Reyes Garrido Julio Guillermo Humberto

Rut: 5440573-1

Cargos:

Grado : Teniente Coronel

Rama : Ejército


Primeros procesamientos por "Operación Retiro de Televisores" en Mulchén

Fuente :Tribunadelbiobio.cl, 30 de Enero 2014

Categoría : Prensa

Nuevos procesamientos dictó el ministro en visita para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, en el caso de la matanza de 18 campesinos en Mulchén, ocurrida los días 5, 6 y 7 de octubre de 1973. La resolución involucra a 5 ex carabineros y 9 ex militares y considera también los delitos de inhumación ilegal y exhumación ilegal. Todo esto en el marco de la denominada "Operación Retiro de Televisores".

A los cinco ex carabineros que ya estaban procesados como co autores  por los delitos de secuestro  y secuestro con resultado de muerte de 13 personas, se les agregaron tres delitos más: homicidio calificado, secuestro calificado e inhumación ilegal.

A ellos se suman nueve ex militares del Regimiento de Infantería de Montaña Reforzada N 17 de Los Ángeles, que fueron sometidos a proceso como autores del delito de encubrimiento de  los delitos de homicidio calificado de 11 personas y por la coautoría de los delitos de inhumación ilegal de 11 personas.

El ministro Carlos Aldanan notificó del auto de procesamiento a siete de los ex militares involucrados, los que fueron conducidos a Tribunales por personal de la PDI, desde dependencias del Regimiento Chacabuco donde permanecían detenidos.

Lo interesante de este fallo, es que apunta también a los delitos de inhumación ilegal cometidos en el marco de la denominada “Operación Retiro de Televisores”, dispuesta por el general Pinochet ordenando el desentierro de todos los cuerpos de ejecutados políticos para hacerlos desaparecer definitivamente.

Los días 5, 6 y 7 de octubre de 1973, en el marco de un operativo concertado, una patrulla de carabineros al mando del teniente Jorge Maturana Concha, y con lista en mano, llegó hasta los fundos “El Morro”, “Carmen y Maitenes” y “Pemehue”, deteniendo a un total de 18 campesinos, quienes fueron acribillados por sus captores y sus cuerpos enterrados clandestinamente a orillas del río Renaico.

La investigación llevada a cabo primero por el ministro en visita Carlos Cerda en 1980 y posteriormente por la jueza Rosa Giacaman y el ministro Carlos Gajardo, que indagaba la “Operación Retiro de Televisores”,  llegó en marzo de 2008 a manos del ministro Carlos Aldana.

Desde entonces se ha profundizado en la misma, abarcando también el episodio de inhumación ilegal.

Hacer desaparecer toda evidencia

Es así como se pudo establecer que “entre fines de 1978 y principios de 1979, se recibió en la Sección 2 del Regimiento "Húsares" de Angol, por el encargado de Inteligencia Sargento 1°  Juan Carlos Balboa Ortega, un criptograma proveniente de la Comandancia en Jefe del Ejército en el cual se ordenaba a todos los comandantes de las unidades militares del país, realizar las diligencias pertinentes para evitar que terceros dieran con las inhumaciones derivadas de ejecuciones ilegales, realizadas en cada jurisdicción militar. Este documento lo entregó al Comandante del referido Regimiento Coronel Patricio Escudero Troncoso, quien le preguntó si existía en la jurisdicción algún caso, a lo que Balboa le respondió que no, archivando los antecedentes”.

Posteriormente, en el verano del año 1979, el referido Sargento 1° Balboa Ortega, mientras se encontraba de vacaciones en el sector precordillerano entre Mulchén y Angol, supo en una conversación casual con un hijo de las víctimas, que su padre había sido muerto por Carabineros de Mulchén en 1973 y que su cuerpo, junto a los de otras personas, había sido enterrado en el sector. 

Dio cuenta de este hecho al Comandante de su Regimiento, quien ordenó desarchivar el criptograma y ponerlo en conocimiento, por intermedio del mismo Balboa Ortega, del Comandante del Regimiento de Infantería de Montaña Reforzada n° 17 "Los Ángeles", Coronel Jaime García Zamorano, quien tenía jurisdicción respecto del lugar en el que se encontrarían los restos de las víctimas. 

Fue así como García ordenó realizar un operativo con personal militar de ese Regimiento a cargo del Jefe de la Sección II Teniente Julio Reyes Garrido, compuesto por los suboficiales José Puga Pascua, José Iturriaga Valenzuela,  Jaime Muller Áviles, Julio Fuentes Chavarriga,  Luis Palacios Torres y Juan Cares Molina y del Departamento II de la 3ª División de Ejército de Concepción, a cargo del Suboficial Mayor Eduardo Paredes Bustamante (actualmente fallecido) quien al año 1973 se había desempeñado en la sección II del Regimiento de Los Ángeles.

