Rut: 3.137.489-8
Cargos:
Grado : Sargento
Rama : Armada
Esmeralda
Buque Lebu
Cuartel Silva Palma
Academia de Guerra Naval
CIRE
SICAJSI
Detenidos los 12 procesados por torturas en la Esmeralda
Fuente :La Nación, 1 de Diciembre 2009
Categoría : Prensa
Los 12 oficiales en retiro de la Armada y Carabineros que ayer fueron procesados por la jueza Eliana Quezada por el delito de secuestro y tortura contra ex presos políticos tras el golpe de Estado de 1973 en el buque escuela Esmeralda, fueron arrestados esta mañana por efectivos de la Brigada de Asuntos Especiales y de Derechos Humanos, encabezados por el comisario Sandro Gaete.
Los encausados son los vicealmirantes Juan Mackay Barriga y Sergio Barra von Kretschmann, el capitán de navío Ricardo Riesco Cornejo, el coronel de Carabineros Nelson López Cofré.
Además fueron procesados los suboficiales de la Armada Bertalino Castillo Soto, Jorge Leiva Cordero, Jaime Lazo Pérez, Reginaldo Rebolledo López, Manuel Leiva Valdivieso, Juan Reyes Bausar, Luis Cabezón Cattanzano y Alejo Esparza Martínez.
Todos fueron llevados al cuartel de la PDI de Viña del Mar, para luego, a eso de las 11:30, ser derivados a los tribunales de Valparaíso para comparecer ante la ministra en visita.
La jueza deberá disponer a que recinto naval y de Carabineros serán ingresados los acusados.
La resolución fue dictada por el arresto ilegal y tormentos de María Eliana Comeném, Alberto Neumann Lagos, Claudina Moreno Cortés, María y Rosa Huerta Sánchez, y María Isabel Vásquez Pezoa
Magistrada notifica del procesamiento a catorce ex uniformados involucrados en caso Woodward
Fuente :Radio Universidad de Chile, 30 de Agosto 2010
Categoría : Prensa
En el transcurso de la mañana la brigada de Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones (PDI) inició el traslado hasta la Corte de Apelaciones de Valparaíso de los últimos 14 procesados por la desaparición del sacerdote ingles Miguel Woodward, quien también fue torturado a bordo del Buque Escuela Esmeralda de la Armada de Chile y luego desapareció.
Cabe señalar que el 26 de agosto pasado, la ministra María Eliana Quezada decretó el procesamiento de estos catorce ex uniformados. Los hechos se remontan a los primeros días de la dictadura militar, cuando la Armada de Chile implantó el Plan Cochayuyo, ideado para reprimir a las organizaciones sociales y controlar la zona, después del golpe militar.
Pasadas las 11:00 horas, empezaron a llegar a la Corte de Apelaciones de la Quinta región los funcionarios en retiro de Carabineros y de la Armada involucrados en este caso de derechos humanos para que la magistrada les notifique del procesamiento y de la prisión preventiva.
Los procesados son los Carabineros en retiro Héctor Tapia Olivares, Ángel Lorca Fuenzalida y Enrique Corrales Díaz, todos coroneles; además del mayor Luis Araya Maureira, el capitán Nelson López Cofré y el sargento segundo Jorge Leiva Cordero.
Además fueron procesados los ex oficiales de la Armada, Pedro Abregó Diamanti, capitán de navío; los suboficiales de Infantería de Marina, Manuel Leiva Valdivieso, Juan de Dios Reyes Basaur, Jaime Lazo Pérez, Bertalino Castillo Soto, Alejo Esparza Martínez, Carlos Líbano Riquelme y Sergio Hevia Fabres, todos en retiro.
Con este hecho suman 33 los procesados por este caso, emblemático en materia de derechos humanos en Valparaíso
Juez acusa a diez funcionarios de Armada por responsabilidad en Caso Woodward
Fuente :Radio Universidad de Chile, 18 de Mayo 2011
Categoría : Prensa
El juez Julio Miranda Lillo responsabilizó en diez oficiales y suboficiales de Armada la desaparición del sacerdote chileno británico Miguel Woodward, de quien se perdió rastro físico pocos días después de su detención en septiembre de 1973.
Miguel Woodward Iriberry fue un sacerdote chileno-británico que luego del golpe militar se refugió en distintas casas de amigos, temiendo por su vida ante un arresto por parte de oficiales del Ejército. El 18 de septiembre de 1973 regresó a su domicilio en Cerro Placeres, donde fue interceptado por oficiales marinos que lo condujeron por distintos puntos de interrogatorio hasta perder su rastro físico.
Este miércoles, el juez Julio Miranda Lillo presentó una acusación en contra de diez marinos por su presunta responsabilidad en la desaparición de Woodward. Se trata de oficiales y suboficiales de la Armada que son individualizados en los cargos presentados en el marco del Caso Woodward.
Los marinos procesados son Luis Francisco Pinda Figueroa, Carlos Alberto Miño Muñoz, Guillermo Carlos Inostroza Opazo, José Manuel García Reyes, Marcos Cristián Silva Bravo, Nelson
Roberto López Cofre, Jorge Leiva Cordero, Manuel Atilio Leiva Valdivieso, Bertalino Segundo Castillo Soto y Héctor Fernando Palomino López.
El juez Miranda argumentó que “los hechos antes reseñados configuran la existencia del delito de secuestro seguido de grave daño (posiblemente falleciendo) en la persona de Michael Roy
Woodward Iribery, que contempla el artículo 141 del Código Penal, vigente a la época de los hechos, reuniéndose todos los requisitos que lo configuran, pues fue privado de su libertad de
desplazamiento sin derecho, manteniéndosele bajo detención o encierro en recintos de la Armada, lo que se ha prolongado desde el mes de septiembre de 1973 en adelante, sin que se conozca su paradero o sus restos hayan sido encontrados”.
Miguel Woodward fue conducido hasta la Universidad Santa María para luego ser derivado al buque escuela Esmeralda, lugar emblemático de las fuerzas armadas chilenas utilizado como centro de detención y tortura en dictadura. Ante el deterioro experimentado por Woodward luego de los interrogatorios, fue trasladado hasta el Hospital Naval, sin que se tenga registro físico luego de ello.
Si bien un médico naval extendió un certificado de defunción del sacerdote, nunca fue posible dar con el paradero de su cuerpo. Las últimas diligencias se realizaron en la fosa común del cementerio de Valparaíso, sin resultados positivos.
La acusación será notificada a los querellantes y luego a la defensas de los procesados, para luego dar inicio a la etapa de plenario, previa a la dictación de condena de primera instancia.
Ministro acusa en caso Woodward
Fuente :Mercuriovalpo.cl, 19 de Mayo 2011
Categoría : Prensa
Valparaíso / Armada no se pronunció aunque dijo que ha prestado toda la colaboración.
