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San Martín Salazar Nieves Del Carmen – Memoria Viva

San Martín Salazar Nieves Del Carmen

Rut:

Cargos: Agente de DICAR

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Canadá pide información sobre dos ex agentes de inteligencia

Fuente :20 de Septiembre 2004 El Mostrador

Categoría : Prensa

La Real Policía Montada de Canadá (RCMP, equivalente al FBI de Estados Unidos) prepara un viaje a Chile en busca de antecedentes para abrir un proceso judicial en ese país, en contra de dos ex agentes de la Dirección de Inteligencia de Carabineros (Dicar), aseguraron fuentes confiables a El Mostrador.cl.

La diligencia busca obtener información sobre Fernando Arduengo Naredo y Carmen de las Nieves San Martín Salazar, quienes habrían integrado esta unidad de la policía uniformada chilena y habrían participado en torturas y violaciones a los derechos humanos, según denuncias hechas en el país del norte.

Pero también tienen vínculos con la muerte de Sergio Verdugo Herrera, padre de la periodista y escritora, Patricia Verdugo, autora de "Los zarpazos del puma'', entre otros libros.

De acuerdo a los antecedentes que obran en el Informe Rettig, Verdugo Herrera detenido por Carabineros y luego llevado (aún no está claro si vivo o muerto) hasta las dependencias de la Dicar. Fue encontrado sin vida en julio de 1976 en la ribera norte del río Mapocho, frente a Televisión Nacional, con aparentes señales de haber sido torturado.

En el libro escrito por Patricia Verdugo, "Bucarest 187'', la periodista señala que el MIR en Toronto hizo una especie de pacto secreto de proteger a estos dos ex agentes a cambio de información. De hecho, la profesional intentó que ambos fueran extraditados en 1995, pero sus esfuerzos resultaron infructuosos.

Exhorto en la Suprema

Hace poco más de una semana, la Corte Suprema tramitó un oficio reservado, con características de exhorto, enviado por el gobierno canadiense, en donde se solicita información judicial sobre el particular, rolado AD-455-2004.

El máximo tribunal dio tramitación formal a la petición, pero resolvió que debía ser enviado como un exhorto formal que respondiera a un proceso judicial iniciado ante un tribunal competente, cuestión que no quedó clara en el documento en cuestión, dijeron a este medio fuentes de la Suprema.

Las autoridades canadienses indagan la veracidad de las denuncias, debido a que estas personas pidieron asilo en Canadá y lo obtuvieron, como también facilidades que otorgan estos países a los inmigrantes.

De acuerdo con la información en la web del Ministerio de Ciudadanía e Inmigración canadiense, (Minister of Citizenship and Immigration), ambas personas reconocieron su participación en dicho organismo policial.

La lógica investigativa de la policía canadiense, como también los preceptos legales que les rigen, establecen que un delito cometido en otro lugar del mundo, pero que pueda ser probado ante un tribunal, recibe la pena otorgada al ilícito según la ley canadiense. La tortura y las violaciones a los derechos humanos pertenecen a este tipo de delitos y tienen duras sanciones.

Respecto al viaje de la policía canadiense a Chile, en términos de cómo podría operar, existen precedentes, por ejemplo, a partir de lo que realizan en todo mundo los detectives del Departamento Quinto de Investigaciones, en varios procesos de derechos humanos. Es decir, la policía chilena ha viajado a varios países, entre ellos Canadá, a tomar declaraciones a compatriotas, cuyos testimonios quedan judicializados en las respectivas sedes diplomáticas.


Razones ''humanitarias'' frenan en Canadá deportación

Fuente :25 de Septiembre 2004 El Mostrador

Categoría : Prensa

Círculos de chilenos temen que el viaje de la RCMP a Chile tenga que ver con una necesidad del gobierno del primer ministro Paul Martin de cerrar definitivamente el proceso que se lleva desde hace 26 años en la Corte Federal y resolver así de una vez el estatus legal de la pareja. 

 El gobierno y la justicia canadiense han postergado ya en varias ocasiones las órdenes de deportación que se han dictado en contra de los ex agentes de la Dirección de Inteligencia de Carabineros (DICAR), Fernando Arduengo y Carmen San Martín, que residen aquí desde hace 26 años. Sin embargo, también han rechazado sus solicitudes de refugio y desde 1978 su proceso permanece en constante revisión. La última vista que se conoce de la causa fue el año 2000. En esa ocasión se consideró que sus dos hijos, nacidos en este país, eran ciudadanos canadienses para dejar una vez más sin efecto su deportación. Se les otorgó entonces un permiso ministerial por “razones humanitarias” y “ejemplar conducta”.

