Fecha Detención : 29-11-1976
Lugar Detención : Santiago
Actividad Política : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Actividad : Vendedor viajero
Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena
Relatos de Los Hechos
Fuente :informe corporación
Categoría : Antecedentes del Caso
Santiago Edmundo Araya Cabrera 28 años, soltero, vendedor viajero, militante del MIR, fue detenido el 29 de noviembre de 1976 en la vía pública, por agentes de la DINA.
Entre el 29 de noviembre y el 20 de diciembre de 1976, fueron detenidas trece personas: once de ellas pertenecientes al Partido Comunista, algunas miembros de su Comité Central, y dos al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). Los procedimientos que se utilizaron para detenerlos guardan semejanzas entre sí, particularmente en el hecho de que sus arrestos se realizaron en la vía pública, salvo en un caso, y destacándose que el grueso de las detenciones se verificaron el día 15 de diciembre de 1976, afectando en ese sólo día a siete personas. Y la otra nota común en sus situaciones, fue aquella que proporcionó oficialmente el gobierno militar, en el sentido que prácticamente todos registraban salida de Chile a Argentina entre fines de diciembre de 1976 o a principios de enero de 1977. La falsedad de esta versión quedó posteriormente establecida judicialmente. La otra característica común a todas estas personas es que hasta la fecha se encuentran desaparecidas.
Se trata de: Santiago Edmundo Araya Cabrera, detenido el 29 de noviembre de 1976; Armando Portilla, detenido el 9 de diciembre de 1976; Fernando Alfredo Navarro Allende, detenido el 13 de diciembre de 1976; Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Luis Segundo Lazo Santander, Juan Fernando Ortiz Letelier, Reinalda del Carmen Pereira Plaza, Waldo Ulises Pizarro Molina, Héctor Véliz Ramírez, todos ellos detenidos el 15 de diciembre de 1976; Lizandro Tucapel Cruz Díaz, Carlos Patricio Durán González, ambos detenidos el 18 de diciembre de 1976; y Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, detenido el 20 de diciembre de 1976.
El 29 de noviembre de 1976, Santiago Edmundo Araya Cabrera, ex dirigente estudiantil, militante del MIR, salió de su casa con destino a la Vega Central de Santiago, para comprar unas mercaderías que él envasaba y luego vendía, quedando de regresar inmediatamente a su casa donde hacía esa labor de envase. El afectado fue detenido en la vía pública y hasta la fecha se desconoce su paradero.
Anteriormente, el mismo año 1976, en el mes de agosto, a la altura del paradero 27 de Gran Avenida, fue interceptado el afectado, Mario Maureira Vásquez y Juan Carrasco por un carabinero de franco que les pidió identificarse. Santiago Araya y Juan Carrasco así lo hicieron, entregando sus cédulas de identidad que nunca les fueron devueltas, en tanto que Mario Maureira no portaba identificación. El policía de franco amenazó con llevarlos a una Unidad de Carabineros, y cuando registró a Maureira le encontró un arma, alegando éste que no estaba cargada, lo que el carabinero confirmó. Cuando el policía pedía cooperación a un taxista para que llamara a la Comisaría más cercana o a un Radiopatrullas, Maureira intentó fugarse, y tras suyo salió el policía haciendo disparos hasta que lo redujo, pero en tanto, Santiago Araya y Juan Carrasco aprovecharon la ocasión para alejarse del lugar.
Sobre los hechos ocurridos, tanto Santiago Araya como Juan Carrasco rindieron respectivamente declaraciones juradas dejando constancia de lo vivido, que servía para establecer hechos en relación a la detención y posterior desaparecimiento de Mario Maureira.
Por otra parte, luego del incidente que culminó con la detención de Maureira, hasta la casa de Araya y Carrasco llegaron sujetos que se identificaron como del Servicio de Inteligencia de Carabineros los que, al no encontrarlos, dejaron indicado a familiares que debían presentarse ante Carabineros lo más pronto posible para ser interrogados por el paradero de Maureira; además, sus residencias permanecieron vigiladas por sujetos de punto fijo por cerca de diez días.
También, como dejó constancia en una declaración jurada Norma Cabrera Ibarra, madre del afectado, ella recibió información de un detenido por la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), que sus interrogatorios versaron fundamentalmente sobre los antecedentes que el tenía de Santiago Araya.
De otra parte, el gobierno chileno informó en el proceso criminal rol 2-77 que llevaba un Ministro en Visita Extraordinaria, que más adelante se menciona, que Santiago Araya había salido de Chile con destino a Argentina por el paso Los Libertadores el 22 de diciembre de 1976.
