Jorquera Terrazas Juan Orlando

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Rama : Armada


Ministro Arancibia decreta prisión preventiva para trece exuniformados por secuestro de una niña durante la dictadura

Fuente :rvl.uv.cl, 19 de Julio 2016

Categoría : Prensa

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, sometió a proceso y decretó la  prisión preventiva para 13 ex uniformados –dos de Carabineros y once miembros en retiro de la Armada-, por el delito de secuestro de Viviana Victoria Fernández.

En la resolución (causa rol 144.137-2013) encausó a Gilda Mercedes Ulloa Valle, Alejo Esparza Martínez, Juan de Dios Reyes Basaur, Enrique Orlando Corrales Díaz, Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Bertalino Segundo Castillo Soto, Eduardo Mauricio Núñez Contreras, Jaime Erik Riesle Wetherby, Héctor Nelson Tapia Olivares, Juan Orlando Jorquera Terrazas, Ángel Segundo Lorca Fuenzalida y Marcelo Alejandro Onofre Vargas Goas, en calidad de autores del delito de secuestro de Viviana Victoria Fernández Montenegro.

De acuerdo a los antecedentes, los hechos se registraron la segunda quincena de febrero del año 1974, "en razón de las ideas políticas que profesaba, como asimismo su familia, fue detenida en su domicilio del Cerro Florida de Valparaíso Viviana Victoria Fernández Montenegro, quien tenía a esa fecha 14 años de edad. Fue llevada al Cuartel Silva Palma, aledaño a la Academia de Guerra Naval, mismo lugar al que fueron llevadas su hermana Morelia del Rosario Fernández Montenegro y su madre, Emma Mercedes Montenegro Mena, detenciones realizadas por efectivos de la Armada y Carabineros de esta ciudad sin orden de tribunal competente”.

Continúa la resolución: “Siendo interrogada la víctima, como asimismo sus familiares ya indicados, respecto de las actividades políticas que realizaban y sobre la existencia de supuestas armas o depósitos de ellas que se encontrarían escondidas, interrogatorios en donde fueron abusadas sexualmente, recibiendo además golpes, insultos, amenazas de muerte y aplicación de corriente en sus partes íntimas, tobillos y dedos de manos, siendo posteriormente dejada la víctima en libertad después de una semana aproximadamente, pero firmando semanalmente en un retén de Carabineros del Cerro Alegre por un año, sin que se incoara en su contra proceso judicial alguno, tanto del fuero militar como del ordinario".

Los procesados, una vez notificados del auto de procesamiento, deben ser conducidos a los recintos que Carabineros designe, para cumplir con la prisión preventiva.


Lo golpearon y aplicaron corriente: condenan a seis años de presidio efectivo a miembros de la armada (r) por secuestro con grave daño de menor de eda

Fuente :enestrado.com, 4 de Septiembre 2020

Categoría : Prensa

Tenía 14 años y estaba en Santiago visitando a sus familiares. “llegó un amigo a avisarle que habían detenido a dos compañeros de célula de las Juventudes Comunistas a la que él pertenecía y le dijo que había sido allanada la casa de sus padres, y a la vez habían dejado una citación en la que lo amenazaban de no dejar en libertad a otros jóvenes que eran sus amigos, por lo que al escuchar esto decidió regresar a Valparaíso”.

Ese fue el inicio del caso que investigó el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, en el que condenó a ocho miembros en retiro de la Armada, como autores del delito de secuestro con grave daño de Óscar Ibaceta Jorquera, adolescente de 14 años a la fecha de los hechos. Ilícito perpetrado en el cuartel Silva Palma, en febrero de 1974.

En el aspecto civil, el ministro en visita acogió la demanda interpuesta, ordenado al fisco pagar una indemnización de perjuicios de $85 millones, por concepto de daño moral, a la víctima.

“Se presentó en la Academia de Guerra Naval de la Armada, quedando de inmediato detenido. Luego de varias horas lo trasladaron al Cuartel Silva Palma y antes de entrar le cubrieron el rostro con la chaqueta que llevaba puesta, luego llegaron días interminables de interrogatorios, de golpes de pies y puños, corriente en los testículos y en distintas partes del cuerpo. Luego de 20 días, Ibaceta Jorquera fue dejado en libertad, debiendo asistir cada domingo a la comisaría de Cerro Alegre a firmar durante once meses. Todo lo anterior, provocó en él graves secuelas psicológicas, las que son múltiples y profundas, le costó volver a estudiar, ya que en aquel entonces él cursaba 1° medio”.

En el fallo, el ministro Arancibia Pinto condenó a: Ricardo Alejandro Riesco Cornejo, Juan de Dios Reyes Basaur, Juan Orlando Jorquera Terrazas, Alejo Esparza Martínez, Héctor Vicente Santibáñez Obreque, Jaime Segundo Lazo Pérez, Eduardo Mauricio Núñez Contreras y Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, a seis años de presidio efectivo, más accesorias legales, en calidad de autores del delito.

En la causa, el ministro en visita decretó la absolución de Guillermo Tomás Morera Hierro, por no acreditarse su participación, como autor, en los delitos de secuestro con grave daño y aplicación de tormentos a Ibaceta Jorquera.