Alias : Don Elías; Luis Gutiérrez; El Chico;
Rut: 3.672.875-2
Cargos: Subdirector de la DINA Departamento Exterior de la DINA Jefes de Brigada Purén Agregado militar en Francia (1981) Gobernador de Valdivia (1986-1988) y Parinacota (1981-1984)
Grado : Mayor General
Rama : Ejército
Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)
CNI
Escuela de las Américas (1965)
Cuartel Borgoño
Villa Grimaldi
Brigada Purén
Operación Colombo,
Someten a proceso a Raúl Iturriaga Neumann
Fuente :El Mercurio 9 de Marzo 2002
Categoría : Prensa
La titular del Noveno Juzgado del Crimen de Santiago, Raquel Lermanda, sometió a proceso a quien fuera el jefe de la brigada Puren de la DINA y del servicio exterior del mismo organismo, el general (R) Raúl Iturriaga Neumann.
Esta es la primera resolución que afecta a este ex uniformado desde que se iniciaron en Chile los procesos por violaciones a los derechos humanos.
La magistrada fundó su resolución en la responsabilidad que le compete a Iturriaga en el delito de secuestro calificado en la persona de Víctor Olea Alegría desaparecido en septiembre de 1974 cuando fue detenido junto a otras ocho personas. De éstas, cuatro se encuentran desaparecidas. La información fue conocida en exclusiva por el Mostrador.cl en fuentes militares.
En todo caso, Iturriaga Neumann está incluido en la lista de las seis personas que aparecen en la lista como “partícipes necesario” en el atentado que costó la vida en Buenos Aires al ex comandante en jefe del Ejército Carlos Prats, en 1974.
La jueza dictó la orden de detención contra el ex uniformado a través de la Auditoria General del Ejército, la que deberá ponerlo a disposición de la justicia en las próximas horas.
En este proceso están encausados el coronel (R) Gerardo Urrich, el mayor de Carabineros en (R) Miguel Hernández Oyarzo y otro ex suboficial de la misma institución
Procesan a Manuel Contreras por desaparición de militante socialista
Fuente :Primera Línea, 23 de Mayo 2002
Categoría : Prensa
La titular del Noveno Juzgado del Crimen de Santiago, Raquel Lermanda, decidió procesar al ex jefe de la disuelta DINA, general (r) Manuel Contreras Sepúlveda, en calidad de autor del secuestro del militante socialista Víctor Olea Alegría.
La magistrada con dedicación exclusiva en causas de derechos humanos, completó de esta manera con encausar a la totalidad de la línea de mando de la unidad de represión encargada de este delito, la llamada brigada Purén, informó El Mostrador.
Entre los procesados por este caso figuran el ex carabinero Alejando Molina Cisternas, el suboficial (R) Miguel Hernández Oyarzo, el brigadier (R) Gerardo Urrich González y el general (r) del Ejército Raúl Iturriaga Neumann.
Olea Alegría fue detenido el 11 de septiembre de 1974 en su domicilio de calle Pedro Lagos, en la comuna de Santiago.
Luego, junto a otros militantes socialistas de la llamada Décima Comuna fue trasladado al centro de detención conocido como "Venda Sexy" -ubicada en la calle Irán 3037 esquina de Los Plátanos en la comuna de Macul- uno de los sitios más desconocidos donde fueron torturados los opositores secuestrados por los servicios de represión de la dictadura y utilizado como lugar de tránsito para los detenidos que luego eran trasladados a Villa Grimaldi
Corte de Apelaciones otorga libertad a general (R) Raúl Iturriaga Neumann
Fuente :Primera Línea, 25 de Junio 2002
Categoría : Prensa
La primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió otorgar la libertad bajo fianza al general (r) Raúl Iturriaga Neumann, procesado por el secuestro del militante socialista Víctor Olea Alegría.
La resolución del tribunal de alzada capitalino revocó la decisión de la jueza con dedicación exclusiva en casos de violaciones de derechos humanos, Raquel Lermanda, que había rechazado el beneficio.
Sin embargo, Iturriaga seguirá en calidad de detenido en el Comando de Telecomunicaciones del Ejército, debido a que continúa procesado por su implicación en otras causas de violaciones de derechos humanos.
Olea Alegría fue detenido el 11 de septiembre de 1974 en su domicilio de calle Pedro Lagos, en la comuna de Santiago.
Luego, junto a otros militantes socialistas de la "Décima Comuna" fue trasladado a la "Venda Sexy", uno de los sitios más desconocidos donde fueron torturados los opositores secuestrados por los servicios de represión de la dictadura y utilizado como lugar de tránsito para los detenidos que luego eran trasladados a Villa Grimaldi.
En este caso continúan procesados el suboficial (R) Miguel Hernández Oyarzo y el brigadier (R) Gerardo Urrich González
Otorgan libertad provisional a Iturriaga Neumann
Fuente :El Mostrador, 30 de Julio 2002
Categoría : Prensa
El tribunal de alzada ratificó la resolución de la jueza María Ines Collin que había otorgado el beneficio al general Iturriaga, que se encuentra procesado por al desaparición de Dagoberto San Martín en 1974.
El ex uniformado permanece en prisión preventiva, recluido en el Comando de Telecomunicaciones del Ejército, en Peñalolén,
Iturriaga, además, se encuentra requerido por la magistrada argentina Maria Servini de Cubría quien investiga el asesinato del general Carlos Prats y su esposa, Sofía Cuthbert , ocurrido en Buenos Aires en septiembre de 1974
Justicia procesa a Manuel Contreras por asesinato de Carlos Prats
Fuente :La Tercera, 25 de Febrero 2003
Categoría : Prensa
El ministro en visita Alejandro Solís procesó a los cinco ex miembros de la plana mayor de la Dina por el doble homicidio y asociación ilícita en el caso de la muerte del general Carlos Prats, ex comandante en jefe del Ejército, y su mujer, Sofía Cuthbert, hecho ocurrido en Argentina el 30 de septiembre de 1974.
La decisión judicial recayó en el general (r) y ex director de la Dina, Manuel Contreras Sepúlveda; los brigadieres (r) Pedro Espinoza (segundo hombre de la Dina) y José Zara; el general (r) Raúl Iturriaga Neumann y su hermano, el ex agente civil Jorge Iturriaga.
Mientras Contreras y Espinoza fueron sometidos a proceso "en calidad de autores como jefes en el delito de asociación ilícita en concurso real con el doble delito de homicidio calificado de Prats y su esposa", Zara y los hermanos Iturriaga Neumann fueron procesados "en calidad de autores como miembros" de la mencionada asociación ilícita.
El general (r) Contreras fue notificado de la determinación judicial ayer en la tarde en su casa, donde cumple arresto domiciliario por su procesamiento en otros crímenes. Esta mañana, Zara, Espinoza y Raúl Iturriaga Neumann fueron informados de su procesamiento. Por su parte, Jorge Iturriaga Neumann aún no ha sido notificado oficialmente. Según se sabe, estaría de vacaciones y regresa a Santiago el jueves 26 de febrero, día en el que se realizará el trámite judicial.
Procesados después de intensos interrogatorios
La semana pasada el juez Solís interrogó a los cinco involucrados en el caso, ocasión en la que se confirmó que el ex agente de la Dina Michael Townley es autor material del delito.
El general Prats y su esposa fueron asesinados el 30 de septiembre de 1974 en Palermo, Buenos Aires, cuando, al llegar a su casa, una bomba explotó en su vehículo.
El caso en Chile se abrió después de casi 30 años, luego que la Corte Suprema conociera un pedido de extradición, por la jueza argentina María Servini de Cubría, hacia el país trasandino de la cúpula de ese organismo represivo.
Aunque el máximo tribunal rechazó la petición el pasado 9 de diciembre, ordenó abrir una causa en Chile, proceso que había sido derivado al 19° Juzgado del Crimen.
Sin embargo la titular de ese juzgado se declaró incompetente, por lo que el máximo tribunal designó como ministro de fuero al magistrado Alejandro Solís.
Rechazan libertad para el general (r) Raúl Iturriaga Neumann
Fuente :La Nación, 14 de Julio 2003
Categoría : Prensa
Por unanimidad, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago denegó hoy la libertad provisional para el general (r) Raúl Iturriaga Neumann, quien se encuentra procesado por el crimen del general (r) Carlos Prats en septiembre de 1974.
Esta es la quinta vez que se rechaza la petición de libertad presentada por el abogado defensor del militar en retiro, Jorge Balmaceda. Iturriaga seguirá detenido en el Comando de Telecomunicaciones del Ejercito.
Caso Prats: Procesados Mariana Callejas y Cristoph Willeke
Fuente :El Mercurio, 1 de Septiembre 2003
Categoría : Prensa
El ministro en visita que investiga el caso Prats, Alejandro Solís, sometió a proceso a los ex agentes de la Dina, Mariana Callejas y Cristoph Willeke como autores del doble homicidio calificado del general Carlos Prats y de su esposa, Sofía Cuthbert, ocurrido el 30 de septiembre de 1974 en Buenos Aires.
Willeke además fue procesado por el delito de asociación ilícita.
Callejas fue notificada tras declarar a primera hora de esta mañana en el despacho del magistrado, y luego fue trasladada al Centro de Orientación Femenina (COF).
En tanto, el ex agente del organismo represor Cristoph Willeke, quien se encontraba cumpliendo detención domiciliaria, fue derivado al Comando de Telecomunicaciones.
Tras conocer la resolución, el abogado de la familia Prats, Hernán Quezada, sostuvo que "los procesamientos indican que la causa avanza decididamente al esclarecimiento de la verdad y de la responsabilidad de todos los que participaron en este crimen".
Callejas y Willike enfrentan además una solicitud de extradición de parte de la jueza argentina María Servini de Cubría, quien investiga el crimen en Buenos Aires. La petición está siendo estudiada por el ministro de la Corte Suprema Nibaldo Segura, quien deberá presentarla a la sala penal del máximo tribunal para que éste se pronuncie al respecto.
Pese a ello, se presume que la Corte Suprema rechazará la solicitud, de la misma forma que lo hizo con los cinco procesados anteriormente en el caso, cuando le negó a la justicia argentina el requerimiento de extradición, con el argumento que debían ser juzgados en Chile.
Mariana Callejas estuvo casada con Michael Townley, a quien se le atribuye haber puesto un artefacto explosivo bajo el automóvil del general (r) Prats. Según algunos testimonios, Callejas detonó el artefacto cuando el auto ingresaba al estacionamiento del edificio donde vivía el ex Comandante en Jefe, en el barrio de Palermo de Buenos Aires.
Por el mismo caso fueron encausados, en febrero pasado, los miembros de la cúpula del organismo represor, general (r) Manuel Contreras, brigadieres (r) Pedro Espinoza y José Zara; el general (r) Raúl Iturriaga Newman y el agente civil Jorge Iturriaga.
Procesan a agentes de la DINA por desaparición de ex MIR
Fuente :El Mostrador, 12 de Noviembre 2003
Categoría : Prensa
La titular del Noveno Juzgado del Crimen de Santiago, Raquel Lermanda, sometió a proceso ayer a tres ex agentes de la ex Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por el delito de secuestro calificado.
La resolución de la magistrada afecta a Manuel Contreras, ex director del organismo; Eduardo Iturriaga Neumann, ex jefe del Departamento Exterior; y a Riffiere Aldez España, ex inspector del a Policía de Investigaciones.
Los hechos investigados por la jueza dicen relación con la desaparición de Luis Mahuida Esquivel, en mayo de 1977 y de Luis González Mella en diciembre del mismo año.
Ambos ex militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) fueron detenidos por agentes de la DINA y fueron vistos con vida por última vez en el centro de reclusión conocido como "La Venda Sexy".
La jueza Lermanda, además de este proceso, lleva otros, en razón de ser una magistrada con dedicación exclusiva para causas de derechos humanos, condición otorgada por la Corte Suprema.
Dictan condenas contra cúpula de la DINA por desaparecido
Fuente :La Nación 10 de Noviembre 2004
Categoría : Prensa
El ministro Alejandro Solís dejó al lado la polémica por la aplicación de la ley de amnistía y optó por dictar sendas condenas en contra de la cúpula de la DINA, entre ellos el general (r) Manuel Contreras, por su responsabilidad en el secuestro del mirista Luis Dagoberto San Martín Vergara.
El debate que se realiza en el seno del Consejo de Defensa del Estado (CDE) sobre la conveniencia de aplicar este decreto que deja foja cero los ilícitos y el cuestionamiento a la verdadera existencia del secuestro en casos de detenidos desaparecidos, estuvo fuera de la revisión del juez Solís.
Por ello el magistrado determinó que Contreras debe cumplir una pena de 15 años de presidio, mientras que el brigadier (r) Raúl Iturriaga Neuman de 10 años y un día de presidio, y los brigadieres (r) Miguel Krassnoff y Gerardo Urrich a tres años y un día de presidio en calidad –los dos últimos- de cómplices.
De acuerdo a los antecedentes recogidos por agrupaciones de derechos humanos, el 17 de diciembre de 1974 San Martín fue detenido y trasladado –según informan testigos- hasta el centro clandestino conocido como la “Venda Sexy” donde la DINA lideraba la acción de hostigamiento contra los prisioneros.
Hasta el momento, el juez Solís sólo ha notificado de su condena al brigadier Iturriaga, quien indicó que "estoy siendo sentenciado por una mentira. Yo no tengo ninguna responsabilidad, yo ni siquiera detuve a un señor que no conozco que se llamaba San Martín Vergara y no tengo a nadie secuestrado, y lo sabe usted y lo sabe el presidente de la Corte Suprema. Lo sabe el Presidente de la República y lo sabe el juez". Agregó que “el juez sabe que yo no tengo a nadie secuestrado".
Corte rectifica tesis de prescripción gradual y aumenta condenas de ex DINA
Fuente :El Mostrador, 27 de Octubre 2006
Categoría : Prensa
Novena Sala del tribunal de alzada aumentó de cuatro a diez años la sentencia contra los otrora integrantes del organismo represivo, desestimando lo resuelto por el juez Juan Eduardo Fuentes, quien consideró que los secuestros finalizaron a la par de la dictadura. Se trata del primer fallo de una instancia superior desde el pronunciamiento de la CIDH.
La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo unánime, elevó las sentencias contra la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por el desaparición de dos militantes del Partido Socialista (PS), rectificando de esta manera la tesis de la prescripción gradual aplicada por el juez Juan Eduardo Fuentes Belmar.
La decisión fue adoptada por los ministros Haroldo Brito, Amanda Valdovinos y Juan Manuel Muñoz Pardo, quienes aumentaron hasta en diez años las condenas que el juez Fuentes Belmar había resuelto aplicar contra varios ex integrantes del organismo represivo, aplicando su teoría de que los secuestros terminaron a la par con la dictadura militar.
De esta manera, el tribunal de alzada capitalino decidió condenar a diez años de prisión al general retirado Manuel Contreras Sepúlveda, ex jefe del organismo represivo, así como al también general en retiro Raúl Iturriaga Neumann y Gerardo Urrich, quienes en primera instancia habían sido a cumplir sólo cuatro años de cárcel.
Los tres ex uniformados fueron condenados como autores del secuestro calificado de los militantes socialistas Mario Carrasco Díaz y Víctor Olea Alegría, ocurridos los días 11 y 16 de septiembre de 1974, respectivamente.
El tribunal de alzada también dictó una condena de cinco años y un día de presidio mayor, en su grado mínimo, para el oficial retirado de Carabineros Alejandro Molina Cisternas, por el rapto de Olea Alegría, mientras que el ex detective Risiere Altez España recibó una pena de tres años de presidio menor.
El dictamen, el primero de un tribunal superior desde el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que condenó a Chile por la aplicación de la ley de Amnistía, corrigió de esta manera la tesis de la prescripción gradual que ha impulsado el ministro Fuentes Belmar, en el sentido de que los secuestros de las víctimas de la dictadura militar terminaron, necesariamente, el 11 de marzo de 1990, cuando retornó la democracia.
Aunque el juez rechaza aplicar la mencionada normativa, sustenta su argumento de reducir gradualmente la condena dado que a partir del 11 de marzo de 1990 volvieron a funcionar todas las instituciones establecidas en la Constitución de 1980, a imperar con plenitud las garantías individuales, y los organismos policiales fueron sometidos al control y supervigilancia directa de la autoridad administrativa.
Los casos
Víctor Fernando Olea Alegría, obrero y militante socialista, fue arrestado por agentes de la DINA que dijeron ser miembros del Servicio de Inteligencia. Su aprehensión se adscribió a un operativo que culminó con la detención de un grupo de militantes de esa colectividad.
Los detenidos, entre ellos la víctima, fueron llevados en primera instancia al Cuartel Central de Investigaciones, donde los interrogaron y ficharon.
Posteriormente fueron trasladados hasta el recinto de interrogatorios de la DINA conocido como Venda Sexy, que correspondía a una casa ubicada en la calle Irán 3037, esquina de Los Plátanos en la comuna de Macul, donde fueron ubicados en una misma pieza. En tanto, la detención de Mario Carrasco se registró el 16 de septiembre de 1974, correspondiendo al mismo procedimiento utilizado por los agentes del desaparecido organismo represor. En una visita efectuada el 11 de octubre de 1974, por los delegados del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) al campamento de detenidos Tres Alamos, se constató que el joven se encontraba incomunicado en dicho centro, lo que impidió que pudiera ser visitado.
Juez acusa por primera vez a la DINA de “asociación ilícita”
Fuente :radio.uchile.cl, 25 de Enero 2007
Categoría : Prensa
Por primera vez en la historia judicial reciente, un juez chileno acusó a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), policía secreta durante la dictadura de Augusto Pinochet, de ser "una asociación ilícita", en particular, para cometer el doble homicidio del general en retiro Carlos Prats y su esposa, Sofía Cuthbert, el 30 de septiembre de 1974 en Buenos Aires.
El ministro Alejandro Solís dictó los autos acusatorios para fallar el caso en primera instancia, en los que apuntó al general (r) Manuel Contreras y al brigadier (r) Pedro Espinoza como los jefes de esta asociación ilícita.
El magistrado señaló que el proceso "ha sido complicado, porque son varios delitos, hay gente de muy alto nivel en la jerarquía militar que está implicada, por lo tanto ha sido bastante esforzado el trabajo".
El fallo determinó además que los brigadieres (r) Raúl Iturriaga Neumann, Jorge Zara y Christoph Willike eran parte de la agrupación criminal, al igual que la ex agente civil Mariana Callejas.
Los brigadieres Jorge Iturriaga y Reginaldo Valdés, en tanto, quedaron en calidad de cómplices.
La DINA, que según Contreras dependía directamente del fallecido dictador Augusto Pinochet, es sindicada por abogados de derechos humanos como la responsable de centenares de crímenes contra opositores al régimen militar.
Además, del caso de Prats y su esposa, también fue responsable del atentado que le costó la vida en Washington al ex canciller Orlando Letelier y su secretaria
General (R) Raúl Iturriaga Neumann: El ''analista de inteligencia'' que pasó a ser un prófugo de la justicia
Fuente :El Mostrador, 12 de Junio 2007
Categoría : Prensa
Condenado a cinco años y un día de cárcel por el caso de un desaparecido, el ex jefe del Departamento Exterior de la DINA no se presentó a cumplir la sentencia. Aunque familiares temen por su vida y presentaron una denuncia por presunta desgracia, no se descarta todo sea una operación preparada por un militar que siempre se opuso a la acción de tribunales en derechos humanos.
Prófugo de la justicia. Esa es la calidad que tiene el general en retiro Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, uno de los más emblemáticos militares ligados a la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y quien no se presentó el lunes para comenzar a cumplir la condena a cinco años y un día de reclusión por el secuestro del militante del MIR Luis Dagoberto San Martín Vergara.
Iturriaga Neumann, de 69 años, es uno de los militares ligados a violaciones a los derechos humanos que más se ha opuesto a las condenas dictadas por los ministros que indagan este tipo de casos y, por lo tanto, un “símbolo” para los más de cien condenados por crímenes de lesa humanidad que existen actualmente, por lo que su situación es seguido con sumo interés por los tribunales de justicia y el Ejército.
El general en retiro fue el primer encargado del Departamento Exterior de la DINA y un oficial de los más destacados en inteligencia que realizó cursos de Doctrina, Estrategia y Contrainsurgencia en la Escuela de las Américas en Panamá, donde conoció al general (R) Manuel Contreras Sepúlveda, con quien colaboró durante todo su paso por el organismo represor.
Perteneciente al arma de Comandos y Paracaidista, Iturriaga Neumann se encuentra condenado en ausencia en Italia, a 18 años de reclusión, por el atentado a Bernardo Leighton y su esposa Anita Fresno, ocurrido en octubre de1975 en Roma; y además de la sentencia a 10 años y un día de cárcel por el caso del detenido desaparecido Víctor Olea Alegría.
Sin embargo, la causa que más dolores de cabeza podría traer a Iturriaga Neumann es la que se instruye por el asesinato en Buenos Aires, en septiembre de 1974, del ex jefe del Ejército Carlos Prats González y su mujer, Sofía Cuthbert Charleoni, donde tanto los querellantes como el Consejo de Defensa del Estado (CDE) han solicitado su presidio perpetuo por los cargos de asociación ilícita y doble homicidio agravado.
Por el momento, se desconoce el paradero del general retirado y aunque su abogado, Jorge Balmaceda, y su hermano Jorge Iturriaga Neumann –también acusado en el caso Prats- presentaron una denuncia por presunta desgracia en la 17º Comisaría de Carabineros, temiendo que el militar en retiro se haya suicidado, ya que no se contactan con él desde el viernes 8 de junio pasado. Sin embargo, no se descarta que el militar haya decidido mantenerse oculto aprovechando los amplios conocimientos en inteligencia que posee.
Iturriaga Neumann se comunicó personalmente ese día con el ministro Alejandro Solís para informarle que se presentaría en el Penal de Cordillera a las 10:00 horas del lunes 11 junio para cumplir su condena, ratificada el 28 de mayo por la Corte Suprema, pero no llegó a la cita y la actuaria judicial que asesora al magistrado lo esperó por más de una hora y media en la entrada del penal.
La funcionaria judicial regresó pasado el mediodía hasta el despacho del ministro Solís en la Corte de Apelaciones de Santiago y, ante la imposibilidad de ubicar al condenado militar, se dictó la orden de aprehensión respectiva a la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones, cuyos efectivos lo buscaron en las dos domicilios que tiene registrados (Detroit 1655 Departamento 804, comuna de Vitacura y Avenida Apoquindo 5244, Departamento 301, ambos en Las Condes), pero no fue ubicado.
En la última vivienda la actual pareja del general en retiro informó a los policías que el general en retiro había salido desde la vivienda rumbo al Penal Cordillera a las 9:00 horas y que no había vuelto a saber de él.
Raúl Iturriaga Neumann se encontraba separado desde hace un año y medio de su mujer, Mireya Baeza, hija del general en retiro y ex director de Investigaciones Ernesto Baeza, y su máxima preocupación eran las actividades del Círculo de Generales en Retiro y la preparación de la estrategia de su defensa judicial en las causas por las que era investigado.
Desde esa tribuna, reclamaba por la aplicación de los Convenios de Ginebra para los casos de violaciones a los derechos humanos y pedía que se aplicara la Ley de Amnistía de 1978 o la prescripción, pues estimaba que la teoría judicial del secuestro permanente era una “ficción jurídica” imposible de ejecutar en la vida real.
En esa calidad, también criticó los procesamientos masivos que dictó el ministro en visita Víctor Montiglio en el caso Calle Conferencia contra ex agentes de la DINA y envió cartas a varias personalidades del mundo político para buscar una solución a las investigaciones que se tramitan actualmente en tribunales.
General (R) Iturriaga Neumann pasa a clandestinidad y reclama trato injusto
Fuente :El Mostrador, 13 de Junio 2007
Categoría : Prensa
Luego de que sus familiares presentaran una denuncia por presunta desgracia, el ex jefe del Departamento Exterior de la DINA envió un declaración en la que plantea lo que considera una ''injusta condena''. En tribunales preocupa que su actitud sea imitada por otros militares, ya que el ex uniformado es considerado un símbolo por sus pares.
Un comando nunca se entrega. Esa es la consigna que asumió el general en retiro Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, al declararse en rebeldía y no presentarse a cumplir con su condena de cinco años y un día de presidio por el secuestro calificado del militante del MIR Luis Dagoberto San Martín Vergara, tal como lo había acordado con el ministro Alejandro Solís.
Tras 24 horas sin que su familia supiera de su paradero y presentara una denuncia por presunta desgracia, el ex militar envió una declaración pública, a través de un correo electrónico a varios medios de comunicación, en el que declara que no se presentará a cumplir su sentencia, ratificada el 28 de mayo por la Corte Suprema.
En el documento, enviado desde una casilla personal de Iturriaga Neumann, cuestiona la labor de varios jueces y la aplicación de los tribunales de la legislación internacional en casos de violaciones a los derechos humanos y se define como víctima de un indebido proceso.
“Fui sometido a un indebido proceso, al igual que aproximadamente 500 integrantes de las FF.AA. y de Orden, de los cuales ya hay varios condenado por la misma razón, ante la mirada complaciente del gobierno e instituciones que no funcionan para defender los derechos que tenemos y que justamente reclamamos”, señala la nota.
Y agrega que “ya he aceptado muchas cosas: he sido prontuariado en varios oportunidades, soportado detenciones, interminables declaraciones, careos con falsos testigos, humillaciones, doble estándar, parcialidad, exámenes psicológicos, sufrimientos de mi familia y mis amigos, pérdida de trabajo, caos financiero personal, persecución política judicializada. ¿Debemos seguir aceptando esto? ¡Yo no! ¡Ya no más!”.
Situación inédita
Con su declaración, el ex jefe del Departamento Exterior de la DINA planteó una situación inédita en los casos de violaciones a los derechos humanos y en la que por primera vez un general en retiro se declara en abierta rebeldía y prófugo de la justicia luego de ser condenado por una sentencia judicial.
Si bien el ex jefe de la DINA Manuel Contreras se resistió a la condena dictada por el ministro Adolfo Bañados Cuadra por el atentado en Washington contra el ex canciller Orlando Letelier, siempre se mantuvo ubicable para la policía, ya sea en su fundo de Fresia o en el Hospital Naval de Talcahuano, y nunca pasó a la clandestinidad como Iturriaga.
En tribunales y el Ejército esperan que el ex militar recapacite a la brevedad y se presente a cumplir su pena en el Penal Cordillera, tal como lo había acordado con el juez Solís, con el fin de evitar un conflicto mayor, como una masiva desobediencia de los uniformados en retiro en los casos de violaciones a los derechos humanos.
"Este es el primer caso de la rebeldía militar a las decisiones injustas de los jueces", expresó una fuente ligada a la defensa de militares en retiro que aseguró que casos como los de Iturriaga Neumann se podrían repetir en el futuro, sobre todo en los grupos considerados más duros y que buscan una salida política a su situación judicial.
En el mismo sentido, el presidente de la Coordinadora de Organizaciones del Personal en retiro de las Fuerzas Armadas (Coperfa), general ( R) Jaime Núñez, señaló que la comunicación enviada por Iturriaga Neumann “se supone se lo está mandando a sus camaradas de armas y a los medios donde hará presente la situación que vive”.
Agregó que la institución realizó una declaración hace unos días, “donde nos referimos a que mientras las autoridades de este país no tengan la voluntad política de solucionar de una vez por todas los problemas, si quieren algún día la reconciliación en Chile, va a ser muy difícil seguir pensando qué cosas van a pasar".
Consultado si considera correcto que un general en retiro evada a la justicia, dijo que “no sé si de la justicia o de la injusticia. La justicia chilena puede ser justa o injusta. Personalmente pienso que hay una injusticia con una serie de camaradas, no sólo con Iturriaga, porque todo está basado en presunciones.
Eso es lo que yo sé”.
"Si baso todo en presunciones para juzgar a personas, la justicia no está actuando plenamente. Creo que todos debemos estar sometidos a la justicia en igualdad de condiciones, y aquí no hay igualdad de condiciones con un sector de la sociedad, que fue el que dio la cara y que hizo lo que este país es hoy día”, sostuvo.
Requerido si apoya que Iturriaga no se presente, dijo que “no hubiera querido haber llegado a esta situación, pero si él lo determinó fue una decisión personal, no creo que alguien le haya dicho "tienes que hacer esto u esto otro". Cuando dice "me cansé de toda esta injusticia", eso es lo que indigna y la indignación está cundiendo en mucha gente y resulta que no es bueno que cunda la indignación, debió haber cundido la reconciliación”.
Recordó que en los últimos años el coronel en retiro Germán Barriga y el agente civil Carlos Marco, ambos procesados por el caso Calle Conferencia, y el coronel en retiro Gonzalo Asenjo Zegers, implicado en la desaparición de cinco frentistas en 1987, se han quitado la vida en los último años.
Raúl Iturriaga Neumann: general en fuga
Fuente :La Nación, 17 de Junio 2007
Categoría : Prensa
Hace tres semanas, Raúl Iturriaga Neumann se sentó, como de costumbre, frente a sus amigos y camaradas de armas en el Café Havanna, de Huérfanos 1033. El resto de los generales y altos oficiales en retiro prestaron especial atención a las palabras que pronunciaría, ya que todos entendieron que uno de los hombres de la línea más dura de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional
(DINA) tenía algo importante que contarles.
El fuerte olor a café y el humo de cigarrillo se hacía más denso en el segundo piso de dicho café, lugar especialmente discreto y apartado de las miradas de los funcionarios de Gobierno que frecuentan el local.
Mientras la camarera traía la bandeja repleta de tazas, Iturriaga se desabotonó el abrigo que llevaba puesto y dejó a la vista el empuñadura de su pistola 9 milímetros, de la que nunca se despega.
“Amigos, la condena en mi contra es una realidad y no pienso entregarme. La humillación hacia las Fuerzas Armadas es inaceptable. Me voy a escapar, así que les pido que cuiden de mi familia durante el tiempo que esté ausente”, dijo provocando admiración en los presentes, boquiabiertos ante el anuncio.
Después de la reunión, Iturriaga se dedicó a completar el plan para evitar ser descubierto y burlar el cerco policial. El lunes pasado debía entregarse ante la justicia, luego de llegar a un acuerdo “de caballeros” con el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Alejandro Solís, quien debía notificarlo para que comenzara cumplir ese mismo día la condena a cinco años y un día de presidio por la desaparición de Dagoberto San Martín.
La sentencia había pasado a firme el 28 de mayo último, día en que la Corte Suprema confirmó la sentencia y ordenó que fuera ejecutoriada.
Iturriaga supo cómo se venía la mano, al menos con una semana de anticipación.
Asesorado por su abogado, Jorge Balmaceda, también sabía que una vez que el fallo fuera oficializado, pasarían al menos 15 días para que el documento, junto con todo el expediente del caso, fueran devueltos al juez Solís, para que éste dictara el “cúmplase” la sentencia.
Amplios poderes para allanar
Como ha sido el procedimiento en los últimos años, los detectives que indagan los casos de violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura, pasaron a primera hora de ese día, 11 de junio, a buscar a la actuaria que cumpliría con el trámite de notificación.
En un vehículo policial se dirigieron hasta el Penal Cordillera, a un costado del ex Comando de Telecomunicaciones del Ejército, en Peñalolén.
Ingresaron al recinto a la espera de que apareciera el general retirado, minutos antes de las diez de la mañana, la hora acordada para que Iturriaga se notificara. Pero el ex jefe del Departamento Exterior de la DINA no llegó.
Pasaron casi dos horas y la comitiva judicial decidió retirarse.
Ese mismo lunes, el juez Solís firmó una orden de aprehensión en contra de Iturriaga para que cumpliera con el trámite de la notificación. Al día siguiente emitió una orden amplia de investigar con la instrucción de capturarlo, facultando para ello a la policía civil a descerrajar y allanar todo lugar donde pudiese estar o haber información sobre su paradero.
El primer gran problema “logístico” que se desató por la sorpresiva acción del ex general se debió a que la prensa de tribunales se enteró de la detención el martes a las once y media de la mañana e hizo pública la noticia. La policía, sin embargo, sólo fue notificada recién a las tres de la tarde, perdiendo horas clave para iniciar la cacería.
No obstante, los problemas de comunicación se resolvieron a la brevedad y la Jefatura Nacional contra el Crimen Organizado y Asuntos Especiales, a cargo del prefecto inspector Rafael Castillo, elaboró de inmediato un plan de contingencia.
El diseño implicaba conformar un equipo multidisciplinario integrado por la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos, la Brigada de Búsqueda de Personas y la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales.
La cacería
¿Qué dificultad extra podría acarrear la ubicación de un prófugo como Iturriaga? El ex general formó parte de la cúpula de la DINA desde sus inicios y hasta su disolución, en 1976. Se trata entonces de un oficial que cuenta con una amplia experiencia en materia de inteligencia y con redes que le facilitarían mantenerse en la clandestinidad, al menos, por unas semanas.
Sin embargo, en Investigaciones existe un cierto optimismo y se piensa que la captura se concretará pronto. “Iturriaga maneja conceptos de inteligencia militar, pero nosotros contamos con los elementos de la inteligencia policial, que son muy distintos y que nos dan las herramientas suficientes como para detectarlo en cualquier momento”, dijo a LND el prefecto Rafael Castillo.
El primer paso que dieron para armar el complejo puzzle de pistas sueltas que dejó el ex jefe de la temida Brigada Purén de la DINA, fue reconstruir sus pasos. Hasta ahora presumen que habría escapado en su auto, patente RG. 4273.
Las versiones de prensa señalan que Iturriaga se dio a la fuga el lunes 11 de marzo, la fecha en que se debía entregar ante el juez Solís. Sin embargo, se ha logrado acreditar que el prófugo salió el viernes 8 del departamento (ubicado en calle Vaticano 4232, Las Condes) de su actual conviviente, Máxima Martota.
La mujer, de 64 años, entrevistada por la policía, se mostró desconfiada y no aportó datos que permitieran arrojar luces sobre el paradero de Iturriaga. “Sus dichos permiten inferir que nos estaría ocultando datos”, explica una fuente de Investigaciones.
Para evitar cualquier sospecha sobre su fuga, el general en retiro se preocupó, en las últimas dos semanas, de llamar constantemente al tribunal para confirmar el día y la hora en que iba a ser notificado. De paso, también reafirmó en cada una de esas ocasiones su decisión de concurrir voluntariamente al Penal Cordillera.
Cuando los funcionarios de Investigaciones que trabajan con el juez Solís supieron que en realidad se había escapado el viernes, se sorprendieron porque esa misma tarde, a eso de las cuatro, ya clandestino, Iturriaga realizó su última llamada al tribunal confirmando su asistencia el lunes.
El asombro fue aún mayor cuando el equipo encargado de su búsqueda, se enteró de otra pista distractiva que dejó el general. Reservó por dos noches y a partir del lunes 11 –el día en que debía ser notificado– una habitación en el Hotel Militar del Ejército, en Providencia. Una maniobra que tenía por objeto concentrar en ese lugar la atención policial, en caso de que se detectara anticipadamente su plan para evadir la detención.
La primera visita de Investigaciones al domicilio de Iturriaga permitió descubrir también datos relevantes que apuntan a la red de apoyo con que el ex jefe del Departamento Exterior de la DINA cuenta desde hace varios años. Según un testimonio, durante una de sus detenciones en el Batallón de Policía Militar de Peñalolén en 2005, el general (R) salió todas las noches del recinto para alojar en su hogar, en circunstancias que no contaba con ningún beneficio penitenciario. Esto nadie lo supo en esos momentos y constituye parte de los entretelones del verdadero historial de Iturriaga.
Cuenta bancaria y celular
Los efectivos de la Policía de Investigaciones barajan por estos días dos hipótesis sobre el paradero de Irurriaga. La primera indica que podría estar en Coquimbo, en la IV Región. La segunda, en la VIII, hacia la cordillera de los Andes, en una localidad cercana a las Termas del Flaco.
El plazo para detenerlo aún no se ha fijado y se habla de un máximo de 30 días, pues los agentes saben que su formación en inteligencia le da un paso de ventaja. Lo más probable es que no cometa errores básicos, como llamar a su familia desde su teléfono celular.
De registrarse alguna llamada, las empresas de telefonía ya recibieron una orden de entregar los datos de origen y destino de las mismas, mediante la triangulación de las antenas utilizadas en tiempo real.
Lo mismo sucede en el caso de que decida sacar dinero de su cuenta bancaria desde algún cajero automático, y trascendió que la Superintendencia de Bancos recopilará la información sobre sus cuentas.
La policía tiene prácticamente descartada la opción de que Iturriaga salga del país. Esto, porque en el extranjero existen tres órdenes de captura internacional en su contra. Una, por la condena que le impuso la justicia italiana por el atentado contra el ex vicepresidente de la República Bernardo Leighton y su esposa, Anita Fresno. La segunda proviene de Argentina, donde la jueza María Servini de Cubría lo procesó y acusó del crimen del general Carlos Prats y su esposa, Sofía Cuthbert. La última es de España, donde el juez Baltasar Garzón lo requiere por los asesinatos de los sacerdotes Joan Alsina y Antonio Llidó, y el diplomático Carmelo Soria.
Investigaciones tiene elaborado un perfil sicológico de Iturriaga, que permite plantear distintos escenarios para su captura. Se trataría de un personaje ególatra y, al mismo tiempo, astuto. Por ejemplo, en todas las ocasiones en que fue interrogado por jueces y policías evadió las respuestas haciendo gala de su formación en técnicas de contrainterrogación. Calificado como extremadamente orgulloso, los policías están conscientes de que Iturriaga tiene carácter como para resistir con la fuerza el arresto, en caso de que se vea acorralado. Por otra parte, su formación católica descartaría el suicidio.
La estrategia policial apuntaría a lograr que el ex militar deponga su actitud y se entregue voluntariamente, para evitar la tensión que significaría un enfrentamiento directo.
Tal escenario ya fue probado con el general (R) Manuel Contreras, a quien se le ofreció una entrega pacífica, cuando se negó a ser notificado. El frustrado diálogo dio paso a la fuerza, donde incluso el ex director de la DINA fue reducido con su pistola en mano.
La gran incógnita es si Raúl Iturriaga Neumann aceptará entregarse o si, a diferencia de su ex jefe, usará su pistola 9 mm.
El “indebido proceso” que tuvo Dagoberto San Martín
Fuente :La Nación, 19 Junio 2007
Categoría : Prensa
Con su nueva imagen, demacrado, con barba descuidada y que mantuvo la mirada dura y lejana, el general (R) Raúl Iturriaga Neumann, argumentó que se rebelaba al fallo judicial que lo condenó a cinco años de prisión (por la desaparición en 1974 del mirista Dagoberto San Martín) por no haber sido respetado su derecho a “un debido proceso”. Su declaración la hizo a través de un video que transmitió la TV abierta y ayer sus ex compañeros de armas le brindaron su “apoyo moral”.
La frase caló profundo en quienes pasaron por el cuartel “Venda Sexy”, donde operó el militar (R) como jefe de la brigada Purén de la DINA y a quienes, por cierto, nadie les respetó su derechos.
Así se puede leer en los “considerandos” de la sentencia dictada por el juez Alejandro Solís Muñoz el 9 de noviembre de 2004, que condenó a Iturriaga, como autor de secuestro calificado contra Luis Dagoberto San Martín Vergara, a 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio. Condena que más tarde la Corte Suprema rebajó a sólo cinco años que debía cumplir a partir del lunes 11 de junio pasado en el penal Cordillera de Peñalolén.