Todos ellos se dirigieron hacia el lugar de las inhumaciones. Partieron por la ribera sur del Rio Renaico vía Collipulli y desde allí se internaron por el camino a Curaco, llegando al sector "El Amargo". Cruzaron a la ribera norte del río, donde previas averiguaciones con lugareños, llegaron al sector de Carmen y Maitenes, específicamente a un sitio donde se encontraba una cruz. Allí excavaron con palas y picotas sacando restos humanos, además de vestimentas y cédulas de identidad, los que introdujeron en sacos paperos, diferenciando los restos humanos de las otras especies sacadas. 

Concluida la excavación, en la que intervinieron Puga Pascua, Iturriaga Valenzuela, Muller Áviles, Fuentes Chavarriga, Palacios Torres, Cares Molina y Paredes Bustamante, cruzaron el río y pusieron los sacos paperos en la parte trasera de la camioneta en que se movilizaban. Allí los esperaba  Balboa Ortega, quien según su testimonio  y al ver que a Müller se le cayó el saco que trasportaba al río, ingresó al agua y lo rescato ya que conocía su contenido. Para terminar la operación, taparon la tumba de la cual extrajeron los huesos u otras especies, simulando que nada había ocurrido en el sector.

Posteriormente, se trasladaron hasta el lugar de las Termas de Pemehue, en el interior de la Cordillera, también de jurisdicción del Regimiento de Los Ángeles, donde nuevamente excavaron y desenterraron otros cuatro cuerpos, que estaban sepultados en la ribera norte del río Renaico, bajo unas piedras. Taparon las tumbas para ocultar la exhumación y luego subiendo los restos a la camioneta en la cual se movilizaban.

Los integrantes de la patrulla que exhumó los referidos cuerpos, tenían antecedentes que ellos correspondían a lugareños quienes en octubre de 1973, habían sido fusilados por personal de Carabineros de Mulchén. 

Los restos óseos exhumados, las ropas y documentos de identidad fueron llevados hasta el Regimiento de Infantería de Montaña Reforzado n° 17 de Los Ángeles, lugar donde el Teniente Reyes, a cargo de la operación, dio cuenta al Comandante García quien ordenó deshacerse de ellos, para lo cual se dispuso su incineración en un horno de ladrillos que se ubicaba contiguo a la Sección 2ª en el interior del Regimiento.

“Los hechos descritos anteriormente, constituyen el último eslabón del episodio que se inició el 6 de octubre de 1973 ya referido en el considerando primero, respecto de las víctimas de Carmen y Maitenes y Pemehue,  destinado a lograr la eliminación de los restos de las víctimas a fin de ocultar o inutilizar el cuerpo de los delitos para impedir su descubrimiento”, se lee en la resolución del ministro Aldana.

Los procesados

Con los hechos claros, se configuraron tres delitos: secuestro calificado homicidio calificado e inhumación ilegal. 

Es así como se somete a proceso a Jorge Maturana Concha, Jacob del Carmen Ortiz Palma, Juan de Dios Higueras Álvarez, Osvaldo Enrique Díaz Díaz y Héctor Armando Guzmán Saldaña, como coautores de los siguientes delitos:

a) Homicidio calificado de las siguientes 12 personas: Del Fundo Carmen y Maitenes: José Florencio, José Liborio y José Lorenzo, de apellidos Rubilar Gutiérrez, de Alejandro Albornoz Acuña, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González; y del fundo Pemehue:  Alberto Albornoz González, Felidor Exequiel Albornoz González, Jerónimo Humberto Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y José Fernando Gutiérrez Ascencio; 
b) Secuestro calificado de las siguientes 6 personas: Del fundo El Morro: Juan de Dios Laubra Brevis, José Florencio Yáñez Durán, Celsio Nicasio Vivanco Carrasco, Edmundo José Vidal Aedo, Domingo Sepúlveda Castillo y de Guillermo José Albornoz González, en el Fundo Carmen y Maitenes;

c) Inhumación ilegal de 12 cadáveres correspondientes a José Florencio, José Liborio y José Lorenzo, todos de apellidos Rubilar Gutiérrez, además de Alejandro Albornoz Acuña,  Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González (Del Fundo Carmen y Maitenes) y Alberto Albornoz González, Felidor Exequiel Albornoz González, Jerónimo Humberto Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y José Fernando Gutiérrez Ascencio (del Fundo Pemehue).

