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Luzoro Montenegro Juan Francisco – Memoria Viva

Luzoro Montenegro Juan Francisco

Rut: 2.786.014-1

Cargos: Presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine

Grado : Transportista y Agricultor

Rama : Civil


El dolor y la esperanza de Paine

Fuente :elsiglo.cl, 25 de Febrero 2003

Categoría : Prensa

La localidad de Paine posee el triste record de tener el mayor número de ejecutados y detenidos desaparecidos en proporción a sus habitantes. Luego del golpe militar, allí operaron bandas de civiles, policías y militares, que dejaron una reguera de sangre y dolor, asesinado a campesinos de "asentamientos" nacidos con la Reforma Agraria. En Paine aún conviven víctimas y victimarios, bajo el manto de la impunidad y el olvido. En 1979, la Justicia Militar se encargó de sobreseer los procesos abiertos por los hechos de Paine en virtud de la Ley de Amnistía de 1978, aprobada por el propio general Pinochet para cubrir sus crímenes.

Luego de 29 años, la jueza María Estela Elgarrista se acerca a la verdad.

La Reforma Agraria iniciada en los años 1960 y acentuada bajo el gobierno de Salvador Allende y la Unidad Popular, permitió que muchas familias campesinas fueran beneficiadas con la asignación de tierras que, hasta entonces, pertenecían a un puñado de latifundistas. Así, los campesinos dieron vida a los "asentamientos", pero en Paine, como en el resto del campo chileno, el 11 de septiembre de 1973 volvió todo atrás. Bandas de civiles de extrema derecha, policías y militares cobraron "venganza", asesinando a dirigentes sindicales y campesinos "asentados". Los crímenes, la impunidad y el temor se extendieron por las pequeñas localidades de Paine, Hospital, Huelquén, Culitrín, Chada, Rangue, El Vínculo, Pintué y Laguna de Aculeo. Muchos campesinos y sus familias presenciaron cómo civiles de la zona guiaban a los uniformados por los "asentamientos" entregando nombres y, las más de las veces, participando directamente en la represión y crímenes.

Hace dos semanas, y luego de 29 años, la jueza de la Corte de Apelaciones de San Miguel, María Estela Elgarrista, citó a familiares y victimarios a diversos careos. Holanda Vidal, esposa del detenido desaparecido Cristian Cartagena Pérez, señala: "Fui citada con objeto de la querella por el secuestro y asesinato de mi esposo, desaparecido el 18 de septiembre de 1973. Nuestro objetivo es que se procese a los culpables: carabineros de la dotación de la subcomisaría de Paine y civiles, que actuaron en conjunto. Identifiqué a varios de ellos: sargento Retamal, cabo Ortiz, Albornoz y Víctor Sagredo; y a civiles: Darío González Carrasco, hoy comerciante, miembro de Patria y Libertad, y que reconoció que detuvo a mi esposo en la Casa Escuela de Chada donde vivíamos, llevándolo a la subcomisaría, a las seis de la mañana".

Los ex carabineros han negado su participación en los crímenes durante los careos, argumentando que "estaban de guardia". "Eso me produjo un schok con paralización de mis brazos, una crisis de llanto y angustia. Es terrible revivir todo lo que pasó, verlos tan cerca, su cinismo, su osadía de negar la verdad. Verlos tan soberbios, sin aceptar que lo que hicieron fue atroz. Son los primeros careos, luego de 29 años de denuncias, búsquedas y golpear puertas. Este paso se pudo dar por todo nuestro esfuerzo y trabajo como Agrupación. No hemos transado el juicio y castigo a los culpables, y que paguen con cárcel sus crímenes".

Después de los careos debieran venir los procesamientos. La jueza tiene una larga lista de civiles, carabineros y militares del Regimiento de Infantería de San Bernardo. "Uno de los asesinos es el teniente Magaña Baum, y entre los carabineros, el sargento Verdugo, un torturador que ahora se presenta como un anciano que no ha hecho nada", agrega Holanda Vidal.

"Todos los vieron"

Juan Maureira es hijo de René Maureira Gajardo, detenido desaparecido el 16 de octubre de 1973 junto a otros 22 campesinos de los asentamientos Campo Lindo, 24 de abril y Nuevo Sendero. Presidente de la AFDD de Paine, recuerda que en la represión y asesinatos también participaron militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo: "La jueza investiga cerca de 40 querellas presentadas ante el juez Guzmán. En Paine hay más de 70 víctimas, de las cuales aún están desaparecidos unas 40. Son los casos recopilados en el informe Rettig, pero otros nunca fueron denunciados. Presumimos que son alrededor de 100 los asesinados en Paine, la mayoría campesinos de asentamientos. La ministra en algún momento va a tener que procesar a los carabineros, civiles y militares implicados. Es lo que esperamos y lo que hemos pedido, que se haga verdadera justicia y podamos encontrar a nuestros familiares… Sabemos que el teniente Magaña tiene antecedentes de qué pasó con mi padre y otros 22 campesinos, entre otros casos. Él mató a nuestro familiares… Los carabineros han negado su participación, pero son los mismos que todavía viven en el pueblo. ¿Cómo lo van a negar si todos los vieron? Lo mismo ocurre con los civiles que actuaron. Paine es un pueblo chico".

Según los familiares jueza ha actuado con rigurosidad, cautela e inteligencia. Confían en los testimonios y declaraciones que ha logrado recopilar. Para ellos, todo apunta a que se procesará a algunos implicados. "A muchos, incluso, se les vio entrando a las casas. Hay un sinnúmero de antecedentes recopilados desde ese tiempo".

Hasta el momento, están conformes con la investigación y las diligencias realizadas por la jueza. Para ellos, es la primera investigación luego de 29 años sin conseguir justicia. Hasta el minuto se ha citado a civiles y carabineros, y se han desarrollado algunos careos: "Lo que nos da un poco de satisfacción porque nunca antes se había logrado hacer. Por el momento no hay procesados, pero la ministra sigue trabajando. Y así lo hemos podido corroborar", dice Juan Maureira. Mientras, la mayoría de los civiles y carabineros que asesinaron a los campesinos de Paine continúan viviendo en la pequeña localidad rural, en completa impunidad. "Hasta donde hemos podido ver, por primera vez se da una investigación como debe ser. Los criminales van a tener entregar información de lo ocurrido. Son los mismos carabineros, civiles y militares los que aparecen mencionados en la mayoría de los casos", concluye.

Asesinos de Paine

Carabineros

Nelson Bravo Espinoza, capitán; Raúl Ortiz Maluenda, sargento 2º; Carlos Aburto Jaramillo, cabo 1º; José Retamal Burgos, cabo 1º; Víctor Sagredo Aravena, cabo 1º; Reyes, sargento; Luis Jara, teniente de Pintué; y los carabineros Samuel Ahumada Cabello; Raúl Donoso Figueroa; Alamiro Garrido Ubal; Jorge González Quezada; Víctor Labarca Díaz; Eduardo Molina Armijo; José Piñaleo Pérez y Jorge Verdugo, entre otros.

Civiles

Hugo Aguilera, Fernando Aguilera, Francisco Luzoro, Jorge Sepúlveda, Tito Carrasco, Claudio Oregón, Darío González Carrasco, Luis Guerrero, Mario Tagle, Ricardo Tagle, Yule Tagle, Jorge Aguirre.

Militares – Escuela de Infantería de San Bernardo

Leonel Köening Alternatt, Director; Samuel Rojas Pérez, teniente coronel; Mario Morales Durán, conscripto; Andrés Magaña Baum, teniente; Pedro Montalvo Calvo, coronel; Iván de la Fuente Sáez, mayor; Hernán Pizarro Collarte, mayor; Ciro Ahumada Miranda, mayor; Juan Carlos Nielsen Stambuck, capitán; Sergio Rodríguez Rautcher, capitán; Luis Cortés Villa, capitán; Víctor Pinto Pérez, capitán; Marcial Cobos Farías, capitán; Jorge Romero Campos, capitán; Luis Villarroel Contreras, capitán; Héctor Maturana Zúñiga, capitán; Luis Garfias Cabrera, capitán; Eduardo Silva Bravo, capitán; Sergio Valdivia M., capitán; y Julio Cerda Carrasco, capitán, entre otros.


Caso Paine. procesan a 6 latifundistas y a un militar

Fuente :Cronicadigital.cl, 7 de Enero, 2008

Categoría : Prensa

Los procesados por el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Héctor Solís, son Juan Francisco Luzoro Montenegro y Ricardo Tagle Román, inculpados como autores de homicidio calificado, mientras que por secuestro calificado el magistrado encausó a Juan Guillermo Quintanilla Jerez, al suboficial del Ejército José Vásquez Silva, a Claudio Oregón Tudela, y a Mario Tagle Román. Como cómplice de secuestro, en tanto, fue procesado Rubén González Carrasco.

El abogado querellante, Luciano Fouillioux, que representa a la abogada socialista Pamela Pereira por la desaparición de su padre, Orlando Pereira afirmó que “se trata de una decisión muy trascendental, donde queda claramente establecido que los uniformados no actuaron solos, y que a pesar de los años se está haciendo justicia.

La causa se reactivó a mediados de septiembre, cuando el funcionario ordenó diligencias que se prolongaron por espacio de un mes en los terrenos donde se produjeron los hechos.

El poblado rural de Paine, 40 kilómetros al sur de Santiago, registra en el país uno de los mayores índices de detenidos desaparecidos con 70 casos reportados, según el Informe Oficial de la Comisión Retting.