El peluca
En diciembre de 1974, Luis Dagoberto San Martín tenía 22 años, estudiaba en tercer año de Agronomía en la Universidad de Chile, le decían “El Peluca” por su larga cabellera y era reconocido militante del MIR en el campus Antumapu.
Allí también se ubica la Facultad de Ciencias Veterinarias, donde estudiaban Jorge Véliz y Claudio Cabello, que pololeaba con Ema Iribarren, quien arrendaba un departamento junto a María Inés Hidalgo en calle Roberto Espinoza, hasta donde a veces llegaba Dagoberto a visitar a Inés.
Las detenciones
El 6 de diciembre de 1974, dos personas que viajaban en una camioneta blanca, Chevrolet C-10, preguntaron en el domicilio de su madre por Dagoberto, diciendo que eran compañeros de carrera. No lo encontraron, pero siguieron rondando el sitio.
El 11 de diciembre, la amiga de Dagoberto, Carmen Holzapfel, fue detenida en su domicilio y al día siguiente se llevaron a Beatriz Bataszew, entonces polola de San Martín.
El 16, según el testimonio de Ema, estaba en un departamento de calle Roberto Espinoza con Diez de Julio, que compartía con sus amigas Alejandra Holzapfel y María Inés Hidalgo; la primera había sido detenida; ella estaba en el living y en un dormitorio estaban Alejandro Véliz y el novio de ella, Claudio Cabello.
Golpearon a la puerta y al abrir se encontró con varios sujetos que portaban armas, algunos de civil y otros con uniformes de Carabineros. Los llevaron a los tres hasta una camioneta cubierta con lona; al día siguiente los trasladaron a otro lugar. Allí estuvo unos 5 días y la interrogaban preguntándole por sus actividades y por “El Peluca”, le aplicaban corriente eléctrica mientras permaneció desnuda en la llamada “parrilla” y por el lugar circulaba un perro al que le decían Volodia.
Jorge Véliz fue compañero de curso de Dagoberto San Martín en el Liceo de Aplicación y fue el primero en reconocer a Miguel Krassnoff a cargo del grupo que los detuvo.
Al día siguiente, en “Venda Sexy”, una persona malherida lo golpeó en la pierna y lo llamó “Oso”, entonces supo que era San Martín, ya que sólo lo llamaban así sus amigos del liceo. Dagoberto San Martín le dijo que no se preocupara porque él no diría nada.
Víctima Y TESTIGO
En la declaración judicial entregada por Claudio Cabello, el 16 de diciembre de 1974, estaba estudiando con Jorge Véliz en casa de Ema, cuando fueron detenidos. Los llevaron primero a un lugar que sería Villa Grimaldi y de allí a calle Irán 3937 donde funcionaba el recinto de detención clandestino que fuera conocido como “Venda Sexy” por las aberraciones sexuales cometidas contra los prisioneros mientras estaban vendados.
“A los dos días llegó Luis Dagoberto San Martín y durmió cerca suyo; estaba en muy malas condiciones físicas, se notaba que había sido muy golpeado y no podía sostenerse de pie”, se lee en la sentencia.
Dagoberto había quedado de reunirse con su hermana Patricia, a las 14 horas del 7 de diciembre, en Grecia con Lo Encalada, pero nunca llegó.
Proceso indebido
Nueve detenidos en “Venda Sexy” reconocieron haber visto a Dagoberto San Martín en pésimas condiciones y que incluso le dio un paro cardiorrespiratorio, que lo llevaron a la clínica Santa Lucía y lo devolvieron a calle Irán, desde dónde “desapareció” para siempre.
Ninguno de los tres jóvenes secuestrados en calle Roberto Espinoza, torturados en “Venda Sexy” y amenazados luego por varios años, era militante de partido político alguno.
Ellos reclaman con desgarro contra la argumentación de Iturriaga de no haber tenido un debido proceso. La entonces polola de Dagoberto, Beatriz Bataszew, respira y dice: “hay que ser muy cara dura”
Estremecedores relatos de ex prisioneras víctimas de torturas sexuales: La perversa brigada de Iturriaga
Fuente :La Nación, 27 deJjunio 2007
Categoría : Prensa
Dos militantes del MIR, Alejandra Holzapfel y Beatriz Bataszew, contaron por primera vez las agresiones que sufrieron en el cuartel de la DINA que comandó el prófugo Raúl Eduardo Iturriaga Neumann.
Alejandra no pudo contener sus lágrimas. Se hizo un gran silencio. “Yo después estudié medicina veterinaria, pero no pude dedicarme a eso. La imagen del perro Volodia nunca me la pude sacar de mi mente”. Terminó la frase entre sollozos. En el cuartel de la DINA de Irán con los Plátanos, en Macul, agentes de la Brigada Purén, que comandaba el prófugo Iturriaga Neumann, hicieron que el perro la violara.
Alejandra Holzapfel y Beatriz Bataszew, miristas que sufrieron la tortura sexual, rememoraron ayer en la sede de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo, Codepu, su paso por la llamada “Venda Sexy”, el cuartel de Iturriaga y sus agentes. Dicen que no pueden dar certeza de que vieron cara a cara a Iturriaga, “porque siempre nos tuvieron vendadas”, pero recuerdan que quien se sentaba detrás de un escritorio dándoselas de jefe “era un chico, más bajo que nosotras”, y piensan que pudo ser él.
“Ese chico tenía siempre una banca donde se subía para violar a las prisioneras”, recuerdan Alejandra y Beatriz. “Y me acuerdo que le daba asco que las mujeres tuviéramos la menstruación”, dice Alejandra. Las prisioneras descubrieron entonces algo que podía reducir el apetito perverso de aquel “chico” y otros agentes. “Tratábamos de dejar siempre en el baño señas, trapos y cosas así, que indicaran de que varias de nosotras teníamos la regla”, recuerda Alejandra.
Miran sorprendidas cuando se les comenta que, en sus declaraciones procesales, insistentemente el prófugo Iturriaga Neumann declara que si bien reconoce haber sido jefe de la Brigada Purén que reinaba en Irán con Los Plátanos, sostiene que esa brigada se dedicaba sólo a “procesar información sobre salud, educación, agricultura y minería”.
“Lo que él fue y es, es un cobarde, porque siempre nos torturaron vendadas. El nunca nos dio la cara, siempre trabajó oculto, igual que ahora”, responde Beatriz alzando la voz.
LA VENDA SEXY
No tienen respuesta cuando se les consulta por qué creen que fue precisamente en ese recinto, la “Venda Sexy” -también conocida como “La Discoteque”, por la música a alto volumen que los agentes ponían para que no se escucharan los gritos de los prisioneros-, donde se concentró la violencia sexual contra las mujeres ejercida por la Brigada Purén.
Era primera vez que Alejandra Holzapfel relataba en público por qué no pudo ejercer la medicina veterinaria que estudió en la universidad Karl Marx, en la desaparecida República Democrática Alemana. “No pude, porque siempre tengo la imagen del perro Volodia frente a mi”. Nadie lo dice, pero es obvio que el nombre que los agentes dieron al perro fue para denigrar la imagen del dirigente comunista Volodia Teitelboim. Beatriz dice estar cansada “de que cada vez los jueces nos llamen y llamen a declarar y debemos siempre repetir los tormentos y vejámenes a que nos sometieron. Y hasta nos han tocado jueces que nos dicen…¡pero ustedes algo habrán hecho entonces!”.
Por eso Alejandra se ha negado a volver a relatar sus vivencias ante los magistrados “y eso me ha costado que ordenen mi detención”
General (r) Raúl Iturriaga Neumann fue detenido en Viña del Mar
Fuente :Terra.cl, 2 de Agosto 2007
Categoría : Prensa
El general en retiro del Ejército, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, fue detenido esta madrugada por la Policía de Investigaciones, en la ciudad de Viña del Mar, tras encontrarse prófugo de la Justicia desde el pasado 11 de junio.
El ex director del Departamento Exterior de la DINA, tiene una condena de 5 años y un día como autor del secuestro del militante del MIR Luis Dagoberto San Martín Vergara y según se informó será trasladado dentro de las próximas horas a la capital, después de cumplir 52 días escondido.
La información fue confirmada por el prefecto inspector, Rafael Castillo, jefe de la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos de la policía civil, quien comentó que el retirado militar será trasladado dentro de los próximos minutos al cuartel Independencia de la capital, donde será prontuariado.
Posteriormente, será llevado al penal Cordillera, hasta donde llegará la secretaria especial del tribunal, Valeska Castillo, quien a nombre del ministro de fuero, Alejandro Solís, notificará al general de su condena.
Los primeros antecedentes señalan que Iturriaga Neumann estaba con la misma barba, con la que aparece en el video que grabó en la clandestinidad y donde declaró su rebeldía.
Cabe recordar que el juez Solís había dictado, a mediados de junio pasado, una orden de detención en contra del jubilado oficial, luego de que, en una señal de rebeldía hacia los Tribunales de Justicia, no se presentó en el Penal Cordillera, donde debía comenzar a cumplir la sentencia, también recaída contra otros miembros de la cúpula de la desaparecida unidad de inteligencia del régimen militar.
La búsqueda de Iturriaga Neumann fue alertada con "prioridad uno" en todos los cuarteles policiales emplazados a lo largo del país, llegando incluso a figurar su imagen y antecedentes en la página web de Investigaciones, como uno de los criminales más buscados por las autoridades.
En una declaración hecha publica la tarde del 12 de junio, el general (r) de Ejército manifestó: "Abiertamente me rebelo ante esta arbitraria, sesgada, inconstitucional y antijurídica condena, ¡No la acepto!", afirmó.
En su proclama, Iturriaga señaló que "se me ha condenado por el delito de secuestro, delito no acreditado en el proceso. Pedí concretamente al ministro Alejandro Solís, que sentenció en primera instancia, que investigara el secuestro, no lo hizo (…) si el ministro me procesó por secuestro, él debió demostrar que el mirista Luis Dagoberto San Martín Vergara está vivo y secuestrado por mí. El tiene el peso de la prueba, no era yo el que debía demostrar mi inocencia. El debía demostrar el delito que me imputa, no lo hizo".
Agregó que "fui sometido a un indebido proceso, al igual que aproximadamente 500 integrantes de las FF.AA. y de Orden, de los cuales ya hay varios condenado por la misma razón, ante la mirada complaciente del gobierno e instituciones que no funcionan para defender los derechos que tenemos y que justamente reclamamos".
Raúl Eduardo Iturriaga Neumann nació en la ciudad de Linares, VII Región el 28 de enero de 1938.
Al momento del golpe de Estado de 1973, Iturriaga en calidad de coronel era el segundo comandante de las fuerzas de elite del Ejército, el Comando de Paracaidistas “Boinas Negras” del Regimiento Peldehue, en la zona norte de la capital.
A principios de 1974, es trasladado por las autoridades del gobierno de facto al Regimiento Tejas Verdes, en la provincia de San Antonio, donde pasará a ocupar un rol en las acciones represivas de la entonces naciente DINA, que quedó en manos del general Manuel Contreras Sepúlveda.
Su amistad con Contreras permitió que fuera destinado a la jefatura de la Brigada Purén, donde estuvo a cargo de los centros clandestinos de calle Londres 38, José Domingo Cañas y Vílla Grimaldi, donde disidentes al régimen fueron sometidos a torturas y hechos desaparecer.
En 1976 fue enviado a Panamá a un curso especial en la llamada Escuela de las Américas, que operaba bajo el nombre de Centro de Adiestramiento Latinoamericano del Ejército de los Estados Unidos, donde militares recibieron entrenamiento contrainsurgente. Entre los oficiales chilenos graduados figuran Alvaro Corvalán Castilla, Miguel Krassnoff Marchenko, Pablo Belmar, Germán Barriga, Haroldo Latorre, Humberto Gordon, José Zara, Carlos Herrera Jiménez,
Odlanier Mena, Armando Fernández Larios, Fernando Lauriani, Ernesto Baeza Michelsen, Álvaro Guzmán Valenzuela, Manuel Contreras Sepúlveda y con honores Raúl Iturriaga Neumann.
Posteriormente, en 1977 ocupo cargos como subdirector de inteligencia en el Cuartel General de la DINA. Luego se desempeñó como director del departamento económico.
De acuerdo a expedientes judiciales, estuvo involucrado en 1975 en las operaciones Colombo y Cóndor, plan con el cual las dictaduras del Cono Sur pretendían neutralizar a los grupos de izquierda.
Así también figura involucrado en el proceso que se lleva en Chile por el atentado dinamitero que culminó con la muerte del general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert en Buenos Aires. Además el jubilado oficial está condenado en ausencia a 18 años de cárcel por la Corte de Justicia Italiana, por el frustrado homicidio contra el ex vicepresidente Bernardo Leighton (DC) y su esposa Anita Fresno.
Poco antes del retorno a la democracia, en 1989, fue ascendido a mayor general en la VI División del Ejército, con asiento en Iquique, pasando a retiro en 1991. Ese mismo año fue interrogado por el ex ministro Adolfo Bañados, instructor de las indagatorias tendientes a determinar la participación de la disuelta DINA en el homicidio de Orlando Letelier, acontecido en Washington en septiembre de 1976. En la causa fueron condenados Manuel Contreras y Pedro Espinoza.
Investigaciones: Iturriaga no opuso resistencia, pese a estar armado
Fuente :El Mostrador, 2 de Agosto 2007
Categoría : Prensa
Director de la policía civil entregó algunos detalles de la captura del prófugo general en retiro del Ejército, quien fue ubicado este jueves por la mañana en un céntrico departamento de Viña del Mar.
En uno de los departamentos del edificio ubicado en el número 1020 de la céntrica avenida San Martín, de Viña del Mar, fue ubicado este jueves por la mañana el prófugo general en retiro del Ejército Raúl Iturriaga Neumann.
Así lo detalló Arturo Herrera, el director de la Policía de Investigaciones, uno de cuyos equipos interdisciplinarios estuvo a cargo de la búsqueda de quien se declaró en rebeldía el pasado 11 de junio.
Según informó, el inmueble no es de propiedad del otrora responsable del Departamento Exterior de la disuelta DINA y, de momento, “se están investigando, por supuesto, los nexos que hay al respecto”.
“Estaba armado, pero no hubo ninguna situación que pudiéramos llamar ‘conflictiva’. Se entregó sin problemas y fue traído de inmediato hasta Santiago”, añadió.
La máxima autoridad de la policía civil aseguró que Iturriaga se encontraba solo al momento de su aprehensión y no opuso “absolutamente ninguna”
resistencia al ser descubierto, pese a que tenía en su poder una pistola de nueve milímetros.
Y narró que “siempre cuando realiza un procedimiento de este tipo y conociendo todos los antecedentes que había al respecto, la policía por supuesto que toma todas las medidas precautorias y se allanó en el momento oportuno. Yo creo que fue una sorpresa hasta para él que llegara la policía”.
Declinó entregar detalles del operativo, pero destacó que hubo “un trabajo lento, paso a paso, en el que hay que ir indagando situaciones, domicilios, antecedentes (…) desde el momento en que se encontraba prófugo”.
Tampoco se pronunció sobre la eventual existencia de una red de protección, lo cual –aclaró- deberá esclarecer el ministro de la causa, Alejandro Solís, aunque “siempre hay gente que lo conoce”.
“Descartemos cualquier situación de que estuviera metido algún elemento extraño”, precisó ante las insistentes consultas sobre personal en servicio activo del Ejército en la clandestinidad de Iturriaga.
“Sabemos que se estaba moviendo por varios lugares. Sé que estuvo ayer en Santiago que hoy día en la mañana se trasladó a Viña”, reveló.
Juez descarta nuevas sanciones contra Iturriaga Neumann por rebeldía
''No hay delito'', afirmó el magistrado Alejandro Solís, precisando que al ex uniformado tampoco se le puede acusar de quebrantamiento de condena porque ''no la estaba cumpliendo'' al momento de declararse prófugo.
El ministro Alejandro Solís afirmó este jueves que no existe norma alguna que aplique nuevas sanciones contra el general en retiro del Ejército Raúl Iturriaga Neumann por haberse mantenido prófugo desde el 11 de junio pasado.
“No hay delito”, afirmó el magistrado, precisando que tampoco se le puede acusar de quebrantamiento de condena porque “no la estaba cumpliendo” al momento de declararse en rebeldía.
Respecto a la elaboración del video en que justificaba su decisión de no presentarse a cumplir la pena a cinco años y un día que se le impuso en el caso del secuestro y posterior desaparición en 1974 del ex mirista Dagoberto San Martín Vergara, y sobre la posible participación de terceros en la elaboración de ese registro, el ministro señaló escuetamente que “como él estaba en libertad bajo fianza, tenía derecho al libre movimiento”.
Asimismo, consultado sobre si en este nuevo escenario Iturriaga podrá acceder o no a futuros beneficios penitenciarios, Solís indicó que “eso es cuestión reglamentaria de Gendarmería” y agregó que en lo que a él compete “le dejé sin efecto la libertad provisional que tenía, tanto en el caso San Martín como en el caso Prats, o sea, perdió el monto de la fianza y punto”.
Finalmente, anunció que hasta pasado el mediodía el ex uniformado aún no había sido trasladado al penal Cordillera, ya que “en este momento están haciendo el papeleo en la investigación”.
Raúl Iturriaga Neumann ya ingresó al Penal Cordillera
Fuente :El Mostrador, 2 de Agosto 2007
Categoría : Prensa
Al arribar al centro penitenciario de la comuna de Peñalolén, donde finalmente fue notificado de su condena, el ex militar fue insultado por manifestantes.
SANTIAGO.- Pasadas las 14.00 horas ingresó al Penal Cordillera, en la comuna de Peñalolén, el general (r) del Ejército Raúl Iturriaga Neumann, capturado esta mañana en Viña del Mar luego de permanecer 52 días prófugo de la justicia.
Una vez en el recinto, la actuaria Valeska Villalón lo notificó de la condena de cinco años y un día dictada en su contra por el secuestro calificado del ex mirista Luis Dagoberto San Martín Vergara, en 1974, trámite que había sido postergado desde el pasado 11 de junio, cuando el general (r) no se presentó.
Según indicaron fuentes judiciales que estuvieron presentes durante el trámite, Iturriaga recibió la condena "resignado, pero amable".
Al llegar al recinto penitenciario, un grupo de manifestantes lanzó proyectiles a la caravana que traía al ex militar, que también fue insultado por militantes de izquierda.
En el Penal Cordillera, compuesto por cinco cabañas enrejadas, también cumplen condena los generales (r) Manuel Contreras y Miguel Krassnoff, los coroneles (r) Maximiliano Ferrer Lima y Marcelo Moren Brito, además de los brigadieres (r) Pedro Espinoza y Carlos López Tapia.
Trasladado bajo fuerte custodia
Raúl Iturriaga Neumann fue trasladado hasta el Penal Cordillera tras permanecer un poco más de tres horas en el cuartel Independencia de la Policía de Investigaciones, hasta donde había llegado directamente desde la Quinta Región.
A la salida del cuartel, el ex uniformado, que lucía una chaqueta beige y pantalón negro, sólo señaló que se encontraba "muy bien".
El general (r) abordó un automóvil Nissan V-16 de la policía civil, acompañado por cuatro detectives, siendo escoltado por otros cuatro vehículos en los que viajaban algunos de los efectivos que participaron en su captura, ocurrida esta mañana en Viña del Mar.
Además del secuestro de San Martín, el ex militar enfrenta otras causas por el crimen del general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, ocurrido en Buenos Aires, en 1975.
General (R) Raúl Iturriaga purgará condena en Punta Peuco
Fuente :La Nación, 7 de Agosto 2007
Categoría : Prensa
Por razones de “seguridad”, y con la autorización del ministro Alejandro Solís, a las 14 horas de ayer personal de Gendarmería trasladó al general (R) Raúl Iturriaga Neumann, desde el Penal Cordillera (Peñalolén) a la cárcel de Punta Peuco (Tiltil) a 50 kilómetros de Santiago.
La medida sólo se le aplicó al recién capturado Raúl Iturriaga, pues en Cordillera permanecen otros ocho ex oficiales detenidos, entre ellos el general (R) Manuel Contreras y el brigadier (R) Pedro Espinoza.
Ayer al término de la reunión del Comité Político en La Moneda, el ministro de Justicia, Carlos Maldonado, señaló que el viernes pasado dispuso que el subdirector operativo de Gendarmería, Pedro Manchileo, concurriera al Penal Cordillera y evaluara la conveniencia de mantener allí al ex jefe de la Brigada Purén.
El informe de Manchileo señala que “consideraciones de seguridad hacían aconsejable esta medida”, expuso Maldonado y mencionó “su intentó de eludir la acción de la justicia”.
Consultado porque el Penal Cordillera era inseguro para Iturriaga y no para los otros reclusos, Maldonado dijo que el penal adecuado depende “de la complejidad del interno, en términos de seguridad y de su actitud frente al cumplimiento del fallo que lo privó de libertad” y agregó que en Punta Peuco existen medidas de seguridad adecuadas para evitar que Iturriaga intente una fuga.
Sobre el posible cierre del Penal Cordillera -solicitado por parlamentarios de la Concertación- el ministro dijo que “esa consideración se va a estudiar en sus propios méritos”.
El general (R) Raúl Iturriaga, fue condenado a 5 años y un día de presidio por el secuestro y desaparición -en diciembre de 1974- del militante del MIR Luis Dagoberto San Martín. Sin embargo, en vez de ingresar al Penal Cordillera el 11 de junio pasado, como se comprometió con el ministro Solís, optó por sumergirse en la clandestinidad.
Para violar la acción de la justicia durante 52 días, el “primer comando de la nación”, como se hacía llamar, contó con la ayuda de parientes y amigos.
Entre ellos, la abogada y profesora de la Escuela de Derecho de la Uniacc, Laura Rajsic (de origen croata), y su esposo, el ex oficial de justicia y colaborador del ex fiscal Torres Silva, actual secretario de estudios de Derecho en la Universidad Central, Oscar Dávila.
Ayer Rajsic debió dejar la Uniacc, tras negarse a explicar su actitud cuando fue requerida por la decana de la carrera, la ex ministra de Pinochet, Mónica Madariaga.
Distinta fue la actitud de la Universidad Central, donde la pareja también hace clases, pues el rector Luis Lucero fundamento su decisión de “no adoptar ninguna medida” en valores como “la tolerancia y el derecho a un debido proceso”.
"Mamo" Contreras suma nueva condena de diez años
Fuente :El Mercurio, 22 de Agosto 2007
Categoría : Prensa
La Corte Suprema mantuvo la sanción en contra de cinco ex integrantes de la DINA, entre ellos el otrora prófugo de la justicia Raúl Iturriaga Neumann por dos casos de detenidos desaparecidos.
La Sala Penal de la Corte Suprema mantuvo la condena de diez años y un día de presidio en contra del ex director del DINA Manuel Contreras por los secuestros permanentes de Víctor Olea Alegría y Mario Carrasco Díaz, ocurridos el 11 y 16 de septiembre de 1974, respectivamente.
En un fallo dividido la Segunda Sala del máximo tribunal fijo también una pena de cinco años y un día para Raúl Iturriaga Neumann, Gerardo Urrich González
y Alejandro Molina Cisternas, mientras que Rigiere Altez España recibió una sanción de 3 años y un día.
El voto a favor de mantener la pena fue de los ministros Alberto Chaigneau, Nibaldo Segura y Jaime Rodríguez, quienes estimaron que correspondía seguir aplicando la figura del secuestro permanente; mientras que el ministro Rubén Ballesteros y el abogado integrante Ricardo Peralta fueron partidarios de absolver a los condenados aplicando la prescripción.
El caso estuvo en manos del ministro Juan Eduardo Fuentes Belmar, quien el 6 de junio de 2005 condenó a Contreras Sepúlveda a 4 años; Raúl Iturriaga Neumann. 4 años; Gerardo Urrich González. 4 años; Alejandro Molina Cisternas 4 años con beneficio de libertad vigilada; y Risiere Altez España 800 días con beneficio de remisión condicional. Sin embargo, al año siguiente la Novena
Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago aumentó las sanciones.
Olea Alegría y Carrasco Díaz eran militantes del Partido Socialista y según los antecedentes recopilados en la causa estuvieron detenidos en el recinto de calle Irán 3037, esquina Los Plátanos, conocida como la “Venda Sexy”, desde donde desaparecieron en septiembre de 1974.
Francia juzgará en ausencia a trece represores chilenos
Fuente :La Nación, 12 de Febrero 2008
Categoría : Prensa
Luego de casi diez años, desde que la justicia francesa se decidió a juzgar a un grupo de represores chilenos y un argentino por el secuestro y desaparición de cinco ciudadanos franco-chilenos, el Gran Tribunal Penal de París fijó fecha para el juicio entre el 19 y 23 de mayo próximo.
Los 13 chilenos y el argentino serán juzgados en rebeldía (según la figura legal francesa) pues ni Chile ni Argentina acogieron las demandas de extradición formuladas en su momento por Francia. Entre los chilenos están el ex jefe de la DINA, Manuel Contreras y el líder de la secta alemana Colonia Dignidad, Paul Schafer.
Cuatro de los chilenos requeridos inicialmente ya están muertos: el dictador Augusto Pinochet, el general Javier Palacios que comandó el asalto desde tierra a La Moneda el 11 de septiembre de 1973, el coronel de aviación Andrés Pacheco Cárdenas, comandante de la base aérea de Temuco, y el ex agente civil Osvaldo “Guatón” Romo.
Los oficiales chilenos (todos en retiro) que serán sometidos a juicio son, además de Contreras y Sch fer: Emilio Sandoval Poo, empresario sureño; Joaquín Ramírez Pineda, ex comandante del regimiento Tacna; Rafael Ahumada Valderrama; el teniente coronel de Carabineros Gerardo Godoy García (“El Cachete Chico”); Basclay Zapata Reyes (“El Troglo”), DINA suboficial de Ejército; Miguel Krassnoff Martchenko, brigadier DINA ex jefe de la brigada Águila; Marcelo Moren Brito, coronel DINA ex jefe de Villa Grimaldi; Pedro Espinoza Bravo, brigadier ex segundo jefe de DINA; Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, general DINA ex jefe de su departamento exterior; José Zara Holger, brigadier DINA, ex jefe de su departamento exterior; y el ex agente civil DINA Enrique Arancibia Clavel, que el año pasado terminó de cumplir una pena de presidio en Buenos Aires por el asesinato en 1974 del general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert. También será juzgado el ex jefe de la inteligencia del Ejército argentino (SIDE) en Mendoza y Bahía Blanca durante la última dictadura, José Osvaldo Riveiro, alias “Balita”.
Los catorce criminales, la mayoría con un largo prontuario por delitos de lesa humanidad, serán juzgados por el secuestro y desaparición de Alfonso Chanfreau Oyarce, Jean Ives Claudet Fernández, René Marcel Amiel Baquet, George Klein Pipper, y Etienne Pesle de Menil.
Las cinco víctimas Chanfreau fue detenido en julio de 1974 en Santiago y su nombre aparece en la lista de los 119 desaparecidos de la Operación Colombo -preámbulo de la Operación Cóndor- por la que la dictadura chilena pretendió hacer creer que habían huido a Argentina.
Claudet fue detenido en Buenos Aires en noviembre de 1975 como parte de la Operación Cóndor, en la que también participaron los servicios de inteligencia de Argentina, Paraguay, Bolivia y Uruguay. En este caso, Arancibia Clavel o “Luis Felipe Alemparte”, envió desde Buenos Aires (noviembre de 1975) un memorándum dirigido a “Luis Gutiérrez” -chapa del cargo de jefe exterior DINA, en ese entonces Iturriaga
Neumann- que decía: “A Claudet se le sometió a interrogatorio. .. Ya no existe, es RIP (Réquiem in pace)”.
El memo, junto a otros similares, fue pesquisado en Buenos Aires por la jueza María Servini y formó parte del expediente abierto allá por el crimen de los Prats-Cuthbert.
Amiel fue arrestado en Mendoza por agentes chilenos y argentinos en 1977. Klein era asesor de Allende y fue detenido en La Moneda el día del golpe militar. Pesle era un sacerdote secuestrado en Temuco en septiembre de 1973.
Desaparición de cuatro franceses: Abogados de ex agentes de la DINA restan valor a juicio en Francia
Fuente :El Mercurio, 12 de Febrero 2008
Categoría : Prensa
"No tiene validez en Chile", dijo ayer el abogado Jorge Balmaceda, quien representa a dos de los ex miembros de la DINA que en mayo próximo serán juzgados por un tribunal francés, por su responsabilidad en los secuestros y apremios ilegítimos que sufrieron en Chile cuatro ciudadanos de ese país durante el régimen militar.
Ayer se informó en Francia que entre el 19 y el 23 de mayo próximo tendrá lugar en un tribunal criminal de París el juicio contra 17 ex miembros del organismo de inteligencia que encabezaba el entonces coronel Manuel Contreras, a quienes se responsabiliza por las desapariciones de Alfonso Chanfreau Oyarce, Etienne Pesle, Georges Klein y Jean-Yves Claudet Fernández.
Según se prevé, varios de quienes serán enjuiciados en ausencia podrían ser condenados a presidio perpetuo, si se comprueba la aplicación de torturas.
Para Balmaceda, quien defiende al brigadier (r) Pedro Espinoza y al general (r) Raúl Iturriaga -ambos en la lista de los 17- los tribunales franceses "no tienen competencia ni jurisdicción en Chile", y es la justicia chilena la única que puede pronunciarse por los hechos acontecidos en el país. "Además, no tienen cómo investigar los hechos; el juicio se hace sólo a base de suposiciones", agregó.
El abogado Enrique Ibarra, quien representa a Basclay Zapata, enfatizó que lo que pueda resolver la justicia francesa no tiene valor. "Es un tema simbólico", aseveró, porque no tiene efectos prácticos. Además, recordó que los casos por los cuales van a ser juzgados están siendo indagados por la justicia chilena, y en algunos ha habido resoluciones.
El abogado José Luis Sotomayor, quien representa al brigadier (r) José Zara y al ex jerarca de Colonia Dignidad, Paul Schaeffer, enfatizó que "ningún estado de derecho racional puede juzgar a nadie en rebeldía".
En tanto, la viuda de Alfonso Chanfreau, Erika Hennings, celebró la noticia.
"Creo que es espectacular, considerando que en Chile no ha habido avances", aseveró, en referencia al proceso que instruye el ministro Carlos Gajardo. La mujer, quien también estuvo detenida, no descartó viajar a Francia.
Juez Montiglio procesó a 98 ex agentes por víctimas de la Operación Colombo – El golpe más grande a la represión
Fuente :La Nación, 27 de Mayo 2008
Categoría : Prensa
Entre los encausados, todos en retiro, hay ocho coroneles y 23 suboficiales de Ejército, 40 oficiales y suboficiales de Carabineros, dos ex agentes de la FACH, una ex agente de la Armada, y siete ex agentes de la Policía de Investigaciones.
El mayor golpe a la represión de la dictadura de Augusto Pinochet dio ayer el ministro Víctor Montiglio, al procesar a 98 ex agentes de distintas ramas de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones por 42 víctimas de la Operación Colombo.
Se trata de la resolución más numerosa dictada entre las casi 400 causas por violaciones de los derechos humanos que se instruyen en el país. Incluso superó a los 67 ex agentes encausados por el mismo juez Montiglio en 2007 por los crímenes de la Brigada Lautaro y su Grupo Delfín en el cuartel Simón Bolívar.
Entre los encausados por Colombo hay ocho coroneles de Ejército (R), seis de los cuales no habían procesados antes en ninguna causa. También fueron declarados reos 23 suboficiales de Ejército (R) de los cuales al menos el 50 por ciento aparecen por primera vez en este tipo de causas.
Entre estos suboficiales figura Juvenal Piña, alias "El Elefante", ex agente de la Brigada Lautaro, que fue quien asfixió al jefe comunista en la clandestinidad (1976) Víctor Díaz, con una bolsa plástica en su cabeza, previo a que le inyectaran cianuro.
Además el magistrado encausó a 40 ex agentes oficiales y suboficiales de Carabineros, entre los que están Ricardo Lawrence, Heriberto Acevedo, Claudio Pacheco y José Mora, todos ex integrantes de la misma Brigada. Entre los procesados hay también ex agentes que pertenecían a la Policía de Investigaciones. El único civil (Ejército) es Juan Suárez.
De la lista total, al menos trece ya se encuentran cumpliendo condena por otras causas (ver lista).
Hasta el cierre de esta edición los procesados seguían siendo detenidos para ser internados en distintos lugares, como el Batallón de Policía Militar de Peñalolén.
Entre las 42 víctimas por las cuales el ministró dictó su resolución, están María Angélica Andreolli, Miguel Acuña Castillo, Juan Carlos Perelmann Ide, Juan Chacón Olivares, Jorge Müller Silva, Luis Guendelmann Wisniak, Mario Calderón Tapia y Carmen Bueno Cifuentes.
La Operación Colombo y los medios
La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA.
La Operación Colombo fue parte de la Operación Cóndor, y consistió en un montaje de la dictadura para hacer creer a la población que 119 detenidos que se encontraban desaparecidos, habían salido clandestinamente a Argentina y allí murieron enfrentados con fuerzas policiales y del Ejército durante la fase previa al golpe militar de 1976 en Argentina.
Algunos de esos nombres aparecieron como militantes "asesinados" en Buenos Aires y alrededores, con carteles en sus cuerpos que decía que habían sido ejecutados por sus propios compañeros por ajuste de cuenta por rencillas internas. Sin embargo, ello también resultó un montaje.
La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA en el extranjero y tuvieron una única edición.
En Chile la prensa pro dictadura como los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y La Segunda, reprodujeron el montaje de los servicios de inteligencia. En el recuerdo quedó el titular del vespertino que informó "Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina". Ellos formaron parte de la lista de los 119 desaparecidos de Colombo.
El ex prófugo Raúl Iturriaga, quien era uno de los encargados del departamento exterior de la DINA, fue quien primero dio luces en Buenos Aires de este operativo.
Según el ex agente civil Enrique Arancibia Clavel, condenado en Buenos Aires por el crimen del general Carlos Prat y su esposa, fue Iturriaga quien a comienzos de 1975 se juntó con él para pedirle que preparara lo necesario porque "hay que hacer aparecer a unos muertos de la Operación Colombo".
Se trataba de preparar la aparición de los supuestos cuerpos de Jaime Robotham y Luis Guendelmann como parte del montaje.
Lista de procesados
Ejército (todos en retiro):
Víctor Molina Astete (coronel); Sergio Castillo González (crl); Eduardo Guerra Guajardo (crl); Víctor San Martín Jiménez (crl); José Fuentes Torres (crl); Manuel Carevic Cubillos (crl); Jaime Paris Ramos (crl); César Manríquez Bravo (crl); Raúl Toro Montes (suboficial); Eduardo Reyes Lagos (sub); Orlando Torrejón Gatica (sub); Osvaldo Tapia Alvarez (sub. Suicidado); Juvenal Piña Garrido (sub. “El Elefante”); Juan Suárez Delgado (civil); Nelson Paz Bustamante (sub); José Aravena Ruiz (sub); Luis Torres Méndez (sub); Raúl Soto Pérez (sub); Jorge Andrade Gómez (sub); Juan Escobar Valenzuela (sub); Rolando Concha Rodríguez (sub); Gustavo Apablaza Meneses (sub); Hiro Alvarez Vega (sub); Víctor Alvarez Droguett (sub); Jorge Venegas Silva (sub); Carlos Rinaldi Suazo (sub); Carlos Letelier Verdugo (sub); Reinaldo Concha Orellana (sub); Máximo Aliaga Soto (sub); Hugo Clavería Leiva (sub); Samuel Fuenzalida Devia (sub)
Investigaciones
Juan Urbina Cáceres; Hugo Hernández; Manuel Rivas Díaz; Herman Alfaro; Eugenio Fieldhouse; Osvaldo Castillo
Carabineros (oficiales y suboficiales todos en retiro)
Gerardo Godoy García; Ciro Torres Sáez, Alejandro Molina Cisternas; Camilo Torres Negrier; Héctor Lira Aravena; José Fritz Esparza; Claudio Pacheco Fernández; Jorge Sagardia Monge; Sergio Castro Andrade; Luis Villarroel Gutiérrez; Armando Cofré Gómez; Fernando Roa Montaña; Gerardo Meza Acuña; Enrique Gutiérrez Rubilar; Luis Mora Cerda; José Muñoz Leal; Juan Duarte Gallegos; Carlos Miranda Meza; Rufino Jaime Astorga; Luis Urrutia Acuña; Luis Zúñiga Ovalle; Pedro Alfaro Hernández; Orlando Inostroza Lagos; Rosa Ramos Hernández; Gustavo Caruvan Soto; Héctor Valdebenito Araya; Manuel Avendaño González; José Mora Diocares; Guido Jara Brevis; Nelson Ortiz Vignolo; Ruderlindo Urrutia Jorquera; Héctor Flores Vergara; Jerónimo Neira Méndez; Manuel Montré Méndez; Heriberto del Carmen Acevedo; Claudio Orerllana de la Pinta; Nelson Iturriaga Cortés; Luis Gutiérrez Uribe; José Ojeda Obando
Fuerza Aérea
Delia Gajardo Cortés; Hernán Avalos Muñoz
Armada
Teresa Navarro Osorio;
Procesados que ya cumplen condena
Manuel Contreras Sepúlveda; Pedro Espinoza Bravo; Raúl Iturriaga Neumann; Marcelo Moren Brito; Miguel Krassnoff Martchenko; Ricardo Lawrence Mires; Basclay Zapata Reyes; Conrado Pacheco; Francisco Ferrer Lima; Gerardo Urrich; Orlando Manzo Durán; Rizier Altez España; Fernando Lauriani Maturana
Manuel Contreras condenado a cadena perpetua por crimen de Prats
Fuente :La Nación, 30 de Junio 2008
Categoría : Prensa
Después de 34 años de cometido el doble homicidio, el ministro Alejandro Solís dictó sendas condenas en contra de la cúpula de la DINA por su responsabilidad en la muerte del otrora comandante en jefe del Ejército Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert. En el dictamen de primera instancia el juez establece una pena perpetua en contra de Manuel Contreras Sepúlveda por los dos crímenes y a su vez una sentencia de veinte años de presidio por asociación ilícita.
Para el brigadier (r) Pedro Espinoza la sentencia es de veinte años de presidio por cada asesinato y otros veinte años por su rol en esta asociación ilícita
En el caso del agente Raúl Iturriaga Neumann el dictamen es de quince años de presidio por cada homicidio y de 541 por asociación ilícita. Un poco más baja es la pena para José Zara, Juan Morales Salgado y Christoph Willike donde la sentencia alcanza a diez años presidio por cada crimen y de 541 días por la asociación ilícita.
En el caso de Jorge Iturriaga Neumann cinco años y un día por cada homicidio y a su vez Mariana Callejas -en su rol de autora material del crimen- recibió una pena de diez años por cada homicidio
Finalmente el suboficial (r) Reginaldo Valdés enfrentará dos penas de 541 días por su rol en los dos asesinatos.
Hijas del matrimonio Prats-Cuthbert destacaron fallo
Angélica y Cecilia Prats Cuthbert arribaron complacidas hasta el palacio de tribunales para interiorizarse del dictamen del ministro Alejandro Solís en contra de quienes participaron en el doble homicidio de sus padres Carlos Prats y Sofía Cuthbert ocurrido en 1974 en Argentina.
