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Villegas Navarro Juan Jose – Memoria Viva

Villegas Navarro Juan Jose

Rut: 4505607-4

Cargos:

Grado : Suboficial

Rama : Carabineros


Revelación a 35 años de los crímenes en LonquénRevelación a 35 años de los crímenes en Lonquén

Fuente :lanacion.cl, 28 de septiembre de 2008

Categoría : Prensa

Muertos a golpes

Hasta ahora se creía que los primeros detenidos desaparecidos encontrados habían sido acribillados a balazos por carabineros de la tenencia Isla de Maipo, antes de ser lanzados a los hornos de Lonquén. Pero expertos internacionales confirmaron a los familiares que la causa de muerte –según las huellas de los restos de los 15 campesinos– se debió a lesiones traumáticas contundentes.

No ha habido en Isla de Maipo un suceso tan horrendo como el asesinato de los 15 campesinos a manos de carabineros de la tenencia que existía en la comuna en 1973. Hoy el dolor que ha permanecido en las familias de las víctimas por casi 35 años se hace más intenso tras conocerse otro gran detalle de la historia: no fueron asesinados con disparos, sino que simplemente los mataron a golpes, para lanzarlos luego a los hornos de cal en Lonquén.

Sólo 517 restos óseos de las 15 víctimas se salvaron de desaparecer para siempre y fueron identificados tras los análisis antropológicos y odontológicos de un grupo de peritos internacionales convocados por el Gobierno.

Fue el perito español Francisco Echeverría quien hizo el seguimiento detallado de toda la pericia a estos restos, como parte de un programa del Ejecutivo para reparar los errores de identificación de las osamentas halladas a inicios de los años noventa en el Patio 29 del Cementerio General de Santiago. Echeverría se reunió con los familiares de las 15 víctimas y, entre lágrimas, les contó el descubrimiento que hizo aún más dramático el episodio de Lonquén.

"Con toda seguridad puedo afirmar hoy que los restos que hemos separado y periciado corresponden al de las 15 víctimas que fueron halladas en 1978, y se estableció que la causa del fallecimiento corresponde a una muerte violenta homicida. No hay lesiones por impacto de bala, son lesiones traumáticas contundentes. La muerte fue causada por golpes".

Según el experto, el antiguo informe del Servicio Médico Legal no estableció este antecedente fundamental.

Hasta ahora los familiares estaban convencidos de que sus seres queridos, si bien habían sufrido golpizas en la tenencia de Isla de Maipo, finalmente fueron acribillados antes de ser lanzados a los hornos de cal de Lonquén.

En estos hornos de cal fueron encontrados los cuerpos de Sergio Maureira Lillo y sus cuatro hijos, Rodolfo Antonio, Sergio Miguel, Segundo Armando y José Manuel; Óscar Hernández Flores y sus hermanos Carlo y Nelson; Enrique Astudillo Álvarez y sus dos hijos, Omar y Ramón; y los jóvenes Miguel Brant, Iván Ordóñez, José Herrera y Manuel Navarro, de entre 17 y 51 años.

El hallazgo se hizo por la confesión de un campesino a un sacerdote.

Los hornos eran dos viejas chimeneas de nueve metros de altura ocupadas en su tiempo para la preparación de cal y que estaban al interior de la cooperativa agrícola El Triunfador, a unos 14 kilómetros de la ciudad de Talagante.

La versión oficial para justificar el crimen de Lonquén fue que una vez detenidos en la tenencia de Isla de Maipo, uno de los campesinos confesó que en unos hornos de la mina abandonada de Lonquén había armas escondidas. Sólo eso bastó para que trasladaran a los apresados, que según la misma explicación atacaron a los policías, resultando todos muertos en un enfrentamiento armado. Curiosamente, ningún carabinero resultó herido.

A principios del mes de abril de 1979, el ministro en visita Adolfo Bañados se declaró incompetente y el proceso por este caso pasó a la justicia militar. El 2 de julio, el fiscal militar dictó encargatoria de reo en contra del capitán Lautaro Castro Mendoza y los carabineros Juan Villegas Navarro, Félix Sagredo Aravena, David Coliqueo Fuentealba, José Belmar Sepúlveda, Jacinto Torres González, Manuel Muñoz Rencoret y Justo Romo Peralta, como autores de la muerte de las 15 víctimas de Lonquén. Sin embargo, el 16 de agosto se les aplicó la Ley de Amnistía, quedaron libres y se sobreseyó la causa. Esta resolución fue confirmada por la Corte Marcial el 22 de octubre de 1979. Las pericias a los restos óseos continúan adelante, por lo que la inauguración de un memorial el próximo 4 de octubre en el Cementerio Parroquial de Isla de Maipo para recordar a los 15 campesinos sólo será un acto simbólico.

Retiro de Televisores

El hallazgo de los cuerpos de los 15 campesinos a fines de 1978 fue una alerta para Pinochet, quien determinó con un mensaje encriptado y descifrado por cada regimiento la llamada Operación Retiro de Televisores, como la llamó internamente el propio Ejército. La orden fue clara: desenterrar los cuerpos de prisioneros asesinados y arrojarlos al mar. ¿El medio? Helicópteros del Comando de Aviación del Ejército y de la Fuerza Aérea de Chile, que colaboraron, por ejemplo, en el caso de los 26 cuerpos de Calama víctimas de la Caravana de la Muerte.

En diversos procesos existen declaraciones de suboficiales hoy retirados que reconocen haber tenido en sus manos el criptograma enviado desde la Comandancia en Jefe del Ejército ordenando reportar las fosas clandestinas para "limpiarlas".

El descubrimiento de las víctimas de Lonquén puso fin al ocultamiento de la verdad sobre los detenidos desaparecidos, lo que había sido una política permanente de la dictadura.

"Esto ha quedado grabado en nosotros. Los familiares no duermen pensando lo que sufrieron ellos a manos de sus verdugos. Para mí ha sido muy fuerte saber esto ahora último. Lo conversamos en la casa y ha sido más doloroso todavía. Nos reabre las heridas y añade un sufrimiento más a lo que ya cargamos por 35 años. Al menos ahora podremos darles una sepultura digna, pero esto va a quedar grabado en nosotros para toda la vida.", dijo a LND entre lágrimas Corina Maureira.

