Fecha Detención : 01-11-1973
Lugar Detención : Iquique
Actividad Política :
Actividad : Comerciante
Estado Civil e Hijos : Casado
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :Vicarìa de la Solidaridad
Categoría : Antecedentes del Caso
Tomás Orlando Cabello Cabello, comerciante, casado, sin militancia política, fue detenido el 1° de noviembre de 1973, en horas de la noche, en su domicilio de la ciudad de Iquique, junto a su conviviente Olga del Carmen Alarcón Vásquez, por carabineros. Aunque ella, al parecer, no reconoció a los aprehensores, en julio de 1990 el ex cabo de Carabineros Blas Daniel Barraza Quinteros, en declaraciones hechas al Ministro en Visita Hernán Sánchez Marré, se refirió la detención de la pareja. Al mencionar sus actuaciones a partir del 11 de septiembre de 1973, Blas Barraza manifestó recordar la detención de dos personas en un domicilio de la calle Thompson de Iquique, a las que le encontraron cocaína. Junto a Barraza -según su propio testimonio- actuaron el Teniente de Carabineros José Antonio Muñoz Muñoz y los cabos René Egidio Valdivia Castro y Froilán Moncada.
Tomás Orlando Cabello y Olga del Carmen Alarcón fueron llevados hasta la 1ra. Comisaría de Carabineros de Iquique. Estuvieron juntos toda la noche y, al día siguiente, ella quedó en libertad. Dos días después el afectado fue trasladado hasta el Regimiento de Telecomunicaciones de la misma ciudad y desde allí, en fecha no precisada (tal vez el 18 de diciembre de 1973) se le llevó rumbo a Pisagua.
Aproximadamente un mes más tarde, se informaría de su libertad. Olga del Carmen Alarcón Vásquez leyó, el 31 de enero de 1974, en el diario "La Estrella", que Tomás Orlando Cabello había quedado libre por orden del Jefe de la Zona en Estado de Sitio, General de Brigada Carlos Forestier Haensgen.
Recluido y hacinado en una de las celdas de incomunicación del primer piso, Tomás Orlando Cabello integró el grupo de detenidos acusados de tráfico de drogas. En Pisagua fue duramente tratado especialmente, según lo manifestaron testigos, por el Teniente de Ejército Conrado García. Este, en una oportunidad lo obligó a hacer sapitos y flexiones delante de toda la población penal mientras disparaba por sobre su cabeza y lo obligaba, a gritos, a esquivar las balas.
También, y de acuerdo a testimonios prestados ante el Ministro en Visita, Tomás Orlando Cabello habría sido ejecutado, a mediados de enero de 1974. Los fusilamientos ?testimoniados a través de innumerables declaraciones, incluso de personas que integraron los pelotones de fusileros? se realizaban en las afueras del Cementerio de Pisagua, con la presencia del Comandante del Campamento, Teniente Coronel Ramón Caupolicán Larraín Larraín. Los fusileros recibían órdenes directas de Larraín de disparar al corazón y recuperar, después, las vainillas. Todos los participantes en estos hechos, dijeron haber visto la fosa, haber ensacado cuerpos y haberlos lanzado a la excavación en donde eran acomodados por conscriptos.
Fue en esa fosa donde se encontraron los restos de Tomás Orlando Cabello, ensacado y presentando el impacto de proyectiles. A juzgar por lo dicho ante el Ministro en Visita Hernán Sánchez, el afectado permaneció en el penal de Pisagua hasta mitades de enero de 1974. En esa fecha hubo prisioneros que fueron testigos directos del momento en que militares avisaron a Cabello que ordenara sus cosas porque se iba en libertad. Sin embargo, en esa misma época, otros testigos lo vieron, junto a aquellos que eran acusados de tráfico de estupefacientes ?arriba de un camión militar, vendado y con un círculo rojo en el pecho. El camión , y un jeep en el que iban militares, se dirigía hacia el cementerio de Pisagua. Alrededor del 20 de enero de 1974, el Mayor Enrique Cid Coubles le mostraría al abogado Hugo Onetto varios decretos de libertad firmados por el General de Brigada Carlos Forestier. Entre estos decretos estaba el de Tomás Orlando Cabello y los de Hugo Martínez Guillén, Luis Aníbal Manríquez Wilden, Juan Mamani García y el de Juan Rojas Osega (todos ellos desaparecidos del Campamento de Pisagua en enero de 1974 y todos ellos encontrados en la fosa común).