"Lo que uno más esperaba era justicia frente a lo que vivieron nuestros padres y la posibilidad de hacer un aporte al país con esta verdad, un aporte al Ejército para que puede escribir su verdadera historia", afirmó Angélica Prats.
En tanto Cecilia afirmó que “el país ya conoce la verdad, nosotros estamos tranquilos después de todos estos años. El Ejército también tiene claridad de los participantes: son siete militares que en servicio activo participaron de la muerte del Comandante en Jefe, agentes del Estado participantes están determinados también, así que esa claridad ya la tiene el país y la tenemos nosotros también".
Angélica Prats valoró el trabajo que ha efectuado el ministro a cargo del proceso Alejandro Solís puntualizando además que no se puede olvidar los avances de la justicia argentina que también tramita esta causa.
Para la abogada de la familia Prats, Pamela Pereira con la investigación del juez Solís queda en evidencia que el crimen fue "un acto de terrorismo de la mayor magnitud en territorio extranjero" y que en este participaron “agentes de la DINA, oficiales del Ejército de Chile.
Primer paso en la justicia para el crimen Prats-Cuthbert
Fuente :La Nación, 1 de Julio 2008
Categoría : Prensa
Cuando cerca de la una de la madrugada del lunes 30 de septiembre de 1974 el general Carlos Prats detuvo su auto junto a su esposa Sofía Cuthbert para entrarlo al garaje de la calle Malabía, en el barrio de Palermo en Buenos Aires, unos segundos pudieron salvar sus vidas.
Fue el breve lapso en que la agente de la DINA Mariana Callejas no logró activar el detonador electrónico cuando su marido, el gringo Michael Townley, a su lado al interior de un vehículo, le dio la orden de matar.
Townley era más diestro y le quitó el dispositivo provocando la explosión que remeció la calle oscura. El general y su mujer nunca supieron de aquellos segundos del destino.
Treinta y cuatro años después, ayer la espada de la justicia cayó finalmente sobre los autores intelectuales y materiales, seis altos oficiales y un suboficial de Ejército, todos en retiro, además de dos civiles.
Dos presidios perpetuos y penas de prisión entre 20 años y 541 días para todos ellos, dictados en la sentencia de primera instancia por el juez instructor de la causa, Alejandro Solís.
A las 10 de la mañana llegaron al despacho del ministro Solís las hijas del general, Cecilia y Angélica, junto a la abogada Pamela Pereira. La otra hija, Sofía, es actual embajadora en Atenas. El otro abogado querellante, Hernán Quezada, se encuentra en Nueva York por dos años.
Media hora después, al salir de la sencilla oficina en la terraza del Palacio de Tribunales, los ojos brillantes de las tres mujeres denotaban la emoción vivida junto al juez.
"Ahora el país ya sabe la verdad", dijo Angélica. Cecilia recordó los primeros tiempos en Buenos Aires cuando la jueza María Servini iniciaba las primeras indagatorias que concluyeron con un único condenado, el agente civil Enrique Arancibia Clavel.
Después, en 2002 el doble crimen se comenzó a investigar por primera vez en Chile.
La abogada Pereira tenía también motivos para emocionarse, pues recordó a su padre asesinado junto a los campesinos de Paine.
"Este acto de justicia con el general Prats, su esposa, y su familia simboliza la justicia que otros familiares todavía no han tenido en Chile, como es el caso de mi padre", señaló.
Pero como lo recordaron las hijas del matrimonio asesinado, faltó a la cita el dictador Augusto Pinochet. El fue el principal autor intelectual, a pesar de que, primero con su pretendida demencia con la que engañó a los jueces de las cortes, como algunos ministros en privado lo reconocen, y luego por una cuestión de forma procesal, se salvó dos veces de ser desaforado por este doble crimen.
Desde Nueva York el abogado Quezada manifestó que "la sentencia del ministro Solís debería convertirse en material de estudio en las escuelas institucionales de las Fuerzas Armadas, porque constituye un documento histórico para establecer la verdad acerca de los crímenes más atroces cometidos durante la dictadura de Pinochet".
Aquel domingo 29 de septiembre de 1974, extrañamente el general Prats se veía alegre y hasta rió a veces. En la casaquinta de los Stevenin-Muratorio en las afueras de Buenos Aires (BA) asistía a un asado junto al ex cónsul de Chile, Eduardo Ormeño.
Hablaron de pintura y otros temas que manejaba como un soldado culto, al igual que su esposa. Jugaron al bridge y el matrimonio propuso formar un grupo para reunirse todos los miércoles a jugar. Empezarían la próxima semana.
Cerca de las cuatro de la tarde los Prats-Cuthbert pidieron a Ormeño que los llevara de vuelta a Malabía para cambiarse ropa porque irían al cine con el ex embajador de Allende en Buenos Aires, Ramón Huidobro y su mujer. "Pan y chocolate" fue la película.
Después se fueron a cenar a casa de Huidobro. Allí Prats, en la sobremesa, volvió a entristecer y dijo una frase que marcó para siempre esa noche: "Cómo irá a ser esto Ramón, por dónde vendrá, pero yo ando armado así es que no les será tan fácil". En los días previos había recibido amenazas de muerte.
El viernes anterior, oculto en el garaje de Malabía, Townley instaló bajo el Fiat 125 del general la carga con dos cartuchos de C4 y tres detonadores.
El tío Kenny, como los hijos de Mariana Callejas llamaban al gringo, se había cruzado días antes con el general Prats en un parque mientras lo seguía. Pensó en dispararle ahí mismo, pero desistió porque "había mucha gente" como lo dijo después en Estados Unidos a la jueza Servini.
Mientras tanto, El "Yiyo" Raúl Iturriaga, entonces jefe del departamento exterior de la DINA, vigilaba, husmeaba, juntaba más datos de los pasos del matrimonio que agregaba a los recolectados por el mayor Juan Morales (que después sería el jefe de la temible Brigada Lautaro), enviado por Contreras a BA como el primer espía de avanzada.
A las 00:40 de la madrugada del día 30, Townley y Callejas esperaban a cien metros de distancia al interior de su auto en la penumbra de la calle Malabía, cuyas luces estaban debidamente apagadas coordinados con la inteligencia argentina.
Prats y su mujer no alcanzaron a sospechar nada. Menos que estaban a minutos de conocer la fatal respuesta al comentario que esa noche el general le había hecho en la sobremesa a su amigo Ramón Huidobro, ¡cómo irá a ser!
34 años después
Viajaban por el barrio Palermo, en Buenos Aires, la madrugada del 30 de septiembre cuando una bomba instalada por miembros de la DINA fue detonada. El general (R) Carlos Prats y su esposa, Sofía Cuthbert, habían sido asesinados.
Ayer, 34 años después, elmagistrado Alejandro Solís, finalmente dictó condenas contra los ex agentes de la DINA acusados por asociación ilícita y doble homicidio.
Para Manuel Contreras, el ex jefe operativo del grupo de inteligencia, ordenó cadena perpetua en cada una de las muertes. La sentencia también incluye penas para otras ocho personas.
Informadas del fallo en profundidad, las dos hijas del general Prats no pudieron contener su emoción. Para ambas las sentencias son justas y entregan verdad al país y al Ejercito.
Sin embargo, para ellas, también debió haber sido condenado Augusto Pinochet por cuanto, “él también fue parte de este grupo de personas que atentaron contra mi padre”, dijo Cecilia Prats.
Hecho público el fallo, el Gobierno valoró la investigación, un paso en la labor de “hacer verdad y justicia”, como dijo el ministro de Justicia, Carlos Maldonado. Los parlamentarios socialistas y PPD también se mostraron conformes con el dictamen y esperanzados en que otros casos que se investigan también tengan este impacto.
Pero todavía no está todo dicho en este caso. Al ser una sentencia de primera instancias los involucrados pueden apelar. Habrá que esperar.
Condenados
• General (R) Juan Manuel Contreras Sepúlveda: Dos condenas a presidio perpetuo por los homicidios calificados de Carlos Prats González y Sofía Cuthbert Charleoni. Veinte más como jefe en el delito de asociación ilícita en concurso real con el doble delito de homicidio calificado.
• Brigadier (R) Pedro Octavio Espinoza Bravo: Dos condenas a 20 años por los homicidios de Carlos Prats González y Sofía Cuthbert Charleoni y 20 años como jefe en el delito de asociación ilícita.
• General (R) Raúl Eduardo Iturriaga Neumann: Dos condenas a 15 años por los homicidios calificados y 541 días como miembro de asociación ilícita en concurso real con el doble delito de homicidio calificado.
• Brigadier (R) José Octavio Zara Holger: Dos condenas de 10 años y un día por el doble homicidio y 541 días por asociación ilícita en concurso real con el doble delito de homicidio calificado.
• Coronel (R) Cristoph Georg Paul Willeke Floel: Dos condenas a 10 años y un día por el doble homicidio y como miembro en el delito de asociación ilícita a 541 días.
• Coronel (R) Juan Hernán Morales Salgado: Dos condenas a 10 años y un día por el doble homicidio y 541 días por asociación ilícita.
• Mariana Inés Callejas Honores: Dos condenas a 10 años y un día por el doble homicidio calificado.
• Jorge Enrique Iturriaga Neumann: Dos condenas a 5 años y un día como cómplice de homicidios calificado.
• Suboficial Reginaldo de la Cruz Valdés Alarcón: Dos condenas de 541 días como cómplice de homicidio calificado.
Confirman duras condenas por crimen de Carlos Prats
Fuente :La Nación, 29 de Enero 2009
Categoría : Prensa
La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó en todos sus términos las condenas dictadas en primera instancia por el ministro Alejandro Solís el pasado 30 de junio de 2008, en contra de nueve ex agentes de la DINA, incluido su jefe Manuel Contreras, por el doble homicidio del general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert.
El doble crimen fue cometido en Buenos Aires en la madrugada del 30 de septiembre de 1974, mediante la instalación de una bomba en el auto del ex comandante en jefe del Ejército.
La hija del general, Angélica Prats, dijo en el palacio de tribunales que “estamos emocionados como familia porque la Corte ha confirmado todas las condenas aplicadas por el ministro Solís”.
Sin embargo, advirtió que “ahora esperamos que la Sala Penal de la Corte Suprema no rebaje las penas”. Con ello aludió a que, desde hace unos tres años, este tribunal viene beneficiando a todos los ex agentes con rebajas considerables de condena, lo que permite otorgarles el beneficio de cumplirlas bajo los cinco años y un día en el régimen de “libertad vigilada”.
Entre los organismos de derechos humanos existe la interrogante si esta vez los ministros de la Sala Penal “se atreverán” a beneficiar también a los asesinos del general y su esposa.
De los nueve sentenciados, sólo están en prisión cumpliendo otras condenas, Manuel Contreras, el ex segundo de la DINA, Pedro Espinoza, y el ex jefe exterior de esta asociación ilícita criminal, general (R) Eduardo Iturriaga Neumann.
Los otros castigados judicialmente son el brigadier (R) José Zara Holger, los coroneles (R) Christoph Willikie Flöel y José Morales Salgado, el suboficial (R) Reginaldo Valdés Alarcón, y los ex agentes civiles Mariana Callejas Honores (ex esposa de Michael Townley quien hizo estallar la bomba junto a Callejas) y Jorge Iturriaga Neumann.
La resolución fue adoptada por la unanimidad de la Novena Sala integrada por los ministros Jorge Dahm y Mario Rojas, y la magistrado Dobra Lusic.
Otros diez años de cárcel para Manuel Contreras
Fuente :La Nación, 11 de Marzo 2009
Categoría : Prensa
Si ayer fue el turno de la Corte Suprema para condenar a cinco años de presidio al ex director de la DINA, Manuel Contreras, hoy el magistrado Juan Eduardo Fuentes Belmar quien dictó sentencia en la investigación por los secuestros calificados de Antonio Soto Cerna, Luis Mahuida Esquivel y Luis González Mella, ocurridos a partir del 20 de noviembre de 1974, en la Región Metropolitana.
El magistrado a Manuel Contreras Sepúlveda le corresponde una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio -sin beneficios- por su participación como autor de los tres secuestros. A su vez en contra de Raúl Iturriaga Neumann, Risiere Altez España y Manuel Carevic Cubillos rige 3 años de presidio menor en su grado medio -con el beneficio de la remisión condicional- por su participación como autor de los tres delitos.
En el caso de Orlando Manzo Durán y Hugo Hernández Valle fueron absueltos de la acusación como cómplice de los tres delitos de secuestro.
El magistrado rechazó, además, la demanda de indemnización presentado por las familiares de las víctimas por considerar prescrita la acción en este sentido.
Esta es la condena número 16 dictada por el ministro en visita Fuentes Belmar desde 2005, fecha en la que fue designado para investigar procesos por violaciones a los derechos humanos.
Crueles represores figuran entre los más de 150 ex agentes procesados
Fuente :La Nación 4 de Septiembre 2009
Categoría : Prensa
Crueles represores figuran entre los más de 150 ex agentes de la DINA, todos en situación de retiro, que fueron procesados el martes pasado por el ministro Víctor Montiglio en los casos Operación Colombo, Cóndor y Calle Conferencia 1587.
Entre ellos figura la oficial de Ejército Gladys Calderón Carreño, quien inyectaba cianuro para matar a los detenidos en el cuartel de avenida Simón Bolívar, en la comuna de La Reina, donde operó la Brigada Lautaro.
También aparece el suboficial de Infantería de Marina Sergio Escalona Acuña, quien con un alicate extraía a los cuerpos de los prisioneros ya muertos, las piezas dentales que contenían oro.
Esta operación la realizaba antes de que los cadáveres fueran ensacados para ser arrojados al mar.
De la misma manera, otros de los procesados son los suboficiales de Carabineros Jorge Pichunmán Curiqueo y Claudio Pacheco Fernández, quienes se encargaban en ese cuartel clandestino de desfigurar los rostros de los detenidos y quemar sus huellas dactilares, utilizando un soplete.
Entre los 150 ex agentes encausados por los casos Colombo y Conferencia, existe un total de 21 oficiales. (Ver lista).
A ello hay que sumar los cerca de 50 procesados por víctimas de la Operación Cóndor, lo que podría hacer crecer la cifra total de encausados por sobre los 165, dado que la mayoría de estos cerca de 50 nombres se repiten en las resoluciones dictadas por Colombo y Conferencia.
La mayoría de los procesados pertenecen al Ejército, pero también hay integrantes de la Fuerza Aérea, Armada, Carabineros, Investigaciones y Gendarmería.
Hoy viernes debe terminar la maratónica operación para que todos los procesados queden arrestados e ingresados a los distintos lugares de reclusión preventiva, según la institución a la que pertenecen.
En el caso del Ejército, todos deberán quedar detenidos en el Batallón de Policía Militar en la Avenida José Arrieta, en la comuna de Peñalolén
Lista de oficiales (R)
1.- César Manríquez Bravo (coronel Ejército)
2.- Ciro Torré Sáez (crl. Carabineros)
3.- Fernando Lauriani Maturana (brigadier Ej.)
4.- Gerardo Godoy García (tte.crl. Carab.)
5.- Gerardo Urrich González (crl. Ej.)
6.- Jaime Paris Ramos (crl. Ej.)
7.- José Fuentes Torres (crl. Ej.)
8.- Manuel Contreras Sepúlveda (gral. Ej.)
9.- Manuel Carevic Cubillos (crl. Ej.)
10.- Marcelo Moren Brito (crl. Ej.)
11.- Miguel Krassnoff (brig. Ej.)
12.- Orlando Manzo Durán (crl. Gendarmería)
13.- Pedro Espinoza Bravo (brig. Ej.)
14.- Raúl Iturriaga Neumann (gral. Ej.)
15.- Ricardo Lawrence Mires (crl. Carab.)
16.- Sergio Castillo González (crl. Ej.)
17.- Víctor Molina Astete (crl. Ej.)
18.- Víctor San Martín Jiménez (crl. Ej.)
19.- Gladys Calderón Carreño (cap. Ej.)
20.- Federico Chaigneau Sepúlveda (tte. crl. Ej.)
21.- Juan Morales Salgado (crl. Ej.)
Benefician a cúpula DINA por secuestro de mirista
Fuente :La Nación, 12 de Septiembre 2009
Categoría : Prensa
El general (R) Raúl Iturriaga, el coronel (R) Manuel Ceveric y el ex inspector de Investigaciones Risiere Altez fueron favorecidos con la remisión de sus penas de tres años de cárcel por la desaparición del estudiante de Pedagogía en Historia Félix de la Jara Goyeneche, ocurrida en 1974
Si no fuera porque el ex jefe de la DINA, Manuel Contreras, acumula más de 300 años de cárcel por diversos crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura, ayer habría recibido el beneficio de libertad vigilada tras la condena a cinco años que dictó ayer la Corte Suprema en su contra por el secuestro calificado del joven estudiante de Pedagogía en Historia Félix de la Jara Goyeneche.
El máximo tribunal también benefició a los demás autores de esta desaparición con la remisión de la pena de tres años de cárcel al general (R) Raúl Iturriaga Neumann, al coronel (R) Manuel Ceveric Cubillos y el otrora inspector de la Policía de Investigaciones y agente DINA, Risiere Altez Españos.
Esta resolución dividida fijó el final del proceso judicial por el secuestro permanente de este estudiante de Pedagogía en Historia, que militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y que fue visto por última vez en el cuartel del detención “Venda Sexy”, en Macul.
Según el proceso, el universitario fue detenido el 27 de noviembre de 1974 en calle Independencia en presencia de su novia Sonia Valenzuela, quien habría sido aprehendida por agentes de la DINA un día antes y sometida desde ese instante a severas torturas.
Tanto De la Jara como su pareja fueron llevados en primera instancia al recinto de detención denominado “Venda Sexy”, ubicado en calle Irán con Los Plátanos, como lo corroboraron en el Informe Rettig otros detenidos que pasaron por el recinto.
René Vergara, uno de los retenidos en el lugar, contó a la Comisión de Verdad y Reconciliación que conoció en ese lugar a Félix de la Jara y que éste le pidió que cuando saliera en libertad le dijera a sus padres que su futuro era incierto y que siempre estuvo muy dispuesto a ayudar a los otros detenidos, pese a que había sido víctima de brutales torturas.
Pese a las bajas penas y los beneficios que entregó la Suprema a los miembros de la cúpula de la DINA responsables de este secuestro, el máximo tribunal dictaminó una indemnización de $70 millones a los nueve hermanos de la víctima.
La suma reparatoria podría haber sido aún mayor pues los ministros de la sala penal, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller, eran del parecer de que la indemnización debía ser $ 70 millones para cada uno de los hermanos de la víctima, porque a su juicio el daño moral que provocó la desaparición de su pariente es personal. Sin embargo los otros tres ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez y Rubén Ballesteros impusieron su votación en cuanto a la demanda civil
Procesados en España Generales y oficiales implicados en asesinato de Carmelo Soria
Fuente :El Clarín, 20 de Noviembre 2009
Categoría : Prensa
Los generales (R) del Ejército de Chile Hermán Brady Roche, Cesar Raúl Benavides Escobar, Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Jaime Enrique Lepe, Raúl Eduardo Iturriaga Neuman Orellana; el ex Subsecretario del Interior, Capitán de Navío Enrique Montero Marx; los oficiales Jorge Remigio Rios San Martín; Guillermo Humberto Salinas Torres; Pablo Belmar Labbé; René Patricio Quilhot Palma; Rolf Wenderoth Pozo; Ricardo Lawrence Mires, han sido procesados por el Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional de España por su participación, mediata o inmediata, en el secuestro, tortura y asesinato del diplomático D. Carmelo Soria.
En el Auto de 17 de noviembre de 2009, que próximamente publicará integro EL CLARIN en la sección “Caso Pinochet”, el Juez y el Ministerio Fiscal han aceptado la ampliación de querella formulada el 23 de enero de 2007 por la Fundación Presidente Allende-España y la viuda de D. Carmelo Soria. Estos habían solicitado, asimismo, el procesamiento del Ministro del Interior, Sergio Fernández, y de la Ministra de Justicia, Mónica Madariaga, por haber firmado en 1978 el Decreto de Amnistía en cuya aplicación la Corte Suprema de Chile ha ordenado en 1996 que este crimen no fuera enjuiciado en Chile. El Juez español ha denegado el procesamiento de estos Ministros de la Dictadura “en este momento, por cuanto resulta insuficiente para hacerlo el hecho de que hubiesen firmado el Decreto de Amnistía en 1978 que sirvió para conferir impunidad a los autores, cómplices y encubridores, porque por tal razón también tendrían que serlo los demás miembros del gobierno y todos aquellos que aplicaron la norma posteriormente, máxime después del pronunciamiento sobre tal tipo de normas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Por tanto, y ientras no se acredite una participación diferente en los hechos no puede admitirse a trámite la querella contra estas dos personas”.
El Auto de 17 de noviembre de 2009 acuerda, entre otras Diligencias, poner en conocimiento del Sr. Secretario General de Naciones Unidas, en aplicación del artículo 11 del Convenio sobre prevención y castigo de delitos contra personas internacionalmente protegidas de 14 de diciembre de 1973, la admisión de la querella contra los presuntos culpables de la tortura y asesinato de D. Carmelo Soria Espinoza y que en su día se comunicará el resultado final.
España asume la competencia para enjuiciar este delito en virtud de los principios de jurisdicción universal y de evitar la impunidad, después que la Corte Suprema ha acordado que no puede serlo en Chile, país cuya jurisdicción España considera preferente en virtud del principio de territorialidad.
Caso Prats: Drástica rebaja de penas para autores del crimen y formación de asociación ilícita
Fuente :El Mostrador.cl, 8 de Julio 2010
Categoría : Prensa
La Segunda Sala de la Corte Suprema dio a conocer este jueves el fallo definitivo con las condenas dictadas contra los responsables de los homicidios del otrora comandante en jefe del Ejército, Carlos Prats y su esposa, Sofía Cuthbert, perpetrados en septiembre de 1974, en el barrio bonaerense de Palermo.
El presidente de la sala penal, Rubén Ballesteros, comunicó las siguientes penas. Por asociación ilícita formada en 1974, el general (r) Manuel Contreras y el brigadier (R) Pedro Espinoza fueron condenados a tres años y un día, sin beneficios.
Por su parte, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Cristoph Willike Floel, José Zara, Juan Morales Salgado fueron condenados a 100 días de cárcel por este mismo ilícito.
Por el delito de homicidio calificado, los generales en retiro Manuel Contreras y Pedro Espinoza fueron condenados a 17 años de presidio mayor, sin medidas alternativas.
En tanto, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Willike Floel, José Zara, Juan Morales Salgado fueron condenados a 15 años y un día sin beneficios.
En calidad de cómplices, Mariana Callejas y Jorge Iturriaga Neumann fueron condenados a una pena de cinco años de presidio con beneficios.
El 29 de enero del año pasado, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia dictada el 30 de junio de 2008 por el juez de primera instancia, Alejando Solís. El magistrado condenó a doble cadena perpetua al general Manuel Contreras y de forma adicional, fue sentenciado a otros 20 años de prisión como jefe de la asociación ilícita que organizó la disuelta DINA para cometer el doble crimen.
Las mismas penas recibió el ex brigadier Pedro Espinoza Bravo; mientras el general retirado Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, encargado de las operaciones en el exterior del organismo, recibió dos condenas de 15 años de prisión por los asesinatos y 541 días por asociación ilícita.
El ex brigadier José Zara fue sentenciado a dos penas de diez años de cárcel por los homicidios y a 541 días por la asociación ilícita, al igual que los ex coroneles Cristoph Willike Floel y Juan Morales Salgado.
Mientras Mariana Callejas fue condenada a dos penas de diez años. La mujer fue esposa del ex agente estadounidense Michael Townley, quien actualmente reside en Estados Unidos, acogido al programa de protección de testigos, fue el encargado de instalar y detonar la bomba colocada bajo el automóvil del general Prats.
Procesan a ex agentes de la DINA por dos víctimas de Operación Colombo
Fuente :Radio Bío Bío, 13 de Agosto 2010
Categoría : Prensa
A dos ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) procesó este viernes la ministra en visita (S) de la Corte de Apelaciones de Santiago, Raquel Lermanda, en la investigación que instruye por secuestro calificado de dos víctimas de la denominada Operación Colombo, que fueron detenidos en el centro de torturas conocido como la “Venda Sexy” .
La magistrada encargó reo a los ex agentes Raúl Iturriaga Neumman y Alejandro Molina Cisternas por el secuestro calificado de Bernardo De Castro López, ocurrido a partir del 14 de septiembre de 1974 en la comuna de Providencia.
A Iturriaga Neumann además lo procesó por el secuestro calificado de Ida Vera Almarza, ocurrido a partir del 19 de noviembre de 1974 en la comuna de La Reina.
La jueza -que reemplaza al ministro Víctor Montiglio por encontrarse éste con licencia médica- determinó que la notificación de los procesados se realice en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco, donde ambos permanecen por otras condenas por violaciones de los Derechos Humanos
La historia que no se cuenta de Arancibia Clavel
Fuente :ciper.cl, 1 de Mayo.2011
Categoría : Prensa
Treinta y cuatro puñaladas recibió Enrique Arancibia Clavel el 29 de abril pasado. La noticia impactó en Argentina, donde pasó 11 años en prisión por el crimen del general Prats y su esposa. En Chile, su huella en las operaciones represivas más brutales de la dictadura marcó a miles de sobrevivientes y familiares de desaparecidos. Una historia oculta por el mismo manto de impunidad que cubrió al crimen de Prats por más de 30 años y que quedó plasmada en el increíble archivo que guardó el jefe de la red DINA en Buenos Aires, descubierto en 1986. Esta es su historia.
El peluquero y bailarín argentino Humberto Zambelli subió al auto Renault 12 y enfiló raudo hacia el aeropuerto de Ezeiza. Ese 4 de noviembre de 1978 iba al encuentro de su pareja, Enrique Arancibia Clavel, cuya tarjeta de visita indicaba que era agente del Banco del Estado en Buenos Aires. Una pantalla muy bien pagada para el jefe de la red clandestina de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) en Argentina, quien regresaba conmocionado desde Santiago. El bailarín del ballet de Susana Jiménez no sospechaba que todos sus pasos eran observados y fotografiados.
Zambelli estaba nervioso. La despedida había estado marcada por la tensión. Más tarde diría que “un complicado estado emocional” afectaba a su amigo íntimo. Razones tenía, Arancibia. Un terremoto se vivía en ese momento en los servicios secretos del régimen luego que el general Manuel Contreras fuera enviado a retiro y después detenido en el Hospital Militar al abrirse un proceso presionado por Estados Unidos por su responsabilidad en el asesinato del ex canciller Orlando Letelier, en Washington (1976). La transformación de la DINA en CNI y la llegada del general Odlanier Mena como jefe, daban cuenta de su incierto futuro laboral.
De allí que Zambelli hiciera preparativos especiales para la recepción. El encuentro, dirían los hombres que observaban sus movimientos, fue muy efusivo. Arancibia regresaba además, de un Chile cargado de signos de guerra. En Buenos Aires y otras grandes ciudades argentinas se realizaban en esos días simulacros bélicos y oscurecimientos para prevenir ataques aéreos. Ambos países se preparaban para un enfrentamiento que parecía inevitable. Tan sólo dos días antes, el 2 de noviembre, las conversaciones que se desarrollaban en la Comisión Mixta chileno-argentina se dieron por clausuradas. La guerra era inminente.
El ministro de Relaciones Exteriores de Chile, Hernán Cubillos, comunicaba que su país recurriría al Tribunal de la Haya, mientras en el Vaticano se desataba una febril actividad con llamados a Chile y Argentina en un desesperado y último esfuerzo por evitar la catástrofe.
El efusivo abrazo de Zambelli y Arancibia fue observado desde cerca por los hombres diseminados en el terminal aéreo. Algunos, a duras penas lograron asfixiar una sonrisa. La pareja nada advirtió. En el mismo auto emprendieron el regreso hacia el elegante departamento que habitaban. Se habían conocido en el verano de 1974, y desde entonces ya no se separaron.
Poco alcanzaron a disfrutar, porque súbitamente el auto fue interceptado por los policías argentinos que los vigilaban. Arancibia fue detenido y acusado de espionaje. Poco después, su departamento era allanado por los mismos policías que no tardaron mucho en encontrar lo que buscaban.
En el doble fondo del aparador del comedor hallaron una voluminosa documentación cuyo contenido provocó la primera sorpresa. Porque lo que saltó ante los ojos del grupo de la Policía Federal trasandina fue un documento con información confidencial sobre el canciller de Chile, Hernán Cubillos, y su relación con la CIA y el diario El Mercurio durante el gobierno de Salvador Allende.
En los días en que la guerra con Argentina estaba a punto de estallar, el jefe de la red de agentes secretos de Chile en el vecino país se dedicaba a investigar al canciller que encabezaba las negociaciones. Ese sería el último informe enviado por Enrique Arancibia a Santiago bajo el nombre de “Luis Felipe Alemparte Díaz”, su identidad como agente DINA.
Lo que seguía al informe sobre Cubillos en los documentos cuidadosamente ordenados en carpetas de plástico negras, eran las copias y respuestas de las órdenes que recibió desde el cuartel central de la DINA en Santiago desde 1974, incluyendo cartas privadas con altos oficiales del mando del servicio secreto. Entre ellos, Michael Townley, quien acababa de ser expulsado (abril de 1978) por el régimen de Pinochet a Estados Unidos para ser juzgado y condenado como autor material del crimen de Orlando Letelier y su asistente Ronnie Moffit (Washington, 1976). Pinochet y Contreras insistían en que Townley nunca fue agente de la DINA. Y allí estaban las pruebas de su participación en las operaciones más secretas del organismo represivo.
Las carpetas contenían cuatro años de la historia de la represión desatada fuera del territorio chileno por el principal servicio de seguridad secreto, con una red de agentes desplegados por varios países y la colaboración estrecha con los otros servicios de las dictaduras del Cono Sur. Una parte de la historia de la “Operación Cóndor” que inexplicablemente Arancibia guardó en su aparador.
A los argentinos, ya involucrados en su propia masiva y brutal represión, el contenido no los sorprendió. Cómo lo usaron, es hasta ahora un secreto. Lo real es que al cabo de algunos meses, gran parte de los papeles quedó abandonado para luego ser prácticamente embutido a la fuerza en cinco cajas donde se condensó el proceso por espionaje. De allí pasaron a una oscura y solitaria sala del Archivo Judicial. Al olvido.
Ocho años más tarde, la autora de este reportaje iría a Buenos Aires a investigar el asesinato del general Carlos Prats y su esposa. En un pasillo, un hombre le diría casi al oído que buscara ese expediente. Fueron días intensos de tocar muchas puertas y que culminaron cuando con la ayuda del periodista argentino Horacio Verbitsky, un impávido funcionario finalmente sacó las cinco cajas del proceso y me dejó a puertas cerradas en esa gélida sala del Archivo Judicial. Lo que se abriría ante mis ojos provocó un frío mayor que el que en ese invierno de 1986 imperaba en Buenos Aires.
UN TERRORISTA A SUELDO
Dos meses después del Golpe de Estado, en noviembre de 1973, Arancibia Clavel se presentó en el cuartel general de la recién creada Comisión DINA. “Lo hice para saludar al entonces coronel Manuel Contreras y ofrecerme a su disposición para llevarle cualquier tipo de información”, declaró el propio Arancibia ante un tribunal argentino el 28 de noviembre de 1978.
“A los pocos días fui entrevistado por un oficial de la DINA al que por su cargo llamaban ‘Don Elías’ (Raúl Iturriaga Neumann) y que era uno de los jefes del Departamento Exterior. Me dio instrucciones de cómo debía hacer llegar la información a través del canal que considerara más idóneo, explicándome que no debía utilizar mi verdadero nombre ni tampoco divulgar mi condición de miembro del Servicio Exterior de la DINA”, se explayó.
Fue así que Enrique Arancibia Clavel se convirtió en agente de la DINA en Argentina. Su pantalla fue la representación del Banco del Estado en el vecino país, cargo para el que fue recomendado por su vicepresidente, Valentín Robles. Para contratarlo debieron obviar un obstáculo importante: Arancibia en ese momento era un prófugo de la justicia, acusado de actos terroristas, como integrante del grupo que asesinó al comandante en jefe del Ejército, René Schneider, en octubre de 1970.
Su huella como “El Dinamitero” –así lo llamaban– quedó en las bombas que se colocaron en la Bolsa de Comercio, en la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, en el entonces Canal 9 de TV y en el aeropuerto de Santiago. Sólo el azar hizo que el artefacto más potente que colocó en el recinto aéreo no explosionara.
Así lo confesó ante los tribunales chilenos en el juicio por el crimen de Schneider (fojas 1.877), donde reconoció su participación. También acusó al general Roberto Viaux de ser el autor intelectual de la cadena de actos terroristas que él mismo ejecutó con otros miembros del grupo de ultraderecha. Se buscó, dijo, preparar el clima para el secuestro de Schneider, cuyo objetivo final era impedir que Allende asumiera como presidente de Chile. Por eso, después de cada atentado, se lanzaban panfletos de una hasta ese momento desconocida Brigada Obrero Campesina (BOC): “para hacer creer que los autores eran de un grupo de ultra izquierda y crear un clima adverso”.
Arancibia fue detenido. Tenía 26 años, y cursaba cuarto año de Ingeniería en la Universidad de Chile después de un breve paso por la Escuela Naval. Su padre, oficial de la Armada (r) y uno de sus hermanos oficial de la misma rama. Otro, era oficial del Ejército. A pesar de su propia confesión, de los explosivos que hallaron en su domicilio el 8 de octubre de 1970, y de las numerosas pruebas en su contra, fue dejado en libertad bajo fianza.
Esa misma noche huyó hacia el sur de Chile. Todo estaba organizado por alguien a quien nunca se quiso identificar. Porque lo ocultaron en la Hostería del Lago Ranco, y en febrero de 1971, el dueño de esa hostería (de apellido Provoste) lo trasladó al otro lado de la frontera por el paso Tromen (Mamuil Malal), saliendo del país con una cédula falsa. Allí lo esperaba el ex edecán del general Juan Carlos Onganía, cuando ejerció el mando de Argentina como dictador en los años 60.
En 1966, en la Conferencia de los Ejércitos Americanos realizada en Buenos Aires, Onganía propuso institucionalizar una fuerza interamericana de defensa permanente, de intervención regional contra el enemigo subversivo. Su principal detractor fue precisamente el general René Schneider, quien aún no asumía como jefe del Ejército chileno.
Tres años más tarde, el terrorista prófugo por su rol en la conspiración que culminó con el asesinato del comandante en jefe del Ejército, era contratado como funcionario público por el régimen que encabezaba otro general.
“Comencé a dar cumplimiento a las instrucciones que me diera el capitán Luis Gutiérrez”, declaró en 1978. Y así lo prueban los documentos que Arancibia guardó en su poder.
ELIMINAR A PRATS
El último día de septiembre de 1974 los autores intelectuales del crimen del general Carlos Prats creyeron haber eliminado un escollo clave para que Pinochet se hiciera del poder total en el Ejército y en la Junta Militar. Sacando del escenario al general que reivindicó hasta 18 días antes del Golpe el honor militar para impedir la dictadura y la represión, pensaron haber hecho desaparecer también el fantasma siempre presente del general René Schneider, su antecesor en la comandancia en jefe del Ejército, asesinado en octubre de 1970. Y los principios que ambos defendieron.
Pasarían casi treinta años antes de que se hiciera justicia. Y fue precisamente el rechazo de la Corte Suprema al desafuero del general Augusto Pinochet por su participación en el asesinato de Prats y su esposa Sofía Cuthbert, solicitada por la jueza argentina María Servini, el que provocó en 2003 la apertura histórica en Chile del juicio por el crimen del ex jefe del Ejército (Ver Nota 1).
Muy pronto el ministro a cargo del caso, Alejandro Solís, encontraría la prueba más importante que faltaba: el informe con el seguimiento de todos los pasos de Prats y los planos de su casa, entregados por el oficial de la DINA Juan Morales Salgado a Manuel Contreras (Ver documento). Un informe que se había mantenido en completo secreto y que permitió comprobar fehacientemente la autoría de la DINA. Y también la participación gravitante de Enrique Arancibia Clavel.
Porque la última pieza del puzzle descubierta por Solís provocó también que otros confesaran: el crimen se ordenó desde Santiago en junio de 1974, y los datos que recogió Morales Salgado y que permitieron poner la bomba que despedazó los cuerpos de Prats y su esposa en el lugar preciso y a la hora precisa, fueron aportados por Enrique Arancibia Clavel.
El cuadro se terminó de armar en Chile. Arancibia Clavel ya estaba condenado en Buenos Aires. Y de paso se probó que Michael Townley, el hombre que puso la bomba, nunca mintió. Su primera confesión la hizo ante policías chilenos –Nelson Jofré y Rafael Castillo, acompañados por el subcomisario Eduardo Riquelme González de la O.C.W. Interpol Chile– el 2 y 3 de septiembre de 1992, en Estados Unidos. Un interrogatorio que ordenó el ministro Adolfo Bañados:
–A mediados de 1974, Manuel Contreras da la orden a Pedro Espinoza para que se elimine a Prats en Buenos Aires. Se ofrecen 20 mil dólares a un grupo extremista argentino –TripleA– para ejecutar la misión. Pero los argentinos, luego de recibir el dinero, no tuvieron el valor suficiente como para matarlo. Ante esa circunstancia y bajo la presión del general Contreras y el brigadier Espinoza, se le asignó la misión al jefe de la DINA exterior, en ese momento, el comandante Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, quien utilizaba el nombre falso de ‘Diego Castro Castañeda’; y al oficial Armando Fernández Larios. Recuerdo que tres días antes del atentado me encontré con el comandante Iturriaga en Buenos Aires. Este fue hecho con la cooperación de ciudadanos argentinos de la Triple A. El jefe de la DINA Exterior era el comandante Iturriaga y como segundo estaba el capitán José Zara –confesó Townley (Ver Nota 2).
Pero en 1992 Pinochet mantenía su poder político y su influencia en la Corte Suprema. El sello de la impunidad era inquebrantable. Más aún para el crimen de un jefe del Ejército. La confesión de Townley quedó archivada. Para muchos, Arancibia sería el único condenado.
El contrato de Enrique Arancibia Clavel en la representación del Banco del Estado de Chile en Argentina tiene como fecha de inicio el 1 de octubre de 1974, horas después de perpetrado el atentado que terminó con la vida del general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert en una calle de Palermo en Buenos Aires. Casi un premio.
Pero durante el proceso por su muerte en Argentina a nadie le llama la atención la fecha. Tampoco que el bailarín Humberto Zambelli, su pareja, declarara en el juicio por espionaje que se conocieron en el verano de 1974, en Argentina. Días en que Arancibia aseguró que estaba en Chile.
MIRTHA LEGRAND Y SUSANA JIMENEZ
De no haber sido por las famosas Mirtha Legrand y Susana Jiménez, Arancibia y Zambelli no se habrían conocido. Porque fue cuando el segundo se desempeñaba como peluquero de la casa Miguelito Romano de Mar del Plata, que le tocó atender a Legrand y también a su esposo, Daniel Tinayre, quien lo contrató para ser bailarín en la comedia musical “Hair”. Un éxito total. Corría 1973 y las funciones se prolongaron durante ocho meses. Cuando “Hair” bajó el telón, Zambelli volvió a Mar del Plata pero ya no como peluquero: actuaría en un local nocturno llamado “Hidrógeno”, donde conoció a Susana Jiménez. La diva argentina lo contrataría para bailar en el Teatro Astros.