Para el concejal de Isla de Maipo Emilio Astudillo, lo revelado "nos sorprendió amargamente tras saber cómo personas que vestían uniforme de Carabineros pudieron ensañarse de tal forma con nuestros familiares y matarlos brutalmente a golpes. Eso estremece más. Duele más el alma y el corazón el saber cómo fueron asesinados realmente".

El concejal Astudillo tenía 16 años el año 73. Le tocó asumir la responsabilidad de convertirse en jefe de hogar y cuidar a su madre y hermanos menores al quedar sin su padre y sus otros hermanos mayores, Ramón y Omar. Además, debió soportar la carga de buscarlos durante cinco años en campos de concentración con la esperanza de encontrarlos vivos. "Sólo quien lo vive puede darse cuenta del daño sicológico que provoca en una persona y su familia. Sólo con el hallazgo de las víctimas en los hornos de Lonquén, el año ’78, tuvimos algo de paz y conformidad, porque supimos que eran ellos".

El memorial

Los familiares de las víctimas de Lonquén dicen que han querido construir un memorial para depositar los restos de sus seres queridos que ya fueron identificados en el país; pero para que no les pase lo que sucedió con los restos del Patio 29 los cuerpos fueron mal entregados a sus familiares , es que tanto ellos como el Gobierno optaron por que muestras de los cuerpos de las víctimas se enviaran a un laboratorio de Texas, donde dentro de un año los resultados certificarán si se trata de sus familiares, asesinados y tirados a los hornos de Lonquén, posteriormente exhumados desde la fosa común en Isla de Maipo y trasladados hasta el Servicio Médico Legal en Santiago.

En 2006, los familiares consiguieron la exhumación y esperaban que luego de dos años pudieran tener los restos de sus familiares para darles sepultura. Pero la realidad los ha puesto en otro escenario, y deberán esperar todavía un año más.

Por ello decidieron inaugurar de todas formas el memorial el próximo 4 de octubre, acto al cual asistirán autoridades de Gobierno y organismos de derechos humanos.

"No debemos olvidar que las víctimas de Lonquén fueron el primer hallazgo de detenidos desaparecidos en el país, cuando la dictadura desconocía que existieran. Incluso en Naciones Unidas se desconocía la existencia legal de nuestros familiares. El ex embajador ante la ONU en esos años, Sergio Diez, dijo que nuestros compañeros no tenían existencia legal o se habían ido al extranjero por voluntad propia. Entonces, el hallazgo de Lonquén marcó un antes y un después respecto de los detenidos desaparecidos en Chile", sostiene Emilio Astudillo.

El memorial contendrá, sin embargo, 17 tumbas, porque los familiares acogieron incluir los nombres de Juan de Dios Salinas y Guillermo Bustamante Sotelo, ultimados en septiembre del ’73 en el puente de Naltagua por los mismos policías de la tenencia de Isla de Maipo.

Nelson Caucoto, abogado querellante: “Pediremos una reparación del Estado”

Margarita Herreros fue la primera ministra a cargo del caso tras su reapertura al presentarse la querella del concejal de Isla de Maipo Emilio Astudillo. Sin embargo, estuvo poco tiempo, ya que fue nombrada como integrante de la Corte Suprema.

De allí el caso ha pasado por las manos de varios ministros. Incluso, algunos ni siquiera alcanzaron a leer todo el expediente. Hoy el proceso está a cargo de la ministra Marta Hantke en la Corte de Apelaciones de San Miguel, y sin mayores diligencias a la espera de que concluya la etapa de identificación con los resultados de las muestras enviadas a Texas.

Para el abogado de las familias de las víctimas, Nelson Caucoto, “lo más importante de todo es que se logró revertir el sobreseimiento definitivo que hubo en la causa, lo que ha permitido avanzar en la etapa de identificación certera de los restos. Una vez que eso concluya y se entreguen a sus familiares, daremos un impulso al proceso penal y tomaremos las acciones correspondientes para citar a declarar a los implicados en los homicidios. En su momento pediremos, además, una reparación al Estado chileno”.

Lautaro Castro Mendoza, el teniente a cargo de la tenencia de Carabineros de Isla de Maipo en octubre del ’73, fue notificado hace tres semanas de una sentencia en primera instancia en otro proceso por el crimen de Juan de Dios Salinas y Guillermo Bustamante Sotelo, dos dirigentes sociales de Isla de Maipo detenidos en septiembre del ’73. Castro fue condenado a 20 años de presidio, 10 por cada víctima.


Dictan acusaciones tras investigación en caso "Hornos de Lonquén"

Fuente :24horas.cl, 27 de Noviembre 2014

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de San Miguel dictó acusación en la investigación por los secuestros y homicidios calificados de 15 personas, detenidas en octubre de 1973 y cuyos restos fueron inhumados ilegalmente y encontrados en 1979 en los Hornos de Lonquén.

La jueza Adriana Sootovia determinó que los carabineros en retiro Pablo Ñancupil Raquileo, Marcelo Ivan Castro Mendoza, Juan José Villegas Navarro, Félix Sagredo Aravena, David Coliqueo Peralta, Justo Romo Peralta, Jacinto Torres González son responsables por distintos delitos de secuestro y homicidio calificado.

Mientras ejercían como efrectivos de la tenencia de Isla de Maipo detuvieron a Rodolfo Maureira Muñoz, Sergio Maureira Muñoz, Segundo Maureira Muñoz, José Manuel Maureira Muñoz, Sergio Maureira Lillo, Carlos Hernández Flores, Nélson Hernández Flores, Óscar Hernández Flores, Enrique Astudillo Álvarez, Omar Astudillo Rojas, Ramón Astudillo Rojas, Miguel Brant Benavente, Iván Ordoñez Lama, José Manuel Herrera Villegas, Manuel Navarro Salinas.

"El día 7 de octubre de 1973, cuatro jóvenes que se encontraban en la plaza de Isla de Maipo fueron detenidos por Carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo y trasladados a la misma, sin que se tuviera noticias de sus paraderos, hasta que por medio de una denuncia que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, se estableció que sus restos habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, lográndose posteriormente la identificación de sólo tres de ellos. Ese mismo día, en horas de la noche, efectivos de Carabineros de la tenencia antes indicada, quienes se movilizaban en una camioneta de propiedad del dueño de la viña Nahuayan, detuvieron en sus respectivos domicilios a once personas pertenecientes a tres familias del sector, siendo éstos posteriormente trasladados a dicha tenencia, sin que sus familiares pudieran tener noticias de ellos, hasta que a raíz de la denuncia anónima que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, estableció que habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, identificándose con posterioridad los restos de éstas once víctimas", indica el fallo.


