Llanos Amariles Segundo Baldomero

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Rama : Carabineros


Corte Suprema confirma condenas de excarabineros por secuestro y asesinato de menor de edad en 1973

Fuente :resumen.cl, 1 de Julio 2022

Categoría : Prensa

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en contra de la sentencia que condena a tres exfuncionarios de Carabineros, por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro agravado de un menor de edad cometido el 22 de septiembre de 1973, en la comuna de La Granja.

En fallo unánime (causa rol 22.962-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, el abogado (i) Diego Munita y la abogada (i) Pía Tavolari- confirmó la resolución, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que mantuvo la sentencia de primera instancia, que condenó a los exoficiales de Carabineros Héctor Fernando Osses Yáñez y Aquiles Bustamante Oliva a penas de 10 años y un día de presidio efectivo en calidad de autores de la sustracción agravada del adolescente Víctor Fernando Maldonado Núñez, de 17 años de edad a dicha época. En tanto, el excarabinero Segundo Baldomero Llanos Amariles deberá cumplir 3 años de presidio en calidad de cómplice del delito.

El fallo del máximo tribunal descartó error en la sentencia que estableció la responsabilidad de los condenados, que formaban parte de la dotación de la Subcomisaría de Carabineros de La Granja, asentada en la Población San Gregorio, unidad policial que colaboró en la represión en el sector sur del Santiago. A la época de los hechos Osses Yáñez era capitán y se encontraba a cargo de la mencionada unidad policial y le secundaba en funciones el entonces teniente Bustamante Oliva.

Tanto Osses Yáñez como Bustamante Oliva realizaban actividades operativas destinadas a reprimir a la población civil de los sectores populares de la zona sur de Santiago, en la comuna donde estaba la Subcomisaría y alrededores. Para esos efectos Osses Yáñez conformó una patrulla especial que actuaba con manga ancha y gatillo fácil, convirtiendo la ejecución de personas detenidas en una práctica reiterada. En otras causas judiciales ya se ha dictado sentencia condenatoria contra estos mismos ex oficiales por el secuestro y homicidio de Joaquín Montecinos Rojas, ocurrido el día 8 de octubre de 1973, y contra Osses Yáñez por el secuestro de Jeremías Jara Valenzuela, a partir del 19 de octubre de 1973.

Así mismo, el día 22 de septiembre de 1973, en horas de la noche, Víctor Fernando Maldonado Núñez, de 17 años, fue detenido por la mencionada patrulla especial de la Subcomisaría de Carabineros de La Granja, integrada, entre otros, por el Sargento 2° Armando Sáez Pérez (actualmente fallecido) y el carabinero Segundo Baldomero Llanos Amariles.

Posteriormente, la referida patrulla trasladó al adolescente Maldonado Núñez, en una camioneta marca Chevrolet, modelo C 10, de color blanco, conducida por Segundo Llanos Amariles, a un sitio eriazo en avenida Américo Vespucio y disparó en su contra, causándole la muerte a causa de una herida a bala. El cadáver del adolescente fue abandonado en el lugar, siendo encontrado al día siguiente por denuncias de vecinos.

Este episodio criminal fue investigado por la ministra Marianela Cifuentes, de la Corte de Apelaciones de San Miguel, quien en enero de 2019 dictó fallo de primera instancia; sentencia que fue ratificada, a su vez, en julio del mismo año por la mencionada Corte.

Finalmente, reafirmando la calificación del hecho como un crimen de lesa humanidad, la Corte Suprema termina por confirmar las resoluciones anteriores y rechazando las casaciones interpuestas por los ex oficiales condenados en este caso.

Al respecto, en su fallo la Corte Suprema fundamenta, entre otras cosas, "que en nuestro país, desde el 11 de septiembre de 1973 y por varios años después, diversos organismos e instituciones estatales, estuvieron al servicio, o actuaron como parte, brazos o auxiliares, de una estructura destinada a la represión generalizada de miles de compatriotas, principalmente por su pensamiento político adverso al régimen militar imperante, pero también por diversas otras incomprensibles razones"

La resolución agrega: "Que dichos organismos e instituciones estatales a los que antes se ha hecho mención, dada su presencia en todo el país, permitían a través de sus agentes, concretar a nivel local, esa política general de represión en personas de carne y hueso, contribuyendo en su identificación como opositores al régimen, ubicación, detención, tortura y muerte, según el caso", añade.

"Que en parte del sector sur de la ciudad de Santiago, la realización de esa política general en dicho territorio, correspondió, entre otras instituciones, a la Subcomisaría de Carabineros de La Granja", afirma la resolución.

"En efecto -continúa-, la sustracción y muerte de Maldonado Núñez y de otras personas que se investigaron en expedientes separados, ocurre días después del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, encontrándose el país en estado de sitio y con toque de queda, y llevándose a cabo a lo largo del territorio cientos de ejecuciones y desapariciones de personas opositoras al régimen militar instaurado, por miembros de las fuerzas armadas y de orden y seguridad".


Ministra Marianela Cifuentes condena a carabineros en retiro por secuestro y homicidio calificado de poblador de La Granja.

Fuente :diarioconstitucional.cl, 24 de Octubre 2018

Categoría : Prensa

En la resolución la magistrada condenó a 13 años de presidio a Héctor Fernando Osses Yáñez en calidad de autor de homicidio calificado y a 541 días de presidio por secuestro simple.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a 3 miembros de Carabineros en retiro por el secuestro simple y homicidio calificado de Joaquín Segundo Montecinos Rojas, hechos ocurridos entre el 8 al 11 de octubre de 1973, en la comuna de La Granja.
En la resolución -30-2009- la magistrada condenó a 13 años de presidio a Héctor Fernando Osses Yáñez en calidad de autor de homicidio calificado y a  541 días de presidio  por secuestro simple; a Aquiles Bustamante Oliva a la pena de 12 años en calidad de autor de homicidio calificado y  a 541 días de presidio por secuestro simple; y a Segundo Baldomero Llanos Amariles a la pena de 2 años  de presidio en calidad de cómplice de homicidio calificado y  20 días como cómplice de secuestro simple, a quien se le concedió el beneficio de la remisión condicional.

En la etapa de investigación, la ministra visita logró establecer los siguientes hechos:

1° Que el día 8 de octubre de 1973, en circunstancias que Joaquín Segundo Montecinos Rojas se encontraba en el inmueble de calle La Granja N° 8.450 de la población San Ramón, comuna de La Granja, fue detenido, sin derecho, por una patrulla de carabineros de dotación de la Subcomisaría de la Granja, integrada por el Sargento 2° Armando Sáez Pérez –fallecido- y el carabinero Segundo Baldomero Llanos Amariles, entre otros.

2° Que, acto seguido, Joaquín Montecinos Rojas, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad policial o administrativa correspondiente, fue trasladado por los mencionados funcionarios policiales hasta un cruce de caminos en el sector de Cerrillos, lugar en que parte de ellos dispararon en su contra, abandonándolo en la vía pública.

 Que el cuerpo de la víctima fue encontrado el día 11 de octubre de 1973, a las 06:00 horas, en el sector de Cerrillos, oportunidad en que se constató su fallecimiento.

4° Que, en esa época, la Subcomisaría de Carabineros de la Granja se encontraba a cargo del Capitán Héctor Fernando Osses Yáñez y del Teniente Aquiles Bustamante Oliva.