Por otra parte, al menos 40 vainas y 130 proyectiles fueron desenterrados en la Quebrada de Los Arrayanes, de O Higgins, lo que demuestra la realización de una matanza de personas en el lugar, indicó.

El magistrado Solís manifestó que se presume en el año 1978 fueron exhumados los cuerpos de víctimas de la represión por los mismos militares, en el marco de la Operación Retiro de Televisores.

La misma, planificada por la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), tuvo como fin evitar que se vieran los cadáveres tras masacres, lo cual constituía una prueba material en contra del régimen militar. 


Seis civiles y un militar

Fuente :El Mostrador.cl, 7 de enero de 2008

Categoría : Prensa

Dictan procesamientos en causa por detenidos desaparecidos de Paine

Magistrado Héctor Solís encausó a siete personas por su responsabilidad en los secuestros agravados de una veintena de campesinos de Paine, tras el golpe de Estado de 1973. Proceso se reactivó a mediados del año pasado, cuando se encontraron algunas osamentas en el sector donde se produjeron los hechos.

El ministro que investiga la ejecución de campesinos en Paine tras el golpe de Estado de 1973, Héctor Solís, dictó procesamientos contra siete personas.

El único militar retirado del grupo, José Hugo Vásquez Silva, fue encausado como autor de delito de secuestro calificado de 23 personas ocurrido el 16 de octubre de 1973.

A Juan Guillermo Quintanilla Jerez se le imputó la autoría del delito de secuestro calificado de 23 personas ocurrido el 16 de octubre de 1973.

Mario Emilio Tagle Román fue procesado como coautor de homicidio calificado de una persona ocurrida el 16 de septiembre de 1973.

Sobre Juan Francisco Luzoro Montenegro pesan tres autos: como coautor de homicidio calificado de una persona ocurrida el 16 de septiembre de 1973; como coautor de cuatro homicidios calificados y un homicidio frustrado ocurridos el 18 de septiembre de 1973; y como cómplice de secuestro agravado de una persona ocurrido el 18 de septiembre de 1973.

A Ricardo Jorge Tagle Román se le investigará por la coautoría de cuatro homicidios calificados y un homicidio frustrado ocurridos el 18 de septiembre de 1973.

Rubén Darío González Carrasco fue procesado como cómplice de secuestro agravado de una persona ocurrido el 18 de septiembre de 1973.

Finalmente, se informó que Claudio Antonio Oregón Tudela fue encausado como cómplice de secuestro agravado de una persona ocurrido el 13 de septiembre de 1973 y como cómplice de secuestro calificado de una persona ocurrido el 18 de septiembre de 1973.

Los procesados fueron notificados de la resolución que los afecta y quedaron detenidos en distintas unidades de Gendarmería de Chile.

Una de las víctimas emblemáticas de este caso -reactivado el año pasado con diligencias en el lugar de los hechos que se prolongaron por al menos un mes- es Andrés Pereira Salsberg, el padre de la abogada ligada al Partido Socialista Pamela Pereira.

Según consta en el fallo, el 16 de octubre de 1973, una patrulla del Ejército, compuesta por más de 20 hombres armados, al mando de un subteniente (Orlando Andrés Magaña Bau), abordaron un camión Dodge rojo conducido por un civil que vestía uniforme militar y en su interior trasportaban palas y picotas; salieron desde el Cuartel Dos, ubicado en el Cerro Chena, dependiente de la Escuela de Infantería de San Bernardo con el objeto de detener a 22 personas.

Para dicha función, al uniformado a cargo se le entregó un listado con los nombres de las personas a privar de libertad y un plano con sus domicilios, que de esa forma llegaron hasta la localidad de Paine y entre la medianoche y las 04:30 horas, aproximadamente, se practicaron las detenciones.

"Una vez aprehendidos, fueron trasladadas por diversos caminos secundarios hasta una quebrada ubicada en las inmediaciones del Lago Rapel, lugar en el cual fueron fusiladas por los miembros del Ejército y el civil que disparó un arma del Ejército de Chile, y sus cuerpos fueron cubiertos con tierra", añade.

Agrega que el lugar de la inhumación, que corresponde a la quebrada "Los Arrayanes", de la Región de O’Higgins, ha sido reconocido por testigos como precisamente aquel en que se ejecutó a las personas y se han encontrado evidencias balísticas, culturales y óseas que actualmente se encuentran en etapa de pericia por las instituciones correspondientes (Servicio Médico Legal, Laboratorio de Criminalística de Carabineros y Laboratorio de Criminalística de Investigaciones).


Caso Paine: Ministro Solís procesa a seis civiles y un militar por secuestro y homicidio

Fuente :Emol.com, 7 de Enero 2008

Categoría : Prensa

Se trata de homicidios contra 26 opositores al régimen militar, que fueron detenidos en Paine entre septiembre y octubre de 1973 y cuyo destino aún está siendo investigado.

SANTIAGO.- El ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel Héctor Solís sometió a proceso a un total de siete personas -seis civiles y un militar (r)- por los secuestros y homicidios de un total de 26 opositores al régimen militar, que fueron detenidos en Paine entre septiembre y octubre de 1973 y cuyo destino aún está siendo investigado.

En cuatro resoluciones distintas, el magistrado procesó a los civiles Rubén González Carrasco, Claudio Orregón Tudela y Juan Francisco Luzoro como cómplices de secuestro agravado de dos víctimas.

Luego, Luzoro y Mario Tagle Román fueron encargados reos como autores del homicidio calificado de otras víctimas. En un tercer procesamiento, Juan Francisco Luzoro y Ricardo Tagle Román también fueron procesados como autores de homicidio calificado.

Finalmente, el ministro Solís procesó al civil Juan Guillermo Quintanilla Jerez y al militar (r) José Vásquez Silva como autores del secuestro calificado de 22 personas, entre ellas Andrés Pereira, padre de la abogada de Derechos Humanos Pamela Pereira.

Estas 22 víctimas fueron detenidas en la localidad de Paine, en octubre de 1973, de ahí fueron trasladadas a la quebrada de Los Quillayes en las cercanías del lago Rapel, donde habrían sido ejecutados.

Hace algunos meses, el ministro Solís efectuó una serie de excavaciones en esa zona, en donde halló más de un centenar de restos culturales -botones, anillos, etc.- que habrían pertenecido a los desaparecidos, además de piezas óseas, como dientes y restos de cráneos. 


Agricultores reos por crímenes de Paine

Fuente :La Nación, 8 de Enero 2008

Categoría : Prensa

Los procesamientos dictados por el ministro Héctor Solís tienen convulsionada a la localidad de Paine y sus alrededores, donde algunos de ellos siguen viviendo y amenazando a los familiares de las víctimas. Actuaron junto a efectivos del Ejército y Carabineros.

Seis civiles empresarios agrícolas y del transporte fueron procesados y arrestados por los asesinatos de 29 campesinos de Paine y sus alrededores, al sur de Santiago, cometidos entre el 16 de septiembre de 1973 y el 16 de octubre de ese año. Los terratenientes mataron a varias de las víctimas con sus propias armas, sacándolos desde sus casas, fundos del lugar, o desde la subcomisaría de Paine.

En el caso del crimen masivo del 16 de octubre de 1973 (22 muertos entre los que está Andrés Pereira, padre de la abogada Pamela Pereira), ellos mismos prepararon las listas con sus nombres, condujeron a los militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo hasta sus casas, y colaboraron con infraestructura para el traslado hasta una quebrada donde fueron acribillados entre los civiles y efectivos de ese regimiento.

La resolución dictada por el ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Héctor Solís Montiel, tiene revolucionado a Paine y sus alrededores dado que los criminales todavía permanecen habitando en esos lugares. Según los vecinos del sector, algunos aún se jactan de su actuar y continúan amenazando a familiares de las víctimas. Los crímenes por los cuales resultaron encausados como autores materiales y cómplices corresponde a una venganza en contra de campesinos y dirigentes que tomaron parte en el proceso de reforma agraria durante el gobierno democratacristiano de Eduardo Frei Montalva (1964-1970) y su posterior profundización con la Unidad Popular de Salvador Allende.

El magistrado también encausó como autor de las 22 muertes del 16 de octubre al único militar, el suboficial (R) de Ejército José Vásquez Silva.

Los agricultores encartados son: Juan Francisco Luzoro, Rubén González Carrasco, Claudio Oregón Tudela, Juan Quintanilla Jerez y los hermanos Mario Emilio y Ricardo Jorge Tagle Román. La quebrada y fosa clandestina donde mataron y escondieron los cuerpos de las 22 víctimas que después desenterraron en 1978 para tirarlos al mar fueron descubiertas el año pasado. Se trata de la Quebrada Los Arrayanes, a 1,5 km al noreste del lago Rapel, al interior del fundo Cerro Alto, en la comuna de Las Cabras, en la Región de O Higgins.

Actuando en los episodios anteriores al de estas 22 personas, Luzoro, González, Oregón y los hermanos Tagle Román sacaron desde fundos del lugar y la subcomisaría de Paine en los primeros días después del golpe militar de septiembre de 1973 a Ricardo Carrasco Barrios, Cristián Cartagena Pérez, Carlos Chávez Reyes, Orlando Pereira Cancino, Pedro Ramírez Torres, Raúl Lazo Quinteros y Alejandro Bustos González y los mataron con sus armas en distintos lugares. En estos sucesos también participaron carabineros de esa subcomisaría, los que se espera que el magistrado someta igualmente a proceso.