Dictan acusaciones tras investigación en caso "Hornos de Lonquén"

Fuente :24horas.cl, 27 de Noviembre 2014

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de San Miguel dictó acusación en la investigación por los secuestros y homicidios calificados de 15 personas, detenidas en octubre de 1973 y cuyos restos fueron inhumados ilegalmente y encontrados en 1979 en los Hornos de Lonquén.

La jueza Adriana Sootovia determinó que los carabineros en retiro Pablo Ñancupil Raquileo, Marcelo Ivan Castro Mendoza, Juan José Villegas Navarro, Félix Sagredo Aravena, David Coliqueo Peralta, Justo Romo Peralta, Jacinto Torres González son responsables por distintos delitos de secuestro y homicidio calificado.

Mientras ejercían como efrectivos de la tenencia de Isla de Maipo detuvieron a Rodolfo Maureira Muñoz, Sergio Maureira Muñoz, Segundo Maureira Muñoz, José Manuel Maureira Muñoz, Sergio Maureira Lillo, Carlos Hernández Flores, Nélson Hernández Flores, Óscar Hernández Flores, Enrique Astudillo Álvarez, Omar Astudillo Rojas, Ramón Astudillo Rojas, Miguel Brant Benavente, Iván Ordoñez Lama, José Manuel Herrera Villegas, Manuel Navarro Salinas.

"El día 7 de octubre de 1973, cuatro jóvenes que se encontraban en la plaza de Isla de Maipo fueron detenidos por Carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo y trasladados a la misma, sin que se tuviera noticias de sus paraderos, hasta que por medio de una denuncia que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, se estableció que sus restos habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, lográndose posteriormente la identificación de sólo tres de ellos. Ese mismo día, en horas de la noche, efectivos de Carabineros de la tenencia antes indicada, quienes se movilizaban en una camioneta de propiedad del dueño de la viña Nahuayan, detuvieron en sus respectivos domicilios a once personas pertenecientes a tres familias del sector, siendo éstos posteriormente trasladados a dicha tenencia, sin que sus familiares pudieran tener noticias de ellos, hasta que a raíz de la denuncia anónima que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, estableció que habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, identificándose con posterioridad los restos de éstas once víctimas", indica el fallo.


Condenan a siete carabineros por un caso de detenidos desaparecidos en Chile

Fuente :laconexionusa.com, 12 de Septiembre 2016

Categoría : Prensa

 La justicia chilena condenó hoy a siete carabineros retirados por los delitos de secuestro y homicidio de quince personas en una localidad cercana a Santiago en octubre de 1973, a quienes asesinaron e inhumaron en unos hornos en la localidad de Lonquén.

Según fuentes judiciales, la ministra en visita (jueza especial), para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, sentenció como autores de secuestro calificado a Marcelo Castro Mendoza, a la pena de 20 años de presidio por su responsabilidad como autor de secuestro calificado.

Castro Mendoza, conocido como Lautaro, ya había sido condenado en 2008 a diez años de prisión por la desaparición de otros dos vecinos de Isla de Maipo, Juan de Dios Salinas y Guillermo Bustamante Sotelo, que tras ser detenidos el 14 de septiembre de 1973 por los carabineros fueron acribillados y sus cadáveres arrojados al río Maipo.

La jueza Cifuentes también condenó a David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro, a la pena de 15 años de presidio como autores de secuestro calificado.

Además, Pablo Ñancupil Raguileo fue condenado a 15 penas de 60 días de presidio como autor de secuestro simple.

Entre las víctimas, todos vecinos de la zona, había cinco miembros de una misma familia y cuatro adolescentes detenidos en la plaza del pueblo, dos de ellos por estar, aparentemente, fumando marihuana.

El hallazgo de los cadáveres fue posible por una denuncia anónima recibida a fines de 1978 por la Vicaría de la Solidaridad, organismo creado por la Iglesia Católica chilena para defender los derechos humanos y a las víctimas de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).

El juicio estuvo paralizado durante muchos años en la Justicia Militar, que dio crédito a la versión de los carabineros, de que mientras trasladaban a los presos a Santiago, por orden superior, fueron emboscados en el camino, resultando muertos todos los detenidos, cuyos cuerpos introdujeron en los hornos de Lonquén "por temor".

En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar la suma total de 5.540.000.000 (unos 8,2 millones de dólares) a los familiares de las víctimas, según la distribución de montos que se explica en el fallo.


Lonquén: Jueza dicta acusación contra siete carabineros (r) por su responsabilidad en los crímenes

Fuente :emol.com, 26 de Noviembre 2014

Categoría : Prensa

La ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel Adriana Sootovia dictó acusación en la investigación por los secuestros y homicidios calificados de 15 vecinos la localidad de Isla de Maipo detenidos en octubre de  1973 y cuyos restos fueron inhumados ilegalmente y encontrados en 1979 en los Hornos de Lonquén. La magistrada  responsabilizó a 7 efectivos de carabineros en retiro como responsables de los delitos de secuestro calificado y homicidio  calificado de: Rodolfo Maureira Muñoz, Sergio Maureira Muñoz, Segundo Maureira Muñoz, José Manuel Maureira Muñoz, Sergio Maureira Lillo, Carlos Hernández Flores, Nélson Hernández Flores, Óscar Hernández Flores, Enrique Astudillo Álvarez, Omar Astudillo Rojas, Ramón Astudillo Rojas, Miguel Brant Benavente, Iván Ordoñez Lama, José Manuel Herrera Villegas Y Manuel Navarro Salinas. La magistrada determinó que los entonces efectivos de la tenencia de Carabineros de Isla de Maipo Pablo Ñancupil Raquileo, Marcelo Ivan Castro Mendoza, Juan José Villegas Navarro, Félix Sagredo Aravena, David Coliqueo Peralta, Justo Romo Peralta y Jacinto Torres González son responsables  por distintos delitos de secuestro y homicidio. De acuerdo a la investigación de Sootovia, se logró determinar que "el día 7 de octubre de 1973, cuatro jóvenes que se encontraban en la plaza de Isla de Maipo fueron detenidos por Carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo y trasladados a la misma, sin que se tuviera noticias de sus paraderos, hasta que por medio de una denuncia que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, se estableció que sus restos habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, lográndose posteriormente la identificación de sólo tres de ellos". La indagatoria establece además que "ese mismo día, en horas de la noche, efectivos de Carabineros de la tenencia antes indicada, quienes se movilizaban en una camioneta de propiedad del dueño de la viña Nahuayan, detuvieron en sus respectivos domicilios a once personas pertenecientes a tres familias del sector, siendo éstos posteriormente trasladados a dicha tenencia, sin que sus familiares pudieran tener noticias de ellos, hasta que a raíz de la denuncia anónima que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, estableció que habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, identificándose con posterioridad los restos de éstas once víctimas".


