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Ramos Hernández Rosa Humilde – Memoria Viva

Ramos Hernández Rosa Humilde

Alias : Rosita; Rosa; La Comandante;

Rut: 6.065.612-6

Cargos: Mayor de la Brigada Azul de la CNI

Grado : Sargento 2º

Rama : Ejército

Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)

CNI
Londres 38
Agrupación Blanco
Brigada Azul
Villa Grimaldi
José Domingo Cañas
Agrupacion Aguila
Cuartel Borgoño
Batallón de Inteligencia del Ejército
Dirección de Inteligencia del Ejército
Operación Colombo


El "escalafón femenino" de la tortura

Fuente :elsiglo.cl, 12 de Diciembre 2005

Categoría : Prensa

Junto a los torturadores consumados, entre los agentes más crueles en la sala de torturas aparecen las mujeres que se pusieron al servicio del terror. Un número muy importante estuvo en labores administrativas que permitieron el funcionamiento de los aparatos represivos, pero también en Chile las hubo en funciones operativas directas, en secuestros, torturas, ejecuciones y desaparición de prisioneros. Ésta es una muestra.

Ingrid Felicitas Olderock Benhard. Tuvo a cargo el entrenamiento del perro pastor alemán Volodia que se usó para violar a varias prisioneras en la Venda Sexy.

Simultáneamente a poner en operación el Cuartel Ollagüe, la DINA también puso en operación este centro de torturas conocido entre los detenidos como la Venda Sexy , aludiendo al hecho que una parte importante de las torturas que aquí se llevaron a cabo tuvieron relación con violaciones y aberraciones sexuales, entre las cuales estuvo el adiestrar a un perro ovejero alemán –al cual los agentes pusieron el nombre de Volodia, en referencia a un escritor entonces alto dirigente del Partido Comunista– para que éste violara a las detenidas que eran forzadas a asumir una posición que facilitara la penetración por parte del animal.

La Venda Sexy, al igual que el Cuartel Ollagüe, fue anteriormente una residencia particular en un sector de clase media. Este centro de torturas funcionó continua y sistemáticamente entre los meses de agosto a diciembre de 1974, aunque siguió siendo utilizada ocasionalmente en fechas posteriores. Durante el período en referencia una treintena de personas fueron muertas como producto de las torturas que les fueron aplicadas, o simplemente, fueron asesinadas.

Rosa Humilde Ramos. El importante caso del secuestro de Miguel Angel Sandoval se une al conocido como "de los 119", por el número de quienes se intentó hacer aparecer como muertos en riñas internas en Argentina en la denominada "Operación Colombo".

Testigos del secuestro de Sandoval relatan haberlo visto en Villa Grimaldi hasta el 10 de febrero de 1975, día en que es sacado junto a María Isabel Joui Petersen, María Teresa Eltit Contreras, Renato Sepúlveda Guajardo, Jorge Herrera Jofré y Claudio Silva Peralta, todos desaparecidos.

El testimonio de María Isabel Matamala entrega otro dato: fue detenida por Osvaldo Romo y llevada a Villa Grimaldi, torturada durante 15 días por el mismo Romo y Basclay Zapata, e interrogada por Moren, Krassnoff, Laureani, Ricardo Lawrence, Ferrer y una mujer apodada "la comandante", cuyo nombre era Rosa Humilde Ramos.

La sobreviviente María Salinas Farfán señala que vio a muchos detenidos que hoy están desaparecidos y que, entre los agentes, puede reconocer a Romo, Laureani, Krassnoff, Moren Brito, Luz Arce, Marcia Merino y Alicia Gómez (María Alicia Uribe Gómez), (a) La Carola (izq.).

Osvaldo Romo reconoce que entre los torturadores de Villa Grimaldi estaban César Manríquez, Wenderot y Palmira Almuna. Basclay Zapata, alias "el Troglo", declara que "en 1975 se casó con Teresa Osorio Navarro, también funcionaria del organismo" y que salía junto a Luz Arce a "porotear" en un vehículo por las calles de Santiago.

Teresa Osorio dice haber "ingresado como empleada civil de la Armada en 1974, siendo destinada a trabajar en la DINA, en el cuartel de Villa Grimaldi, como secretaria de Krassnoff. Supo que los agentes de la DINA estaban divididos en grupos, denominados ‘Halcón’, ‘Purén’, ‘Aguila’ y otros, llamándose ‘Caupolicán’ el conjunto de éstos. Reitera sus dichos en careo con Eugenio Fieldhouse (también agente), insistiendo que ella no salía a detener".

Fieldhouse, proveniente de Investigaciones, admite que entre los agentes de Villa Grimaldi se encontraban Teresa Osorio, Rosa Humilde Ramos y Palmira Almuna. Mientras que el sobreviviente Raúl Flores Castillo relata que fue detenido "por sujetos armados, uno de los cuales se identificó como Osvaldo Romo, lo subieron a un vehículo en el que había más personas, una mujer a la que le decían ‘la negra’ (Teresa Osorio) y un sujeto al que llamaban ‘el Troglo’".

Si bien muchas de las mujeres que pertenecieron a la DINA realizaron labores administrativas, existe un equipo que ha sido catalogado por los sobrevivientes como "las más sádicas y crueles". Entre ellas destacó la subteniente de Carabineros Ingrid Felicitas Olderock Oelckers, quien fuera instructora de torturadores ya en la escuela inicial de Tejas Verdes. Como integrante de la Brigada Purén fue adiestradora de los perros usados en las vejaciones sexuales cometidas contra hombres y mujeres en el cuartel secreto "Venda Sexy".

Palmira Isabel Almuna Guzmán, alias La Pepa, también subteniente de Carabineros, fue integrante de la Brigada Purén y torturadora en José Domingo Cañas bajo las órdenes de Ciro Torré Sáez, posteriormente trabajó bajo las órdenes de Pedro Espinoza Bravo.

Era la encargada de seleccionar e instruir a futuras agentes, que eran infiltradas como mujeres frívolas y bonitas en diversos ámbitos de relevancia política nacional. Pasó a la CNI y en 1985 retornó a Carabineros, desempeñándose en un centro correccional de menores en Iquique con el grado de comandante del escalafón femenino. Fue denunciada en su casa de Luis Beltrán 1000, en Pudahuel, el 31 de mayo de 2003, luego de lo cual no se le ha vuelto a ver por el barrio, probablemente viviría en Iquique.

Nélida Gutiérrez Rivera fue secretaria privada y amante de Manuel Contreras. Luego de la detención de su jefe, continuó como su secretaria a media jornada en las oficinas que éste tenía en la calle Ricardo Lyon, el resto del tiempo lo dedicaba a su Boutique "Mané" (Manuel y Nélida) en el caracol de Lyon y Providencia.

Si bien no se conoce con certeza el rol que cumplió Viviana Pincetti Barra, que aparece recibiendo sueldos de la DINA y es hija de Osvaldo Pincetti Gac, alias "charla", su padre la llevaba de "visita" a Villa Grimaldi y otros cuarteles del organismo represivo.

Variados testimonios hablan del terrible rol que cumplió Marcia Alejandra Evelyn Merino Vega, alias "la flaca Alejandra", como agente tras ser militante del MIR. Por estos días vive en una zona insular de Chile, desde la que viaja a Santiago para prestar declaraciones en los diversos juicios contra la DINA.

Luz Arce Sandoval, Convertida en agente pasó de militante del PS a la DINA. Sobrevivientes la recuerdan presente en las sesiones de tortura en Villa Grimaldi, Londres 38 y Cuatro Alamos. Continuó su trabajo en la CNI y en 1990 se puso a disposición de los tribunales para declarar en casos de desaparecidos. Hoy vive fuera de Chile y retorna circunstancialmente para aportar datos en procesos judiciales.

María Alicia Uribe Gómez, alias "Carola", de militante del MIR pasó a ser agente de la DINA, luego de la CNI y después de 1990 fue integrada al DINE. Junto a otras colaboradoras efectuaban verdaderos "desfiles de moda" con la ropa de prisioneras asesinadas en los cuarteles de la DINA. Fue vista en Villa Grimaldi, Cuatro Alamos y José Domingo Cañas.