En efecto, en la documentación sobre el particular que se tuvo en el proceso denominado "Hoja de Ruta", aparecía el nombre del afectado figurando que salió del país en esa fecha, con destino a Mendoza y que lo hizo "a pie". En esa misma hoja de ruta se mencionaba a otras tres personas saliendo también a pie, en la misma fecha y con igual destino. Conviene destacar que en ese mismo documento se anotó un número de cédula de identidad para Santiago Araya que no era el suyo, y que requeridos los antecedentes en función únicamente de los números de las cédula de identidad que se indicaban tanto para el afectado como para los otros tres viajeros a pie, el Registro Civil e Identificación informó que el que se señaló para el afectado correspondía a una persona de sexo femenino que, cuando declaró en el proceso, señaló no haber viajado en aquella fecha; otro número de cédula de identidad correspondió a otra persona que también declaró no haber viajado a Argentina; en tanto que a la única persona que también se mencionaba y que sí calzaba su número de identidad, también declaró no haber viajado a la Argentina; finalmente, en relación al otro número de carnet, se informó que no era posible informar puesto que ninguna persona con esos datos aparecía registrada en el Archivo General de ese Registro Civil e Identificación.
Se hace presente, además, que el funcionario de la Policía de Investigaciones que reconoció judicialmente haber llenado esa hoja de ruta en que se constataron esas irregularidades, en el mismo proceso rol 2-77, resultó ser encargado reo por el delito de falsificación de instrumento público y de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza, una de las trece personas detenidas desaparecidas de fines del año 76. Se trató del funcionario Federico Infante Lillo, que en una de sus declaraciones judiciales, señaló: "…Descarto totalmente la posibilidad de que pueda cometerse falsificación en los documentos de que se trata (se refiere a las hojas de ruta), toda vez que son instrumentos confeccionados en base a la documentación que presentan los pasajeros al momento de su control y que, posteriormente, van al archivo… toda persona que aparece en las relaciones, vale decir en las hojas de ruta o relación de pasajeros, es porque personalmente se han presentado a control de Policía Internacional presentando su documentación de identidad…".
Hasta la fecha, Santiago Araya Cabrera permanece desaparecido.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 3 de diciembre de 1976, el padre del afectado, don César Araya Araya ante la Corte de Apelaciones de Santiago, recurrió de amparo en favor de aquél, señalando que ese día 29 de noviembre del mismo año, su hijo salió en dirección a la Vega Central a comprar unas mercaderías, quedando de regresar inmediatamente a su casa; que realizó diversas gestiones tendientes a dar con su paradero, y que la circunstancia de haberse enterado que a una persona detenida por la DINA se le había preguntado por su hijo, mostrándole una fotografía de éste, le hacía tener la certeza de que fue detenido también por la DINA, puesto que ese organismo lo buscaba; como asimismo el hecho de que Santiago Araya haya hecho una declaración jurada sobre lo que supo de la detención del actual desaparecido Mario Maureira Vásquez, de quien lo último que se supo fue de que estuvo en poder de la DINA.
Por dichas circunstancias, el recurrente de amparo en favor del afectado pidió que se requiriera informe tanto al Ministro del Interior, como a la DINA, solicitud ésta última a la que la señalada Corte no accedió.
Pasados veinte días de interpuesto el recurso rol 1060?76 bis, el Ministerio del Interior informó que el afectado "no se encuentra detenido por orden de ese Ministerio". Y el 27 de diciembre, el amparo se rechazó por ese Tribunal, ordenándose que los antecedentes se remitieran al Juzgado del Crimen para que se investigara la posible comisión de un delito en la desaparición de Santiago Araya. El fallo fue dictado por los Ministros José Cánovas, Eduardo Avello y el abogado integrante Alberto Novoa.
Apelado ese fallo ante la Corte Suprema, ésta lo confirmó sin más, en sentencia dictada por los Ministros Israel Bórquez, Luis Maldonado, Manuel Rivas y los abogados integrantes Enrique Urrutia y Román de Amesti, con fecha 30 de diciembre de 1976.
En definitiva, el caso de desaparecimiento de Santiago Araya, fue investigado en el proceso rol 2-77, al igual que otros de los trece desaparecidos. Luego que los respectivos recursos de amparo fueran rechazados, familiares de las víctimas solicitaron a la Excma. Corte Suprema la designación de un Ministro en Visita para que se abocara al conocimiento de los 13 desaparecidos ya nombrados. El Tribunal accedió a lo solicitado pero limitando el ámbito de investigación a sólo 8 de los casos. Al poco tiempo de iniciada la investigación se incluyeron dos más. Entre estos 8 primeros se encontraba el caso de Santiago Edmundo Araya Cabrera.