Era el verano de 1974 y en una de esas noches que salía de la función su vida nuevamente daría un vuelco. Al menos eso fue lo que relató ante sus interrogadores en 1978:
–Me espera una persona joven, de sexo masculino. Me invita varias veces a tomar café y charlar. Con el correr de los días acepto la invitación e incluso lo llevo a la casa de mis padres, en Lanús. Así fue como entramos de lleno en una relación amistosa con quien resultó ser Enrique Arancibia Clavel –declaró en el juicio por espionaje en contra de Arancibia.
Cuatro años después, la historia volvería a dar un brinco. Caería Arancibia y con él, el archivo que guardó en el doble fondo. Allí donde están las pruebas que lo inculpan en la represión contra chilenos.
FAMILIA DE ESCRITORA ISABEL ALLENDE EN LA MIRA
Si bien el archivo de Arancibia Clavel muestra que el foco principal de su tarea son los exiliados, también está la prueba de que mantuvo vigilancia permanente sobre los otros chilenos que como él participaron de la conspiración para asesinar a Schneider y se refugiaron en Argentina.
Sobre Mario Igualt, cuñado de Roberto Viaux, informa el 21 de octubre de 1974: “Está trabajando para los servicios de seguridad argentinos de los cuales recibe una remuneración bastante alta. Su contacto es un oficial Schiaffino (del SIE)”. Cuatro días más tarde informa que Ramón Huidobro, embajador de Chile en Argentina hasta el 11 de septiembre de 1973, padrastro de la escritora Isabel Allende y la última persona –junto a su esposa, Francisca Llona– que vio con vida al general Carlos Prats, logró salir de Argentina. Estaba amenazado de muerte y lo buscaban para asesinarlo.
No era el único. En una orden perentoria enviada por “Luis Gutiérrez”, chapa que usa el jefe el Departamento Exterior de la DINA y que en esos días esconde la identidad del general Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, se le pide “la ubicación de trabajo y domicilio particular de los más connotados del régimen pasado en Buenos Aires y Mendoza”. La primera nómina de los chilenos simpatizantes de la Unidad Popular viviendo en Argentina fue depositada personalmente por Arancibia en el escritorio de “Luis Gutiérrez” en Santiago.
Mario Igualt le sigue preocupando: “He sabido que Igualt utiliza en Chile una cédula de identidad falsa a nombre de Pino para negocios poco claros. En Argentina también tiene doble documentación. La falsa lleva el nombre de Horacio Pizarro”.
A medida que la represión recrudece en Argentina, Arancibia extiende sus nexos con los militares y civiles de la represión. El sacerdote salesiano Luis Gallo se trasforma a fines de 1974 en su blanco. Escribe: “Está en Santiago, es contacto de la guerrilla argentina de Córdoba con los extremistas chilenos. Deben cercarlo. Es muy hábil y peligroso”.
Uno de los puntos iniciales que demandaron mayor trabajo fue encontrar las vías más seguras para el envío de documentos desde y hacía Chile. Durante un tiempo se hizo a través de Sonia Montecinos, secretaria del encargado de negocios de la embajada de Chile en Buenos Aires, Carlos Osorio (Ver Nota 3). En Chile, los sobres los recibía en el Ministerio de RR.EE. Miguel Poklepovic Klamce, quien debía llamar a “Don Elías” (otra chapa utilizada por Iturriaga).
Lo anterior me fue confirmado por el propio Poklepovic, en declaración notarial, quien incluso me informó que la solicitud de ayudar en esta tarea la recibió en Santiago, en la cena en casa de un familiar de Arancibia.
La vigilancia de la DINA en Buenos Aires se concentró en los chilenos que trabajaban en la CEPAL y en la Fundación Ebert, de la entonces Alemania Occidental. En uno de los documentos se lee: “El representante de la Ebert es Klauss Dressel, domiciliado en Florida 716, octavo piso, departamento C. Actúa junto a Walter Nocker, delegado laboral de la embajada alemana en Chile. Walter actúa como correo y enlace de los dos países. Obtener el máximo de antecedentes de la fundación así como de los sujetos mencionados”.
La respuesta la entregó Arancibia en persona en la sede de la DINA en calle Belgrado en Santiago. Y también agregó datos sobre su otro objeto de vigilancia, el grupo de Mario Igualt, al que veía como una competencia: “El padre Ernesto Rojas, quien hizo las acusaciones en noviembre de 1974, va a Chile a fines de diciembre, les avisaré para que tengan entrevista. Tiene mayores antecedentes de la red que ha tratado de formar Igualt en la que estarían Enrique Rojas, Julio Fontecilla, Jorge Arce y Carlos Labarca (cuñado del almirante Martínez Bush y todos prófugos por el crimen del general Schneider) . Este último sería contacto de un comandante Carrasco de la DINA con oficinas en el Ministerio de Justicia”.
Arancibia se equivocó. Igualt ya trabajaba para la DINA. Labarca también. Ello coincidió con la llegada del jefe oficial de la red DINA en Buenos Aires: el coronel Víctor Barría Barría. En un documento despachado desde Santiago se lee: “El coronel Barría es nuestro representante oficial y tú eres un jefe de información clandestino. Tus relaciones con él deben ser totalmente encubiertas. No te debes quemar. Debes seguir trabajando en la misma forma en que lo has hecho hasta ahora”.
LA CONEXIÓN ARGENTINA
El anuncio de la llegada del coronel Barría impulsó a Enrique Arancibia a desplegar una mayor actividad. En diciembre de 1974, el ex estudiante de ingeniería informa de un socio clave para la actividad represiva de la DINA en el exterior y la “Operación Cóndor”. Martín Ciga Correa, jefe de seguridad de la Universidad de Buenos Aires, le ofrece información de todos los chilenos, docentes y estudiantes, en dicha casa de estudios (Ver Nota 4).
Pero Ciga era un viejo conocido de la DINA. Dirigente del grupo Milicia Nacionalista, participó del asesinato de Prats. No fue escogido al azar. Su historial terrorista habla de ello. Militó en los grupos de choque del nacionalismo argentino donde recibió el apodo de “Cristo” y en “Los Panzer”, un grupo armado de la llamada Juventud Nacionalista Socialista. Al morir Perón, el grupo de López Rega, fundador de la Triple A, convence a la presidenta Estela Martínez de designar ministro de Educación a Oscar Ivanisevich, quien pone como rector de la Universidad de Buenos Aires a Alberto Ottalagano. No fue un escándalo. La represión brutal lo impidió. Porque Ottalagano exhibe en su reseña académica ser el autor de un libro cuyo titulo es Soy fascista, ¿y qué?
El nuevo rector y autor del libro contrató de inmediato a Ciga Correa como jefe de seguridad de la universidad. Muy pronto sería identificado como autor del asesinato de Daniel Winier, estudiante de Ingeniería, secuestrado el 29 de noviembre de 1978. Pero no pasó un día en prisión. Es Ciga el que a fines de 1974 le entrega a Arancibia una nueva información que éste transmite a Santiago: “El grupo que eliminó a Prats tendría una lista de otros 8 chilenos”. Ciga también le informa que Ramón Huidobro y su esposa Panchita ya están en Estados Unidos. El matrimonio nunca supo que saliendo apresuradamente de Argentina escapó de una muerte segura.
Lo mismo habría ocurrido –de acuerdo a estos archivos– con María Isabel Camus, ex ejecutiva de Codelco en tiempos de la UP y una de las 8 personas sindicadas como “blancos a eliminar”. “Su dirección es la misma que la de nuestro agregado naval. Todos los antecedentes de sus movimientos los tiene la SIDE”, informó Arancibia.
Todo eso costaba mucho dinero. Porque así como Arancibia recibía un sobre mensual con dólares de la DINA, un complemento de su sueldo en el Banco del Estado, los servicios que prestaba Ciga no eran gratis. Tampoco la información que entregaba. En un oficio enviado por Arancibia a Santiago, se lee: “Envío fotocopia de cheque pagado por Ciga a María José Riesco Bezanilla, chilena, por informaciones que esta entregaba a Ciga sobre chilenos en la Universidad (de Buenos Aires, UBA)”.
El calor de febrero (1975) no impidió que Arancibia siguiera los pasos de otros sacerdotes “conectados con el movimiento subversivo”, a quienes identifica en relación con el cura “jesuita estadounidense radicado en Salta, padre Haas, rector de la Universidad Católica de esa ciudad y amigo personal de Allende. Este cura es visitado asiduamente por exiliados chilenos y bolivianos”.
El negocio de las armas, por encargo de sus jefes, lo mantuvo ocupado en marzo de 1975. Su interlocutor era Luis Sanies, el “contacto lo inició Jorge Ramírez del Bank of America”. Sanies es “mayor en retiro, del Estado Mayor Conjunto, Jefatura Dos de Inteligencia, subalterno del general Della Croce y quien servirá de enlace directo con el almirante Peyronnel, actual jefe de la SIDE”. El viernes 14 de marzo a las 15 horas se lleva a cabo la cita.
Por el informe que despachó se desprende que la SIDE no está respondiendo a la colaboración con la DINA. “Sanies está de acuerdo en que la colaboración se haga en forma extraoficial, sin embajada”. Y agrega “todos los antecedentes sobre los ‘juguetitos’ que tiene para vender, entre ellos una cotización de proyectiles”.
Un aumento de su sueldo es el premio por este negocio con Sanies y su segundo (Horacio Sturlla), que se concreta en Santiago. Arancibia cambia de foco y pide que se investigue al subgerente de comercio exterior del Banco del Estado, Alfonso Ubilla, al tiempo que informa del aumento de desaparecidos por la represión en Argentina: “Han caído hasta el 13 de abril 160 personas, lo que hace un promedio de un muerto cada 15 horas. En los últimos días han caído 8 chilenos. Se estiman R.I.P.”.
“OPERACIÓN COLOMBO” PASO A PASO
Abril seria un mes en que Arancibia mostraría a sus jefes la eficiencia de sus contactos. El supuesto cadáver del ingeniero chileno David Silbermann, ex gerente de Chuquicamata, secuestrado en octubre de 1974 desde la cárcel en Santiago y desde entonces desaparecido, fue hallado en un estacionamiento de Buenos Aires (Ver Nota 5). En el archivo de Arancibia están las hojas manuscritas con los datos de Silberman enviados desde Santiago para ese montaje. Sería el comienzo de una de las operaciones más brutales del régimen chileno: la “Operación Colombo”, que intentará hacer aparecer como asesinados por sus propios compañeros en el exterior a 119 detenidos desaparecidos chilenos. Arancibia jugará un papel clave en ese montaje.
“Adjunto material relacionado con los ejecutivos de las operaciones aparecidos en diferentes órganos de prensa. Va foto de Ubal Tahl, posiblemente RIP por coordinación federal. Las facturas que acompañan a Colombo se pagarán en el transcurso de la semana junto con 15 facturas argentinas”, dice el cable cifrado que le envió a “Luis Gutiérrez”, jefe del Departamento Exterior de la DINA. Las facturas son detenidos.
Pero no todo funcionó como estaba planeado. El 22 de abril, Arancibia le envió un informe al general Raúl Iturriaga: “Lamentablemente hasta el momento la publicidad para el caso ‘Colombo’ ha sido casi nula. Mañana me entrevistaré con Martín Ciga para saber exactamente qué pasó. Para esta semana están prometidos los dos restantes que aparecerán con 15 ‘criollos’. Espero que la publicidad sea mayor. Martín me solicitó atención de fotografía para aproximadamente siete personas. Espero llevarlas conmigo. También me ofreció un negocio con Isabel Camus”.
Isabel Camus estaba nuevamente en peligro. Como miles de chilenos y argentinos sobre los que se había desatado una cacería inédita. Arancibia viajó a Chile el 25 de abril para coordinar los detalles de la “Operación Colombo” en marcha. Los nombres de 7 prisioneros ya ejecutados, sobre los que Martín Ciga pide atención de fotografía (pasaportes o cédulas) se discutieron en el cuartel central de la DINA.
Como brazos operativos de la DINA, coordinados personalmente por Arancibia Clavel, se integró el grupo Falange de Fe, con sede en Córdoba y cuyo jefe era Jorge E. Flores Allende. Sanies también constituyó otro brazo operativo a sueldo. Dos brazos armados para actuar y reprimir en Buenos Aires y Córdoba según decidiera la jefatura de la DINA en Santiago.
LAS HOJAS MANUSCRITAS
La real es que ni Sanies ni Flores podían competir con el grupo de Ciga Correa, el principal brazo operativo que tuvo la DINA en Argentina. En las carpetas de plástico negras que conservó Arancibia quedó la huella macabra de esa sociedad. Con fecha 8 de mayo aparecen las listas manuscritas con los nombres de más de 100 detenidos chilenos a los que se debe hacer como ejecutados en Argentina. Son hojas de cuaderno simples, con borde azul y faltas de ortografía. Allí figuran nombres que jamás han tenido explicación porque no aparecen en ningún registro de prisioneros o desaparecidos: Samuel Ovando Abarca Molina, Gabriela Arredondo Andrade y Soledad Sepúlveda.
Ciga hacía su trabajo. Así se desprende del informe que despachó Arancibia el 16 de mayo sobre la primera fase de la Operación Colombo, “efectuada por el grupo de Martín Ciga en forma perfecta”, escribe. Un informe que estremece pues también allí detalló la eficacia de los grupos paramilitares que sembraban el terror en esos días en el país vecino. A los que Arancibia simplemente llama “comandos de ejecución”.
“Su ejecutor directo es el comisario Ramírez (a), ‘El Carnicero’, especialista en quemados y ahogados. Con los últimos acontecimientos políticos este grupo ha decidido unirse al grupo de Martín (Ciga)”, relató Arancibia a sus jefes al informarlos de su última adquisición: el grupo Arens.
La dirección del domicilio particular de Ricardo Lagos y de otros cinco investigadores de Flacso en Buenos Aires es la última anotación que agregó Arancibia en su detallado informe sobre los grupos paramilitares argentinos.
Pero algo ocurrió. El 23 de mayo despachó un informe con carácter de urgente: “Me ha llamado la atención el silencio con respecto a la ‘publicidad’ del caso ‘COLOMBO’. Desde hace una semana que no se tiene ninguna información de ustedes al respecto. Me gustaría saber a qué determinación se llegó para saber como manejarme con el periodista Carlos Manuel Acuña que me llama casi todos los días. Mañana obtendré todos los antecedentes que se mandaron a Santiago por intermedio de la Interpol. Las copias se las consiguió Vicente (coronel Víctor Barría) ”.
Colombo tenía problemas. Aún así, la conexión de la DINA con su símil argentino (SIDE) quedó nuevamente establecida. Sanies fue el nexo con el coronel Spinetto, “segundo del SIDE interior, es decir del trabajo subversivo”, escribió Arancibia. Y agregó: “Lo que les interesa es el contacto por si tuviera que hacerse un operativo no oficial”.
EL EMBAJADOR DISCOLO
La última fase de la Operación Colombo era inminente. Y en esos precisos días el embajador de Chile en Argentina, René Rojas Galdames, le disparó a Manuel Contreras un misil que jamás fue público: les cortó la valija diplomática a los hombres de la Dina. Arancibia enfureció y buscó alternativa. Será Michael Townley quien la encontrará en pilotos de Lan Chile que por unos pocos dólares aceptaron el trabajo. Pero Rojas quedó en una lista negra con cuentas por cobrar.
Más tarde, como consta en sus archivos, Arancibia recurrirá a un alto jefe de inteligencia argentino para que vigile y espíe al embajador Rojas y a su familia. La vida privada de sus hijas fue descrita con procacidad en los informes de la DINA, mientras la tensión entre Rojas y el coronel Barría crecía. Arancibia escribe: “Es fundamental que este señor entienda para quién trabaja. El embajador viaja ahora a Santiago. Seguramente irá a mover su mafia radical en contra de los funcionarios leales. Pido a la empresa que se tomen las medidas drásticas correspondientes”.
Años más tarde, en la noche del 10 de noviembre de 1981, la CNI haría explotar un auto al frente del domicilio del embajador en Santiago (Las Vizcachas), con cuatro ocupantes en su interior. La versión oficial señaló que los cuatro jóvenes, que murieron calcinados, preparaban un atentado a la casa del ex embajador cuando las bombas por error explosionaron. Lo que comprobó el juez Joaquín Billard años después fue que los cuatro ocupantes del automóvil habían sido detenidos previamente por la CNI. Uno de ellos hasta hoy no ha podido ser identificado, pues le faltaban la cabeza, los pies y las manos. Muchos creen que fue una venganza de los ex Dina contra Rojas.
LA HUELLA DE TOWNLEY
En esos días de 1975, en los papeles de Arancibia aparece Michael Townley por Buenos Aires. Ambos se conocen. Y muy bien. Desde que coinciden en la operación en la que se asesinó al general Carlos Prats y su esposa en una calle de Palermo en Buenos Aires (1974). Esta vez Townley irrumpe con un rol relevante en la Operación Colombo. El propio Manuel Contreras lo ha enviado con una tarjeta firmada por él y dirigida al subsecretario de Seguridad Interior, Héctor García Rey, para finiquitar Colombo.
En ella Contreras le ofrece “incondicional apoyo que tendrá de nuestra parte en todas sus actividades” y le pide “dedicarle unos minutos a quien es ya un viejo conocido suyo”. En efecto, Arancibia y García Rey se conocen. La tarjeta es el sello de que la misión que lleva el primero es oficial. Y al más alto nivel.
La reunión entre Arancibia Clavel y García Rey tiene lugar el viernes 1 de agosto. “Sobre las listas de chilenos entrados a la Argentina por diferentes pasos, entregados en su oportunidad por el señor Diego Castro (identidad falsa de Raúl Iturriaga Neumann), me las entregará con sellos y firmas tal como se planteó en la entrega original. Contestó que estas listas estarán el 5 de agosto y las va a confeccionar su propio hermano presente en la entrevista. Le pedí pasaportes argentinos en blanco a lo cual se comprometió a entregarme cinco el mismo martes 5” (Ver Nota 6).
Lo que se le exige a García Rey son los papeles oficiales que acreditarán que los 119 chilenos a los que se quiere hacer aparecer como asesinados por sus propios compañeros en el exterior, efectivamente pasaron desde Chile a territorio argentino por distintos pasos cordilleranos. Son los mismos que aparecen en la lista manuscrita con más de 100 nombres de detenidos que estaba en su archivo.
Tras uno que otro inconveniente, y la oportuna intervención de otro socio importante de la Dina y protagonista de la guerra sucia argentina, Jorge Osvaldo Riveiro (alias “Rawson”, segundo al mando del SIE), la operación queda lista para su ejecución final. García Rey será mencionado en adelante como “Tito”. Meses más tarde, cuando García es amenazado de muerte, se le ofrece descanso y reposo en Chile para él y su familia. Lo mismo hace Riveiro, quien viaja a Santiago con su esposa con todos los gastos pagados por la DINA, el 2 de septiembre de 1975. Se embarca en Paraguay. Un tramo que será recurrente entre los hombres comprometidos en la Operación Cóndor, de los cuales Riveiro será pieza clave.
Así lo prueba un informe fechado el 27 de agosto de ese año, en el que Arancibia le escribe a Iturriaga: “El teniente coronel Osvaldo Rawson tiene la idea de formar una central de inteligencia coordinada entre Chile, Argentina, Uruguay y Paraguay”.
La historia que sigue se ha escrito ya varias veces. Tras la aparición de la revista argentina Lea (60 nombres) y el diario Novo O’Día de Curitiba, Brasil (59 nombres), con la nómina de los 119 chilenos supuestamente asesinados en Salta por sus propios compañeros, llegaron los titulares de la prensa chilena. El 23 de julio, miles de chilenos leyeron con horror: “Exterminados como ratones” ( La Segunda), “El MIR asesina a 60 de sus hombres en el exterior” ( La Tercera), “Identificados 60 miristas ejecutados por sus propios camaradas” ( El Mercurio), “Sangrienta pugna del Mir en el exterior” ( Las Últimas Noticias).
Durante varios días se destacó que por todos ellos se había presentado recursos de amparo “lo que demuestra la mentira que los marxistas han fabricado sobre la acción de los servicios de seguridad”. Ese montaje, uno de los más estremecedores que se vivió en dictadura y que puso por primera vez la palabra “desaparecido” sobre la mesa, fue digitado desde el cuartel central de la DINA y lleva la huella clave de Enrique Arancibia Clavel.
El régimen de Pinochet insistió a través de todos sus canales diplomáticos y políticos que no tenía ninguna relación con el montaje de la Operación Colombo. Aun cuando los sobrevivientes de las cárceles iniciaran una huelga de hambre insistiendo en que a la mayoría de ellos los habían visto en alguna de las cárceles secretas en donde los mantuvieron detenidos. Aun cuando quedara demostrado que la revista Lea tuvo esa sola edición en Buenos Aires, y salió de una imprenta de López Rega, el fundador de la Triple A de Argentina y socio de la DINA. Y a pesar de que lo mismo ocurrió con el diario de Curitiba, pero articulado por el cónsul de Chile en Río de Janeiro, Gerardo Roa.
“OPERACIÓN EUROPA”
Las operaciones de ejecución no terminaron con las repercusiones de Colombo. Por el contrario. En los archivos de Arancibia Clavel está la prueba. Ciga Correa pidió más “trabajos” a ejecutar en Buenos Aires o en cualquier otra ciudad del mundo; y “una metralleta Sterling o del tipo, más silenciadores”. Y le puso un alto precio a su función.
Una acotación de Arancibia retiene la atención: “Martín pregunta si la ‘Operación Europa’ va a necesitar colaboración de parte de ellos”. El 15 de agosto, Ciga recibe una respuesta afirmativa: trabajará en el “tramo alemán” de la “Operación Europa”. Y sólo eso. Hoy sabemos que en ese momento faltaban sólo días para el atentado contra Bernardo Leighton y su esposa, ejecutado el 5 de octubre en Roma. Ambos sobrevivieron, pero con graves secuelas. Y también, del fallido intento de asesinar al terrorista venezolano Carlos “El Chacal” (Ilich Ramírez Sánchez) , a cambio de una gruesa recompensa que le pide Manuel Contreras al Sha de Irán. (Ver reportaje El día en que Manuel Contreras le ofreció al Sha de Irán matar a “Carlos, El Chacal”). ¿Cuáles fueron los otros atentados? ¿Cuántos tuvieron éxito? No hay respuesta aún.
Pero los archivos de Aranciba entregan otras respuestas. Como lo que ocurrió cuando el dirigente del Mir Jorge Isaac Fuentes Alarcón (“El Trosko”), fue detenido en Asunción y entregado por la policía secreta de Paraguay a la DINA. Cuando se entera en Buenos Aires el teniente coronel Riveiro “Rawson”, se enfurece. Está convencido de que Fuentes tiene información clave de la Junta Coordinadora Revolucionaria y lo quiere para ellos. Los servicios se disputarán las presas de la cacería humana haciendo trastabillar la incipiente cooperación.
No es el único problema que enfrentan la DINA y Arancibia en esos días. Porque Riveiro (“Rawson”) es informado de que Manuel Contreras ha organizado una reunión de coordinación de los servicios secretos de las dictaduras del Cono Sur en Santiago. La que consideraba su idea original debutaría en noviembre y él no estaba invitado. El oficial argentino estalla. Arancibia movería sus piezas en los días en que Manuel Contreras se preparaba para inaugurar oficialmente el 26 de noviembre la Operación Cóndor en Chile. Oficialmente, porque en los hechos hacía ya un tiempo que la coordinación para asesinar opositores estaba en marcha.
LA CAPTURA DE EDGARDO ENRIQUEZ
La actividad represiva no para. Días antes del estreno de Cóndor, el 17 de noviembre de 1975, Arancibia despacha el siguiente informe a Santiago: “Según informaciones del comandante Jorge Osvaldo (Riveiro), ‘Pollo Enríquez’ ubicado en Baires. Se esperan novedades. El tal Claudet (Jean Ives Claudet, detenido desaparecido) podría ser Humberto Sotomayor, enviar foto. Claudet es RIP. En últimas instrucciones de la Junta Coordinadora Revolucionaria aparecen involucrados Renán Fuentealba y Bernardo Leighton”.
El jefe del MIR, Edgardo Enríquez, sería detenido en Buenos Aires. Su detención y eliminación marcaría un hito en la DINA. La participación del aparato del SIE en su captura no fue gratis. La DINA ofreció conectar los dos servicios en forma directa y permanente a través de un telex especial que la propia DINA financió y proporcionó. Manuel Contreras cumplió. En marzo, la coordinación de los servicios represivos secretos de Chile y Argentina pasa a un nivel superior. Un detalle sorprende. Revisando el archivo de Enrique Arancibia Clavel se advierte que en esos días de noviembre de 1978, con la guerra inminente entre ambos países, ese telex nunca dejó de funcionar. La guerra sucia no tuvo tregua.
NUEVOS SOCIOS PARA EL TERRORISMO
Los documentos que contiene el archivo de Arancibia Clavel, el único que finalmente se haya encontrado de la DINA, son un registro impactante del horror. Allí están las cédulas de identidad de algunos de los desaparecidos que siempre se negó que hubieran sido detenidos. Fotos de cuerpos despedazados, mutilados o carbonizados. ¿Qué hacían en Argentina? Un misterio. Porque Arancibia siempre rehusó hablar de ello.
Tampoco se sabe más que lo que está en esos papeles del seguimiento, detención y asesinato de Alexei Jaccard Siegler, quien aterrizó en Buenos Aires el 16 de mayo de 1977. Venía de Europa y traía consigo dinero para llevar a Chile a sus compañeros del Partido Comunista. Al día siguiente de su arribo fue capturado. Su rastro se perdió, pero en los informes figuran algunas claves sobre la tortura que sufrió y su ejecución, como también sobre la cacería que se desató y que terminó con otros 15 chilenos desaparecidos.
Un episodio que revela la otra cara de la represión: el robo permanente de dineros y objetos de valor de los que eran despojados los prisioneros. Al punto que los hombres de Ciga Correa, del italiano fascista Stephano Delle Chiaie y los cubanos Virgilio Paz y los hermanos Novo, más Arancibia y otros chilenos, terminan formado una sociedad cuyo objetivo será secuestrar empresarios para cobrar rescates y traficar armas. Un capítulo que ningún tribunal ni argentino ni chileno ha investigado hasta ahora.
En los archivos de Arancibia hay varios documentos que prueban la nueva incursión de los agentes de la represión. Como el que da cuenta de la reunión que Ciga Correa, Virgilio Paz y otros tienen en junio de 1976 en la casa cuartel que habita Michael Townley en Lo Curro, para “planificar una serie de secuestros a realizarse en Argentina dada la necesidad de conseguir fondos propios”.
EN LA MIRA DEL FBI
Hacia fines de 1976, la necesidad de dinero que revelan los hombres del terrorismo internacional se hace más evidente. Así también los lujos que se permiten. Enrique Arancibia Clavel no se queda al margen. Con su pareja Humberto Zambelli, se han convertido en socios como propietarios del departamento en el que viven juntos en Buenos Aires. Para los fines de semana, se han comprado un terreno en el sector residencial de Tortuguitas y allí se hacen construir un quinche, una especie de palafito con techo de paja, y una piscina. Un perfecto refugio de descanso. Todo aquello requiere dinero. Arancibia explorará nuevas vetas comerciales para su grupo. También coordinará compras más complejas.
Como la que informa en un misterioso sobre que despacha desde Buenos Aires dirigido a Alejandro Bontempi de Operaciones Lan Chile en Santiago. Al interior hay otro sobre más pequeño dirigido a “Luis Gutiérrez” y su número de teléfono en el cuartel general de la DINA: 31402. Arancibia espera impaciente la respuesta. Como no llega, se alarma. Y manda un telex.
En el sobre pequeño iba el informe de las compras de pertrechos efectuadas por “Javier” (el cubano Virgilio Paz, quien participó en el asesinato de Orlando Letelier, fue condenado por la justicia de EE.UU. y se refugió un tiempo en Chile), por encargo de la DINA: equipos de radio y otros elementos para la fabricación de bombas del mismo tipo que la que se utilizó para asesinar a Carlos Prats y su esposa en 1974.
Y se fabricaron. Y se usaron. Así lo demostró la justicia estadounidense en un terreno de experimentos: la misma bomba que asesinó a Prats en septiembre de 1974, se utilizó en septiembre de 1976 para hacer explotar el auto en que viajaba Orlando Letelier y su asistente en Washington.
Los elementos fueron comprados por Virgilio Paz, quien utilizó una cédula de Alejandro Bontempi, haciéndolo residir en Argentina. En los archivos de Arancibia está la huella.
Operaciones que terminaron con Enrique Arancibia en la mira del FBI. El 12 de octubre de 1977 queda registrado en la agenda del agregado del FBI en Buenos Aires, Robert Scherrer, su cita con Arancibia, quien se presenta como “amigo” del coronel Víctor Barría, el jefe oficial de la DINA en Buenos Aires. Le pide visa para viajar a California. Son días en que según los archivos están en marcha varios negocios para conseguir fondos. Y todos terminan en Estados Unidos.
La visa le costará caro. Porque más tarde Scherrer dirá que sin que se lo pregunte, Arancibia le cuenta que su trabajo en el Banco del Estado es sólo una cubierta para su trabajo real como jefe de la red clandestina de la DINA en el vecino país
El final de estos archivos coincide con la pérdida del poder total que gozó Manuel Contreras y sus hombres. La descomposición trasunta en cada informe. Mucho más en las cartas que oficiales le escriben a Arancibia desde Chile (Ver Nota 8). Un capítulo que lleva al entramado oculto de la gestación, financiamiento y desarrollo en Chile de la “Operación Cóndor”, que sirvió para desplegar en los ’70 y años 80, un enorme aparato de terrorismo de Estado internacional en concomitancia con los servicios de seguridad de las otras dictaduras del Cono Sur. Y todo ello bajo el alero logístico y financiero de la DINA.
Cientos de agentes desplegados por el mundo, sofisticadas redes de comunicación, fabricación de armas químicas y biológicas, viajes, pagos a agentes de otros países y muchos otros ítems requirieron de una estructura de financiamiento millonaria que salió de las arcas del Estado de Chile y de una compleja red de sociedades asentadas en paraísos fiscales (Ver reportaje Por qué Ovalle renunció a la Sonami: Fue socio del jefe financiero de la DINA).
Aún hoy esas redes mantienen contactos y vínculos de protección. Así lo reveló el asesinato del químico de la DINA, Eugenio Berríos, en Uruguay en 1993, quien trabajó precisamente para ese secreto Departamento Exterior fabricando armas químicas. Arancibia lo conoció muy bien. En su archivo hay varias referencias a “Hermes”, su nombre de batalla en la DINA y las réplicas que provoca su imprudencia al haberlo mencionado con nombre y apellido en uno de sus telex. Y también, una de sus tarjetas de visita.
La prueba de esa red de impunidad es la libertad de la que gozaba el propio Arancibia Clavel desde 2007 en Buenos Aires por un incomprensible interpretación legal de sus condenas. Más grave aún es la total impunidad de la que goza hasta hoy Martín Ciga Correa . No sólo porque proporcionó la principal ayuda que permitió poner la bomba en el auto del general Prats, un doble crimen por los que nunca ha sido interrogado. Ciga posee la llave que conduce a los secretos del destino final de muchos detenidos desaparecidos de Chile y Argentina. Y también de qué se hizo con grandes cantidades de dinero que alimentaron la represión.
NOTAS
Nota 1
En julio de 2002, cuando la Corte de Apelaciones de Santiago debió pronunciarse sobre la petición de desafuero solicitada por la justicia argentina en su contra por su rol en el crimen de Carlos Prats y su esposa, Pinochet se encontraba de vacaciones en Iquique. En un publicitado periplo, el general demostró que poco había de su mentada demencia cortical irreversible, la causal del fin de su juicio por los crímenes de la Caravana de la Muerte. Pero esa nueva petición de desafuero encendió la alerta. Las vacaciones terminaron y Pinochet regresó bruscamente a Santiago para esperar el fallo de la Corte Suprema (diciembre 2002).
En 2003, y por primera vez, la justicia chilena actuó a través del ministro de fuero Alejandro Solís cuando procesó a la plana mayor de la DINA por el crimen del general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert: Manuel Contreras y Pedro Espinoza (ambos, en calidad de jefes); y a Raúl Iturriaga Neumann, Jorge Iturriaga Neumann y José Octavio Zara Holger, como miembros de la organización criminal. Un grupo que planificó “la eliminación física del general (r) Carlos Prats González por estimarse peligroso para la permanencia del gobierno militar de Chile”, dice el fallo. Todos ellos serían condenados.
Nota 2
El ministro Alejandro Solís incorporó en su fallo las salidas y entradas del país que registra el general Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, condenado por su participación directa en el crimen del general Prats y su esposa bajo la identidad falsa de “Diego Castro Castañeda” entre el 16 y el 30 de julio de 1974. Además, aparece con doce salidas hacia y desde Uruguay a Chile desde abril del ‘74 a septiembre del ‘77. Su hermano Jorge, también condenado por el mismo doble crimen, registra otras tantas entradas desde Argentina entre el 5 de julio y el 3 de septiembre de 1974, inmediatamente después del asesinato. En cuanto a Michael Townley, éste utilizó para esa operación criminal un pasaporte que el régimen de Pinochet negoció con Estados Unidos en abril de 1978 y que nunca se investigaría: Kenneth Enyart entró a Chile el 30 de agosto de 1974 procedente de Argentina, salió el 10 de septiembre de ese mismo año rumbo a Buenos Aires y su ingreso a Chile se produce esta vez desde Uruguay el 1 de octubre de 1974, horas después de perpetrado el atentado.
El general Raúl Iturriaga registra otros movimientos, pero bajo otra identidad falsa: “Eduardo José Rodríguez Pérez”, con pasaporte diplomático. Movimientos que comprenden abril de 1975 y enero de 1976 entre Chile, Argentina y Brasil. La misma persona, pero sin pasaporte diplomático y diez años más joven registra salidas por tierra a Perú (enero de 1973), ingresos desde Ecuador vía aérea (febrero de 1973) y una salida rumbo a Argentina en febrero de 1974. Otra hebra sin explorar de las operaciones secretas de los militares golpistas.
Nota 3
Carlos Osorio Mardones fue testigo directo de las actividades de la DINA en Buenos Aires. En 1976, para el asesinato de Orlando Letelier, era Director de Protocolo de la Cancillería en Santiago y tuvo el control de la entrega de pasaportes falsos en la operación con que se intentó ocultar la autoría de la DINA. Osorio sabía demasiado. En octubre de 1977 murió en extrañas circunstancias jamás investigadas. El ministro Alejandro Solís hace mención del hecho en su fallo definitivo por el crimen del general Prats. Al menos un testigo ha dicho que manera fue eliminado con gas Sarín. Su muerte aun espera por justicia.
Nota 4
El periodista argentino Horacio Verbitsky investigó a fondo a Martín Ciga Correa: En marzo de 1976, los veteranos del movimiento Tacuara, de la Triple A, como Juan Martín Ciga Correa y José Luis Resio fueron asimilados a las fuerzas represivas de la dictadura como personal militar calificado. Reaparecen entonces en los grupos de tareas que secuestran, torturan y asesinan. Recibe el nombre de “mayor Mariano Santa María”. Fue asignado por el Ejército a misiones en el exterior del país, como instructor de contrarrevolucionarios en Centroamérica. Misiones en las que trabajaron a las órdenes de oficiales como los coroneles Santiago Villegas, Osvaldo Riveiro, Julio Cesar Durand y el mayor Hugo Miori Pereyra. Ciga Correa llevaba el dinero para pagar los sueldos de los soldados argentinos en Tegucigalpa. Fue detenido por robar un auto en Mar del Plata, pero su ex compañero en Tacuara, el entonces juez Eduardo Pettigiani, lo dejó en libertad. Su abogado defensor fue Roberto Falcone, quien integra el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata y que también defendió al comisario Rozsicki, jefe de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y, en su momento, mano derecha del represor Ramón Camps cuando éste fue jefe de esa policía en 1977 y se sucedieron en Mar del Plata los secuestros, desapariciones y asesinatos de abogados.
Nota 5
El rastro de David Silberman, quien fue condenado por un Consejo de Guerra en Calama por delitos que nunca se probaron, se perdió en la Cárcel de Santiago en octubre de 1974. Se lo hizo aparecer como secuestrado por un comando del Mir. Posteriormente se demostró en tribunales que todo fue una farsa, ya que fue sacado de allí por un grupo de la DINA que encabezaba Armando Fernández Larios, y luego brutalmente torturado y asesinado. La justicia logró identificar incluso al oficial que operaba en la Compañía de Teléfonos para interceptar teléfonos y crear números para que la Dina los utilizara según necesidades, lo que ocurrió el día que secuestraron a Silberman. Ese oficial es Marcos Derpich. Lo de Buenos Aires fue un burdo intento de hacer aparecer su cuerpo como el primero de los chilenos a los que se denunciaba como ejecutados o detenidos por el régimen de Pinochet y que en verdad habían sido asesinados por sus propios compañeros. La identidad del cuerpo al que se intentó hacer pasar por el de Silberman nunca se investigó.
Nota 6
Bajo la identidad de Diego Castro Castañeda, el general Iturriaga adquiere la casa de Lo Curro que sirvió de cuartel para la fabricación de armas químicas y domicilio de Michael Townley y Mariana Callejas. Allí también fue asesinado Carmelo Soria, como quedó demostrado en tribunales.
Nota 7
De la investigación que recoge el libro Laberinto, de Eugen M. Propper y Taylor Branch, Pagina 478.
Nota 8
Un ejemplo que grafica ese clima es la carta manuscrita que le escribe Christopher Willike Floe, oficial de Ejército del alto mando de la DINA, y que Arancibia guardó en sus archivos. Está escrita el 9 de mayo de 1978, cuando la expulsión de Townley de Chile, el retiro obligado del general Manuel Contreras del Ejército y la abrupta salida del comandante Eduardo Iturriaga de la antigua DINA transformada en CNI, provoca pánico entre los agentes: “Para tu tranquilidad me estoy desempeñando como Luis Gutiérrez segundo (segundo jefe del Departamento Exterior de la Dina). En lo que se refiere a Wilson (Townley), él está bien en USA, pero no te puedo contar más por razones de seguridad. Fue una mariconada lo que le hicieron, tanto de Pinocho, como de Mena y de IMA Ividben (en el original). No tiene nombre”.
“Elías (Raúl Eduardo Iturriaga Neumann) fue echado del servicio por problemas con Wilson y con Mena (Odlanier Mena) . La situación está más tranquila, pero aún falta mucho y costará un alto precio para ciertas personas, en forma especial en lo político. Hay que tener fe, este chaparrón tendrá que pasar luego. Te ruego te agilices al máximo, todo se hace para salvar a Wilson (Townley)”.
“Del trabajo no te puedo hablar mucho. Aquí ya nadie trabaja ya que la persona que hace una detención tiene que ir a declarar a la justicia. Nadie hace nada. Echaron a retiro al comandante Prado por no cumplir la orden de ir a detener al “Mamo”. La guerra es entre plomos. Parece que Brady (general Hermán Brady, entonces ministro de Defensa) reemplazará dentro de poco a Covarrubias (general Sergio Covarrubias, jefe del estado Mayor Presidencial)”.