Los restos de Tomás Orlando Cabello Cabello fueron entregados a sus familiares en junio de 1990, quienes le dieron sepultura definitiva.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
Cuando el afectado se encontraba aún detenido en el Regimiento de Telecomunicaciones de Iquique, se presentó por él y otras personas un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de esa ciudad, el 5 de noviembre de 1973. Este fue rolado con el N°109.868.
En la presentación se señalaba que Tomás Orlando Cabello había sido detenido sin orden de Tribunal competente y, lo que era aún más grave, aún no era puesto a disposición de los tribunales correspondientes.
La Corte pidió entonces la información respectiva a la Prefectura de Carabineros de Tarapacá. El Comisario, Mayor Enzo Meniconi Lorca, expuso que los detenidos habían sido puestos a disposición del VI Juzgado Militar con fecha 3 de noviembre por elaboración de estupefacientes y complicidad en el tráfico de armas. Los acusados se encontrados en ese momento recluidos en el Regimiento de Telecomunicaciones.
Sin mayores trámites, el 6 de noviembre el recurso fue rechazado porque "la detención aparece efectuada por autoridad con facultad para hacerlo".
La familia no realizó otras gestiones, hasta el 15 de junio de 1990, fecha en que presentó una querella ante el Ministro en Visita Hernán Sánchez Marré por Inhumación Ilegal de Tomás Orlando Cabello Cabello.
El 31 de mayo de 1990, se presentó una denuncia por Inhumación Ilegal en el Juzgado de Pozo Almonte. En ella se señalaba que en la localidad de Pisagua, en un lugar cercano al cementerio, pero fuera del mismo, se había practicado la sepultación de aproximadamente 11 cuerpos, al margen de la legalidad vigente.
El juez Nelson Muñoz Morales acogió la denuncia rolándola con el N°3805 e iniciando las excavaciones el 1° de junio de 1990. El resultado de éstas fue el hallazgo de 20 cuerpos, entre ellos el de Tomás Orlando Cabello, todos bien conservados, envueltos en dos sacos de arpillera cosidos con cáñamo a la altura de la cintura, casi todos presentando impactos de bala y todos muertos o desaparecidos con posterioridad al 11 de septiembre de 1973.
Cinco días más tarde -el 6 de junio de 1990- la Corte Suprema nombró a Hernán Sánchez Marré como Ministro en Visita para que continuara investigando los hechos. Antes de que la causa pasara a la Justicia Militar y terminara siendo cerrada y sobreseída, el Ministro logró ir estableciendo lo ocurrido en Pisagua. Los Consejos de Guerra; los fusilamientos; la ley de fuga; los interrogatorios, amenazas y torturas; el hacinamiento y temores de los detenidos; las libertades falsas; los shows montados por los mismos presos para el Comandante Larraín y su equipo; las inhumaciones realizadas en la fosa ubicada fuera del cementerio; los cuerpos de ejecutados que hasta hoy no han sido encontrados. La realidad del campo de prisioneros de Pisagua surgía ante el Ministro Sánchez Marré.
Sin embargo, no fue posible avanzar más allá en lo sucedido con Tomás Orlando Cabello. El 31 de junio del mismo año, el Mayor General Luis Patricio Serre Ochsenius, juez del VI Juzgado Militar de Arica solicitó la incompetencia del Ministro en Visita porque habría personal militar aparentemente involucrado en los hechos.
El 8 de agosto de 1990, Sánchez Marré no dio lugar a la petición, elevando antecedentes a la Corte Suprema para que dirimiera la contienda de competencia que así quedaba planteada. El 15 de noviembre, el máximo Tribunal resolvió en favor de la Justicia Militar, radicando la causa en la Fiscalía de Iquique, la que la roló con el N°321 90.
A partir de entonces la investigación sufrió un abrupto corte. No se realizaron nuevas diligencias y no se dio lugar a aquellas solicitadas por los abogados de los querellantes.
Sin embargo, el 5 de febrero de 1991 el ex, Fiscal de Pisagua, Mario Sergio Acuña Riquelme acudió, en calidad de testigo, a la Fiscalía de Iquique. En esta oportunidad pidió el Tribunal Militar que aplicara el D.L.2.191 de abril de 1978 que amnistiaba casi todos los delitos que se habían cometido entre el 11 de septiembre de 1973 y abril de 1978.
