un muchacho, de unos 23 a 24 años, al que recordaría por su calidad humana, ya que a pesar de tener una herida en un tobillo por las torturas recibidas trató siempre de dar ánimo a los demás detenidos. Esta persona agrega Marco Cruz, se llamaba Jorge D'Orival, y le señaló que la DINA lo había llevado a su casa después de la detención y le permitieron cambiarse de ropa. Posteriormente, el testigo fue sacado, aproximadamente el quince de diciembre de 1974 a "Tres Alamos", enterándose en fecha posterior, a través de otro detenido que permaneció junto al afectado más tiempo, que Jorge D'Orival fue sacado desde "Cuatro Alamos", con destino desconocido.
El nombre del afectado figura en una lista de 59 chilenos, miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), dados por muertos, heridos o evadidos en acciones guerrilleras con fuerzas policiales argentinas, acaecidas en la localidad de Salta, y publicada en el diario O'Día, de Curitiba, Brasil. Esta nómina, unida a otra en la que figuran los nombres de 60 chilenos supuestamente muertos "por sus compañeros de lucha", en diversos países extranjeros (Argentina, Colombia, Venezuela, Panamá, México y Francia), y publicada en la Revista "Lea" de Buenos Aires, da un total de 119 personas. Cabe señalar que estas publicaciones aparecieron por una sola vez, sin pie de imprenta, sin editor responsable. Los nombres de estas listas corresponden a 119 personas que habían sido detenidas por los servicios de seguridad chilenos.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 4 de noviembre de 1974, Antonieta Rubio Aranda, presentó recurso de amparo en favor del afectado, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el que fue rolado con el N°1351.
La Corte ordenó pedir informe sobre la detención del amparado al Ministerio del Interior, al Comandante en Jefe de Zona en Estado de Sitio, General Sergio Arellano Stark, y al Comandante del Comando de Aviación de Combate. El Tribunal no se pronunció sobre las siguientes diligencias que habían sido solicitadas por la recurrente: Oficios a la Municipalidad de Providencia (para informar sobre la existencia de la patente EM 965), y a la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos. Tanto el Ministro del Interior, Raúl Benavides Escobar, como el General Arellano informaron a la Corte que Jorge D'Orival no se encuentra detenido por orden de ese Ministerio ni en la jurisdicción de esa jefatura en Estado de Sitio, como tampoco se le instruye causa en el Segundo Juzgado Militar de Santiago.
La recurrente puso en conocimiento de la Corte el hecho de que el 4 de noviembre de 1974, el afectado, en muy malas condiciones físicas, fue llevado hasta su domicilio y luego al de sus padres, por los mismos sujetos de civil que habían practicado su detención tres días atrás, como asimismo que por llamadas telefónicas anónimas se ha enterado que permanecería recluido en "Tres Alamos". En virtud de estos antecedentes, se solicitó oficiar a la Dirección de Inteligencia Nacional, (DINA). La Corte, el 18 de diciembre de 1974, sólo tiene presente lo expuesto y ordena reiterar el Oficio enviado al Comandante del Comando de Aviación de Combate. Posteriormente, Antonieta Rubio, insiste ante la Corte, esta vez solicitando se oficie al jefe del Campamento de "Tres Alamos", para que informe sobre el amparado, y se dicta igual resolución que la anterior.
El 6 de enero de 1975 se certifica en autos que el Comando de Combate de Aviación, por Oficio N°197 de 27 de diciembre de 1974 ha informado que Jorge D'Orival Briceño, no se encuentra procesado ni detenido por los Tribunales de Aviación dependientes de este Comando.
Para mejor resolver el recurso interpuesto, la Corte el 19 de enero de 1975 ordenó oficiar a la DINA y a la Municipalidad de Providencia. El primero de los organismos mencionados, por Oficio (R) 3550/167 OFJ señaló a la Corte: "tener la amabilidad de dirigirse al Ministerio del Interior (Departamento confidencial) o a la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos, los que tienen como misión dar este tipo de informaciones". La Municipalidad de Las Condes, en Oficio respuesta hace hincapié en que para darla información requerida sobre la patente EM 965, debe indicarse el año de la misma.
Posteriormente, se acompañaron al proceso sendas declaraciones juradas de los testigos presenciales de la detención del afectado Antonieta Rubio Aranda y los padres de la víctima Carmen Briceño Martínez y Agustín D'Orival Espinoza, y se solicitó por la recurrente se oficiara a la Contraloría General de la República, a fin de que indique si el Ministerio del Interior le ha hecho llegar el decreto de detención del afectado. La Corte, el 5 de marzo de 1975 dio lugar a esta diligencia y ordenó reiterar Oficio a la DINA y pedir cuenta directamente al jefe del Campamento de "Tres Alamos".