La última carta y la más comprometedora, está fechada el 27 de junio de 1978. En ella Willike dice: “Acá el hueveo continúa y cada día se pone peor. Creo que estamos en un zapato chino. Mariana (Callejas) sigue con sus estupidas declaraciones. Lamentablemente el único que paga los platos rotos es mi compadre Wilson (Townley). Por las declaraciones de esta huevona salí a la palestra en el Gran Jurado, junto con nuestro compadre Joselo (Zara) , por haber conversado con ella durante el “festejo de los aires”, (denominación de la DINA para la operación Letelier), pero felizmente Orozco (general Héctor Orozco, juez militar) y Pantoja (coronel Jerónimo Pantoja, subdirector de la DINA y después de la CNI) me apoyaron y no estoy en el sumario. Lo bueno: a partir de esta semana iniciaré actividades en el regimiento motorizado No 1 de Buin Viva Chile Mierda! Feliz de volver a la libertad y de no trabajar más con estos huevones”.
Nota 9
Los archivos de Enrique Arancibia Clavel fueron sistematizados por el National Security Archive y donados a las universidades Uniacc y Alberto Hurtado, donde se guardan copias de los documentos.
Dictan condenas de cárcel a 21 ex DINA por desaparición de militante PS
Fuente :La Nación, 8 de Enero 2015
Categoría : Prensa
Magistrado Hernán Crisosto estableció que los agentes de inteligencia de la dictadura participaron como autores de secuestro calificado de Bernardo Castro López, el que después apareció en una supuesta lista de muertos por enfrentamientos en Argentina.
El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago designado para causas por violaciones a los Derechos Humanos Hernán Crisosto dictó -el 6 de enero pasado- sentencia en la indagatoria por el delito de secuestro calificado de Bernardo de Castro López, hecho ocurrido a partir del 14 de septiembre de 1974.
En la causa, el magistrado condenó en calidad de autores a los ex agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA): Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Gerardo Ernesto Urrich González, Manuel Andrés Carevic Cubillos y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann. a cumplir penas de 13 años de presidio.
Asimismo, el ministro Crisosto condenó como autores de secuestro calificado a: Orlando Manzo Durán, Pedro René Alfaro Fernández, Armando Segundo Cofré Correa, Héctor Alfredo Flores Vergara, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Risiere del Prado Altez España, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Manuel Heriberto Avendaño González, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Hernán Patricio Valenzuela Salas y Alejandro Francisco Molina Cisternas, a 10 años de presidio.
En tanto, en calidad de cómplices, sentenció a: Nelson Eduardo Iturriaga Cortez y José DorohiHormazábal Rodríguez a la pena de 4 años de presidio, sin beneficios; y absolvió a Basclay Zapata Reyes.
EL FALLO
Según la resolución, el ministro Hernán Crisosto dio por acreditado los siguientes hechos:
“Que en horas de la tarde del día 14 de septiembre de 1974, Bernardo de Castro López, militante del Partido Socialista, fue detenido en su domicilio ubicado en calle Bilbao N° 1236, de la comuna de Providencia, siendo llevado a un cuartel de la Policía de Investigaciones de Chile donde fue interrogado y luego entregado a agentes de la DINA , quienes lo llevaron al recinto de detención clandestina, denominado "Venda Sexy", ubicado en calle Irán N° 3037, de Santiago, y posteriormente fue trasladado al recinto de detención clandestino denominado "Cuatro Álamos", ubicado en calle Canadá N° 3000, de la comuna de Santiago, recintos que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA”, afirma en su primer punto.
En un segundo, señala que “De Castro López durante su estada en el cuartel de ‘Venda Sexy’ permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel con el propósito de obtener información relativa a integrantes de su grupo político, para proceder a la detención de los miembros de esa organización, aislamiento que continuó en Centro de Cuatro Álamos”.
“Que la última vez que la víctima De Castro López fue visto con vida por otros detenidos, ocurrió un día no determinado del mes de octubre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha”, en tercer lugar.
En cuarto, que “el nombre de Bernardo de Castro López apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista LEA de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Bernardo de Castro López había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes a grupos de izquierda, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros; y que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima De Castro López tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”,
Como quinto punto, estableció que “los hechos establecidos en el considerando anterior son constitutivos del delito de secuestro calificado en la persona de Bernardo de Castro López previsto y sancionado en elartículo 141 inciso 3° del Código Penal, de la época, en relación con el inciso primero del mismo artículo, toda vez que la privación de libertad o encierro de la víctima se ha prolongado por más de 90 días, y por ende produjo un daño grave en la persona de esta, que se tradujo finalmente en su desaparición”.
Miguel Angel Acuña Castillo: La desaparición del joven de 19 años en Londres 38
Fuente :Villa Grimaldi.cl, 3 de Febrero 2015
Categoría : Prensa
Fue detenido en julio de 1974 en la comuna de Macul. Numerosos testigos lo vieron en el centro de tortura y exterminio de Londres 38. Es una de las víctimas de la “Operación Colombo”. La Justicia condenó a 78 ex agentes de la DINA por este crimen contra la humanidad.
El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto, dictó sentencia de primera instancia por el secuestro y desaparición de Miguel Angel Acuña Castillo.
El magistrado estableció que el joven, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en las cercanías de su domicilio ubicado en pasaje Talca N° 2033 de la comuna de Macul, por agentes del Estado pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), entre ellos Osvaldo Romo Mena, alias el Guatón Romo.
Su hermana Rosa Acuña Castillo declaró que su padre trató de subirse a la parte trasera de la camioneta con toldo, en momentos en que se lo llevaban, pero fue golpeado en la boca por uno de los sujetos, cayendo al suelo.
Una semana después del secuestro, Romo fue nuevamente a su domicilio y le dijo que su hermano estaba en buenas condiciones junto a Héctor Garay Hermosilla, también desaparecido. Ambos integraron el Frente de Estudiantes Revolucionarios (FER), en el Liceo 7 de Ñuñoa.
El juez Crisosto determinó que los agentes de la DINA“lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado “Yucatán” o “Londres 38″.
Acuña Castillo pertenecía a la estructura de estudiantes secundarios del Grupo Político Militar 3 del MIR (GPM3), orgánica que agrupaba a los militantes de la zona oriente de la capital y que era dirigida por Agustín Reyes González, del cual se perdió para siempre su rastro en Londres 38.
Allí “permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA” y, la última vez que fue visto con vida, “ocurrió un día no determinado del mes de julio o agosto de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha”, señala el fallo de primera instancia.
Reían en Londres 38 junto a Héctor Garay Hermosilla
En el Cuartel “Yucatán” fue visto por Erika Hennings, detenida el 30 de julio de 1974. “Puedo decir que era muy joven, creo que le decían El Pampa, aseveró en el proceso. Escuchó que les pasaban lista diaria dos veces al día a los detenidos. El 31 de Julio de 1974, escuchó el nombre de Miguel Angel Acuña Castillo, quien contestaba presente. Luego no volvió a oir que lo llamaran. “Los sacaron de Londres 38 al igual que otros detenidos entre los que recuerda a María Inés Alvarado”, detenida desaparecida de 21 años.
Hugo Chacaltana Silva detenido el 4 de mayo de 1974, ex alumno del Liceo Manuel de Salas y miembro del Frente de Estudiantes Revolucionarios (FER), también lo vio en Londres 38. Relató que en la madrugada del 8 al 9 de Julio de 1974 llegaron Miguel Angel Acuña junto a Héctor Garay Hermosilla a quien decían Titín, los pudo ver por un hueco que se formaba entre la nariz y los pómulos de la venda.
Chacaltana señaló que conoció a Castillo en 1971, cuando ambos eran estudiantes secundarios. Ambos coincidieron en reuniones que se efectuaban en la época entre miembros del FER, consigna el dictamen judicial. Recuerda a “Miguel Ángel como un joven de gran capacidad de liderazgo y mucha resistencia física”.
Dejó de verlo el 11 de septiembre de 1973. Lo volvió a encontrar en Londres 38. Llegó junto a Héctor Garay a la misma habitación en que él permanecía acostado en el suelo. “En ese momento no me dirigí a Miguel Ángel”, por el contrario, se hizo el desentendido respecto de su presencia. “Al día siguiente cuando las colchonetas en que nos recostábamos los detenidos fueron retiradas y reemplazadas por sillas, yo me senté y, a uno de los costados observé que aún permanecían sentados. Le llamó la atención que ambos conversaban y se reían, lo que le hizo pensar que ignoraban la magnitud de lo que les esperaba. Miguel Ángel lo abordó en Londres-38 diciéndole “yo te conozco”.
Su madre supo en la peluquería que su hijo estuvo en Londres 38
León Gómez, detenido el 15 de julio de 1974 y trasladado a Londres 38 vio a Miguel Angel junto a Héctor Garay a quien conocía. Alguien le comentó que entre los detenidos estaba Pampino, lo que corroboró al escucharlo “con sus típicas tallas que le hacía a los guardias, como dando la impresión que lo que estaba sucediendo en el lugar no tenía ninguna importancia. Incluso Titín con Pampino sacaban de sus casillas a los guardias. Eran muy irreverentes”.
David Cuevas Sharon detenido el 04 de mayo de 1974 también testimonió haberlo visto. “El Pampino pese a que evidenciaba maltrato se veía con mucha presencia de ánimo, era muy fuerte físicamente”. Compartió con él a lo menos unos cinco días.
Cuando Cuevas salió en libertad Acuña Castillo quedó prisionero. Su abuela materna tenía una peluquería en Ñuñoa y una de sus clientas era la madre de Miguel Angel. En una conversación “se enteró del problema que tenía con un hijo desaparecido. Ante esto mi abuelita le hizo ir a la peluquería en donde conoció a la madre de Pampino y le contó lo que sabía de él, específicamente el lugar en que había estado preso con él”.
Respecto a los tormentos aplicados a los detenidos en Londres 38, entre ellos Miguel Angel, el ministro Crisosto incorporó declaraciones de Osvaldo Romo, quien manifestó que entre otras torturas, se les aplicaba a los detenidos “el submarino seco, que era taparle la respiración con una bolsa de plástico puesta en la cabeza, a los detenidos, se les ponían los ojos como “huevo frito”, les salía sangre por las narices y por los tímpanos. Después de los interrogatorios y apremios los detenidos quedaban extenuados”.
Otro ex agente, Samuel FuenzalidaDevia precisó al respecto que “el trato general a los prisioneros era mantenerlos con la vista cubierta, no se los dejaba asear, no había camas para que durmieran, la alimentación era escasa y eran sometidos a intensos interrogatorios en los cuales se les aplicaba electricidad, especialmente en los órganos genitales y senos. Otra forma de tortura consistía en mantener sentados a los detenidos en las sillas, atados de pies y manos , mientras se les aplicaba corriente con magnetos, aunque también se les aplicaba corriente eléctrica común, por lo cual se quemaba a esas personas, procedimiento en los cuales falleció mucha gente.”
Eugenio Fieldhouse Chávez sostiene que como funcionario de la Policía de Investigaciones a mediados de junio de 1974 fue destinado a ese organismo represor e indicó que los mismos agentes de la DINA que intervenían en la detención e interrogatorio de los detenidos, una vez obtenida la información que se buscaba, eran los encargados de hacerlos desaparecer”, previa orden de la superioridad de la DINA.
El nombre de Miguel Ángel Acuña Castillo, apareció entre los 119 chilenos de la Operación Colombo, en una lista difundida en la prensa nacional, luego que figurara en publicaciones que aparecieron por una sola vez en Brasil y Argentina, “en la que se daba cuenta que Miguel Ángel Acuña Castillo, había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas”.
Las condenas
“Las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Acuña Castillo tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”, determinó el juez Crisosto, quien condenó a 78 ex agentes de la DINA por su desaparición.
El magistrado dictó sentencia de 13 años de presidio mayor en su grado medio a Manuel Contreras Sepúlveda; César Manríquez Bravo; Pedro Espinoza; Marcelo Luis Moren Brito; Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann.
Asimismo condenó a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo a Gerardo Ernesto Urrich González; Gerardo Ernesto Godoy García; Ricardo Víctor Lawrence Mires; Ciro Ernesto Torré Sáez; Sergio Hernán Castillo González; Manuel Andrés Carevic Cubillos; José Nelson FuentealbaSaldías; Basclay Humberto Zapata Reyes; José Enrique Fuentes Torres; José Mario Friz Esparza; Julio José Hoyos Zegarra; Nelson Alberto Paz Bustamante; Claudio Orlando Orellana de la Pinta; Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar; Gustavo GalvarinoCaruman Soto; Hiro Álvarez Vega; José Alfonso Ojeda Obando; Luis Salvador Villarroel Gutiérrez; Olegario Enrique González Moreno; Orlando Jesús Torrejón Gatica; Rudeslindo Urrutia Jorquera; Alfredo Orlando Moya Tejeda; Carlos Alfonso Sáez Sanhueza; Fernando Enrique Guerra Guajardo; Hernán Patricio Valenzuela Salas; Hugo Rubén Delgado Carrasco; Juan Alfredo Villanueva Alvear; Juan Evaristo Duarte Gallegos; Lautaro Eugenio Díaz Espinoza; Leónides Emiliano Méndez Moreno; Pedro Ariel Araneda Araneda; Rafael De Jesús Riveros Frost; Víctor Manuel Molina Astete; Manuel Rivas Díaz; Hugo del Tránsito Hernández Valle; Juan Ángel Urbina Cáceres; Risiere del Prado Altez España; HermonHelec Alfaro Mundaca y Raúl Juan Rodríguez Ponte.
Como cómplices del secuestro y desaparición del joven de 19 años sentenció a 4 años de presidio menor en su grado máximo a Luis Eduardo Mora Cerda; José Jaime Mora Diocares; Camilo Torres Negrier; Carlos Justo Bermúdez Méndez; Claudio Enrique Pacheco Fernández; Fernando Adrián Roa Montaña; Gerardo Meza Acuña; Héctor Raúl Valdebenito Araya; Jaime Humberto Paris Ramos; Jorge Laureano Sagardia Monje; José DorohiHormazabal Rodríguez; José Manuel Sarmiento Sotelo; José Stalin Muñoz Leal; Juvenal Alfonso Piña Garrido; Luis René Torres Méndez; Manuel Antonio Montre Méndez; Máximo Ramón Aliaga Soto; Moisés Paulino Campos Figueroa; Nelson Aquiles Ortiz Vignolo; Nelson Eduardo Iturriaga Cortes; Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo; Reinaldo Alfonso Concha Orellana; Sergio Hernán Castro Andrade; Víctor Manuel de la Cruz San Martin Jiménez; Gustavo Humberto Apablaza Meneses; Héctor Carlos Díaz Cabezas; Jorge Antonio Lepileo Barrios; Oscar Belarmino La Flor Flores; Rufino Espinoza Espinoza; Roberto Hernán Rodríguez Manquel; Víctor Manuel Álvarez Droguett; Héctor Manuel Lira Aravena y Sergio Iván Díaz Lara.
Respecto de Víctor Manuel De la Cruz San Martín Jiménez, por haber caído en demencia, se suspende el cumplimiento de la pena, debiendo en su oportunidad ser entregado bajo fianza de custodia a un familiar.
77 Esbirros de la DINA Condenados por Desaparecido en Operación Colombo: Sobreseído Contreras…Pero por Muerte
Fuente :reddigital.cl, 22 de Octubre 2015
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, dictó sentencia contra de 77 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Eduardo Ziede Gómez, ilícito perpetrado a partir del 15 de junio de 1974, en el marco de la denominada «Operación Colombo». Manuel Contreras Sepúlveda fue absuelto….por muerte.
La mayor condena, de 13 años de presidio, recayó sobre los agentes César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Iturriaga Neumann, en calidad de autores del delito.
En tanto, deberán cumplir 10 años de presidio, también como autores del delito de secuestro calificado, los agentes: Gerardo Urrich González, Gerardo Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez, Sergio Hernán Castillo González, Manuel Andrés Carevic Cubillos, José Nelson Fuentealba Saldías, Basclay Humberto Zapata Reyes, José Enrique Fuentes Torres, José Mario Friz Esparza, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Claudio Orlando Orellana de la Pinta, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Olegario Enrique González Moreno, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Ariel Araneda Araneda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Víctor Manuel Molina Astete, Manuel Rivas Díaz, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Juan Ángel Urbina Cáceres, Hermon Helec Alfaro Mundaca y Raúl Juan Rodríguez Ponte.
Asimismo, en calidad de cómplices deberán purgar 4 años de presidio, sin beneficios: Luis Eduardo Mora Cerda, José Jaime Mora Diocares, Camilo Torres Negrier, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Fernando Adrián Roa Montaña, Gerardo Meza Acuña, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Jaime Humberto Paris Ramos, Jorge Laureano Sagardia Monje, José Dorohi Hormazábal Rodríguez, José Manuel Sarmiento Sotelo, José Stalin Muñoz Leal, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Luis René Torres Méndez, Manuel Antonio Montre Méndez, Máximo Ramón Aliaga Soto, Moisés Paulino Campos Figueroa, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Nelson Eduardo Iturriaga Cortés, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Sergio Hernán Castro Andrade, Víctor Manuel de la Cruz San Martin Jiménez, Gustavo Humberto Apablaza Meneses, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Óscar Belarmino la Flor Flores, Rufino Espinoza Espinoza, Roberto Hernán Rodríguez Manquel, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Héctor Manuel Lira Aravena, Luis Fernando Espinace Contreras, Juan Miguel Troncoso Soto y Sergio Iván Díaz Lara.
Los agentes Rodolfo Valentino Cocha Rodríguez y Armando Segundo Cofre Correa fueron absueltos por falta de participación en los hechos.
En el aspecto civil, el fallo ordenó al Estado de Chile pagar una indemnización de $100.000.000 a la conyugue y de $70.000.000 al hijo de la víctima.
Los hechos
En la etapa de investigación, el ministro Crisosto Greisse, logró acreditar que:
«En horas de la mañana del día 15 de junio de 1974, Eduardo Humberto Ziede Gómez, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en la vía pública en la intersección de Avenida Portugal con Porvenir de Santiago, por agentes del estado pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado «Yucatán» o «Londres 38», ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA;
durante su estada en el cuartel Londres 38 permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dicho cuartel, con el propósito de obtener información respecto de otros integrantes del MIR, para proceder a la detención de los miembros de esa organización.
La última vez que la víctima Ziede Gómez fue visto por otros detenidos en dicho recinto de la DINA, ocurrió un día no determinado del mes de julio de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha.
El nombre de Eduardo Humberto Ziede Gómez apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista LEA de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Ziede Gómez habría muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros. Las publicaciones que dieron por muerto a la víctima tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».
En esta causa se dictó sobreseimiento definitivo, por muerte, respecto de los procesados: Augusto Pinochet Ugarte, Osvaldo Romo Mena, Luis Urrutia Acuña, José Ampuero Ulloa, Orlando Inostroza Lagos, Luis Villarroel Gutiérrez y Manuel Contreras Sepúlveda.
"Operación Colombo": Dictan condena contra 77 agentes de la DINA por secuestro de estudiante
Fuente :t13.cl, 31 de Agosto 2015
Categoría : Prensa
Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Raúl Iturriaga Neumann, son algunos de los implicados.
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto, condenó este lunes a 77 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro de Héctor Garay Hermosilla en 1974.
Garay Hermosilla, miembro del Frente de Estudiantes Revolucionarios (FER), tenía 19 años cuando el 8 de julio de 1974 fue detenido cerca de su hogar. Días más tarde, su nombre apareció en la prensa nacional en una falsa lista de 119 personas muertas por presuntas rencillas internas del MIR, en lo que se denominó como “Operación Colombo”. De acuerdo con lo recabado por el juez, “las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Garay Hermosilla tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuadas por agentes de la DINA en el exterior".
Según la reconstitución de los hechos realizada por el ministro en visita, los agentes de la DINA que capturaron a Garay “lo introdujeron en la parte posterior de una camioneta Chevrolet C-10 gris y lo trasladaron al domicilio de un amigo de la víctima, quien también fue obligado a entrar en la referida camioneta, para ser conducidos en dirección desconocida”.
“Posteriormente, se pudo establecer, a través de testimonios, el paso de Héctor Marcial Garay Hermosilla por el recinto clandestino de detención denominado "Londres 38", que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA”, continua explicando el fallo, donde se establece que a la fecha no hay más antecedentes del paradero de Garay.
Los condenados
En la resolución, el ministro de fuero condenó a penas de 13 años de presidio a: César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, como autores del ilícito perpetrado en 1974.
En tanto, deberán purgar 10 años de presidio, también en calidad de autores, los ex agentes: Gerardo Ernesto Urrich González, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, Sergio Hernán Castillo González, Manuel Andrés Carevic Cubillos, José Nelson Fuentealba Saldías, Basclay Humberto Zapata Reyes, José Enrique Fuentes Torres, José Mario Friz Esparza, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Claudio Orlando Orellana de la Pinta, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Olegario Enrique González Moreno, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Ariel Araneda Araneda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Víctor Manuel Molina Astete, Máximo Ramón Aliaga Soto, Manuel Rivas Díaz, Juan Ángel Urbina Cáceres, Risiere del Prado Altez España, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Hermon Helec Alfaro Mundaca y Hugo del Tránsito Hernández Valle.
Como cómplices del delito de secuestro calificado de Garay Hermosilla, el ministro de fuero condenó de penas de 4 años de presidio a: Luis Eduardo Mora Cerda, José Jaime Mora Diocares, Camilo Torres Negrier, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Fernando Adrián Roa Montaña, Gerardo Meza Acuña, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Jaime Humberto Paris Ramos, Jorge Laureano Sagardia Monje, José Dorohi Hormazábal Rodríguez, José Manuel Sarmiento Sotelo, José Stalin Muñoz Leal, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Luis René Torres Méndez, Manuel Antonio Montre Méndez; Moisés Paulino Campos Figueroa, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Nelson Eduardo Iturriaga Cortés, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Sergio Hernán Castro Andrade, Víctor Manuel de la Cruz San Martín Jiménez, Gustavo Humberto Apablaza Meneses, Héctor Carlos Díaz Cabezas, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Óscar Belarmino la Flor Flores; Rufino Espinoza Espinoza, Héctor Manuel Lira Aravena, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Sergio Iván Díaz Lara, Juan Miguel Troncoso Soto y Roberto Hernán Rodríguez Manquel.
Mientras tanto, fueron absueltos por falta de participación en los hechos: Rodolfo Valentino Cocha Rodríguez y Armando Segundo Cofre Correa.
María Alicia Uribe Gómez, alias Carola: MInistro Llanos Procesó a Delatora de la DINA
Fuente :reddigital.c, 22 de Octubre 2015
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago para causas por violaciones a los derechos humanos, Leopoldo Llanos, procesó a la ex agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) María Alicia Uribe Gómez, por su responsabilidad -como cómplice- en el homicidio de José Carrasco Vásquez y de Humberto Menenteau Aceituno, dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), cuyos cuerpos fueron encontrados en el sector de Chada, comuna de Buin, en 1975. El ilícito fue perpetrado en diciembre de 1975, en la Región Metropolitana.
Maria Alicia Uribe Gomez,»Carola», militante del Movimiento de Izquierda Rolucionaria (MIR), se transformó en colaboradora de los servicios de inteligencia, DINA, CNI y DINE. Conocidas son las historias de las colaboradoras Marcia Alejandra Merino Vega y de Luz Arce. Sin embargo, Carola, a diferencia de las dos anteriores, nunca se arrepintió de lo que hizo.
Hasta 1991 Carola era funcionaria del DINE a cuyas oficinas de República concurría a diario.
En los primeros días de octubre de 1974 la estudiante de Servicio Social de la Universidad de Chile, Alicia María Gómez Gómez, con nombre político «Carola» e integrante del equipo de informaciones del MIR, cayó en manos de la DINA.
Las presiones y torturas ejercidas sobre ella la llevaron a colaborar con sus captores,. Gran parte de la información entregada por Marcia Merino sería corroborada por «Carola», con lo cual la DINA asestaría golpes letales al MIR, que condujeron a la caída de su propio jefe, el militante Emilio Iribarren Lederman, «Joel» quien también en primera instancia sería reclutado por la DINA
En la causa, el ministro Llanos determinó que le cabe responsabilidad a la colaboradora de la DINA en la muerte de Carrasco Vásquez y de Humberto Menenteau Aceituno, dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), cuyos cuerpos fueron encontrados en el sector de Chada, comuna de Buin, en 1975.
Ambos eran dirigentes del MIR y fueron detenidos por la DINA a fines de 1974. Estando en esa situación participaron junto a otros dos dirigentes en una declaración pública televisada y una conferencia de prensa en donde llamaron a sus correligionarios a terminar con la lucha armada. Luego continuaron algunos meses detenidos en Villa Grimaldi, separados del resto de los presos, hasta que recuperaron su libertad en septiembre de 1975.
Encontrándose en esa situación fueron detenidos por integrantes de la brigada Purén, de la DINA, Humberto Menanteau el 19 de noviembre, mientras se encontraba en casa de sus padres y José Carrasco el día siguiente en el domicilio de unos amigos, trasladados hasta la Villa Grimaldi, custodiados por personal de la Brigada Purén, lugar donde fueron torturados.
A la semana fueron ejecutados y sus cuerpos lanzados en un cerro. Sus cuerpos fueron reconocidos por sus familiares el 10 de diciembre en el Instituto Médico Legal, habiendo sido encontrados en las cercanías de Buin. Presentaban signos de haber sido torturados antes de dárseles muerte».
En mayo pasado, el ministro Llanos sometió a proceso por los homicidios de Carrasco y Menanteau a los ex agentes de la DINA: Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo, Raúl Iturriaga Neumann, Gerardo Urrich González, Adelina Ortega Sáez y Elsa Lagos Salazar.
Además, la sentencia ordena al fisco pagar una indemnización de $200.000.000 (doscientos millones de pesos) a los familiares de la víctima, por concepto de daño moral.
Otorgan libertad condicional a ex subdirector de la DINA Raúl Iturriaga Neumann
Fuente :24horas.cl, 5 de Octubre 2016
Categoría : Prensa
El ex subdirector de la DINA que se encuentra interno en el penal de Punta Peuco, Raúl Iturriaga Neumann, obtuvo el beneficio de libertad condicional tras un recurso presentado por su defensa.
El ex uniformado está condenado hasta el año 2037 por diversos delitos ocurridos durante la dictadura militar, entre ellos el asesinato del general Carlos Prats y su esposa, Sofía Cuthbert, ocurrido el 30 de septiembre de 1974 en Buenos Aires.
La Corte de Apelaciones de Santiago detalló que la Tercera Sala del tribunal de alzada aprobó de manera unánime la acción constitucional. Esto luego de considerar que la resolución del 28 de julio pasado tomada por la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones, que denegó la solicitud, se adoptó con vulneración de ley, debido a que Iturriaga Neumann cumple con los requisitos para acceder al beneficio.
"Careciendo por lo demás la recurrida de atribuciones a objeto de desconocer la intachable conducta de un condenado que le es presentado en lista 1 ó 2 por Gendarmería de Chile, lo cierto es que conforme es posible advertir de la "Propuesta del Tribunal de Conducta a Postulación de Libertad Condicional", tal entidad justificó su sugerencia en orden a denegar el beneficio en comento expresando sobre el particular que el amparado tiene una conciencia del delito insuficiente, toda vez que "Reconoce participación parcial o indirecta en la mayoría de los delitos por los que cumple condena, salvo uno de los homicidios respecto del cual afirma no haber tenido participación alguna". Asimismo, se establece que tiene "ausente" la conciencia del daño y mal causado ya que no empatiza con las víctimas ni sus familiares y estima "insuficiente" su disposición al cambio, ya que "impresiona encontrarse en un estado motivacional contemplativo, percibiendo solo errores en sus acciones (…)", sostiene el fallo del tribunal de alzada.
Resolución que agrega: "Así las cosas, aparece entonces que la resolución de 28 de julio de este año, a través de la cual la Comisión de Libertad Condicional rechazó, por unanimidad, la concesión del aludido beneficio "con el mérito de las argumentaciones vertidas en la sesión que realizara…con fecha 21 de abril del año en curso, las que se dan por reproducidas", constituye efectivamente una decisión que ha de considerarse como una perturbación inaceptable al derecho a la libertad personal del amparado, puesto que con ocasión de tal acto se ha visto denegada ilegítimamente su solicitud de libertad condicional, en razón de un motivo –ausencia de conducta intachable– que como se desprende de lo razonado precedentemente, no es efectivo, motivo por el cual se acogerá la presente acción constitucional, del modo que se explicitará en la parte resolutiva de este fallo".
Por lo tanto, concluye: "se acoge el recurso de amparo interpuesto por don Maximiliano Murath Mansilla, abogado, quien recurre de amparo en favor de RAÚL EDUARDO ITURRIAGA NEUMANN en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en cuanto se deja sin efecto a su respecto la resolución dictada por esta última en sesión extraordinaria de fecha 28 de julio de este año y en su lugar, se le otorga el beneficio de la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse en relación a su materialización el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento correspondiente".
Los reclusos en Punta Peuco que se sumarían a la petición de perdón
Fuente :t13.cl, 22 de Diciembre 2016
Categoría : Prensa
La señal de perdón que se realizaría este viernes en un acto ecuménico en Punta Peuco por parte de un grupo de reclusos condenados por casos de derechos humanos, sumaría, entre otros, a algunos personajes clave del régimen militar.
Entre ellos estaría el ex subdirector de la DINA, Raúl Iturriaga Neumann, que actualmente cumple condenas en ese penal por el crimen del ex comandante en jefe del Ejército, Carlos Prats, y su esposa Sofía Cuthbert, ocurrido en Buenos Aires en 1974.
Al finalizar el acto en Punta Peuco, la hija de Iturriaga Neumann, Lorena, leería una carta en la que un grupo de reclusos mostraría su arrepentimiento por los episodios de violaciones a los derechos humanos en el régimen militar.
Hasta ahora no existe confirmación de qué otros condenados se sumarían al perdón, pero versiones de quienes conocen los preparativos del acto apuntan a que en la nómina estarían Miguel Estay Reyno, “El Fanta” –condenado por el caso Degollados- y Claudio Salazar, “El Pegaso”, condenado por la misma causa y a quien se le otorgó la libertad condicional hace semanas.
También se menciona a Carlos Herrera Jiménez, autor confeso del crimen del dirigente sindicalista Tucapel Jiménez Alfaro, ocurrido en 1982, y que cumple cadena perpetua en Punta Peuco. Este ya pidió perdón el año 2011 en una entrevista televisiva.
Las mismas fuentes mencionan al ex fiscal y auditor general del Ejército, Fernando Torres Silva, vinculado al caso de Tucapel Jiménez y a la muerte del químico de la DINA, Eugenio Berríos, ocurrida en1992 en Uruguay.
Otros ex uniformados no se sumarían al acto de pedir perdón. Entre ellos estaría el brigadier en retiro, Pedro Espinoza, ex miembro de la DINA y quien participó en la Caravana de la Muerte.
Iturriaga Neumann, condenado por el caso Prats
Fue subdirector de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y dirigió la Operación Colombo en 1975, que encubrió la desaparición forzosa de 119 opositores al régimen militar.
Raúl Iturriaga Neumann (78) fue condenado como autor de los homicidios calificados del ex comandante en jefe del Ejército, Carlos Prats, y su esposa, Sofía Cuthbert, ocurrido en 1974 en Buenos Aires, uno de los casos más relevantes en materia de derechos humanos.
El ex uniformado está condenado por los delitos de asociación ilícita, homicidio calificado y secuestro calificado.
A mediados de octubre pasado la Corte Suprema revocó la libertad otorgada a Iturriaga Neumann, beneficio que se la había concedido a comienzos de ese mes por parte de la Corte de Apelaciones
Torres Silva, el favorito de Pinochet
Conocido como “el fiscal favorito de Pinochet”, Fernando Torres Silva fue un hombre clave en el régimen militar. Como auditor general del Ejército y fiscal, el abogado estuvo a cargo de más de 200 procesamientos por atentados contra miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR).
Entre los casos más emblemáticos a los que está vinculado figuran el del crimen del dirigente sindicalista Tucapel Jiménez, en 1982, por el que fue procesado como encubridor. Además, cumple actualmente una condena de 10 años y un día, por el asesinato del químico de la DINA, Eugenio Berríos, quien murió en Uruguay en 1992.
Durante su cargo en el Ejército, Torres Silva investigó además el atentado a Pinochet ocurrido en 1986. Al cerrar la causa –tres años después- pidió pena de muerte para nueve involucrados, que pertenecían al FPMR.
A inicios del régimen militar, Torres Silva formó parte de los consejos de guerra y años después, se distanció de los cercanos a Pinochet, quienes lo acusaron de recomendarle viajar a Londres al fallecido general, donde fue detenido.
“El Fanta”, “Pegaso” y Herrera Jiménez
Miguel Estay Reyno, “El Fanta”, fue condenado a cadena perpetua por el denominado Caso Degollados, un episodio que en 1985 costó la vida de Manuel Guerrero, José Manuel Parada y Santiago Nattino, todos militantes comunistas.
Estay Reyno, de 64 años, también perteneció al PC, pero terminó como agente del régimen militar.
Claudio Salazar, “El Pegaso”, también está vinculado al Caso Degollados. Salazar, ex miembro de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros (Dicomcar), pidió perdón públicamente en 1995 y luego a través de una carta seis años después. Hace dos semanas la Corte de Apelaciones de Santiago le otorgó la libertad condicional.
En tanto, el mayor de Ejército en retiro Carlos Herrera Jiménez, fue condenado por el asesinato de Tucapel Jiménez, ocurrido en 1982. Por dicho crimen pidió perdón el año 2001 y actualmente cumple cadena perpetua.
Oficialismo se divide por beneficios para condenados por DD.HH.
Fuente :t13.cl, 28 de Diciembre 2016
Categoría : Prensa
El terremoto de 7.6 Richter en Melinka obligó a suspender la habitual reunión de los lunes del comité político de La Moneda con los partidos de la Nueva Mayoría. En la cita se esperaba que el oficialismo diera a conocer su postura al Gobierno sobre el debate que se reabrió con fuerza en los últimos días, acerca de otorgar beneficios carcelarios a los condenados por causas de derechos humanos que padezcan enfermedades terminales.
Una primera propuesta la había lanzado el ministro de Justicia, Jaime Campos, el pasado 11 de diciembre. En entrevista en El Mercurio, abrió el debate en torno a entregar beneficios carcelarios. Sin distinguir entre los casos de los condenados por casos de DD.HH. y otros delitos, el secretario de Estado afirmó que “me parece obvio que los enfermos terminales o las personas que padezcan enfermedades graves, invalidantes, complejas, salgan”. "No estoy pensando en los de Punta Peuco, estoy pensando en general", dijo Campos en esa ocasión.
La discusión fue la antesala de un inédito momento el pasado viernes, cuando ocho reclusos que se encuentran detenidos en Punta Peuco pidieron perdón en un acto ecuménico. La lista incluyó, entre otros, al ex subdirector de la DINA, Raúl Iturriaga Neumann; al mayor en retiro del Ejército, Carlos Herrera (condenado por el crimen de Tucapel Jiménez); Miguel Estay, "El Fanta" (condenado por el caso Degollados) y Claudio Salazar, "El Pegaso", condenado por la misma causa.
En este escenario, en el oficialismo se reabrió la discusión entre los partidos de la Nueva Mayoría, donde el ala izquierda del bloque coincide en negar cualquier tipo de beneficios a reos condenados por causas de derechos humanos, como la posibilidad de dejar la cárcel por padecer una enfermedad terminal.
Este martes, la Presidenta Michelle Bachelet señaló en entrevista en radio Sonar que aún no tiene una "opinión definitiva" sobre si entregar o no beneficios a reos con enfermedades terminales, porque, según explicó, “me tocó personas que pidieron ser liberadas y pedí la ficha clínica. Como soy médico leí la ficha clínica y me di cuenta que no estaba terminal”.
Acerca del perdón de los reos de Punta Peuco, la Presidenta planteó que "están en su legítimo derecho de arrepentirse, pero el arrepentimiento no basta, porque las familias necesitan verdad".
Mientras La Moneda define su postura, en la Nueva Mayoría comenzaron a perfilarse distintas posiciones. Mientras el bloque PS-PPD se niega a concederlos, en la DC hay quienes se abren a evaluar medidas especiales, beneficiando incluso a quienes cumplen condenas por delitos relativos a los DD.HH.
DC evalúa caso a caso
La Democracia Cristiana aún no se reúne para resolver su postura sobre la materia. Sin embargo, algunos dirigentes no se cierran a la posibilidad de conceder beneficios a reos condenados por casos de derechos humanos.
El diputado Fuad Chahín, por ejemplo, planteó que “hay que estudiarlo caso a caso. Si efectivamente hay una persona con una enfermedad realmente terminal, y que está avanzada, naturalmente la justicia no puede transformarse en una cuestión absolutamente inhumana”.
A juicio del parlamentario, “en casos absolutamente excepcionalísimos, y de acuerdo a nuestro ordenamiento, se debiera poder entregar un beneficio carcelario a esas personas, independiente del delito por el cual estén privados de libertad”.
Por su parte, el ex timonel de la falange, Gutenberg Martínez –uno de los dirigentes más influyentes del partido- entró a la discusión este martes. “Lo que dice relación con presos de cualquier categoría que estén en una situación terminal en materia de su vida creo que ahí debe haber una consideración, a mi juicio, especial en cuanto a cambiar la detención a cumplirlo en un arresto o detención domiciliaria”, dijo en Radio Cooperativa.
Además, los diputados Ricardo Rincón y Jorge Sabag presentaron un proyecto de ley hace dos semanas, junto a parlamentarios de RN, para permitir el cumplimiento de la pena fuera de la cárcel a reos con enfermidad terminal.
En la DC hay otros personeros que en meses anteriores han marcado una postura favorable a entregar estos beneficios. Es el caso de los senadores Andrés Zaldívar y Manuel Antonio Matta, quienes firmaron un proyecto de acuerdo que fue aprobado por la sala de la Cámara Alta el 21 de junio pasado, en que propusieron cambiar las penas a reos -sin distinción de ningún tipo- que padezcan enfermedades terminales avanzadas.
PS prepara documento
La tarde del lunes, la comisión política del Partido Socialista recibió a la designada subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Fríes. En la sesión se abordó el tema, donde el PS rechazó conceder beneficios a condenados por ese tipo de delitos.
La comisión política encargó al secretario general de la colectividad, Pablo Velozo, y al presidente de la comisión de Constitución de la Cámara, Leonardo Soto, elaborar un documento que se votará el próximo 3 de enero con la postura institucional del partido.
En la cita también hubo críticas a los dichos del ministro de Justicia, Jaime Campos.
PPD: “No hay espacio para beneficios”
En el PPD, en tanto, también genera rechazo la idea. El presidente del partido, Gonzalo Navarrete, dijo este lunes que “en este tipo de delitos que están suficientemente comprobados no hay espacio para beneficios carcelarios”.
Navarrete, aclaró, sin embargo que “sí debe haber espacio para que personas tengan trato digno en su enfermedad”, aludiendo a que el Estado debe garantizar los cuidados en casos de enfermedades terminales o graves.
Uno de los integrantes de la bancada de diputados PPD es Tucapel Jiménez, cuyo padre homónimo y dirigente sindical fue asesinado en 1982, caso por el que cumplen condenados varios implicados.
Corte Suprema entrega libertad condicional a ex jefe de la DINA Raúl Iturriaga Neumann
Fuente :t13.cl, 5 de Octubre 2016
Categoría : Prensa
Este miércoles la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago autorizó la libertad condicional para el ex jefe de la DINA, Raúl Iturriaga Neumann, condenado por diversos delitos ocurridos durante la dictadura militar, entre ellos el asesinato del ex comandante en jefe del Ejército Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert en Buenos Aires.
