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Yáñez Mora Ricardo Fernando – Memoria Viva

Yáñez Mora Ricardo Fernando

Rut: 4.790.889-2

Cargos:

Grado : Teniente Coronel

Rama : Ejército

Organismos : Central Nacional de Informaciones (CNI)

Caravana de la Muerte


Cuatro militares en retiro condenados por violación a los DDHH ingresaron a Colina I

Fuente :El Desconcierto, 11.05.2017

Categoría : Prensa

Cuatro uniformados en retiro, condenados por delitos de secuestro y homicidio calificado de las víctimas del Episodio Copiapó, deberán cumplir penas de más de 10 años de cárcel al interior del centro penitenciario Colina 1, donde arribaron el pasado miércoles.

Desde el pasado miércoles, la cárcel Colina I alberga a cuatro militares condenados por delitos vinculados a la violación de los derechos humanos en dictadura.

Según informa La Tercera, esto ocurre luego de que la ministra en visita Patricia González Quiroz dictara el cúmplase y ordenara el inicio del cumplimiento de condenas de seis miembros del Ejército en retiro, por secuestros y homicidios calificados del Episodio Copiapó, del caso “Caravana de la Muerte”.

El Poder Judicial consignó que “de los seis condenados a penas de presidio efectivo, cuatro ex oficiales del Ejército en retiro ingresaron al módulo especial de Colina I y dos ya se encontraban purgando penas en el Centro de Cumplimiento de Punta Peuco”.

La sentencia establece que Sergio Arredondo González y Pedro Espinoza Bravo fueron condenados a 15 años y 1 día de presidio, en calidad de autores de los delitos de secuestro y homicidio calificado. Ambos se encontraban recluidos en Punta Peuco.

Además, el oficial en retiro del Ejército, Patricio Díaz Araneda, fue condenado a 11 años de cárcel, en calidad de autor de los delitos reiterados de homicidio calificado de 13 víctimas. Por otra parte, los uniformados en retiro Ricardo Yáñez Mora, Waldo Ojeda Torrent y Marcelo Marambio Molina deberán cumplir penas de 10 años y un día de presidio en Colina I.

 


Testimonios acreditan que el Ejército guardó archivos secretos de la dictadura

Fuente :Ciper, 30 de Julio 2015

Categoría : Prensa

Nuevos testimonios de militares confirman que el Ejército mantuvo en bóvedas subterráneas de la DINE archivos con cientos de miles de documentos microfilmados con información de operaciones secretas en dictadura. Los documentos existían mientras el Ejército los negaba una y otra vez. Así se acreditó en el juicio por el crimen de Eduardo Frei Montalva, en el cual no ha habido colaboración militar. La revelación sobre un pacto de silencio para ocultar a quienes quemaron a Rodrigo Rojas y Carmen Gloria Quintana acrecienta la presión para que el Ejército entregue esos archivos y acotar la impunidad.

Veintinueve años después de que una patrulla militar quemara vivos a Rodrigo Rojas y Carmen Gloria Quintana, sobreviviendo solo esta última, dos conscriptos que integraban esa patrulla revelaron la identidad del principal autor material de un hecho que conmocionó al país y a la opinión pública internacional. El Ejército se demoró 17 días en reconocer que militares habían participado en un “accidente”, asumiendo como único error el que el jefe del pelotón, el teniente Pedro Fernández Dittus, no prestó auxilio a las víctimas. Una versión que el Ejército mantiene hasta hoy a pesar de que en esos mismos días de julio de 1986 una investigación interna determinó que el entonces teniente Julio Castañer y otros oficiales habían tenido un rol protagónico en el estremecedor episodio.

Los dos conscriptos que acaban de romper el pacto de silencio que operó hasta ahora –Fernando Guzmán y Pedro Franco Rivas–, revelaron que Castañer fue quien prendió fuego a los dos jóvenes y que se les ordenó encubrirlo. Sus testimonios coinciden con la declaración que desde el primer minuto entregó Carmen Gloria Quintana: que fueron quemados deliberadamente y que uno de los autores fue Castañer. Estos son los datos que debieron estar en la investigación interna que hizo el Ejército en la época y que Carmen Gloria Quintana ha pedido una y otra vez sin respuesta.