El 24 de marzo de 1975 la DINA vuelve a insistir en que debe pedirse la información solicitada al Ministerio del Interior o al SENDET. La Primera Sala de la Corte de Apelaciones dispuso, entonces, poner en conocimiento del Tribunal Pleno, la negativa de la Dirección de Inteligencia Nacional, a informar, al tenor de los hechos en que se fundamenta el recurso y oficiar al SENDET.
Respondiendo al Oficio remitido, la Municipalidad de Providencia informa que la patente EM965 pertenece a la comuna de Las Condes, sin embargo, la Municipalidad respectiva nunca remitió informe al Tribunal, no obstante haberse decretado.
Por su parte, la Contraloría General de la República, informó a la Corte, con fecha 4 de abril de 1974, que el Ministerio del Interior no ha remitido a este organismo el Decreto que dispone la detención del afectado. Lo anterior en atención a que la resolución N°1100 de 1973 no incluye entre los decretos que deben cumplir con el trámite de toma de razón a aquellos que dicte el Ministerio del Interior, con la fórmula "por orden de la Junta de Gobierno".
Posteriormente, se certificó en autos que "el Ministerio del Interior, en Oficio N°22 F.205, de 24 de abril, ha informado acerca de diversos recursos de amparo de personas, respecto de las cuales se ha pedido informe al jefe del Campamento de Detenidos de "Tres Alamos", y en el caso de Jorge D'Orival Briceño, consta a su respecto lo siguiente: "no registra antecedentes…".
Con fecha 25 de abril de 1975, la Corte de Apelaciones, teniendo presente que de los informes recibidos de las autoridades competentes no aparece que el amparado se encuentre privado de libertad, declaró sin lugar el recurso, ordenando en la misma resolución, oficiar al Juzgado del Crimen correspondiente, para que investigue la posible comisión de algún delito cometido con ocasión de los hechos denunciados.
De esta manera, con fecha dos de mayo de 1975, el juez del 11° Juzgado del Crimen de Santiago, ordenó instruir sumario, dando además, orden de investigar. El proceso por presunta desgracia fue rolado con el N°2161 8.
La orden de investigar diligenciada y agregada a los autos no aportó antecedentes que permitieran establecer el paradero del afectado. Es importante consignar que en la declaración extrajudicial prestada ante Investigaciones por Antonieta Rubio, ésta individualiza a uno de los aprehensores del afectado con el apellido Romo.
El 31 de julio de 1975, ante el mismo Tribunal, Antonieta Rubio, presentó querella criminal, por el delito de secuestro en contra de Osvaldo Romo y demás agentes de la DINA que procedieron a detener a Jorge D'Orival Briceño, la que fue acumulada a la causa rol 2161 8.
Sobre la identidad del afectado, se acompañaron a la querella, certificados de nacimiento, de trabajo, de estudios y foto tamaño pasaporte. Y respecto de las circunstancias que rodearon la detención de Jorge D'Orival, prestaron declaraciones ante el Tribunal: su conviviente doña Antonieta Rubio Aranda (1° de agosto de 1975) la que señala en su declaración que el nombre del afectado figura en una lista de 59 personas supuestamente muertas, heridas o evadidas, en un enfrentamiento con fuerzas policiales argentinas, en la localidad de Salta del vecino país, y que efectuadas diligencias ante el Ministerio del Interior y Embajada Argentina en Chile manifestaron no contar con informes oficiales y encontrarse investigando el asunto, como asimismo en los diarios nacionales se les señaló que la noticia había tenido una fuente de Gobierno que se negaron identificar; doña Carmen Rosa Briceño Martínez, madre del afectado (13 de agosto 1975); doña Ubaldina Aranda Aranda, madre de la primera de las nombradas (18 de agosto de 1975), y don Marco Antonio Cruz Corvalán (26 de diciembre de 1975). Este último, prestó declaración judicial mientras permanecía recluido en el Campo de Prisioneros de Puchuncaví, previa autorización del Ministerio del Interior y bajo custodia. El testigo señaló que permaneció recluido, junto a Jorge D'Orival, en el mes de diciembre de 1974, en el pabellón de incomunicados de Cuatro Alamos, recinto desde el cual fue sacado el afectado con rumbo desconocido, desconociéndose su paradero hasta hoy.
Respecto de la persona del agente de la DINA, Osvaldo Romo, quien practicó la detención del afectado, se consignan en autos, los siguientes antecedentes:
En la querella por secuestro, manifestó la Sra. Rosa Briceño que "cuando su hijo Agustín D'Orival, era funcionario de Investigaciones, en una oportunidad invitó a la casa a un colega o compañero de trabajo llamado Osvaldo Romo, a quien reconoció cuando concurrió a su domicilio el 4 de noviembre de 1974, llevando al afectado, en calidad de detenido.