Ese mismo día el Fiscal Militar Juan Romo Aravena dispuso el cierre del sumario y, el 26 de febrero, sobreseyó total y definitivamente la causa por aplicación del Decreto Ley 2.191. El fallo fue apelado y la Corte Marcial confirmó lo resuelto por el Fiscal Romo.
En la actualidad (diciembre 1992) los antecedentes se encuentran en la Corte Suprema en espera de que resulta sobre una nueva apelación presentada por los abogados de las víctimas.
Jueza procesa a edecán de Cámara de Diputados
Fuente :23 de Julio 2004 La Nacion
Categoría : Prensa
La mesa directiva de la Cámara de Diputados pidió la renuncia al edecán, coronel (R) Jaime Krauss Rusque, y éste aceptó irse. La renuncia le fue demandada sólo horas después de que la ministra de fuero Carmen Garay lo procesó y ordenó su arresto como autor material de siete homicidios ocurridos en el campo de prisioneros de Pisagua, mientras Krauss cumplió en 1974 funciones como capitán a cargo de la Compañía de Vigilantes de los detenidos.
La información de la renuncia pedida al edecán, quien es hermano del actual embajador de Chile en Madrid Enrique Krauss, fue entregada ayer pasadas las 18:30 horas en el Palacio Ariztía en Santiago por el presidente de la Cámara de Diputados Pablo Lorenzini (DC).
Este expresó que la mesa de la Cámara acordó pedirle la renuncia porque, al haber sido procesado, cayó en la “inhabilidad sobreviniente” que señala el estatuto del personal de la institución en su artículo Nº23 letra c), que establece que “la persona que desempeñe labores funcionarias no podrá estar procesada ni condenada”.
El edecán se había declarado “inocente” en sus declaraciones en el proceso de Pisagua, y así también lo manifestó a La Nación Domingo que en su edición del domingo pasado publicó la crónica “El fantasma del edecán”.
El encausamiento del coronel (R) Krauss fue solicitado por el abogado querellante en la causa Pisagua Adil Brkovic. Este dijo ayer que “estamos muy conformes con esta resolución porque la verdad es que en el proceso existen suficientes antecedentes para acreditar la participación del señor Krauss en los homicidios de siete prisioneros”.
El abogado dijo que si bien a Krauss “no se le acusa de disparar él mismo contra los prisioneros, hay quienes lo sindican como quien impartió las órdenes como el segundo comandante del campo de prisioneros de Pisagua. Esta investigación ha tomado ya seis años y los hechos se encuentran totalmente acreditados”, dijo Brkovic.
Los hechos
El ahora ex edecán de la Cámara será notificado hoy a primera hora en el Palacio de Tribunales en Santiago, y luego será trasladado en calidad de detenido al Batallón de Policía Militar ubicado al interior del Comando de Telecomunicaciones del Ejército en la comuna de Peñalolén.
La ministra Garay sostuvo en su resolución que los siete homicidios ocurridos entre el 18 de enero de 1974 y el 30 de enero de ese año, sucedieron en Pisagua mientras el “capitán Jaime Krauss Rusque se encontraba a cargo de los efectivos militares que tenían por misión custodiar a los prisioneros políticos del Campamento de Pisagua, unidad militar que en definitiva dependía del comandante en jefe de la VI División del Ejército (en Iquique), general Carlos Forestier Haensgen”.
El coronel (R) Krauss reconoció en el proceso que efectivamente estos siete homicidios ocurrieron mientras cumplió funciones en Pisagua entre el 14 de enero de 1974 y al menos, según él, el 30 de enero de ese mes. Pero negó que ordenara las ejecuciones y también negó que su función fue la de comandante de la Compañía de Vigilantes de los prisioneros.
Dijo que su tarea fue “administrativa” inventariando y almacenando “serruchos, martillos, palas, estufas, queso, jamón y azúcar”, provenientes de una ayuda de la Cruz Roja para los prisioneros.
No obstante, según el abogado Brkovic la jueza “no le creyó” ese argumento, puesto que “no encaja” con lo realmente sucedido.
En Pisagua operó entre septiembre de 1973 y julio de 1974, como un reloj, un calendario rotativo de personal de oficiales que integraron la Compañía de Vigilantes de prisioneros, cada vez al mando de un oficial con el grado de capitán.
A su vez este tenía bajo su mando a cuatro o cinco tenientes y subtenientes. La compañía era la responsable de lo que ocurriera con los prisioneros, y fueron sus integrantes los que siempre participaron en las ejecuciones extrajudiciales, como está establecido en la investigación. Por estas mismas funciones han sido encausados por otros homicidios otros oficiales (R) que a la fecha de sus funciones en Pisagua, de acuerdo al calendario de turnos, tenían también los grados de capitán y tenientes o subtenientes.