Como "la comandante" era conocida Rosa Humilde Ramos Hernández, torturadora en José Domingo Cañas y Villa Grimaldi e integrante de la Agrupación Aguila de la Brigada Caupolicán. Su recuerdo es imborrable entre los sobrevivientes por su apariencia masculina y el sadismo que aplicaba en las torturas. Cruel es también María Teresa Osorio, alias "Soledad" o "la negra", esposa de Basclay Zapata.

En la Brigada Purén, dedicada a la represión del PS, el PC y la DC, aparecen con funciones la detective Ximena San Juan, Elsa del Tránsito Lagos Salazar, Francisca del Carmen Cerda Galleguillos y Nancy Edulia Vásquez Torrejón, alias "Pelusa".

En la Agrupación Halcón II de la Brigada Caupolicán, grupo que participó en el enfrentamiento con Miguel Enríquez, estaba María Gabriela Ordenes, alias "Marisol", a quien se vio presente en sesiones de tortura.

Agentes en funciones administrativas eran:

– Mirtha Espinoza Caamaño, secretaria de la DINA, que trabajó bajo el mando de Augusto Deitchler en la Subdirección de Inteligencia Interior.
– María Gabriela Coll Webar, secretaria del staff del Cuartel General.
– Marta Smock Teixido, secretaria del staff del Cuartel General en la Subdirección de Inteligencia Económica. – Sandra Montecinos Sepúlveda, secretaria del staff del Cuartel General.
– Eliana Quilodrán, alias "Ely", agente de la Dirección de Operaciones que actuaba bajo el mando de Pedro Espinoza Bravo en la sección de Educación e Informática.
– Teresa Aburto, secretaria de la Sección C-2, que continuó trabajando en la CNI y luego en el DINE.
– Enriqueta Salazar Contreras, secretaria de la Subdirección de Inteligencia Interior con labores directas con Rolf Wenderoth y que luego sería integrada a Carabineros.
– Maribel Maringue Moya, secretaria del Subdirector tras la salida de Wenderoth, y que posteriormente continúa cumpliendo funciones en la dirección de la CNI.

También aparecen:

– Ana María Rubio de la Cruz, alias "Carmen Gutiérrez", suboficial del Ejército y secretaria de la Subdirección de Inteligencia Exterior, implicada en el asesinato del general Carlos Prats y su esposa.
– María Eliana Moncada Prieto, secretaria de la Subdirección de Inteligencia Exterior, que luego se integra al Departamento de Contrainteligencia.
– Sara Aguila Márquez, asistente social de la Subdirección de Personal.
– Carmen Avila Ferrada, secretaria de Arturo Ureta Siré en la Subdirección de Inteligencia Exterior, posteriormente pasa a cumplir el mismo cargo en la CNI, bajo el mando del Coronel Suau.
– Alejandra Damián Serrano, que utilizaba el alias "Roxana", era secretaria de Michel Townley.

La enfermera María Eliana Bolumburú Taboada (Bolumburó según la lista de "Elissalde y Poblete") integró la Brigada de Salubridad de la DINA, trabajando en las clínicas clandestinas junto a varios médicos que asesoraban las torturas. El último dato de su paradero la ubicaba trabajando en una empresa farmoquímica de la calle Ejército y viviendo en una villa de Maipú.

La chica del Comando Conjunto

Parece que la única mujer del Comando Conjunto es la famosa Pochi, a quien se le vio vestida de uniforme escolar preguntando por personas que luego serían secuestradas. También estuvo activa en las torturas que se le infligieron a decenas de prisioneros en los centros clandestinos de tortura conocidos como Nido 20 y Nido 18.

Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, fue soldado (r) de la FACH, con destinación a la DIFA y al Comando Conjunto. Cónyuge del general Patricio Campos Montecinos, director general de Aeronáutica Civil hasta la denuncia realizada por el diario La Nación. Procesada en dictadura por el ministro Cerda como autora de asociación ilícita criminal y cómplice de la desaparición de Reinalda Pereira y Edrás Pinto, amnistiada por el juez Manuel Silva Ibáñez. Por estos días sigue siendo involucrada en los procesos que se llevan contra el Comando Conjunto.


Juez Montiglio procesó a 98 ex agentes por víctimas de la Operación Colombo – El golpe más grande a la represión

Fuente :La Nación 27 de mayo de 2008 

Categoría : Prensa

Entre los encausados, todos en retiro, hay ocho coroneles y 23 suboficiales de Ejército, 40 oficiales y suboficiales de Carabineros, dos ex agentes de la FACH, una ex agente de la Armada, y siete ex agentes de la Policía de Investigaciones.

El mayor golpe a la represión de la dictadura de Augusto Pinochet dio ayer el ministro Víctor Montiglio, al procesar a 98 ex agentes de distintas ramas de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones por 42 víctimas de la Operación Colombo.

Se trata de la resolución más numerosa dictada entre las casi 400 causas por violaciones de los derechos humanos que se instruyen en el país. Incluso superó a los 67 ex agentes encausados por el mismo juez Montiglio en 2007 por los crímenes de la Brigada Lautaro y su Grupo Delfín en el cuartel Simón Bolívar.

Entre los encausados por Colombo hay ocho coroneles de Ejército (R), seis de los cuales no habían procesados antes en ninguna causa. También fueron declarados reos 23 suboficiales de Ejército (R) de los cuales al menos el 50 por ciento aparecen por primera vez en este tipo de causas.

Entre estos suboficiales figura Juvenal Piña, alias "El Elefante", ex agente de la Brigada Lautaro, que fue quien asfixió al jefe comunista en la clandestinidad (1976) Víctor Díaz, con una bolsa plástica en su cabeza, previo a que le inyectaran cianuro.

Además el magistrado encausó a 40 ex agentes oficiales y suboficiales de Carabineros, entre los que están Ricardo Lawrence, Heriberto Acevedo, Claudio Pacheco y José Mora, todos ex integrantes de la misma Brigada. Entre los procesados hay también ex agentes que pertenecían a la Policía de Investigaciones. El único civil (Ejército) es Juan Suárez.

De la lista total, al menos trece ya se encuentran cumpliendo condena por otras causas (ver lista).

Hasta el cierre de esta edición los procesados seguían siendo detenidos para ser internados en distintos lugares, como el Batallón de Policía Militar de Peñalolén.

Entre las 42 víctimas por las cuales el ministró dictó su resolución, están María Angélica Andreolli, Miguel Acuña Castillo, Juan Carlos Perelmann Ide, Juan Chacón Olivares, Jorge Müller Silva, Luis Guendelmann Wisniak, Mario Calderón Tapia y Carmen Bueno Cifuentes.

La Operación Colombo y los medios

La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA.

La Operación Colombo fue parte de la Operación Cóndor, y consistió en un montaje de la dictadura para hacer creer a la población que 119 detenidos que se encontraban desaparecidos, habían salido clandestinamente a Argentina y allí murieron enfrentados con fuerzas policiales y del Ejército durante la fase previa al golpe militar de 1976 en Argentina.

Algunos de esos nombres aparecieron como militantes "asesinados" en Buenos Aires y alrededores, con carteles en sus cuerpos que decía que habían sido ejecutados por sus propios compañeros por ajuste de cuenta por rencillas internas. Sin embargo, ello también resultó un montaje.

La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA en el extranjero y tuvieron una única edición.

En Chile la prensa pro dictadura como los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y La Segunda, reprodujeron el montaje de los servicios de inteligencia. En el recuerdo quedó el titular del vespertino que informó "Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina". Ellos formaron parte de la lista de los 119 desaparecidos de Colombo.

El ex prófugo Raúl Iturriaga, quien era uno de los encargados del departamento exterior de la DINA, fue quien primero dio luces en Buenos Aires de este operativo.