La tramitación de esta causa duró cerca de 13 años y se acumularon en ella 21 tomos con más de 9.000 fojas, y la investigación estuvo a cargo de distintos Ministros.
El máximo Tribunal de la República ordena a la Corte de Apelaciones de Santiago que efectúe tal designación, la que recayó en el Ministro Sr. Guastavino, quien luego de requerir informe al Ministerio del Interior quien informó que los afectados habían hecho abandono del país por un paso cordillerano, hacia la República Argentina? sobreseyó la causa. Dicha resolución fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al igual que en la segunda oportunidad en que se decretó un nuevo cierre del sumario. Posteriormente, el Ministro Carlos Letelier Bobadilla, vino a subrogar al Ministro Guastavino, cerrando el sumario en agosto de 1978, "no pudiendo adelantarse en la investigación".
Dicha resolución fue impugnada por los abogados que hicieron ver al Ministro que sí podía adelantar en la investigación, por existir diligencias pendientes solicitadas y porque del estado del proceso surgirían otras por disponer. Fue así como el Ministro Letelier dejó sin efecto su propia resolución, decretando diligencias.
Más adelante, reasumiendo sus funciones el Ministro Guastavino, decretó sobreseimiento definitivo por aplicación del D.L. 2191 en diciembre de 1980. La Corte de Apelaciones, esta vez, revocó la resolución de cierre del sumario, y el propio Ministro en Visita dejó sin efecto el sobreseimiento decretado, por haberse omitido una formalidad legal. De esta manera continuó la tramitación. Ya en el año 1983 se hizo cargo de continuar la investigación por el "proceso de los trece", el Ministro señor Carlos Cerda Fernández, quien dictó cientos de diligencias, consistentes en citaciones de personas, reconocimientos de lugares y de personas, peritajes, revisión de expedientes criminales, despacho de Oficios recabando informes a servicios del Estado, a ramas de las Fuerzas Armadas, instituciones particulares y otras de vital importancia.
En suma, recibió cerca de 200 testimonios de testigos presenciales de las detenciones de los afectados y de su reclusión en recintos clandestinos. Entre estos testimonios también se contaron los de miembros de las Fuerzas Armadas, que participaron en Servicios de Inteligencia, como asimismo de funcionarios de Carabineros y de Investigaciones, y de algunos civiles que colaboraron con los servicios de seguridad, como es el caso de Otto Trujillo y de Miguel Estay Reyno (El Fanta).
En esta etapa se contó con la declaración del soldado primero de la Fuerza Aérea de Chile, Andrés Valenzuela Morales, que en 1984 desertó de esta Institución, quien mediante su declaración dio cuenta y datos que, a mediados de la década del 70, comenzó a operar un llamado "Comando Conjunto" o "Comando Conjunto Antisubversivo", integrado por miembros de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden, más algunos civiles que pertenecieron a partidos de izquierda y que luego de ser detenidos por los servicios de Inteligencia, sometidos a presiones y/o extorsiones, se transformaron en colaboradores. En este grado de investigación, el Ministro Carlos Cerda llegó a establecer datos valiosos y esclarecedores respecto de otros casos de violaciones de derechos humanos, algunos de ellos de desaparecimiento de personas, disponiendo incluso la remisión de algunas piezas del "proceso de los trece" a otros Tribunales que conocían de causas criminales por ellos.
El Ministro Carlos Cerda dictó durante la tramitación que a él le tocó sustanciar 43 encargatorias de reos, en septiembre de 1983 a dos funcionarios de Investigaciones por los delitos de falsificación de instrumento público, constituido por la hoja de ruta que daba cuenta de la salida del país y de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza y de Edras Pinto Arroyo; y, en septiembre de 1985, a Miguel Estay Reyno (El Fanta), como cómplice en los delitos de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza y Edras Pinto Arroyo.
El 14 de agosto de 1986 el Ministro dicta 40 encargatorias de reos por igual número de personas entre los que se encuentra el ex miembro de la Junta Militar, General del Aire Gustavo Leigh, otros Generales, Oficiales y Suboficiales de Carabineros, Fuerza Aérea y Marina de Chile, detectives de la Policía de Investigaciones y de algunos civiles. Los uniformados eran algunos en servicio activo y otros en retiro a esa fecha.