La decisión se toma luego que la defensa de Iturriaga Neumann presentara un recurso amparo ante la Comisión de Libertades Condicionales, asegurando que esta le había negado el beneficio.
Según indica la sentencia "el amparado interpuso recurso constitucional en contra de la resolución de la Comisión recurrida que omitió pronunciamiento respecto a su libertad condicional, recurso número de ingreso 39.997-2016, el que fue acogido por la Undécima Sala, disponiéndose que la Comisión debía pronunciarse derechamente respecto de la concesión del beneficio".
El texto agrega que "en la nueva sesión convocada al efecto, el beneficio le fue denegado, esgrimiendo los mismos argumentos contenidos en la sesión de abril, faltando a su deber de fundamentar la decisión y no atendiendo a todos los antecedentes que daban cuenta de que el interno cumplía todos los requisitos para que se le otorgue su libertad condicional".
Por lo tanto, concluye que "se acoge el recurso de amparo interpuesto por don Maximiliano Murath Mansilla, abogado, quien recurre de amparo en favor de Raúl Iturriaga Neumann en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en cuanto se deja sin efecto a su respecto la resolución dictada por esta última en sesión extraordinaria de fecha 28 de julio de este año y en su lugar, se le otorga el beneficio de la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse en relación a su materialización el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento correspondiente".
Prats, que fue comandante en jefe del Ejército y vicepresidente de Chile bajo el gobierno del Presidente Salvador Allende, murió junto a su esposa cuando una bomba estalló bajo su automóvil en Buenos Aires el 30 de septiembre de 1974.
Dura respuesta de Manuel Guerrero al "perdón" de los presos de Punta Peuco
Fuente :eldinamo.cl, 20 de Diciembre 2016
Categoría : Prensa
El próximo viernes, un grupo de seis internos del penal Punta Peuco podría pedir perdón por las violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante la dictadura militar, durante un acto ecuménico en ese lugar.
Extraoficialmente se sabe que el ex director asistente de la Dina, Raúl Iturriaga Neumann, tomaría la palabra durante el acto y que participaría en el acto el ex fiscal militar Fernando Torres Silva.
Este hecho generó inmediatamente reacciones en las agrupaciones de familiares de Detenidos Desaparecidos. Uno de ellos fue Manuel Guerrero Antequera, hijo de Manuel Guerrero Ceballos, una de las víctimas del “caso degollados”, quien aseguró que él ya perdonó pero no precisamente a los asesinos de su padre o restantes militares condenados.
Guerrero explicó que aclaró que “no puedo perdonar a nombre de mi padre, porque eso tendría que hacerlo él, y como él no está, no me corresponde perdonar vicariamente por él. Lo segundo es precisar si yo he perdonado. Y en mi largo proceso, que me ha tomado una vida, energía y reflexión, la respuesta es positiva: sí, he perdonado. Pero debo detallar a quién”.
En una publicación en su página en Facebook, Guerrero dijo que “al primero que me tomó años perdonar fue a mi mismo. El no haber podido hacer más para que mi papá apareciera con vida, entre la mañana del 29 y el mediodía del 30 de marzo de 1985, me tomó tiempo perdonármelo. (…) hasta que al día siguiente el director de mi escuela me llevó a un lado por la tarde, para contarme que había aparecido mi papá degollado en Quilicura. No lloré durante meses, porque no me lo podía perdonar”.
“Pasaron años hasta que tomé consciencia que era un niño de 14. Lo abracé, le conversé, lo oí, busqué comprender y lo acogí. No estaba en mis manos salvarlo con vida. Fui la primera persona a quien perdoné. Y así he podido seguir viviendo“, contó.
El académico relató que el segundo perdón fue al partido de su padre, el Partido Comunista. “Mi rabia mayor era (es) con el Partido. Por qué no lo cuidaron, cómo dejaron que esto sucediera, cómo ocurrió un crimen tan absurdo, a las puertas de un colegio en pleno estado de sitio. (…) Pasó tiempo para que aceptara, en el curso de mi elaboración, que esto no era resorte -necesariamente- de la organización de mi padre (…). Creo que lo he perdonado. Al menos tengo la voluntad abierta y en proceso permanente de perdonarle”, explicó.
“Más difícil resultó perdonar a mi propio padre. Porque él corrió riesgos a mis ojos innecesarios. Porque se expuso al máximo, porque abusó de su buena fortuna. Porque tenía hijos y quedamos huachos. Porque otros le sobrevivieron y les miro y veo crecer con sus hijos y nietos y yo no he tenido ese privilegio. Me costó comprender que mi padre no sería mi papá, sino fuese aquél que tomó la opción más dura, porque toda su generación fue exterminada (…) Hoy lo perdono”, escribió en un largo texto.
Guerrero explicó también el proceso para perdonar a la periodista Mónica González, hoy directora de Ciper y por esos años investigadora junto a su padre y a José Manuel Parada, quienes investigaron y publicaron un reportaje sobre el Comando Conjunto -organismo que desempeñó un papel clave en la persecución y eliminación de los miembros del PC- y que gatilló la muerte de Guerrero, Parada y Santiago Nattino, pero no la periodista.
“Me tomó años perdonarla. Me dolía su sobrevivencia (sin desear un ápice su muerte, sino deseando con todo mi cuerpo y alma que mi padre no hubiese caído). Años viendo su desarrollo como la gran periodista de investigación que es, y a la sombra veía el espectro de mi padre que hizo posible parte de esa carrera (…). Me tuve que reunir un día con ella y conversamos horas. Le hice todas las preguntas que traía preparadas durante años de investigación, intentando entender qué pasó. Y descubrí a una mujer valiosa, que le dolía lo ocurrido, y que la historia muchas veces es más banal de lo que uno imagina y proyecta. Y la perdoné”, contó.
Según Manuel Guerrero, también le tomó años perdonar a su familia, por “cómo podíamos seguir viviendo nuestra vida cotidiana, con qué derecho, si estaba la ausencia del Manuel. (…) Y perdoné por mis hijas, para que tuvieran tías, primas, una vida familiar que yo disfruté de pequeño. Y por que no había motivos para seguir cargando con un muerto, si en la familia Guerrero vive mi papá entre todos”.
En esa línea, el sociólogo dijo que “lo que más tiempo me ha llevado ha sido perdonar a Chile. Este país que me quitó a mi padre, que hace justicia a medias, que si no presionamos nos vuelve a dar la espalda”.
“Y mi forma de perdonarlo fue viniéndome a vivir a formar mi propio núcleo familiar, a estudiar, trabajar, armar organización barrial, recrear y recuperar amistades y formar nuevas. (…) Tengo la confianza que al nivel y modo que esté al alcance de cada uno, si reforzamos las experiencias positivas y las orientamos en la dirección adecuada, y actuamos con foco en lo que nos ocurre y en los demás, podemos reconstruirnos como personas y como comunidad”, explicó.
Finalmente, Guerrero dice que “sí, he perdonado en mi vida. Y ello me ha permitido ir más libre, liviano. Ha sido una elaboración larga, un ejercicio de apuesta por el amor. ¿Y a los asesinos? Ah, con ellos justicia. Nada más. Ni nada menos“.
Raúl Iturriaga Neumann no saldría en libertad condicional pese a fallo favorable
Fuente :biobiochile.cl, 5 de Octubre 2016
Categoría : Prensa
La tercera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la solicitud de libertad condicional del ex subdirector de la DINA Raúl Iturriaga Neumann. Sin embargo, el condenado por crímenes en dictadura no saldría en libertad de manera efectiva.
El tribunal de alzada acogió un recurso de amparo presentado por la defensa de Iturriaga Neumann en contra de la Comisión de Libertades Condicionales que le había negado el beneficio.
El general en retiro -de 78 años- debería cumplir en la cárcel penas hasta el año 2037 por crímenes de lesa humanidad, entre ellos el asesinato del general Carlos Prats en Buenos Aires.
Si bien en un principio se estimó que Gendarmería estaría a la espera de una orden para permitir que el exmilitar abandone Punta Peuco, fuentes de Radio Bío Bío explicaron que Iturriaga no saldría en libertad por otras condenas no contempladas en el fallo.
La abogada querellante en casos de Derechos Humanos, Magdalena Garcés, criticó la decisión de la Corte de Apelaciones que autorizó la libertad condicional y señaló que es contraria a derecho.
En este sentido, recordó que fue Raúl Iturriaga Neuman “organizó la Operación Colombo, que fue un montaje para hacer aparecer a víctimas desaparecidas en Chile por la Dina como muertas en el extranjero, y además fue el comandante de la brigada Purén que tiene a su haber decenas de detenidos desaparecidos y que tuvo a su cargo el cuartel de ‘Venda Sexy’, famoso por las aberraciones sexuales contra mujeres y hombres prisioneros”.
En conversación con CNN, la presidenta de la agrupación de familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, acusó una violación a la justicia internacional lo resuelto por el fallo.
La Sala consideró que la Comisión de Libertades Condicionales denegó “ilegitimamente” su solicitud, sin tomar en cuenta el informe de Gendarmería que concluye que Iturriaga Neumann tiene conducta intachable.
La secretaria ejecutiva del Programa de Derechos Humanos del ministerio del Interior, Catalina Lagos, que es querellante y que anunció que apelarán este fallo ante la Corte Suprema. señaló que hay otros factores que no fueron tomados en cuenta.
“Iturriaga Neumann no reconoce su participación directa en estos crímenes, la Corte de Apelacion no considera que no se encuentra corregido ni habilitado para reinsertarse en sociedad“, advirtió.
Según fuentes de Radio Bio Bio, Neumann no quedaría finalmente en libertad debido a que tiene otros procesos judiciales pendientes, como Operación Colombo y el caso del cuartel “venda sexy”.
Otro factor que impediría aplicar este fallo sería que el año 2007 se mantuvo 52 días prófugo de la Justicia, lo que es considerado una falta grave. Esto, tras ser condenado a 5 años de presidio por el crimen del mirista Luis Dagoberto San Martín.
Iturriaga Neumann se enoja por publicación de su millonaria pensión y acusa “transgresión a la Constitución”
Fuente :eldinamo.cl, 18 de Mayo 2017
Categoría : Prensa
Raúl Iturriaga Neumann mostró su enojo luego que se hicieran públicas las millonarias pensiones que reciben él y un grupo importante de condenados por violaciones a los derechos humanos que están presos en Punta Peuco.
Es por ello que el militar, que cumple condena por la muerte de Carlos Prats y su esposa y las torturas cometidas en Venda Sexy, entre otros, dio a conocer una carta donde defiende el hecho de recibir más de dos millones de pesos mensuales.
La misiva se titula “Transgreción a la Constitución” (sic) y fue dada a conocer por La Tercera, en la cual se basa en una serie de artículos de la Carta Magna para defender su millonario beneficio.
Entre estas destaca el numeral 7 letra H, que recalca que “no podrá aplicarse como sanción la pérdida de los derechos previsionales” y el numeral 24, donde se plantea el derecho de propiedad sobre “bienes corporales e incorporales”.
Junto con ello, aseguró que su siguiente acción será “poner un recurso de protección” para no perder estos dineros, además de acusar intencionalidad del PC, apuntando que Juan Andrés Lagos, su secretario general, “anunció que esto iba a ocurrir”.
Finalmente, Iturriaga Neumann concluyó señalando que “no queremos seguir siendo utilizados para tapar la desunión de la coalición gobernante”.
Sonríen en Punta Peuco: Corte de Apelaciones rebaja condena a Miguel Krassnoff y a otros dos ex agentes de la DINA
Fuente :eldesconcierto.cl, 21 de Agosto 2018
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones le dio una buena noticia a tres ex agentes de la dictadura de Augusto Pinochet: en fallo dividido, la undécima Sala rebajó de 13 a 7 años la condena a Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y a Miguel Krassnoff Martchenko, en su calidad de autores en el delito de secuestro calificado de Rubén Arroyo Padilla.
El 25 de noviembre de 1974, Arroyo fue detenido cuando se dirigía desde su casa al trabajo y luego, trasladado a Villa Grimaldi. El fallo describe que «durante su estada en el cuartel, Arroyo permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de los miembros de esa organización».
Rubén fue visto por última vez con vida en diciembre de 1974 y uno año más tarde lo reportaron muerto en Argentina, aunque «las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Arroyo Padilla tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».
El tribunal de alzada disminuyó la pena que fue dictada por el ministro en visita Hernán Crisosto Greisse en contra de los tres ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). Solo el ex brigadier Krassnoff acumula un total de 665 años de cárcel por sus diversos crímenes de lesa humanidad.
Krassnoff e Iturriaga Neumann son condenados por secuestro del comité central del PS
Fuente :eldinamo.cl, 18 de Diciembre 2018
Categoría : Prensa
Seis exmiembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), entre ellos Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko, fueron condenados por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de 11 integrantes del Comité Central del Partido Socialista, detenidos en diversas fechas de 1975, en la Región Metropolitana.
Los exagentes fueron condenados por el ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, quien sentenció a a Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a la pena de 20 años de presidio efectivo, como coautor de los delitos de secuestro calificado de Alfredo Rojas Castañeda, Michelle Marguerite Peña Herreros, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, Mireya Herminia Rodríguez Díaz y Exequiel Ponce Vicencio.
En tanto, los exagentes Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo y Manuel Andrés Carevic Cubillos deberán purgar 18 años de presidio, como coautores de los secuestros calificados de las once víctimas, entre las que se encontraban los diputados Carlos Lorca Tobar, Exequiel Ponce, Ricardo Lagos Salinas.
Además, Gerardo Ernesto Urrich González fue condenado a 16 años de presidio efectivo, como coautor de los delitos de secuestro calificado. Mientras que Juvenal Alfonso Piña Garrido, 12 años de presidio, como coautor de los secuestros calificados de Alfredo Rojas Castañeda, Michelle Marguerite Peña Herreros, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, Mireya Herminia Rodríguez Díaz y Exequiel Ponce Vicencio.
Finalmente, Miguel Krassnoff Martchenko deberá cumplir 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos de secuestro calificado de Alfredo Rojas Castañeda y Exequiel Ponce Vicencio.
Tras el fallo, la bancada del Partido Socialista valoró el hecho y destacó que se de a conocer justo cuando desde el oficialismo se está intentando revindicar lo ocurrido durante dictadura.
Condenado por delitos de lesa humanidad Raúl Iturriaga Neumann se declara en rebeldía
Fuente :eluniversal.cl, 29 de Diciembre 2019
Categoría : Prensa
El abogado representante de militares que cumplen condena por delitos de lesa humanidad, Raúl Meza, explicó que el exagente de la DINA se declaró en rebeldía.
Los hechos se remontan desde el pasado 5 de diciembre, luego que el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, llegara en conjunto con actuarios hasta el penal de Punta Peuco en Tiltil, con motivo de interrogar al condenado por crímenes de lesa humanidad, Raúl Iturriaga Neumann.
Según consigna Radio BíoBío, los funcionarios le preguntaron por una causa en la que está involucrado por el delito de genocidio y asociación ilícita, donde el exagente de la DINA decidió guardar silencio.
Al respecto, el abogado y representante de presos del penal de Punta Peuco, Raúl Meza, indicó que su representado se "declaró en rebeldía, porque los militares en retiro no han tenido un debido proceso y que la justicia es prevaricadora".
Meza aseguró además que "se les ha negado abiertamente el debido proceso legal, y que por lo demás se cansaron de esta justicia prevaricadora, cuyo único sustento para fundar sus sentencias son simples presunciones fundadas, ficciones jurídicas de participación que no tienen un correlato en el proceso judicial".
Cabe destacar que Raúl Iturriaga Neumann tiene 13 condenas por crímenes de lesa humanidad y 32 procesos pendientes. Iturriaga, se declara inocente de todos los cargos por lo que se le ha procesado, y afirma que nunca asesinó, secuestró ni torturó, y tampoco dio orden a terceras personas de cometer crímenes de lesa humanidad.
Condenan a ex oficiales del ejército por homicidio de Carmelo Soria
Fuente :t13.cl, 13 de Marzo 2019
Categoría : Prensa
El ministro instructor de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, condenó a oficiales en retiro del Ejército por su responsabilidad en el homicidio calificado del ciudadano chileno español y funcionario de Cepal, Carmelo Soria Espinoza, ilícito perpetrado en julio de 1976.
Se trata de los ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann, Jaime Lepe Orellana y Juan Morales Salgado, quienes recibiránpenas de 6 años de presidio, en calidad de coautores del delito de homicidio calificado de Soria.
El ministro estableció que el 14 de julio de 1976 Soria fue detenido por un grupo de agentes de la DINA, quienes lo trasladaron en su propio vehículo al cuartel del organismo en Lo Curro. En este lugar los esperaban o se les unieron durante su permanencia ahí, otros miembros del organismo represor de la dictadura.
"En ese recinto Carmelo Soria Espinoza fue sometido a interrogatorios, apremios físicos y, posteriormente, ya muerto a consecuencia de la violencia ejercida, los autores, buscando la impunidad del delito, simularon un desbarrancamiento del referido automóvil, causando a la víctima además y previamente un forzado estado de ebriedad", señala el fallo.
En tanto, el ministro instructor decretó la absolución de René Quilhot Palma y Pablo Belmar Labbé por falta de participación en el delito de homicidio; y de Guillermo Salinas Torres al acoger la excepción de cosa juzgada.
Otros dos ex militares condenados
En tanto, el fallo condenó al ex fiscal militar Sergio Cea Cienfuegos por el delito de falsificación de instrumento público a 600 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena.
En tanto, el general en retiro Eugenio Covarrubias Valenzuela fue condenado a 4 años de presidio por el delito de presentación de declaraciones falsas.
El dictamen descartó condenar a los imputados del caso por el delito de asociación ilícita, señalando que "la forma en que operó la Dirección de Inteligencia Nacional cuando se produjeron estos hechos, son en este caso las propias de una organización militar creada y dependiente del Estado como lo fue la DINA".
Condenan a siete exagentes de Pinochet por la desaparición de una estudiante
Fuente :pagina12.com.ar, 27 de Diciembre 2019
Categoría : Prensa
La Justicia chilena condenó a siete exagentes de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990) por la desaparición de una estudiante en 1974 en el marco de la Operación Colombo, un montaje del régimen para encubrir el asesinato de 119 prisioneros políticos.
La sentencia establece la responsabilidad de los antiguos agentes en la comisión del delito de secuestro calificado de la estudiante de Nutrición y Dietética María Angélica Andreoli Bravo, quien fue detenida ilegalmente el 6 de agosto de ese año, según indicaron desde la Corte Suprema.
En un fallo unánime, el tribunal determinó las condenas para los principales agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), la policía secreta de Pinochet, y dictaminó 13 años de prisión para el general Raúl Iturriaga Neumann y los brigadieres Pedro Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko.
Todos ellos cumplen actualmente largas condenas en la cárcel por su participación en violaciones a los derechos humanos durante la dictadura de Pinochet.
Además de estos condenados, la Justicia dispuso en su fallo penas de 10 años de cárcel para otros cuatro miembros de las fuerzas del Estado.
Según la Corte Suprema, en la tarde del 6 de agosto de 1974 Andreoli, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenida en su domicilio en la acaudalada comuna (municipio) de Las Condes, en Santiago de Chile.
Fue introducida en una camioneta por agentes de la DINA y trasladada a un centro de reclusión clandestino conocido como Londres 38, en el centro de la capital, donde fue sometida a interrogatorios bajo tortura y confinada.
La intención de sus torturadores era conseguir una confesión sobre sus actividades como miembro del MIR, opositor al régimen pinochetista, y los nombres y domicilios de sus compañeros políticos para proceder a sus detenciones.
La última vez que se vio con vida a Andreoli fue un día no determinado del mes de agosto o septiembre de 1974, según los testimonios de otros detenidos que compartieron reclusión con ella. Desde entonces está desaparecida.
En 1975, el nombre de Andreoli fue incluido entre las víctimas de la Operación Colombo, un montaje de la DINA para encubrir la desaparición de 119 prisioneros políticos con el apoyo de las policías secretas de Argentina y Brasil.
En ambos países se publicaron ediciones únicas de periódicos inexistentes, Lea y O Novo Dia, en las que se afirmaba que los desaparecidos habían muerto en purgas internas del MIR ocurridas en territorio argentino y brasileño.
Durante la dictadura de Pinochet, unas 3.200 personas murieron a manos de agentes del Estado, de los que 1.192 figuran aún como detenidos desaparecidos, mientras otros 40.000 fueron encarcelados y torturados por causas políticas.
Capítulo Séptimo – Las verdades ocultas- (Extracto)
Fuente :Libro: "La Gran Mentira", CODEPU – DIT – T 1994
Categoría : Otra Información
En el transcurso de esta investigación, nos hemos preguntado una y otra vez ¿Quiénes eran aquellos que habían ideado, programado y elaborado y ejecutado esta Operación?¿Quiénes habían elegido a estas 119 personas?, ¿cómo habían hecho llegar sus nombres a los periódicos argentinos y brasileros para que los publicaran?
¿Quiénes fueron los periodistas chilenos, que participaron en esta campaña de guerra psicológica? Ellos pusieron a disposición de la dictadura todas las armas de las comunicaciones y de las palabras para actuar en el transcurso del tiempo dictatorial sobre las emociones. A través de imágenes de terror, de peligros inminentes, de frases cargadas de contenidos desestructuradores invadieron la mente de las personas.
¿Quiénes alteraron la verdad, para crear para siempre parámetros ambivalentes en el pensar y en el actuar de algunos chilenos?
Al buscar más de 18 años después una explicación; al intentar rehacer esta historia; al adentrarnos en el conocimiento de sus personajes, en los engranajes de su accionar. Al intentaren suma. desmontar la mentira y llegar hasta las raíces del ocultamiento. desgraciadamente, es muy poco lo que hemos logrado.
Desde luego nunca hubo una respuesta oficial. No la hubo antes ni tampoco la hay hoy día. Nunca hubo proceso y nadie supo nada de lo que realmente había ocurrido. No se conoció a los responsables ni tampoco a los periodistas que elaboraron y escribieron en el curso de esta campaña.
El Colegio de Periodistas, a diferencia de otros Colegios Profesionales, nunca investigó ni sancionó a miembros de su organización que publicaron durante los 17 años de dictadura campañas mentirosas como el «Plan Z» , como esta que estamos estudiando y tantas otras más.
El Plan Z fue un plan que según la dictadura tenían los partidarios de la Unidad Popular para eliminar a civiles y militares contrarios a ellos. Todos los medios de comunicación lo reprodujeron con lujo de detalles. Principalmente «El Mercurio».
Este Plan Z fue el aval para justificar la represión, la tortura y la muerte de muchos chilenos. Todo fue una mentira. En 1993, en una entrevista publicada en el diario «La Nación», el ex Director de «El Mercurio», Arturo Fontaine Aldunate responde a la periodista Mónica González que lo entrevista: « No tengo ninguna prueba de que haya existido el Plan Z. En ese momento se daba como un hecho cierto. Para míes hoy una incógnita ». El periodista responde tranquilamente, y sin embargo, bajo el amparo de las noticias que su diario trasmitió cientos de chilenos fueron sacrificados.
La guerra psicológica consiguió así su objetivo: El silencio. El silencio de su violencia interiorizada. El olvido aparente de su presencia inmanente. Y ella, al igual que los crímenes y los desaparecimientos hasta el momento ha quedado impune.
En la búsqueda de la verdad, en el caso de esta Operación, es sin duda Mónica González, actualmente redactora del Diario «La Nación» la que más ha aportado. Igualmente, los juicios por los asesinatos de Orlando Letelier en Estados Unidos y del General Prats y su esposa en Argentina (1). los que nos han permitido conocer algunos de los engranajes y laberintos de las verdades ocultas.
Algunos indicios dejados y torpezas cometidas por ellos mismos permitieron desmontar partes de esta gran mentira.
En primer lugar, la falsedad de los periódicos en donde se hicieron las publicaciones de los 119 nombres. La revista «LEA» era un órgano fantasma de editores y responsables desconocidos, con un pie de imprenta imposible de identificar. Lo mismo sucedió con el diario «0'DIA». publicación ocasional editada esta vez sólo para entregar los últimos 59 nombres.
Al investigar más sobre estas publicaciones, el misterio no resultó infranqueable, ya que en esa época, como lo comprobaron los periodistas de la Agencia LATÍN, detrás de la imprenta argentina que editó y distribuyó la Revista «LEA» estaba la editorial Codex. Dicha editorial era propiedad del Estado argentino dependiente del Ministerio de Bienestar Social. El Ministro a cargo era José López Regga (2). asesor de Isabel Perón y miembro de la Triple A argentina.
En segundo lugar, hemos logrado saber que en la época en que se elaboró y ejecutó la Operación Colombo, ya existían dentro del organigrama de la DINA, un Departamento Exterior y un Departamento de Comunicaciones y Operaciones Psicológicas.
En lo que se refiere al primer Departamento está confirmado que el responsable de la DINA Exterior en esa época era el entonces Mayor de Ejército Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, quién luego de pasar por Fort Gulick en Panamá, regresó de allí en calidad de instructor. En 1973 era Sub Director de la Escuela de Paracaidistas y posteriormente se integró a la DINA. En 1980 fue Comandante de la Guarnición de Putre; en 1983, Agregado Militaren Francia; en 1988. Comandante de la VI División de Ejército e Intendente de la 1 Región. En 1989 ascendió a Mayor General. En octubre de 1990 fue llamado a retiro.
Fue responsable de la ejecución de la Operación Colombo, que culminó con la publicación de las listas de los 119. Raúl Iturriaga usaba los nombres falsos de «Don Elías» y de «Luis Gutiérrez». El esta, además, involucrado en la ejecución y asesinato del General Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, ocurrido en Buenos Aires en septiembre de 1974. Está relacionado con la desaparición de chilenos en Argentina. También está mencionado como participante en el plan que culminó en la muerte de Orlando Letelier en Washington. En diciembre de 1975 fue nombrado Jefe de la Brigada Purén con asiento en la Villa Grimaldi. Algunos de los crímenes de esta Brigada se están investigando en los Tribunales.
En el Departamento Exterior, además de Raúl Iturriaga Neumann. trabajaban otras personas. Nos interesa, destacar aquí sólo a aquellos que sin duda estuvieron directamente involucrados en esta Operación, como el Mayor Cristoph Willike Floel, oficial de Ejército de la rama de Infantería. Promoción 1967. Para el 11 de septiembre de 1973 estaba destinado en el Regimiento Buin con el grado de Teniente. Integró la DINA desde 1974, y estuvo a cargo de una Brigada. Fue Jefe de la Red de la DINA en Buenos Aires, trabajando con Enrique Arancibia Clavel. Residía en Santiago y organizaba las acciones terroristas de la DINA en Argentina. En las cartas incautadas en 1978 a «Luis Felipe Alemparte» (Enrique Arancibia Clavel), se comprueba esta relación.
No estamos en condiciones de afirmar si el Departamento Exterior de la DINA en la época en que se ideó y ejecutó la publicación de la lista de los 119, estaba bajo las órdenes de Pedro Espinoza Bravo, actualmente acusado como responsable en el asesinato de Orlando Letelier junto a Manuel Contreras. Meses después de la creación de la DINA, Espinoza fue el Jefe de la Brigada Metropolitana y segundo hombre de la DINA. En todo caso Espinoza estaba a cargo de Villa Grimaldi cuando fueron sacaron desde allí los 12 prisioneros que luego aparecerían en la lista de los 119.
En cuanto al Departamento de Comunicaciones y Operaciones Psicológicas, podemos decir que en el Cuartel Central de la Dirección de Inteligencia Nacional, ubicado en la calle República, existía una sección en cuya puerta de entrada se leía su nombre. En su libro «Mi Verdad», Marcia Alejandra Merino Vega. dice:« La función de este departamento, hasta donde yo se, era realizar campañas destinadas a avalar la actuación de la DINA, así como a desinformar respecto de algunos casos. Esto lo hacían a través de los contactos con los diferentes medios de comunicación. Pienso que la publicación aparecida en Brasil y Argentina sobre las 119 personas desaparecidas fue labor de este departamento, aún cuando pueden haber actuado otras reparticiones de la DINA.
«Este Departamento estaba dirigido por el Oficial de Ejército Vianel Valdivieso, que por alguna razón creo tenía contactos en el diario «La Segunda»… En esa época, era funcionario de la DINA en el Canal 7 Roberto Araya.»
Vianel Valdivieso Cervantes, usaba el nombre de «Víctor». De profesión ingeniero militar o politécnico, pertenecía a la rama de Telecomunicaciones del Ejército. Desde la creación de la DINA formó parte de ella. Parad Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 estuvo a cargo de lo que actualmente se conoce como
«Operación Silencio», mediante la cual se acallaron todos los medios de comunicación del país. Al principio, aquellos cercanos al Gobierno de la Unidad Popular, algunos de los cuales fueron bombardeados, y luego todos los medios de comunicación quedaron a cargo del poder militar. Se sabe además que fue jefe de la Brigada de Inteligencia Electrónica y por tanto jefe directo de Michael Townley. Cuando Contreras sale de la DINA. en 1978, Vianel Valdivieso fue su socio directo en negocios particulares. También el gobierno militar lo nombró Director de ENTEL. Pasó a retiro en mayo de 1987.
En el Departamento de Comunicaciones y Operaciones Psicológicas, trabajaban ademas el psiquiatra Roberto Laihlacar y el psicólogo de apellido Basaure.
Este Departamento además de planificar campañas en favor de la dictadura. elaboraba panfletos y volantes para utilizarlos contra personas detenidas, haciéndoles creer que era su propio partido el que los amenazaba. También fueron capaces de reproducir ejemplares falsos de « El Rebelde», órgano periodístico del MIR, que en esa época se elaboraba en la clandestinidad, así como también de « El Siglo », diario histórico del Partido Comunista igualmente clandestino, con el fin de engañar y confundir al «enemigo».
A través de estas maniobras, lograban controlar, y manipular a los partidos políticos opositores a la dictadura y también crear desconcierto y sentimientos de inseguridad en sus propios partidarios.
En tercer lugar, creemos necesario señalar la conformación que en esa época tenían las sedes diplomáticas chilenas en los dos países donde publicaron las noticias sobre las muertes de los 119 chilenos y publicaron las listas.
El Embajador chileno en Argentina era Rene Rojas Galdames; el Encargado de Negocios, Javier Illanes; el Ministro Consejero. Carlos Guillermo Osorio Mardones (3); el Agregado Militar Luis Joaquín Ramírez Pineda, Hernán Rivera Calderón, Capitán de Navio y la Agregada de Prensa, la periodista Silvia Pinto.
En Brasil, el embajador en los años 1974 y 1975 era Hernán Cubillos (4), y el Agregado de Prensa, Gerardo Roa Caballero, a quien se le indica como el que confeccionó las listas de los 119 y realizó los contactos con el diario «0'DIA» de Curitiba para su posterior publicación. Roa fue, durante el gobierno del Presidente Aylwin, Jefe de Relaciones Publicas de la Intendencia de Santiago. (5)
En cuarto lugar, hemos logrado reunir antecedentes sobre cómo se habrían elaborado las listas propiamente tales.
En 1986 la periodista Mónica González quien había viajado a Buenos Aires en búsqueda de antecedentes sobre el asesinato del General Carlos Prats y su esposa, encontró los primeros indicios que condujeron a descubrir la Operación Colombo.
El 25 de noviembre de 1978 -según consta en el proceso que se realizaba en Argentina por el Caso Espionaje-, inspectores que se constituyeron en el domicilio de Arancibia Clavel encontraron allí carpetas en perfecto orden y agrupadas correlativamente, con antecedentes del trabajo que él realizaba para la DINA en el exterior. Además, se encontraron las copias de las cartas que él escribía desde Buenos Aires bajo el nombre falso de «Luis Felipe Alemparte Díaz». Arancibia había dejado las copias de lodos estos documentos.
Algunos de estos informes estaban escritos a mano y otros mecanografiados. Ellos se encuentran actualmente acumulados en el proceso por el asesinato del General Prats. Igualmente, se encuentra en el proceso toda la correspondencia que Raúl Iturriaga Neumann envío a Enrique Arancibia Clavel a Buenos Aires bajo los nombres falsos de «Luis Gutiérrez» y «Santiago Copihue».
Leyendo y analizando cuidadosamente esta tortuosa correspondencia hemos logrado reconstruir trozos de esta historia.
En una carta fechada el 18 de abril de 1975. Arancibia escribe a la DINA en Chile: « Mando material impreso en la prensa del país sobre el caso Colombo por coordinación federal . Va foto de UBAL BAHL posiblemente RIP (muerto). Las facturas que acompañan a Colombo se pagarán en el transcurso de la semana junto a 15 facturas argentinas».
Esta carta, en la que se habla de una muerte, está posiblemente ligada a la información del día 12 de abril, fecha en que fue encontrado el primer cadáver mutilado y que fue atribuido a David Silberman.
El 22 de abril de 1975, Arancibia Clavel informa a Iturriaga Neumann :
« Lamentablemente hasta el momento la publicidad sobre el caso COLOMBO ha sido casi nula», y agrega: « Recién mañana me entrevistaré con MARTÍN para saber exactamente qué es lo que pasó. En esta semana están prometidos los dos restantes que aparecerán con «15 criollos». Espero que la publicidad sea mayor. Mayores antecedentes les daré personalmente en Santiago a partir del 25 del presente…Martín me solicitó atención de fotografías para aproximadamente 7 personas, espero llevarlas conmigo».
Nos preguntamos ¿a qué dos restantes se refiere Arancibia?, ¿serán acaso los cadáveres que se prestaron para hacerlos aparecer como pertenecientes a Robothan y Guendelman o corresponden a las muertes de otros chilenos que por aquella época se habían refugiado en Argentina y que la DINA eliminó?
El 16 de mayo, Arancibia Clavel, vuelve a mandar una carta a Chile. En el encabezamiento se lee:
«Materia: Información General. Caso COLOMBO».
En la primera parte de ella. se refiere a la Triple A. organización con la cual se coordinó la DINA para realizar todas sus prácticas en Argentina: «El hombre que coordinó y organizó a estos elementos nacionalistas fue el Comisario General. Jefe de la Policía Federal ALBERTO VILLAR, lo secundó en esta tarea el Comisario ARENS, actual Jefe de Interpol Argentina».
En el párrafo siguiente Arancibia explica que «La Triple A. debe su nombre a las iniciales de sus tres jefes máximos. A= ALBERTO. A= ARENS y A=?». (No sabe el nombre del tercer hombre de la organización).
Luego relata: «…Villar es asesinado por el ERP…(Ejército Revolucionario del Pueblo)…y se tiene la presunción que el ideólogo de este asesinato es LÓPEZ REGA».
Es decir, devela allí los mismos métodos empleados por la dictadura chilena: atribuir los crímenes cometidos por ellos a partidos de izquierda.
En los párrafos que siguen surgen los personajes siniestros, perversos y criminales con los cuales trabajaron los chilenos partidarios de la dictadura. Así Arancibia Clavel sigue explicando : «Cuando Villar muere la organización se divide en tres partes: Una que sigue comandando ARENS y su ejecutor directo es el Comisario RAMÍREZ (a) «El Carnicero» especialista en quemados y ahogados (6). Otro que sigue a los gremialistas (Miguel) y a López Rega, este grupo sólo es mercenario y no tiene ninguna formación ideológica, actualmente es el grupo más peligroso ya que no sabe distinguir lo que hace, la mayoría son drogadictos y están completamente degenerados (7)….Por último, queda una fracción de auténticos nacionalistas que conforman el aparato de seguridad de la Milicia Nacional Justicialista. Este grupo es el conocido como Triple M (MMM), su denominación se deben a las iniciales de sus jetes. Sólo conocemos uno, Martín Siga Correa (M de Martín). Este grupo actuó en el caso Colombo, efectuando la primera etapa del trabajo en forma perfecta ».
« Con los últimos acontecimientos políticos, el grupo de Arens se ha decidido unir al grupo de Martín. Uno aporta el aparato logístico y otro la experiencia y fanatismo político »….
En el punto 3.2. de esta carta que se titula CASO COLOMBO. Arancibia informa:
« Las últimas alternativas de la segunda parte de este caso, tuvo la participación de VICENTE, quien me informó que INTERPOL Argentina envío todos los antecedentes como se habían solicitado el día viernes 9 de mayo por vía aérea, con esta información y previo consentimiento de COPIHUE SANTIAGO, el operativo publicidad comenzará utilizando los servicios de CARLOS MANUEL ACUÑA, Director de la Agencia Periodística PRENSA ARGENTINA y también periodista del diario LA NACIÓN de Buenos Aires. Prensa Argentina, es una agencia nacional que cubre con informaciones la mayoría de los diarios del interior. Se tiene contratado un servicio de recortes de diarios para este caso».
El 23 de mayo de 1975 Arancibia vuelve a escribir a Chile, su carta está nuevamente dirigida a Santiago Copihue, en ella se lee:
« Me ha llamado la atención el silencio con respecto a la « Publicidad » del caso « Colombo », desde hace una semana que no se tiene ninguna información de Ud. al respecto. Me interesa saber a la brevedad posible a qué determinación se llegó, para saber cómo manejarme con el periodista que me llama casi todos los días. Mañana obtendré todos los antecedentes que se mandaron a Santiago por intermedio de Interpol, las copias se las consiguió Vicente».
Ahora sabemos, por una carta manuscrita que se encuentra en el proceso del Caso Prats Firmada por Carmen Gutiérrez (ignoramos si este nombre es verdadero) agente de la DINA. que el nombre de Vicente es el que usaba el Oficial de Ejército Augusto P. Deichler Guzmán.
Deitchler Guzmán era Oficial de la rama de Caballería antes del Golpe Militar. En 1973 ya era miembro del Estado Mayor del Ejército y como tal, pasó a integrar la Dirección de la DINA. Después del Golpe Militar se desempeñó como Oficial de Inteligencia en Televisión Nacional de Chile. En la DINA se desempeñó como Jefe de Logística y también como miembro del Departamento Exterior. Aparece mencionado en el proceso del General Prats y su esposa. Cuando Manuel Contreras es llamado a retiro. Augusto Deichier «Vicente» lo reemplaza transitoriamente en la DINA.
En quinto lugar, hemos podido comprobar la forma en que las identidades y algunos antecedentes de estos 119 chilenos fueron enviados a Argentina.
Mientras se interrogaba en Argentina a Arancibia Clavel, él mismo confesó que « en su departamento se encontraba un sobre en cuyo interior había cinco cédulas de identidad ». La policía argentina las encontró. Ellas pertenecían a:
Francisco González Manríquez, detenido el 3 de octubre de 1974, de 27 años. Fue visto en José Domingo Cañas y 4 Alamos. Fue detenido junto a los hermanos Juan Carlos y Jorge Elías Andrónico Antequera, los que figuran en la Lista de los 119.
Amelia Brun Fernández, detenida el 4 de octubre de 1974, de 34 años, soltera, decoradora de interiores. Perteneciente al MIR. Estuvo detenida en José Domingo Cañas y 4 Alamos. En un testimonio dado por una ex presa política, Rosalía Martínez, se lee: «El 5 de octubre fuimos conducidas a 4 Alamos…Amelia quedó en la pieza de mujeres No. 4 y yo en la 2. Unos días después vimos como la sacaban con destino desconocido y nunca más supimos de ella».
Ambos detenidos desaparecidos hasta el día de hoy, no aparecen en la Lista de los 119.