El único que sobrevivió a los disparos simulando estar muerto fue Alejandro Bustos, quien se convirtió en testigo principal en contra de los ejecutores. En la causa de Paine ya estaba encausado en calidad de autor el coronel (R) Andrés Magaña Bau, quien siendo un subteniente comandó el pelotón que asesinó a los 22 campesinos.


Terrateniente de Paine pierde batalla judicial en las cortes

Fuente :La Nación, 19 de Febrero 2008

Categoría : Prensa

El empresario agrícola y de transporte intentó eludir su responsabilidad penal mediante el recurso de amparo (hábeas corpus), la misma vía que utilizó el dictador Augusto Pinochet. Luzoro perdió en Apelaciones y Corte Suprema. 

El terrateniente de Paine, Juan Francisco Luzoro Montenegro, uno de los civiles involucrados en los crímenes de campesinos en Paine, perdió definitivamente el principal recurso (de amparo) por el cual se puede eludir responsabilidad penal.

Contra Luzoro pesan dos resoluciones de procesamiento en calidad de coautor y una tercera como cómplice de, en total, seis homicidios y un secuestro con desaparecimiento dictadas por el ministro Héctor Solís Montiel.

El habeas corpus fue la vía más utilizada en su momento por la defensa del ex dictador Augusto Pinochet, pues permite al recurrente llegar hasta la Corte Suprema, lo que no es posible por otro camino cuando no existe una sentencia dictada.

El recurso de amparo interpuesto por el abogado Carlos Cortés fue denegado primero por tres votos contra cero por una de las salas de la Corte de Apelaciones de San Miguel, y ahora lo rechazó la sala de verano de la Corte Suprema por cuatro votos contra uno. Esta última la integran los ministros Nibaldo Segura, que la preside, Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Pedro Pierre Arrau y Raúl Valdés Aldunate. El voto a favor de Luzoro lo dio Valdés.

Luzoro y su defensa intentaron demostrar de que los procesamientos dictados por el juez Solís fueron resueltos violando los procedimientos legales y constitucionales, y por tanto son injustos y arbitrarios. Sin embargo, ambas instancias desecharon estos fundamentos respaldando al juez Solís en su actuar respecto de Luzoro.

El camino se pone ahora cuesta arriba para el empresario, a quien habitantes de Paine acusan de aún jactarse de sus acciones cometidas en 1973 y le imputan amenazas en contra de familiares de las víctimas que buscan justicia para sus deudos.

De acuerdo a los antecedentes que existen en la investigación judicial del ministro Solís, Luzoro tomó parte directamente en varios de estos hechos, disparando personalmente en contra de las víctimas.

A diferencia del civil terrateniente Juan Quintanilla, encausado por el juez Solís por su participación junto a militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo en el episodio del 16 de octubre de 1973 en el que fueron asesinados 22 campesinos, Luzoro actuó siempre junto a efectivos de Carabineros. Paine, con un total de 70 víctimas, es el lugar que tiene la cuota más alta de ejecutados y desaparecidos, en proporción a su cantidad de habitantes. Otros civiles procesados por los crímenes de Paine son Rubén González Carrasco, Claudio Oregón Tudela y los hermanos Jorge y Mario Tagle Román.LN


Nuevas y masivas condenas a Contreras, Krassnoff y a agentes de la DINA se explica porque se pone fin a torturas y asesinatos

Fuente :Cambio21, 27 de Diciembre 2013

Categoría : Prensa

Miguel Krassnoff, Marcelo Moren y Manuel Contreras recibieron nuevas condenas. Con esto, se acrecientan los casos que están cerrando y las condenas que se han ido dictando en temas de graves violaciones a los derechos humanos; y sin duda la curiosidad es porqué se está generando esta situación. 

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una sentencia por el delito de tortura en contra de Miguel Krassnoff, uno de los ex integrantes la cúpula de la DINA, informó el Poder Judicial.

La Corte confirmó en un fallo, publicado por el Poder Judicial en su página web, la condena de 541 días de presidio contra Krassnoff por las torturas a que fue sometida Guacolda Raquel Rojas, simpatizante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), detenida en septiembre de 1975 en el centro clandestino Villa Grimaldi.

Sin embargo no es el único. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó en segunda instancia una nueva condena contra los ex líderes de la DINA, encabezada por el general (r) Manuel Contreras. El fallo corresponde a la causa por el asesinato de Luis Arias Pino, un tornero mecánico y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), en 1975.

Contreras fue condenado a 15 años de cárcel como autor de homicidio calificado y a otros 3 años por asociación ilícita. Con las mismas penas y por iguales delitos fueron sancionados el ex coronel Marcelo Moren Brito y el ex oficial de Carabineros Gerardo Godoy García, todos integrantes de la cúpula de la DINA.

Con esto, se acrecientan los casos que están cerrando y las condenas que se han ido dictando en temas de violaciones a los derechos humanos; y sin duda la curiosidad es porqué se están generando esta situación.

Frente al tema, el abogado de derechos humanos, Héctor Salazar, aseguró que "indudablemente se pueden producir nuevos procesamientos a medida que se van investigando los casos, y sin duda algunos casos de ellos puede afectar a nuevas personas".

"Cada proceso tiene su propia dinámica, y cada juez actúa de acuerdo a su criterio y según su información. Por ello puede ser muy variado lo que suceda, en algunos casos quizás no hayan resultados, pero también puede existir una especie de hemorragia de procesamientos", mencionó el profesional.

Por otra parte, dijo a Cambio21 que "una de las cosas que hemos ido mejorando es la profundización de los casos. Ell trabajo que se ha realizado ha podido revelar gran parte de la situación criminal que se vivió durante la dictadura".

Muchos casos pendientes y que estarían por cerrar

Quien también tuvo palabras para poder explicar esta situación, fue el abogado Eduardo Contreras, quien dijo que "todo lo conseguido no es mérito del gobierno, es mérito de las agrupaciones que hemos sacado adelante cada caso. Los casos comenzaron en 1998 y recién ahora están saliendo a la luz, estamos muy atrasados, no es que se hayan presentado ahora los casos y ahora hayan salido", agregó el abogado.

Por último dijo a Cambio21 que "ahora están en juicio la querella por golpe de Estado, la cual es muy importante porque por primera vez logramos sentar en el banquillo de los acusados a los que cranearon el golpe".

Por su parte, el también abogado Nelson Caucoto tiene una opinión distinta, y aseguró que "si bien se han dictado varias condenas, para tener un avance de las causas de derechos humanos y una resolución de las mismas mucho más ágil, habría que volver a la designación de jueces con dedicación exclusiva".

"Este tema lo planteamos alguna vez, que pudieran restituir esta figura, que -según su juicio- ha sido una de las más exitosas en derechos humanos, y ahora pudo haber sido igualmente porque existe un número alto de casos pendientes", explicó el profesional.

Además, el defensor dijo que "igualmente los jueces tiene una sobre carga de trabajo al ser ministros. Pero si queremos avanzar realmente, necesitamos jueces que estén 24 horas pendientes del caso".

El abogado agregó a Cambio21 "esperamos que le dediquen tiempo porque realmente es agotador llevar este tipo de causas. Aunque reconozco que es una medida positiva".

Los casos que se verán

Los casos que están pronto a ser cerrados con sentencia por parte de la justicia son al menos cinco. La mayoría son emblemáticos y llevarían más de 100 nuevos detenidos en Punta Peuco.

Caso Calle Conferencia: Entre el 30 de abril y el 6 de mayo de 1976 la DINA desarrolló un procedimiento de detención y desaparición que tenía como objetivo la cúpula del Partido Comunista de Chile

Entre estos días un grupo de agentes de las fuerzas represivas de la dictadura militar se encontraban en dos casas ubicadas en calle Conferencia una y en la casa ubicada en la calle Alejandro del Fierro 5113, esperando por los 5 dirigentes comunistas que permanecen hasta hoy en calidad de detenidos desaparecidos.

En ese contexto se ha procesado a más de medio centenar de ex agentes de la DINA, quienes permanecen detenidos en diversos recintos militares, dado que la Corte de Apelaciones ha rechazado en diversas oportunidades otorgarles la libertad provisional, esgrimiendo que por los delitos que están procesados constituyen un peligro para la sociedad.

Entre los oficiales procesados y ya retirados del Ejército que cumplieron misiones operativas en la DINA, al menos están César Manríquez Bravo, Manuel Carevic Cubillos, Hernán Sovino Novoa, Humberto Chaigneau Sepúlveda y Sergio Castillo González. Este último es uno de los ex agentes represores que continúan recibiendo un sueldo mensual del Ejército, recontratado como empleado civil.

Caso Torres San Borja: El día 25 de marzo la Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol 1520 2011, mantuvo la sentencia de primera instancia del 6 de abril de 2011, donde fueron condenados Gerardo Urrich, Juan Ramón Fernández y René Cardemil, cada uno a la pena de 10 años de presidio sin beneficios por seis homicidios calificados por el caso conocido como Torres de San Borja.

Las víctimas son Ricardo Montecinos Slaughter, Carlos Adler Zulueta y Beatriz Elena Díaz Agüero (matrimonio de turistas argentinos) , Víctor Garretón Romero, Jorge Salas Pararadisi, y Julio Saa Pizarro . Todos fueron detenidos ilegalmente por miembros del Ejército en la noche del 16 de octubre en la torre 12 del complejo de viviendas San Borja en el centro de Santiago y ejecutados en el túnel de Lo Prado el 17 de octubre de 1973, simulando una situación de fuga para cubrir el crimen.

