Raby Arancibia Guillermo Óscar

Rut: 5892335-4

Cargos:

Grado : Teniente Coronel

Rama : Ejército


Los hechos que se le atribuyen a Juan Emilio Cheyre en el caso Caravana de la Muerte

Fuente :emol.com, 7 de Julio 2016

Categoría : Prensa

Hoy, el ministro Mario Carroza sometió a proceso al ex comandante en jefe del Ejército y a otras ocho personas, por su participación en las torturas y muerte de 15 personas en el Regimiento de Infantería N° 21 de Coquimbo.

Este jueves, el ministro Mario Carroza sometió a proceso al ex comandante en jefe del Ejército Juan Emilio del Sagrado Corazón de Jesús Cheyre Espinoza, en el marco del denominado caso Caravana de la Muerte

En el fallo, el magistrado establece que las pruebas obtenidas durante la investigación son suficientes para establecer que tras el 11 de septiembre de 1973 "el Comandante en Jefe del Ejército de la época Augusto Pinochet Ugarte, le encomienda a su subalterno, el General de Brigada Sergio Arellano Stark, recorrer el país para acelerar los procesos que afectaran a detenidos políticos y en su caso, proceder a su ejecución".

En este escenario, detalla en su resolución, el día 16 de octubre "arriba a la ciudad de La Serena un helicóptero 'Puma' del Ejército de Chile" con un grupo de militares comandados por Arellano Stark, quien tras sostener una reunión con Ariosto Lapostol -también procesado en la causa- requiere información sobre los 15 prisioneros políticos que serían ajusticiados, razón por la cual, se los retira desde la cárcel Pública de La Serena donde se encontraba recluidos por diferencias ideológicas y los trasladan "sin derecho ni decreto alguno", hasta el Regimiento de la Ciudad de La Serena.

Allí, "los detenidos fueron ajusticiados sin juicio previo alguno, mediante disparos efectuados por personal del Ejército", establece la resolución de Carroza.

Asimismo, agrega que posterior a ello, se ordena la inscripción de las defunciones de las víctimas sin las autopsias respectivas ni el reconocimiento por parte de sus familiares, siendo sepultados "de manera oculta" en una fosa común en el Cementerio de la ciudad.

"Una vez concluida la etapa de desaparición de los cuerpos de las víctimas, las autoridades del Regimiento, Jefatura de Zona, resuelven publicar en los medios de comunicación un Bando Militar donde se informaba a la ciudadanía que se había ejecutado a quince extremistas en cumplimiento de lo resuelto por los tribunales", continúa el dictamen.

Y agrega que las víctimas solo fueron reconocidas en 1998 tras encontrarse osamentas humanas, "todas las cuales presentaban múltiples impactos de proyectil en diferentes partes de sus cuerpos".

Todos estos hechos, a juicio del ministro, constituyen el delito de homicidio calificado, y sobre la base de diversas declaraciones de testigos, careos y diversas diligencias, es posible desprender presunciones fundadas para responsabilizar en calidad de cómplices a Ariosto Lapostol, Víctor Hugo Alegre, Jaime Manuel Ojeda, Hernán Emilio Baldevenito, Guillermo Oscar Raby Arancibia, Mario Hernando Vargas, Hugo Leiva González y Juan Emilio Cheyre. Asimismo, se establece que a Armando Fernández Larios le cabe responsabilidad en calidad de autor de los actos denunciados.


Corte de Santiago condena a 10 exmiembros del Ejército por asesinatos cometidos en La Serena por “Caravana de la Muerte”

Fuente :resumen.cl, 4 de Noviembre 2022

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a ocho exoficiales y dos exsuboficiales del Ejército por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de 15 personas víctimas del paso de la llamada "Caravana de la Muerte" por la ciudad de La Serena en 1973.  El graneado grupo de criminales está compuesto por un ex general y comandante en jefe de esa institución, dos ex brigadieres, cinco ex tenientes coroneles, además de los dos suboficiales.

