Rut: 4209672-5
Cargos:
Grado :
Rama : Carabineros
Organismos : Servicio de Inteligencia de Carabineros (SICAR)
Ministro Vicente Hormazábal condena a funcionarios de Carabineros como autores de secuestro y homicidio calificado ocurridos en Salar del Carmen
Fuente :pjud.cl, 13 de Junio 2022
Categoría : Prensa
El ministro en visita aplicó, además, a Lillo Morandé y Villanueva Zeballos las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, y el pago de las costas de la causa.
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de La Serena, Vicente Hormazábal Abarzúa condenó a la a Ricardo Lillo Morandé a la pena de 15 años y un día de presidio y a José Luis Villanueva Zeballos a la pena de 10 años y un día de presidio , funcionarios en retiro de Carabineros como autores del delito de homicidio calificado de Héctor Marín Álvarez, José Héctor Luque Schurman y Benjamín Garzón Morillo, perpetrado el 23 de septiembre de 1973, en el sector Salar del Carmen, en la ruta entre Calama y Antofagasta.
En el fallo (causa rol 6-2011), el ministro en visita condenó también a Domingo Márquez Pérez a la pena de 3 años y un día y a Nelson Alarcón Muñoz a la pena de 541 días, ambos en calidad de autores de los delitos reiterados de secuestro simple, cometidos el 22 de septiembre de 1973 contra Héctor Marín Álvarez, José Héctor Luque Schurman y Benjamín Garzón Morillo en la localidad de Baquedano.
El ministro en visita aplicó, además, a Lillo Morandé y Villanueva Zeballos las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, y el pago de las costas de la causa.
En cuanto a lo civil, se condenó al fisco y a Ricardo Lillo Morandé, José Luis Villanueva Zeballos, Domingo Márquez Pérez y Nelson Alarcón Muñoz, a pagar una indemnización de $60.000.000 (sesenta millones de pesos) a cada uno de los demandantes por concepto de daño moral.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Hormazábal Abarzúa logró establecer los siguientes hechos: “Que, el día 22 de septiembre de 1973, después de quedar en libertad bajo fianza y por falta de méritos, en la causa Rol N°7640 del Segundo Juzgado del Crimen de Calama, por contrabando, Héctor Marín Álvarez, José Héctor Luque Schurman y Benjamín Garzón Morillo viajan en un taxi desde la ciudad de Calama a Antofagasta. En la localidad de Baquedano, en horas de la tarde son detenidos por funcionarios policiales, oficial y personal subalterno, de la Tenencia de Carabineros de Baquedano y horas más tarde, retirados por policías del Servicio de Inteligencia de Carabineros (SICAR), integrado por el Capitán Arturo Carol López Argandoña, fallecido, y personal subalterno, que los trasladan en una camioneta a la ciudad de Antofagasta, quienes le dan muerte por varios disparos con arma de fuego a Héctor Marín Álvarez, José Héctor Luque Schurman y Benjamín Garzón Morillo, alrededor de las 3.45 horas del día 23 de septiembre de 1973, a un costado de la carretera en un sector conocido como Salar del Carmen”.