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo, dictó acusación en la investigación por el caso de secuestro calificado del sacerdote Miguel Woodward Iribery, ocurrido en septiembre de 1973.
El magistrado formuló cargos en contra de los procesados Luis Francisco Pinda Figueroa, Carlos Alberto Miño Muñoz, Guillermo Carlos Inostroza Opazo, José Manuel García Reyes, Marcos Cristián Silva Bravo, Nelson Roberto López Cofre, Jorge Leiva Cordero, Manuel Atilio Leiva Valdivieso, Bertalino Segundo Castillo Soto y Héctor Fernando Palomino López, como autores del ilícito.
En la acusación, el ministro Julio Miranda estableció que "luego de un fuerte interrogatorio y aplicación de tormentos, Woodward es llevado en grave estado hasta el Buque Escuela Esmeralda, nave que la Marina había destinado como Centro de Detención e Interrogatorio, donde fue examinado por un médico y atendido en la Enfermería, situación de la que se pone en conocimiento de la superioridad respectiva, ordenándose su traslado al Hospital Naval donde se pierde su rastro físicamente, toda vez que un médico de la Armada que se desempeñaba en dicho nosocomio, extendió un certificado médico de defunción".
A juicio del ministro en visita, "los hechos antes reseñados configuran la existencia del delito de Secuestro seguido de grave daño (posiblemente falleciendo) en la persona de Michael Roy Woodward Iribery, que contempla el artículo 141 del Código Penal, vigente a la época de los hechos, reuniéndose todos los requisitos que lo configuran, pues fue privado de su libertad de desplazamiento sin derecho, manteniéndosele bajo detención o encierro en recintos de la Armada, lo que se ha prolongado desde el mes de septiembre de 1973 en adelante, sin que se conozca su paradero o sus restos hayan sido encontrados".
La Armada, en tanto, manifestó ayer que "por tratarse de un tema estrictamente judicial que se encuentra aún en curso, no corresponde que la Institución comente o emita opinión respecto de las resoluciones de los tribunales de justicia". Se indicó que Durante el desarrollo de la causa, la Armada entregó todas las facilidades para que el Poder Judicial pudiera cumplir con todas sus diligencias
Definitivo: Fallos judiciales determinan una verdad que no queríamos saber: en el buque-escuela Esmeralda se torturó salvajemente
Fuente :Cambio21, 17 de Mayo 2014
Categoría : Prensa
El fallo del ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda, establece una verdad jurídica que fue secreto a voces por años en Chile. A bordo del buque insignia de nuestra Marina, se torturaba y violaba de manera despiadada, también se asesinó. Las condenas fueron una nueva bofetada. Tres años y un día a dos suboficiales. En total sólo estarán 19 días presos.
La sentencia recayó en la causa criminal Rol Nº 943-2007, donde se investigó el delito de secuestro de María Eliana Comené Hidalgo, Alberto Enrique Neumann, Claudina Rosa Moreno Cortes, María Elvira Huerta Sánchez, María Isabel Vásquez Pezoa y Rosa Angélica Huerta Sánchez.
Los suboficiales Bertalino Segundo Castillo Soto y Jaime Segundo Lazo Pérez, resultaron responsables y condenados a tres años y un día de cárcel, a la que nunca irán, pues se les conmutó la pena.
Eso obtuvieron por secuestrar y luego torturar a 6 personas a bordo del buque escuela Esmeralda. Sólo dos suboficiales, sin que nadie más resultara culpable, en un buque con centenas de marinos, con oficiales a cargo… sólo 2 culpables. Algunos otros fueron eximidos de responsabilidad, por haber muerto o habérseles declarado dementes.
"Quédense quietos tenemos órdenes de disparar"
Consta en la hoja (fojas) 2.573 del expediente "que el día 11 de septiembre del año 1973, se encontraban reunidas un grupo de personas en el Cerro La Cruz, convocado por un dirigente de la CUT, de nombre Manuel Solís. Transcurridas unas horas llegaron a dicho lugar, dos camiones de la Armada siendo rodeada la casa por personal de dicha repartición. Los hicieron acostarse en el suelo con las manos en la cabeza y las piernas separadas, comenzaron a insultarlos y descalificarlos, dando golpes de pies y con las culatas de los fusiles que portaban".
Luego los subieron a un transporte, tendidos boca abajo y trasladaron al molo de abrigo, en dicho sector los colocaron en la pared, sus captores, un grupo de marinos simuló fusilamientos. Más tarde fueron todos llevados a bordo del "Buque Escuela Esmeralda". La bienvenida que les dieron, consistía en insultos y golpes de culatazos.
Las torturas comenzaron más tarde. "Recuerda una testigo: "el día 13 de septiembre, fui violentada por un grupo compuesto por ocho marinos al interior de un baño, donde entre golpes debí sacarme la ropa interior para ver si tenía algo oculto al interior de mi cuerpo". No fue la única vez ni la única que sufrió esas crueldades.
Otra testigo cuya declaración consta de fojas 2575, recuerda haber identificado entre los detenidos a Sergio Vuskovic, Alcalde de Valparaíso de la época, Alberto Neumann, María Eliana Comené, las hermanas María y Rosa Huerta, entre otros. Recuerda que todos los días la interrogaba el personal de la Armada, en los cuales la agredían de golpe y puño, además de los malos tratos, durante toda la permanencia en el "Buque Esmeralda", las hacían escuchar las golpizas que eran objetos los demás, "nos maltrataban por diversión", señala.
La violencia incluía aplicación de electricidad, golpes con cualquier objeto contundente que dispusieran los torturadores, puños y pies y, desde luego, violaciones colectivas a las mujeres. Los detenidos ilegalmente eran trasladados desde la Esmeralda al buque Lebu y desde allí al Maipo, todos anclados en Valparaíso. También eran algunos trasladados ocasionalmente a tierra a una unidad de carabineros.
El Plan Cochayuyo
Justamente un miembro de carabineros declaró en el proceso: "k) Declaración de Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, de fojas 326, ratificada a fojas 536 y fojas 1.181, en la que señala que el día 12 o 13 de septiembre de 1973, se le ordenó que debía presentarse en el "Buque Escuela Esmeralda", lugar donde fue notificado que debía proceder a la custodia de todas las personas que llegaban al Buque y de todas las personas que ya estaban recluidas".
Continúa señalando: "los detenidos eran interrogados al interior del Buque Escuela, específicamente, en la cámara o comedor de los guardiamarinas, por un grupo de personas externas, a la nave llegaban vestidos de civil y estaban a cargo del Capitán de Fragata Jaime Román (fallecido). Según se entera, el personal interrogador pertenecía a Carabineros de Chile, ignorando sus nombres.
Agrega que en una ocasión presenció un interrogatorio, en donde se utilizó la aplicación de corriente eléctrica para que el detenido confesara más rápido".