Cuatro de estos 40 reos presentaron queja por no aplicación de ley de amnistía y la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 10 de septiembre de 1986, deja sin efecto las encargatorias de reo, no sólo de los cuatro reos que apelaron sino que incluye, por Oficio, a los otros 36 reos. Este fallo fue confirmado por la Corte Suprema el 6 de octubre del mismo año.
Ante tal resolución, el Ministro Cerda resolvió suspender su cumplimiento y representar a la Corte Suprema un escrito fundamentando las razones de su determinación. Enterada de esta situación la Corte Suprema en Pleno, del 8 de octubre de 1986, resolvió aplicar medida disciplinaria de suspensión del cargo por dos meses, con goce de media remuneración, al Ministro Carlos Cerda Figueroa.
Se nombró como suplente al juez Manuel Silva Ibañez quien, el 23 de octubre de 1986, aplicando el D.L. de amnistía sobreseyó definitivamente el proceso Rol 2-77.
Los familiares de las víctimas apelaron y la Corte de Apelaciones el 10 de junio de 1987 confirmó el fallo del juez Silva. Ante esta situación se presentaron recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema, Tribunal que en sentencia del 11 de agosto de 1989, confirmó el sobreseimiento definitivo por amnistía de la causa Rol 2-77 que investigaba la suerte corrida tras la detención de Santiago Edmundo Araya Cabrera.
Para mejores antecedentes del proceso Rol 2-77 que investiga la suerte de detenidos desaparecidos del año 1976, ver ficha de Reinalda del Carmen Pereira Plaza, detenida el 15 de diciembre de 1976.
Gobierno pide investigar remoción de restos en Cuesta Barriga
Fuente :Primera Linea 18 de Octubre 2001
Categoría : Prensa
Cumpliendo con el compromiso verbal asumido con los familiares de las víctimas de Cuesta Barriga, el gobierno, a través del Programa de Derechos Humanos, solicitó al ministro Héctor Carreño que instruya sumario en el caso de la desaparición de trece dirigentes comunistas en 1976 e investigue los antecedentes que demostrarían que hubo remoción de restos en ese lugar.
Si es acogida la solicitud del Programa, se abrirá un nuevo frente de investigación, pues el mandato que otorgó la Corte Suprema a Héctor Carreño y Amanda Valdovinos -a cargo de la búsqueda de veinte cuerpos en el Fuerte Arteaga- fue sumamente restrictivo desde el minuto que los designó como jueces especiales, pues sólo les comisionó confirmar la veracidad de la información de la Mesa de Diálogo y encontrar los cuerpos que estarían en esas coordenadas, pero nada les dijo sobre esclarecer las circunstancias de las desapariciones investigadas.
Así, a diez meses de esta resolución, sólo ha habido avances en materia de hallazgo de osamentas. De hecho, desde que el 9 de enero comenzó la investigación en el socavón de la mina Los Bronces, ubicada en el kilómetro 12 de la Cuesta Barriga, el proceso se ha visto enturbiado por las limitaciones impuestas por el máximo tribunal.
De acuerdo a los familiares de las víctimas de Cuesta Barriga no se puede pretender encontrar cuerpos, identificarlos y luego dejar el caso botado. Aseguran que todo juez debe tener como principal misión la verdad y la justicia y, en ese plano, determinar quiénes fueron los culpables de los crímenes de 1976 y quiénes removieron sus cuerpos. Por ello, anticipan que si falla la presentación del Programa presentarán querellas para determinar la remoción de restos de sus parientes, la que aseguran se efectuó, con 90 por ciento de certeza, en 1987.
La remoción de 1987
Una pieza fundamental para investigar la remoción de restos será la información proporcionada por dos testigos a Investigaciones y el mismo tribunal, que declararon que en 1987 camiones del Ejército recorrieron la zona y realizaron operativos, trasladando bultos.
Esta tesis cobra fuerza, porque los peritajes de los expertos del Servicio Médico Legal han determinado que los cuerpos fueron exhumados entre cinco a diez años después de su entierro, lo que queda en evidencia porque los restos que permanecieron en la mina corresponden a aquellos que caen libremente al moverse y no presentan las fracturas propias de un cadáver que no está en avanzado proceso de descomposición.
Si a ello se suma que el propio ex almirante Jorge Arancibia, cuando se desempeñaba como comandante en jefe de la Armada confirmó que la información de restos en Cuesta Barriga fue entregada por su institución, las posibilidades que el juez Carreño inicie una investigación en esa área pone como principales inculpados -nuevamente- a miembros de las Fuerzas Armadas.
