Vásquez Estrada Ricardo Jesús

Rut: 7273281-2

Cargos:

Grado : Conscripto

Rama : Ejército


Militares en retiro se mantienen en prisión preventiva por crímenes de DDHH en la Araucanía en 1973

Fuente :BioBio.cl 18 de Julio 2015

Categoría : Prensa

El ministro en visita para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Alvaro Mesa, sometió a proceso y prisión preventiva a seis efectivos del Ejército en retiro, acusados por detenciones, apremios ilegítimos y homicidios perpetrados en Curarrehue en 1973.

La causa deriva de los homicidios calificados de Alberto Colpihueque Navarrete y de su hijo Eleuterio, la detención ilegal y apremios ilegítimos de Abel Colpihueque Licán, hechos ocurridos en la comuna de Curarrehue con posterioridad a septiembre de 1973, por parte de la Segunda Compañía de Cazadores del regimiento Tucapel de Temuco, que se trasladaron al sector fronterizo de la región.

Actualmente Gabriel Antonio Sandoval Catalán, Ismael Alberto Llancafilo Cayufilo, Sergio Orlando Vallejos Garcés, Ricardo Jesús Vásquez Estrada, Héctor Mauricio Villablanca Huenulao y Sergio Enrique Poblete Poblete se encuentran sometidos a proceso y en prisión preventiva, como autores de los delitos de detención ilegal, apremios ilegítimos y homicidio calificado.

De acuerdo a la investigación a cargo del ministro Mesa se detalla que los efectivos militares al mando del teniente de Ejército, Manuel Espinoza Ponce, que lideraba la patrulla “Chacal”, tras varios días de detención habrían trasladado a Alberto Colpihueque Navarrete y de su hijo Eleuterio en una camioneta de Conaf, amarrados con sus manos a la espalda y con un saco en la cabeza que les cubría hasta el torso, con destino a la zona fronteriza.

En las cercanías de la laguna Quillelhue el vehículo se detuvo, bajaron los detenidos y se les ordenó caminar algunos metros hasta un sector donde el Teniente Espinoza les obligó a cavar una fosa, instante en que los dos hombres clamaron por sus vidas lo que generó que el oficial militar saltara al interior de la fosa y los degollara con su corvo, tras lo cual les disparó a quemarropa, ordenando a los soldados conscriptos que le acompañaban que cubrieran con tierra los cuerpos.El ministro Álvaro Mesa Latorre actualmente conoce de 110 causas que tienen un total de 244 tomos, de las cuales 4 se encuentran en la etapa de plenario; 3 han sido falladas y 4 sobreseídas, registrando 57 autos de procesamiento, existiendo 139 personas sometidas a proceso.


Cinco militares en retiro fueron acusados de torturar y asesinar a un hombre y su hijo en Curarrehue

Fuente :soychile.cl 6 de Diciembre 2016

Categoría : Prensa

Los miliares fueron acusados por los delitos de detención ilegal, apremios ilegítimos y homicidio calificado de Alberto Colpihueque Navarrete y de su hijo Eleuterio. Otro hijo, Abel Colpihueque, fue torturado en Curarrehue con posterioridad a septiembre de 1973.El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa, acusó a cinco militares en retiro por los delitos de detención ilegal, apremios ilegítimos y homicidio calificado de Alberto Colpihueque Navarrete y de sus hijos Eleuterio y Abel Colpihueque Licán, ocurridos en Curarrehue con posterioridad a septiembre de 1973.

El magistrado responsabilizó a Gabriel Sandoval Catalán, como autor de la detención ilegal de Alberto Colpihueque, Eleuterio Colpihueque Licán y Abel Colpihueque Licán, y como autor de los delitos de apremios ilegítimos de Alberto Colpihueque y Eleuterio Colpihueque Licán.

Álvaro Mesa también acusó a Sergio Vallejos Garcés y a Ricardo Vásquez Estrada como coautores de los delitos de apremios ilegítimos y homicidio calificado de Alberto Colpihueque Navarrete y Eleuterio Colpihueque Licán.

Héctor Mauricio Villablanca Huenulao fue responsabilizado como autor de los delitos de homicidio calificado de Alberto Colpihueque Navarrete y Eleuterio Colpihueque Licán, perpetrado en Curarrehue. Sergio Enrique Poblete Poblete fue acusado de cómplice de los delitos de apremios ilegítimos y homicidio calificado de las mismas personas

Según la investigación del magistrado, los dos hombres fueron acusados sin fundamento y motivado por rencillas anteriores, por un hombre identificado como Ismael Llancafilo Cayufilo quien aseguró que eran comunistas, ladrones y hasta los acusó de incesto. La patrulla Chacal del Regimiento Tucapel trasladó a Alberto Colpihueque Navarrete y Eleuterio Colpihueque Licán a un lugar eriazo en las cercanías de Puesco, en donde el teniente Manuel Espinoza Ponce los obligó a cavar una fosa, se introdujo con ellos al foso, los degolló con su corvo y los remató a tiros con su arma de servicio, ordenando posteriormente a los soldados conscripto que lo acompañaba, tapar los cuerpos con tierra.