El primero en afirmar que Krauss ordenó ejecutar prisioneros en Pisagua fue el mayor (R) Carlos Herrera Jiménez, quien cumple presidio perpetuo en la cárcel de Punta Peuco. Herrera admitió que Krauss le ordenó matar al prisionero Nelson Márquez Agurto, una de las siete víctimas del auto de procesamiento, porque éste había intentado fugarse para intentar evitar que lo siguieran torturando.
Krauss lo niega, pero careados ambos, Herrera mantuvo sus dichos.
El coronel (R) Krauss también fue encausado por los homicidios de Luis Manríquez, Nicolás Chánez, Tomás Cabello, Juan Rojas, Hugo Martínez y Juan Mamani. Todos ellos fueron declarados “dejados en libertad” por el general Forestier, sin embargo sus cadáveres aparecieron, junto al de Márquez, en la fosa clandestina descubierta en Pisagua en junio de 1990 con 19 cuerpos.
Los otros procesados
Por los siete homicidios también fueron procesados el general (R) Carlos Forestier, como autor intelectual; el mayor (R) Carlos Herrera Jiménez, como autor material; el coronel (R) Bernardo Martínez Téllez, como encubridor; y al suboficial (R) de Carabineros Manuel Vega Collao, también como autor material. Vega integró el pelotón de fusilamiento de los seis prisioneros ejecutados a fines de enero de 1974.
En contra de los argumentos de inocencia del coronel (R) Krauss respecto a que cumplió sólo funciones administrativas, están las declaraciones de algunos ex prisioneros, quienes afirman, coincidentemente, que el entonces capitán Krauss ingresó a la cárcel la noche del intento de fuga de Márquez, amenazando que si éste no aparecía en media hora se iban a matar prisioneros.
Uno de ellos, Luis González Vivas, dijo que “cuando matan a Márquez estaba el mayor Krauss, a quien yo le había hecho un mueble. Y él advirtió que si no aparecía Márquez hasta las cuatro de la mañana, iban a sacar prisioneros de las celdas para ser fusilados”. Lo mismo afirmó Freddy Alonso. Ambas versiones contradicen las tareas “administrativas” del entonces capitán Krauss.
Juez sobresee a ex edecán de la Cámara en caso Pisagua
Fuente :13 de Septiembre 2005 El Mostrador
Categoría : Prensa
El ministro en visita Joaquín Billard sobreseyó por "falta de méritos" al coronel (R) Jaime Krauss Rusque, ex edecán de la Cámara de Diputados y hermano del actual embajador de Chile en España, Enrique Krauss.
El ex uniformado se encontraba procesado desde julio del año pasado como autor material del homicidio de siete presos políticos en la zona de Pisagua, Primera Región, en 1974.
La decisión de la jueza Carmen Garay -que entonces tramitaba la causa- obligó a Krauss Rusque a dejar su puesto como edecán de la cámara baja, labor que había desempeñado a partir de 1990.
Esto, porque el Estatuto del Personal de la Cámara de Diputado, era el que establecía que ningún funcionario que sea condenado o procesado por los tribunales de justicia podía permanecer en su cargo
"Como todo militar, me sometí a las reglas del juego y colaboré con la justicia, pero la presunción de inocencia no operó en mí. Ese derecho, que debe regir en Chile desde el Presidente de la República para abajo, me fue denegado", dijo el otrora edecán al diario La Segunda.
Krauss Rusque destacó los testimonios de “una decena” de detenidos que atestiguó a su favor en el transcurso del proceso. “Que a uno lo defiendan militares, es natural. Pero es verdaderamente reconfortante que lo hagan quienes han estado en la vereda de enfrente”, puntualizó el ex uniformado.
El ex uniformado estaba imputado por los asesinatos de Nelson Márquez Agurto, Luis Manríquez Wilden, Juan Rojas Osega, Hugo Martínez Guillén, Tomás Cabello Cabello, Juan Mamani García y Nicolás Chánes Chánes.
Por dichos casos también fueron procesados el general (R) Carlos Forestier, el fallecido suegro del actual jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, y al mayor (R) Carlos Herrera Jiménez y Bernardo Martínez Téllez. Estos últimos no fueron favorecidos con la resolución conocida este martes.