Ya en 1976 las Naciones Unidas se pronunció con una resolución condenando la acción, por figurar entre las víctimas un funcionario del Fondo Monetario Internacional (Ricardo Montecinos). En cuanto a la demanda civil acompañante, el Fisco fue condenado al pago de 100.000.000 de pesos chilenos (USD 210.000) a cada uno de los familiares querellantes de la causa.

Caso Paine: El ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel Héctor Solís sometió a proceso a un total de siete personas -seis civiles y un militar (r)- por los secuestros y homicidios de un total de 26 opositores al régimen militar, que fueron detenidos en Paine entre septiembre y octubre de 1973 y cuyo destino aún está siendo investigado.

En cuatro resoluciones distintas, el magistrado procesó a los civiles Rubén González Carrasco, Claudio Orregón Tudela y Juan Francisco Luzoro como cómplices de secuestro agravado de dos víctimas. Luego, Luzoro y Mario Tagle Román fueron encargados reos como autores del homicidio calificado de otras víctimas. En un tercer procesamiento, Juan Francisco Luzoro y Ricardo Tagle Román también fueron procesados como autores de homicidio calificado.

Finalmente, el ministro Solís procesó al civil Juan Guillermo Quintanilla Jerez y al militar (r) José Vásquez Silva como autores del secuestro calificado de 22 personas, entre ellas Andrés Pereira, padre de la abogada de Derechos Humanos Pamela Pereira.

Estas 22 víctimas fueron detenidas en la localidad de Paine, en octubre de 1973, de ahí fueron trasladadas a la quebrada de Los Quillayes en las cercanías del lago Rapel, donde habrían sido ejecutados.

Caso Comando Conjunto: – La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó las condenas por los secuestros calificados de Alfredo Salinas Vásquez el 3 de noviembre de 1975, y de José Sagredo Pacheco y Juan Antonio Gianelli Company, el 2 de junio de 1976 en la Región Metropolitana.

La sentencia aplicada el 4 de febrero de 2011 en contra de 6 ex agentes del denominado Comando Conjunto, elevando la pena en tres de ellos condenados y sobreseyendo a uno por fallecimiento. De acuerdo al dictamen, Freddy Ruiz Bunger está sentenciado a 5 años y 1 día de presidio, misma pena que cumple César Palma Ramírez, Juan Saavedra Loyola y Manuel Muñoz Gamboa. Ninguno puede optar a beneficios por ser co-autores de los delitos reiterados de secuestro calificado.

Daniel Guimpert Corvalán, en tanto, está en libertad vigilada tras la condena por 4 años como co-autor de secuestro calificado en la persona de Juan Antonio Gianelli Company. 

Por fallecimiento fue sobreseído Jorge Cobos Manríquez, sentenciado en 2011 en primera instancia a 3 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional.


Chile sin olvido: Dirigente camionero condenado por violaciones a DDHH en dictadura

Fuente :radiobiobio.cl, 24 de Noviembre 2017

Categoría : Prensa

Justicia condena por primera vez a cárcel efectiva a civil por causas de violación a DDHH.

La Corte Suprema condenó por primera vez a pena de cárcel efectiva a un civil por causas de violaciones a los Derechos Humanos.

En fallo dividido, la sala penal del máximo tribunal del país sentenció a 20 años de presidio a Francisco Luzoro Montenegro como autor del homicidio calificado de Carlos Chávez Reyes, Raúl Lazo Quinteros, Orlando Pereira Cancino y Pedro Ramírez Torres. Además, lo declaró culpable del homicidio frustrado de Alejandro Bustos González, todos hechos ocurridos el 18 de septiembre de 1973.

Las víctimas, miembros del villorrio “Paula Jaraquemada” de Paine, fueron detenidas el 17 de ese mismo mes por personal de Carabineros. Ahí fueron interrogados y golpeados por personal policial siendo trasladados desde la subcomisaría de Paine a un sector de Colipeumo. Una vez en el lugar los cuatro hombres fueron fusilados.

Por su parte, el abogado de los familiares de las víctimas, Nelson Caucoto, reconoció que la justicia tardó para lograr la verdad.

El fallo, además, ordena una indemnización por dos mil 210 millones de pesos a los familiares de las víctimas.


Dirigente camionero condenado por violación a los DDHH es trasladado al penal Colina.

Fuente :radiobiobio.cl, 24 de Noviembre 2017

Categoría : Prensa

Hasta el penal de Colina fue trasladado Juan Francisco Luzoro Montenegro, dirigente camionero condenado a la pena de cárcel efectiva por casos de violación a los Derechos Humanos.

Luzoro fue detenido en el aeropuerto cuando retornaba desde Fresia, esto en el marco del cumplimiento de condena ordenada por la Corte Apelaciones de San Miguel.

El detenido debe cumplir una condena de 20 años y un día por los delitos de homicidio calificado en calidad de autor y cómplice.

De acuerdo a la información entregada desde la Brigada de Derechos Humanos por subprefecto Erik Martínez, el 18 septiembre de 1973 Juan Luzoro en su calidad de dirigente camionero en Paine apoyó en el traslado de militares y detenidos tras el golpe de estado.

La Corte Suprema confirmó que Francisco Luzoro Montenegro participó en calidad de autor del homicidio calificado de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres.

Además fue condenado por el delito de homicidio frustrado en el caso de Alejandro del Carmen Bustos González, crímenes que fueron cometidos en el sector de Colipeumo, de la comuna de Paine.

Francisco Luzoro fue detenido en el aeropuerto de Santiago, trasladado hasta la corte de San Miguel para la notificación de la condena, para posteriormente ser trasladado hasta el penal de Colina.


Caso Paine: Ministra en visita condena a 20 años a uno de los involucrados

Fuente :elmostrador.cl, 1 de Abril 2016

Categoría : Prensa

La magistrada sentenció a Luzoro Montenegro por los homicidios de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres y de homicidio calificado, en grado frustrado, en la persona de Alejandro del Carmen Bustos González, hechos cometidos el día 18 de septiembre de 1973, en la comuna de Paine.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, dictó sentencia que condenó a Juan Francisco Luzoro Montenegro a 20 años de presidio como responsable del homicidio calificado de 4 personas y el homicidio calificado frustrado de una persona en el sector Collipeumo de Paine.

La magistrada sentenció a Luzoro Montenegro por los homicidios de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres y de homicidio calificado, en grado frustrado, en la persona de Alejandro del Carmen Bustos González, hechos cometidos el día 18 de septiembre de 1973, en la comuna de Paine.

La investigación de la magistrada estableció que:

"a) Que, a partir del día 11 de septiembre de 1973, por disposición del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, jefe de la Subcomisaría de Paine, la totalidad del personal de dotación de los destacamentos de su dependencia, esto es, Retén Hospital, Retén Champa, Retén Chada, Retén Pintué y Retén Huelquén, se trasladó a la mencionada unidad base.

b) Que, desde la misma fecha, a petición del citado subcomisario, varios civiles, dueños de tierras y/o vehículos menores y de carga comenzaron a colaborar activamente con el transporte de personal y de detenidos, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine.

c) Que, el día 17 de septiembre de 1973, en horas de la tarde, cuatro miembros del asentamiento "Paula Jaraquemada" de Paine, Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres, a instancias del presidente del citado asentamiento, Carlos del Carmen Pacheco Cornejo, se presentaron en la Subcomisaría de Carabineros la misma comuna, quedando detenidos en dicho recinto.

d) Que, ese día, también concurrió a dicha unidad policial Alejandro del Carmen Bustos González, quedando igualmente privado de libertad.

e) Que, en las horas siguientes, funcionarios de la mencionada unidad policial interrogaron y golpearon a los referidos detenidos.

f) Que, al día siguiente, en la madruga, Alejandro del Carmen Bustos González, Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres fueron sacados de la Subcomisaría de Paine, subidos a un vehículo y trasladados hacia el sector de Collipeumo.

g) Que la comitiva que trasladó a los detenidos estaba conformada por varios vehículos, ocupados por personal de carabineros y por civiles, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, todos al mando del sargento Manuel Antonio Reyes Álvarez, ex jefe del Retén Hospital.

h) Que, una vez en el sector de Collipeumo, los detenidos fueron bajados del vehículo en que se les transportaba, obligados a alzar los brazos y fusilados, por orden de Reyes Álvarez, ejecutada tanto por funcionarios de carabineros como por civiles.

i) Que, tras lo ocurrido, los cuerpos cubiertos de sangre de las víctimas fueron arrojados al cauce del canal Panamá, entre otros por Luzoro Montenegro, en la creencia de que todos ellos habían fallecido.

j) Que, sin embargo, una de las víctimas, Carlos Chávez Reyes, murió a causa de un traumatismo cráneo encefálico y asfixia por sumersión y, otra, Alejandro del Carmen Bustos González, logró sobrevivir, resultando sólo con una herida de bala en el brazo izquierdo.

k) Que, el resto, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres murió a raíz de los impactos de proyectil balístico recibidos.

l) Que los restos de los fallecidos fueron encontrados días después en distintos sitios, colindantes con el curso de agua señalado".