Justicia condena a ex miembros del Ejército por homicidios cometidos en La Araucanía Se trata del caso de Alberto Colpihueque Navarrete, Eleuterio Col

Fuente :radio.uchile.cl 30 de Mayo 2019

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaqiue, Álvaro Mesa Latorre, condenó a ex miembros del Ejército y un funcionario de Conaf, por su responsabilidad en los delitos de detención ilegal, apremios ilegítimos y homicidio calificado de Alberto Colpihueque Navarrete, Eleuterio Colpihueque Licán y Abel Florencio Colpihueque Licán. Ilícitos perpetrados en octubre de 1973, en el sector rural de la comuna de Curarrehue, Región de La Araucanía.

En el fallo, el ministro Arancibia condenó a Sergio Orlando Vallejos Garcés y Ricardo Jesús Vásquez Estrada a las penas de 16 años de presidio, en calidad de autores de dos homicidios calificados, más 4 años de libertad vigilada intensiva por la aplicación de apremios ilegítimos. En tanto, Héctor Mauricio Villablanca Huenulao deberá purgar 16 años de presidio, como autor del delito de homicidio.

En la causa, el ministro en visita aplicó a Gabriel Antonio Sandoval Catalán las penas de 3 y 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como autor de los ilícitos de detención ilegal y apremios ilegítimos, respectivamente.

Finalmente, Sergio Enrique Poblete Poblete, chofer de Conaf a la época de los hechos, fue condenado a dos penas de 5 años presidio, con el beneficio de libertad vigilada intensiva, por su participación como cómplice en los delitos de homicidio, más el pago de dos multa por 20 UTM, como cómplice de dos delitos de apremios ilegítimos.

En el aspecto civil, el fallo acogió la demanda interpuesta y condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de quinientos cuarenta millones de pesos a los familiares de las víctimas.

El caso

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mesa Latorre logró establecer que a partir del 11 de septiembre de 1973, personal de Ejército del Regimiento N° 8 “Tucapel” de Temuco comenzó a efectuar operativos en la zona precordillerana de la Región de La Araucanía con el objeto de resguardar puestos fronterizos y detener personas contrarias a la Junta Militar.

Así, entre los meses de octubre a diciembre de 1973 y enero de 1974, efectivos de la Segunda Compañía de Cazadores del Regimiento N° 8 “Tucapel” de Temuco se trasladaron hacia el sector de Curarrehue, distribuyéndose en patrullas que fueron apostadas en diferentes sectores de esa comuna, tomando como base las escuelas rurales, instalaciones públicas y una escuela que se encontraba en la ciudad.

En ese contexto, una patrulla militar del Regimiento Tucapel de Temuco se apostó en la comuna de Curarrehue, con el objeto de establecer un puesto de vigilancia y efectuar patrullajes por el sector.

Durante los meses posteriores al golpe militar, en tanto, los oficiales detuvieron a Colpihueque Navarrete y a dos de sus hijos, Eleuterio Colpihueque Licán y Abel Florencio Colpihueque Licán, a quienes golpearon. Posteriormente los llevaron hacia una escuela rural sin portar alguna orden que los facultara para tal acto.

Según el fallo, los tres detenidos fueron interrogados por separado. Así, luego de días de trabajo forzado, los detenidos fueron liberados  y se les ordenó caminar algunos metros hasta un sector donde el teniente Espinoza les ordenó cavar una fosa, para lo cual les pasó una pala a cada uno. El soldado conscripto Sergio Orlando Vallejos Garcés ayudó a los detenidos en esta tarea.

“Alberto Colpihueque Navarrete y Eleuterio Colpihueque Licán, conscientes del destino que les esperaba, clamaron por sus vidas al teniente Espinoza, quien saltó dentro de la fosa y procedió a degollar con su corvo a ambos detenidos. Posteriormente, sacó su arma y los remató disparándoles a quemarropa. Finalmente, ordenó a los soldados conscriptos Sergio Orlando Vallejos Garcés, Ricardo Jesús Vásquez Estrada y Héctor Mauricio Villablanca Huenulao tapar los cuerpos con tierra tras lo cual regresaron al vehículo que los esperaba cerca del camino principal y retornaron a Curarrehue”, concluye el texto judicial.