Condenan a ocho carabineros por secuestro y asesinato de 15 campesinos en el caso “Hornos de Lonquén”

Fuente :eldesconcierto.cl, 12 de Septiembre 2016

Categoría : Prensa

En un momento histórico para las víctimas de violaciones de derechos humanos en dictadura, la ministra en visita de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón condenó a 7 funcionarios en retiro de Carabineros de Chile por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y secuestro simple cometidos en contra de 15 personas de la localidad de Isla de Maipo, hechos ocurrido en octubre de 1973 y cuyos restos fueron encontrados en 1978 en unos hornos en la localidad de Lonquén.

Así, en el caso conocido como “Hornos de Lonquén”, la ministra Cifuentes condenó como autores de los delitos de secuestro calificado de 15 personas a Marcelo (Lautaro) Iván Castro Mendoza a la pena de 20 años de presidio por su responsabilidad como autor de secuestro calificado. David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro a la pena de 15 años de presidio como autores de secuestro calificado. Además Pablo Ñancupil Raguileo fue condenado a 15 penas de 60 días de presidio como autor de secuestro simple.

El 7 de octubre de 1973 fueron detenidos por carabineros Enrique René Astudillo Álvarez, Omar Enrique Astudillo Rojas, Ramón Osvaldo Astudillo Rojas, Miguel Ángel Arturo Brant Bustamante, Carlos Segundo Hernández Flores, Nelson Hernández Flores, Oscar Nibaldo Hernández Flores, José Manuel Herrera Villegas, Sergio Adrián Maureira Lillo, José Manuel Maureira Muñoz, Rodolfo Antonio Maureira Muñoz, Segundo Armando Maureira Muñoz, Sergio Miguel Maureira Muñoz, Manuel Jesús Navarro Salinas e Iván Gerardo Ordóñez Lama.

En horas de la madrugada los prisioneros fueron atados de manos, sacados de la tenencia Isla de Maipo en un camión y llevados hasta la localidad de Lonquén, a unos metros de unos hornos de cal, lugar en que un piquete de funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo, al mando del teniente Lautaro Castro Mendoza, les disparó, causándoles la muerte, para luego arrojar sus cuerpos al interior de los hornos con el fin de ocultarlos.

Los restos recién fueron encontrados el 30 de noviembre de 1978, cuando un campesino de Lonquén se dirigió hasta las oficinas de la Vicaría de la Solidaridad y denunció el hallazgo de restos humanos en una mina de cal. Ese día llegó hasta la mina una comisión coordinada por el vicario Alberto Precht, compuesta por Enrique Alvear, el obispo auxiliar de Santiago; el Vicario Precht y Javier Egaña, Secretario Ejecutivo de la Vicaría; el abogado jefe de la Vicaría, Alejandro González; el abogado Máximo Pacheco Gómez; el director de la revista Qué Pasa, Jaime Martínez y el subdirector de la revista Hoy, Abraham Santibáñez.

El hallazgo de los restos de los quince detenidos desaparecidos representó, por primera vez, la evidencia material del exterminio de quienes eran buscados por los familiares, y la posibilidad de que no aparecieran con vida. El lugar fue declarado monumento nacional el 19 de enero de 1996 y posteriormente, en el año 2005 el fisco adquirió definitivamente el área de 6,5 hectáreas en las que se encuentra este sitio histórico.


Caso Lonquén: Carabineros condenados a 15 años deberán cumplir condena en Colina I

Fuente :Cooperativa.cl , 27 de Julio 2018

Categoría : Prensa

Cinco carabineros en retiro fueron condenados por homicidio calificado de 15 personas durante dictadura en la Isla de Maipo.

La ministra en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, ordenó la reclusión de los ex uniformados que deberán cumplir la condena en Colina I.

David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González y Juan José Villegas Navarro, fueron condenados a 15 años de cárcel.

La orden de reclusión fue dictada hoy viernes 27 por los homicidios calificados cometidos el 7 octubre de 1973.


Caso Lonquén: Fin a 45 Años de Impunidad

Fuente :reddigital.c, 22 de Junio 2018

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a seis funcionarios en retiro de Carabineros de Chile a elevadas penas, por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y secuestro simple cometidos en contra de 15 personas de la localidad de Isla de Maipo, hechos ocurrido en octubre de 1973 y cuyos restos fueron encontrados en 1978 en unos hornos en la localidad de Lonquén.

Estos mismos funcionarios policiales habían sido favorecidos por la ley de amnistía, en 1980. Sin embargo, una tenaz batalla de abogados de derechos humanos, principalmente Nelson Caucoto, logró, primero, que el caso fuera sacado de la Justicia Militar, y luego tras prolongada e intensa brega, este histórico fallo, que pone fin a 45 años de impunidad.

El caso fue especialmente estremecedor en el momento de los hechos, pues por primera vez se comprobaba la veracidad de las denuncias de los familiares de detenidos desaparecidos, y también porque fue primera vez que se aplicó el Decreto Ley de Amnistía, de 1978.

Es así como en fallo dividido (rol 30.170-2017), la Segunda Sala de máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Lamberto Cisternas, Ricardo Blanco, Andrea Muñoz y Manuel Antonio Valderrama- rechazó un recurso de casación y confirmó la sentencia de la ministra Marianela Cifuentes que condenó a los ex suboficiales y carabineros David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro a la pena de 15 años y un día, y 20 años y un día al ex capitán Marcelo Castro Mendoza, como autores de secuestro calificado.

Asimismo Pablo Ñancupil Raguileo fue condenado a 11 penas de 60 días de presidio como autor de secuestro simple.