Para los familiares de las víctimas estos antecedentes son tan contundentes que ameritan solicitar al Ejército que informe sobre estos trabajos y rompa -parcialmente- el secreto que ofreció la Mesa de Diálogo a las personas que entregaron estos datos, pues en su opinión tendrían alguna participación en el delito de exhumación y remoción de cuerpos.
Entre los familiares existe la creencia que la totalidad de los restos de sus padres y hermanos jamás serán encontrados, pues señalan que luego de remover los restos la práctica habitual fue dinamitarlos o destruirlos y, muy difícilmente se realizaron en ese período operativos para lanzar cuerpos al mar.
Lenta identificación
Mientras los familiares de los desaparecidos aguardan con ilusión el resultado de la diligencia solicitada por el Programa, el Servicio Médico Legal comenzó la larga tarea de establecer la identidad de las osamentas, que de acuerdo al organismo corresponderían al menos a diez personas.
Las 200 piezas encontradas sólo han permitido a la fecha tener certeza de la identidad de dos personas: Horacio Cepeda y Fernando Ortiz, gracias a la comparación de las piezas dentales con radiografías que guardaban sus familiares, aunque sus restos deberán ser evaluados como todos los demás con pruebas de ADN, investigación que se extenderá al menos por un año. Ello, pese a que los familiares esperan que el trámite sea más corto de lo previsto, considerando que se chequearon grupos de osamentas comunes para facilitar los peritajes.
El informe de la mesa de diálogo sólo consigna que en la Cuesta estarían los cuerpos de Lincoyán Yalu Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Luis Segundo Lazo Santander, Luis Segundo Fernando Alfredo Navarro Allendes, Juan Fernando Ortíz Letelier y Héctor Véliz Ramírez, todos ellos detenidos el 13 de diciembre de 1976.
Pero las agrupaciones de derechos humanos y el Informe de la Comisión Rettig suman los nombres de Santiago Edmundo Araya Cabrera (detenido el 29 de noviembre de 1976), Armando Portilla (detenido el 9 de diciembre de 1976), Reinalda del Carmen Pereira Plaza y Waldo Ulises Pizarro Molina, detenidos en el operativo del 13 de diciembre de 1976; Lizandro Tucapel Cruz Díaz y Carlos Patricio Durán González, ambos apresados el 18 de diciembre de 1976; y Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, arrestado el 20 de diciembre de 1976.
A la fecha los informes forenses han establecido "acercamientos" a las identidades de Héctor Véliz, Alfredo Navarro, Luis Lazo y Lincoyán Berríos, pues sus antecedentes médicos presentan importantes correspondencias con las piezas óseas periciadas en el Servicio Médico Legal. También se menciona a Lizandro Cruz y Carlos Durán que se encuentran entre las víctimas del Partido Comunista
Colectivo Contra el Olvido
Fuente :facebook.com colectivo contra el olvido
Categoría : Prensa
SANTIAGO EDMUNDO ARAYA CABRERA
nacio; 28/07/48 28 años Soltero Vendedor viajero Ex Presidente del Centro de Alumnos del Instituto Superior de Comercio N°2 de Santiago; Militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) Fue detenido el 29 de noviembre de 1976 en la vía pública, por agentes de la DINA. Entre el 29 de noviembre y el 20 de diciembre de 1976, fueron detenidas trece personas: once de ellas pertenecientes al Partido Comunista algunas miembros de su Comité Central y dos al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). Los procedimientos que se utilizaron para detenerlos guardan semejanzas entre sí, particularmente en el hecho de que sus arrestos se realizaron en la vía pública, salvo en un caso, y destacándose que el grueso de las detenciones se verificaron el día 15 de diciembre de 1976, afectando en ese sólo día a siete personas. Y la otra nota común en sus situaciones, fue aquella que proporcionó oficialmente el gobierno militar, en el sentido que prácticamente todos registraban salida de Chile a Argentina entre fines de diciembre de 1976 o a principios de enero de 1977. La falsedad de esta versión quedó posteriormente establecida judicialmente. La otra característica común a todas estas personas es que hasta la fecha se encuentran
–JUAN RODRIGO MAC LEOD TREUER, fue detenido el 30 de noviembre de 1974, junto a su suegra
–MARIA JULIETA RAMIREZ GALLEGOS 65 años casada, 2 hijos