En el episodio, la comitiva uniformada perpetró el 16 de octubre de ese año, los asesinatos de Oscar Gastón Aedo Herrera, Marcos Enrique Barrantes Alcayaga, Mario Alberto Ramírez Sepúlveda, Hipólito Pedro Cortés Álvarez, Jorge Abel Contreras Godoy, Roberto Guzmán Santa Cruz, Jorge Mario Jordán Domic, Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, Carlos Enrique Alcayaga Varela, Jorge Ovidio Osorio Zamora, José Eduardo Araya González, Oscar Armando Cortés Cortés, Manuel Jachadur Marcarian Jamett, Víctor Fernando Escobar Astudillo y Jorge Washington Peña Hen.

En fallo unánime (causa rol 4.599-2019), la Sexta Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Antonio Ulloa y las ministras Gloria Solís y Verónica Sabaj- el pasado viernes 28 de octubre modificó la sentencia de primera instancia, dictada por el ministro Mario Carroza en noviembre de 2018, respecto a la participación que les cupo en los hechos, a los condenados exoficiales de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo y Juan Viterbo Chiminellli Fullerton, quienes deberán cumplir 10 años y un día de presidio como coautores de los delitos, en lugar de los 5 años en calidad de cómplices como los había calificado el ministro Carroza. Otro ex oficial y principal inculpado, Ariosto Alberto Lapostol Orrego, quien había sido condenado a 15 años de presidio, falleció en el curso del proceso por lo que resulta sobreseído.

Además, el tribunal confirmó el fallo penal en la parte que condenó a los ex oficiales Jaime Manuel Ojeda Torrent y Emilio Robert de la Mahotiere González y al ex suboficial Víctor Hugo Alegre Rodríguez a la pena de 5 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos; y a los ex oficiales Hernán Emilio Valdebenito Bugmann, Guillermo Oscar Raby Arancibia, Juan Emilio del Sagrado Corazón de Jesús Cheyre Espinoza, Mario Hernando Vargas Miguieles y al ex suboficial Luis Segundo Araos Flores a 3 años y un día, con el beneficio de la libertad vigilada, como encubridores.

El helicóptero de la muerte

En la investigación judicial quedó establecido que el día 16 de octubre de 1973, arribó a la ciudad de La Serena la comitiva encabezada por el exgeneral Sergio Arellano Stark (fallecido) en un helicóptero 'Puma' del Ejército, con un grupo de militares entre los que se encontraban los oficiales Sergio Carlos Arredondo González, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Emilio Robert de la Mahotiere González, Luis Felipe Polanco Gallardo, Juan Viterbo Chiminelli Fullerton, Marcelo Luis Manuel Moren Brito (fallecido) y Hugo Héctor Leiva González.

Luego de bajar de la aeronave, el mencionado Arellano Stark sostiene una reunión con el entonces Comandante del Regimiento de Artillería N°2, "Arica" de La Serena, Ariosto Lapostol Orrego, y le informa de su misión encomendada por el tirano Pinochet consistente en la ejecución de seleccionadas personas de izquierda que permanecían detenidas por los uniformados golpistas en diversos lugares y distintas ciudades del país.

A continuación, Arellano Stark selecciona a los detenidos que debían ser ajusticiados. Por orden suya, retiran desde la Cárcel Pública de La Serena a 14 de las víctimas escogidas a quienes trasladan al Regimiento y quedan a disposición de la mencionada autoridad militar. Paralelamente, es sacado desde los calabozos del mismo Regimiento otro detenido y lo unen a los demás prisioneros, conduciéndolos hasta el polígono de tiro de ese recinto militar. Una vez en el polígono, los detenidos son ajusticiados, mediante disparos efectuados por personal del Ejército.