La investigación de la ministra Cifuentes estableció que:

«1. Que el día 7 de octubre de 1973, en circunstancias que los jóvenes Miguel Ángel Arturo Brant Bustamante, José Manuel Herrera Villegas, Manuel Jesús Navarro Salinas e Iván Gerardo Ordóñez Lama, se encontraban en la plaza de Isla de Maipo, fueron detenidos sin derecho por funcionarios de carabineros y, posteriormente, trasladados a la Tenencia de Isla de Maipo.

2.-Que ese mismo día, después de las 22:00 horas, funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo llegaron hasta la casa de Sergio Adrián Maureira Lillo, al interior del fundo Naguayán, lo detuvieron sin derecho y lo subieron a una camioneta.

3.-Que, momentos después, los mismos funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo se dirigieron al inmueble de calle La Ballica N° 12, también al interior del fundo Naguayán, lugar en que detuvieron, sin derecho, a Carlos Segundo Hernández Flores, Nelson Hernández Flores, Oscar Nibaldo Hernández Flores e Ignacio del Carmen Vergara Guajardo, a quienes subieron a la citada camioneta.

4.-Que, luego, los funcionarios policiales se dirigieron hacia los inmuebles de los hermanos Rodolfo Antonio Maureira Muñoz y Sergio Miguel Maureira Muñoz y los detuvieron, sin derecho, en presencia de sus respectivas cónyuges Elicea del Carmen Navarrete Sepúlveda e Hilda María Sepúlveda Garrido, trasladándolos en el referido vehículo a la Tenencia de Isla de Maipo.

5.-Que, media hora después, los mismos funcionarios policiales regresaron a la casa de la familia Maureira en el fundo Naguayán y detuvieron, sin derecho, a José Manuel Maureira Muñoz y Segundo Armando Maureira Muñoz, a quienes trasladaron a la Tenencia de Isla de Maipo.

6.-Que, esa misma noche, funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo detuvieron sin derecho a Enrique Astudillo Álvarez y a sus hijos Omar Astudillo Rojas y Ramón Astudillo Rojas, en su casa, al interior del fundo Naguayán.

7.-Que, una vez en la unidad policial, los detenidos fueron mantenidos encerrados, interrogados y sometidos a apremios físicos.

8.-Que, en horas de la madrugada, Enrique René Astudillo Álvarez, Omar Enrique Astudillo Rojas, Ramón Osvaldo Astudillo Rojas, Miguel Ángel Arturo Brant Bustamante, Carlos Segundo Hernández Flores, Nelson Hernández Flores, Oscar Nibaldo Hernández Flores, José Manuel Herrera Villegas, Sergio Adrián Maureira Lillo, José Manuel Maureira Muñoz, Rodolfo Antonio Maureira Muñoz, Segundo Armando Maureira Muñoz, Sergio Miguel Maureira Muñoz, Manuel Jesús Navarro Salinas e Iván Gerardo Ordóñez Lama fueron atados de manos, sacados de la unidad policial en un camión y llevados hasta la localidad de Lonquén, a unos metros de unos hornos de cal, lugar en que un piquete de funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo, al mando del teniente Lautaro Castro Mendoza, les disparó, causándoles la muerte, para luego arrojar sus cuerpos al interior de los hornos con el fin de ocultarlos».

En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar indemnización total de $ 2.050.000.000 (dos mil cincuenta millones de pesos) a los familiares de las víctima.

La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Blanco y la ministra Muñoz.


Caso Lonquén: ordenan a los cinco criminales ingresar a Colina I. Cambio21 entrega escalofriantes detalles

Fuente :cambio21.cl, 27 Julio 2018

Categoría : Prensa

Quizás este caso es el que abre la realidad acerca de la existencia de los detenidos desaparecidos. Hasta ese momento la prensa de derecha hablaba de "presuntos". Después del hallazgo de Lonquén el presunto paso a ser una realidad lacerante. Los habían cruelmente asesinado.

La disposición de la ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, ordenó este viernes el ingreso al Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I para cinco de los siete funcionarios en retiro de Carabineros de Chile condenados por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado cometidos el 7 octubre de 1973 en contra de 15 personas en la localidad de Isla de Maipo.

En junio del presente año, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la ministra Cifuentes que condenó a David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González y Juan José Villegas Navarro, entre otros, a la pena de 15 años de presidio mayor en su grado medio como autores de los delitos de homicidio calificado.

Detenidos, torturados, y enterrados vivos

De acuerdo a la investigación de la ministra, el 7 de octubre de 1973 fueron detenidas 15 personas. Once de los campesinos asesinados fueron sacados desde el interior del fundo Naguayán en Isla de Maipo, mientras que los cuatro restantes fueron detenidos en la plaza de la misma localidad.

Según la sentencia, "El día 7 de octubre de 1973, cuatro jóvenes que se encontraban en la plaza de Isla de Maipo fueron detenidos por Carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo y trasladados a la misma, sin que se tuviera noticias de sus paraderos, hasta que por medio de una denuncia que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, se estableció que sus restos habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, lográndose posteriormente la identificación de sólo tres de ellos".

Ese mismo día 7, en horas de la noche, "efectivos de Carabineros de la tenencia antes indicada, quienes se movilizaban en una camioneta de propiedad del dueño de la viña Nahuayan, detuvieron en sus respectivos domicilios a once personas pertenecientes a tres familias del sector, siendo éstos posteriormente trasladados a dicha tenencia, sin que sus familiares pudieran tener noticias de ellos, hasta que a raíz de la denuncia anónima que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, estableció que habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, identificándose con posterioridad los restos de éstas once víctimas".
 

No hubo juicio, menos justicia

De esa manera la magistrado a cargo del caso, da cuenta de los secuestros y posteriores ejecuciones e inhumaciones ilegales, de estos compatriotas. Asesinados sin juicio, sin cargos en su contra e incluso sin ni siquiera ser algunos de ellos fueran militantes de izquierda. Es más, hasta menores de edad fueron víctimas del odio homicida de quienes se sentían detentando el poder absoluto.

La existencia de los restos en aquella mina abandonada en Lonquén, había llegado a la Vicaría de la Solidaridad por la denuncia de un campesino del sector que los había descubierto por azar. Primero se buscó en silencio comprobar la información, luego la cautela se mantuvo, para evitar que los agentes de los órganos represivos intentaran ocultar el hecho. Se ordenó que una comisión de profesionales se dirigiera al lugar y en el máximo sigilo, verificara el hecho.