Según los propios torturadores, participaban de los interrogatorios, entre otros: los Sargentos Alejo Esparza, Jaime Lazo, Bertalino Castillo, apodado "El Choro", Francisco Prado Espejo, Valentín Riquelme, apodado "Gerónimo", Francisco Lagos, y Héctor Santibáñez y Juan de Dios Reyes Bazeur. El plan destinado a apresar contrarios al régimen en la V región, se denominaba "Cochayuyo".
En el Lebu las mujeres, Maipo a Pisagua y la Esmeralda el centro de tortura.
Según la declaración de Rafael Guillermo Mac-Kay Backler, de fojas 373, 1.061 y judicial 1.284, ratificada a fojas 1.287, "al llegar a Valparaíso el día 11 de septiembre de 1973, desde Talcahuano, se enteró del pronunciamiento militar. El Comandante de la Esmeralda Capitán de Navío Jorge Sabugo, le comunicó a los guardiamarinas que al Molo de Abrigo llegarían personas en calidad de detenidas, debiendo proceder a guiarlos desde el momento que bajaran de los camiones hasta el Buque Lebu o Maipo".
"Comenzaron a llegar gran cantidad de personas entre hombres, mujeres y algunos extranjeros, situación que se daba de día y noche". Manifiesta Mac-Kay.
Otros guardias de la Esmeralda declararon que "los prisioneros estaban recluidos las 24 horas del día en el entrepuente de la guardiamarina, donde aproximadamente había cinco corridas de literas dobles, recuerda, que en ocasiones eran sacados del lugar por un acceso restringido, al cual no tenía acceso, algunos detenidos llegaban quejándose del dolor, ante lo que les suministraba dipirona". Agregan que, "los detenidos al interior del Buque Escuela eran de sexo masculino, pero recuerda que había una mujer extranjera que estuvo por poco tiempo, las mujeres eran recluidas al interior del Buque Lebu".
Entre mil y mil 500 detenidos sólo en el maipo
Se estima por un carcelero, que al interior del Maipo hubo entre mil y mil 500 detenidos después del golpe. La declaración judicial de Augusto Pedreros Silva, de fojas 565, es clara: "a partir del día 11 de septiembre de 1973, me correspondió la labor de guardia de mar, lo que realizaba en la puerta de entrada del edificio de la ACANAV, a fin de controlar el ingreso del personal". Recuerda que "el ingreso de los detenidos civiles era por el Cuartel Silva Palma y desde allí eran llevados por los Infantes de Marina hasta el tercer piso, lugar habilitado para el interrogatorio en la ACANAV".
Y continúa: "Los detenidos eran formados uno tras otro, con un brazo apoyado en el que le antecedía, iban encapuchados. Agrega, que uno de los interrogadores durante el primer tiempo era el Oficial Jaime Román Figueroa, quien había sido profesor de la Academia. Posteriormente, comenzaron a cumplir dicha función un grupo de Infantes de Marina, cuyo jefe era un Suboficial de apellido Leiva. Señala que los interrogatorios eran acompañados de torturas, pues se escuchaban los gritos de los detenidos, la que consistía, entre otras, en aplicar corriente, esto lo afirma por haber visto, en ocasiones, a funcionarios de Investigaciones llevar en sus manos magnetos. Por último, señala que en el recinto había personal de Carabineros, recordando, en especial, a una Teniente apodada "La Paloma", la que correspondería a la Teniente Patricia Orellana Alvarado, a quien veía pasar a las salas de interrogatorios".
Placas de electricidad a las detenidas
Una testigo señaló a fojas 2.588: "Me llevaron con una especie de bolsa de un género duro en su cabeza, luego, en una oficina donde habían tres oficiales, me sacaron la bolsa y esposas, uno de nombre Cristian Gantes y Jaime Román Figueroa, allí fui interrogada".
"No recuerdo si al día siguiente o en horas después de ese hecho, me volvieron a cubrir la cabeza con una bolsa y me llevaron a un piso superior, llegando a una especie de calabozo, allí me ataron de espalda a un palo de madera, con unas esposas, me sacaron la ropa de la cintura hacia arriba, en el interrogatorio me preguntaban por las armas, a la vez que me ponían unas placas con electricidad y para que no me desmayara me tiraban agua en forma violenta o se tiraban sobre mi bruscamente, dicho interrogatorio se repitió varias veces consecutivas y era dirigido por Jaime Román Figueroa a quien podía identificar por su perfume y voz. Por último, -agrega-, en la Esmeralda estuvo hasta el día 18 de septiembre de 1973".
Lo que declaró uno de los condenados
Fojas 2600: "Que prestando declaración indagatoria y probatoria el acusado Bertalino Segundo Castillo Soto, a fojas 192, 340 y 1.033, señala (…) Respecto de los detenidos que interrogaban, éstos llegaban a la Academia de Guerra trasladados por Carabineros de Chile y Gendarmería de Chile. (…) Señala además, que debía vestir de civil al momento de interrogar a una persona, cubriendo su rostro con pasa montaña para que no lo reconocieran, a fin de prevenir futuros atentados o represalias personales o familiares.
Manifiesta que las técnicas de interrogatorio eran solamente de diálogo, solo preguntaba y ellos respondían, no había golpes, tortura ni tratos degradantes o inhumanos, como tampoco aplicación de corriente eléctrica o tormento de otro tipo".
Condenas constituyen una nueva bofetada a las víctimas
Las declaraciones son de un cinismo que irrita, por lo que el magistrado en visita las desechó por no estar conforme con la realidad de los hechos. Sin embargo, habiendo transcurrido tanto tiempo, se les absolvió de las violaciones, pues el tribunal no las pudo tener por acreditadas, y aunque ellas acontecieron, no logró tampoco el juez convencerse que los condenados fueron los que violaron a las mujeres. Tres años y un día la condena. Sumados los beneficios, nunca estarán presos por las aberraciones que cometieron.
Sólo los 19 días al ser detenidos por primera vez.
Se estima por organizaciones de Derechos Humanos en 500 los detenidos políticos que estuvieron en la Esmeralda, 1000 en el Buque Maipo y 4000 en el Buque Lebu. Por el Estadio de Valparaíso pasaron cerca de 3000 mil personas, por la Academia de Guerra y el Cuartel Silva Palma, 4000, todos los cuales fueron torturados y varios de ellos, asesinados.
Un testimonio cruento
María Eliana, estudiante de castellano relata: "Ellos estaban pegados en todas las paredes, yo conté ocho infantes de marina, algunos encapuchados y otros con las caras pintadas de negro. Me dicen que me desnude. Yo empecé a desnudarme y me dejé puesta mi parte de abajo, porque tenía puesto el apósito de la menstruación. Entonces, cuando me obligaron incluso a sacarme el calzón yo dije que no podía, porque estaba indispuesta. Me obligaron a hacerlo y ahí ya viene toda la rebeldía femenina, la rebeldía del luchador, por mucho que nos quisieran hacer sentir como animales llegaba el momento en que la dignidad del ser humano se rebelaba contra todo eso. Y fue tal mi ira, la indignación, que me saqué los calzones, tomé el apósito con sangre y se lo puse en el rostro al teniente que estaba dirigiendo el grupo".