¿Dónde está la investigación del Ejército sobre este macabro episodio? Hasta hoy no hay rastro ni de ese documento ni de ninguno de los archivos que contienen el registro de las operaciones secretas de los organismos de seguridad durante la dictadura. Y hay pruebas de su existencia. Primero, de los registros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y luego de la Central Nacional de Informaciones (CNI), a los que suman los de la propia Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE). Miles de documentos que contenían tanto el detalle de los seguimientos a los opositores al régimen, como de las operaciones criminales para eliminarlos.

 

Estos archivos han sido durante años objeto de una intensa búsqueda y de requerimientos oficiales al Ejército. Así ocurrió durante el juicio en Chile por el asesinato del ex comandante en jefe del Ejército, Carlos Prats y su esposa en Buenos Aires (1974), y más recientemente en la investigación por el crimen del ex Presidente Eduardo Frei Montalva (1982), reabierta en mayo pasado.

A pesar de que el ministro en visita Alejandro Madrid ha obtenido reveladores testimonios de integrantes de los servicios secretos de la dictadura que dan cuenta de la existencia de esos archivos, el Ejército nuevamente ha negado tenerlos. El equipo con el que trabajó Madrid logró reconstituir cómo los organismos de seguridad registraron los seguimientos que se hicieron a cada paso de Frei Montalva en sus tres últimos años de vida, lo que incluye interceptaciones de sus llamadas telefónicas, hasta culminar con su muerte en la Clínica Santa María (ver especial de CIPER sobre el asesinato de Frei).  A ellos se suman otros testimonios recogidos en ese mismo proceso sobre los registros que se iban guardando en dependencias de la CNI y que luego pasaron a la DINE, documentación que aún estaba bajo custodia hasta bien avanzada la democracia en dependencias del Ejército.

Las últimas revelaciones de los dos conscriptos sobre la verdad de lo ocurrido con Rodrigo Rojas y Carmen Gloria Quintana, confirman que el Ejército ha ocultado deliberadamente información que podría haber dilucidado cientos de juicios sobre los crímenes cometidos durante la dictadura. Y lo sigue haciendo.

La importancia de las declaraciones de los conscriptos es que devela que al interior del Ejército existe una política institucionalizada de encubrimiento de la mentira en todos los casos de derechos humanos“, denunció Carmen Gloria Quintana en Tolerancia Cero.

ARCHIVOS INCINERADOS EN DEMOCRACIA

En enero de este año, el ministro Alejandro Madrid recibió un informe de la Brigada de Homicidios de la PDI que recoge los testimonios de ex agentes que trabajaron con esos archivos. La pista más reciente es la que entrega Raúl Luis Otárola López, suboficial (R) del Ejército y ex integrante de la DINA y luego de la CNI: “Recuerdo que el año 2005 bajé al referido subterráneo (de la DINE) a dejar documentos microfilmados, donde existen repisas metálicas donde están los rollos de celuloide soportados por cartridges, ordenados por códigos y números”.

La ruta de los archivos es fácil de seguir a partir de la trayectoria de Otárola López, quien empezó a trabajar en la sección “Archivo y Kárdex” de la DINA en 1976. En esa época, la unidad funcionaba en el Cuartel Belgrado de la DINA, el cuartel desde donde operaba el director del organismo de inteligencia, Manuel Contreras. Al año siguiente, la DINA sería reemplazada por la CNI, con lo cual los funcionarios del archivo se mudarían a las dependencias del nuevo organismo, en calle República con Toesca.

Ahí Otárola se desempeñó en la sección “Microfilm”, donde se enteró de que Manuel Contreras, el ex director de la DINA, se había llevado los rollos correspondientes al asesinato de Orlando Letelier en Washington, por el que fue condenado años más tarde. Su testimonio desmiente la versión que ha entregado el Ejército hasta ahora: que Contreras se llevó todos los archivos de la DINA a un paradero desconocido, no dejando nada en sus cuarteles.

Con el regreso a la democracia y la disolución de la CNI, los archivos tuvieron una nueva mudanza, esta vez a la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), ubicada en el número 129 del Paseo Bulnes.  En el subterráneo de ese edificio, declaró Raúl Otárola, se habilitó una bodega especial para guardar los microfilms de la CNI. Ese fue el lugar que dijo haber visitado el año 2005, cuando seguían almacenados los cartridges con información.