Según el ex agente civil Enrique Arancibia Clavel, condenado en Buenos Aires por el crimen del general Carlos Prat y su esposa, fue Iturriaga quien a comienzos de 1975 se juntó con él para pedirle que preparara lo necesario porque "hay que hacer aparecer a unos muertos de la Operación Colombo".

Se trataba de preparar la aparición de los supuestos cuerpos de Jaime Robotham y Luis Guendelmann como parte del montaje.

Lista de procesados

Ejército (todos en retiro):

Víctor Molina Astete (coronel); Sergio Castillo González (crl); Eduardo Guerra Guajardo (crl); Víctor San Martín Jiménez (crl); José Fuentes Torres (crl); Manuel Carevic Cubillos (crl); Jaime Paris Ramos (crl); César Manríquez Bravo (crl); Raúl Toro Montes (suboficial); Eduardo Reyes Lagos (sub); Orlando Torrejón Gatica (sub); Osvaldo Tapia Alvarez (sub. Suicidado); Juvenal Piña Garrido (sub. “El Elefante”); Juan Suárez Delgado (civil); Nelson Paz Bustamante (sub); José Aravena Ruiz (sub); Luis Torres Méndez (sub); Raúl Soto Pérez (sub); Jorge Andrade Gómez (sub); Juan Escobar Valenzuela (sub); Rolando Concha Rodríguez (sub); Gustavo Apablaza Meneses (sub); Hiro Alvarez Vega (sub); Víctor Alvarez Droguett (sub); Jorge Venegas Silva (sub); Carlos Rinaldi Suazo (sub); Carlos Letelier Verdugo (sub)

Reinaldo Concha Orellana (sub); Máximo Aliaga Soto (sub); Hugo Clavería Leiva (sub); Samuel Fuenzalida Devia (sub); Investigaciones

Juan Urbina Cáceres; Hugo Hernández; Manuel Rivas Díaz; Herman Alfaro; Eugenio Fieldhouse; Osvaldo Castillo; Carabineros (oficiales y suboficiales todos en retiro)

Gerardo Godoy García; Ciro Torres Sáez, Alejandro Molina Cisternas; Camilo Torres Negrier; Héctor Lira Aravena; José Fritz Esparza; Claudio Pacheco Fernández; Jorge Sagardia Monge; Sergio Castro Andrade; Luis Villarroel Gutiérrez; Armando Cofré Gómez; Fernando Roa Montaña; Gerardo Meza Acuña; Enrique Gutiérrez Rubilar; Luis Mora Cerda; José Muñoz Leal; Juan Duarte Gallegos; Carlos Miranda Meza; Rufino Jaime Astorga; Luis Urrutia Acuña; Luis Zúñiga Ovalle; Pedro Alfaro Hernández; Orlando Inostroza Lagos; Rosa Ramos Hernández; Gustavo Caruvan Soto; Héctor Valdebenito Araya; Manuel Avendaño González; José Mora Diocares; Guido Jara Brevis; Nelson Ortiz Vignolo; Ruderlindo Urrutia Jorquera; Héctor Flores Vergara; Jerónimo Neira Méndez; Manuel Montré Méndez

Heriberto del Carmen Acevedo; Claudio Orerllana de la Pinta; Nelson Iturriaga Cortés; Luis Gutiérrez Uribe; José Ojeda Obando; Fuerza Aérea

Delia Gajardo Cortés; Hernán Avalos Muñoz

Armada

Teresa Navarro Osorio;

Procesados que ya cumplen condena

Manuel Contreras Sepúlveda; Pedro Espinoza Bravo; Raúl Iturriaga Neumann; Marcelo Moren Brito; Miguel Krassnoff Martchenko; Ricardo Lawrence Mires; Basclay Zapata Reyes; Conrado Pacheco; Francisco Ferrer Lima; Gerardo Urrich; Orlando Manzo Durán; Rizier Altez España; Fernando Lauriani Maturana


Los crímenes de Hualpén y la Vega Monumental

Fuente :liberacion.cl Miércoles 30 de septiembre de 2009   

Categoría : Prensa

Este 23 de septiembre, día en que recordamos 24 años del homicidio con explosivos de Jaime Orellana y Nelson Lagos en Chillán, se realizaron las reconstituciones de escena de los crímenes cometidos por los militares de las Fuerzas Armadas en comisión de servicio en la CNI donde con dedicación exclusiva procedían a planificar y ejecutar homicidios, algunos masivos como el del 23 de Agosto de 1984.

Con un gran despliegue policial en que participaron numerosos efectivos de la PDI – algunos extrañamente encapuchados como en dictadura- y los efectivos del GOPE se llevó a efecto la reconstitución de escena a cargo del Ministro Carlos Aldana quien en compañía de su abogado secretario David Bravo y la Abogada del Departamento de Derechos Humanos del Ministerio del Interior Señora Magdalena Garcés participaron a objeto de esclarecer los hechos criminales en que fueron ejecutados los dirigentes de la zona Sur del MIR el 23 de agosto de 1984.

En cada lugar donde se efectuaron las diligencias –Hualpén, Concepción y San Pedro – estuvieron presentes además de sus familiares y amigos, la Agrupación de Ejecutados Políticos del MIR de Concepción y organizaciones sociales de Hualpén. Se congregó numeroso público del sector y prensa de los distintos medios de comunicación que desde la distancia, -acordonada por los efectivos- estuvieron atentos a los movimientos que describían los hechos ocurridos en esos homicidios. Recordemos que en esta fecha fueron ejecutados siete compañeros miembros de la dirección Sur del MIR en la Operación denominada Alfa Carbón 1 por los Servicios de Seguridad de ese entonces cuyo objetivo era eliminar a los miembros de esa dirección del MIR.

Durante ese Operativo simultáneo fueron asesinados en Concepción Nelson Herrera y Mario Lagos, y en Hualpén Luciano Aedo Arias, en Los Ángeles Mario Mújica y en Valdivia (Juan José Boncompte, Rogelio Tapia y Raúl Barrientos.

Los ejecutores miembros de la CNI fueron comandados por Marcos Derpisch Miranda: Teniente Coronel de Ejército a cargo del operativo y secundado por Hugo José Hechenleitner

Teniente Coronel de Ejército, quienes comparecieron hoy al lugar de los hechos junto a otros cinco miembros de la ex CNI para reconstituir los hechos en la calle Grecia esquina Nápoles en la actual Comuna de Hualpén donde fué asesinado Luciano Aedo Arias.

Algunos de los nombres del escuadrón de la muerte que participaron en el operativo Alfa Carbón 1 en Concepción:

1. Marcos Derpisch Miranda: Teniente Coronel de Ejercito a cargo del operativo. Hoy continúa trabajando en la DINE , (Dirección de Inteligencia del Ejercito).

2. Hugo José Hechenleitner: Teniente Coronel su chapa era Antonio Martínez López.

3. Claudio Rodrigo Rosas Fernandez: Teniente Coronel de Ejército.

4. Víctor Manuel Muñoz Orellana: Sub Oficial del Ejercito su Chapa era Jaime Ricardo Marinovic Palma y fué quien disparó a Luciano Aedo.

5. Álvaro Corbalán Castilla (Mayor de Ejercito). Hoy preso en el Rissort de Punta Peuco.

6. Francisco Zúñiga Acevedo: Oficial de Ejercito. Ya fallecido, se fue sin pagar.

7. Jorge Mandiola Arredondo: Mayor de Ejercito.

8. Carlos Palma: Sub Oficial de Ejercito.

9. Leandro Montenegro (Sub Oficial de Ejercito) alias Farias.

10. Jorge Vargas: Civil.

11. Miguel Gajardo: Civil.

12. Andres Caris: Sub Oficial de Carabinero.

13. Egon Barra: Cabo de carabinero.

14. Rosa Humilde Ramos: Sub Oficial de Ejercito. La más temida dentro de sus pares. Le dicen " La Mala ".

15. Teresa Osorio: Sub Oficial de la Armada.

Estos son los que actuaron en la matanza de Concepción y Hualpén acompañados otro numeroso contingente de efectivos CNI, Ejercito, Carabineros y soplones.