En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar la suma total de $ 1.840.000.000 (mil ochocientos cuarenta millones de pesos) a los familiares de las víctimas, según la distribución de montos que se explicitan en el fallo.


Histórico: Por primera vez un civil cumplirá cárcel efectiva en causas de DDHH

Fuente :Cooperativa.cl , 2 de Junio 2020

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó una sentencia de 20 años de presidio, en calidad de autor de cuatro homicidios calificados, en contra de Juan Francisco Luzoro Montenegro, ex presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine.

En un fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia dictada el 31 de marzo pasado por la ministra en visita Marianela Cifuentes, de la Corte de Apelaciones de San Miguel.

Éste responsabilizó a Luzoro por los asesinatos de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres, y por el delito frustrado de homicidio de Alejandro del Carmen Bustos González; ilícitos perpetrados el 18 de septiembre de 1973 en el sector de Colipeumo, de la comuna de Paine.

El abogado Nelson Caucoto, querellante en representación de las familias de las víctimas, destacó el carácter "histórico" del fallo, pues es la primera vez en que un civil cumplirá pena efectiva de cárcel en una causa de derechos humanos en Chile.

"Él era el jefe de los civiles que, al interior de Paine, se organizaron en torno a la comisaría de esa localidad para ejercer la represión", explicó.

El abogado de derechos humanos agregó que se trata de "un fallo que comienza a hacer justicia para Paine, que ha esperado más de 40 años para que se vengan a resolver con esta tardanza estos casos, que son tan graves".

En el aspecto civil, la Corte Suprema condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 2.210 millones de pesos a los familiares de las víctimas, tras acoger el recurso de casación e incluir a nueve hermanos y a la conviviente de uno de ellos.

Los hechos

En la investigación que determinó la condena la ministra Cifuentes estableció que, a petición del capitán de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza, jefe de la Subcomisaría de Paine, "varios civiles, dueños de tierras y/o vehículos menores y de carga comenzaron a colaborar activamente con el transporte de personal y de detenidos, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine".

"El día 17 de septiembre de 1973, en horas de la tarde, cuatro miembros del asentamiento 'Paula Jaraquemada' de Paine, Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres, a instancias del presidente del citado asentamiento, Carlos del Carmen Pacheco Cornejo, se presentaron en la Subcomisaría de Carabineros la misma comuna, quedando detenidos en dicho recinto. Ese día también concurrió a dicha unidad policial Alejandro del Carmen Bustos González, quedando igualmente privado de libertad", consta en el fallo.

En las horas siguientes los funcionarios de la unidad policial "interrogaron y golpearon a los referidos detenidos", y al día siguiente, en la madrugada, "fueron sacados de la Subcomisaría de Paine, subidos a un vehículo y trasladados hacia el sector de Colipeumo".

"La comitiva que trasladó a los detenidos estaba conformada por varios vehículos, ocupados por personal de Carabineros y por civiles, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, todos al mando del sargento Manuel Antonio Reyes Álvarez, ex jefe del Retén Hospital. (…) Una vez en el sector de Collipeumo, los detenidos fueron bajados del vehículo en que se les transportaba, obligados a alzar los brazos y fusilados, por orden de Reyes Álvarez, ejecutada tanto por funcionarios de carabineros como por civiles", se detalla.


Asesinatos de Paine: Por Fin Cayó el Camionero Luzoro

Fuente :reddigital.cl, 4 de Febrero 2016

Categoría : Prensa

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, dictó sentencia que condenó a Juan Francisco Luzoro Montenegro a 20 años de presidio como responsable del homicidio calificado de 4 personas y el homicidio calificado frustrado de una persona en el sector Collipeumo de Paine. En otro caso, la Corte de Apelaciones confirmó condenas a ex agentes DINA que asesinaron a una familia, en el montaje de Rinconada de Maipú, en 1975.

La magistrada sentenció a Luzoro Montenegro por los homicidios de  Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres y de homicidio calificado, en grado frustrado, en la persona de Alejandro del Carmen Bustos González, hechos cometidos el día 18 de septiembre de 1973, en la comuna de Paine.

La investigación de la magistrada estableció que:

«a) Que, a partir del día 11 de septiembre de 1973, por disposición del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, jefe de la Subcomisaría de Paine, la totalidad del personal de dotación de los destacamentos de su dependencia, esto es, Retén Hospital, Retén Champa, Retén Chada, Retén Pintué y Retén Huelquén, se trasladó a la mencionada unidad base.

b) Que, desde la misma fecha, a petición del citado subcomisario, varios civiles, dueños de tierras y/o vehículos menores y de carga comenzaron a colaborar activamente con el transporte de personal y de detenidos, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine.

c) Que, el día 17 de septiembre de 1973, en horas de la tarde, cuatro miembros del asentamiento «Paula Jaraquemada» de Paine, Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres, a instancias del presidente del citado asentamiento, Carlos del Carmen Pacheco Cornejo, se presentaron en la Subcomisaría de Carabineros la misma comuna, quedando detenidos en dicho recinto.

d) Que, ese día, también concurrió a dicha unidad policial Alejandro del Carmen Bustos González, quedando igualmente privado de libertad.

e) Que, en las horas siguientes, funcionarios de la mencionada unidad policial interrogaron y golpearon a los  referidos detenidos.

f) Que, al día siguiente, en la madruga, Alejandro del Carmen Bustos González, Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres fueron sacados de la Subcomisaría de Paine, subidos a un vehículo y trasladados hacia el sector de Collipeumo.

g) Que la comitiva que trasladó a los detenidos estaba conformada por varios vehículos, ocupados por personal de carabineros y por civiles, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, todos al mando del sargento Manuel Antonio Reyes Álvarez, ex jefe del Retén Hospital.

h) Que, una vez en el sector de Collipeumo, los detenidos fueron bajados del vehículo en que se les transportaba, obligados a alzar los brazos y fusilados, por orden de Reyes Álvarez, ejecutada tanto por funcionarios de carabineros como por civiles.

i) Que, tras lo ocurrido, los cuerpos cubiertos de sangre de las víctimas fueron arrojados al cauce del canal Panamá, entre otros por Luzoro Montenegro, en la creencia de que todos ellos habían fallecido.

j) Que, sin embargo, una de las víctimas, Carlos Chávez Reyes, murió a causa de un traumatismo cráneo encefálico y asfixia por sumersión y, otra, Alejandro del Carmen Bustos González, logró sobrevivir, resultando sólo con una herida de bala en el brazo izquierdo.

k) Que, el resto, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres murió a raíz de los impactos de proyectil balístico recibidos.

l) Que los restos de los fallecidos fueron encontrados días después en distintos sitios, colindantes con el curso de agua señalado».

En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar la suma total de  $ 1.840.000.000 (mil ochocientos cuarenta millones de pesos) a los familiares de las víctimas, según la distribución de montos que se explicitan en el fallo.

Juan Francisco Luzoro Montenegro, quien en la actualidad se dedica a la crianza de caballos, ha sido procesado por su participación en los secuestros y homicidios de un total de 26 personas de Paine y sus alrededores,  cometidos entre el 16 de septiembre de 1973 y el 16 de octubre de ese año.

Juan Francisco Luzoro enfrenta la justicia como cómplice de secuestro agravado de dos víctimas, también fue declarado reo junto a Mario Tagle Román como autores del homicidio calificado de otras víctimas. Juan Francisco Luzoro y Ricardo Tagle Román también fueron procesados como autores de homicidio calificado.

Luzoro Montenegro además de prestar un vehiculo Peugeot rojo para que carabineros realizaran mas detenciones de la lista de personas adherentes al gobierno de salvador Allende que el les entrego, participó personalmente en los asesinatos, hecho del cual aun se jacta con las personas que le quieran escuchar en la localidad de Paine.

Alejandro Bustos, una victima que sobrevivió a los disparos en el fusilamiento, simulando estar muerto, se convirtió en testigo principal en contra de los asesinos y ha reconocido a Juan Francisco Luzoro Montenegro como uno de los fusileros en las ejecuciones sumarias que se cometieron en Paine. «El Colorín», como es conocido Bustos en esa localidad y que escapó herido y se mantuvo escondido por años gracias a familiares y amigos, hoy se ha transformado el acusador más importante de la zona. Por esta razón se ha transformado en objetivo de intimidación de parte Juan Luzoro Montenegro, quien en una oportunidad intento arrollar al Sr. Bustos con su vehiculo, además que ha tratado de intimidar a otros testigos de sus crímenes.

En nombre de los testigos contra Luzoro Montenegro, se le ha solicitado a la jueza María Estela Elgarrista que lleva ese caso, que proporcione protección policial a los testigos de Paine.


La salvaje represión a campesinos

Fuente :puntofinal.cl, 8 de Diciembre 2017

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a Francisco Luzoro Montenegro a la pena de 20 años de presidio, en calidad de autor de los delitos de homicidio calificado de los campesinos Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres; y del delito frustrado de homicidio calificado de Alejandro del Carmen Bustos González, crímenes perpetrados el 18 de septiembre de 1973 en el sector de Colipeumo, en la comuna de Paine.

En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por Milton Juica, Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Antonio Valderrama y el abogado Jean Pierre Matus- confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que ratificó la resolución de la ministra en visita Marianela Cifuentes del 31 de marzo pasado. En contra votó el juez Cisternas.