Entretanto, un ex vocero del MIR en Toronto niega la suscripción de un supuesto “pacto secreto” para protegerles y arremete en contra de la periodista Patricia Verdugo, manifestando que alusiones hechas en su libro “Bucarest 187” le han perjudicado e incluso expuesto a amenazas en Chile y Canadá.

El Mostrador.cl intentó insistentemente comunicarse con la abogada Barbara Jackman, quien representa a los ex agentes desde que en 1978 le fuera asignado el caso en la clínica legal donde realizaba su práctica profesional. Hoy les defiende desde su estudio profesional. La llamada fue respondida por su hermana, Terri Jackman, asistente legal, quien dijo desconocer la información relativa al viaje de la RCMP a Chile y puntualizó que ninguna agencia de gobierno puede entregar o comentar información privada. Dijo que en el caso particular de su estudio jurídico, no podía responder ninguna pregunta relativa a los archivos de sus clientes.

Consultada sobre la posibilidad de que se abriera un proceso y que fuesen juzgados en Canadá a qué sanciones se expondrían los ex agentes de la DICAR, la asistente legal dijo que todos los casos son diferentes, que depende de las circunstancias, de los hechos y que –teóricamente- podría eventualmente existir algún mecanismo.

Fuentes judiciales consultadas aquí señalaron que en un caso así, el gobierno canadiense tendría que solicitar autorización al gobierno de Chile a través de la Cancillería, la que a su vez tendría que canalizar esta solicitud al Ministerio de Justicia. De ser aprobada la solicitud, se abriría un proceso en Canadá pero la penas a que se expondrían eventualmente –según se comentó- serían ínfimas.

Citacion de la jueza Lusic

Trascendió que la resolución de la jueza Dobra Lusic, titular del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, habría sido la última citación recibida desde Chile por Arduengo y San Martín. El 28 de diciembre de 1994 la jueza Lusic pidió a la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones de Chile que los citara a declarar a ambos, por medio de Interpol, en la causa caratulada con el rol número 121895-5.

En el libro “Bucarest 187” Patricia Verdugo dio cuenta que en lo relativo al juicio contra su padre, éste se cerró luego que la Corte Suprema en Chile lo traspasara a la justicia militar, la que aplicó la amnistía. En Canadá, las fuentes gubernamentales, judiciales y policiales consultadas se escudaron en la “Privacy Act” (disposición legal que protege toda la información relativa a la privacidad de los personas que viven en este país) para no formular declaraciones, aun cuando algunas reconocieron saber del caso.

Por tal motivo no fue posible ratificar o desmentir las inquietudes planteadas por círculos de chilenos que temen que el viaje de la RCMP a Chile tenga que ver con una necesidad del gobierno del primer ministro Paul Martin de cerrar definitivamente el proceso que se lleva desde hace 26 años en la Corte Federal y resolver así de una vez el estatus legal de la pareja.

Se teme que la RCMP no obtenga suficiente información para abrir un caso judicial contra ellos en Canadá –ya que tampoco nunca se les ha requerido como criminales de guerra- y que esta situación derive en que acá también se cierre definitvamente el proceso, con la consiguiente impunidad de los ex agentes Fernando Arduengo y Carmen San Martín en ambos países. Tampoco se descarta que exista algún conflicto de interés que impida abrir un proceso en Canadá, al ser la RCMP y distintos cuerpos policiales de Toronto y Ontario clientes de la empresa en la que Arduengo sería propietario, según The National Post.

Una larga espera

El matrimonio presento sus papeles para obtener refugio cuando llegó a Canadá, el 28 de Febrero de 1978. Según consta en el proceso del Ministerio de Ciudadanía e Inmigración, esta solicitud fue rechazada en dos ocasiones hasta que el 22 de junio de 1982 les fue concedida una “aprobación en principio” del estatus de “landed” (terminología utilizada para referirse a la situación legal de residencia de un inmigrante cuando su solicitud es aprobada).

El primer pronunciamiento fue en 1979. El Refugee Status Advisory Commitee y el Immigration Appeal Board consideraron que “no reunían el criterio de refugiados”. En 1983 el entonces ministro de Immigración John Robert nuevamente rehusó concederles esa condición por “razones humanitarias”. En 1986 el ministro Walter MacLean firmó un permiso ministerial especial que les permitió permanecer en Canadá y postular al estatus de “landed inmigrant” para regularizar definitivamente su estatus legal de residencia.