Luego de cometidos los asesinatos, los efectivos del Regimiento procedieron a inscribir las defunciones de las víctimas sin habérseles practicado las autopsias respectivas, ni menos el reconocimiento por parte de sus familiares.  Acto seguido, personal militar procede al traslado de los cuerpos de los ejecutados hasta el cementerio local y les sepulta en una fosa común, de manera oculta, para lo cual las autoridades del Regimiento habían efectuado previamente las coordinaciones pertinentes con la administración del Cementerio Municipal.

Una vez concluida la etapa de desaparición de los cuerpos de las víctimas, las autoridades del Regimiento, particularmente la Jefatura de Zona ejercida por Lapostol Orrego, publica en los medios de comunicación un Bando Militar informando a la ciudadanía la ejecución de quince extremistas en cumplimiento de lo resuelto por Tribunales Militares en Tiempos de Guerra, cuestión que nunca aconteció pues el ajusticiamiento ocurre sin juicio previo, fundado en la sola circunstancia de su ideología.

El año 1998, el Servicio Médico Legal, habría encontrado osamentas humanas en el Cementerio Municipal de la Serena, por lo que efectuó peritajes y diligencias de reconocimiento, logrando identificar a las 15 víctimas fusiladas el 16 de octubre de 1973, verificando que todas ellas presentaban múltiples impactos de proyectil en diferentes partes de sus cuerpos

por Darío Núñez


Caravana de la Muerte: Cheyre y otros 8 militares condenados por 15 ejecuciones en La Serena

Fuente :eldesconcierto.cl, 28 de Diciembre 2023

Categoría : Prensa

Juan Emilio Cheyre, excomandante en jefe del Ejército, conoció su condena por su participación en la denominada Caravana de la Muerte, ocurrida en los primeros meses de la dictadura militar. Revisa más detalles aquí.

Durante la tarde de este jueves, la Corte Suprema dictaminó su fallo final sobre el caso Caravana de la Muerte, que involucró al general (R) Juan Emilio Cheyrecomandante en jefe del Ejército entre 2002 y 2006.

Además, el máximo tribunal elevó las penas que tendrán que cumplir 8 militares en retiro por su responsabilidad en los delitos del caso anteriormente mencionado.

Juan Emilio Cheyre fue condenado, en calidad de cómplice, a 5 años de presidio menor por el asesinato de 15 personas opositoras al régimen militar el 16 de octubre de 1973, en La Serena.

Además, recibió el beneficio de la libertad vigilada, también como cómplice. Recordemos que previamente fue considerado sólo como encubridor.

¿Qué dice la sentencia sobre el resto de los imputados?

La Segunda Sala del máximo tribunal condenó a Pedro Espinoza Bravo y Juan Chiminelli Fullerton a 15 años y un día de presidio, en calidad autores de los 15 homicidios calificados.

Mientras que por otro lado, Víctor Hugo Alegre RodríguezJaime Ojeda Torrent y Emilio de la Mahotiere González deberán cumplir 10 años y un día de presidio, como cómplices de los 15 delitos.

Además, Hernán Valdebenito BuggmanGuillermo Raby Arancibia y Luis Araos Flores fueron condenados a 5 años y un día de presidio como encubridores.

¿Qué dice el fallo de la Corte Suprema?

En el fallo, el máximo tribunal planteó que “la reunión entre la Comitiva y una parte del personal del Regimiento de Artillería N° 2 Arica de La Serena corresponde a un momento previo a los delitos cometidos y en ella se revisaron los antecedentes estadísticos de quienes se buscaba acelerar los procesos que afectaban a detenidos políticos y en su caso, de inmediato proceder a ejecutarles”.

“Tal tarea era propia de quienes conformaban el círculo más selecto de la Unidad Militar que era visitada por la Comitiva (…) sus principales partícipes eran, entre otros, Sergio Arellano Stark, Marcelo Moren Brito, Ariosto Lapostol Orrego, Manuel Cazanga Pereira y, además, quien era el ayudante del primer mando del Regimiento, el sentenciado Juan Emilio Cheyre Espinoza”, agregaron en el fallo.