La ministra Cifuentes estableció que, tras el golpe militar del 11 de septiembre de 1973, carabineros de los retenes de Hospital, Champa, Chada, Pintué y Huelquén fueron trasladados a la subcomisaría de Paine, a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, quien pidió ayuda a varios civiles, dueños de tierras en la zona, para detener y castigar a campesinos a quienes se acusó de ser agitadores comunistas.

Juan Francisco Luzoro Montenegro, presidente de la Asociación de Transportistas de Paine, actuó como cabecilla de varios civiles que facilitaron vehículos y logística para las labores represivas de carabineros y militares y participaron en ejecuciones de al menos setenta campesinos y obreros agrícolas de Paine, localidad ubicada 46 kilómetros al suroeste de Santiago, en la actual provincia del Maipo.

LA VENGANZA PATRONAL
El 15 de septiembre de 1973, los carabineros y civiles que les ayudaban -a bordo de varios vehículos particulares- detuvieron a doce campesinos y los condujeron al cuartel policial de Paine. Allí los raparon con navaja, los hicieron desnudarse y amarrados los mantuvieron boca abajo en el suelo, siendo pisoteados por carabineros y civiles (Claudio Oregón, Antonio Carrasco y Darío González). Luego les aplicaron corriente eléctrica y los metieron en unos tambores con aguas servidas. Los soltaron al anochecer  vistiendo sólo sus calzoncillos.
Dos días después, en vísperas de Fiestas Patrias, varios campesinos del asentamiento “Paula Jaraquemada” fueron notificados que se presentaran en la subcomisaría de Paine. Hasta allí llegaron los obreros agrícolas Alejandro Bustos González, Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres. Les esperaban los sargentos Manuel Reyes Alvarez, Jorge Verdugo, Víctor Sagredo y José Retamales, junto a los carabineros Juan Valenzuela, José González, Jorge Leiva y Pío Moya. También estaban los civiles Claudio Oregón, Darío González, Jorge Aguirre y Francisco Luzoro.

Tras ingresar al cuartel los cinco campesinos, fueron sometidos a brutales palizas y tortura con electricidad. En la noche, tirados en el suelo, semiinsconcientes en las caballerizas, escucharon la música y risas que provenían de un asado que compartían unos quince civiles y una veintena de carabineros.

Pasada la una de la madrugada los sacaron de las caballerizas. A la entrada del cuartel esperaba una caravana de camionetas -una amarilla, de Claudio Oregón; una roja, de Francisco Luzoro; una verde, de Jorge Sepúlveda; y otra blanca-. Subieron a los detenidos y los vehículos partieron conducidos por sus propietarios con rumbo desconocido. Tras una hora de viaje el convoy se detuvo e hicieron bajar a los cinco campesinos. Estaban junto a un cerro y al lado del camino de tierra; muy abajo, corría un río ancho y torrentoso. Les ordenaron que se pusieran de espaldas al abismo, con los brazos en alto, alumbrados por los focos de las camionetas, contra cuyas luces se perfilaban las sombras de policías y civiles.

Rugieron las metralletas y se estremecieron los cuerpos de los ejecutados. Alejandro Bustos sintió que un balazo le destrozó el brazo izquierdo y cayó de espaldas. Sobre él se precipitó uno de sus compañeros, cuya sangre le empapó la cara y la cabeza. Francisco Luzoro, Antonio Carrasco y el sargento Reyes se acercaron a verificar la muerte de sus víctimas.

Bustos se hizo el muerto. Dos de sus verdugos lo tomaron de pies y brazos y lo arrojaron al río. Cayó al borde del cauce, sobre unas zarzamoras. Pudo ver cómo a los otros campesinos les cortaban el cuello antes de lanzarlos al agua. A uno de ellos le sacaron los ojos y le cercenaron la lengua.

La periodista Cherie Zalaquett, en su libro Sobrevivir a un fusilamiento. Ocho historias reales, publicado por Aguilar Chilena de Ediciones en 2005, relata pormenores del calvario vivido por Alejandro Bustos, quien logró sobrevivir a la matanza y en los últimos cuarenta años se transformó en el principal testigo para inculpar a los responsables de aquellos crímenes en el sector de Colipeumo.

OTRO PROCESO
La ministra Marianela Cifuentes también procesa desde fines de junio de este año a Francisco Luzoro por el homicidio calificado de Ricardo Eduardo Carrasco Barrios, cometido en Paine el 16 de septiembre de 1973. Ese día, en la madrugada, una caravana de vehículos con carabineros y civiles al mando del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza y de Luzoro Montenegro llegaron al asentamiento “Santa Rosa”, lugar en que se ocultaban Carrasco Barrios y otros. Detuvieron a Carrasco y lo obligaron a correr hacia un canal cercano, momento en el cual le dispararon por la espalda provocándole la muerte y lanzando su cadáver al curso de agua.

Marianela Cifuentes también cerró en el mes de abril la etapa de sumario por la causa denominada “Caso Paine” que comprende a 38 víctimas y que hace referencia a dos episodios: la detención y posterior ejecución de los campesino del sector de “El Escorial”, ejecutados en la cuesta Chada el 3 de octubre de 1973; y la detención y ejecución de los campesinos de los asentamientos “24 de abril”, “El Transito”, “Nuevo Sendero” y “Paine”, asesinados en el sector de Los Quillayes cerca del lago Rapel el 16 de octubre de 1973. Junto a esas víctimas fueron también fusilados Ramón Capetillo Mora y Mario Muñoz Peñaloza, detenidos el 8 y el 10 de octubre respectivamente. En ambos casos, los militares responsables fueron miembros de la Escuela de Infantería de San Bernardo.

Francisco Luzoro, ex dirigente de los camioneros de Paine que ahora están dedicado a la crianza de caballos en su fundo de Fresia, Región de La Araucanía, fue detenido por detectives y trasladado a Santiago para ser presentado ante la Corte de Apelaciones, donde fue notificado de su condena, que deberá cumplir en la cárcel de Colina.

A diferencia del terrateniente Juan Quintanilla, encausado por el juez Héctor Solís Montiel en 2008 por su participación junto a militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo en el episodio del 16 de octubre de 1973 en el que fueron asesinados 22 campesinos, Luzoro actuó siempre junto a efectivos de Carabineros.
Paine, con un total de setenta víctimas, es el lugar que tiene la cuota más alta de ejecutados y detenidos desaparecidos en Chile, en proporción a sus habitantes. Otros civiles procesados por los crímenes de campesinos de esa zona son Rubén González Carrasco, Claudio Oregón Tudela y los hermanos Jorge y Mario Tagle Román.

El juez Héctor Solis, quien en un trabajo investigativo excepcional logró ubicar en Litueche la quebrada donde fueron asesinados 22 campesinos de Paine, falleció en octubre de 2013 y fue reemplazado por la jueza Marianela Cifuentes Alarcón. Parte de la labor del juez Solís quedó registrada en el documental Ministros en visita en causas de derechos humanos. El caso Paine, que se puede ver en Youtube.

SE ACERCA LA VERDAD
En 1979, la justicia militar se encargó de sobreseer los procesos abiertos por los hechos de Paine en virtud de la Ley de Amnistía de 1978, aprobada por el dictador Augusto Pinochet para encubrir sus crímenes. No obstante ahora, casi treinta años después, los jueces parecen acercarse a la verdad, la justicia y la reparación.
La reforma agraria iniciada en la decada de 1960 y acentuada bajo el gobierno de Salvador Allende y la Unidad Popular, hizo posible que muchas familias campesinas de todo el país fueran beneficiadas con la asignación de tierras que, hasta entonces, pertenecían a un pequeño grupo de latifundistas. Los campesinos, entonces, dieron vida a los “asentamientos” y a su desarrollo productivo. Pero en Paine, como en el resto del campo, el 11 de septiembre de 1973 volvió todo atrás. Bandas de civiles de extrema derecha, policías y militares cobraron venganza, asesinando a dirigentes sindicales y campesinos asentados.

Los crímenes, la impunidad y el temor se extendieron por las pequeñas localidades de Paine, Hospital, Huelquén, Culitrín, Chada, Rangue, El Vínculo, Pintué y Laguna de Aculeo. Muchos campesinos y sus familias presenciaron cómo civiles de la zona guiaban a los uniformados por los asentamientos entregando nombres y participando en la represión.

Esos civiles, por décadas, habían logrado eludir a la justicia y se daban maña, incluso, para seguir amenazando a los familiares de sus víctimas. Ahora, con Francisco Luzoro en la cárcel, pareciera que todo empieza a cambiar.

MANUEL SALAZAR SALVO

Civiles procesados

Más de 50 civiles están siendo procesados en las causas que llevan los jueces investigadores de violaciones a los derechos humanos, según señalaron a PF fuentes de tribunales. En la mayoría de los casos se trata de personas vinculadas a la represión de campesinos, obreros agrícolas y forestales, muchos de ellos mapuches, que participaron activamente en la reforma agraria que emprendieron los presidentes Frei Montalva y Allende entre 1967 y 1973.

Muchos de los civiles encausados se vincularon especialmente con Carabineros de zonas rurales que tuvieron a su cargo la represión en los días que siguieron al golpe militar. Colaboraron aportando listas de personas a las cuales consideraban “extremistas peligrosos” y en no pocos casos actuaron directamente en las detenciones y ejecuciones que son investigadas. También contribuyeron con vehículos, vituallas e incluso dinero para apoyar el trabajo de búsqueda y detención de los campesinos.