La ruta seguida por Otárola coincide con la que revelaron otros ex agentes, como la actriz y profesora de danza María Ximena del Rosario Galleguillos Aracena, quien ingresó a la sección de “Archivo y Kárdex” de la DINA en 1976, pasó a Microfilms en el Cuartel Belgrado, y de ahí a la CNI en República con Toesca:

Mi función consistía en operar una máquina microfilmadora, donde se respaldaban y reducían los archivos físicos al formato celuloide, quedando contenidas en un cartridge donde podía almacenarse un gran número de documentos. Nuestra labor debía ser realizada en forma rápida, por tanto no era necesario interiorizarse de su contenido. Una vez efectuada la microfilmación, realizábamos el revelado, para lo cual fuimos capacitados por la empresa Kodak”, relató Galleguillos.

Esos microfilms sobrevivieron al menos una década en el subterráneo de la DINE. Según declaró Otárola, algunos rollos fueron incinerados en un horno de la Escuela de Inteligencia de Nos, para lo cual se levantó un acta del proceso que fue supervisado por la mayor Mercedes Rojas Kuschevich –quien estaba a cargo del archivo subterráneo– y por otra oficial cuyo nombre dijo haber olvidado.

Solo en este punto, el relato de Otárola se contradice con el de la teniente coronel (R) Rojas Kuschevich, quien aseguró a los detectives que todos los archivos de la CNI fueron quemados y que no se dejó registro de la incineración. Según el relato de Rojas, en 1989 fue destinada a la DINE, específicamente al Departamento II de Contrainteligencia:

“Entre 1991 y 1992 la información de la CNI, microfilmada en rollos de celuloide, fue entregada al Departamento II para su custodia, pasando a depender por consiguiente de nuestra sección. No podría precisar cuántos rollos eran, pero sí recuerdo que se almacenaron en la bóveda situada en el subterráneo del inmueble ubicado en calle República con Toesca. Con posterioridad a esa época, las instalaciones de la DINE fueron trasladadas hasta calle Bulnes Nº 129, siendo ubicada la bóveda que contenía los archivos de microfilmación en el subterráneo del referido cuartel”.

La teniente coronel (R) Rojas Kuschevich reveló un importante antecedente hasta ahora desconocido sobre el uso que le dio el Ejército a esos archivos en los años 90:

Recuerdo que en el periodo en el cual se encontraba a cargo de la DINE el general Eduardo Jara Hallad (Jara asume esa dirección en 1996), ya ubicados en Bulnes, recibimos la orden de revisar los microfilms de la CNI, con la finalidad de ver su contenido y advertir si existía información referente a las violaciones a los derechos humanos”.

Según la misma teniente coronel, la documentación –que incluía oficios– estaba clasificada por materia, mencionando categorías como “embajadas”, “discursos de opositores”, “informaciones de prensa referida al gobierno militar”, “transcripciones de radio” y consultas efectuadas a la CNI por otras instituciones sobre antecedentes de personas.

Ante los detectives que la interrogaron, Rojas aseguró que no encontró información referente “a política, opositores o investigaciones de personas, tampoco respecto de labores operativas”, por lo que informó a sus superiores que no había nada relacionado con derechos humanos. Sus dichos se contradicen con lo declarado por Raúl Otárola, quien afirmó haber elaborado fichas de opositores al régimen, incluyendo personas que estuvieron en campos de detención, para ese mismo archivo. A eso se suma una declaración del ex agente de la CNI George Frederic Styles Osorio, quien sostuvo que en la sección “Archivo y Kárdex” se “confeccionaban las fichas de cada persona en base a los informes que eran derivados desde la brigadas operativas”.

La última parte de la declaración de la teniente coronel Mercedes Rojas es la más polémica:

Luego de esta revisión, entre 1999 y 2000 recibí la orden por parte del general Jara Hallad de incinerar estos archivos de microfilmación, ya que sólo ocupaban espacio. Por tanto di cumplimiento a esta instrucción en compañía del suboficial mayor Luis Zúñiga Celis y el cabo Osvaldo Ramírez Lazcano, concurriendo hasta dependencias de la Escuela de Inteligencia de Nos, donde los quemamos en un horno. Hago presente que no se levantó acta de este procedimiento por tratarse de archivos civiles y no militares”.