La comisión fue integrada por Enrique Alvear, quien era obispo auxiliar de Santiago; el Vicario Precht, que dirigía la Vicaría, el abogado Javier Luis Egaña, quien además era Secretario Ejecutivo de la Vicaría; el abogado jefe de la Vicaría, Alejandro González; el abogado, ex ministro y embajador Máximo Pacheco Gómez; y los entonces director de la revista Qué Pasa, Jaime Martínez y subdirector de la revista Hoy, Abraham Santibáñez, tuvieron la dolora misión de confirmar que eran restos humanos.

Los hornos estaban ubicados al interior de una cooperativa agrícola, El Triunfador, a no más de 14 kilómetros de la ciudad de Talagante. Se trataba de dos antiguas chimeneas de cerca de nueve metros de altura, que antes habían sido utilizadas para la preparación de cal. La soledad del lugar había sido testigo silencioso del martirio de esas 15 personas.

Desgarradoras escenas

“Trozos de cráneos amarillentos, con huellas de cuero cabelludo; pelos sueltos, negros; ropas desgarradas en las que se reconoce un bluejeans, un chaleco de hombre"… Así describía el ex subdirector de la revista Hoy, Abraham Santibáñez lo que había podido presenciar el 30 de noviembre de 1978 mientras se recuperaban restos de los ejecutados desde el interior de los hornos en que los habían sepultado… algunos fueron lanzados allí vivos.

Según distintos testimonios, el abogado González removió parte de los escombros y se introdujo por la bóveda. Intentó despejar el camino partiendo de la base del horno hacia la parte superior, a nivel de la tierra, de pronto un tórax humano le cayó encima. Al observar con detenimiento, pudo constatar que la chimenea del horno estaba tapada por una mezcla de fierros y materiales que ocultaban una combinación de huesos, ropa, cal y piedras.

El abogado Máximo Pacheco trataría de describir en una entrevista lo observado: “Comenzamos a abrir el horno por abajo y de repente sale una calavera. Y después, un hueso, otro hueso y otro hueso. Yo creí que me desmayaba. Nunca en mi vida había visto una cosa semejante.”

“Había una rejilla metálica, como la de un somier, que había quedado atravesada sobre nuestras cabezas y sobre ella se veían calaveras amarillentas, con restos de cabellos, retazos de ropa, huesos largos”, relataría más tarde Abraham Santibáñez. La descripción de lo allí encontrado, supera toda imaginación y no permite su reproducción, por lo dantesca.

La denuncia

Se había logrado la primera tarea, verificar que fueran efectivamente restos humanos y que esa noticia no se filtrara, pues ya tenían la experiencia de la Cuesta de Chada el año 1974, que al filtrarse el descubrimiento de cerca de 20 cadáveres, la DINA procedió a retirarlos del lugar antes que llegara la Vicaría. Venía la segunda tarea, no menos complicada, hacer la denuncia.

El 1 de diciembre de 1978, altos dirigentes de la Vicaría de la Solidaridad, enfilaron hacia la Corte Suprema. Los acompañaban el abogado Máximo Pacheco y al obispo Alvear, quienes habían sido testigos de los hallazgos. Ya en la Corte Suprema fueron recibidos por el presidente en aquella época, Israel Bórquez, el mismo que tiempo antes había declarado estar “curco” con las denuncias sobre detenidos desaparecidos.

Máximo Pacheco relataría más tarde: “Nos dijo: “¿Ustedes creen que si en el jardín de su casa ustedes hacen un hoyo y sale un hueso es suficiente para venir a molestar a la Corte Suprema?”. Yo le dije: “Señor, no es ese el caso. Y esta denuncia no es a usted, sino a la Corte, y yo quisiera que usted la presentara”. A pesar de la molestia de Bórquez, la denuncia llegó al Pleno de la Suprema, la que ordenó a la Jueza de Talagante iniciar la investigación.

Dolor y desesperanza

Ya conocido el hecho, los familiares de los miles de personas que permanecían desaparecidos en el país, quienes abrigaban alguna esperanza de que sus seres queridos aún estuvieran vivos, sufrieron un fuerte golpe. Este hecho que estremeció a Chile entero, fue el primer acercamiento a la verdad. Los habían asesinado.

Al interior de la Vicaría se vivían momentos de angustia. Cada uno de los familiares de detenidos desaparecidos que llegó al lugar –y fueron muchos-, pensaban que podían ser sus seres queridos. La misma ansiedad experimentaron los cientos que llegaron hasta Lonquén mismo para verificar si se trataba de sus familiares.

“El caso Lonquén era la primera brutalidad que se descubría, la primera situación efectivamente desastrosa que vivieron los familiares de detenidos desaparecidos. Por un lado se daba la posibilidad de encontrarlos en aquellos hornos, pero por otro lado fue devastador para nosotros”, señala a Cambio21 la dirigente de la Agrupación de Detenidos Desaparecidos Gabriela Zúñiga.

La evidencia de que los habían ejecutado y la manera en que lo habían hecho, golpeó no solo a los familiares de aquellos que habían encontrado. También martirizó a las familias de quienes aún no aparecían. “Los efectos para la dictadura resultaban en términos de impacto público menores, pues no existían ni Cambio21 ni otros medios independientes, por lo que no tuvo la difusión que merecía el caso”, señaló la dirigente de la Agrupación.

El dramático reconocimiento

Se ignoraba en principio de quienes se trataba, pero su número (15), la cercanía a Isla de Maipo y una boleta encontrada en uno de los bolsillos de un pantalón, dieron los primeros indicios. Se trataba de los detenidos desaparecidos de Isla de Maipo.

Recién a principios de 1979 fueron informados los familiares, tras contrastar con las precarias fichas existentes sobre desaparecidos. Debieron acudir a la Morgue de Isla de Maipo de ese tiempo para intentar identificar los restos de sus parientes. Dadas las condiciones de los cadáveres, solo podían hacerlo mediante el reconocimiento de la ropa que usaban el día de su desaparición.

Los cuerpos estaban destrozados, había evidencias de heridas de bala, sin embargo en muchos casos no tenían consecuencia de muerte, por lo que se pudo determinar judicialmente que estaban vivos la mayoría al momento de lanzarlos amarrados con alambres al interior del horno y taparlos con cal y escombros. Casi todos murieron por golpes o asfixia.