La mayoría de ellos eran militantes de partidos de derecha, integrantes del grupo terrorista Patria y Libertad o miembros de grupos que se opusieron tenazmente al gobierno de la Unidad Popular. A casi todos ellos los motivó la revancha ante los avances del movimiento popular logrados en los años del gobierno del presidente Allende.

Entre los civiles procesados se encuentra Sergio Bustos Baquedano, autor de la demanda laboral en contra de Natalia Compagnon por el llamado caso Caval, quien fue sometido a proceso por la Corte de Apelaciones de Chillán en agosto de 2015, en la causa que investiga los homicidios en 1974 de Rolando Angulo, Ogan Lagos y Bartolomé Salazar, miembros del MIR en San Carlos, donde Bustos Baquedano militaba en Patria y Libertad.

En Valparaíso se investiga a varios civiles que se habrían incorporado a la Armada como oficiales de reserva después del golpe y participado en interrogatorios y torturas en cuarteles secretos entre septiembre del 73 y fines de 1974. Algunos eran estudiantes de la Universidad Católica de Valparaíso.


C. Suprema concedió casi $10 mil millones en reparaciones en causas por violaciones de DD.HH.

Fuente :colegioabogados.cl, 20 de Marzo 2018

Categoría : Prensa

Según informe de Sala Penal sobre fallos de enero a diciembre de 2017:
Mientras que el coordinador nacional de estos juicios, Sergio Muñoz, consignó en su balance anual que a noviembre de 2017 había 1.306 causas vigentes.
Además de Juica, que preside la instancia, estuvo integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Lamberto Cisternas, Manuel Valderrama y Jorge Dahm.

Prácticamente $10 mil millones concedió la Corte Suprema a familiares de víctimas de violaciones de los derechos humanos el año pasado. El dato está contenido en un informe de 13 páginas elaborado por la Sala Penal -y suscrito por su presidente, el ministro Milton Juica- al realizar el balance de las causas falladas entre enero y diciembre de 2017.

Según el reporte, en total se resolvieron recursos correspondientes a 34 procesos, que involucran a 110 víctimas de delitos de secuestro calificado, homicidios calificados y apremios ilegítimos.

También se entrega el número de personas condenadas por estos ilícitos, que alcanzaron las 139. De ellas, indica el documento, «127 lo fueron con penas efectivas de presidio, recibiendo un mayor número de condenas, por aparecer implicados en varios procesos, los sentenciados Miguel Krassnoff Martchenko (brigadier en retiro del Ejército), Pedro Espinoza Bravo (ex agente de la DINA) y Basclay Zapata Reyes (sentencias previas a su fallecimiento en diciembre de 2017)», consigna el informe.

Al desglosar las indemnizaciones, aunque mayoritariamente se entregaron en juicios penales, alcanzando los $7.255 millones, también las hubo en procesos civiles. En estos últimos se otorgaron $2.430 millones a las víctimas por concepto de reparación.

La causa en la que se entregó el mayor monto en el período, equivalente a un 29,5% del total, correspondió al caso del primer civil no ligado a organismos del Estado, Juan Francisco Luzoro Montenegro. El camionero fue condenado a 20 años de cárcel por el asesinato de cuatro personas, además de un homicidio frustrado, ocurrido en el sector de Colpeumo, en Paine, el 18 de septiembre de 1973, y el máximo tribunal dispuso indemnizar a las viudas, conviviente, hijos y a un sobreviviente con un monto total superior a los $2.800 millones.

Sin perjuicio del informe de la Sala Penal, de forma anual, el ministro Sergio Muñoz, coordinador nacional de causas sobre violaciones derechos humanos, da cuenta de la situación de estos juicios. Entre otros aspectos, informa que durante el año recién pasado «se ha iniciado un número importante de causas por torturas, apremios ilegítimos, detenciones ilegales» por denuncias en Valparaíso, Santiago y San Miguel.

A noviembre de 2017, advierte Muñoz, había 1.306 causas relativas a delitos de lesa humanidad vigentes. Como comentario final a su informe, advierte: «La evaluación que puede efectuar este ministro encargado (Muñoz) es sobre la base de los antecedentes y estadísticas enviadas por los ministros que tramitan los procesos, como por la conversación que se ha sostenido con ellos, es que no se han producido avances significativos de los procesos».


Corte de San Miguel dicta condenas por homicidio de dos jóvenes de Paine, en 1973

Fuente :caucoto.cl, 19 de Mayo 2020

Categoría : Prensa

Después de varias décadas esperando por justicia, la ministra  en visita extraordinaria para causas de violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel,  Marianela Cifuentes, dictó sentencia y condenó a 10 y 15  años de presidio al ex coronel de carabineros, Nelson Iván Bravo Espinoza, y el empresario Juan Francisco Luzoro Montenegro, en calidad de autores del delito de homicidio calificado de Ricardo Eduardo Carrasco Barrios (19) y Saúl Sebastián Cárcamo Rojas (20)ejecutados a manos de carabineros y civiles, el 16 de septiembre de 1973, en la comuna de Paine.

En la sentencia, dictada en primera instancia, la magistrada absolvió a Luzoro por el homicidio de Saúl Cárcamo, pero lo condenó a 10 años y un día de cárcel por el homicidio calificado de Ricardo Carrasco Carrasco; mientras que el coronel Nelson Bravo fue condenado a 15 años y un día de prisión por los homicidios calificados de Saúl Cárcamo y Ricardo Carrasco, dos jóvenes estudiantes y militantes del MIR.

El abogado Nelson Caucoto, querellante en la causa, valoró la resolución e indicó que “se trata de un fallo importante ya que se hace justicia después de 46 años de impunidad. Se trató del ajusticiamiento de dos jóvenes  a mano de una caravana de civiles y carabineros de esa localidad. De este modo, se continúa pavimentando el camino de la justicia para las 70 víctimas de Paine”, indicó.

Los hechos

Según la investigación de la ministra Cifuentes, se pudo establecer  que “el día 14 de septiembre de 1973, en horas de la noche, funcionarios de Carabineros de la Subcomisaria de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, allanaron el inmueble de calle 18 de Septiembre N° 3.590, del asentamiento campesino “Arco Iris”, en búsqueda de Saúl Sabastián Cárcamo Rojas, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, quien no se encontraba en el lugar desde el día 11 del mismo mes.
Que al día siguiente, en horas de la noche, Cárcamo Rojas regresó a su domicilio, haciendo presente a familiares su temor a ser detenido, junto a otros jóvenes del sector, a raíz de su militancia política.

Que, el día 16 de septiembre de 1973, en la madrugada, una caravana compuesta por funcionarios de Carabineros de la Subcomisaria de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza y civiles, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, se dirigieron al asentamiento “Santa Rosa” de Paine, lugar en el que se ocultaban, entre otros, Ricardo Eduardo Carrasco Barrios.

Que, acto seguido, encontrándose detenido Carrasco Barrios, lo hicieron correr hacia un canal cercano y, en ese instante, le dispararon por la espalda, provocándole la muerte, siendo lanzado su cadáver a dicho canal.

Que, tras tomar conocimiento del operativo que se desarrollaba en el asentamiento “Santa Rosa” de Paine, en el que resultó fallecido el militante del MIR Ricardo Carrasco Barrios, Saúl Sebastián Cárcamo Rojas huyó hacia los potreros situados en las inmediaciones de su domicilio.

Que, concluido el mencionado operativo, la misma caravana, compuesta por funcionarios de carabineros de la Subcomisaria de Paine y por civiles, entre ellos, Juan Francisco Luzoro Montenegro, previamente concertados, se dirigió hasta el domicilio de Cárcamo Rojas, encontrándolo en las inmediaciones, lugar en el que dispararon en su contra, causándole la muerte a causa de un traumatismo cráneo facial y torácico”.


Episodio Paine: Corte de San Miguel confirma condenas a ex coronel y a empresario por homicidio de dos jóvenes del MIR

Fuente :eldesconcierto.cl, 6 de Abril 2021

Categoría : Prensa

“Lo que ocurrió en Paine es que hubo una reacción de la burguesía patronal del campo, que se vio muy perjudicada con la reforma agraria. Muchas de las víctimas son asentados, es decir, gente que había sido favorecida con la entrega de la tierra”, sostuvo en conversación con El Desconcierto el abogado querellante Nelson Caucoto.

La  Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, confirmó la sentencia de primera instancia y mantuvo la condena del ex coronel de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza y del empresario Juan Francisco Luzoro, por los homicidios de dos jóvenes militantes del MIR el 16 de septiembre de 1973, en el fundo Santa Rosa de la localidad de Paine.

La sala integrada por los ministros Diego Simpértigue Limare y Ana Cienfuegos Barros y abogado Integrante señor Carlos Castro Vargas, confirmó lo resuelto por la ministra Marianela Cifuentes, en abril del año pasado, y condenó a Bravo Espinoza a 12 años de presidio mayor en su grado medio como autor de los delitos de homicidio de Saúl Cárcamo Rojas (20) y Ricardo Carrasco Barrios (19).

Mientras que Luzoro quedó condenado a la pena de 8 años como autor del homicidio calificado solo de Carrasco Barrios.

Cabe señalar que este caso, conocido como episodio Paine, comprende la investigación de 70 víctimas en total, en su gran mayoría campesinos de la zona.

El abogado querellante, Nelson Caucoto, conversó con El Desconcierto y sostuvo que “esto trae una cierta tranquilidad a los familiares, que han estado durante tantos años bregando porque se haga justicia y empiezan a conseguirlo después de 48 años”. Sobre esto último afirmó que “es muy tardía la sentencia”.