Asimismo, la declaración de Marco Cruz Corvalán, es concluyente al señalar que "Jorge D'Orival le contó, mientras permanecían privados de libertad en "Cuatro Alamos", que había sido detenido por el amigo de un hermano suyo, el cual se llamaba Osvaldo Romo, y que había sido esta misma persona la que después lo llevó a su casa a cambiarse ropa".
El 25 de noviembre de 1975 se acompañaron al proceso los siguientes documentos: portada de la revista "Chile Hoy" de 11 de agosto de 1972, en la que aparece Romo, al lado del Presidente Salvador Allende; foto tamaño pasaporte del mismo sujeto, fotocopia de publicación de "El Mercurio", titulada "Breve historia de la Unidad Popular", en la parte referida al incidente de Lo Hermida y la intervención de Romo en esos sucesos, y una fotocopia de la Revista "VEA" del 10 de agosto de 1972, relativo al mismo incidente.
Por último, Osvaldo Romo fue ubicado en su domicilio. A fs. 47 rola la citación judicial que se hizo, la que no pudo concretarse. Remitámonos en este punto a las declaraciones consignadas en autos por el Sargento 2° de Carabineros, Héctor Leblanc Quilodrán Alfaro, quien señala: "Me correspondió personalmente cumplir la citación que rola a fs. 47 en donde conversé personalmente con el citado Osvaldo Romo, que vive en Los Molineros 1308, en donde encontré una vigilancia de cuatro militares vestidos de civil; Romo me manifestó que debía ser citado por intermedio del Servicio de Inteligencia Militar, por trabajar él en dicho Servicio. Por este motivo, se negaba a recibir la citación".
Ante la negativa de Romo a comparecer a la presencia judicial, el Sr. Juez despachó orden de arresto en su contra, por desobediencia, y al efecto dispuso que se oficiara al Jefe del Servicio de Inteligencia militar (DINA), Manuel Contreras Sepúlveda, para que lo pusiera a disposición del Tribunal, en calidad de arrestado. Como es de suponer, hasta hoy esa orden no se cumple.
La orden de investigar despachada no arrojó antecedentes que permitieran establecer el paradero del afectado, no obstante consultarse los diferentes organismos del Ministerio de Defensa y visitar los lugares habituales de detención. Asimismo, consultándose al Estado Mayor de la DINA, se informó que allí no hay ni ha habido ningún funcionario de nombre Osvaldo Romo. La Municipalidad de Las Condes, informó al Tribunal el 21 de agosto de 1975, que la patente EM 965 registra los siguientes datos: vehículo auto austin MG 1300, modelo 1974, color naranjo, sin registrar inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. Y respecto de la patente LZ 412, sólo informa que está registrada a nombre de DINAR, agregando no poder entregar más datos, por ser una patente intransferible. Posteriormente y habiéndose citado judicialmente al Director de Tránsito de la Municipalidad señalada, éste informa al Tribunal, el 24 de septiembre de 1975, que la patente LZ 412 corresponde a una camioneta Chevrolet C 10, modelo 1973, N° de motor: a 231 77655, color blanco, sin registrar inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, y que fue solicitada el 15 de febrero de 1975 a través de Oficio N° D721019 de la Dirección Nacional de Rehabilitación (DINAR). Asimismo, se agrega que se solicitó al Sr. Alcalde la dictación de un decreto de patente de gracia para el vehículo referido, la que fue concedida el 21 de marzo del año en curso".
El 8 de septiembre de 1975 el Ministro del Interior informó que, revisados los kardex de esta Secretaría de Estado y según lo informado por la DINA en nota N°3550/3/28 del 21 de agosto último, el afectado no registra antecedentes y con fecha 25 del mismo mes y año, señaló al Tribunal que sobre las informaciones aparecidas, en la prensa extranjera, acerca de la evasión, desaparición o muerte de ciudadanos en el exterior y reproducidas en diarios de nuestro país, no existe información oficial alguna que permita ratificar tales hechos. Las indagaciones que se han ordenado realizar, para verificar tales publicaciones, no han dado resultados positivos hasta el momento. En cuanto a la ocurrencia a dicho Tribunal de Osvaldo Romo, el que sería funcionario de la Dirección de Inteligencia Nacional, dicho organismo ni ninguno de los cuales están encargados de velar por la Seguridad Interior del Estado, pertenecen a este Ministerio, por lo que no le compete a esta Secretaría de Estado disponer tal medida.
Por último, el juez del Crimen dirigió exhorto a la Justicia Brasileña, tramitándose las cartas rogatorias a través de la Corte Suprema y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile en relación con la publicación del Diario O'Día de Curitiba. En el exhorto ya diligenciado, constan los informes negativos del Registro Civil de la zona, y se expresa además, que el Diario mencionado cerró sus actividades hace más de 15 años.