Si bien Rojas relató el episodio de la quema de esos archivos de la CNI en Nos, también agregó que los archivos correspondientes a la DINE permanecieron en custodia en las dependencias de calle Bulnes, al menos hasta su retiro en 2005. El archivo del Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE), añadió Rojas, siempre se manejó de forma separada.

Si Rojas afirma que los archivos de la CNI se incineraron entre 1999 y 2000, la declaración de Ramírez Lazcano sitúa la quema entre el año 2000 y el 2002, y agrega un dato: se destruyeron entre 40 y 50 rollos de microfilm. El testimonio de Ramírez Lazcano fue recogido recién en junio pasado y tiene especial relevancia, pues es un suboficial en servicio activo en Contrainteligencia de la DINE.

Quienes han tenido acceso reciente al expediente del juicio por el asesinato de Frei Montalva, cruzan este dato con el entregado por el oficial de Ejército Ricardo Yáñez Mora –segundo hombre de la División de Informática de la CNI, según Otárola, a cargo de la sección de “Microfilm”–, quien declaró que en cada cartridge cabían alrededor de 5 mil documentos microfilmados. Así, en total serían entre 200 mil y 250 mil los documentos de la CNI incinerados por el Ejército en democracia.

FECHAS CLAVE PARA LAS INVESTIGACIONES DE DD.HH.

Los márgenes de fechas señalados por Rojas y Ramírez sitúan la incineración entre 1999 y 2002, periodo en que ocurrieron al menos tres hechos relevantes. Entre octubre de 1998 y marzo de 2000, Augusto Pinochet estaba preso en Londres y tanto el gobierno chileno de la época como el Ejército aseguraban que debía volver al país para ser juzgado. Los archivos de la CNI podrían haber sido un insumo clave para dichas investigaciones, algunas de las cuales siguen abiertas hasta hoy.

En diciembre de 1999, además, asumió como director de la DINE el general Roberto Arancibia Clavel, hermano del que fuera jefe de la DINA en Buenos Aires, Enrique Arancibia Clavel, condenado en Argentina como autor del asesinato del general Prats. Durante la gestión de Roberto Arancibia al mando de la DINE, fue procesado el subdirector del organismo, Fernán González Fernández, por obstrucción a la justicia en la investigación del asesinato de Tucapel Jiménez. En ese momento, el ministro Sergio Muñoz (actual presidente de la Corte Suprema) acusó a Arancibia Clavel de nombrar oficiales de enlace con los procesados por los crímenes de la dictadura antes de que declararan. En ese operativo, Fernán González habría presionado a Carlos Herrera Jiménez para que no confesara el crimen del ex presidente de la ANEF.

Tras toda una carrera ligada a inteligencia militar, Fernán González pasó ese año a retiro, pero fue recontratado por Arancibia inmediatamente como analista de la dirección de la DINE.  La teniente coronel Mercedes Rojas cree que González era el jefe del Departamento II de Contrainteligencia cuando se le ordenó revisar los microfilms de la CNI en búsqueda de información sobre violaciones a los derechos humanos, mientras que Ramírez Lazcano dice estar seguro de que era el jefe cuando se realizó la incineración.

El tercer hito relevante del periodo es que a mediados del año 2000 se implementó la llamada Mesa de Diálogo por los Derechos Humanos. En esa instancia, las Fuerzas Armadas y de Orden de comprometieron oficialmente a recabar información que permitiera determinar el destino de cientos de detenidos desaparecidos. Pese a las altas expectativas iniciales, parte de la información entregada resultó falsa o fue ocultada. No se supo entonces que paralelamente el Ejército estaba incinerando archivos, sin dejar rastro del contenido de los documentos que se destruyeron.