En abril de 1986 la pareja recibió autorización por “razones humanitarias” y en septiembre se les otorgó autorización para trabajar. Entonces consideraron que no era necesario insistir en el estatus de “landed” y retiraron la solicitud. Sin embargo, en diciembre de 1988 el Ministerio de Inmigración les notificó que los permisos de trabajo que les habían renovado periódicamente, habían sido caducados y que debían abandonar Canadá a más tardar el 28 de febrero de 1989. Se producía así la primera decisión de deportarlos a Chile.

El 28 de marzo de ese año debían regresar a Chile. Los ex agentes solicitaron una nueva revisión del caso. La causa salió de la Corte Federal el 6 de junio de 1995 con apelación a la Corte Suprema de Canadá, la que el 11 de enero de 1996 instruyó que la orden de deportación fuese ejecutada el 13 de Febrero de 1996. Sin embargo, el 5 de febrero, sólo ocho días antes, William Mcount, ministro de la Corte Federal, dictó una resolución que suspendió la deportación y otorgaba un nuevo plazo para que permanecieran en Canadá con permiso ministerial mientras se revisaba su situación.

Esta vez la causa sólo fue vista cinco años más tarde, en agosto del 2000. Entonces, el ministro Frederick Gibson recomendó al Ministerio de Inmigración reconsiderar la decisión de deportarlos, tomando en cuenta esta vez los intereses de los hijos nacidos en Canadá y por ende ciudadanos de este país. El juez también estimó que la pareja había llevado una vida ejemplar en Canadá. Una vez más la solicitud de deportación no se concretó y 26 años después los ex agentes continúan con permisos ministeriales por “razones humanitarias”.

”Temor a regresar a Chile’’

“Los postulantes manifiestan tener temor de regresar a Chile principalmente por sus actividades en Canadá para ayudar a denunciar los abusos a los derechos humanos cometidos por las fuerzas policiales. Antes de llegar a Canadá, los postulantes eran miembros de la rama de seguridad de la Dicar. La solicitante femenina renunció a su posición en la Junta Militar del General Augusto Pinochet”, establece en parte la revisión del proceso de deportación que debía ejecutarse el 13 de febrero de 1996. Ante la Office of the Commissioner for Federal Justice el proceso aparece rotulado Arduengo v. Canada (Minister of Citizenship and Immigration).

En el acápite relativo a la constatación de hechos, el proceso establece que el 22 de Agosto de 1996, Arduengo declaró haber sido expulsado de la Dicar en 1977 por destruir archivos. También se señala que entre 1993 y 1994 Arduengo y San Martín se reunieron en Canadá con oficiales de un tribunal especial de la policía e Interpol chilena para colaborar en la entrega de información para aclarar violaciones a los derechos humanos ocurridas en Chile durante el tiempo que ellos estuvieron en la Dicar.

Arduengo y San Martín dicen haber entregado declaraciones juradas implicando a altos oficiales de la policía chilena, en el entendido de que “estas declaraciones serian usadas en el procesamiento de esos oficiales”, agregan los antecedentes en poder de la Office of the Commissioner for Federal Justice.

“Los postulantes sostienen que ellos son vistos como traidores por la policía chilena. Ellos creen que si regresan a Chile a testificar en contra de sus oficiales superiores, serán asesinados. Existe evidencia que aun cuando el gobierno cambió, en Chile el general Pinochet continúa a la cabeza de las Fuerzas Armadas y que sus oficiales continúan sirviendo en el Ejército y en la policía. Informes de Amnistía Internacional establecen que la policía chilena figura como la primera instancia responsable por muchas de las torturas que están ocurriendo actualmente en Chile.

“Los postulantes temen un serio riesgo, incluyendo el de sus vidas por parte de antiguos colegas y amigos de los oficiales”, señala el documento de 1996, en el que se establece que el matrimonio estaba dispuesto a viajar a prestar declaraciones, pero que consideraba que su seguridad estaba en riesgo en Chile si sólo se le asignaba protección policial por un periodo limitado. Arduengo y San Martín sostuvieron que en 1986 el RCMP realizó una investigación que concluyó que sus vidas efectivamente estaban en peligro si regresaban a Chile en ese momento.