Detenida Desaparecida 30 de noviembre de 1974 Sin Militancia
Dueña de Casa detenida desde en el interior del Campamento de Prisioneros Tres Alamos cuando ambos visitaban a esposa e hija de Maria Julieta , María Antonieta Castro Ramirez militante del Mir y a su hermano Oscar Emilio Castro Ramirez quienes se encontraban detenidos en ese recinto desde mediados de ese mismo mes, siendo dejados en libertad con posterioridad. Ese día, María Julieta llevaba a su hija un bolso con cosméticos el cual contenía en su interior unos microfilms de documentos del MIR, lo que ella desconocía. Luego de ser detenidos, ambos fueron entregados a efectivos de la DINA en presencia del Jefe del Campamento Tres Alamos, Conrado Pacheco, quedando incomunicados en el recinto de Cuatro Alamos, donde se encontraba María Antonieta. También presenció esta detención Ana María Vallejo, mujer de Oscar Castro, la cual también había concurrido a la visita. El mismo día, Juan Rodrigo, su cónyuge y su suegra fueron trasladados al recinto de interrogatorios de la DINA conocido como Villa Grimaldi, Su cónyuge Maria Antonieta Castro y su cuñado Oscar Castro recuperaron su libertad meses después, pero él y su suegra Maria Julieta Ramirez Gallegos permanecen desaparecidos desde entonces. Mac Leod se veía en buen estado físico y que fue sacado de Villa Grimaldi alrededor del 23 de diciembre de 1974, junto a un grupo de prisioneros entre los que se encontraba todos los cuales se encuentran igualmente desaparecidos.
—DENRIO MAX ALVAREZ OLIVARES 17 años, estudiante y dirigente universitario, militante comunista. Detenido el 3 de diciembre de 1973 junto a otras personas Junto con ellos son detenidos varios otros militantes de izquierda que luego quedan en libertad. Fueron conducidos al Cuartel Central de la Policía de Investigaciones, después a la Carcel Pública y finalmente al Regimiento Buin, para ser interrogados. En este lugar se pierde el rastro de los detenidos, apareciendo sus cuerpos sin vida en el Instituto Médico Legal. El protocolo de autopsia de Alvarez indica como causa de muerte “ herida de bala “ y el de certificado de defunción de Pacheco señala “heridas de balas torácicas(3) y cráneo encefálica (1),”
—GASTON EDUARDO CIFUENTES NORAMBUENA
Nacio28/01/49; 25 años, Casado, 2 hijos, Comerciante, Militante del Partido Socialista, fue detenido por efectivos de civil el 3 de diciembre de 1974, alrededor de las 15:00 horas, en su lugar de trabajo, un negocio de accesorios de automóviles de propiedad familiar ubicado en calle Brasil 52-A en Santiago, el que fue allanado por los agentes. En el local se encontraban el afectado, sus hermanos Heriberto y José Efraín, la secretaria un proveedor, y un cliente . A la hora indicada, ingresó al lugar una joven que, según la describe Durán, parecía drogada o ebria y preguntó por Gastón Cifuentes, respondiéndole la secretaria que no estaba. La mujer salió y de inmediato irrumpieron en el local aproximadamente nueve civiles armados que se dirigieron directamente a la oficina donde estaban almorzando los hermanos y la secretaria, a la vez que preguntaban por Gastón. Este, creyendo que se trataba de un asalto, les indicó el lugar donde estaba el dinero; sin embargo los agentes hicieron caso omiso y señalaron que era un allanamiento. Gastón fue esposado y sacado de inmediato del negocio, siendo subido en un vehículo particular color blanco en el que se lo llevaron con rumbo desconocidos.
—-GREGORIO PALMA DONOSO, de 21 años Egresado de Enseñanza Media del Liceo Salesiano Manuel Arriarán, El secuestro calificado fue perpetrado el 3 de diciembre de 1974, en la comuna de Macul, cuando el joven fue interceptado por agentes de la DINA en la intersección de avenida Macul con calle Los Olmos. Tras ser detenido, Palma Donoso fue conducido hasta el centro de detención clandestino de Villa Grimaldi, donde fue visto por última vez. detenido en Santiago en la vía pública,
—-EDGARDO ORLANDO LOYOLA CID soltero y tenía 19 años de edad. Era ayudante de soldador y militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Detenido desaparecido. Santiago, diciembre de 1974..Fue detenido en Santiago el día 3 de diciembre de 1974, en su domicilio, por agentes del Estado.
Edgardo Loyola permanece desde esa fecha desaparecido