En su informe al ministro Alejandro Madrid, la PDI destaca que el decreto que crea la CNI establece que era un “organismo militar especializado”, por lo tanto, a diferencia de lo que declaró la teniente coronel Rojas, se trataba de documentos militares y no civiles, lo que exigía un acta de incineración. Los policías también reparan en la contradicción de la teniente coronel Rojas respecto al contenido de los documentos, pues primero dijo que había información sobre discursos de opositores y consultas realizadas a la CNI sobre personas, pero luego aseguró que no había antecedentes sobre política u opositores.

Las declaraciones policiales de Otárola y Rojas son muy recientes: tuvieron lugar en los años 2013 y 2014, respectivamente. A ambos les preguntaron si tenían antecedentes de una visita del brigadier (R) Pedro Espinoza –ex subdirector de la DINA, condenado entre otros crímenes por el asesinato del general Prats y de Orlando Letelier– al archivo de la DINE después de su retiro. Ambos negaron tener información al respecto.

La pregunta sobre Espinoza tiene su origen en un hecho ocurrido en 2007 y nunca dilucidado: ese año, Pedro Espinoza entregó un documento al ministro Alejandro Solís que fue clave para resolver el asesinato el general Prats, el que, según dijo, había obtenido el año 2004 desde los archivos de la DINE en calle Bulnes. El documento, fechado en 1974, estaba firmado por el entonces capitán Juan Morales Salgado, oficial de la DINAy dirigido al general Manuel Contreras. En él, detallaba los movimientos de Prats y su esposa en Buenos Aires, donde serían asesinados posteriormente.

En ese momento, el Ejército negó tener archivos referentes a la DINA o a la CNI y el entonces comandante en jefe Óscar Izurieta dijo que Espinoza “o se confundió o falta a la verdad”. El 12 de julio de 2007, el ministro Solís llegó hasta Bulnes N°129, donde fue recibido por el jefe de la DINE, general Ricardo Ortega, para revisar los archivos. Como era esperable, no encontró nada.

Los militares fueron cuidadosos en eliminar las huellas de los crímenes cometidos durante la dictadura. Los documentos que han sobrevivido a las incineraciones han llegado a manos de los jueces porque habían sido obtenidos por abogados de derechos humanos, la Vicaría de la Solidaridad, periodistas o incluso algunos altos mando que los conservaron para resguardarse, como el propio Manuel Contreras. Pero hubo descuidos, como los archivos de la DINA encontrados en el ex centro de tortura de Londres 38, hallados en 2005 durante la remodelación del lugar.

La gran duda hoy es cuántos de esos archivos existen aún. En el caso de los jóvenes quemados, Carmen Gloria Quintana ha demandado por años la colaboración del Ejército y específicamente la entrega de los documentos de la investigación interna que se realizó en 1986. Los hechos han confirmado que no ha existido voluntad de colaborar con la justicia, sino de ocultar la información disponible.

La primera indagación, a cargo de un ministro civil que se declaró muy pronto incompetente traspasando el proceso a la Justicia Militar, fue casi inexistente. Y lo que entregó fue un juicio en que no había homicidio sino un “accidente”. Como era previsible, esa verdad oficial del Ejército fue ratificada por la Justicia Militar. Por eso Pedro Fernández Dittus fue condenado sólo por cuasi delito de homicidio. El Ejército incluso lo premió ascendiéndolo a capitán.

El pacto de silencio, que debió haber contado con la anuencia del entonces vicecomandante en jefe del Ejército, general Santiago Sinclair, protegió a Julio Castañer, quien es apuntado por dos conscriptos como el que encendió el fuego para quemar a Quintana y Rojas, previamente rociados con bencina. En ese momento, Castañer era el jefe de la unidad de inteligencia del Regimiento Libertadores, el mismo al que pertenecían todos los uniformados que participaron en esa operación.

Pese a ello, Castañer siguió activo en el Ejército hasta 2005 y tras su retiro fue contratado como asesor de la Quinta División en Punta Arenas. Ahí estaba la semana pasada, antes de que el juez Mario Carroza lo procesara como uno de los autores del homicidio calificado de Rodrigo Rojas y del homicidio calificado frustrado de Carmen Gloria Quintana.