Asimismo, se somete a proceso a Julio Reyes Garrido, José Puga Pascua, José Iturriaga Valenzuela, Jaime Muller Áviles,  Julio Fuentes Chavarriga, Luis Palacios Torres, Juan Cares Molina, Juan Carlos Balboa Ortega y Jaime García Zamorano como:

a. Encubrimiento, en los términos del artículo 17 n° 2 del Código Penal, respecto de los delitos de homicidio calificado de las siguientes 11 personas: José Florencio, José Liborio y José Lorenzo, de apellidos Rubilar Gutiérrez, además de Alejandro Albornoz Acuña, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González (Del Fundo Carmen y Maitenes) y Alberto Albornoz González, Felidor Exequiel Albornoz González, Jerónimo Humberto Sandoval Medina y José Fernando Gutiérrez Ascencio (del Fundo Pemehue).

b. Coautoría, en los términos del artículo 15 n° 1 del Código Penal, de los delitos de exhumación ilegal, de los restos de las siguientes 11 personas: José Florencio, José Liborio y José Lorenzo, de apellidos Rubilar Gutiérrez, además de Alejandro Albornoz Acuña, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González (Del Fundo Carmen y Maitenes) y Alberto Albornoz González, Felidor Exequiel Albornoz González, Jerónimo Humberto Sandoval Medina y José Fernando Gutiérrez Ascencio (del Fundo Pemehue)

Debido a que los procesados Jorge Maturana Concha, Jacob del Carmen Ortiz Palma, Juan de Dios Higueras Álvarez, Osvaldo Enrique Díaz Díaz y Héctor Armando Guzmán Saldaña, están en libertad provisional, se les citó para el 29 de enero a fin de notificarles la resolución.

Respecto de los procesados Julio Reyes Garrido, José Puga Pascua, José Iturriaga Valenzuela, Jaime Muller Áviles,  Julio Fuentes Chavarriga, Luis Palacios Torres, Juan Cares Molina, Juan Carlos Balboa Ortega y Jaime García Zamorano, atendida la pena asignada a los delitos por los que se le encausa y el grado de participación, fue despachada orden de aprehensión en su contra, por la Brigada de Homicidios de Concepción de la Policía de Investigaciones de Chile. Permanecieron detenidos en el Regimiento Chacabuco de Concepción para ser notificados.


Condenan a miembros del Ejército y Carabineros por masacre de Mulchén en octubre de 1973

Fuente :Tribunadelbiobio.cl, 3 de Octubre 2017

Categoría : Prensa

Once ex integrantes del Ejército y Carabineros fueron condenados en primera instancia por el ministro para causas de violaciones de derecho humanos, Carlos Aldana de la Corte de Apelaciones de Concepción, por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado, homicidio calificado, inhumación y exhumación ilegal de 18 víctimas ejecutadas en Mulchén, en octubre de 1973, y cuyos restos fueron posteriormente, retirados ilegalmente.

En el fallo (causa rol 30-2007 y acumuladas), el ministro Aldana condenó a: Jacob Ortiz Palma, Juan de Dios Higueras Álvarez, Osvaldo Díaz Díaz y Héctor Guzmán Saldaña a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de coautores de los delitos de homicidio calificado de Florencio Rubilar Gutiérrez, José Liborio Rubilar Gutiérrez, José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, Alejandro Albornoz González, Luis Godoy Sandoval, Miguel Albornoz Acuña, Daniel Albornoz González, Alberto Albornoz González, Felidor Albornoz González, Jerónimo Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y José Gutiérrez Ascencio, cometidos en octubre de 1973, en los fundos Carmen, Maitenes y Pemehue, en la comuna de Mulchén.

Asimismo, Ortiz Palma, Higueras Álvarez, Díaz Díaz y Guzmán Saldaña deberán purgar 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los secuestros calificados de Juan de Dios Laubra Brevis, José Yañez Durán, Celsio Vivanco Carrasco, Edmundo Vidal Aedo, Domingo Sepúlveda Castillo y Guillermo Albornoz González. Ilícitos cometidos en octubre de 1973, en el fundo El Morro. Además de 541 días de presidio por la inhumación ilegal de las 12 víctimas de homicidio.

En tanto, José Iturriaga Valenzuela, Jaime Muller Avilés, Julio Fuentes Chavarriga, Luis Patricio Torres, Juan Carlos Balboa Ortega y Jaime García Zamorano fueron condenados a 3 años y un día de presidio, como encubridores del delito de homicidio simple de 11 víctimas de los fundos Carmen, Maitenes y Pemehue, más 541 días de presidios por su responsabilidad en la exhumación ilegal de dichas víctimas.