En el caso de Los Ángeles donde asesinaron a Mario Mujica participaron en el numeroso contingente de malhechores:

1.- Bruno Antonio Soto Aravena

2.- José Artemio Zapata Zapata.

Actualmente se cree que uno de ellos dicen no se ha podido establecer cual, se encuentra viviendo en Los Ángeles y el otro en Concepción. Un tiempo breve los detuvieron y estuvieron presos, pero por supuesto al poco tiempo los soltaron y hoy gozan de plena libertad.

Después de concluir en Hualpén la comitiva se trasladó al sector de la Vega Monumental donde fueron ejecutados Nelson Herrera y Mario Lagos luego de haberse rendido y descendido con las manos en alto desde el Taxi bus en que viajaban. Este hecho es una muestra clara de cómo se violaron los derechos del detenido que desarmados y sin capacidad de respuesta armada fueron acribillados en presencia de los transeúntes y pasajeros del Bus en que viajaban, lo que constituye un doble homicidio.

Después de terminada la reconstrucción en Hualpén y Concepción el Ministro y su equipo de trabajo se trasladaron hasta la Población el Recodo en el camino a Santa Juana donde la CNI procedió a allanar la casa de la familia de Nelson Herrera en la que resultara detenida su esposa Patricia Zalaquet.

Hoy el Ministro Aldana ha obtenido en presencia de los imputados los detalles y características de estos crímenes que fueron presentados en esa época a la opinión pública como “enfrentamientos” de terroristas contra funcionarios de la CNI , aún cuando estos malhechores habían viajado expresamente desde Santiago para cometer los ilícitos.

Cabe hacer notar como lo hizo a la prensa el propio Ministro Aldana que este caso judicial se encontraba en la archivado en la Fiscalía Militar desde donde fue recuperado al parecer por el Departamento de Derechos Humanos del Gobierno para trasladarlo a manos de la Justicia Civil quien ahora tendrá la labor de procesar y dictar sentencia aunque el mismo Ministro señalara que no descarta nuevas diligencias.

Los Familiares de Ejecutados Políticos del MIR en Concepción esperamos mucho del señor Ministro, hasta el momento todas sus conclusiones en otros casos inculpan solo a los ejecutores materiales, al ultimo eslabón de la cadena de mando, al que haló del gatillo, dejando impune a los autores intelectuales y mandantes que daban las ordenes de asesinar, por ello es que esperamos que esta cadena del mando llegue hasta los Altos Mandos de las instituciones que disponían de aparatos de inteligencia con dedicación exclusiva para cometer crímenes y esos están incluso más arriba del propio Álvaro Corbalán Castilla (quien se excusó de asistir aunque participó en los hechos), por cuanto este bandido no se mandaba solo. Hoy trascendió que el Ministro habría sometido a proceso el segundo al mando de la CNI al que habría enviado en calidad de detenido al Regimiento Chacabuco, hasta el momento de escribir esta nota era solo un trascendido. Las órdenes de asesinar en una institución armada altamente jerarquizada y centralizada solo podia provenir desde el Estado Mayor de la Inteligencia con la debida aprobación y autorización del Gobierno de facto de los militares golpistas.

Llama la atención que los ex dirigentes del MIR de ésa época una vez más no estén presentes apoyando a los familiares ni se hagan parte en las querellas por verdad y justicia, ni acometan iniciativas contra la impunidad, es posible que anden a la caza de votos en lugar de cazar criminales.


Corte de Santiago condena a 23 ex agentes CNI por asesinatos en falso enfrentamiento en 1983

Fuente :resumen.cl, 18 de Noviembre 2021

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primer grado dictada por el ministro Miguel Vásquez Plaza el 19 de julio de 2019 que condenó a 23 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquián. Los crímenes fueron perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

En el fallo (causa rol 4741-2019), la Tercera Sala del tribunal de alzada – integrada por la ministra Verónica Sabaj Escudero, Alejandro Aguilar Brevis y Rodrigo Carvajal Schnettler – resolvió rechazar los recursos de apelación y de casación interpuestos por algunos condenados y confirmar la sentencia de primera instancia con la declaración de rebajar de 20 a 17 años de presidio las condenas aplicadas a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas de la CNI Roberto Urbano Schmied Zanzi, Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés, en calidad de coautores del delito. El primero de los condenados, Schmied Zanzi, ejercía como jefe de la División Metropolitana de la CNI; Corbalán Castilla era jefe de la División Antisubversiva y Aquiles González actuaba como jefe de la Brigada Azul, especializada en la represión al MIR.

En tanto, los ex oficiales de ejército Sergio María Canals Baldwin, Luis Arturo Sanhueza Ros, Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, Norman Antonio Jeldes Aguilar y los ex agentes José Abel Aravena RuizJosé Guillermo Salas Fuentes, Egon Antonio Barra Barra, Jorge Octavio Vargas Bories, Manuel Ángel Morales Acevedo y José Isaías Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio, como autores de los delitos.

Por su parte, los ex agentes Rodolfo Enrique Olguín González, Ema Verónica Ceballos Núñez, Luis Hernán Gálvez Navarro, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Javier Orellana Seguel, Miguel Fernando Gajardo Quijada, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Boris Méndez Santos, Raúl Hernán Escobar Díaz y Rafael Ricardo Ortega Gutiérrez, fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos.

En la causa se decretó la absolución de los agentes Zinaida Lena Vicencio González, Jorge Raimundo Ahumada Molina y Eduardo Martín Chávez Baeza, por no acreditarse su participación en este hecho. Otro procesado en esta causa, el ex PDI Jorge Arnaldo Barraza Riveros, falleció en el curso del proceso; en tanto, sigue en calidad de prófugo el procesado ex oficial de Carabineros Miguel Ángel Patricio Soto Duarte.

Este falso enfrentamiento fue realizado por la CNI el mismo día y a continuación de que perpetrara las ejecuciones de otros tres militantes del MIR en calle Fuenteovejuna, en un hecho criminal también orquestado como falso enfrentamiento. Judicialmente, ambos sucesos se tramitan como episodios separados, en circunstancias que se trató de una sola operación represiva.

En la investigación del hecho represivo quedó demostrado que el organismo represivo de la dictadura desarrolló una operación de seguimiento y vigilancia durante los meses previos sobre un conjunto de miembros del MIR que actuaban en la clandestinidad en la lucha de resistencia contra el régimen tirano. Con los datos obtenidos de esa observación previa, la CNI orquestó la operación de exterminio que significó la detención de una decena de personas, el ataque y asesinato de los tres moradores de la casa en calle Fuenteovejuna, en la comuna de Las Condes, y luego el ataque y asesinato de otros dos militantes en la casa de calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

El día 7 de septiembre de 1983, decenas de agentes de la CNI, de la SIFA, de la Policía de Investigaciones y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera, de 39 años de edad. Además, con ocasión de ir llegando al mismo domicilio donde residía, fue abatido por múltiples heridas de bala, y ejecutado en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, Alejandro Salgado Troquián, de 30 años de edad.

Un menor de edad, hijo adoptivo de Salgado y residente en la vivienda junto con Salgado y Ratier, fue víctima y testigo de los hechos pero en medio de la balacera logró huir hacia casas del vecindario, salvando así la vida y denunciando luego el criminal ataque.


Las mujeres de la DINA: leales e impunes

Fuente :cooperativa.cl, 25 de Febrero 2019

Categoría : Prensa

La detención de Adriana Rivas en Australia, luego que tribunales chilenos demandaban su extradición desde hacía años, ha repuesto el tema de las mujeres que conformaron la DINA y la CNI. Si decidiese colaborar desde su experiencia de secretaria de Manuel Contreras entre el 73 y el 76 serían muchas y significativas las interrogantes.

¿Qué fue de las prisioneras embarazadas?

¿Nacieron hijos en cautiverio? o ¿quiénes eran los empresarios inversionistas del fondo secreto de la Dina?