No fue suficiente: "Luego de eso, todavía desnuda, por orden del teniente, dos infantes de marina por detrás, me tomaron los glúteos y se agacharon para mirar por el ano". Seguramente fueron los mismos que violaron mujeres para demostrar su poder y rebajar la dignidad de las detenidas. Cubrían sus rostros con gorros pasamontañas y ocultaban sus grados. "En la Esmeralda, -recuerda María Eliana-, había violencia las 24 horas del día, sacaban a los compañeros, los golpeaban, los torturaban, volvían morados y vomitando sangre".
"Cuando me trasladaron al Lebu estábamos separados de los compañeros quienes se encontraban en las bodegas. Nosotras estábamos en los camarotes y éramos tantas que no podíamos respirar, teníamos que dormir sentadas en el suelo. Nos daban de comer una sola vez al día, a las 9 de la mañana. Eran unos porotos que hasta gusanos tenían, una vez que reclamamos nos dijeron burlándose que para qué nos quejábamos si nos daban carne'".
El trato fue realmente inhumano y cruel. Entre los torturadores también hubo civiles y carabineros. En una oportunidad -relata María Eliana- "me llevaron a un camarote que había sido habilitado como sala de interrogatorios y allí estaba un teniente que me comienza a manosear y a gritar diciendo: ¡defiéndete ahora, pos, huevona! Me corrió mano de una manera espantosa, fue más de una hora de sólo eso".
El horror de la Academia de Guerra Naval
Por la Academia de Guerra Naval, en el cerro Playa Ancha, pasó también María Eliana. "Allí estuve como cuatro semanas, me sacaban todas las noches para interrogarme, me golpeaban los oídos con las manos, me ponían corriente en la lengua, en la vagina. Nos sacaban para divertirse con nosotros, para abusar sexualmente. Fueron violaciones masivas. Al final una se desconecta, trata de subliminar lo que está pasando, pero es imposible de olvidar, de hecho, cuando ya me encontraba en la cárcel, hice una seria infección, con vómitos y fiebre".
"Me enviaron al Hospital Naval y ahí dijeron que era sólo un ataque de vesícula y me enviaron de vuelta a la cárcel. No obstante, era algo mucho más serio. Era gonorrea, y era imposible saber cómo y dónde la había contraído, ¿en la Esmeralda, en el Lebu, en la Academia? Lo único claro es que quedé con el endometrio total y absolutamente destruido", termina relatando.
El sacerdote Miguel R. Woodward
Se calculan en unas 40 las mujeres detenidas que estaban en la Esmeralda, las cuales fueron sometidas a todo tipo de maltratos, torturas, vejaciones y violaciones. Entre los detenidos cabe destacar la presencia del sacerdote católico chileno-británico, Miguel R. Woodward, quien falleció a consecuencia de las torturas cuando el 22 de septiembre de 1973 se le llevó al Hospital Naval de Valparaíso por indicación de un médico de la misma Armada. Aunque la Iglesia Católica reclamó su cuerpo, nunca le fue entregado y se lo sepultó en una fosa común sobre la cual posteriormente se construyó un camino.
Justicia sentenció a dos suboficiales (R) de la Armada por violación de derechos humanos en Valparaíso
Fuente :soyvalparaiso.cl, 24 de Abril 2014
Categoría : Prensa
De acuerdo al ministro en visita, los ex funcionarios navales Bertalino Castillo y Jaime Lazo por el secuestro y tortura de seis personas, entre ellos el ya fallecido concejal porteño Alberto Newmann.
El fallecido concejal Alberto Newmann fue uno de los secuestrados y torturados por los suboficiales (r) de la Armada. (EMV)
A tres años y un día de presidio fueron condenados dos suboficiales en retiro de la Armada, quienes violaron los derechos humanos de seis personas entre 11 y el 13 de septiembre de 1973, luego del Golpe de Estado. Entre las víctimas se encontraba el médico y concejal por Valparaíso, Alberto Newmann Lagos quien falleció en abril del año pasado.
De acuerdo a lo informado hoy por el Poder Judicial, el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda, dictó sentencia en contra de los ex funcionarios de la Armada de Chile, Bertalino Castillo Soto y Jaime Lazo Pérez, en calidad de autores de delito de secuestro calificado de María Elena Comené Hidalgo, Alberto Neumann Lagos, Claudina Moreno Cortés, María Elvira Huerta Sánchez, María Isabel Vásquez Pezoa y Rosa Huerta Sánchez, perpetrados entre el 11 y 13 de septiembre de 1973.
La investigación judicial estableció que las víctimas fueron detenidas en diversos lugares de Valparaíso por personal de Carabineros o personal de la Armada, y que fueron conducidas hasta los buques “Esmeralda”, “Maipo” y “Lebu”. En dichas unidades navales fueron sometidos a torturas y posteriormente fueron llevados hasta la “Cuarta Silva Palma” o la Academia de Guerra Naval, donde permanecieron recluidas y sometidas
Suprema rechaza recursos de queja y mantiene sentencias en caso Woodward
Fuente :soychile.cl, 29 de Septiembre 2011
Categoría : Prensa
Máximo tribunal respaldó decisión de Corte de Apelaciones porteña que determinó el sobreseimiento de 19 personas en la investigación por el secuestro calificado del sacerdote Miguel Woodward, ocurrido a partir de septiembre de 1973.
La Corte Suprema rechazó los recursos de queja presentados en contra de las resoluciones del ministro en visita Julio Miranda Lillo y la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que determinaron el sobreseimiento de 19 personas en la investigación por el secuestro calificado del sacerdote Miguel Woodward.
En fallo unánime, los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Alberto Chaigneau, rechazaron las presentaciones hechas por el Ministerio del Interior, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y los querellantesn que pretendían anular ambos fallos.
La sentencia de la Corte Suprema determina que los jueces recurridos no cometieron falta o abuso grave al dictar el sobreseimiento, al considerar que no se encontraba probada la participación en el delito, ocurrido a partir de septiembre de 1973.
El 12 de mayo pasado, el ministro en visita Julio Miranda Lillo declaró cerrado el sumario en la investigación por el secuestro del sacerdote Miguel Woodward, dictando dos resoluciones en el proceso.
En la primera, acusó a Luis Francisco Pinda Figueroa, Carlos Alberto Miño Muñoz, Guillermo Carlos Inostroza Opazo, José Manuel García Reyes, Marcos Cristián Silva Bravo, Nelson Roberto López Cofre, Jorge Leiva Cordero, Manuel Atilio Leiva Valdivieso, Bertalino Segundo Castillo Soto y Héctor Fernando Palomino López, como autores del ilícito.