Otro carnet encontrado pertenecía a :
Mario Fernando Peña Solari. quien aparece junto a su hermana Patricia en la Lista de los 119. Los dos fueron detenidos el 9 y 10 de diciembre de 1974. Fernando tenía 21 años, estudiaba Arquitectura en la Universidad de Chile. Nilda Patricia tenía 23 años. era soltera, al igual que su hermano y estudiaba Licenciatura en Biología en la misma universidad. Los dos pertenecían al MIR. Nilda fue conducida a la «Venda Sexi». Se encontraba embarazada: « sin embargo, a consecuencia de las torturas sufridas tuvo síntomas de pérdida; fue conducida a la Clínica Santa Lucía» (8). Los dos hermanos fueron «trasladados» con destino desconocido desde la «Venda Sexi» el 24 de diciembre de 1974.
El último carnet encontrado pertenece a:
Samuel Osvaldo Abarca Molina, (C.I. 6.346.849-5). De él se desconoce cualquier antecedente, incluso no es mencionado en el Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación.
Pero en el domicilio de Arancibia Clavel no sólo se encontraron estas cédulas de identidad. También se encontró un papel cuadriculado con una lista escrita a mano por ambos lados en la cual figuraban 32 nombres con sus dos apellidos y en un extremo techas que no guardan relación ni con sus detenciones ni con la última vez que fueron vistos. Estos nombres están agrupados bajo títulos que corresponden a pasos fronterizos. Los 32 nombres aparecen después en la Lista de los 119 (Ver Anexo 3).
Otra lista encontrada está escrita a máquina, en ella aparecen 21 nombres, 10 de los cuales figuran en la Lista de los 119 ( Ver Anexo 4 ).
En sexto lugar, hemos ahondado aún más en demostrar la imposibilidad de que estas 119 personas hayan podido en realidad encontrarse en diferentes partes del mundo; en Brasil, en México, en Venezuela y finalmente en Argentina.
Hemos ahondado en demostrar que ninguno de ellos formó parte de ningún ejército guerrillero ni perteneció a ningún grupo de chilenos organizados fuera del país para combatir a la dictadura. Todos ellos fueron detenidos y que ahora están desaparecidos, no sólo porque fueron vistos por otros prisioneros sino porque el mismo régimen dictatorial reconoció sus detenciones.
Así revisando atentamente todas las respuestas que las autoridades de esa época se vieron obligadas a dar a los familiares, a las iglesias, a diplomáticos que pedían explicaciones sobre ellos, hemos encontrado algunas respuestas oficiales que están referidas a personas que aparecen en la Lista de los 119. Mencionaremos sólo algunos de esos casos.
Arturo Barría Araneda: detenido el 28 de agosto de 1974. El Coronel Rhren Pulido, Jefe del Comando de Institutos Militares informó al día siguiente de su detención que el profesor Barría Araneda «pasa a disposición de DINA, en SENDET, organismo éste último al cual se envía en calidad de detenido por comprobarse su activa militancia en la ex UP ». En el mismo documento se señalan los motivos de la detención. El 29 de agosto de 1974 en un Oficio del Instituto Militar señalan que: « Arturo Barría Araneda junto a las demás personas que fueron detenidas con él, pasan a disposición de la DINA, en SENDET…».
Cecilia Castro Salvadores y Juan Carlos Rodríguez Araya: detenidos el 17 de noviembre de 1974. En el Oficio 6350 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile se informó a la Embajada de la República Federal de Alemania, el 8 de abril de 1975, que «ambos se encuentran detenidos en el Campamento de Tres Alamos por infracción a la Ley de Estado de Sitio».
Jacqueline Droully Yurich: detenida el 30 de octubre de 1974. En una carta de la Cruz Roja Internacional, en Ginebra, del 3 de febrero de 1975, señalan a su madre que: «Con referencia a su carta fechada el 23 de enero de 1975, tenemos el agrado de informarle que nuestros delegados han podido visitar el 20 de noviembre de 1974 a la Sra. Droully Jacqueline, detenida en la Cárcel de Tres Alamos. En lo que concierne al Sr. Marcelo Salinas Eytel hemos enviado una demanda de búsqueda a nuestra delegación en Santiago».
Héctor Garay Hermosilla: detenido el 8 de julio de 1974. El Gobierno de Chile a través del Ministro de Relaciones Exteriores, Vice Almirante Patricio Carvajal y del Subsecretario de Relaciones Exteriores, Coronel Enrique Valdés, informó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el 17 de enero de 1975 que: « Héctor Marcial Garay Hermosilla, se encuentra detenido en Santiago en virtud de las facultades que concede al Ejecutivo el Estado de Sitio contemplado en la Constitución Política Chilena de 1925 y actualmente vigente». Posteriormente con fecha 10 de diciembre de 1975 el Gobierno de Chile informó al mismo organismo que: «Héctor Garay Hermosilla no registra antecedentes».
Bárbara Uribe Tamblay y Edwin Van Yurick: detenidos el 10 de julio de 1974. En un Documento del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Embajada de su Majestad Británica se señala que: «Este Ministerio puede informar que consultadas las autoridades chilenas competentes, han manifestado que las personas antes mencionadas se encuentran con arresto preventivo para su debida investigación y su estado de salud es perfectamente normal. Respecto a su paradero no ha sido dado a conocer aún». Fechada el 18 de agosto de 1974.
Más increíble y perverso aparece lo que el gobierno informa de:
Francisco Aedo Carrasco: detenido el 7 de septiembre de 1974. El Gobierno de Chile informó el 18 de febrero de 1976 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: « Al respecto puedo informar a Ud. que la situación del individuo mencionado en su nota. Francisco Aedo Carrasco, en libertad desde el 24 de julio de 1975». Ese mismo día su nombre aparecía como muerto en Salta en combate con fuerzas policiales argentinas.
Juan Rosendo Chacón Olivares: detenido el 15 de julio de 1974. El Primer Juzgado del Crimen de San Miguel en causa 47-735, por presunta desgracia de Juan Rosendo Chacón Olivares, decretó sobreseimiento temporal, « en mérito al parte Nº 329 del 22 de enero de 1975, que informa que Juan Rosendo se halla detenido en el Campamento de Prisioneros de Tres Alamos desde el 15 de julio de 1974».
El Ministro del Interior, General Raúl Benavides Escobar informó el 3 de abril de 1975. en Recurso de Amparo, Rol N° 803-74 de la Corte de Apelaciones de Santiago que « Se encuentra en libertad por orden del decreto exento N° 274 de este Ministerio».
Agustín Albano Fioraso Chau: detenido el 17 de junio de 1974. El Teniente Coronel de Carabineros. Don Jaime López Abarco. Jefe del Departamento Confidencial del Ministerio del Interior, informó el 27 de enero de 1975, que « la Prefectura General de Carabineros de Santiago ha informado por medio de su Oficio Reservado Nº 36 de fecha 14 de enero en curso, que su hijo fue detenido por sospechoso, por efectivos de esa repartición el día 17 de junio de 1974 alrededor de las 22:00 horas y puesteen libertad el día 18 de junio de 1974 a las 15:15 hrs., lo que consta en documentos registrados en la Novena Comisaría de Santiago».
En séptimo lugar, y por último, se sabe por testimonios de ex prisioneros que las torturas aplicadas contra algunos de ellos habrían hecho categóricamente imposible su salida del país, aún cuando hubiesen sido liberados.
Edwin Van Yurick Altamirano fue sometido a la «tortura de la camioneta». Un vehículo pasó sobre sus piernas ante la presencia y bajo las ordenes de Marcelo Moren Brito (9). A consecuencias de esta inimaginable tortura una de sus piernas heridas se gangrenó. El ex agente de la DINA, Samuel Fuenzalida Devia, en declaración jurada dada en 1975 ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza relató todos los antecedentes antes menciona- dos. También en una declaración jurada realizada en Chile, en 1993, informó «que él lo ayudó con curaciones, y le hizo un zapato ». En su testimonio, agregó «que habría visto al doctor «Mortis» y que posteriormente había comprobado que a Edwin Van Yurick se le había amputado el pié en la misma Villa Grimaldi» y que luego de esta intervención quedó agónico.
Luis Guajardo Zamorano, sufrió igual tortura, sus piernas quedaron destrozadas. ¿Pudo él cruzar la Cordillera en forma clandestina?
Dos muchachos cayeron heridos al momento de ser detenidos: Ramón Isidro Pizarro Meniconi quien fue visto en un centro de detención apoyado en muletas. sin poder caminar. En tanto que, Mauricio Jorquera Cancino agonizó toda una noche en la casa de la calle Londres 38. Logró musitar su nombre a otra prisionera, que no lo olvida hasta hoy.
Estos son los trazos de verdad que hemos reunido en la búsqueda de los acontecimientos y de los actores de esta Operación. Es una reconstrucción inconclusa, como una armazón sin una estructura armónica y con un interior lleno de dudas y preguntas.
Los antecedentes reunidos no permiten restablecer el equilibrio de las vivencias, emociones y recuerdos vividos en esa época. La realidad sigue siendo ininteligible.
Así las emociones, las ansiedades, los miedos ligados a ese tiempo, aunque transfigurados por los años y ocultadas en este nuevo marco social, siguen ancladas en la interioridad del mundo psicológico, tanto individual como colectivo. Ellas forman parte, querámoslo o no del universo de nuestro aparato mental.
Notas:
1. Hemos tenido acceso a ambos procesos gracias a la abogada Fabiola Letelier en el primer caso, y a la abogada Pamela Pereira y a la Fundación de Ayuda de las Iglesias Cristianas, Fasic en el segundo
2. José López Regga. fundador de la Triple A. Fue detenido en Argentina durante el Gobierno
del Presidente Alfonsín. Murió posteriormente.
3. Osorio fue asesinado en Santiago en extrañas circunstancias. El conocía los antecedentes de la elaboración de pasaportes falsos que usaron los agentes que actuaron en el asesinato de Orlando Letelier.
4. Hernán Cubillos quedó a cargo de la Dirección del diario «El Mercurio» durante todo el
período de la Unidad Popular, cuando Agustín Edwards abandonó Chile para refugiarse en Estados Unidos luego de la elección de Salvador Allende.
5. Ver diario La Nación del 15.07.90.
6. Subrayado es nuestro
7. Subrayado es nuestro
8. Ver «Todas íbamos a Ser Reinas», Colección Verdad y Justicia. Tomo I.
9. Marcelo Moren Brito. Mayor de Ejército en el período DINA, quien en 1974 no tenía oficina ni en la casa de Londres 38 ni en la de José Domingo Cañas, pero operaba desde el mismo Cuartel Terranova más conocido como «Villa Grimaldi». Fue encargado de la Brigada Caupolicán de la DINA y conocido por los prisioneros políticos como «El Ronco». Ver libro «Mi Verdad» de Marcia Merino Vega.
Álvaro Corbalán apeló a Ley Zamudio: Van 140 recursos judiciales contra Piñera y Mañalich por Coronavirus
Fuente :latercera.cl, 23 de Abril 2020
Categoría : Prensa
140 recursos de amparo y protección se han presentado entre el 15 de marzo -fecha en que Chile entró en la fase 4 de la pandemia por coronavirus- y el 20 de abril en las distintas Cortes de Apelaciones a nivel nacional. La mayoría, contra el Presidente Sebastián Piñera, y los ministros de Interior y Salud, Gonzalo Blumel y Jaime Mañalich.
De ellos, un 75% han sido desestimados por tribunales, y sólo un 15% actualmente se encuentra en tramitación tras ser declarados admisibles.
Según información recopilada por La Tercera PM en base al portal del Poder Judicial, ninguno de los recursos presentados ha sido fallado en el fondo, pues en su gran mayoría no logra pasar la etapa de admisibilidad. Todos han apuntado a cuestionar el plan desplegado por el gobierno en la contención de coronavirus y la decisión de los tribunales es una sola: no es materia de la justicia regular políticas públicas.
¿Quiénes y por qué han presentado los requerimientos? Un 26% de los recursos de amparo y protección han sido efectuados por presos del penal Punta Peuco y todos sin excepción han sido declarados inadmisibles. A ellos se suman una serie de municipalidades y particulares que piden que sus comunas sean declaradas en cuarentena debido el temor que despierta la enfermedad. También se encuentran casos de alcaldes que han buscado obligar al Ministerio de Salud a revelar los nombres de las personas contagiadas en sus comunas, cuestión que esta semana fue desestimada por la Contraloría.
Corbalán e Iturriaga Neumann apelan a Ley Zamudio
El 26 de marzo pasado, un grupo de 22 internos del módulo Nº1 de la Cárcel de Punta Peuco ubicada en la comuna de Tiltil presentó un recurso de amparo en contra del Presidente Piñera. Según estableció el escrito, a su parecer el mandatario “ha puesto en grave peligro nuestras vidas al excluirnos por ser autores de delitos de violación de derechos humanos del proyecto de ley que en razón de la pandemia del coronavirus, envió al Congreso Nacional -con suma urgencia- otorgando indulto conmutativo parcial con monitoreo para sustituir el régimen de reclusión cerrado por arresto domiciliario total”.
Entre los firmantes del escrito se encontraban Álvaro Corbalán, ex jefe operativo de la Central Nacional de Inteligencia (CNI); Raúl Iturriaga Neumann (82), general de Ejército y subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), y Manuel Carevic Cubillos (76), ex Coronel del Ejercito y agente de la DINA.
Añadieron que frente a la pandemia, la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Ministerio de Salud han anunciado que hombres y mujeres mayores de sesenta años constituyen el segmento social de más alto riesgo de contraer esta enfermedad, debido al promedio de edad que mantienen. En esa línea puntualizaron que “el concepto de distanciamiento social impulsado por el ministerio de Salud del gobierno, para los presos de Punta Peuco es letra muerta”, aseguraron e incluso apelaron a la normativa contra la discriminación.
“Enfatizamos que la decisión presidencial no sólo atenta con nuestras vidas, sino que también perturba la ley Nº 20.609 del año 2012. Medida contra la discriminación, más conocida como Ley Zamudio, pues sólo por la naturaleza de nuestros delitos, se nos discriminó condenándonos a una muerte segura”.
El 30 de marzo, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago presidida por la ministra Dobra Lusic y conformada por los ministros Alejandro Rivera y Rafael Andrade desestimó el recurso de amparo de los internos.
“Los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, puesto que se refieren a políticas públicas impulsadas desde la Presidencia de la República”, consignó la resolución.
No es la primera vez que los presos de Punta Peuco apelan a la Ley Zamudio. También lo hicieron hace dos años, cuando en marzo de 2018, el gobierno de Michelle Bachelet evaluó la posibilidad de cerrar el penal, lo que implicaba el traslado de los internos a cárceles ordinarias.
Aislamiento y la disputa por conocer a los infectados
A la fecha, 25 son las municipalidades que han presentado recursos de protección y amparo en busca de que sus comunas sean declaradas en cuarentena. No solo Pudahuel o Cerro Navia han acudido a tribunales en busca de la medida restrictiva, también lo han hecho municipalidades de las regiones de La Araucanía y O’Higgins.
A modo de ejemplo, en esta última zona, el alcalde de Lolol, Marco Marín, el pasado 26 de marzo presentó un recurso de protección solicitando que el Minsal aplique la medida de cuarentena en la comuna, aduciendo múltiples factores de riesgo. Entre ellos “una gran carencia de recursos humanos, equipos e implementos médicos. A ello se suma que el 23% de su población posee más de 60 años, según el censo de 2017″. A juicio del jefe comunal, al excluirse de la cuarentena total a Lolol “se vulnera el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de los habitantes de la región de O’Higgins”.
Condenados cuatro ex agentes de la DINA por crímenes cometidos en centro de torturas "Venda Sexy"
Fuente :cooperativa.cl, 2 de Octubre 2021
Categoría : Prensa
La Corte de Santiago confirmó el fallo contra Raúl Iturriaga Neumann, Manuel Rivas Díaz, Hugo del Tránsito Hernández y Alejandro Francisco Molina Cisternas por secuestro calificado y aplicación de tormentos con violencia sexual.
Este caso, que tuvo 10 víctimas, sienta un precedente al aplicar un tribunal, por primera vez, perspectiva de género por vejámenes sexuales perpetrados por la dictadura.
El Centro de Detención "Venda Sexy – Discoteque", declarado Monumento Histórico en 2016, fue uno de los primeros cuarteles de la DINA, durante el periodo denominado por el Informe Valech como de Detención Selectiva, entre 1974 y 1977.
La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, conformada sólo por mujeres, condenó a cuatro ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos, y aplicación de tormentos con violencia sexual, ocurridos contra diez detenidas y detenidos entre 1974 y 1975 en el centro clandestino conocido como "Venda Sexy", ubicado e Macul.
De esta manera, la Sala -presidida por la ministra María Rosa Kittsteiner e integrada por la ministra (s) Paula Merino y la abogada Paola Herrera- dictó sentencia definitiva de segunda instancia, y confirmó lo resuelto por el ministro Mario Carroza en su sentencia de noviembre del año pasado, cuyo dictamen sentó precedente ya que por primera vez un tribunal aplica perspectiva de género por vejámenes sexuales cometidos por agentes del Estado contra prisioneras en tiempos de la dictadura.
En detalle, se condenó a Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Manuel Rivas Díaz y Hugo del Tránsito Hernández Valle a 15 años y un día de presidio, como autores de los delitos reiterados de secuestro calificado y aplicación de tormentos a Agustín Julio Holgado Bloch, Luis Rodolfo Ahumada Carvajal, Eugenio Ambrosio Alarcón García y Luis Humberto Bernal Venegas; y de secuestro calificado y aplicación de tormentos con violencia sexual a las víctimas: Cristina Verónica Godoy Hinojosa, Laura Ramsay Acosta, Beatriz Constanza Bataszew Contreras, Sara Gabriela de Witt Jorquera, Carmen Alejandra Holzapfel Picarte y Clivia Marfa Sotomayor Torres.
En tanto, el ex agente Alejandro Francisco Molina Cisternas recibió dos penas de 541 días de presidio, como cómplice de los secuestros de Agustín Julio Holgado Bloch y Luis Rodolfo Ahumada Carvajal, concediéndole el beneficio de la libertad vigilada.
En materia civil, el tribunal de alzada también confirmó el rechazo de las excepciones interpuestas por el Fisco y respaldó que todas las demandas indemnizatorias presentadas por las representaciones de las 10 víctimas del caso deben ser acogidas, ordenándose el pago de una reparación.
"CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD QUE DEBEN SER PERSEGUIDOS"
El abogado Francisco Ugás, representante de Clivia Marfa Sotomayor Torres, Carmen Alejandra Holzapfel Picarte y Laura Ramsay Acost, valoró positivamente la decisión judicial: "Es una sentencia que, refrendando lo resuelto por el tribunal de base, se condice con el mérito del proceso, evidenciándose una correcta aplicación del derecho interno y, especialmente, del derecho internacional".
El jurista destacó que "especial mención debe realizarse a una consideración relevante para la resolución de este caso, ya expuesta en su oportunidad, en su sentencia de primera instancia, por el ministro Mario Carroza, la cual es compartida por la Corte de Apelaciones, a saber, abordar la violencia contra la mujer que se ejerce en contextos de crímenes de derecho internacional, con un enfoque de género".
En este sentido, destacó los argumentos que aplicó en su fallo de primera instancia el ministro Carroza y que fueron reafirmados por la Corte capitalina, los cuales dicen relación con que "los hechos criminales determinados judicialmente, son excesos que constituyeron aberraciones deshumanizadas ejecutadas por agentes del Estado, en los que no sólo se les infringieron graves sufrimientos físicos y psíquicos a las víctimas, sino que hubo atropellos en el desamparo en que se encontraban, para así ejecutar las agresiones de violencia sexual, de manera sistemática, conductas que de por sí fueron deleznables y que prevalecieron en los interrogatorios".
Prosigue señalando que "dichas conductas obligan a la Judicatura a construir un tipo penal separado al de secuestro agravado -cual es, en este caso, el de aplicación de tormentos-, por constituir conductas que, en una mirada a los estándares internacionales, han de ser visibilizadas y exaltadas por su gravedad y deshumanización, toda vez que ellas constituyen una forma específica de violencia contra la mujer. Y estas conductas, que se ejecutan en un contexto de ataques generalizados o sistemáticos dirigidos en contra de la población civil, ejecutados por agentes estatales, amparados por el gobierno de facto, son crímenes de lesa humanidad que deben ser perseguidos y sancionados".
De acuerdo con la investigación de Carroza, la DINA mantuvo durante 1974 y 1975 diferentes recintos encubiertos, con el propósito de recluir en ellos y privar de libertad a personas partidarias de partidos políticos o movimientos que siguieron al Gobierno depuesto, de Salvador Allende. antes de ejecutarse el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, y su condición, en dichos lugares, fue la de prisioneros políticos.
Uno de estos sitios estuvo en calle Irán N° 3037, de la comuna de Macul: un lugar de encierro y tortura que llamaron "Venda Sexy" o "La Discoteque", en razón de las agresiones y vejaciones sexuales a que fueron sometidos los prisioneros, se utilizó al mismo tiempo que otros cuarteles destinados a fines similares, como fueron aquellos conocidos como "Londres 38", "Villa Grimaldi" o "Cuartel Terranova" y también el de "José Domingo Cañas".
Se les agregó aquel que se encargaba de mantener a los prisioneros incomunicados y en recuperación de las torturas sufridas en los interrogatorios, y en el intertanto, el mando del organismo decidía su destino final: este fue conocido con el nombre de "Cuatro Álamos", recinto que contaba además en el mismo lugar con un anexo –"Tres Álamos"-, donde a los prisioneros se les mantenía en libre platica hasta que llegara a concretarse su potencial libertad o expulsión del país.
Procesan a jerarca DINA por crimen de Ronni Moffitt en Estados Unidos en 1976
Fuente :resumen.cl, 9 de Junio 2022
Categoría : Prensa
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, sometió a proceso al ex general de Ejército, y jerarca de extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado de la ciudadana estadounidense Ronni Karpen Moffitt, de 25 años de edad, perpetrado en la ciudad de Washington DC el 21 de septiembre de 1976
En la causa (rol 910-2211), además se encuentran procesados desde junio de 2016 los ex oficiales de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo, Armando Fernández Larios y el agente civil de la DINA el estadounidense Michael Vernon Townley Welch, en calidad de autores del homicidio de la secretaria del ex canciller chileno Orlando Letelier, en un atentado terrorista ejecutado en la capital de Estados Unidos. Todos los implicados operaban como jerarcas y agentes de la DINA.
En el proceso ha quedado demostrado que la DINA organizó y llevo a cabo una serie de atentados contra la vida de ciudadanos chilenos que se encontraban fuera del territorio nacional. Como parte de ese plan criminal, planearon llevar a cabo la ejecución de Orlando Letelier, ex Canciller del gobierno de Salvador Allende, que residía en Washington.
La planificación incluyó la cooperación de la dictadura paraguaya para proporcionar pasaportes falsos a los agentes chilenos con la finalidad de ingresar ilegalmente a territorio estadounidense, para lo cual Fernández Larios viajó a Paraguay. En tanto, Michael Townley se ocupaba de contactar a un grupo anticastrista cubano denominado Movimiento Nacionalista Cubano para que efectuaran seguimientos y vigilancia sobre Orlando Letelier. El ex canciller chileno trabajaba en ese entonces en el Instituto de Estudios de Política, ubicado en el distrito de Columbia. La organización terrorista de los cubanos anticastristas se dedicó a establecer las rutinas de Letelier y obtener los recursos logísticos para efectuar el atentado.
El 18 de septiembre de 1976, todo el equipo operativo se traslada hasta el entorno del domicilio de Orlando Letelier del Solar para abocarse a un reconocimiento del área, análisis de las rutinas, revisión de traslados, y luego dan cuenta de los resultados al teniente coronel Pedro Espinoza Bravo, encargado de controlar la operación.
Con la información confirmada, Espinoza Bravo imparte la orden de perpetrar el atentado mediante la instalación de una bomba; el artefacto explosivo fue colocado debajo del automóvil del ex canciller chileno.
El día 21 de septiembre, cuando Orlando Letelier, junto a su secretaria Ronnie Karpen Moffitf y al cónyuge de ésta, se dirigía a su trabajo, el grupo operativo hizo detonar el artefacto provocando la muerte inmediata de Letelier y de Ronnie Moffitt. El cónyuge de Ronnie sobrevivió al criminal atentado.
El encargado del llamado departamento exterior de la DINA para 1976 era Raúl Eduardo Iturriaga Neumann quien, dada la estructura interna y jerárquica con que actuaba el ente represivo, ejerció la dirección directa y control de estas acciones criminales. Desde la elección de los oficiales operativos a cargo del operativo, la preparación de los actos, los agentes, los medios necesarios y el control de las operaciones pasaron por la mano de Iturriaga Neumann, o "Don Elías", como se hacía llamar, quien informaba a sus superiores Espinoza Bravo y Manuel Contreras, el director de la DINA.
Iturriaga Neumann se encuentra cumpliendo condena por otra serie de delitos de lesa humanidad en los que tuvo participación y responsabilidad directa. Entre estos, cumple condena como autor del asesinato del General Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, en Buenos Aires, en septiembre de 1974, a la pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo, y como autor de asociación ilícita a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo.
Además, tienes condenas a firme, a 5 años y 1 día como autor del secuestro calificado de Luis Dagoberto San Martín Vergara; a 5 años y 1 día como coautor de los secuestros calificados de Mario Edrulfo Carrasco Díaz y Víctor Fernando Olea Alegría; a 3 años de presidio menor en su grado medio, como autor del secuestro calificado de Félix De la Jara Goyeneche; a 3 años y 1 día como co-autor de 3 secuestros calificados de Luis Genaro González Mella, Luis Omar Mahuida Esquivel y Antonio Patricio Soto Cerna.
También se encuentra procesado y acusado en la Causa "Operación Colombo" como autor de los secuestros calificados de Mario Fernando Peña Solari y Nilda Patricia Peña Solari; y como coautor del secuestro calificado de Jorge Arturo Grez Aburto. Y se encuentra procesado como coautor de 38 secuestros calificados en 25 cuadernos, tanto de la Causa Operación Colombo como en otras causas.
Corte Suprema condena a ex agentes DINA por crímenes de dos personas secuestradas en el cuartel clandestino “Venda Sexy” en 1974
Fuente :resumen.cl, 15 de Diciembre 2022
Categoría : Prensa
En sucesivas resoluciones de la Segunda Sala Penal, la Corte Suprema condenó a ex jerarcas y agentes de la extinta Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) por dos delitos de secuestro calificado cometidos en 1974 contra dos víctimas de las acciones criminales del aparato represivo instalado por la dictadura.
En el primero de los casos, por los delitos de asociación ilícita y de secuestro calificado del comerciante Ramón Isidro Labrador Urrutia, la Segunda Sala del máximo tribunal, – integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Cristina Gajardo -, en fallo dividido (causa rol 72.036-2020), confirmó la sentencia que rechazó la media prescripción y que condenó a los ex jerarcas de la DINA y ex oficiales de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Manuel Andrés Carevic Cubillos a dos penas de 5 años y un día de presidio, como autores de los delitos.
En tanto, los ex agentes Manuel de la Cruz Rivas Díaz y Hugo del Tránsito Hernández Valle, ambos ex PDI, deberán purgar 5 años y un día de presidio, como autores del delito de secuestro calificado, y 541 días, por asociación ilícita.
La Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos por los condenados en contra de la resolución adoptada en mayo de 2020 por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel que ratificó las sentencias dictadas en el fallo de primera instancia por la ministra Marianela Cifuentes Alarcón.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la ministra Gajardo, quien estuvo por acoger los recursos de casación deducidos por tres de los sentenciados (Manuel Andrés Carevic Cubillos, Manuel de la Cruz Rivas Díaz y Hugo del Tránsito Hernández Valle), reconociendo en su favor la prescripción gradual de la pena.
La víctima de este hecho criminal, Ramón Isidro Labrador Urrutia, tenía 24 años a la fecha de su secuestro. Era comerciante y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido el 14 de diciembre de 1974, en horas de la mañana, en Vicuña Mackenna con Carlos Valdovinos, comuna de San Joaquín, por agentes de la DINA quienes le condujeron al cuartel clandestino denominado "Venda Sexy", ubicado en calle Irán con los Plátanos, en la actual comuna de Macul, en Santiago. En el mencionado recinto funcionaba la Agrupación Chacal, que era parte de la Brigada Purén, dependiente de Brigada de inteligencia Metropolitana (BIM) de la DINA.
El jefe de la BIM era Pedro Octavio Espinoza Bravo, el responsable de la Brigada Purén era Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, secundado por Manuel Andrés Carevic Cubillos, en tanto que la agrupación Chacal era dirigida por el ya fallecido ex oficial de Carabineros Miguel Eugenio Hernández Oyarzo. En el referido cuartel operaban como torturadores, entre otros, los funcionarios de la PDI de la época y ex agentes DINA Risiere del Prado Altez España (ya fallecido), Manuel Rivas Díaz, Hugo Hernández Valle.
De Ramón Isidro Labrador Urrutia se perdió todo rastro y desde esa fecha es un detenido desaparecido.
Otra víctima de Operación Colombo
En el segundo de los casos, la Corte Suprema condenó a cinco ex jerarcas de la DINA por el secuestro calificado de Luis Fernando Fuentes Riquelme cometido en Santiago el 20 de septiembre de 1974. La víctima también permaneció prisionero en el cuartel denominado "Venda Sexy", lugar desde donde se pierde todo rastro, y luego fue incluido en la fatídica lista de las 119 personas detenidas desaparecidas que se mencionaban en la Operación Colombo montada por la DINA para desinformar respecto de la suerte de los detenidos que permanecían en su poder.
En fallo unánime (causa rol 30.508-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada en este caso por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y el abogado (i) Gonzalo Ruz- confirmó la sentencia que rechazó la media prescripción y que condenó a los ex jerarcas de la DINA y ex oficiales de Ejército César Raúl Manríquez Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Manuel Andrés Carevic Cubillos y al fallecido ex oficial de Carabineros Ciro Ernesto Torré Sáez, a penas de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito.
En el fallo de primera instancia, dictado en marzo de 2019, el ministro Mario Carroza condenó solo a Manríquez Bravo, Krassnoff Martchenko y Torré Sáez a penas de cinco años y un día de presidio, y absolvió a los otros dos acusados. Este fallo fue revocado por una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que, en enero de 2020, revocó las absoluciones y condenó a los cinco implicados a la pena de diez años y un día de presidio.
En la presente resolución, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación interpuestos por los condenados en contra de la sentencia. Al respecto, el fallo de la Suprema señala:
"…. la calificación de delito de lesa humanidad dada al hecho ilícito cometido, obliga a considerar la normativa del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que excluye la aplicación tanto de la prescripción total como de la llamada media prescripción, por entender tales institutos estrechamente vinculados en sus fundamentos y, consecuencialmente, contrarios a las regulaciones de ius cogens provenientes de esa órbita del Derecho Penal Internacional, que rechazan la impunidad y la imposición de penas no proporcionadas a la gravedad intrínseca de los delitos, fundadas en el transcurso del tiempo".
La víctima de este hecho criminal, Luis Fernando Fuentes Riquelme, de 23 años de edad, era estudiante de Biología de la Universidad de Chile y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido en una celada tendida por agentes de la DINA, el día 20 de septiembre de 1974, en calle Bilbao con Amapolas, en Santiago.
En el hecho, Luis Fuentes trata de huir de la encerrona pero es baleado por los agentes y, herido, logran reducirlo y subirlo a un vehículo en que se movilizaban para alejarse rápidamente del lugar. El detenido es conducido al cuartel clandestino denominado "Ollague", ubicado en calle José Domingo Cañas N° 1367, en 'uñoa; luego, debido a las heridas de bala que tenía, lo trasladan al Hospital Militar para atenciones básicas. Después es llevado al cuartel denominado "Venda Sexy", donde fue visto por última vez el 23 de noviembre de ese año por otras personas detenidas y sobrevivientes, desde esa fecha es un detenido desaparecido que en julio de 1975 es incluido por la DINA en la lista de la Operación Colombo.
Corte de Santiago eleva condena a exagentes de la DINA por su responsabilidad en secuestros y homicidios calificados de víctimas de la Operación Cóndo
Fuente :pjud.cl, 25 de Julio 2022
Categoría : Prensa
La Undécima Sala del tribunal de alzada modificó la sentencia del ministro de primera instancia y condenó a un total de 22 exagentes de la DINA por su responsabilidad en los delitos de secuestros calificados y homicidios calificados cometidos en Chile y el extranjero.
La Corte de Apelaciones de Santiago elevó las penas que deberán cumplir 22 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional por los secuestros calificados de Jorge Fuentes Alarcón, Julio Valladares Caroca, Juan Hernández Zazpe, Manuel Tamayo Martínez, Luis Muñoz Velasquéz, Alexei Jaccard Siegler, Héctor Velásquez Mardones y los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González, Ruiter Correa Arce, ilícitos perpetrados en el marco de la denominada “Operación Cóndor”, acuerdo de cooperación entre los grupos represores de Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Bolivia y Uruguay en la década de los 70.
En la sentencia (rol 4.545-2019) la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jessica González, Loreto Gutiérrez y Jaime Balmaceda, modificó las condenas del tribunal de primera instancia y aumentó las sanciones penales para los ex agentes involucradas en los delitos cometidos tanto en Chile como en el extranjero.
1) Los agentes Cristoph Willike Floel y Raúl Iturriaga Neumann deberán cumplir una pena de 20 años de presidio como autores de los secuestros calificados de Jorge Fuentes Alarcón, Julio Valladares Caroca, Juan Hernández Zazpe, Manuel Tamayo Martínez, Luis Muñoz Velasquéz, Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones y una pena de 20 años como autores de los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce
2) El agente Juan Morales Salgado fue condenado a una pena de 20 años de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones y una pena de 20 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik y Matilde Pessa Mois.
3) En tanto el agente Pedro Espinoza Bravo deberá purgar una pena de 20 años de presidio por los secuestros calificados de Julio Valladares Caroca, Manuel Tamayo Martínez, Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 20 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.
4) Jorge Escobar Fuentes, Federico Chaigneau Sepúlveda, Miguel Riveros Valderrama cumplirán pena de 18 años de presidio por los secuestros de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 18 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.
5) La agente Gladys Calderón Carreño fue sancionada con una pena de 10 años y un día de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y 15 años y un día de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.
6) Los agentes Jaime Ojeda Obando y Eduardo Oyarce Riquelme cumplirán una pena de 5 años y un día de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 10 años y un día de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik y Matilde Pessa Mois.
7) Miguel Krasnoff Martchenko y Gerardo Godoy Garcia cumplirán 15 años y un día de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón.
8) El agente Hermon Alfaro Mundaca fue condenado a 10 años de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón. A la misma pena y por el mismo delito fueron sentenciados José Fuentes Torres, Jorge Andrade Gómez, José Aravena Ruiz, Luis Torres Méndez, María Gabriela Órdenes Montecinos, Osvaldo Pulgar Gallardo y Rodolfo Concha Rodríguez, quienes habían sido absueltos en el fallo de primera instancia.
9) Finalmente Jerónimo Neira Méndez y Manuel Rivas Díaz deberán cumplir una pena de 3 años y un día de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón.
La Corte compartió el criterio de primera instancia respecto de la participación de los condenados en la causa por reunirse antecedentes reales y probados respecto de su participación en los hechos, ya sea como autores inductores o autores directos de los delitos que se le atribuyeron a cada uno.
“Que respecto a las condenas y, específicamente, en relación a aquellos acusados cuya participación se calificó como coautoría, la Corte concuerda con la conclusión a que arriba el sentenciador de primer grado, en cuanto a que con los antecedentes recopilados durante la investigación es posible construir diversas presunciones judiciales que por reunir las exigencias de fundarse en hechos reales y probados, ser múltiples, graves, precisas, directas y concordantes, son bastantes para sostener con convicción que a los acusados Cristoph Georg Willeke Floel, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Juan Hernán Morales Salgado, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Jorge Marcelo Escobar Fuentes, Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda, Miguel René Riveros Valderrama, Gladys de las Mercedes Calderón Carreño, Carlos José Leonardo López Tapia, José Alfonso Ojeda Obando, Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Miguel Krassnoff Martchenko, Gerardo Ernesto Godoy García, Ciro Ernesto Torré Sáez y Orlando José Manzo Durán les cupo intervención en calidad de coautores, en los términos de los N° 1, 2 y 3 del artículo 15 del Código Penal, según se especifica en cada caso, de los delitos reiterados de secuestro calificado de Jorge Isaac Fuentes Alarcón, Juan Humberto Hernández Zazpe, Manuel Jesús Tamayo Martínez, Luis Gonzalo Muñoz Velásquez, Julio del Tránsito Valladares Caroca. Alexei Vladimir Jaccard Siegler y Héctor Heraldo Velásquez Mardones y de homicidio calificado de Ricardo Ignacio Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto Gálvez y Ruiter Correa Arce.”, dice el fallo.
Agrega: “Que, en efecto, en el caso de quienes formaron parte del Departamento Exterior de la Dirección de Inteligencia Nacional -Willeke Floel, Iturriaga Neumann y Espinoza Bravo- en los fundamentos Vigésimo Octavo, Vigésimo Noveno, Trigésimo Primero, Trigésimo Segundo, Trigésimo Cuarto y Trigésimo Quinto se exponen uno a uno todos los antecedentes probatorios en que se sustentan las imputaciones y se concluye acertadamente que la forma de autoría que les cabe a cada uno de ellos es la del N° 1 del artículo 15 del Código Penal al primero de los nombrados al haber tomado parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa, y del N° 2 en relación a los dos restantes, pues se demostró que forzaron o indujeron directamente a otros a ejecutarlos.
Lo mismo acontece en el caso de los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional que formaron parte de la denominada Brigada Lautaro y que operó en el cuartel ubicado en Calle Simón Bolívar N° 8.630 de la comuna de La Reina, en relación con los secuestros calificados de las víctimas Jaccard Siegler y Velásquez Mardones y los homicidios calificados de las víctimas Ramírez Herrera, Stoulman Bortnik y Pessa Mois, esto es, los condenados Valdebenito Araya, Morales Salgado, Oyarce Riquelme y Ojeda Obando; y de los sentenciados Calderón Carreño, Riveros Valderrama, Chaigneau Sepúlveda y Escobar Fuentes en estos mismos lícitos y también en los homicidios calificados de las víctimas Soto Gálvez y Correa Arce.
Los fundamentos Trigésimo Séptimo, Trigésimo Noveno, Cuadragésimo Cuarto y Quincuagésimo Cuarto, respecto de los cuatro primeros, y los motivos Cuadragésimo Segundo, Cuadragésimo Séptimo, Quincuagésimo y Quincuagésimo Segundo, en relación a los cuatro restantes, dan cuenta detallada de los antecedentes conforme a los cuales es posible desprender con certeza que a la época de los hechos estos acusados formaban parte, como agentes operativos, de la brigada de la Dirección de Inteligencia Nacional que materializó el secuestro de militantes del Partido Comunista, entre cuyos miembros se encontraban las personas recién nombradas, de manera tal que no obstante no recordar algunos de ellos el nombre específico de éstas, resulta indiscutible concluir, tal como lo hace el a quo, que tomaron parte en su ilegítima privación de libertad, en algunos casos, y de su homicidio, en otros, sea de manera inmediata y directa, sea forzando o induciendo directamente a otros a ejecutar estos actos, en la forma que prevén los citados N°S 1 y 2 del citado artículo 15 y que, por lo mismo, son coautores punibles de estos ilícitos.