Esta semana el gobierno ha vuelto a reiterarle al Ejército que entregue la documentación que mantiene bajo custodia sobre los crímenes cometidos en dictadura. A la luz de las revelaciones que emergen del juicio por el asesinato de Eduardo Frei Montalva, proceso que aún está abierto, una nueva negativa del Ejército sería un nuevo acto de obstrucción a la justicia y una burla a su subordinación al poder civil y democrático.


Elevadas Penas en Nueva Sentencia por Crímenes de la Caravana de la Muerte

Fuente :reddigital.cl, 22 de Octubre 2015

Categoría : Prensa

La Ministra en Visita de la Corte de Apelaciones de Santiago para causas por violaciones a los derechos humanos, Patricia González Quiroz, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por los homicidios perpetrados el 17 de octubre de 1973, en el denominado episodio Copiapó del caso «Caravana de la Muerte». Sergio Arredondo González, Pedro Espinoza Bravo y Marcelo Moren Brito deberán purgar dos condenas de 15 años y un día, y otra de tres años y un día. O sea, no salen ni para el día de San Blando.

En la resolución, la ministra González condenó a los oficiales en retiro del Ejército Sergio Arredondo González, Pedro Espinoza Bravo y Marcelo Moren Brito, a penas de 3 años y un día de presidio por los delitos de secuestros simples, y de 15 años y un día de presidio por los homicidios calificados de Alfonso Ambrosio Gamboa Farías, Atilio Ernesto Ugarte Gutiérrez, Fernando del Carmen Carvajal González, Agapito del Carmen Carvajal González, Winston Dwight Cabello Bravo, Manuel Roberto Cortázar Hernández, Raúl del Carmen Guardia Olivares, Raúl  Leopoldo de Jesús Larravide López, Edwin Ricardo Mancilla Hess, Adolfo Mario Palleras Sanhueza, Héctor Leonelo Vincenti Cartagena, Pedro Emilio Pérez Flores y Jaime Iván Sierra Castillo.

Asimismo, la ministra condenó a Sergio Arredondo González, Pedro Espinoza Bravo y Marcelo Moren Brito, a penas de 15 años y un día de presidio por los secuestros calificados de: Benito Tapia Tapia, Maguindo Castillo Andrade y Ricardo García Posada.

En tanto, Patricio Díaz Araneda, Ricardo Yañez Mora, Waldo Ojeda Torrent y Marcelo Marambio Molina, deberán cumplir 2 años de presidio por el delito de  secuestro simple y 10 años y un día de presidio por los homicidios de Alfonso Ambrosio Gamboa Farías, Atilio Ernesto Ugarte Gutiérrez, Fernando del Carmen Carvajal González, Agapito del Carmen Carvajal González, Winston Dwight Cabello Bravo, Manuel Roberto Cortázar Hernández, Raúl del Carmen Guardia Olivares, Raúl  Leopoldo de Jesús Larravide López, Edwin Ricardo Mancilla Hess, Adolfo Mario Palleras Sanhueza, Héctor Leonelo Vincenti Cartagena, Pedro Emilio Pérez Flores y Jaime Iván Sierra Castillo.

Finalmente, sentenció a Edwin Herbstaedt Gálvez y Fernando Castillo Cruz a penas de 10 años y un día de presidio por los secuestros calificados de Benito Tapia Tapia, Maguindo Castillo Andrade y Ricardo García Posada.

En el aspecto civil, la ministra Patricia González condenó al fisco y los demandados a pagar la suma total de $6.400.000.000 (seis mil cuatrocientos millones de pesos) a los familiares de las víctimas.


Condenan a seis ex miembros del Ejército por caso Caravana de la Muerte en CopiapóEn fallo unánime, la primera sala de la Corte de Apelaciones condenó

Fuente :emol.cl, .11 de Julio de 2016

Categoría : Prensa

SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia en contra de seis ex miembros del Ejército como responsables de asesinatos y secuestros perpetrados el 17 de octubre de 1973, en Copiapó, en el marco del denominado caso Caravana de la Muerte.

En fallo unánime, la primera sala del tribunal de alzada condenó a dos penas de 15 años y un día de presidio a los miembros del Ejército en retiro Sergio Arredondo González y Pedro Espinoza Bravo, como autores de 13 homicidios calificados y tres secuestros calificados.