Su imagen y palabras las conocemos desde el documental "El pacto de Adriana", realizado por la directora Lissette Orozco, una sobrina que la conoció como su tía “Chany”.

En la película ella le responde a Lissette: “¿Por qué te digo que son los mejores días de mi vida? Porque esa parte […] de la vida de los ricos estaba vetada para mí. ¿Tú crees que yo habría podido si hubiese sido secretaria ejecutiva, haber ido a almorzar al Palacio Cousiño?”

Con tranquilidad y convicción Adriana opina sobre la aplicación de tortura “era la única manera de quebrar a la gente”, a la vez que afirma tener “lindos recuerdos” de Contreras como persona y jefe.

Una sola mujer encarcelada. Entre los centenares de procesados y condenados por violaciones a los DD.HH, existe una sola mujer-agente encarcelada en el Centro de Orientación Femenina de Vicuña Mackenna. Es Ema Ceballos Núñez, conocida como la “Flaca Cecilia”, quien cumple condena por el secuestro de cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) en 1987. A la vez, formó parte de la Brigada Azul de la CNI en Valdivia donde fue la autora de la muerte de Juan José Boncompte, en agosto de 1984.

Mujeres haciendo el mal.

¿La condición de mujeres habrá inhibido a los ministros investigadores o a las policías auxiliares?

La investigadora en temas de mujeres y memoria Tamara Vidaurrázaga responde: “el esencialismo dice que somos naturalmente buenas, quizás es por eso que cuesta verlas como mujeres que eligieron hacer el mal.”

Ingrid Olderock Bernhard es una figura destacada en este Bestiario. Tuvo responsabilidad de jefatura y se destacó como instructora de perros que violaban a mujeres y hombres encarcelados.

La edición de El Siglo en diciembre 2004 se refería al “escalafón femenino” de la tortura. La doctora y sobreviviente María Isabel Matamala ha testimoniado que fue detenida y torturada por Osvaldo Romo y que entre los hombres interrogadores estaba una mujer apodada “la comandante”, cuyo nombre era Rosa Humilde Ramos Hernández.

En octubre de 1991, la periodista Gladys Díaz, sobreviviente de Villa Grimaldi escribía para la revista Análisis una crónica titulada ¿Dónde están hoy los dinos de ayer? En ella se refería las mujeres militantes de izquierda que “bajo atroces apremios” la DINA convirtió en colaboradoras: Marcia Merino la “flaca Alejandra” y Luz Arce. Gladys establecía que ellas dos habían comenzado a colaborar con las investigaciones procesales a diferencia de la “Carola”- María Alicia Uribe Gómez – que hasta ese momento seguía como funcionaria de la DINE.

Enfermeras causando la muerte

 En el cruce de listas de mujeres-agentes hay fácilmente un centenar de nombres. Pero hay algunos que destacan y reiteran. María Teresa Osorio Navarro, alias “Soledad” o “negra” quien se desempeñó como secretaria de Miguel Krassnoff.

En la Brigada Purén aparecen con funciones la detective Ximena San Juan, Elsa del Transito Lagos Salazar y Nancy Edulia Vásquez Torrejón, alias la “Pelusa”.

En la Agrupación Halcón II de la Brigada Caupolicán estaba María Gabriela Órdenes, alias “Marisol”. En ese extenso listado están Nélida Gutiérrez Rivera quien fue secretaria y amante de Contreras y Viviana Pincetti Gaca, hija de Osvaldo el hipnotizador.

Hubo agentes-mujeres que oficiaban o eran enfermeras. Por ejemplo María Eliana Bolumburú Taboada que integro la brigada de salubridad de la DINA y Gladis Calderón que inyectaba drogas letales a los prisioneros y prisioneras. Ambas fueron procesadas y pese a la gravedad de sus crímenes hoy ninguna cumple condena.

Meretrices y damas de compañía.

Para el periodista Manuel Salazar el tema de las mujeres de la DINA-CNI aún está pendiente de investigar a fondo. “Por ejemplo existió una brigada de inteligencia de la FACH encabezada por la “Pochi”- Viviana Lucinda Ugarte Sandoval – conformada para infiltrar y obtener información a cambio de favores sexuales. Además, muchas de ellas después se emparejaron con uniformados”.

Otro caso es el de la agente Palmira Isabel Almuna Guzmán, alias “la Pepa” cuya tarea en la casa de tortura de José Domingo Cañas era seleccionar e instruir a mujeres-agentes que debían seducir para obtener información.

Las redes de protección.

En el ocultamiento de estas decenas de mujeres-agentes no sólo han funcionado las redes familiares, también están operando otras con medios y capacidades multiplicadas. Así lo confirma el periodista de investigación Manuel Salazar. “Creo que varias de las más importantes torturadoras han tenido muy buenas redes de protección y en eso ha destacado la inteligencia naval. La Armada ha vuelto invisible a su personal implicado en atropellos y violaciones a los DD.HH”.

Cuando no hay justicia hay funa

Julio Oliva de la Comisión Funa señala: “el próximo octubre cumpliremos 20 años de activismo en contra de la impunidad, de las cerca de 300 funas cuatro han sido a mujeres torturadoras: Italia Vaccarella Gilio; Rosa Humilde Ramos Hernández y a Ema Ceballos. Además de a Luz Arce. Y en Australia coordinados con la comunidad de allá a Adriana Rivas”.

Con un promedio de edad menor que sus colegas varones, seguramente con mayor facilidad para alterar su apariencia hoy simplemente están pasando “coladas” entre tantos agentes hombres. Incluso, es muy posible que cobren sus pensiones como ex funcionarias de las instituciones uniformadas y sean hasta esmeradas abuelitas como es el caso de la agente Luisa Mónica Lagos o “Liliana Walker” quien disfruta de sus años dorados en Estados Unidos.

Ahora, sólo resta esperar como se resolverá la solicitud de extradición de Adriana Rivas, al menos su sobrina ya tiene claro quién fue realmente su tía “Chany”.


Corte Suprema manda a la cárcel a 59 ex agentes DINA por la Operación Colombo

Fuente :radio.uchile.cl, 3 de Marzo 2023

Categoría : Prensa

La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile.

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema revocó sentencia que había absuelto a más de 60 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los condenó como responsables de la desaparición de 16 militantes de izquierda, mayoritariamente del MIR, en el proceso conocido como Operación Colombo, y que en este caso fue perpetrado entre el 17 de junio de 1974 y 6 de enero de 1975 durante la dictadura de Augusto Pinochet.

El fallo fue emitido por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y Diego Simpertigue, y revocaron la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y condenaron a los ex jefes y oficiales de la DINA César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como autores de los delitos de secuestro calificado de las víctimas.

Del mismo modo, el tribunal condenó a 53 ex agentes a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autores del mismo delito, quienes habían sido absueltos anteriormente por el tribunal de alzada capitalino, a pesar de haber estado condenados en primera instancia como cómplices y autores. Además, esta vez todos deberán ingresar a la cárcel, encontrándose alguno de ellos ya en prisión por otros delitos de lesa humanidad.

Se trata de los ex agentes DINA Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic, Rosa Humilde Ramos Hernández, Nelson Alberto Paz Bustamante, Jose Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Manuel Heriberto Avendaño Gonzalez, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo Del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Diaz, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Evangelista Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael De Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara, Olegario Enrique González Moreno, Werner Zanghellini, Hector Flores Vergara.

Jaime Alfonso Fernández Garrido, recibió una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de secuestro calificado de Ida Vera Almarza. Mientras que Samuel Fuenzalida Devia fue condenado a 541 y un día por el mismo delito, mas no cumplirá tiempo en la cárcel.

Se trata de un proceso extenso que tuvo su primera sentencia de primera instancia en 2017 a manos del ministro Hernán Crisosto Greisse. En el transcurso de la investigación han fallecido algunos agentes como Basclay Zapata, Ciro Torré, Manzo Duran, Ricardo Lawrence, entre otros.