En el caso de Julio Reyes Garrido, el fallo lo condenó a purgar una pena de 3 años de presidio como encubridor de 11 homicidios simples, y a la pena de 300 días de presidio por su responsabilidad en la exhumación ilegal de esas víctimas. Absuelto resultó José Puga Pascua.

En la etapa de investigación, el ministro en visita logró establecer que el 4 de octubre de 1973 un cabo del regimiento N° 13 del Ejército de Chile con asiento en la ciudad de Los Ángeles junto a 3 conscriptos de la misma unidad fue comisionado para ponerse a disposición del Comisaría de Carabineros de la ciudad. Esa comisión acompaña de un teniente de Carabineros y 4 funcionarios de esa unidad partió al sector cordillerano de la localidad para buscar una lista de personas opositoras al gobierno de la época.

El 5 de octubre el grupo llegó hasta el fundo "El Morro" en el sector precordillerano de Mulchén y detuvo, sin orden administrativa o judicial legítima, a 5 personas que fueron interrogadas en un retén provisorio, y trasladadas hasta el sector "La Playita" del río Renaico donde fueron ejecutadas y sus cuerpos hechos desaparecer.

El 6 de octubre, la comitiva llegó hasta los fundos Carmen y Maitenes, donde se detuvo a 7 personas a las que se les obligó a cavar una fosa de 6 por 4 metros para luego ser fusilados en el lugar e inhumados ilegalmente. Horas más tarde se detuvo en el lugar a otro prisionero el que fue llevado por el grupo hasta la casa patronal del fundo Pemehue hasta donde se llegó al día siguiente.

El 7 de octubre, se detuvo a 5 personas en el fundo Pemehue, las que fueron ejecutadas en el lugar y sus cuerpos dejados en fosas clandestinas, donde fueron encontrados por sus familiares.

En tanto, entre fines de 1978 y principios de 1979 un sección del regimiento "Húsares" de Angol, luego de recibir un criptograma de la Comandancia en Jefe del Ejército de la época concurrió a las sitios de las inhumaciones ilegales y exhumó los restos y los hizo desparecer, pese a que un ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Concepción investigaba los hechos.

En el aspecto civil, el fallo condenó al fisco a pagar indemnización a familiares de la víctima.


Condenas irrisorias contra ex carabineros y militares por crímenes e inhumaciones ilegales en Mulchén

Fuente :resumen.cl, 31 de Octubre 2017

Categoría : Prensa

Indignación ha provocado en los familiares de las víctimas del caso Mulchén el fallo dictado este lunes 30 por el ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, quién condenó a 11 ex integrantes del ejército y de carabineros por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado, homicidio calificado, inhumación ilegal y exhumación ilegal de 18 víctimas ejecutadas en Mulchén, en octubre de 1973, y cuyos restos fueron posteriormente, exhumados ilegalmente para hacerlos desaparecer.

A todos los procesados, Aldana les condena a penas irrisorias dada la gravedad y cuantía de los delitos criminales indagados y dado el hecho de que se trata de delitos de lesa humanidad; además, el fallo les otorga a siete de los condenados el beneficio de la libertad vigilada, lo que se traduce en impunidad disfrazada. Familiares de las víctimas y abogados querellantes ya manifestaron su voluntad de apelar al fallo buscando penas acorde con los crímenes cometidos y con el sentido de la justicia.

En el fallo (causa rol 30-2007 y acumuladas), el ministro Aldana condenó a los ex carabineros: Jacob del Carmen Ortiz Palma, Juan de Dios Higueras Álvarez, Osvaldo Enrique Díaz Díaz y Héctor Armando Guzmán Saldaña a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de coautores de los delitos de homicidio calificado de Florencio Rubilar Gutiérrez, José Liborio Rubilar Gutiérrez, José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, Alejandro Albornoz González, Luis Godoy Sandoval, Miguel Albornoz Acuña, Daniel Albornoz González, Alberto Albornoz González, Felidor Albornoz González, Jerónimo Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y José Gutiérrez Ascencio, 12 crímenes cometidos en octubre de 1973, en los fundos Carmen, Maitenes y Pemehue, en la comuna de Mulchén. Estos cuatro condenados son los únicos que, en juicio de Aldana, deben cumplir pena efectiva de presidio.