En tanto, en la segunda, decretó el sobreseimiento parcial y temporal a favor de Guillermo Aldoney Hansen, Juan Mackay Barriga, Ricardo Riesco Cornejo, Carlos Costa Canessa, Víctor Valverde Stelenlen, José Yañez Riveros, Pedro Vidal Miranda, Alfredo Mondaca Salamanca, Claudio Cerezo Valencia, Héctor Tapia Olivares, Ángel Lorca Fuenzalida, Enrique Corrales Díaz, Luis Araya Maureira, Pedro Abregó Diamantti, Juan de Dios Reyes Basaur, Jaime Lazo Pérez, Alejo Esparza Martínez, Carlos Líbano Riquelme y Sergio Hevia Febres.
Ministro Max Cancino condena a miembros de la Armada (r) por secuestro con grave daño en 1974.
Fuente :diarioconstitucional.cl, 19 de Julio 2019
Categoría : Prensa
El ministro (s) en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino, condenó a siete funcionarios en retiro de la Armada por su responsabilidad en el delito de secuestro con grave daño de Abelardo Enrique Zamorano Barrera, ilícito perpetrado entre marzo y abril de 1974, en la ciudad.
En el fallo, rol 948-2016, el ministro Cancino condenó a Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Juan de Dios Reyes Basaur, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Bertalino Segundo Castillo Soto, Héctor Vicente Santibáñez Obreque, Jaime Segundo Lazo Pérez y Alejo Esparza Martínez a 5 años y un día de presidio efectivo, más accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.
En la etapa de la investigación de la causa, el ministro en visita logró establecer los siguientes hechos:
Que Abelardo Enrique Zamorano Barrera fue detenido en Valparaíso el 25 de marzo de 1974, en circunstancias que se encontraba en la plaza de la Victoria y fue conducido al Cuartel Silva Palma por tres personas del Servicio de Inteligencia Naval que vestían de civil, bajo el único antecedente que se relaciona con su militancia en el MIR.
En dicho recinto, un grupo de sujetos, mayormente pertenecientes al cuerpo de Infantería de Marina de la Armada de Chile, lo sometió a crueles y repetidos tormentos, apremios, amenazas y extensos interrogatorios con golpes y corriente eléctrica, incomunicación e inclusive se le privaba de alimento y agua. La mayor parte del tiempo permaneció encapuchado en una celda donde era obligado a escuchar los interrogatorios y torturas de otras personas.
Dichos procedimientos fueron utilizados por el grupo de interrogadores de manera sistemática y como medio de obtener información acerca de la individualización y ubicación de otros integrantes del movimiento. Permaneció detenido en ese lugar por un mes, aproximadamente, siendo trasladado posteriormente a un campo de detención denominado "Isla Riesco".
Es necesario razonar que los apremios físicos y psicológicos sufridos por Abelardo Zamorano durante su encierro en el Cuartel Silva Palma fue corroborado por los atestados extrajudiciales de Alfredo Saieg y Rodrigo Alcázar Zuanich, quienes apreciaron cuando la víctima era sometida a interrogatorios y torturas".
La resolución establece que las condenas deberán cumplirse efectivamente "en los recintos penitenciarios correspondientes, no haciéndose lugar a la solicitud de la defensa en orden a que el cumplimiento se haga efectivo en sus domicilios, sirviéndoles en todo caso de abono el tiempo que permanecieron privados de libertad en esta causa, esto es, entre el 23 y 25 de febrero de 2016 respecto de Valentín Riquelme Villalobos, Jaime Segundo Lazo Pérez, Juan de Dios Reyes Basaur, Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Héctor Vicente Santibáñez Obreque y Bertalino Castillo Soto.
En el aspecto civil, el fallo acogió la demanda interpuesta y ordenó al fisco pagar una indemnización de $ 70.000.000 por concepto de daño moral, a la víctima.
Ministro Jaime Arancibia dicta acusación contra miembros (r) de la Armada por secuestro y aplicación de tormentos a liceana.
Fuente :diarioconstitucional.cl, 24 de Mayo 2019
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó acusación en contra de miembros en retiro de la Armada por su responsabilidad en los delitos de detención ilegal, secuestro con grave daño y aplicación de tormentos a estudiante del Liceo N° 1 de la ciudad.
En la resolución, el ministro en visita acusó a Bertalino Segundo Castillo Soto, Jaime Lazo Pérez, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Sergio Hevia Febres, Juan de Dios Reyes Basaur, Gilda Mercedes Ulloa Valle, Alejo Esparza Martínez y Héctor Vicente Santibáñez Obreque, en calidad de autores de los delitos de que fue víctima Gloria Estela Andrade Garrido Cuartel Silva Palma de la Armada, en octubre de 1973.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro Arancibia Pinto dio por establecido que en circunstancias que Gloria Estela Andrade Garrido, de 17 años de edad, era alumna del Liceo N° 1 de Valparaíso, ubicado en Avenida Argentina N° 731 de esta ciudad y siendo participante activa del Centro de Alumnos de ese establecimiento durante el año 1973, aproximadamente el día 11 de octubre de 1973, a requerimiento de la directora del liceo, Leonor Illesca, quien estaba en connivencia con funcionarios de la Armada de Chile, fue citada a concurrir al Cuartel Silva Palma dependiente de esa repartición, sin orden de tribunal alguno y al margen de cualquier procedimiento, en donde fue interrogada acerca de sus actividades políticas, siendo sometida a malos tratos, golpes de diversa consideración y torturas, siendo liberada después de 12 días aproximadamente y resultando con secuela permanente que da cuenta el Protocolo de Estambul que se ha acompañado al respecto.
Ministro Jaime Arancibia procesa a 10 miembros de la Armada en retiro por detención ilegal, secuestro y torturas en cuartel “Silva Palma” de Playa Anc
Fuente :g5noticias.cl, 16 de Junio 2020
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones de los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó auto de procesamiento en contra de 10 integrantes en retiro de la Armada, por su responsabilidad en los delitos consumados de detención ilegal, secuestro con grave daño y aplicación de tormentos en contra de Alicia Olea Salinas. Ilícitos perpetrados en enero de 1974, en el Cuartel Silva Palma de Playa Ancha.
En la resolución (causa rol 276-2017), el ministro Arancibia sindicó como autores de los delitos a los funcionarios en retiro Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Gilda Mercedes Ulloa Valle, Héctor Vicente Santibáñez Obreque, Bertalino Segundo Castillo Soto, Jaime Segundo Lazo Pérez, Juan de Dios Reyes Basaur, Alejo Esparza Martínez, Eduardo Mauricio Núñez Contreras y Sergio Hevia Febres.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita logró establecer que: “los hechos se registraron el 23 o 24 de enero de 1974, oportunidad en que la víctima Alicia Olea Salinas fue detenida por personal de la Armada, sin causa ni motivos justificados, permaneciendo detenida en el Cuartel Silva Palma ubicado en Playa Ancha de esta ciudad de Valparaíso, lugar en el cual es interrogada por estos agentes, propinándole golpes de pies y puños, y aplicación de corriente en diversas partes de su cuerpo, además de amenazas consistente en que dañarían a su familia. Dentro del maltrato recibido, la mantuvieron con posición forzada y durante todo un día permaneció sentada, a todo sol, en una silla en el patio del referido cuartel, sin alimentos ni agua. Sus interrogatorios eran permanentes. A consecuencia de su detención es sometida a Consejo de Guerra, tras lo cual resulta condenada a tres años de extrañamiento”.
Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó fallo que condena a miembros de la Armada en retiro por secuestro con grave daño en 1974
Fuente :g5noticias.cl, 8 de Mayo 2020
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó la sentencia que condenó a siete funcionarios en retiro de la Armada por su responsabilidad en el delito de secuestro con grave daño de Abelardo Enrique Zamorano Barrera. Ilícito perpetrado entre marzo y abril de 1974, en la ciudad porteña.
En el fallo unánime (causa rol 1.804-2019), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Patricio Martínez, Eliana Quezada y la abogada (i) Sonia Maldonado– ratificó la sentencia que condenó a Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Juan de Dios Reyes Basaur, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Bertalino Segundo Castillo Soto, Héctor Vicente Santibáñez Obreque, Jaime Segundo Lazo Pérez y Alejo Esparza Martínez a 5 años y un día de presidio, como autores del delito.
“Que, subsecuentemente, lo expresado bajo las motivaciones que preceden echa por tierra los embates formulados por la impugnante en estrado, respecto de valoración de la prueba rendida y del establecimiento de la participación de los acusados recurrentes en los hechos constitutivos del delito de secuestro con grave daño, y también sus afirmaciones consistentes en que el tribunal de primer grado habría arribado a sus conclusiones afirmándose en meras suposiciones e imputaciones, o bien, en presunciones, pretiriendo las reglas técnico jurídicas que gobiernan la materia”, sostiene el fallo.
Resolución que agrega: “Por el mismo motivo y por las consideraciones contenidas en el basamento trigésimo segundo del fallo en alzada, pierden sustento los reproches relativos a la falta de acreditación de contacto entre la víctima y los procesados, que se condenó a éstos por el solo hecho de haberse acreditado que al momento y en el lugar de la detención del querellante ellos prestaban servicios en la Academia de Guerra de la Armada y en el Cuartel Silva Palma, y los indicativos de la omisión del señalamiento de los hechos específicos o acciones típicas que se imputan a cada uno de los acusados en particular”.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que ordenó al fisco pagar una indemnización de $ 70.000.000 (setenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a la víctima.
Procesan a 18 ex uniformados de la Armada y Carabineros por desaparición del sacerdote Miguel Woodard
Fuente :elmostrador.cl, 8 de Mayo 2015
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, sometió a proceso a 18 ex funcionarios de la Armada y Carabineros, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del sacerdote de origen britanico Miguel Woodward Iriberry, ilícito perpetrado a partir de septiembre de 1973.
En la causa, el ministro Arancibia dictó auto de procesamiento en contra de los funcionarios de la Armada en retiro Guillermo Samuel Aldoney Hansen, Juan Guillermo Mackay Barriga, Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Víctor Sergio Valverde Steinlen, José Ignacio Yáñez Riveros, Pedro Vidal Miranda, Alfredo Hugo Moncada Salamanca, Claudio Francisco Cerezo Valencia, Pedro Abrego Diamantti, Juan de Dios Reyes Basaur, Jaime Segundo Lazo Pérez, Alejo Esparza Martínez, Carlos Líbano Riquelme y Sergio Hevia Febres (*).
Asimismo, procesó a los ex funcionarios de Carabineros Héctor Nelson Tapia Olivares, Ángel Lorca Fuenzalida, Enrique Orlando Corrales Díaz y Luis Ricardo Araya Maureira.
En la resolución, y tras la descripción de los hechos, el magistrado estableció que se configura "la existencia del delito de secuestro calificado que contempla el artículo 141 incisos 1° y 4° del Código Penal en la persona del sacerdote Miguel o Michael Roy Woodward Iriberry, reuniéndose todos los requisitos que lo configuran, pues fue privado de su libertad ambulatoria sin derecho, manteniéndosele bajo detención o encierro, primeramente en un recinto controlado por la Armada y luego en unidades de dicha institución, siendo sometido a continuos interrogatorios y torturas, perdiéndose su rastro, lo que se ha prolongado desde su detención en el mes de septiembre de 1973 hasta la época actual, sin que se conozca su paradero o sus restos hayan sido encontrados".
Agregó que se trata de un ilícito "que reviste el carácter de permanente o de ejecución continuada y se entiende en grado de comisión durante todo el lapso que dure la situación tipificada y sancionada en la disposición legal antes citada, la que se mantiene hasta el día de hoy por desconocerse aún el paradero o destino de Michael Woodward, o eventualmente de sus restos, careciéndose de antecedentes concretos de la víctima, hasta ahora".
(*) N de la R: Mediante resolución, Rol n° 140.454-2001, se rectifica que el segundo apellido del procesado Sergio Hevia -citado en esta nota- es Febres, por lo que con fecha 15 de marzo 2017 se modifica el texto en este punto particular, clarificando que el mencionado es Sergio Hevia Febres.
La Armada debe responder: procesan a diez ex integrantes de la marina por detención ilegal, secuestro y tortura en
Fuente :elclarin.cl, 19 de Junio 2020
Categoría : Prensa
Organizaciones de derechos humanos de Valparaíso y de la V región han denunciado constantemente la responsabilidad de la Armada de Chile como actor principal en la gestación del golpe de estado de 1973 y su responsabilidad en la detención, asesinato y tortura en contra de numerosos chilenos y chilenas. Asimismo han manifestado la existencia de un verdadero “pacto de silencio” en esta institución, declarando que “los marinos niegan todo lo sucedido y no entregan ningún antecedente, guardando un silencio que para nosotros significa que existe un pacto no escrito al respecto”.
Esta constante lucha reclamando justicia y oponiéndose a la impunidad ha logrado pequeños avances gracias a la tenacidad y valentía de quienes han denunciado estos horribles atropellos a la vida y a la dignidad humana, como también al accionar de magistrados como el Ministro Jaime Arancibia en nuestra región, que con entereza, profesionalismo y ecuanimidad han llevado adelante estos procesos.
El martes recién pasado (16 de junio 2020), en el sitio oficial de noticias del Poder Judicial se comunicó lo siguiente:
“El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones de los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó auto de procesamiento en contra de 10 integrantes en retiro de la Armada, por su responsabilidad en los delitos consumados de detención ilegal, secuestro con grave daño y aplicación de tormentos en contra de Alicia Olea Salinas. Ilícitos perpetrados en enero de 1974, en el Cuartel Silva Palma de Playa Ancha.