Con motivo de la Amnistía contemplada en el DL N°2191, el juez dictó auto de sobreseimiento definitivo en la causa. La parte querellante apeló en contra de esta resolución y la Corte de Apelaciones de Santiago, el 21 de junio de 1978, dispuso textualmente "que en la presente causa se han investigado entre otros presuntos delitos el de secuestro, que por ser de efectos permanentes y que no se habría prolongado de ser efectiva su perpetración, más allá del 10 de marzo de 1978 de manera que no quedaría amparado en las prescripciones del DL 2191, y teniendo también en consideración que no se encuentra completamente justificada la perpetración de delitos que dieron motivo a la formación del presente sumario, se confirma la resolución apelada de 8 de mayo de 1978, con declaración de que el sobreseimiento dictado en esta causa es de carácter temporal".
El 4 de julio de 1975, el Comité de Cooperación para la Paz en Chile, haciendo suya una solicitud anterior de familiares de 163 personas desaparecidas tras su arresto, llevó una nueva petición de designación de Ministro en Visita, ante la Corte Suprema, la que fue rechazada el 11 de julio del mismo año, aduciendo, "que los jueces respectivos han practicado en la mayoría de los sumarios correspondientes, las investigaciones adecuadas". En esta ocasión tres magistrados del máximo Tribunal, su Presidente don José María Eyzaguirre y los Ministros Srs. Ortiz y Erbetta estuvieron por acoger la petición, "atendida la gravedad que presenta el caso, dado el número de personas desaparecidas y el tiempo transcurrido desde que lo están".
En virtud de la ocurrencia de nuevos acontecimientos que implicaron agregar importantes antecedentes a la mayoría de los casos de las 163 personas desaparecidas tras su arresto, el Comité de Cooperación para la Paz en Chile, hizo una nueva petición de designación de Ministro en Visita, el 1° de agosto de 1975, la que también fue rechazada.
Entre estos antecedentes está el hecho de que el 23 de julio de 1975 la prensa nacional reprodujo una noticia de la Revista LEA de Buenos Aires, según la cual 60 chilenos son dados por muertos en diversos países extranjeros (Argentina, Colombia, Venezuela, Panamá, México y Francia). Como asimismo, el 24 de julio del mismo año, el Diario La Segunda, citando como fuente el Diario O'Día de Brasil, entregó una nueva nómina que esta vez incluía a 59 chilenos supuestamente muertos, heridos o evadidos a raíz de un enfrentamiento armado con fuerzas policiales argentinas, ocurrido en la localidad de Salta del vecino país.
El agente Osvaldo Romo Mena, que en 1975 se negó a recibir una citación en esta causa, a raíz de ello abandonó el país, por instrucciones de la DINA. En julio de 1992, como resultado de diligencias decretadas en la causa del detenido desaparecido Alfonso Chanfreau Oyarce, Romo fue ubicado en Brasil, allí residía bajo el nombre de Osvaldo Andrés Henríquez Mena. De Brasil fue expulsado el 16 de noviembre de 1992 y, a su arribo a Chile, fue detenido. Ya en Chile, recluido en un recinto de Investigaciones, ha declarado en numerosos procesos por detenidos desaparecidos y, a diciembre de 1992, se habían dictado 6 encargatorias de reo en su contra.
Detenido el 31 de octubre de 1974 por la Dina. Procesan a Osvaldo Romo por el secuestro de Jorge D'Olival
Fuente :TERCERA- 10 ENERO 2001
Categoría : Prensa
El abogado de la familia de la víctima, Hernán Quezada, informó que la resolución fue adoptada el 31 de diciembre pasado por la entonces titular del 11 Juzgado del Crimen, Amanda Valdovinos. El ex agente de la Dina Osvaldo Romo Mena fue sometido a proceso por el secuestro de Jorge D'Olival Briceno, quien fue detenido el 31 de octubre de 1974 por el comando Halcón de ese organismo de inteligencia.
Desde que fuera traído a Chile desde Brasil, en 1992, Romo alcanzó a estar procesado en 19 causas de detenidos desaparecidos, pero la mayoría de ellas han sido sobreseídas o amnistiadas. Este ex agente de la Dina estuvo siete años en prisión en tres distintos penales de la Región Metropolitana. Sin embargo, en octubre del año pasado fue dejado en libertad bajo fianza, luego de que fuera absuelto en primera instancia por el juez militar de Santiago, general Adolfo Vásquez Moreno, por el caso de la desaparición de la integrante del MIR Gloria Lagos Nilsson.