Asimismo, Ortiz Palma, Higueras Álvarez, Díaz Díaz y Guzmán Saldaña deberán purgar 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los secuestros calificados de otras 6 víctimas, Juan de Dios Laubra Brevis, José Yañez Durán, Celsio Vivanco Carrasco, Edmundo Vidal Aedo, Domingo Sepúlveda Castillo y Guillermo Albornoz González. Estos crímenes fueron cometidos en octubre de 1973, en el fundo El Morro. Además de 541 días de presidio por la inhumación ilegal de las 12 víctimas de homicidio.

En tanto, los ejecutantes de la "Operación Retiro de Televisores", el ex oficial de ejército Jaime Oscar García Zamorano, y los ex suboficiales José María Iturriaga Valenzuela, Jaime Jorge Muller Avilés, Julio Hernán Fuentes Chavarriga, Luis Alberto Palacios Torres y Juan Carlos Balboa Ortega fueron condenados a solo 3 años y un día de presidio, solo en calidad de encubridores del delito de homicidio simple de 11 víctimas de los fundos Carmen, Maitenes y Pemehue, más 541 días de presidios por su responsabilidad en la exhumación ilegal de dichas víctimas.

En el caso del ex oficial de ejército Julio Guillermo Humberto Reyes Garrido, también implicado en la operación de desaparecimiento de las víctimas, el fallo lo condenó a purgar una pena de 3 años de presidio como encubridor de 11 homicidios simples, y a la pena de 300 días de presidio por su responsabilidad en la exhumación ilegal de esas víctimas.

Además, el ministro Aldana, absolvió al ex suboficial José Francisco Puga Pascua y Juan Luis Cares Molina resultó absuelto por fallecimiento.

La "Operación Retiro de Televisores" es una de las acciones más bestiales cometidas por la dictadura militar, por orden expresa del tirano, organizada con prontitud por la CNI y ejecutada con solicitud criminal por las hordas de agentes que se solazaron con el terror que provocaban y causaban entre sus víctimas, sobre los familiares de las víctimas y sobre la población en general.

Entre fines de 1978 y comienzos de 1979, personal del Regimiento «Húsares» de Angol, en cumplimiento de un criptograma proveniente de la Comandancia en Jefe del Ejército de la época, retiró los restos de quienes fueron ejecutadas en octubre de 1973, y llevados con destino desconocido, llevando a cabo la "Operación retiro de televisores" que fue ordenada para hacer desaparecer los restos de los detenidos desaparecidos que habían sido asesinados. Hechos como estos, no pueden seguir quedando impunes.

El condenado Jaime García Zamorano permanece en prisión en el Penal Punta Peuco, desde hace un par de años, donde cumple condena efectiva de siete años de prisión por dos delitos de homicidio en otras causas de derechos humanos.

Los hechos

En la etapa de investigación, el ministro en visita logró establecer que el 4 de octubre de 1973 un cabo del regimiento N° 13 del Ejército de Chile con asiento en la ciudad de Los Ángeles junto a 3 conscriptos de la misma unidad fue comisionado para ponerse a disposición del Comisaría de Carabineros de la ciudad. Esa comisión acompaña de un teniente de Carabineros y 4 funcionarios de esa unidad partió al sector cordillerano de la localidad para buscar una lista de personas opositoras al gobierno de la época.

El 5 de octubre el grupo llegó hasta el fundo «El Morro» en el sector precordillerano de Mulchén y detuvo, sin orden administrativa o judicial legítima, a 5 personas que fueron interrogadas en un retén provisorio, y trasladadas hasta el sector «La Playita» del río Renaico donde fueron ejecutadas y sus cuerpos hechos desaparecer.

El 6 de octubre, la comitiva llegó hasta los fundos Carmen y Maitenes, donde se detuvo a 7 personas a las que se les obligó a cavar una fosa de 6 por 4 metros para luego ser fusilados en el lugar e inhumados ilegalmente. Horas más tarde se detuvo en el lugar a otro prisionero el que fue llevado por el grupo hasta la casa patronal del fundo Pemehue hasta donde se llegó al día siguiente.

El 7 de octubre, se detuvo a 5 personas en el fundo Pemehue, las que fueron ejecutadas en el lugar y sus cuerpos dejados en fosas clandestinas, donde fueron encontrados por sus familiares.

En tanto, entre fines de 1978 y principios de 1979 un sección del regimiento «Húsares» de Angol, luego de recibir un criptograma de la Comandancia en Jefe del Ejército de la época concurrió a las sitios de las inhumaciones ilegales y exhumó los restos y los hizo desparecer, pese a que un ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Concepción investigaba los hechos.