Amnistía y Retiro de Televisores

La denuncia judicial puso en alerta a la dictadura. Si se seguían descubriendo los lugares donde estaban enterrados los ejecutados políticos y aquellos cuya detención se negaba, pero que habían sido asesinados, se transformaría en un serio problema internacional para Pinochet, quien hasta esa fecha aseguraba, con gran apoyo de la prensa que le era incondicional, que los detenidos desaparecidos, no existían. Menos los abusos o torturas.

Por otro lado, de descubrirse los cuerpos, terminarían descubriéndose los autores de los crímenes y eso provocaría serios problemas en los cuerpos armados y los organismos de seguridad. Las dictaduras se sustentan en la seguridad de impunidad para los que hacen el trabajo sucio de eliminar a los contrarios. Si son intocables, seguirán siendo leales y ejecutando las órdenes del dictador, cual sean ellas.

Así, dos medidas fueron rápidamente adoptadas. La primera, Pinochet ordenó personalmente el plan conocido como “Retiro de Televisores”, que consistía en remover los cuerpos que estaban enterrados ilegalmente en secreto y trasladarlos a otros sitios o lanzarlos al mar, en su caso. De esa manera se borraría cualquier evidencia de los hechos. La otra medida adoptada, buscaba la impunidad. Se dictó la Ley de Amnistía en 1978. Eso aseguraba que torturadores y asesinos al servicio del régimen, no serían enjuiciados por sus delitos. De hecho, los mismos que hoy están siendo condenados y ordenándose cumplan sentencia por los Tribunales, gozaron del beneficio de la amnistía durante un tiempo.

Un grito estremecedor

Secuestrarlos, torturarlos, ejecutarlos a golpes y enterrar a algunos vivos hasta la asfixia no fue suficiente. Faltaba aún el último acto de bestialidad. A esas alturas el ministro Adolfo Bañados estaba a cargo del caso, pero por poco tiempo, pues debió declararse incompetente y pasar los antecedentes al fiscal militar Gonzalo Salazar, que terminó aplicando la amnistía y liberando a los que había alcanzado a procesar Bañados. Ese mismo fiscal dio más tarde la orden de entrega de un cuerpo, el de Sergio Maureira.

Miles de personas se congregaron en la iglesia Recoleta Franciscana para velar los restos. Corría el 14 de septiembre de 1979. No les entregaron los cuerpos. La desesperación entre los familiares y asistentes a la iglesia fue conmovedora, se escuchaban gritos y llantos desgarradores clamando por sus seres queridos. Los desmayos se sucedían unos a otros.

La noche anterior, funcionarios del Instituto Médico Legal que se encontraba intervenido militarmente, habían retirado los cuerpos y habían mezclado las osamentas arrojándolas a una fosa común en el cementerio de Isla de Maipo. El cuerpo de Sergio Maureira, el único oficialmente identificado por la fiscalía, fue enterrado en un cajón en una sepultura de tierra.

Para el abogado y exembajador Javier Luis Egaña, “Fue una maldad sin nombre, de un profundo desprecio por la dignidad humana. Una cosa de esa magnitud requirió consulta a los más altos niveles. Fue una decisión tomada fríamente”, concluyó.  Los hornos fueron más tarde dinamitados por el nuevo dueño y cerrado se acceso.

Hoy, más de cuarenta años después, se hace justicia, o al menos algo así. 

Cinco han sido condenados y deberán cumplir, a menos que el gobierno los beneficie, cumpliendo el acuerdo electoral con la "familia militar" y los libere.


Lonquén: La masacre de Carabineros a 15 campesinos

Fuente :prensaopal.cl, 7 de Octubre 2020

Categoría : Prensa

El 7 de octubre de 1973, a las 21.45 horas, un grupo de once campesinos de la localidad de Isla de Maipo fue detenido por funcionarios de Carabineros. Los policías no portaban órdenes de detención ni allanamiento de los domicilios de esas personas. Numerosos testigos vieron cómo se los golpeaba y subía a una camioneta blanca de propiedad del dueño del Fundo Naguayán -donde se encontraban las casas de las tres familias-, se los amarraba y tendía boca abajo en el piso del vehículo.

Se trataba de los obreros agrícolas: Enrique Astudillo Álvarez (51 años), Omar Astudillo Rojas (20), Ramón Astudillo Rojas (27), Carlos Hernández Flores (39), Nelson Hernández Flores (32), Oscar Hernández Flores (30), Sergio Maureira Lillo (46), José Maureira Muñoz (26), Rodolfo Maureira Muñoz (22), Segundo Maureira Muñoz (24) y Sergio Maureira Muñoz (27). Sobre sus espaldas iban parados los funcionarios de Carabineros. Se pasearon por las calles del pueblo, para intimidar a toda la población. Finalmente, se los trasladó al retén.

La misma suerte corrieron cuatro jóvenes que ese mismo día habían sido detenidos en la plaza del pueblo: Miguel Brant Bustamante (22 años), Manuel Navarro Salinas (20), Iván Ordóñez Lama (17) y José Herrera Villegas (17).

Los familiares fueron engañados por las autoridades del gobierno. Se les informó que los detenidos habían sido trasladados al Estadio Nacional, en la capital. Los parientes interpusieron, en 1974, un recurso de amparo. Requeridas las autoridades de la localidad, por los tribunales, se limitaron a señalar que «todos habían sido trasladados con fecha 8 de octubre de 1973 al Estadio Nacional». Lo que era completamente falso.

El SENDET (Servicio Nacional de Detenidos), indicó contradictoriamente que «no tenía, ni había tenido nunca, información sobre ellos».

Sergio Diez -hoy senador de Renovación Nacional-, y en ese entonces delegado de la dictadura de Augusto Pinochet Ugarte en la OEA, mintió en 1975 ante todo el mundo, diciendo que: «estas personas no tenían existencia legal», mientras otros «detenidos de Lonquén habían sido ingresados al Instituto Médico Legal en octubre de 1973».

El 29 de noviembre de 1978, un informante entregó a la Iglesia Católica los datos del lugar exacto donde se encontraban los malogrados restos de los campesinos y jóvenes: Unos hornos de cal en la localidad de Lonquén, a 14 kilómetros del pueblo de Talagante.