Emboscada a casos clave de la DINA, el Comando Conjunto y la CNI
Fuente :Primera Linea 22 Junio 2001
Categoría : Prensa
El lunes la Corporación Administrativa del poder judicial deberá informar el costo que tendrá la nominación de los jueces especiales. Mientras, el mundo de los derechos humanos tiene la esperanza que ellos avancen donde hasta ahora sus esfuerzos han sido infructíferos: las causas beneficiadas con un juez de dedicación exclusiva corresponden mayoritariamente a desapariciones perpetradas por la DINA, el Comando Conjunto y a un caso emblemático de la CNI.
La hora de la Dina
El cerco se estrecha sobre la DINA con el caso del militante del MIR, Carlos Cubillos Gálvez, detenido en 1974 en una calle de la comuna de Nuñoa. Testigos señalaron que fue conducido al recinto de Londres 38 y no volvió a saberse de él. Su causa – rol 11337/6- está en el Octavo Juzgado del Crimen de Santiago.
En ese mismo juzgado está radicada la causa del militante del MIR, Juan Carlos Perelman (rol 12193-8), quien fue detenido en 1975 por efectivos de la DINA junto a su conviviente, quien tiempo después fue liberada. La Comisión Rettig afirmó que su desaparición fue responsabilidad de agentes del Estado.
El 1 de agosto de 1974 fue detenido Sergio Sebastián Montecinos Alfaro, quien, sus 28 años, era el coordinador sindical de los partidos políticos que habían adherido a la UP en la Zona Oeste de Santiago. Fue sacado de su hogar por efectivos de la DINA y visto por última vez en el recinto de Londres 38. Su causa Nº2310-00, consta también en el Octavo Juzgado de Santiago.
El secuestró de Luis Jaime Palominos Rojas, el 7 de diciembre de 1974, es responsabilidad del mismo organismo de seguridad. La causa de este militante del MIR, rotulada con el número 2808-5, también será instruida por un juez especial en el 11º Juzgado del Crimen de Santiago.
El ministro de dedicación exclusiva de ese mismo tribunal se abocará al caso de Jaime Cadiz Norambuena (causa 768-6). Este militante del MIR fue detenido en la población José María Caro y desapareció desde el recinto de la DINA de Londres 38.
El número 2161-8 de ese juzgado consigna otra causa de la DINA en que el juez pondrá acento. El mirista Jorge Humberto D´orival Briceño fue detenido en su hogar de la comuna de Conchalí y visto luego, junto a otros dos detenidos, en Villa Grimaldi. A los tres se les perdió la pista en el recinto de Cuatro Alamos.
El juez de dedicación exclusiva del Tercer Juzgado del Crimen de San Miguel investigará el caso de Leopoldo Muñoz Andrade, militante del MIR que desapareció desde el recinto DINA de Cuatro Alamos. En las manos de este magistrado estará además esclarecer la desaparición de otro mirista, Daniel Reyes Piña, quien fue visto por última vez en Londres 38.
A ese organismo represor se atribuye también la desaparición de Víctor Fernando Olea Alegría el 11 de septiembre de 1974. Tenía 24 años cuando fue detenido por agentes en la vía pública. Su causa está radicada en el Noveno Juzgado del Crimen de Santiago con el número 76667.
Otro caso que tendrá especial atención será el de Washington Cid Urrutia, quien desapareció en 1974 desde Villa Grimaldi. Su causa está radicada en el Décimo Juzgado del Crimen de Santiago y es atribuido a la DINA.
Hacia otros organismos represores
No sólo la DINA será investigada por los jueces especiales. Las acciones criminales perpetradas por el Comando Conjunto tendrán el mismo destino. De hecho, el mandato de la Suprema toca las hebras de uno de los casos que ofrece las mayores contradicciones con el informe de las FF.AA: la desaparición del militante de las Juventudes Comunistas Carol Fedor Flores Castillo.
El informe castrense establece que Flores Castillo fue detenido en 1976, muerto y arrojado al mar en las costas de San Antonio. Sin embargo, Flores fue apresado junto a sus hermanos en 1974 y permaneció recluido seis meses. En 1976 comenzó a colaborar con el Comando Conjunto, proceso que se extendió hasta el 7 de junio de ese año. El ex agente del comando conjunto Andrés Valenzuela confesó que fue muerto junto a un soldado en el Cajón del Maipo y arrojado al río. Ahora su crimen será investigado por el juez del Décimo Juzgado de Santiago.
En el Cuarto Juzgado del Crimen de San Miguel, bajo el número 10161, consta el caso de Alonso Gahona Chávez, quien habría fallecido víctima de reiteradas torturas junto a Humberto Castro en el llamado "Nido 20". Así se conocía al recinto secreto de detención y tortura ubicado en la calle Santa Teresa 037, cerca del paradero 20 de la Gran Avenida de Santiago. Este recinto funcionó durante 1975 bajo control de agentes de la DIFA con quienes colaboraban civiles provenientes de grupos nacionalistas o de extrema derecha.