Condenan a exmiembros del Ejército y civil por asesinato de dos campesinos en Curarrehue en 1973

Fuente :resumen.cl, 19 de Diciembre 2022

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó a cuatro exmiembros del Ejército y a un colaborador civil de la represión en la comuna de Curarrehue por el asesinato de los campesinos Alberto Colpihueque Navarrete, de 57 años de edad, y de su hijo Eleuterio Ramón Colpihueque Licán, de 26 años, cometidos en esa localidad cordillerana el 10 de octubre de 1973.

En fallo unánime (causa rol 361-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y el ministro Diego Simpértigue- acogió los recursos de casación interpuestos por los querellantes en contra de la resolución dictada por la Corte de Temuco en noviembre de 2019 que aplicaba la media prescripción a los acusados.

En sentencia de reemplazo, la Segunda Sala confirmó la sentencia de primer grado, dictada por el ministro en vista extraordinaria Álvaro Mesa Latorre, en mayo de 2019, con modificaciones expresadas en las resoluciones detalladas. Se condena a los ex soldados conscriptos del Ejército Sergio Orlando Vallejos Garcés, Ricardo Jesús Vásquez Estrada y Héctor Mauricio Villablanca Huenulao, como autores de los delitos de homicidios calificados de Alberto Colpihueque Navarrete y Eleuterio Colpihueque Licán, a sufrir cada uno la pena única de cinco años de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Los acusados Vallejos Garcés y Vásquez Estrada fueron también condenados a la pena de 41 días de presidio por el delito de apremios ilegítimos cometidos contra las mismas personas previo a su ejecución.

Condena al ex soldado conscripto del Ejército Gabriel Antonio Sandoval Catalán a sufrir dos penas de sesenta días de prisión en su grado máximo, y a las accesorias de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad autor de los delitos reiterados de detención ilegal perpetrados en contra de Alberto Colpihueque Navarrete, Eleuterio Colpihueque Licán y Abel Colpihueque Licán y del delito de apremios ilegítimos perpetrado en contra de las dos primeras personas.

Condena al ex empleado de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y colaborador de los uniformados Sergio Enrique Poblete Poblete, a la pena única de cuatro años de presidio menor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, en su calidad de cómplice de dos delitos de homicidios calificados en las personas de Alberto Colpihueque Navarrete y Eleuterio Ramón Colpihueque Licán, y a la pena única de pagar diez (10) Unidades Tributarias Mensuales como cómplice de los delitos de apremios ilegítimos cometidos en contra de las mismas víctimas.

El máximo tribunal estableció error de derecho en la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, al considerar que favorecía a todos los condenados con la media prescripción. Sin embargo, la Corte Suprema les otorga el beneficio de remisión condicional de la pena, a unos, y de libertad vigilada a otros. Es decir, ningún criminal cumplirá prisión efectiva, lo que se convierte en impunidad disfrazada. A ello se suma que el principal hechor de estos crímenes, el ex oficial de Ejército Manuel Espinoza Ponce, resulta impune por fallecimiento.

Los hechos que sindican como responsables a los exmiembros del Ejército

Entre los meses de octubre de 1973 y enero de 1974, efectivos de la Segunda Compañía de Cazadores del Regimiento N° 8 'Tucapel' de Temuco, se trasladaron hacia el sector de Curarrehue, distribuyéndose en patrullas que fueron apostadas en diferentes sectores de esa comuna, tomando como base para los operativos las escuelas rurales e instalaciones públicas que se encontraban en la comuna.

A comienzos de octubre, personal de ejército apostado en la escuela de Quiñenahuín, fueron hasta el domicilio de Alberto Colpihueque Navarrete y procedió a detenerlo junto a dos de sus hijos, Eleuterio Colpihueque Licán y Abel Florencio Colpihueque Licán, a quienes golpearon y posteriormente se llevaron hacia la escuela donde se les interrogó y torturó nuevamente. Al día siguiente dejaron en libertad a Abel Florencio pero su padre y hermano continuaron en poder de los uniformados.

En días posteriores, llega al lugar el teniente Manuel Espinoza Ponce de la 2ª Compañía de Cazadores del Regimiento Tucapel de Temuco, acompañado de algunos conscriptos de su confianza, todos los cuales integraban la denominada "patrulla Chacal" de ese regimiento, especializada en acciones de castigo y ejecuciones de prisioneros políticos. Ponce y su grupo someten nuevamente a interrogatorio y torturas a los detenidos Colpihueque.

Posteriormente suben los prisioneros a un vehículo todo terreno de propiedad de CONAF, conducido por Sergio Poblete Poblete, y salen con ellos en dirección a Puesco. Tras media hora de viaje, Espinoza Ponce ordena detenerse, hace descender a los detenidos y les entrega una pala para cavar su propia tumba. Ante las súplicas de las víctimas, haciendo uso de su corvo el oficial Espinoza los degüella y enseguida los remata con disparos de su arma. Finalmente ordena a los soldados conscriptos enterrar los cuerpos de los dos campesinos asesinados

por Darío Núñez