El profesional, explicó que “los militantes del MIR fueron muy perseguidos y solo eran cuatro o cinco en Paine, eran puros cabros chicos. Esto da cuenta del tipo de represión que se dio en esa localidad, que fue brutal”.

Sobre la gran cantidad de años que transcurrieron entre los hechos y la sentencia, Caucoto entregó un dato: “Aquí habían más procesados. Tres por lo menos de los civiles y esos murieron. Habían carabineros y también murieron, eso demuestra cómo el paso del tiempo perjudica la resolución de estas causas. Porque debió haber terminado con muchos más condenados”.

En este sentido, el fallo también aprobó los sobreseimientos definitivos parciales dispuestos en favor de los procesados civiles Juan Manuel Balcázar Soto, Claudio Antonio Oregón Tudela y Mario Emilio Tagle Román, por encontrarse fallecidos.

“Se cobraron revancha con esta gente”

Caucoto explicó que de las 70 víctimas, casi todos eran campesinos. “Lo que ocurre en Paine es que hubo una reacción de la burguesía patronal del campo, que se vio muy perjudicada con la reforma agraria. Muchas de las víctimas son asentados, es decir, gente que había sido favorecida con la entrega de la tierra”, sostuvo.

“Es la reacción de los dueños de los fundos que han sido expropiados y fue la reacción del sector patronal. Esto es muestra de la fiereza con la que se actuó en contra del gobierno de la Unidad Popular. Aquí se cobraron revancha con esta gente que era de los sectores más vulnerables de la sociedad”, afirmó.

Ahora, las defensas todavía tienen la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema. Al respecto, el abogado querellante aseguró que tiene “las mejores expectativas”, si es que se llega a esa instancia. Además, buscará que se condene a Luzoro por el homicidio de Cárcamo Rojas y no solo por el de Carrasco.

Acribillados por civiles y uniformados

Según la investigación de la ministra Cifuentes, se pudo establecer  que “el día 14 de septiembre de 1973, en horas de la noche, funcionarios de Carabineros de la Subcomisaría de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, allanaron el inmueble de calle 18 de Septiembre N° 3.590, del asentamiento campesino ‘Arco Iris’, en búsqueda de Saúl Sabastián Cárcamo Rojas, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, quien no se encontraba en el lugar desde el día 11 del mismo mes”.

“Que al día siguiente, en horas de la noche, Cárcamo Rojas regresó a su domicilio, haciendo presente a familiares su temor a ser detenido, junto a otros jóvenes del sector, a raíz de su militancia política”.

“Que, el día 16 de septiembre de 1973, en la madrugada, una caravana compuesta por funcionarios de Carabineros de la Subcomisaría de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza y civiles, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, se dirigieron al asentamiento ‘Santa Rosa’ de Paine, lugar en el que se ocultaban, entre otros, Ricardo Eduardo Carrasco Barrios”.

“Que, acto seguido, encontrándose detenido Carrasco Barrios, lo hicieron correr hacia un canal cercano y, en ese instante, le dispararon por la espalda, provocándole la muerte, siendo lanzado su cadáver a dicho canal”.

“Que, tras tomar conocimiento del operativo que se desarrollaba en el asentamiento ‘Santa Rosa’ de Paine, en el que resultó fallecido el militante del MIR Ricardo Carrasco Barrios, Saúl Sebastián Cárcamo Rojas huyó hacia los potreros situados en las inmediaciones de su domicilio”.

“Que, concluido el mencionado operativo, la misma caravana, compuesta por funcionarios de carabineros de la Subcomisaría de Paine y por civiles, entre ellos, Juan Francisco Luzoro Montenegro, previamente concertados, se dirigió hasta el domicilio de Cárcamo Rojas, encontrándolo en las inmediaciones, lugar en el que dispararon en su contra, causándole la muerte a causa de un traumatismo cráneo facial y torácico”.


Ministra Marianela Cifuentes condena a carabineros (r) y civiles por secuestro calificado de profesor rural

Fuente :pjud.cl, 6 de Julio 2022

Categoría : Prensa

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó, en costas, a dos funcionarios de Carabineros en retiro y a dos civiles, por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del profesor de la escuela de la localidad de Chada Cristián Víctor Cartagena Pérez. Ilícito perpetrado a partir del 18 de septiembre de 1973, en la comuna de Paine.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó, en costas, a dos funcionarios de Carabineros en retiro y a dos civiles, por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del profesor de la escuela de la localidad de Chada Cristián Víctor Cartagena Pérez. Ilícito perpetrado a partir del 18 de septiembre de 1973, en la comuna de Paine.

En el fallo (causa rol 4-2002), la ministra en visita condenó a Nelson Iván Bravo Espinoza, capitán de Carabineros a la época de los hechos, a la pena efectiva de 12 años de presidio en calidad de autor del delito; en tanto, el otrora carabinero Rogelio Lelan Villaroel Venegas deberá cumplir 10 años de presidio, en calidad de autor ejecutor del delito.

En el caso de los civiles Rubén Darío González Carrasco y Juan Francisco Luzoro Montenegro, el tribunal les impuso las penas efectivas de 8 años de presidio, en calidad de autores ejecutores del crimen.

En el ámbito civil, el fallo acogió la demanda interpuesta, condenado al fisco a pagar una indemnización total de $260.000.000 (doscientos sesenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a la cónyuge e hijos de la víctima.

En el fallo, la ministra Cifuentes Alarcón dio por establecido los siguientes hechos:

 Que, en la época de los hechos, Cristián Víctor Cartagena Pérez, profesor y militante del Partido Comunista, vivía junto a su cónyuge Holanda Haydée Vidal Caballero –también profesora– y a sus hijos pequeños en la Escuela de Chada, lugar en que ocupaba el cargo de Director.

 Que el 18 de septiembre de 1973, en la madrugada, Cristián Cartagena Pérez  fue detenido, sin derecho, en la Escuela de Chada, en presencia de su familia, por funcionarios policiales de dotación de la Subcomisaría de Carabineros de Paine, entre ellos, el Sargento José Osvaldo Retamal Burgos y el Carabinero Rogelio Lelan Villaroel Venegas, acompañados por los civiles Rubén Darío González Carrasco y Juan Francisco Luzoro Montenegro, entre otros.

 Que, acto seguido,  fue trasladado a la Subcomisaría de Carabineros de Paine, lugar en que se le mantuvo ilegalmente encerrado y fue sometido a malos tratos, desconociéndose hasta la fecha su paradero.

 Que la Subcomisaría de Carabineros de Paine se encontraba a cargo del Capitán Nelson Iván Bravo Espinoza”.


Corte de San Miguel confirma condenas por crimen de profesor rural de localidad de Chada en 1973

Fuente :resumen.cl, 9 de Mayo 2023

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a dos ex funcionarios de Carabineros (un ex oficial y un ex carabinero) y a dos individuos civiles, por su responsabilidad en el secuestro calificado del profesor rural Cristián Víctor Cartagena Pérez, perpetrado a partir del 18 de septiembre de 1973, en la localidad de Chada, comuna de Paine.

En fallo unánime (causa rol 1968-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras María Catalina González Torres, Dora Mondaca Rosales y abogado (i) Ignacio Castillo Val- ratificó la sentencia dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón, que condenó al ex oficial de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza, en calidad de autor del delito, a la pena de 12 años de presidio efectivo. Este sujeto, a la época de los hechos, ostentaba el grado de capitán y fungía como jefe de las Subcomisaría de Paine y de la Subcomisaría de Buin.

En tanto que el ex carabinero Rogelio Lelan Villaroel Venegas fue condenado a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor ejecutor. Mientras que los individuos civiles de ultraderecha Juan Francisco Luzoro Montenegro y Rubén Darío González Carrasco fueron condenados a la pena de 8 años de presidio efectivo en calidad de autores ejecutores.

Otros carabineros e individuos civiles implicados en este crimen (y en otros cometidos en esa comuna) han fallecido en el curso del proceso. Por su parte, el condenado ex coronel de Carabineros Nelson Bravo Espinoza se encuentra recluido en el penal Punta Peuco cumpliendo condenas por otros hechos criminales perpetrados en la época posterior inmediata al golpe militar en la comuna de Paine, tales como los episodios de Campo Lindo, Canal Viluco, Panadería El Sol, La Estrella, Díaz Manríquez, Godoy Román, Martínez Vera, y Silva Carreño.

En la investigación judicial se pudo establecer que el profesor y militante del Partido Comunista Cristián Cartagena Pérez, de 30 años de edad, era Director de la Escuela de Chada, lugar donde vivía junto a su cónyuge, también profesora en esa escuela, y a sus hijos pequeños.

Durante la madrugada del 18 de septiembre de 1973, el profesor Cartagena Pérez fue detenido en su lugar de vivienda por funcionarios policiales de la Subcomisaría de Carabineros de Paine, entre ellos, el sargento José Osvaldo Retamal Burgos (ya fallecido) y el carabinero Rogelio Lelan Villarroel Venegas, acompañados por los civiles derechistas Rubén Darío González Carrasco y Juan Francisco Luzoro Montenegro, entre otros.

Acto seguido, lo trasladaron hasta la Subcomisaría de Paine, lugar en que se le mantuvo ilegalmente encerrado, sometido interrogatorios y torturas, y desde donde se le hizo desaparecer, desconociéndose hasta la fecha su paradero

por Darío Núñez