La guardia exterior del recinto estuvo a cargo de alumnos de la Escuela de Especialidades de la Fuerza Aérea. Gahona, dirigente de los obreros de la Municipalidad de La Cisterna y militante comunista, conocido como «Yuri», había sido detenido el 8 de septiembre de 1975 en la vía pública. Su cadáver habría sido envuelto en plástico y, al parecer, arrojado al mar.
Desde el recinto llamado "Remo Cero", del regimiento de artillería anti-aérea de Colina fue sacado y posiblemente enterrado en terrenos militares de Peldehue, Miguel Rodríguez Gallardo. La causa 10617 del cuarto juzgado de San Miguel intentará llegar hasta las bases del Comando Conjunto.
También un juez especial investigará el destino de al menos uno de los detenidos desaparecidos de La Moneda. En el Noveno Juzgado del Crimen de Santiago está la causa 17584, que corresponde a Osvaldo Ramos Rivera, miembro del GAP de sólo 22 años.
Ramos fue detenido en el interior del palacio gubernamental por militares, junto a Antonio Aguirre Vásquez. Producto de sus heridas, ambos fueron trasladados a la Posta Central donde existe constancia de su permanencia. Fueron sacados desde allí por personal uniformado y desde entonces se desconoce su paradero.
En el Octavo Juzgado del Crimen de Santiago será investigado el caso de otro GAP, Mario Ramiro Melo, oficial del Ejército retirado, desaparecido desde el 29 de septiembre de 1973.
El caso de Miguel Acuña Castillo, rotulado con el número 11509-8 en el Octavo Juzgado de Santiago, también será investigado. Acuña era dirigente de la sección de estudiantes secundarios del MIR cuando desapareció en 1974, junto a su amigo Héctor Garay Hermosilla.
La labor de los jueces especiales se extenderá además a la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea. En el Noveno Juzgado del Crimen de Santiago será visto el caso de José Luis Baeza, de 41 años, vendedor y miembro del Comité Central del PC. Fue aprehendido junto a otras tres personas en una casa en Santiago que servía para reuniones y contactos de miembros de esa colectividad.
Los autores de la detención fueron identificados como miembros del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, comandados por un conocido Jefe de Inteligencia. Baeza fue llevado a la Academia de Guerra de esa institución, donde fue visto por varios testigos. Estos testimonios contradicen la versión oficial entregada por el Ministro del Interior que, en esa época, negó su detención
Juez procesa a la cúpula de ex DINA por secuestros calificados de opositores
Fuente :9 de Enero 2006 El Mostrador.cl
Categoría : Prensa
Ministro Alejandro Solís encausó en calidad de autores a una nueve ex miembros del organismo represivo de la dictadura militar en calidad de autores de la desaparición de la asistente social Jackeline Binfa y el veterinario Jorge D'Orival, ambas registradas en 1974. El juez ordenó la detención de dos encausados.
El ministro en visita Alejandro Solís procesó a la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) en calidad de autores de los secuestros calificados de las víctimas de la dictadura Jacqueline Binfa Contreras y de Jorge Humberto D'Orival Briceño.
La nómina de procesados está encabezada por el general (R) Manuel Contreras, otrora director del organismo represivo, y el jefe de la Brigada de Inteligencia, César Manríquez Bravo.
También fueron encausados los brigadieres (R) Miguel Krassnoff, jefe del Grupo Halcón de la ex DINA, y el brigadier retirado Maximiliano Ferrer Lima, ex director del Servicio Secreto del Ejército.
Asimismo, enfrentan cargos coroneles (R) Marcelo Morén Brito y Orlando Manso, ex jefe del centro de detención Cuatro Álamos, Ciro Torré Sáez, esposo de la ministra de la Corte de san Miguel Gabriela Hernández.
En tanto, sólo por el secuestro de D’Orival Briceño fue procesado por el ministro Solís el suboficial (R) Basclay Zapata Reyes.
El juez ordenó además la detención inmediata de Ciro Torres y Orlando Manso, pues todos los demás inculpados están en prisión, condenados o procesados en otros casos de violaciones de los derechos humanos.
Binfa Contreras y D'Orival Briceño fueron arrestados en 1974 por efectivos del organismo represivo y transitaron por diversos centros de prisioneros políticos de la dictadura, hasta que se perdió su rastro.
En el caso de D'Orival Briceño, a quien se le imputaban una supuesta cercanía con el entonces secretario general del MIR Pascal Allende, fue trasladado en distintos períodos a "Cuatro Alamos", "José Domingo Cañas", "La Venda Sexy".
