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Valdivia Dames Jorge Eduardo – Memoria Viva

Valdivia Dames Jorge Eduardo

Rut: 5645026-2

Cargos:

Grado :

Rama : Civil

Patria y Libertad


Luego de 40 años recién se hace justicia: Condenan a 14 Carabineros y 10 civiles de grupo fascista Patria y Libertad por los crímenes de 28 campesinos

Fuente :cambio21.cl, 20 junio 2019

Categoría : Prensa

A la Corte Suprema se irá el dramático caso Santa Bárbara, con el objetivo de reponer el fallo de primera instancia que declaró a 10 civiles del grupo fascista que apoyó el golpe militar, Patria y Libertad como autores de la desaparición de 28 campesinos el año 1973.
Son los querellantes en representación de parte de las familias de las víctimas quienes decidieron ya presentar un recurso de casación contra la sentencia dictada la semana pasada por la Corte de Apelaciones de Concepción y que modificó las penas para los civiles condenados por secuestro calificado.

El emblemático caso por violación de derechos humanos investigó la desaparición de 28 campesinos de Santa Bárbara y Quilaco, acreditando la responsabilidad de ex funcionarios de Carabineros y 10 ex miembros del grupo Patria Libertad de la Provincia de Bío Bío, quiénes apoyaron a los carabineros en los secuestros, posterior asesinato y desaparición de estos campesinos.

Mientras para los ex uniformados se mantuvo las condenas de entre 10 y 14 años de cárcel efectiva, para los civiles se rebajaron a a 4 y 6 años de prisión en algunos casos, al calificar el tribunal de alzada a estos últimos como cómplices en los delitos de lesa humanidad, lo que es rechazado por el abogado querellante, Patricio Robles.

Los ex Patria y Libertad condenados son Jorge Domínguez Larenas, Sergio Fuentes Valenzuela, los hermanos Jorge y José Valdivia Dames, los hermanos Luis y Manuel Barrueto Bartning, Eugenio Villa Urrutia, Juan Carlos Burgos, José Gutiérrez Ortiz y Exequiel Celedón Barrera, quienes según los querellantes deberían ser calificados como autores de los crímenes.

Los hechos criminales

Luego de más de 40 años de investigación, por la desaparición de 28 personas en Santa Bárbara y Quilaco posterior al 11 de septiembre de 1973, la Corte Suprema de Concepción, dictó la sentencia contra los involucrados en los hechos.

En un fallo unánime, dictado por la tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Carola Rivas Vargas, Viviana Iza Miranda y el abogado (i) Jean Pierre Latsague Lightwood– confirmó, dichas sentencias además, la indemnizaciones total de $1.215 millones que deberá pagar el fisco y los condenados a familiares de las víctimas.

En la etapa de investigación, la ministra Raquel Lermanda Spichiger logró establecer que funcionarios de Carabineros –apoyados por grupos de civiles de Patria y Libertad– detuvieron ilegalmente en las comunas de Santa Bárbara y Quilaco a 28 víctimas, principalmente campesinos, las asesinaron a balazos y las lanzaron a un río cercano. El paradero de los 28 campesinos se desconoce hasta la actualidad.

En Santa Bárbara fueron detenidos José Domingo Godoy Acuña, Julio Godoy Godoy, Desiderio Aguilera Solís, José Nazario Godoy Acuña, Manuel Salamanca Mella, José Mariano Godoy Acuña, Miguel Cuevas Pincheira, Sebastián Hernaldo Campos Díaz, José Rafael Zúñiga Aceldine, José Secundino Zúñiga Aceldine, José Gilberto Araneda Riquelme, Juan de Dios Rubio Llancao, Julio Rubio Llancao, José María Tranamil Pereira, José Guillermo Purrán Treca, Elba Burgos Sáez, Juan de Dios Fuentes Lizama, Juan Francisco Fuentes Lizama, Sergio D´Apollonio Petermann y Aliro Oporto Durán.

En la comuna de Quilaco las víctimas fueron identificadas como Cristino Humberto Cid Fuentealba, José Felidor Pinto Pinto, Luis Alberto Cid Cid, Luis Alberto Bastías Sandoval, Raimundo Salazar Muñoz, Gabriel José Viveros Flores, Segundo Marcial Soto Quijón y José Roberto Molina Quezada.

En la instancia, el tribunal condenó a una serie de personas por esta desaparición, entre ellos al oficial de carabineros Plante Euclide Aravena Sáez a la pena de 14 años de presidio, como autor de 19 delitos de secuestro calificado.

En tanto, para Héctor Isaías Echeverría Beltrán y José Heraldo Pulgar Riquelme se les aplicará la pena de 11 años y 10 años y un día de presido por ser autores de 10 y 7 secuestros calificados, respectivamente.

Carlos Santiago Sepúlveda Rivera, el tribunal lo condenó a 10 años y un día de presidio, como autor de cuatro delitos de secuestro calificado, y Pedro Segundo Ruiz Pardo deberá cumplir 5 años y un día de presidio, como autor de un delito de secuestro calificado. Todos eran carabineros activos cuando cometieron esos crímenes en 1973 e inicios de 1974, pocos meses después del golpe de Estado.