Confirman condenas contra tres ex uniformados por homicidios y secuestros cometidos en Pisagua durante dictadura
Fuente :resumen.cl 28/09/2022
Categoría : Prensa
La Corte Suprema condenó a tres exuniformados por su responsabilidad en los delitos consumados y reiterados de homicidio calificado y secuestro agravado, perpetrados en la localidad de Pisagua, entre octubre de 1973 y enero de 1974.
En fallo unánime (causa rol 36.319-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministras María Teresa Letelier y la abogada (i) Leonor Etcheberry- confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó al exoficial de Ejército, Carlos Alberto Fernando Herrera Jiménez, a la pena de 20 años de presidio efectivo en calidad de autor del delito consumado y reiterado de homicidio calificado de Tomás Orlando Cabello Cabello, Nicolás Chanez Chanez, Juan Apolinario Mamani García, Luis Aníbal Manríquez Wilden, Hugo Tomás Martínez Guillén, Juan Orlando Rojas Osega y Nelson José Márquez Agusto. Los asesinatos fueron perpetrados en enero de 1974, en la localidad de Pisagua.
En tanto, el exsuboficial de Ejército, Miguel Chile Aguirre Álvarez, deberá cumplir 15 años de reclusión como autor del delito reiterado de secuestro agravado de Rodolfo Jacinto Fuenzalida Fernández, Juan Antonio Ruz Díaz, José Demóstenes Rosier Sampson Ocaranza y Freddy Marcelo Taberna Gallegos, cometidos en octubre de 1973, en la localidad de Pisagua.
Finalmente, el máximo tribunal revocó la sentencia en la parte que absolvió al exoficial de Carabineros, en la época de los hechos jefe del Retén de Pisagua, Manuel Rogelio del Carmen Vega Collao y, en su lugar, lo condenó a la pena de 20 años de presidio, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor de los delitos de homicidio calificado de Cabello Cabello, Chanez Chanez, Mamani García, Manríquez Wilden, Martínez Guillén y Rojas Osega.
Tres hechos acreditados
Las víctimas de estos hechos Tomás Orlando Cabello Cabello, Nicolás Chanez Chanez, Juan Apolinario Mamani García, Luis Aníbal Manríquez Wilden, Hugo Tomás Martínez Guillén y Juan Rojas Osega, fueron detenidos en la ciudad de Iquique en el mes de noviembre de 1973 y conducidos al Regimiento de Telecomunicaciones de la misma ciudad. Luego de un tiempo fueron trasladados al Campamento de Prisioneros Políticos de Pisagua. Ambas unidades militares eran dependientes de la Comandancia General de la VI División del Ejército, bajo el mando del entonces General de Ejército Carlos Forestier Haensgen, actualmente fallecido.
El campo de prisioneros estaba bajo el mando directo de un mayor de Ejército de nombre Ramón Ibarra Ibarra, que además recibió cerca de 270 detenidos trasladados por vía marítima por la Armada de Chile en el Barco Mercante Maipo. En dicho lugar cumplía funciones represivas los ahora condenados Carlos Herrera Jiménez, Miguel Aguirre Álvarez y el carabinero Manuel Vega Collao.
Los detenidos no tenían militancia política ni desarrollaban ningún tipo de actividad subversiva, pero arbitrariamente eran sindicados por las autoridades militares de ser autores de delitos de contrabando de mercaderías y/o tráfico de estupefacientes, sin base alguna que lo hubiese acreditado. Un día del mes de enero de 1974, se informó por medio de un bando militar que los prisioneros aludidos habían sido dejados en libertad en la intersección del Camino de Pisagua y la carretera Panamericana.
Sin embargo, en el año 1990, con ocasión del descubrimiento y exhumación de restos humanos encontrados en una fosa clandestina localizada al costado del cementerio de Pisagua, sus cuerpos fueron encontrados en dicha fosa, todos con sus manos atadas, los ojos vendados y un circulo de color rojo adherido a sus ropas a la altura del corazón; cada uno de ellos estaba envuelto en sacos de arpillera y se les inhumó con otros prisioneros que también habían sido ejecutados por los militares del Ejército.
Las pericias médico legales que se efectuaron a estos restos humanos, determinaron que la causa de sus decesos eran múltiples heridas de bala producto de una ejecución, previa a que sus cuerpos fueran ensacados e inhumados en la fosa.