En la resolución (causa rol 276-2017), el ministro Arancibia sindicó como autores de los delitos a los funcionarios en retiro VALENTÍN EVARISTO RIQUELME VILLALOBOS, RICARDO ALEJANDRO RIESCO CORNEJO, GILDA MERCEDES ULLOA VALLE, HÉCTOR VICENTE SANTIBÁÑEZ OBREQUE, BERTALINO SEGUNDO CASTILLO SOTO, JAIME SEGUNDO LAZO PÉREZ, JUAN DE DIOS REYES BASAUR, ALEJO ESPARZA MARTÍNEZ, EDUARDO MAURICIO NÚÑEZ CONTRERAS Y SERGIO HEVIA FEBRES.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita logró establecer que: «los hechos se registraron el 23 o 24 de enero de 1974, oportunidad en que la víctima Alicia Olea Salinas fue detenida por personal de la Armada, sin causa ni motivos justificados, permaneciendo detenida en el Cuartel Silva Palma ubicado en Playa Ancha de esta ciudad de Valparaíso, lugar en el cual es interrogada por estos agentes, propinándole golpes de pies y puños, y aplicación de corriente en diversas partes de su cuerpo, además de amenazas consistente en que dañarían a su familia. Dentro del maltrato recibido, la mantuvieron con posición forzada y durante todo un día permaneció sentada, a todo sol, en una silla en el patio del referido cuartel, sin alimentos ni agua. Sus interrogatorios eran permanentes. A consecuencia de su detención es sometida a Consejo de Guerra, tras lo cual resulta condenada a tres años de extrañamiento».
Ayer miércoles conversé con Alicia Olea Salinas respecto a la resolución adoptada por el Ministro Arancibia, referida a la causa judicial en que ella es la denunciante. Transcribo a continuación la entrevista realizada:
Como luchadora por la defensa de los derechos humanos y en contra la impunidad, qué me puedes comentar en relación con el auto de procesamiento en contra de 10 ex integrantes de la Armada de Chile dictado por el Ministro Jaime Arancibia…
“Cuando nosotras hablamos de justicia y no más impunidad, cuando estas cosas están saliendo a la luz y cuándo te preguntan las nuevas generaciones qué era el Cuartel Silva Palma, qué era la cárcel de mujeres el Buen Pastor, estas resoluciones permiten que vaya quedando un registro histórico oficial, institucional digamos, más allá de los numerosos archivos que poseen las organizaciones de Derechos Humanos. Esto es importante porque están saliendo a la luz situaciones que fueron muy dolorosas y que permiten conocer lo que pasó en la dictadura.
Retroceder cuarenta años en lo que pasó, pensando además en tantas compañeras y compañeros que no han logrado nada de justicia, esto es muy alentador. Por otra parte esto afectó no solo a quienes caímos presas, sino a toda una comunidad, porque no se nos reprimió solo a nosotros, sino a todo nuestro entorno, en la universidad, en los colegios, a los vecinos. Esta resolución, en mi caso, la tomó como una resolución que representa a muchos compañeros que no han tenido esta posibilidad de obtener algo de justicia.
Yo comencé con esta denuncia por ahí por el año 2017, pero mucho antes estuve asistiendo como testigo de otras situaciones, de otras causas, por ahí por el 2009, como el caso de la desaparición de Yagtong Juantok, después fui testigo en otra causa de otra compañera que actualmente vive en Francia, y luego presenté mi denuncia ante el Ministro
Y para ti en lo personal, como Alicia Olea Salinas, qué te ha provocado el fallo…
“Se me apretó la guata, pero en el fondo me produce una satisfacción, porque después de todo lo que hemos pasado hay un resultado.”
Es decir que, a pesar de el tiempo que ha trascurrido, que también es otra forma de impunidad, tu valoras positivamente estos pequeños pasos que se han dado en la búsqueda de justicia…
“Exacto, y valoro mucho a mi compañero Carlos y a mi hija que me acompañaron en todo esto; al PRAIS, donde la María José siempre me apoyó como sicóloga; todo lo que hemos hecho en nuestro Taller de Memoria Histórica, en donde hemos sacado a la luz a nuestros compañeros Detenidos Desaparecidos, que solo se han mostrado como imágenes en blanco y negro, no se les muestra como el estudiante, la trabajadora o el trabajador, que tenía sueños, que tenían vida. Esa tarea que hemos hecho en el taller es para cambiar la imagen en blanco y negro por una imagen llena de color.”
¿Cómo fue el proceso emotivo, sicológico, al recordar y volver a revivir estas repudiables brutalidades sufridas al hacer esta denuncia?
“Yo lo comenté alguna vez, que cuando salió lo que fue la Comisión Valech y fui a entregar mi testimonio, escribí apenas cinco líneas. Pero ahora, a medida que fui realizando esta denuncia fueron apareciendo muchas cosas, tu vida se va trasformando, porque tu cuerpo también te va diciendo cosas y es muy duro acordarse de tantas cosas, me dolía la guata de acordarme de tantas atrocidades. Fue algo muy fuerte sicológica y emotivamente. Tuve también el apoyo de una terapeuta que me ayudo mucho a superar esto también.”
¿Cómo fue el comportamiento de los represores, cuando tuviste que enfrentarlos en los careos?
Desconocen y niegan todo, ellos nunca hicieron nada, esa es una actitud cobarde. Algunos están un poco disminuidos, pero otros todavía están muy arrogantes. Ellos se protegen, siguen manteniendo el pacto de silencio. Cuando ellos van a declarar a la Fiscalía llegan en autos, con abogados, bien acompañados y protegidos y nosotras vamos solas, el ex preso político, la ex presa política, va sola.”
O sea que acá hay una crítica para los compañeros y compañeras que no hemos sido capaces de acompañarlos en estas circunstancias…
“Claro, eso pasó sobre todo en los primeros careos, pero en el PRAIS, con el Taller de Memoria Histórica, empezamos a acompañar a otros compañeros, y el PRAIS de Valparaíso también se hizo presente. Ahora hay un acompañamiento. Esto se ha ido solucionando en parte”
Respecto del Ministro Arancibia, qué me puedes decir…
“El es una persona muy íntegra, muy humana, se ve que lo que busca es hacer justicia, trabaja mucho porque tiene muchas causas en sus manos. Es una persona honesta y muy buena.”
Y en relación a la Armada de Chile, que me puedes comentar…
“Esta resolución demuestra que eran funcionarios de la Armada quienes fueron condenados. En general los marinos han pasado “piolita”, casi no los han tocado y eso que ellos iniciaron el golpe y tuvieron varios Campos de Concentración, además de buques, como La Esmeralda, y otros recintos de prisión y tortura. Esta resolución, esta condena es a nombre de todos nuestros compañeros y compañeras que lo pasaron muy mal, muchos están muertos y otros desparecidos hasta el día de hoy, este pequeño pedacito de justicia es para todos ellos.”