Asimismo, el tribunal de alzada condenó al miembro del Ejército Patricio Díaz Araneda a una pena de 11 años por su participación, en calidad de autor, de los delitos reiterados de homicidio calificado de las 13 víctimas. Los miembros del Ejército Ricardo Yáñez Mora, Waldo Ojeda Torrent y Marcelo Marambio Molina deberán purgar penas de 10 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los mismos delitos.

En tanto, los oficiales Edwin Herbstaedt Gálvez y Fernando Castillo Cruz fueron absueltos de los cargos de secuestro calificado. De acuerdo a la sentencia de primera instancia, dictada por la ministra en visita Patricia González, se logró determinar que "el día 16 de octubre de 1973, en horas de la noche, como a las 20 horas, llegaron a Copiapó en un helicóptero 'Puma', un grupo de personas, pertenecientes al Ejército de Chile, comandadas por un general del mismo, quien portaba un documento en el que constaba que tenía atribuciones delegadas por el Comandante en Jefe del Ejército de entonces".

"Algunos de dichos funcionarios al mando del general a cargo, junto a un grupo de militares pertenecientes al Regimiento Atacama de Copiapó, luego de efectuar una revisión, estudio y selección de las fichas y antecedentes de los detenidos existentes (…) procedieron a sustraer, a apartar en horas de la noche, a cuatro personas que se encontraban detenidas en dicha unidad militar, las hicieron subir a un camión del Ejército, y con ellas se dirigieron a la cárcel pública de Copiapó, lugar desde donde sustrajeron a otras nueve personas que se encontraban privadas de libertad en dicho recinto por orden de la autoridad jurisdiccional militar", agrega el fallo.

Luego, según dice la resolución, “el grupo de militares pertenecientes al Regimiento de la ciudad, transportó a los trece detenidos hacia las afueras de la ciudad, a un sector llamado Cuesta Cardone, los obligaron a descender del camión y procedieron a disparar contra ellos”.

Los trece fusilados correspondían a Alfonso Ambrosio Gamboa, Atilio Ernesto Ugarte, Fernando del Carmen Carvajal, Agapito del Carmen Carvajal, Winston Dwight Cabello, Manuel Roberto Cortázar, Raúl del Carmen Guardia, Raúl Leopoldo de Jesús Larravide, Edwin Ricardo Mancilla, Adolfo Mario Palleras, Héctor Leonelo Vincenti, Pedro Emilio Pérez y Jaime Iván Sierra Castillo. Verificadas las muertes de las mencionadas personas, los cadáveres fueron trasladados a la unidad militar, y posteriormente desde ese lugar al cementerio de la ciudad, y luego de ser identificados, fueron sepultados en una fosa común, practicándose las correspondientes inscripciones de defunción. En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco y los demandados a pagar la suma total de $6.400 millones de pesos a familiares de las víctimas.


Corte Suprema dictó sentencia en caso “Caravana de la Muerte: Episodio Copiapó”

Fuente :cnn.cl, 11 de Abril 2017

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia en contra de seis miembros del Ejército en retiro como responsables de 13 delitos de homicidio calificado y tres secuestros calificados, ilícitos perpetrados el 17 de octubre de 1973, en Copiapó, en el marco del denominado caso “Caravana de la muerte”.

En fallo unánime (causa rol 62.036-2016), la Segunda Sala del máximo  tribunal Integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm y los abogados (i) Jaime Rodríguez y Leonor Etcheberry rechazaron los recursos de casación en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que condenó a dos penas de15 años y un día de presidio a los miembros del Ejército en retiro Sergio Arredondo González y Pedro Espinoza Bravo, como autores de 13 homicidios calificados y tres secuestros calificados.

Asimismo, el máximo tribunal sentenció al miembro del Ejército Patricio Díaz Araneda a una pena de 11 años por su participación, en calidad de autor, de los delitos reiterados de homicidio calificado de las 13 víctimas. En tanto, los miembros del Ejército Ricardo Yáñez Mora, Waldo Ojeda Torrent y Marcelo Marambio Molina deberán purgar penas de 10 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los mismos delitos.

Asimismo, los oficiales Edwin Herbstaedt Gálvez y Fernando Castillo Cruz fueron absueltos de los cargos de secuestro calificado.