Por otro lado, la víctima Nelson José Márquez Agusto, militante del Partido Comunista, luego del golpe militar fue detenido en Iquique y trasladado al Campo de Prisioneros de Guerra de Pisagua, donde se le mantiene por espacio de unos cuatro meses, sufriendo reiterados castigos físicos, que se incrementaron con la visita del General "scar Bonilla, autoridad militar ante la cual denunció maltrato por parte de los militares que lo custodiaban. Posteriormente, realiza un frustrado intento de fuga como consecuencia de ello, los militares deciden ejecutarlo como escarmiento y ejemplo para los otros prisioneros, solamente para evitar que otros detenidos decidieran seguir su ejemplo e intentar fugarse.
Por último, el día 29 de octubre de 1973, en la localidad de Pisagua, se realiza un espurio Consejo de Guerra que resuelve condenar a muerte a Freddy Marcelo Taberna Gallegos, José Demóstenes Rosier Sampson Ocaranza, Juan Antonio Ruz Díaz y Rodolfo Jacinto Fuenzalida Fernández, quienes se encontraban detenidos en el campo de prisioneros políticos existente en el propio Pisagua. A raíz de este arbitrio, los cuatro prisioneros señalados fueron ejecutados al costado norte del Cementerio de ese lugar. Luego de ello, sus cadáveres son hechos desparecer sin que hasta la fecha se conozca el paradero de sus restos.
Carroza dicta acusación por secuestro y homicidio de 10 prisioneros de Pisagua
Fuente :elboyaldia.cl 2/7/2014
Categoría : Prensa
Seis de ellos, sin militancia, fueron fusilados por supuesto contrabando o tráfico de estupefacientes. Los otros cuatro eran reconocidos funcionarios públicos del PS.
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, sometió a proceso al militar en retiro Miguel Chile Aguirre Álvarez, por los delitos de secuestro y homicidio calificado de cuatro prisioneros políticos, hecho perpretado en Pisagua en los inicios de la dictadura militar.
El magistrado dictó el auto de acusación en contra de Aguirre, en calidad de autor, por la causa que investiga por los secuestros calificados de Freddy Taberna Gallegos, José Sampson Ocaranza, Juan Antonio Ruz Díaz y Rodolfo Fuenzalida Fernández.
Todos estos prisioneros se encontraban recluidos en Pisagua, donde posterioremente se les sometió a un Consejo de Guerra que los condenó a muerte el 29 de octubre de 1973. Sus cuerpos aparecerían en una fosa común, en junio de 1990.
De acuerdo a la investigación, los antecedentes recopilados acreditaron que en la citada fecha "se efectuó un Consejo de Guerra por el que se condenó a muerte a Freddy Marcelo Taberna Gallegos, José Demóstenes Sampson Ocaranza, Juan Antonio Ruiz Díaz y Rodolfo Jacinto Fuenzalida Fernández, quienes se encontraban privados de libertad en el campo de prisioneros existente en dicha localidad, sin que hasta la fecha se conozca el paradero de sus restos, por lo cual no ha sido posible comprobar su ejecución y que hubieren fallecido, situación que subiste hasta el día de hoy".
En tanto, por el secuestro y homicidio de Orlando Cabello Cabello, Nicolás Chanez Chanez, Juan Mamani García, Luis Manríquez Wilden, Hugo Martínez Guillén y Juan Rojas Osega, en ministro Carroza acusó como responsable a Manuel del Carmen Vega Collao.