Sin embargo, su rastro se perdió en el centro de reclusión "Cuatro Alamos" y no se tuvo información de su paradero hasta que figuró en la nómina de 119 chilenos miembros del MIR dados por muertos en Argentina y Brasil por publicaciones ficticias.
Vuelven a procesar a ex miembros de la DINA en caso de veterinario del MIR
Fuente :10 de Noviembre 2006 El Mostrador
Categoría : Prensa
Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en decisión unánime, dispuso una nueva encargatoria de reo en contra del general (r) Manuel Contreras Sepúlveda y el brigadier (r) Miguel Krassnoff Marchenko por el secuestro calificado del médico veterinario de 26 años y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria Jorge Humberto D'Orival Briceño, ocurrido en octubre de 1974.
Procesados nuevamente por el secuestro calificado del ex militante del MIR y médico veterinario Jorge Humberto D’Orival Briceño, ocurrido en octubre de 1974, quedaron los ex miembros de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), general (r) Manuel Contreras Sepúlveda, el brigadier (r) Miguel Krassnoff Martchenko, y el suboficial (r) de Ejército Basclay Zapata Reyes.
Esto, luego que la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocara el miércoles último un fallo anterior, de 2005, que había dejado sin efecto el procesamiento que había dictado el ministro en visita Alejandro Solís, quien investiga los crímenes cometidos durante la dictadura en el centro de detención de José Domingo Cañas.
De este modo, el tribunal del alzada, conformado por los ministros Jorge Dahm, Manuel Valderrama y el abogado integrante Luis Orlandini, acogió de forma unánime la petición del abogado querellante Hernán Quezada, quien en representación de la madre de la víctima, Carmen Rosa Briceño Martínez, había apelado el 16 de agosto pasado al anterior dictamen.
Detalles del fallo
La resolución judicial establece que existen presunciones fundadas respecto de la participación de los imputados en calidad de autores, y que se encuentra acreditado que Jorge Humberto D'’Orival “fue privado de libertada el día 31 de octubre de 1974, en circunstancias que se encontraba en el domicilio de los padres de su conviviente, situado en la comuna de San Miguel, y en presencia de ella y de algunos de sus familiares, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA)”, siendo llevado, de acuerdo a los señalado por numerosos testigos, a centros de detención clandestinos como el de José Domingo Cañas y Cuatro Álamos.
Se explicita que en estos recintos “se sometía a los detenidos a diversas formas de opresión y tortura, manteniéndolos privados de alimentos, agua o sueño, hacinados en recintos estrechos, se les sometía a diversas formas de violencia física, ocasionándoles lesiones de las que también fue víctima Jorge D’Orival Briceño”.
De acuerdo a los testimonios, el profesional egresado de la Universidad de Chile presentaba hematomas en todo el cuerpo, cara y labios amoratados, heridas en los pies y marcas de haber sido inyectado en sus brazos, totalmente deshidratado y sin comer desde el día de su detención.
Asimismo, se invocan las versiones respecto a que D’Olivar “fue sacado del centro Cuatro Álamos el día 20 de noviembre de 1974, junto con otros detenidos, y trasladado con destino desconocido, sin que se haya podido tener noticia de él ni de su paradero hasta el momento presente, dentro ni fuera del país, y sin que conste su defunción”, hecho que, de acuerdo al dictamen, “constituye el delito de secuestro previsto y sancionado en el artículo 141, incisos 1 y 4 del Código Penal”.
Finalmente, el fallo de la Cuarta Sala establece que, atendidas las circunstancias y la época de comisión del ilícito, así como el hecho de que se acreditó la intervención de agentes del Estado, organizados por la DINA, "en un régimen calificado administrativamente como de excepción, e, inclusive, de guerra interna, cabe concluir que toda cuestión acerca de la eventual aplicación de normas sobre amnistía o, en su caso, sobre prescripción, ha de ser planteada y conocida una vez concluido el estadio procesal reinvestigación de los hechos, esto es, una vez iniciado el plenario”.
Caso D’Orival
El nombre del joven veterinario aparece en una nómina de 59 chilenos, miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) que fueron dados por muertos, heridos o evadidos en acciones guerrilleras con fuerzas policiales argentinas, acaecidas en la localidad de Salta, y publicada en el diario brasileño O'Día, de Curitiba.
El listado, junto a otro donde se consignan los nombres de 60 chilenos supuestamente muertos "por sus compañeros de lucha", en diversos países extranjeros (Argentina, Colombia, Venezuela, Panamá, México y Francia), y que fue publicado en la Revista "Lea" de Buenos Aires, se conoce como el "Caso de los 119" u "Operación Colombo".
Ratifican condena por secuestro calificado de militante del MIR
Fuente :Viernes 28 de noviembre de 2008 El Mostrador
Categoría : Prensa
Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido en el 31 de octubre de 1974.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia del ministro en visita Alejandro Solís Muñoz en la investigación por el secuestro calificado de Jorge D’ Orival Briceño, ocurrido a partir del 31 de octubre de 1974, en Santiago.