Los cómplices de Patria y Libertad

Además, en la causa fueron condenados en calidad de cómplices los ex Patria y Libertad Sergio Amado Fuentes Valenzuela, Luis Enrique Ricardo Antonio Barrueto Bartning y Manuel Darío Barrueto Bartning, a quienes otorgaron las penas de seis años de presidio, como cómplices de siete delitos de secuestro calificado.

Por su parte, Exequiel del Carmen Celedón Barrera -también ex Patria y Libertad- recibió una pena de cinco años y un día de presidio efectivo, como cómplice de dos delitos de secuestro calificado.

En el caso de los ex Patria y Libertad, Jorge Denis Domínguez Larenas, Jorge Eduardo Valdivia Dames y José Roberto Valdivia Dames fueron sentenciados a 4 años de presidio como cómplice de un delito de secuestro calificado. Se les otorgó el beneficio de la libertad vigilada.

Mismo beneficio que recibieron Eugenio Villa Urrutia, José Feliciano Gutiérrez Ortiz y Juan Carlos Burgos Belauzarán, condenados a 4 años de presidio, como cómplice de siete y cinco secuestros calificados, respectivamente.

En la causa se decretó el sobreseimiento de los funcionarios de Carabineros José Eleodoro Burgos Sandoval y José Jaime Godoy Godoy, y de los civiles Sergio Alejandro Pino Cabezas y Sergio Humberto Salazar San Martín, por no acreditarse su participación en los hechos.

Quiénes eran Patria y Libertad

El Frente Nacionalista Patria y Libertad fue un movimiento paramilitar de ideología fascista que se formó el 1 de abril de 1971 como reacción a las políticas del gobierno de Salvador Allende, para lo cual realizó actividades políticas de activismo y proselitismo social, principalmente entre la juventud, y posteriormente, ya en la clandestinidad —luego del intento de Golpe de Estado del 29 de junio de 1973, conocido como el Tanquetazo—, optó por la vía armada, el terrorismo y el sabotaje para derrocar al gobierno de la Unidad Popular.

Su origen se remonta al 10 de septiembre de 1970, cuando el abogado Pablo Rodríguez Grez formó el Movimiento Cívico Patria y Libertad para impedir la elección de Salvador Allende en el Congreso, el cual originó el movimiento que se opuso al gobierno de Allende hasta su disolución en 1973 tras el golpe de Estado. 

Muchos de los integrantes de Patria y Libertad, posterior del Golpe de Estado, pasaron a engrosar las filas de la DINA y la CNI, organos de represión de la dictadura. Uno de ellos fue Michael Towley, que asesinó al ex canciller Orlando Letelier en Estados Unidos, e intentó asesinar en Italia al ex vice presidente de la República, Bernardo Leighton (DC).


Dictan cúmplase de fallo contra carabineros (r) y civiles por secuestros calificados en Quilaco y Santa Bárbara

Fuente :latribuna.cl 2 de Febrero 2023

Categoría : Prensa

El ministro Aldana instruyó que los once condenados a penas efectivas de cárcel, lo hagan en recintos penales de la Región del Biobío.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, inició el cúmplase de la sentencia que condenó a grupo de carabineros en retiro y civiles, por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado de Sergio D´Apollonio Petermann, Miguel Cuevas Pincheira, Cristino Humberto Cid Fuentealba, José Felidor Pinto Pinto, Luis Alberto Cid Cid, Luis Alberto Bastías Sandoval, Raimundo Salazar Muñoz, Gabriel José Viveros Flores, Segundo Marcial Soto Quijón y José Roberto Molina Quezada. Ilícitos perpetrados en las comunas de Santa Bárbara y Quilaco, entre septiembre y diciembre de 1973.

En la resolución (causa criminal rol 372, episodio Santa Bárbara), el ministro Aldana comenzó hoy –jueves 2 de febrero– con la notificación a los condenados en la causa: Héctor Isaías Echeverría Beltrán que deberá cumplir la pena de 11 años de presidio en calidad de autor de ocho delitos de secuestro calificado; y José Roberto Valdivia Dames, quien deberá purgar cinco años de presidio por el secuestro de Miguel Cuevas Pincheira.

En los próximos días, el ministro instructor continuará notificando las penas a Exequiel Celedón Barra, 10 años y un día de presidio en calidad de autor de los delitos de secuestro calificado de Cristino Humberto Cid Fuentealba y José Felidor Pinto Pinto; Jorge Eduardo Valdivia Dames, 5 años de presidio por el secuestro calificado de Miguel Cuevas Pincheira; Jorge Denis Domínguez Larenas deberá cumplir igual pena en calidad de autor de tres delitos de secuestro calificado; y Eugenio Villa Urrutia, Juan Carlos Burgos Belauzarán y José Feliciano Gutiérrez Ortiz purgarán 4 años de libertad vigilada por siete secuestros calificados.

El ministro Aldana instruyó que los once condenados a penas efectivas de cárcel, lo hagan en recintos penales de la Región del Biobío.

 por Claudia A. Fuentes Riveros