En este caso, se determinó judicialmente que: "Orlando Tomás Cabello Cabello, Nicolás Chanez Chanez, Juan Apolinario Mamani García, Luis Aníbal Manríquez Wilden, Hugo Tomás Martínez Guillén y Juan Rojas Osega, fueron detenidos en Iquique durante el mes de noviembre de 1973, luego trasladados al regimiento de Telecomunicaciones de la misma ciudad y posteriormente al Campamento de Prisioneros Políticos de Pisagua, ambas unidades dependientes en ese entonces de la Comandancia General de la División de Ejército, cargo detentado por el general de Ejército Carlos Forestier Haengsen; en circunstancias que ninguno de ellos tenía militancia o bien desarrollaba alguna clase de actividad política, pero fueron sindicados por la autoridad militar, como autores de los delitos de contrabando de mercaderías y/o tráfico de estupefacientes, sin que exista antecedentes alguno que avale dicha afirmación (…) a fines del mes de enero de 1974, mediante un bando militar de la VI División de Ejército, se puso en conocimiento de la ciudadanía que el 29 del mismo mes, los detenidos Cabello, Chanez, Mamani, Manríquez, Martínez y Rojas habían sido dejados en libertad (…) con la ocasión de la exhumación de los cuerpos realizada desde la fosa ubicada a un costado del Cementerio de Pisagua en el mes de junio de 1990, fueron hallados los cuerpos de los prisioneros Orlando Cabello, Nicolás Chanez, Juan Mamani, Luis Manríquez, Hugo Martínez y Juan Rojas, todos con sus manos atadas, los ojos vendados, un círculo de color rojo adherido a sus ropas a la altura del corazón, siendo encontrados cada uno de ellos al interior de sacos de arpillera, sepultados junto a otros trece prisioneros que fueron igualmente inhumados en la misma fosa entre el mes de septiembre de 1973 y julio de 1974, habiéndose establecido por las pericias médico legales efectuadas en la oportunidad como la causa de sus decesos múltiples heridas de bala, ejecución que fue llevada a efecto, entre otros, por los oficiales de Ejército que conformaban la guardia de vigilancia del Campamento de Prisioneros y a cuya custodia se encontraban estos detenidos, más los efectivos de Carabineros del retén Pisagua".
Políticos locales
Rodolfo Jacinto Fuenzalida Fernándes, de 43 años, era piloto civil y Secretario Regional del Partido Socialista. Fue detenido el 11 de septiembre de 1973, en su domicilio, trasladado al Regimiento Carampangue, luego al Regimiento de Telecomunicaciones y desde allí al Campamento de Prisioneros de Pisagua.
Juan Antonio Ruíz Díaz tenía 32 años y era militante del Partido Socialista. Trabajaba como funcionario de Aduanas en Iquique y se presentó voluntariamente al Regimiento de Telecomunicaciones.
El socialista José Demóstenes Rosier Sampson Ocaranza, de 33 años, era el Relacionador Público de la Municipalidad de Iquique. También se presentó voluntariamente a Carabineros de Iquique, el 21 de septiembre de 1973.
Freddy Marcelo Taberna Gallegos tenía 30 años y era el Director de la Oficina Regional de Planificación (ORPLAN, actualmente MIDEPLAN) en Iquique. Era militante socialista y e presentó voluntariamente el día 16 de septiembre de 1973, en el Regimiento de Telecomunicaciones.
«No era un estadista, aquí está la verdad»: Periodista Mario Aguilera recuerda hallazgo de osamentas de Pisagua el 2 de junio de 1990
Fuente :elciudadano junio/2023
Categoría : Prensa
Hace 33 años, en una diligencia encabezada por el juez Nelson Muñoz tras una denuncia presentada por la Vicaría de la Solidaridad, eran encontrados en una fosa común de Pisagua los restos de 19 prisioneros políticos.
El 2 de junio de 1990, en una diligencia encabezada por el juez Nelson Muñoz, tras una denuncia presentada el 31 de mayo de ese año por la Vicaría de la Solidaridad ante el Juzgado de Pozo Almonte, eran encontrados en una fosa común de Pisagua los restos de 19 prisioneros políticos.
El hallazgo conmocionó al país. La sal del desierto conservó los cuerpos, con sus ropas y con los amarres y vendas con los que fueron fusilados, tal como se pudo apreciar en las fotografías y videos dados a conocer por la prensa y la televisión.
Incluso, algunos de los asesinados aún mantenían cartas entre sus ropas, como consignó por aquellos días el diario La Época.
Se trataba de otra prueba más del brutal genocidio perpetrado por Pinochet y su régimen.
Hoy, a 33 años de aquel suceso, uno de los periodistas que reporteó en terreno la noticia, Mario Aguilera, recordó el momento con un sentido posteo en su cuenta de la red social Twitter.
«El 2 de junio de 1990, el sol, la tierra, el tiempo, la sal, la búsqueda incesante de sus familiares, entregó sus frutos. A metros del mar, en Pisagua, aparecieron los cuerpos de quienes habían sido ejecutados por manos asesinas. No era un estadista, aquí la verdad», escribió Aguilera, quien hace solo unos meses había recordado su experiencia en Pisagua con motivo de la visita del Presidente Boric a dicho lugar.
Monumento histórico
Desde 2008, la fosa de Pisagua se encuentra en la categoría de Monumento Histórico, y hoy, también es un Sitio de Memoria.