En fallo dividido, los ministros de la Octava Sala del tribunal de alzada Juan Escobar Zepeda, Cornelio Villarroel Ramírez y el abogado integrante Roberto González Maldonado, ratificaron la sentencia del 22 de octubre de 2007 que estableció: 15 años para Manuel Contreras Sepúlveda; 10 años y un día para Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Francisco Ferrer Lima y 5 años para Basclay Zapata Reyes y Orlando Manzo Durán.
En tanto, el fallo dejó absuelto a César Manríquez Bravo por no haber participado en los hechos.
El ministro Escobar y el abogado integrante González fueron partidario de ratificar la sentencia y rechazar las apelaciones interpuesta por los condenados; en tanto, el ministro Villarroel estuvo por dictar la absolución de todos los sentenciados acogiendo las excepción de la prescripción de la acción penal y aplicando el Decreto Ley de Amnistía de 1978.
Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido el 31 de octubre de 1974, a las 22:30 hrs, por un grupo de aproximadamente unos cinco a ocho individuos vestidos de civil, armados con ametralladoras y que manifestaron verbalmente pertenecer a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).
Los sujetos mencionados se movilizaban en 2 vehículos, una camioneta marca Ford, año 1958, de color gris y otra, marca Chevrolet, roja con toldo verde oliva, y en la que podía leerse la placa EM 965 de Las Condes.
Ha fallecido Carmen Briceño, Madre de Jorge Humberto D´Orival Briceño, Detenido Desaparecido, Hermano de Nuestro Compañero Roberto D´Orival Briceño.
Fuente :http://www.josedomingocanas.org 7/6
Categoría : Prensa
El viernes 7 de junio falleció la Sra Carmen Briceño, madre de Jorge Humberto D´Orival Briceño, detenido desaparecido, quien fuera visto en el Centro Clandestino de Detención y Tortura José Domingo Cañas.
Carmen Briceño fue testigo de la detención de su hijo al ser obligada a mirar dentro de una camioneta donde se encontraba Jorge en muy malas condiciones físicas; y en ese último encuentro, Jorge le encargó el cuidado de su bebé. Su casa fue ocupada por agentes de la DINA y mantuvieron secuestrada a la familia D´Orival Briceño por algunos días.
El nombre de Jorge Humberto aparece en el listado de los 119 desaparecidos, montaje de la dictadura con la complicidad de los medios de comunicación chilenos.
La Sra. Carmen Briceño junto a su marido iniciaron la búsqueda de su hijo, participó en acciones de denuncia como el encadenamiento frente a tribunales y la organización de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Chile.
Carmen Briceño muere tras la condena de los agentes de la DINA involucrados en la detención de su hijo, pero sin saber el destino de Jorge Humberto.
La lucha de Carmen Briceño por la verdad y la justicia es un ejemplo de lucha que como Casa Memoria José Domingo Cañas, seguiremos adelante.
El velatorio se esta realizando en la Parroquia San Miguel Arcangel, Gran Avenida 3520 paradero 6 Metro San Miguel.
Universidad de Chile entregará títulos póstumos a estudiantes ejecutados y desaparecidos durante la dictadura
Fuente :cnnchile.com 11/9/2018
Categoría : Prensa
Ellos se suman a otros 100 estudiantes que recibieron sus títulos y licenciaturas de forma póstuma en abril pasado.
En el marco de la conmemoración del Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, la Universidad de Chile informó que se hará entrega de títulos póstumos y simbólicos a estudiantes ejecutados y desaparecidos durante la dictadura militar.
11 serán los estudiantes que recibirán
Ellos se suman a otros 100 estudiantes que fueron distinguidos con títulos y licenciaturas de forma póstuma el pasado 11 de abril de este año.
Desde la casa de estudios aseguran que la lista sumará más nombres, debido a que se siguen recibiendo casos y antecedentes que están siendo analizados, en un proceso que cuenta con el apoyo de las agrupaciones de familiares y organizaciones de derechos humanos, y que busca reconocer a todos los estudiantes que fueron víctima de violencia política durante la dictadura.
Los estudiantes que serán reconocidos en esta jornada serán los ejecutados políticos José Modesto Amigo Latorre, Tatiana Valentina Fariña Concha.Frank Randall Teruggi Bombatch y Sócrates Augusto Ponce Pacheco; y los detenidos desaparecidos Jorge Humberto D’Orival Briceño, Jorge Enrique Espinosa Méndez, Clara Elena Canteros Torres, Bernardo de Castro López, Néstor Alfonso Gallardo Agüero, José Fernando Romero Lagos y Eduardo Humberto Ziede Gómez.