Ministro Jaime Arancibia acusa a Exuniformados por Homicidio en Camino La Pólvora y Tortura de Menores
Fuente :pjud.cl, 17 de Mayo 2018
Categoría : Prensa
El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó acusación en contra de miembros en retiro de la Armada, Ejército y Carabineros, por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daños, aplicación de tormentos y homicidio. Ilícitos perpetrados entre 1973 y 1974, en la Quinta Región.
En el primer caso (causa rol 144.063-2011), el ministro Arancibia acusó a los miembros en retiro del Ejército y Carabineros Luis Maureira González, Leonel Barahona Tapia y Juan Cromilakis Fernández, en calidad de autores del secuestro y homicidio calificado de Luis Silva Jara, cometido el 16 de noviembre de 1974, en Valparaíso.
En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita estableció que Luis Silva Jara fue detenido, junto a otras personas, en un departamento ubicado en el sector de la Marina Mercante de Playa Ancha, por una patrulla de Carabineros y dos conscriptos del Ejército, por violar el toque de queda. La víctima, cuando era conducida a una comisaría, fue ejecutada en un sector el camino La Pólvora.
Víctimas adeloescentes
En el segundo caso (causa rol 144.136-2013), el magistrado sindicó a los miembros en retiro de la Armada Bertalino Castillo Soto, Ricardo Riesco Cornejo, Guillermo Moreno Hierro, Juan Jorquera Terrazas y Valentín Riquelme Villalobos, como autores de los delitos de secuestro con grave daño y aplicación de tormentos al adolescente Yeri Omar Prado Ojeda. Ilícito perpetrado entre septiembre y octubre de 1973.
Conforme a los antecedentes recopilados en la causa, el ministro logró establecer que Prado Ojeda fue secuestrado por efectivos de la Armada el 25 de septiembre de 1973, cuando el adolescente, de 15 años a dicha época, concurrió al Cuartel Almirante Silva Palma de Valparaíso, con el fin de recabar noticias sobre su padre, quien había sido detenido y trasladado a dicho recinto de la Armada, el día anterior.
En el cuartel naval, Prado Ojeda fue objeto de apremios físicos y sicológicos, “que se traducen en amenazas a su vida e integridad física y a la de su padre, simulacros de fusilamiento, privación del sueño y de la satisfacción de necesidades fisiológicas, golpes y baños con agua fría”.
Antes de ser dejado en libertad, el menor fue trasladado por efectivos navales hasta el Fuerte Papudo, ubicado en el sector de Recreo de Viña del Mar, lugar donde se encontró con su padre, quien permanecía detenido. Tras ese breve encuentro, fue abandonado en el sector de Caleta Portales.
En el tercer caso (causa rol 144.132-2013), el magistrado Arancibia Pinto responsabilizó a los miembros en retiro de la Armada Ricardo Riesco Cornejo, Juan de Dios Reyes Basaur, Juan Jorquera Terrazas, Guillermo Moreno Hierro, Alejo Esparza Martínez, Héctor Santibáñez Obreque, Jaime Lazo Pérez, Eduardo Núñez Contreras y Valentín Riquelme Villalobos por el delito de secuestro con grave daño y aplicación de tormentos al adolescentes Óscar Ibaceta Jorquera. Ilícitos cometidos en febrero de 1974.
En la causa, el ministro en visita estableció que Ibaceta Jorquera de 14 años a la época, fue secuestrado en febrero de 1974 por efectivos de la Armada, cuando acudió hasta la Academia de Guerra, ubicada en Valparaíso, respondiendo a una citación que fue dejada en su domicilio, “bajo la amenaza de que si no se presentaba en el lugar señalado, sus amigos -que ya se encontraban detenidos- no saldrían el libertad”.
En la Academia de Guerra, la víctima fue objeto de apremios, “que se traducen en amenazas a su vida e integridad física y la de sus amigos, simulacros de fusilamientos, privación del sueño y de la satisfacción de necesidades fisiológicas, golpes de pies y puños y aplicación de corriente eléctrica en su manos e ingle”.
“El menor permaneció detenido en el Cuartel Silva Palma durante 20 días, quedando con la obligación de firmar semanalmente en la Comisaría de Carabineros de Cerro Alegre, lo que se llevó a cabo durante 11 meses”. Situación que provocó daño emocional en la víctima, el que se mantiene hasta la actualidad.
En el cuarto caso (causa rol 144.133-2013), el ministro en visita acusó a los miembros en retiro de la Armada Ricardo Riesco Cornejo, Juan de Dios Reyes Basaur, Alejo Esparza Martínez, Héctor Santibáñez Obreque, Jaime Lazo Pérez, Eduardo Núñez Contreras, Valentín Riquelme Villalobos, Jaime Riesle Wetherby y Sergio Hevia Febres, como autores de los delitos de secuestro con grave daño y aplicación de tormentos a la adolescente Morelia Fernández Montenegro. Ilícitos cometidos entre febrero y mayo de 1974.
En la investigación, el ministro Arancibia Pinto estableció que la adolescente fue detenida en horas de la noche de un día de febrero de 1974, por efectivos de la Armada, en su domicilio ubicado en el cerro Florida de Valparaíso. Fernández Montenegro, de 17 años, fue subida al vehículo en que se movilizaban los efectivos navales y llevada, en primer lugar, a la casa de su primo Patricio Fernández Avilés, siendo ambos trasladados al Cuartel Silva Palma.
“En dicho recinto permaneció alrededor de 2 semanas detenida, sin alimentación ni medidas de higiene, sometida a interrogatorios, malos tratos físicos como golpes y aplicación de corriente eléctrica, malos tratos sicológicos como privación del sueño y amenazas tanto a su integridad física como a la de su familia, y malos tratos verbales. Luego es trasladada a la cárcel de mujeres ‘Buen Pastor’, lugar en el que permanece recluida por aproximadamente 2 semanas más, siendo dejada en liberta durante la segunda semana de marzo de 1974”.
En mayo de ese mismo año, “es nuevamente detenida en dos oportunidades por efectivos de la Armada, quienes la vuelve a conducir al Cuartel Silva Palma, siendo sometida a interrogatorios. En dichas oportunidades, las detenciones fueron de aproximadamente dos días cada una”.
Rol n° 21-2016: causa secuestro con grave daño y detención ilegal de Marco Antonio Contardo Guerra
Fuente :Poder Judicial, 30 de Abril 2019
Categoría : Judicial
VI.- Que se condena a BERTALINO SEGUNDO CASTILLO SOTO, VALENTIN EVARISTO RIQUELME VILLALOBOS, RICARDO ALEJANDRO RIESCO CORNEJO y JAIME SEGUNDO LAZO PEREZ, como autores del delito de secuestro con grave daño en la persona de Marco Antonio Contardo Guerra, hecho ocurrido entre los meses de octubre a diciembre de 1973, a la pena de SEIS AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.