El Vicario de la Solidaridad, Cristián Precht, y el Obispo de Santiago, Enrique Alvear, decidieron verificar la información concurriendo al lugar junto a periodistas -Jaime Martínez (Qué Pasa) y Abraham Santibáñez (Revista Hoy)- y los abogados Máximo Pacheco (PDC) y Alejandro González.

La prensa informó: «En una antigua construcción de piedra, de unos doce metros de alto, adosada a la falda de un cerro, en cuyo interior existen dos silos de dos metros y medio, estaban los cadáveres (…) En el otro, tapado con piedras desde arriba y con una salida en su parte inferior, también tapiada, se encontraban restos humanos, un cráneo, ropas destrozadas (…)».

Fue un golpe certero y doloroso a la conciencia de miles de chilenos. Una herida abierta hasta hoy, indecible. Una imagen de dolor y miseria humana, de horror sin límite y brutalidad que la historia de la humanidad recordará para siempre. Nada pudo hacer Pinochet y sus lacayos para esconder el horrendo crimen. El obispo informó a Israel Bórquez, presidente de la Corte Suprema y colaborador del régimen, quien remitió los antecedentes al Juzgado de Talagante. Se designó a la jueza Juana Godoy para iniciar la investigación.

En diciembre de 1978 se remitieron los restos al Instituto Médico Legal. El pleno de la Corte Suprema designó como ministro en Visita al juez Adolfo Bañados, quien ordenó se hicieran autopsias, exámenes balísticos y reunió los procesos en que se había denunciado desaparecimiento de personas o presunta desgracia. Interrogó a los familiares de los campesinos «desaparecidos».

Los efectivos policiales involucrados: Lautaro Castro Mendoza -jefe de la Tenencia de Isla de Maipo- y los carabineros Juan Villegas Navarro, Félix Sagredo Aravena, Manuel Muñoz Rencoret, Jacinto Torres González, David Coliqueo Fuentealba, José Belmar Sepúlveda y Justo Romo Peralta, entregaron ante los tribunales la versión de que habían «llevado a los detenidos, de alta peligrosidad, a los hornos de Lonquén, con el objeto de desenterrar el armamento que tenían oculto, y que luego -en el lugar-, habían sufrido un ataque armado de desconocidos, siendo los campesinos muertos por la balacera. Ante el temor a represalias, habían decidido ocultar los cuerpos en los hornos abandonados».

En abril de 1979 el ministro Bañados debió declararse incompetente debido a la legislación imperante que otorga fuero a los uniformados y entrega los casos criminales en los que se encuentran nvolucrados a manos de la Justicia Militar. Estableció sí -antes de dejar el caso- la responsabilidad de éstos policías en los hechos. Su resolución dice: «La versión (…) para tratar de explicar la muerte de sus prisioneros, no sólo se contrapone al mérito de autos en múltiples aspectos y detalles, en particular, desde luego, por lo que concierne al número de las víctimas, sino que resulta intrínsicamente inverosímil (…) en ninguno de los restos se comprobó señales de perforaciones, fracturas u otros tipos de vestigios que pudieran relacionarse con proyectiles de armas de fuego, impactando un organismo vivo, por lo que la muerte de las quince personas hay que atribuirla a otras causas».

El proceso pasó entonces a manos del «Segundo Juzgado Militar», que encargó reo a los funcionarios de Carabineros en calidad de «autores del delito de violencia innecesaria causando la muerte». Luego de un corto trámite, el caso se sobreseyó definitivamente por medio de la Ley de Amnistía dictada por Pinochet, legislación a la cual los ocho carabineros habían solicitado acogerse. Posteriormente la «Corte Marcial» confirmó esa resolución.

El asesino Lautaro Castro fue ascendido al grado de Capitán.

A un año de haber sido encontrados los cuerpos de los campesinos y jóvenes, se procedió a la entrega de los restos a sus familiares. Los cuerpos fueron trasladados por funcionarios del Instituto Médico Legal a Isla de Maipo y sepultados en forma inmediata -salvo Sergio Maureira Lillo- para eludir la presencia de sus familiares, depositándolos en una fosa común. Los familiares, agraviados una vez más por las autoridades militares, interpusieron un recurso de queja ante la Corte Marcial -que se vio en la obligación de acogerlo-, en contra del fiscal militar Gonzalo Salazar Sweet, por «falta y abuso cometidos al no cumplir la orden de entrega de los cadáveres». Se le aplicó una censura por escrito. En enero de 1980 la Corte Suprema decidió dejarla sin efecto, al considerar que el fiscal «no incurrió en ninguna falta. Fueron los propios jueces que se la impusieron los que le señalaron el procedimiento que empleó».

Se presentó nuevamente una denuncia a la justicia por la muerte de los campesinos de Isla de Maipo. Esta causa fue llevada por el ministro en visita Héctor Solís, quien no pudo continuar con su investigación. La ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel Marianela Cifuentes, continuó la investigación finalizándola el 12 de septiembre de 2016 cuando dictó sentencia de primera instancia. La ministra condenó a los 7 carabineros que detuvieron a los quince campesinos, se condenó por el delito de secuestro calificado a los ex carabineros: Lautaro Castro Mendoza, jefe de la patrulla, a la pena de 20 años de presión por su responsabilidad como autor. David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro condenados a la pena de 15 años de prisión. Pablo Ñancupil Raguileo fue condenado a 900 días de prisión. El caso pasó a segunda instancia, la Corte de Apelaciones de San Miguel, el 16 de mayo del 2017, confirmó la sentencia. El 16 de junio del 2018 la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a 6 ex carabineros dado que el jefe de los carabineros Lautaro Castro falleció antes de la condena.

El 18 de febrero de 2010, el Ministro de fuero (s) de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Héctor Solís, dio a conocer la identificación de 13 de los 15 cuerpos, cuyos restos fueron encontrados en 1978, permitiendo que finalmente se pudiera realizar la sepultura, siendo el 26 de marzo el retiro de osamentas desde el Servicio Médico Legal. El 27 de marzo se realizó un velatorio público en el Patio Cívico de la Municipalidad de Isla de Maipo y el domingo 28, la sepultación solemne de las víctimas en el Cementerio Parroquial de Isla de Maipo.

Los Hornos de Lonquén fueron demolidos para borrar todo vestigio y huellas de memoria, para imponer definitivamente el olvido.

Por Arnaldo Pérez Guerra