Para Nelson Caucoto, abogado querellante, representante de 13 de las 16 víctimas, este es “un fallo trascendente en la historia judicial chilena, puesto que la Corte Suprema ha restituido el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, los que habían quedado literalmente en una .situación de impunidad inaceptables. El máximo tribunal ha desechado una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y ha acogido los recursos de los querellantes”, señaló.

Caucoto agrega que “se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna. Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”.

La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile por la DINA, las que habrían perecido luego de enfrentarse entre ellos.

Este proceso investigó la suerte de 16 de esas 119 víctimas. Se trata de Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro.


Condenan a ex agentes de la CNI por falso enfrentamiento

Fuente :eldinamo.cl, 22 de Julio 2019

Categoría : Prensa

Los hechos ocurrieron en la comuna de Quinta Normal, el 7 de septiembre de 1983. El ministro en visita condenó a Roberto Schmied Zanzi, Álvaro Corbalán Castilla y Aquiles González Cortés a la pena de 20 años de presidio.

Por su responsabilidad en los homicidios de Alejandro Salgado Troquián y Hugo Ratier Noguera, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó a 23 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI).

Los hechos ocurrieron en la comuna de Quinta Normal, el 7 de septiembre de 1983, y se dieron a conocer en su momento como un enfrentamiento, que resultó ser falso.

El ministro Vázquez condenó a Roberto Schmied Zanzi, Álvaro Corbalán Castilla y Aquiles González Cortés a la pena de 20 años de presidio. Mientras que los ex agentes José Aravena Ruiz, José Salas Fuentes, Luis Arturo Sanhueza Ross, Egon Barra Barra, Jorge Vargas Bories, Norman Jeldes Aguilar, Fernando Rojas Tapia, Manuel Morales Acevedo, Sergio Canals Baldwin y José Vidal Veloso deberán pasar 15 años y un día de presidio como autores de los delitos.

En calidad de cómplices fueron condenados a 10 años y un día de presidio Raúl Méndez Santos, Rodolfo Olguín González, Ema Ceballos Núñez, Miguel Gajardo Quijada, Rosa Ramos Hernández, Francisco Orellana Seguel, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Escobar Díaz, Rafael Ortega Gutiérrez y Luis Gálvez Navarro.

Durante la investigación de la causa, el ministro Vázquez logró establecer que Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquián murieron por impactos de bala recibidos por la espalda, luego de que agentes de la CNI, de la Policía de Investigaciones de Chile y de otros organismos represivos comenzaron a disparar sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble ubicado en calle Janequeo 5707.


Operación Colombo: Corte Suprema condena a 25 agentes DINA por crimen de detective mirista en 1974

Fuente :resumen.cl, 22 de Septiembre 2023

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a 25 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado del fotógrafo Teobaldo Antonio Tello Garrido, detenido desaparecido desde el 22 de agosto de 1974 y una de las 119 víctimas que aparecieron en las nóminas de la maniobra de desinformación internacional conocida como "Operación Colombo".

Teobaldo Tello, de 25 años de edad, casado, era detective de la Policía de Investigaciones, fotógrafo, y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido y secuestrado en horas de la tarde del día 22 de agosto en la vía pública cuando se disponía a sostener un contacto clandestino en la zona centro de Santiago. Su detención formó parte de una redada represiva sobre miembros del MIR vinculados a Investigaciones y al Gabinete de Identificación.

En la sentencia (rol 36.979-2020),  la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y los abogados (i) Eduardo Morales y Gonzalo Ruz- rechazó los recursos de casación interpuestos por los condenados y descartó error en la sentencia impugnada.

El fallo del máximo tribunal condenó a los ex oficiales de Ejército y jerarcas de la DINA César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a la pena de 13 años de presidio por su responsabilidad como autores del delito.

En tanto, también como autores del delito fueron sentenciados a 10 años de presidio los ex oficiales Gerardo Ernesto Godoy García y Manuel Andrés Carevic Cubillos, y los ex agentes Nelson Alberto Paz Bustamante, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, José Alfonso Ojeda Obando, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Claudio Enrique Pacheco Fernández,  José Abel Aravena Ruiz, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Palmira Isabel Almuna Guzmán Leonidas Emiliano Méndez Moreno, y Hermon Helec Alfaro Mundaca, Luis Rigoberto Videla Inzulza y Jorge Segundo Madariaga Acevedo, siendo estos tres últimos funcionarios de la Policía de Investigaciones comisionados en la DINA.

El agente el ex agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia deberá purgar una pena de 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, como autor del delito.

Finalmente el ex agente Víctor Manuel Álvarez Droguett fue sentenciado a una pena de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, cómo cómplice del delito.

La sentencia desestimó infracción en los hechos establecidos por los tribunales de primera instancia al tratarse de crímenes de lesa humanidad.

"Que en cuanto a la causal contenida en el artículo 546 N°2 del Código de Procedimiento Penal, atendida la naturaleza de los sucesos demostrados, los que resultan inalterables para esta Corte desde que fue desestimada la causal que permite su modificación, no cabe duda que los mismos fueron cometidos en carácter de crimen de lesa humanidad, toda vez que el ilícito pesquisado ocurrió en un contexto de violaciones a los derechos humanos graves, masivas y sistemáticas, verificadas por agentes del Estado, constituyendo la víctima de este caso un instrumento dentro de una política a escala general de exclusión, hostigamiento, persecución o exterminio de un grupo de numerosas personas a quienes, en la época inmediata y posterior al once de septiembre de mil novecientos setenta y tres, se les sindicó de pertenecer ideológicamente al régimen político depuesto o que por cualquier circunstancia fuera considerado sospechoso de oponerse o entorpecer la realización de la construcción social y política ideada por los detentadores del poder, garantizándoles la impunidad a los ejecutores de dicho programa mediante la no interferencia en sus métodos, tanto con el ocultamiento de la realidad ante la solicitud de los tribunales ordinarios de justicia de informes atingentes, como por la utilización del poder estatal para persuadir a la opinión pública local y extranjera que las denuncias formuladas al efecto eran falsas y respondían a una campaña tendiente a desprestigiar al régimen militar autoritario.

Agrega: "Que se denominan crímenes de lesa humanidad aquellos injustos que no sólo contravienen los bienes jurídicos comúnmente garantizados por las leyes penales, sino que al mismo tiempo suponen una negación de la personalidad moral del hombre, de suerte tal que para la configuración de este ilícito existe una íntima conexión entre los delitos de orden común y un valor agregado que se desprende de la inobservancia y menosprecio a la dignidad de la persona, porque la característica principal de esta figura es la forma cruel con que diversos hechos criminales son perpetrados, los que se contrarían de forma evidente y manifiesta con el más básico concepto de humanidad; destacándose también la presencia del ensañamiento con una especial clase de individuos, conjugando así un eminente elemento intencional, en tanto tendencia interior específica de la voluntad del agente.

En definitiva, constituyen un ultraje a la dignidad humana y representan una violación grave y manifiesta de los derechos y libertades proclamadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, reafirmadas y desarrolladas en otros instrumentos internacionales pertinentes".

En la investigación judicial, y fallo de primera instancia, el ministro en visita Hernán Crisosto Greisse estableció que el secuestrado Teobaldo Tello fue llevado por sus captores al recinto de reclusión clandestino denominado "Ollagüe", ubicado en calle José Domingo Cañas N° 1367, de la comuna de 'uñoa, y posteriormente lo trasladaron a los recintos clandestinos de detención de "Villa Grimaldi", ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina y a "Cuatro Álamos", ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, recintos que eran controlados por la DINA.

Durante su estadía en los cuarteles de José Domingo Cañas, Villa Grimaldi y Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de los miembros de esa organización.

En estos recintos Tello Garrido fue visto por otros detenidos sobrevivientes con sus brazos y piernas quebradas producto de las torturas. La última vez que se le vio con vida ocurrió un día no determinado del mes de septiembre de 1974.