Según consigna el sitio web del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), Pisagua fue uno de los sitios «más emblemáticos» de la represión derechista a partir de 1973, recordando en ese sentido que ya había sido utilizado como «escenario de castigo» para prisioneros políticos durante los gobiernos de Gabriel González Videla (entre 1947 y 1948) y el segundo gobierno de Carlos Ibáñez del Campo (entre 1952 y 1958).
«Por su ubicación geográfica, este pueblo aislado, costero y rodeado por el desierto, cumplía con la pretensión estratégica de ocultar estas políticas de horror. Se dice que el 18 de septiembre de 1973 desembarcaron del mercante Maipo los primeros 50 prisioneros, provenientes desde Valparaíso. Durante la Dictadura Militar, Pisagua albergaría en total a más de 800 prisioneros, de los cuales 24 habrían sido ejecutados», detalla la ficha del CMN, que puedes revisar completa
Los asesinados
En el archivo del Museo de la Memoria se encuentran registrados los nombres de las personas que fueron asesinadas y enterradas en la fosa de Pisagua.
La información consigna que 19 osamentas fueron identificadas y entregadas a sus familiares:
- Tomás Orlando Cabello Cabello, 44 años, comerciante, sin militancia política. Detenido el 1 de noviembre de 1973.
- Nicolás Chanez Chanez, 42 años, dueño de camiones, sin militancia política. Detenido el 19 de noviembre de 1973.
- Juan Apolinario Mamani García, 27 años, chofer, sin militancia política. Detenido entre el 18 y el 20 de noviembre de 1973.
- Luis Aníbal Manríquez Wilden, 44 años, comerciante, sin militancia política. Detenido el 2 de noviembre de 1973.
- Hugo Tomás Martínez Guillén, 36 años, comerciante, sin militancia política. Detenido el 2 de noviembre de 1973.
- Juan Orlando Rojas Osega, 38 años, comerciante, sin militancia política. Detenido el 2 de noviembre de 1973.
- Manuel Eduardo Sanhueza Mellado, 30 años, obrero, militante de las Juventudes Comunistas. Detenido el 10 de julio de 1974.
- Julio César Cabezas Gacitúa, 45 años, abogado, sin militancia política. Se presentó voluntariamente ante las autoridades al ser llamado por Bando el 14 de septiembre de 1973.
- Juan Efraín Calderón Villalón, 25 años, empleado, militante del Partido Socialista. Detenido el 14 de septiembre de 1973.
- José Rufino Córdova Croxato, 35 años, administrador portuario militante del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU). Detenido el 11 de septiembre de 1973.
- Marcelo Omar Guzmán Fuentes, 34 años, jefe área salud, militante del Partido Socialista. Se presentó voluntariamente ante las autoridades al ser llamado por Bando el 16 de septiembre de 1973.
- Humberto Lizardi Flores, 26 años, profesor, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Detenido el 11 de septiembre de 1973.
- Luis Alberto Lizardi Lizardi, 29 años, empleado portuario, militante del Partido Socialista. Detenido el 11 de septiembre de 1973.
- Nelson José Márquez Augusto, 31 años, obrero, militante del Partido Comunista. Detenido con posterioridad al 11 de septiembre de 1973.
- Mario Morris Barrios, 27 años, funcionario de Aduanas, sin militancia política. Detenido el 11 de septiembre de 1973.
- Germán Edilio Palominos Lamas, 25 años, empleado.
- Luis Alberto Toro Castillo, 34 años, mecánico FFCC, militante del Partido Comunista, PC. Detenido el 1 de octubre de 1973.
- Juan Valencia Hinojosa, 51 años, jefe administrativo, militante del Partido Comunista. Se presentó voluntariamente al ser requerido por Bando Militar el 11 de septiembre de 1973.
- Alberto Amador Yáñez Carvajal, 31 años, empleado, militante del Partido Comunista. Detenido el 5 de septiembre de 1974.
En tanto, los restos de Isaías Higuera Zúñiga, 39 años, gendarme en la Cárcel de Iquique, militante del Partido Comunista, muerto el 17 de enero de 1974 en Pisagua, fueron entregados a su cónyuge dentro de una urna sellada.
Además, añade el Museo de la Memoria, aparecieron otros restos óseos fragmentados, que en el año 2008 fueron periciados, estableciéndose que se trataba de restos más antiguos.
Finalmente, se indica que los cuerpos de 10 de los prisioneros que fueron ejecutados en Pisagua por el Consejo de Guerra del 29 de octubre de 1973 o la Ley de Fuga aún no han sido encontrados.