Neveu Cortesi Raúl Hernán

Rut: 6448595-4

Cargos:

Grado : Mayor

Rama : Carabineros


AFDD: Condena al Estado chileno es "histórica"

Fuente :La Nación 13 de Octubre 2006

Categoría : Prensa

La Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD) de Chile, calificó de "histórica" la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de condenar al Estado chileno por la aplicación de la ley de Amnistía en el caso de un opositor ejecutado durante la dictadura.  El organismo internacional determinó que Chile vulneró las disposiciones del Pacto de San José de Costa Rica en el caso de Alfredo Almonacid, un profesor militante del Partido Comunista asesinado el 17 de septiembre de 1973, un día después de haber sido arrestado por la policía.  

En 1997, la justicia militar dictó el sobreseimiento definitivo de la causa – iniciada por los tribunales ordinarios-, por encontrarse extinguida la responsabilidad penal, en virtud de la ley de Amnistía.  La resolución eximió de responsabilidad penal a los militares Raúl Neveu y Manuel Castro, procesados en 1996 por homicidio calificado y complicidad, respectivamente. "Sin duda es una resolución importantísima que viene a poner nuevamente en el tapete algo que nosotros hemos señalado durante todos estos años de transición, que apunta a la existencia y vigencia de un decreto de autoperdón de la dictadura, como es el decreto ley de Amnistía", indicó a ANSA la presidenta de la AFDD, Lorena Pizarro.  En efecto, la resolución de la CIDH condena al Estado chileno a asegurar que la ley de Amnistía, resabio de la dictadura de Augusto Pinochet, "no siga representando un obstáculo para la continuación de las investigaciones de la ejecución extrajudicial del señor Almonacid Arellano y para la identificación y, en su caso, el castigo de los responsables".

 Además establece que el caso puede ser reabierto, aún cuando exista "cosa juzgada" y puntualiza que "pretender amnistiar a los responsables de delitos de lesa humanidad es incompatible con la Convención Americana".  "Es inexplicable e inaceptable la existencia de un decreto ley de los años de dictadura, porque contraviene toda normativa internacional de derechos humanos", declaró Pizarro.  Puntualizó además, que el Estado de Chile, al hacerse parte del pacto de San José de Costa Rica en 1990, "finalmente asume que la CIDH tiene un poder de decisión que obliga al Estado chileno hoy día a enfrentar el decreto ley de Amnistía".  El fallo, votado por unanimidad, agrega que la amnistía tampoco debe ser una traba para "la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables de otras violaciones similares acontecidas en Chile".  

Pese a que destaca el esfuerzo chileno por llegar a la "verdad histórica", el fallo establece que "ésta no puede sustituir la obligación del Estado" de conseguirla a través de la justicia.  El dictamen coincide con la reciente presentación, por parte de los familiares de las víctimas, de una propuesta para la derogación de la ley de Amnistía a los partidos del conglomerado oficialista, la Concertación.  "Nosotros sabemos que por falta de voluntad política en este país no se ha iniciado la discusión de la nulidad del decreto ley de Amnistía, pero hoy día estamos frente a un hecho distinto, frente a una decisión de un tribunal internacional de derechos humanos, que obliga al Estado de Chile a asumir la nulidad de este decreto", enfatizó Pizarro.   


DDHH: Suprema confirma condena a carabinero por crimen de profesor Almonacid

Fuente :La Nacion, 31 de Julio 2013

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó una pena de 5 años de libertad vigilada a un carabinero retirado por el “homicidio calificado” de un profesor comunista en 1973, después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos anulara un proceso anterior por la aplicación de la Ley de Amnistía, informó este miércoles el Poder Judicial. “En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Milton Juica, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y el abogado integrante Jorge Lagos, rechazaron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que ratificó la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, para el ex integrante de CarabinerosRaúl Neveu Cortesi”, dice el informe del Poder Judicial en su página web.

Este caso volvió a ser investigado en Chile por la justicia civil después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Costa Rica, resolviera en 2006 dejar sin efecto el proceso cerrado en la justicia militar por la aplicación de la Ley de Amnistía de 1978.
 

CRIMEN DE PROFESOR
Cinco días después del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, Luis Almonacid Arellano, profesor universitario y militante del Partido Comunista, fue detenido en su casa por un grupo de carabineros. Mientras era trasladado en un vehículo policial, un oficial de Carabineros le disparó y le provocó una herida que finalmente le causó la muerte, según comprobó la investigación judicial.