El nombre de Teobaldo Antonio Tello Garrido apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista "LEA" de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se decía que había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas entre esos miembros. Las referidas publicaciones fueron producto de maniobras de desinformación efectuadas por la DINA, en lo que se ha conocido como "Operación Colombo".

por Darío Núñez


Corte Suprema confirma condenas de 22 agentes CNI por crímenes en falso enfrentamiento en Quinta Normal en septiembre de 1983

Fuente :resumen.cl, 27 de Enero 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó las condenas contra 22 agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de los militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Hugo Ratier Noguera y Alejandro Salgado Troquián. Los crímenes fueron perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en un falso enfrentamiento en calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal, en Santiago.

En fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal (causa rol 10.047-2022) -integrada por los ministro Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos Sagristá, Jean Pierre Matus, y el abogado (i) Gonzalo Ruz L. y la abogada (i) Leonor Etcheberry C.- descartó error de derecho en la sentencia y rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuesto por la casi totalidad de los condenados en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictado en noviembre de 2021, que a su vez confirmó con algunos cambios la de primera instancia, dictada en julio de 2019 por el ministro Miguel Vásquez Plaza.

En la resolución la Segunda Sala confirma las condenas aplicadas a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas de la CNI Roberto Urbano Schmied Zanzi, Álvaro Julio Federico Corbalán  Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés, quienes quedan condenados a 17 años de presidio, en calidad de coautores del delito. El primero de los condenados, Schmied Zanzi, ejercía como jefe de la División Metropolitana de la CNI; Corbalán Castilla era jefe de la División Antisubversiva y Aquiles González actuaba como jefe de la Brigada Azul, especializada en la represión al MIR.

En tanto, los ex oficiales de ejército y operativos de la CNI Sergio María Canals Baldwin, Luis Arturo Sanhueza Ros, Fernando Rafael Mauricio Rojas Tapia, Norman Antonio Jeldes Aguilar y los ex agentes José Abel Aravena Ruiz, José Guillermo Salas Fuentes, Egon Antonio Barra Barra, Jorge Octavio Vargas Bories y José Isaías Vidal Veloso deberán purgar 15 años y un día de presidio, como autores de los delitos.

Por su parte, los ex agentes Rodolfo Enrique Olguín González, Ema Verónica Ceballos Núñez, Luis Hernán Gálvez Navarro, Rosa Humilde Ramos Hernández, Francisco Javier Orellana Seguel, Miguel Fernando Gajardo Quijada, Juan Carlos Vergara Gutiérrez, Raúl Boris Méndez Santos, Raúl Hernán Escobar Díaz y Rafael Ricardo Ortega Gutiérrez, fueron sentenciados a 10 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos.

El agente Manuel Ángel Morales Acevedo, también condenado en las instancias previas, falleció en el curso del proceso.

Falso enfrentamiento

El día 7 de septiembre de 1983, decenas de agentes de la CNI, de la SIFA, de la Policía de Investigaciones y de otros organismos represivos fueron hasta el domicilio ubicado en calle Janequeo N° 5707, comuna de Quinta Normal, que estaba siendo vigilado desde hace algunas semanas, procediendo a rodear y a acordonar el lugar, para luego mediante el uso de una base de fuego y otros armamentos, disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego contra el inmueble, producto de lo cual resultó muerto por diversas heridas de bala en el patio trasero de la vivienda, Hugo Ratier Noguera.

Simultáneamente, con ocasión de ir llegando al barrio y al mismo domicilio donde residía, el militante Alejandro Salgado Troquián fue abatido por múltiples heridas de bala, y ejecutado en la vía pública, esto es, en calle Janequeo frente al número 5946, a dos cuadras de la vivienda atacada.

Hugo Norberto Ratier Noguera, de 39 años de edad, era de nacionalidad argentina, originario de Misiones, y residía en Chile desde 1970. Era dirigente del MIR y se mantenía activo en la clandestinidad. Era casado y padre de tres hijos; poco antes de estos hechos su esposa e hijos habían abandonado el país por razones de seguridad. Alejandro Salgado Troquián, de 30 años de edad, de profesión veterinario, también militante del MIR, era casado y padre sustituto de los hijos de su pareja.

Un menor de edad, hijo adoptivo de Salgado y residente en la vivienda junto con Salgado y Ratier, fue víctima y testigo de los hechos pero en medio de la balacera logró huir hacia casas del vecindario, salvando así la vida y denunciando luego el criminal ataque.

Este falso enfrentamiento fue realizado por la CNI el mismo día y a continuación de que perpetrara las ejecuciones de otros tres militantes del MIR en calle Fuenteovejuna, en la comuna de Las Condes, en un hecho criminal también orquestado como falso enfrentamiento y en donde fueron asesinados Arturo Vilavella Araujo, Lucía Orfilia Vergara Valenzuela y Sergio Peña Díaz. Los tres habían regresado clandestinamente a Chile para integrarse a la lucha contra la dictadura. Judicialmente, ambos sucesos se tramitan como episodios separados, en circunstancias que se trató de una sola operación represiva.

En la investigación del hecho represivo quedó demostrado que el organismo represivo de la dictadura desarrolló una operación de seguimiento y vigilancia durante los meses previos sobre un conjunto de miembros del MIR que actuaban en la clandestinidad en la lucha de resistencia contra el régimen tirano. Con los datos obtenidos de esa observación previa, la CNI orquestó la operación de exterminio que significó la detención de una decena de personas, el ataque y asesinato de los tres moradores de la casa en calle Fuente Ovejuna, y luego el ataque y asesinato de otros dos militantes en la casa de calle Janequeo de la comuna de Quinta Normal.

por Darío Núñe


Operación Colombo: Corte Suprema condena a 30 ex agentes DINA por secuestro calificado de joven mirista en 1975

Fuente :resumen.cl, 23 de Febrero 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del estudiante del Instituto Superior de Comercio de Talca Francisco Eduardo Ugás Morales, de 22 años de edad, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quien fue secuestrado a partir del 7 de febrero de 1975, en la comuna de Estación Central, en Santiago.

El nombre de Rodrigo Ugás apareció, posteriormente, en el listado de 119 personas detenidas desaparecidas incluidas en la maniobra de desinformación implementada por la DINA y la dictadura conocida como "Operación Colombo".

En fallo unánime (causa rol 63-094-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari- acogió los recursos de casación en el fondo deducidos por los querellantes y estableció error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en abril de 2020, anulándola y reemplazándola.

En la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema confirmó la sentencia de primer grado dictada por el ministro Hernán Crisosto Greisse en junio de 2015 y que condenó a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas DINA Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito.

En tanto, los ex oficiales Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García y Manuel Andrés Carevic Cubillos, y los ex agentes Pedro René Alfaro Fernández, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Luis René Torres Méndez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Carlos Eusebio López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Insunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Mora Villanueva, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Rosa Humilde Ramos Hernández, José Abel Aravena Ruiz, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Silvio Antonio Concha González y Roberto Hernán Rodríguez Manquel deberán cumplir 10 años y un día de presidio, como coautores del secuestro calificado.

En el caso, del agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia, se confirmó la resolución del ministro en visita Hernán Crisosto, que lo condenó a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena. Al menos otros 11 agentes condenados en el fallo de primera instancia fallecieron en el curso del proceso.

En la resolución, la Segunda Sala establece que: "….aparece claro que los jueces del grado al momento de resolver la controversia sometida a su conocimiento y absolver a los acusados Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Pedro René Alfaro Fernández, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Luis René Torres Méndez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Carlos López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Insunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leonidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Mora Villanueva, Víctor Manuel Molina Astete y Fernando Enrique Guerra Guajardo, han incurrido en los errores de derecho denunciados por el querellante, al estimar, en síntesis, según se evidencia del razonamiento que antecede, …. reduciendo artificialmente la responsabilidad atribuida a cada uno de ellos a su condición de agentes de la DINA, mediante una reproducción incompleta de los fundamentos esgrimidos por el tribunal de primera instancia…..", sostiene el fallo.

"Que por otro lado -prosigue-, como ya se ha esbozado, adicionalmente a dicha calificación jurídica, los sentenciadores estimaron…., que los hechos fueron cometidos en un contexto de ataque sistemático o generalizado en contra de la población civil, lo que determinó que el ilícito establecido fuera, además, considerado como crímenes de lesa humanidad, por atentar contra normas ius cogens del Derecho Internacional Humanitario, y por lo mismo, sometido a dicho estatuto jurídico internacional".

Villa Grimaldi

En la sentencia de primera instancia, el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto Greisse estableció que en horas de la tarde del día 7 de febrero de 1975, miembros de la DINA, detuvieron en la vía pública en el sector de Estación Central, en Santiago, a Rodrigo Eduardo Ugás Morales, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA, denominado 'Cuartel Terranova' o 'Villa Grimaldi', ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina, que era custodiado por guardias armados y al cual solo tenían acceso los agentes de la DINA.

El detenido Ugás Morales durante su estada en el cuartel de Villa Grimaldi, según testimonios de sobrevivientes, permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel.

La última vez que Rodrigo Ugás Morales fue visto por otros detenidos, ocurrió un día no determinado a fines de febrero de 1975, encontrándose desaparecido desde esa fecha. 


Operación Colombo: Corte Suprema confirma condenas de 24 ex agentes DINA por secuestro calificado de dirigente UdeC en Santiago en 1974

Fuente :resumen.cl, 26 de Febrero 2024

Categoría : Prensa

La Corte Suprema rechazó los recurso de casación en la forma y en el fondo interpuestos por las defensas, en contra de la sentencia que condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del estudiante de sociología Ariel Martín Salinas Argomedo, cometido a partir del 25 de septiembre de 1974 en Santiago. 

El nombre de Ariel Salinas Argomedo apareció, posteriormente, en el listado de 119 personas detenidas desaparecidas incluidas en la maniobra de desinformación implementada por la DINA y la dictadura conocida como "Operación Colombo".

En fallo unánime (causa rol 135.568-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari-, acogió el recurso de casación en la forma deducido por la querellante Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, consecuencialmente, invalidó la sentencia impugnada, solo en la parte que absolvió al acusado Manuel Heriberto Avendaño González y, en sentencia de reemplazo, lo condenó a 10 años de presidio, en calidad de autor del delito.

El fallo de la Corte Suprema confirmó las sentencias de los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas DINA César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann quienes deberán cumplir 13 años de presidio, por su responsabilidad como autores del secuestro calificado.

Mientras que, además del ya aludido Manuel Heriberto Avendaño González, los ex oficiales, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Gerardo Ernesto Godoy García, Palmira Isabel Almuna Guzmán, y los ex agentes Hermón Helec Alfaro Mundaca, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, José Alfonso Ojeda Obando, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Pedro Ariel Araneda Araneda, y Juan Evaristo Duarte Gallegos deberán purgar 10 años de reclusión, todos condenados en calidad de autores del delito.

Otros 12 agentes, también condenados en el fallo de primera instancia, dictado por el ministro Hernán Crisosto Greisse en octubre de 2015, fallecieron en el curso del proceso.

Respecto del caso del acusado Manuel Avendaño González la Sala Penal señala: "(…) en tales condiciones, el recurso propuesto por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del ramo, deberá ser acogido, desde que de la sola lectura de la sentencia objetada se evidencia en ella fundamentos que resultan completamente contradictorios, anulándose unos a otros, tornando la decisión que absuelve al acusado Avendaño González que se declara en lo resolutivo, carente de todo fundamento, configurándose el vicio de invalidación denunciado.

"En  efecto, a la época de los hechos, estos acusados formaban parte como superiores jerárquicos y agentes operativos, conjuntamente con otros imputados cuya participación se analizara en los considerandos siguientes, de las agrupaciones pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional que materializó el secuestro de los miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, entre cuyos miembros se encontraba Salinas Argomedo, de manera tal que no obstante no recordar el nombre específico de este resulta indiscutible concluir, tal como lo hace el a quo, que tomaron parte en la ilegítima privación de libertad de este de manera inmediata y directa en la forma que prevé la norma recién citada y que, por lo mismo, son coautores punibles de este ilícito.

Operación Colombo

Ariel Martín Salinas Argomedo era ex estudiante de sociología de la Universidad de Concepción. El joven, de 26 años, casado y padre de una hija, era militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), formaba parte de la dirección universitaria del MIR en Concepción y, hasta el golpe militar, fue presidente del centro de alumnos de la carrera de sociología de la UdeC. Luego del golpe debió pasar a la clandestinidad para evitar ser apresado. Se trasladó a Santiago para continuar con su actividad militante y un año más tarde fue detenido.

En el fallo de primera instancia, el ministro de fuero Hernán Crisosto Greisse dio por establecido que en horas de la mañana del día 25 de septiembre de 1974, Ariel Salinas fue detenido en la vía pública por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaron al recinto clandestino de detención de la DINA denominado 'Ollagüe', ubicado en José Domingo Cañas N° 1367 de la comuna de 'uñoa. Posteriormente fue trasladado a los recintos clandestinos de detención denominados 'Villa Grimaldi', ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina, y a 'Cuatro Álamos', ubicado en calle Canadá N° 3000, de la comuna de Santiago, recintos que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.

Según consta del testimonio de prisioneros sobrevivientes, durante su estada en los cuarteles de José Domingo Cañas, Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, el detenido Ariel Salinas permaneció sin contacto con el exterior. En los dos primeros lugares vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles. 

La última vez que Ariel Salinas Argomedo fue visto con vida por otros detenidos ocurrió un día no determinado del mes de noviembre de 1974, encontrándose desaparecido desde esa fecha.

por Darío Núñez


Secuestro de Jorge Müller y Carmen Bueno: agentes de la DINA son condenados por la desaparición de los cineastas

Fuente :radio.uchile.cl, 23 de Febrero 2024

Categoría : Prensa

Los integrantes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko recibirán la pena de 20 años de presidio por su calidad de autores.

En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.

El máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos en contra de la sentencia que condenó a agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de la pareja de cineastas Jorge Hernán Müller Silva y Carmen Cecilia Bueno Cifuentes. Ilícitos cometidos a partir del 29 de noviembre de 1974.

En fallo unánime (causa rol 43.971-2020), la Segunda Sala de la Corte Suprema –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.

En tanto, Orlando Manzo Durán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Heriberto Avendaño González, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Carlos López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana deberán cumplir 12 años de presidiocomo coautores.

“Que, de esa manera, los elementos del ilícito examinado y la participación en ellos de estos acusados, se estimó verificada por el tribunal de primer grado, conclusiones que la judicatura de segundo grado hizo suyas, refrendadas en el considerando 7° de la sentencia objetada”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que, en consecuencia, y aun soslayando los graves defectos formales de los recursos de nulidad sustancial examinados, las infracciones denunciadas por las defensas de Carlos López Inostroza, Jerónimo Neira Méndez, Luis Videla Inzunza, Pedro Alfaro Fernández, Raúl Iturriaga Neumann, Pedro Espinoza Bravo y César Manríquez Bravo, no se han configurado en la especie, desde que los hechos establecidos en la sentencia impugnada y la participación en ellos de estos acusados, se han ajustado a las leyes reguladoras de la prueba, de manera que ningún reproche puede plantearse sobre el particular a la sentencia impugnada, de manera que los recursos de nulidad sustancial en examen serán íntegramente desestimados”.

Operación Colombo

En la sentencia de primer grado, el ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto Greisse dio por establecidos los siguientes hechos:

  • El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado ‘Villa Grimaldi’, ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado ‘Cuatro Álamos’, ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.
  • Durante su estadía en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros.
  • La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos.
  • El nombre de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista ‘LEA’ de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Bueno Cifuentes había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.
  • Las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior.

En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50 millones por concepto de daño moral, a la hermana demandante de la víctima Bueno Cifuentes.