A su turno, los encausados Godoy García y Krassnoff Martchenko, agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional adscritos al denominado Cuartel Terranova o Villa Grimaldi y condenados por el secuestro calificado de la víctima Jorge Isaac Fuentes Alarcón, son también autores en los términos del N° 1 del mismo artículo 15, en tanto jefes de grupos operativos -Tucán y Halcón respectivamente- encargados de la desarticulación del Movimiento de Izquierda Revolucionaria mediante el secuestro y homicidio de sus miembros, uno de los cuales fue el mencionado Fuentes Alarcón, quien, como se dijo, fue privado ilegítimamente de libertad en la localidad de Enramada en la República de Paraguay y trasladado primero a Cuatro Álamos y luego a Villa Grimaldi, lugar este último donde, de acuerdo a numerosa prueba que se reseña en el fallo de primer grado, fue interrogado y sometido a torturas para obtener información acerca de la organización en la que militaba, actividades éstas en las que evidentemente hubieron de participar los jefes de los grupos operativos antes mencionados, que además también abundante prueba indica dirigían estos interrogatorios. En estas calidades de directos interrogadores o indirectos custodios de una persona que luego de ser secuestrada era mantenida privada de libertad en Villa Grimaldi, no puede sino concluirse que, al igual que en los casos anteriores, no obstante no recordar el nombre concreto de la víctima Jorge Isaac Fuentes Alarcón, los acusados Godoy García y Krassnoff Martchenko tomaron parte en su secuestro de manera inmediata y directa en la forma que prevé el N° 1 del artículo 15 del Código Penal.
Cabe precisar que de acuerdo a esta norma, en lo que interesa, se considera autores precisamente a los que toman parte en la ejecución del hecho de manera inmediata y directa; y lo cierto es que tratándose del delito de secuestro, la ejecución de la conducta típica no se agota con el hecho de la -por decirlo de algún modo- “aprehensión” material o física del secuestrado, sino que continúa ejecutándose, y por tanto el delito en curso de consumación, mientras dure el ilegítimo encierro o la ilegítima privación de libertad. Por consiguiente, quienes realizan actos que permiten perpetuar ese estado están en rigor ejecutando la conducta descrita por el tipo, independiente del concierto previo que haya podido mediar o no con otros intervinientes. En otras palabras, sus actos no son de simple facilitación de medios para la ejecución o de mera presencia sin tomar parte directa en ella (en cuyo caso resultaría relevante la determinación del eventual concierto previo para calificar la intervención de autoría o complicidad, de acuerdo a lo que disponen los artículos 15 N° 3 y 16 del Código Penal), sino ejecutivos propios de la autoría. Por lo mismo, el que fuerza o induce a otro a ejecutar alguno de estos actos es evidentemente autor mediato en los términos del N° 2 del artículo 15 y su conducta, por consiguiente, es también punible.
En tales condiciones, se concuerda con el sentenciador de primer grado cuando concluye que a quienes se acusó como coautores ejecutores del delito de secuestro calificado o como coautores mediatos del mismo revisten efectivamente tal calidad, pues la conducta desplegada por cada uno de ellos, según resultó acreditado, satisface las exigencias del tipo del artículo 141 del Código Penal, en relación a la primera parte del N° 1 del artículo 15 del mismo cuerpo legal y del N° 2 de ese precepto.”
Reparaciones civiles
En el aspecto civil se modificaron los montos de las indemnizaciones para algunos de los familiares de las víctimas y además se acogieron dos nuevas medidas reparatorias solicitadas por la cónyuge de Alexei Jaccard Siegler y que son: condenar al Fisco a destinar la suma de $15.000.000 para que a través del Ministerio de Educación se adquieran libros sobre la temática de los Derechos Humanos, que deberán entregarse equitativamente a todas las escuelas públicas de la comuna de Chiguayante y se instale en un lugar visible de las bibliotecas de cada una de ellas una placa en que se informe el hecho de existir tales libros y que fueron entregados en memoria de Alexei Jaccard Siegler, víctima de violación a los Derechos Humanos durante la dictadura militar.
Además el Fisco de Chile deberá entregar $75.000.000 a la Universidad de Concepción para que ésta instituya el premio “Alexei Jaccard Siegler”, que se otorgará anualmente a un estudiante regular de esa casa de estudios que desarrolle una investigación acerca de la temática de los Derechos Humanos, en el contexto de sus estudios en la Universidad de Concepción, y que ascenderá al equivalente en pesos a 100 Unidades de Fomento, debiendo la misma Universidad reglamentar las exigencias, requisitos y condiciones del trabajo.
Los hechos
En la etapa de investigación el ministro Mario Carroza estableció:
-Que a raíz de los acontecimientos acaecidos en el país el día 11 de septiembre de 1973, el Gobierno Militar instituye de manera formal el 25 de noviembre de 1975, en reunión plasmada en la ciudad de Santiago, Chile, un plan de coordinación de acciones y mutuo apoyo entre los líderes de los servicios de inteligencia de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay, Uruguay y Chile, destinado a desestabilizar a los opositores a los regímenes asumidos por las Fuerzas Armadas y de Orden;
-Que éste vínculo generaba de manera estatal e inmediata una realidad que ya se había forjado en acciones concretas entre los países aludidos, esto es, seguimientos, detenciones, interrogatorios bajo tortura, traslado entre países, desaparición o ejecución de personas contrarias a los gobiernos instituidos de facto;
-El escenario anterior habría permitido que se consumaran casos como los que a continuación se indican:
-Que el día 17 de mayo de 1975, Jorge Isaac Fuentes Alarcón, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fuera detenido en la República de Paraguay, en la localidad de Enramada, y luego trasladado a la ciudad de Asunción, donde permaneció privado de libertad hasta el 23 de septiembre de 1975, cuando se define su traslado a Chile vía aérea en forma clandestina por agentes de la DINA, los que una vez en el país le conducen a los recintos secretos de encierro y tortura que mantenía esta organización, esto es, Cuatro Álamos y Villa Grimaldi. En este último lugar, es donde Fuertes permaneció más tiempo prisionero y privado de libertad, recibió un trato cruel de parte de sus captores, se le interroga bajo tortura y se le mantiene en condiciones inhumanas, hasta probablemente el 17 de enero de 1976, cuando otros prisioneros le ven por última vez, desconociéndose su paradero hasta el día de hoy.
-Que, a su vez, el día 2 de julio de 1976, en la ciudad de La Paz, República de Bolivia, se detiene al ciudadano chileno Julio del Tránsito Valladares Caroca, militante del Partido Socialista, por la Dirección de Orden Político, organismo de seguridad de ese país en esa época. En la condición aludida, éste permaneció detenido hasta el 13 de noviembre de 1976, fecha en que fue entregado a Agentes de la DINA, en la localidad fronteriza de Charaña, quienes le trasladaron a nuestro país y le llevaron al Campamento de Prisioneros "Cuatro Álamos", que se encontraba ubicado en la calle Canadá a la altura del 3.000 de Vicuña Mackenna, quedando bajo la custodia de sus agentes, lugar en el cual de acuerdo a testigos permaneció encerrado e incomunicado, y donde se le ve con vida por última vez a fines de noviembre de 1976;
-Que por otro lado, el día 3 de abril de 1976, en la ciudad de Mendoza, República Argentina, son detenidos tres ciudadanos chilenos Juan Humberto Hernández Zazpe, Manuel Jesús Tamayo Martínez y Luis Gonzalo Muñoz Velásquez, militantes socialistas, los cuales fueron trasladados de manera clandestina vía terrestre a Chile y puestos a disposición de los agentes de la Dirección Nacional de inteligencia, quienes le llevaron al Cuartel de Villa Grimaldi, ubicado en Avenida José Arrieta N°8.200 en Santiago, como ya se ha dicho, un campo de prisioneros políticos que pertenecía a la citada organización de inteligencia, en ese lugar fueron encerrados, interrogados y torturados, y se les vio por última vez con vida a fines de abril de 1976, desconociéndose hasta la fecha sus paradero;
-Que por último, en un episodio acaecido en el año 1977, militantes del Partido Comunista, cuya dirección orgánica exterior había decidido la necesidad de canalizar ayuda financiera externa al Partido en Chile, le pide a uno de ellos viajar desde Suiza -Alexei Vladimir Jaccard Siegler-, a Chile, previa escala en Buenos Aires, para encontrarse con otro militante que debía viajar desde Rusia -Ricardo Ignacio Ramírez Herrera- y contactarse ambos además con el militante que residía en esa ciudad -Héctor Heraldo Velásquez Mardones-. Este encuentro no pudo plasmarse porque los tres son detenidos por la Policía Federal Argentina el día 16 de mayo de 1977, sin fundamento legal, y privados de libertad para ser entregados a los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, quienes les trasladan a Santiago de Chile, donde los encierran en el Cuartel de Simón Bolívar, ubicado en la calle del mismo nombre, N08.630, son interrogados bajo tortura y en fecha indeterminada desaparecen. La búsqueda hasta hoy se mantiene al no ser posible encontrar a las víctimas Jaccard y Velásquez, que no registran salidas o entradas comprobadas ni tampoco constan sus defunciones, pero sí se ha encontrado parte de los restos de su compañero de infortunio, Ricardo Ramírez Herrera en Chile, en el sector denominado "Cuesta Barriga", al igual que aquellos pertenecientes al matrimonio formado por Jacobo Stoulman Bortnik y Matilde Pessa Mois, quienes viajaron a Buenos Aires a concretar el despacho del dinero a nuestro país, pero antes son detenidos -el 29 de mayo de 1977- en el Aeropuerto de Ezeiza, en momentos en que bajaban del avión que los traía de Chile, perdiéndose desde ese momento todo rastro de ellos, hasta la aludida evidencia cierta de haber sido inhumados ambos en el ya citado lugar;
-En esta operación, participan a su vez, militantes del Partido Comunista que se encontraban en Chile, que servían de enlace en esta operación, pero cuando se descubre la artimaña fueron ejecutados, Hernán Soto Gálvez en fecha indeterminada, entre el día 7 de junio y el 10 de noviembre de 1977, y Ruiter Enrique Correa Arce, el día 28 de mayo de ese mismo año, y
-El análisis de los antecedentes reseñados en los párrafos precedentes, patentizan la apuntada cooperación y coordinación de los servicios de inteligencia, en casos concretos, donde los agentes de inteligencia de nuestro país, en estos casos, coludidos con los de Argentina, Paraguay y Bolivia, no solo concertaron la detención de las víctimas, sino que también crearon las condiciones para encerrarlos y trasladarlos a nuestro país, con el siniestro propósito de confinarlos en recintos clandestinos para interrogarlos, torturados y luego proceder con extrema crueldad, a eliminarlos.
Corte Suprema manda a la cárcel a 59 ex agentes DINA por la Operación Colombo
Fuente :radio.uchile.cl, 3 de Marzo 2023
Categoría : Prensa
La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile.
La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema revocó sentencia que había absuelto a más de 60 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los condenó como responsables de la desaparición de 16 militantes de izquierda, mayoritariamente del MIR, en el proceso conocido como Operación Colombo, y que en este caso fue perpetrado entre el 17 de junio de 1974 y 6 de enero de 1975 durante la dictadura de Augusto Pinochet.
El fallo fue emitido por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y Diego Simpertigue, y revocaron la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y condenaron a los ex jefes y oficiales de la DINA César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como autores de los delitos de secuestro calificado de las víctimas.
Del mismo modo, el tribunal condenó a 53 ex agentes a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autores del mismo delito, quienes habían sido absueltos anteriormente por el tribunal de alzada capitalino, a pesar de haber estado condenados en primera instancia como cómplices y autores. Además, esta vez todos deberán ingresar a la cárcel, encontrándose alguno de ellos ya en prisión por otros delitos de lesa humanidad.
Se trata de los ex agentes DINA Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic, Rosa Humilde Ramos Hernández, Nelson Alberto Paz Bustamante, Jose Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Manuel Heriberto Avendaño Gonzalez, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo Del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Diaz, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Evangelista Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael De Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara, Olegario Enrique González Moreno, Werner Zanghellini, Hector Flores Vergara.
Jaime Alfonso Fernández Garrido, recibió una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de secuestro calificado de Ida Vera Almarza. Mientras que Samuel Fuenzalida Devia fue condenado a 541 y un día por el mismo delito, mas no cumplirá tiempo en la cárcel.
Se trata de un proceso extenso que tuvo su primera sentencia de primera instancia en 2017 a manos del ministro Hernán Crisosto Greisse. En el transcurso de la investigación han fallecido algunos agentes como Basclay Zapata, Ciro Torré, Manzo Duran, Ricardo Lawrence, entre otros.
Para Nelson Caucoto, abogado querellante, representante de 13 de las 16 víctimas, este es “un fallo trascendente en la historia judicial chilena, puesto que la Corte Suprema ha restituido el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, los que habían quedado literalmente en una .situación de impunidad inaceptables. El máximo tribunal ha desechado una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y ha acogido los recursos de los querellantes”, señaló.
Caucoto agrega que “se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna. Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”.
La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile por la DINA, las que habrían perecido luego de enfrentarse entre ellos.
Este proceso investigó la suerte de 16 de esas 119 víctimas. Se trata de Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro.
El Supremo de Chile condena a seis exagentes y dos exmilitares de la dictadura de Pinochet por el asesinato del diplomático español Carmelo Soria
Fuente :elpais.com, 22 de Agosto 2023
Categoría : Prensa
El funcionario de la CEPAL fue detenido y torturado en 1976 por miembros de la policía secreta del régimen
La Corte Suprema chilena ha condenado hoy en forma definitiva a seis exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), la policía secreta de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), y dos exintegrantes del Ejército, por el homicidio el 16 de julio de 1976 de Carmelo Soria, diplomático español y militante comunista, miembro de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Hace 47 años fue secuestrado, torturado y luego asesinado. Entre los condenados se encuentran el exbrigadier Pedro Espinoza Bravo, el segundo jefe de la DINA –el director fue el general (R) Manuel Contreras– y Raúl Iturriaga Neumann, el que fue jefe del departamento exterior del mismo organismo.
Carmen Soria, la hija de Carmelo Soria, quien reside en Chile, tras conocer el fallo declara a EL PAIS: “El 16 de julio de 1976 mi madre dijo que esto era un asesinato político y hoy, cuando es 22 de agosto de 2023, la justicia chilena acaba de confirmar que fue un asesinato político. Es decir, 47 años nos costó que nos creyeran. Y las condenas son una miseria”.
El fallo señala que “la víctima fue privada de su libertad por agentes armados de la DINA, los que lo trasladaron a un lugar oculto, donde se le mantuvo por horas vendado y amarrado, siendo sometido a interrogatorio bajo apremios físicos que le produjeron la muerte, de manera que resulta claramente identificable que los agentes realizaron dos cúmulos de acción ilícitas, completamente diversas, las primeras realizadas con el propósito de privar de libertad al sr. Soria Espinoza, en tanto que las segundas, fueron perpetradas para ocasionarle la muerte”.
Carmelo Soria Espinoza nació en 1921, en Madrid. Estaba casado con Laura González Vera y tenía tres hijos: Carmen, Laura y Luis. Fue asesinado a los 54 años, cuando trabajaba como jefe de la sección Editorial y de Publicaciones del Centro Latinoamericano de Demografía (CELADE), organismo dependiente de la CEPAL y, a la vez, Naciones Unidas. La tarde del 14 de julio de 1976, al salir de su oficina en el sector de Providencia, en Santiago, fue secuestrado por agentes de de la DINA. Conducía un automóvil marca Volkswagen, hasta donde se subió uno de ellos.
Después de ser torturado y asesinado, su cadáver fue arrojado junto a su automóvil, con las llaves puestas y sin la radio, en un riachuelo en La Pirámide, en el sector norte de Santiago, la capital de Chile. El vehículo estaba con las puertas cerradas, con algunos vidrios quebrados y, en su interior, había una botella de pisco. Era un escena para simular un accidente. Sin embargo, se estableció que en el crimen participaron agentes del Estado de la dictadura de Pinochet.
Ha sido un largo proceso, que ha demorado en su fallo final, en la Corte Suprema, 47 años. El primer abogado de la causa, por más de dos décadas, fue Alfonso Insunza, quien murió en 2016, mientras que hoy representan a la familia Soria Nelson Caucoto y Francisco Ugás.
El caso de Carmelo Soria partió en 1976 en el tercer juzgado del crimen de Santiago. Y ha tenido una serie de tropiezos. Por ejemplo, en 1993 la causa pasó, por un mes, de la justicia civil a la justicia militar, para luego volver a los tribunales civiles. Incluso, algunos de los agentes que habían sido identificados como partícipes del crimen fueron favorecidos con la ley de amnistía, un decreto que impulsó la dictadura y que permitía que los crímenes cometidos entre 1973 y 1978 fueran cerrados sin que se investigara.
El proceso por el homicidio fue sobreseído por los tribunales por aplicación de la amnistía. Hubo distintos intentos de reapertura. Y, en 1997, Carmen Soria, hija del diplomático español, junto a Insunza, el primer querellante del caso, presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una denuncia por violación por parte del Estado de Chile al derecho al acceso a la justicia por la aplicación de la amnistía.
Las condenas
En la sentencia, emitida por la Sala Penal, condenó a los jefes de la policía secreta de Pinochet, Pedro Espinoza Bravo y Raúl Iturriaga Neumann, a 15 años y un día de presidio como autores del homicidio, mientras que Juan Morales Salgado fue sentenciado a 10 años y un día de presidio como autor del homicidio. La pena no se les extendió a asociación ilícita pues los tres exagentes tienen condenas previas por ese delito por el doble asesinato, en 1974 en Buenos Aires, Argentina, del excomandante en jefe del Ejército chileno, Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, a quienes la la DINA puso una bomba en el automóvil en que se movilizaban en una calle de Palermo.
En tanto, Guillermo Salinas Torres fue condenado a 15 años y un día de presidio como autor del homicidio y a 541 días de presidio como autor de asociación ilícita. Y René Quilhot Palma y Pablo Belmar Labbé a 10 años y un día de de cárcel -como autores- y a 541 días de presidio como autores de asociación ilícita.
Además, Eugenio Covarrubias Valenzuela fue sentenciado cuatro años de presidio por infracción al artículo 212 del Código Penal -presentación de declaración falsa bajo promesa o juramento- y Sergio Cea Cienfuegos a 600 días de presidio como autor de falsificación de instrumento público.
Pedro Espinoza Bravo cumple una decena de condenas en el penal de Punta Peuco, un recinto especial donde se encuentran privados de libertad militares por causas de violaciones a los derechos humanos en la dictadura. Su primera pena fue en 1995, cuando se le acusó junto a Manuel Contreras por el asesinato en Washington, en 1976, del excanciller del derrocado presidente Salvador Allende (1970-1973), Orlando Letelier, luego que la DINA pusiera una bomba en su automóvil.
Espinoza, junto a Iturriaga Neuman, cumplen además condenas por el crimen del general Parts y su esposa.
La condena por el homicidio de Carmelo Soria se produce en la víspera de la conmemoración en Chile, el próximo 11 de septiembre, de los 50 años del golpe de Estado.
Según el Ministerio de Justicia, tras la dictadura de Pinochet en Chile hay aún 1.469 víctimas de desaparición forzada. De ellas, 1.092 son detenidas desaparecidas, mientras que otras 377, que fueron ejecutadas, están en la misma condición. Del total de personas, solo 307 han sido identificadas.
Operación Colombo: Corte Suprema condena a 25 agentes DINA por crimen de detective mirista en 1974
Fuente :resumen.cl, 22 de Septiembre 2023
Categoría : Prensa
La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a 25 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado del fotógrafo Teobaldo Antonio Tello Garrido, detenido desaparecido desde el 22 de agosto de 1974 y una de las 119 víctimas que aparecieron en las nóminas de la maniobra de desinformación internacional conocida como "Operación Colombo".
Teobaldo Tello, de 25 años de edad, casado, era detective de la Policía de Investigaciones, fotógrafo, y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido y secuestrado en horas de la tarde del día 22 de agosto en la vía pública cuando se disponía a sostener un contacto clandestino en la zona centro de Santiago. Su detención formó parte de una redada represiva sobre miembros del MIR vinculados a Investigaciones y al Gabinete de Identificación.
En la sentencia (rol 36.979-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y los abogados (i) Eduardo Morales y Gonzalo Ruz- rechazó los recursos de casación interpuestos por los condenados y descartó error en la sentencia impugnada.
El fallo del máximo tribunal condenó a los ex oficiales de Ejército y jerarcas de la DINA César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a la pena de 13 años de presidio por su responsabilidad como autores del delito.
En tanto, también como autores del delito fueron sentenciados a 10 años de presidio los ex oficiales Gerardo Ernesto Godoy García y Manuel Andrés Carevic Cubillos, y los ex agentes Nelson Alberto Paz Bustamante, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, José Alfonso Ojeda Obando, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Palmira Isabel Almuna Guzmán Leonidas Emiliano Méndez Moreno, y Hermon Helec Alfaro Mundaca, Luis Rigoberto Videla Inzulza y Jorge Segundo Madariaga Acevedo, siendo estos tres últimos funcionarios de la Policía de Investigaciones comisionados en la DINA.
El agente el ex agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia deberá purgar una pena de 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, como autor del delito.
Finalmente el ex agente Víctor Manuel Álvarez Droguett fue sentenciado a una pena de 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, cómo cómplice del delito.
La sentencia desestimó infracción en los hechos establecidos por los tribunales de primera instancia al tratarse de crímenes de lesa humanidad.
"Que en cuanto a la causal contenida en el artículo 546 N°2 del Código de Procedimiento Penal, atendida la naturaleza de los sucesos demostrados, los que resultan inalterables para esta Corte desde que fue desestimada la causal que permite su modificación, no cabe duda que los mismos fueron cometidos en carácter de crimen de lesa humanidad, toda vez que el ilícito pesquisado ocurrió en un contexto de violaciones a los derechos humanos graves, masivas y sistemáticas, verificadas por agentes del Estado, constituyendo la víctima de este caso un instrumento dentro de una política a escala general de exclusión, hostigamiento, persecución o exterminio de un grupo de numerosas personas a quienes, en la época inmediata y posterior al once de septiembre de mil novecientos setenta y tres, se les sindicó de pertenecer ideológicamente al régimen político depuesto o que por cualquier circunstancia fuera considerado sospechoso de oponerse o entorpecer la realización de la construcción social y política ideada por los detentadores del poder, garantizándoles la impunidad a los ejecutores de dicho programa mediante la no interferencia en sus métodos, tanto con el ocultamiento de la realidad ante la solicitud de los tribunales ordinarios de justicia de informes atingentes, como por la utilización del poder estatal para persuadir a la opinión pública local y extranjera que las denuncias formuladas al efecto eran falsas y respondían a una campaña tendiente a desprestigiar al régimen militar autoritario.
Agrega: "Que se denominan crímenes de lesa humanidad aquellos injustos que no sólo contravienen los bienes jurídicos comúnmente garantizados por las leyes penales, sino que al mismo tiempo suponen una negación de la personalidad moral del hombre, de suerte tal que para la configuración de este ilícito existe una íntima conexión entre los delitos de orden común y un valor agregado que se desprende de la inobservancia y menosprecio a la dignidad de la persona, porque la característica principal de esta figura es la forma cruel con que diversos hechos criminales son perpetrados, los que se contrarían de forma evidente y manifiesta con el más básico concepto de humanidad; destacándose también la presencia del ensañamiento con una especial clase de individuos, conjugando así un eminente elemento intencional, en tanto tendencia interior específica de la voluntad del agente.
En definitiva, constituyen un ultraje a la dignidad humana y representan una violación grave y manifiesta de los derechos y libertades proclamadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, reafirmadas y desarrolladas en otros instrumentos internacionales pertinentes".
En la investigación judicial, y fallo de primera instancia, el ministro en visita Hernán Crisosto Greisse estableció que el secuestrado Teobaldo Tello fue llevado por sus captores al recinto de reclusión clandestino denominado "Ollagüe", ubicado en calle José Domingo Cañas N° 1367, de la comuna de 'uñoa, y posteriormente lo trasladaron a los recintos clandestinos de detención de "Villa Grimaldi", ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina y a "Cuatro Álamos", ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, recintos que eran controlados por la DINA.
Durante su estadía en los cuarteles de José Domingo Cañas, Villa Grimaldi y Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de los miembros de esa organización.
En estos recintos Tello Garrido fue visto por otros detenidos sobrevivientes con sus brazos y piernas quebradas producto de las torturas. La última vez que se le vio con vida ocurrió un día no determinado del mes de septiembre de 1974.
El nombre de Teobaldo Antonio Tello Garrido apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista "LEA" de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se decía que había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas entre esos miembros. Las referidas publicaciones fueron producto de maniobras de desinformación efectuadas por la DINA, en lo que se ha conocido como "Operación Colombo".
por Darío Núñez
Operación Colombo: Corte Suprema dicta condenas contra 32 agentes DINA en causas de dos víctimas
Fuente :resumen.cl, 4 de Diciembre 2023
Categoría : Prensa
La Corte Suprema dictó sendas sentencias de reemplazo que condenan a 32 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado de dos víctimas de la llamada Operación Colombo. En causas y fallos separados, el máximo tribunal dictó resolución sobre los casos de Ismael Darío Chávez Lobos, detenido el 26 de julio de 1974, y de Jorge Alejandro Olivares Graindorge, detenido el 27 de julio de 1974, ambos en la comuna de Quinta Normal, en Santiago.
En el primer caso referido al caso de Ismael Chávez Lobos, en fallo unánime (causa rol 79.461-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y los abogados integrantes Pía Tavolari y Gonzalo Ruz- estableció error de derecho en la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en junio de 2020, al absolver de responsabilidad en los hechos acreditados a los agentes que cumplían funciones operativas y como guardias en el recinto de Londres 38.
Por tal razón, en la sentencia de reemplazo, los califica como culpables y les condena por el delito, al tiempo que eleva las penas de los otros condenados.
Al mismo tiempo, acogió los recursos de casación en el fondo deducidos por los querellantes y, dictando sentencia de reemplazo, condenó a los ex jerarcas DINA y ex oficiales de Ejército César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, también como autores del delito fueron sentenciados a 10 años de presidio el ex oficial de Carabineros Gerardo Ernesto Godoy García y de Ejército Manuel Andrés Carevic Cubillos, y el ex agente José Enrique Fuentes Torres.
Mientras que, los ex agentes Juan Evaristo Duarte Gallegos, Pedro Ariel Araneda Araneda, Víctor Manuel Molina Astete, Manuel de la Cruz Rivas Díaz, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Olegario Enrique González Moreno, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Rafael de Jesús Riveros Frost, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Máximo Ramón Aliaga Soto y José Avelino Yévenes Vergara, deberán cumplir 5 años y un día de presidio como autores del delito.
En el segundo caso, referido a Jorge Olivares Graindorge, en fallo unánime (causa rol 122.171.2020) la Segunda Sala integrada por los mismos ministras y ministros del caso anterior, estableció error de derecho en la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en julio de 2020, al absolver equivocadamente a agentes que cumplían funciones operativas y de guardias en el recinto de Londres 38. Razón por la cual en la sentencia de reemplazo los califica y condena como culpables del delito.
De igual modo, eleva las penas de los demás sentenciados y condenó a los ex jerarcas DINA y ex oficiales de Ejército César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, también como autores del delito fueron sentenciados a 10 años de presidio los ex oficiales Gerardo Ernesto Godoy García y Manuel Andrés Carevic Cubillos, y el ex agente José Enrique Fuentes Torres.
De igual manera, por este delito, deberán cumplir penas de 5 años y un día de presidio como autores del delito los ex agentes Juan Evaristo Duarte Gallegos, Pedro Ariel Araneda Araneda, Víctor Manuel Molina Astete, Manuel de la Cruz Rivas Díaz, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Olegario Enrique González Moreno, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Rafael de Jesús Riveros Frost, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Máximo Ramón Aliaga Soto y Osvaldo Enrique Pulgar Gallardo.
En ambos casos, otros doce agentes condenados en primera instancia, fallecieron en el curso del proceso, entre ellos ex oficiales Gerardo Urrich González, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez y Sergio Castillo González, y los agentes Basclay Zapata Reyes, Risiere del Altez España, Juan Ángel Urbina Cáceres, José Nelson Fuentealba Saldías, Hugo Rubén Delgado Carrasco, José Mario Friz Esparza, Claudio Orlando Orellana de la Pinta, y Gustavo Galvarino Carumán Soto, quedando absueltos de estos crímenes.
Las víctimas
Ismael Darío Chávez Lobos, de 22 años de edad, era estudiante de Ciencias Sociales en la Universidad de Chile y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido en horas de la noche del 26 de julio de 1974 en su domicilio ubicado en calle Los Copihues N° 1977 de la comuna de Quinta Normal, por agentes pertenecientes a la DINA, quienes lo trasladaron al recinto de detención clandestina 'Londres 38′, ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago.
Jorge Alejandro Olivares Graindorge, de 23 años de edad, de oficio jardinero, también militante del MIR, fue detenido por agentes de la DINA en la vía pública, en horas de la tarde del día 27 de julio de 1974, en las cercanías de su domicilio ubicado en pasaje Salta 2258, de la comuna de Quinta Normal. También fue trasladado por los agentes al recinto de detención clandestina «Londres 38».
Desde este lugar de detención y tortura se pierde el rastro de ambos detenidos. Posteriormente, en julio de 1975, aparecen mencionados en las nóminas de la maniobra de desinformación internacional conocida como "Operación Colombo", llevada a cabo por la DINA, que incluía 119 personas detenidas desaparecidas.
por Darío Nuñez
Corte de San Miguel confirma condena de agentes de la DINA por secuestro calificado en 1977
Fuente :pjud.cl, 21 de Marzo 2024
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Vicente Israel García Ramírez. Ilícito cometido a partir del 30 de abril de 1977.
La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad el delito de secuestro calificado de Vicente Israel García Ramírez. Ilícito cometido a partir del 30 de abril de 1977.
En fallo unánime (causa rol 304-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Liliana Mera Muñoz, el ministro Patricio Martínez Benavides y abogado (i) Jonatan Valenzuela Saldías– ratificó la sentencia impugnada, dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón, en la parte que condenó a Pedro Octavio Espinoza Bravo y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 12 años y 10 años de presidio, respectivamente, en calidad de autores del delito.
En la causa, el tribunal de alzada revocó la sentencia absolutoria respecto a Manuel Jorge Provis Carrasco y lo condenó 10 años de presidio, en calidad de coautor.
“Debe tenerse presente que la sentencia que se impugna se basó en profusa evidencia según la cual se corroboró que la víctima Vicente Israel García Ramírez fue detenido por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA); su encierro en el recinto de dicho organismo, denominado ‘Cuartel Borgoño’, situado en calle General Borgoño de la comuna de Santiago y los malos tratos que recibió en ese lugar, se acreditaron con las declaraciones de Viola Olma Carrasco Rodríguez, Kathia Milova Reimer Carrasco, Nancy Teresa Veloso Briones, Karin Olma Reimer Carrasco, Luis Segundo León Guevara, Mireya García Ramírez, Marlin del Carmen García Ramírez, Jaime Francisco Troncoso Valdés, Guillermo Hernán Bello Doren, Gonzalo Ehijo Gutiérrez y Juan Carlos Villar Ehijo”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “La apreciación de los medios de prueba señalado permitió al tribunal a quo tener por establecido y arribar a la convicción de que el día 29 de abril de 1977, a las 09:40 horas, Vicente Israel García Ramírez, nombre político ‘Óscar’, militante del Partido Socialista, usando el nombre de un tercero –Jorge Luis Aldana Contreras–, contrajo matrimonio con Karin Olma Reimer Carrasco, tras lo cual compartió un almuerzo con familiares y amigos cercanos en el domicilio de su mujer, ubicado en calle Covadonga N° 8.681 villa Serrano de la comuna de La Granja, para luego viajar con ella a la ciudad de San Fernando. Asimismo, que el día 30 de abril de 1977, en la madrugada, ocho agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) detuvieron, sin derecho, a Viola Carrasco Rodríguez y a su hija Kathia Reimer Carrasco, en su domicilio, ubicado en calle Covadonga N° 8.681 villa Serrano de la comuna de La Granja y, acto seguido, las trasladaron hasta el Cuartel Borgoño, situado en calle Borgoño de la comuna de Santiago. Además, que ese mismo día, alrededor de las 08:30 horas, cuatro agentes de la misma organización detuvieron, sin derecho, a Vicente Israel García Ramírez y a su mujer Karin Olma Reimer Carrasco, en un departamento de la población Rucahue de la comuna de San Fernando y, luego, los trasladaron en un automóvil hasta el referido Cuartel Borgoño. Adicionalmente, que el día antes mencionado, a eso de las 21:00 horas, agentes de la DINA, entre ellos Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, concurrieron al domicilio de Vicente García Ramírez, ubicado en calle Santa Alicia N° 2.887 de la comuna de Conchalí, oportunidad en que interrogaron a la familia de este y registraron el lugar. Seguidamente, que Vicente Israel García Ramírez, Viola Olma Carrasco Rodríguez, Kathia Milova Reimer Carrasco y Karin Olma Reimer Carrasco fueron encerrados, sin derecho, en el Cuartel Borgoño y sometidos a diversos interrogatorios y malos tratos físicos y psicológicos por parte de sus captores; que Kathia y Karin, ambas Reimer Carrasco, fueron liberadas el día 3 de mayo de 1977 y la madre de estas, Viola Carrasco Rodríguez, el día 6 del mismo mes, desconociéndose el destino final de Vicente Israel García Ramírez”.
“Los hechos acreditados concuerdan con los patrones de represión ejercidos por la Dirección de Inteligencia Nacional en contra de sus opositores políticos, en especial respecto de militantes del MIR, Partido Comunista y Partido Socialista”, agrega.
Para el tribunal de alzada, en la especie: “Se estableció claramente que el acusado Manuel Provis Carrasco se hizo cargo del Cuartel Borgoño a fines del año 1977 o principios de 1978 con lo que resultamente a juicio de esta corte, claro, que se encuentra razonablemente establecido que el señor Provis ejercía funciones a cargo del cuartel Borgoño en la época de ocurrencia de los hechos no pudiendo el hecho de constar antecedentes del uso de feriados legales derrotar la convicción de contribución como autor al hecho objeto de este proceso”.
“Es particularmente claro que en el contexto en que los graves hechos que se juzgan ocurrieron, los funcionarios estatales a cargo de cuarteles donde es ejecutaban crímenes actuaban fuera de la legalidad, por lo que no es posible atribuir a un acto puramente formal de uso de feriado la capacidad de derrotar la prueba que sitúa al acusado Provis a cargo precisamente del cuartel donde desapareció la víctima Vicente García Ramírez”, concluye.
En el aspecto civil, el fallo confirmó la sentencia apelada con declaración que condena al fisco a pagar una indemnización de $30.000.000 por concepto de daño moral, a las demandantes.
Operación Colombo: Corte Suprema condena a 30 ex agentes DINA por secuestro calificado de joven mirista en 1975
Fuente :resumen.cl, 23 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del estudiante del Instituto Superior de Comercio de Talca Francisco Eduardo Ugás Morales, de 22 años de edad, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quien fue secuestrado a partir del 7 de febrero de 1975, en la comuna de Estación Central, en Santiago.
El nombre de Rodrigo Ugás apareció, posteriormente, en el listado de 119 personas detenidas desaparecidas incluidas en la maniobra de desinformación implementada por la DINA y la dictadura conocida como "Operación Colombo".
En fallo unánime (causa rol 63-094-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari- acogió los recursos de casación en el fondo deducidos por los querellantes y estableció error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en abril de 2020, anulándola y reemplazándola.
En la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema confirmó la sentencia de primer grado dictada por el ministro Hernán Crisosto Greisse en junio de 2015 y que condenó a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas DINA Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, los ex oficiales Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García y Manuel Andrés Carevic Cubillos, y los ex agentes Pedro René Alfaro Fernández, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Luis René Torres Méndez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Carlos Eusebio López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Insunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Mora Villanueva, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Rosa Humilde Ramos Hernández, José Abel Aravena Ruiz, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Silvio Antonio Concha González y Roberto Hernán Rodríguez Manquel deberán cumplir 10 años y un día de presidio, como coautores del secuestro calificado.
En el caso, del agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia, se confirmó la resolución del ministro en visita Hernán Crisosto, que lo condenó a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena. Al menos otros 11 agentes condenados en el fallo de primera instancia fallecieron en el curso del proceso.
En la resolución, la Segunda Sala establece que: "….aparece claro que los jueces del grado al momento de resolver la controversia sometida a su conocimiento y absolver a los acusados Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Pedro René Alfaro Fernández, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Luis René Torres Méndez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Carlos López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Insunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leonidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Mora Villanueva, Víctor Manuel Molina Astete y Fernando Enrique Guerra Guajardo, han incurrido en los errores de derecho denunciados por el querellante, al estimar, en síntesis, según se evidencia del razonamiento que antecede, …. reduciendo artificialmente la responsabilidad atribuida a cada uno de ellos a su condición de agentes de la DINA, mediante una reproducción incompleta de los fundamentos esgrimidos por el tribunal de primera instancia…..", sostiene el fallo.
"Que por otro lado -prosigue-, como ya se ha esbozado, adicionalmente a dicha calificación jurídica, los sentenciadores estimaron…., que los hechos fueron cometidos en un contexto de ataque sistemático o generalizado en contra de la población civil, lo que determinó que el ilícito establecido fuera, además, considerado como crímenes de lesa humanidad, por atentar contra normas ius cogens del Derecho Internacional Humanitario, y por lo mismo, sometido a dicho estatuto jurídico internacional".
Villa Grimaldi
En la sentencia de primera instancia, el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto Greisse estableció que en horas de la tarde del día 7 de febrero de 1975, miembros de la DINA, detuvieron en la vía pública en el sector de Estación Central, en Santiago, a Rodrigo Eduardo Ugás Morales, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA, denominado 'Cuartel Terranova' o 'Villa Grimaldi', ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina, que era custodiado por guardias armados y al cual solo tenían acceso los agentes de la DINA.
El detenido Ugás Morales durante su estada en el cuartel de Villa Grimaldi, según testimonios de sobrevivientes, permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel.
La última vez que Rodrigo Ugás Morales fue visto por otros detenidos, ocurrió un día no determinado a fines de febrero de 1975, encontrándose desaparecido desde esa fecha.
Operación Colombo: Corte Suprema confirma condenas de 24 ex agentes DINA por secuestro calificado de dirigente UdeC en Santiago en 1974
Fuente :resumen.cl, 26 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema rechazó los recurso de casación en la forma y en el fondo interpuestos por las defensas, en contra de la sentencia que condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del estudiante de sociología Ariel Martín Salinas Argomedo, cometido a partir del 25 de septiembre de 1974 en Santiago.
El nombre de Ariel Salinas Argomedo apareció, posteriormente, en el listado de 119 personas detenidas desaparecidas incluidas en la maniobra de desinformación implementada por la DINA y la dictadura conocida como "Operación Colombo".
En fallo unánime (causa rol 135.568-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari-, acogió el recurso de casación en la forma deducido por la querellante Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, consecuencialmente, invalidó la sentencia impugnada, solo en la parte que absolvió al acusado Manuel Heriberto Avendaño González y, en sentencia de reemplazo, lo condenó a 10 años de presidio, en calidad de autor del delito.
El fallo de la Corte Suprema confirmó las sentencias de los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas DINA César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann quienes deberán cumplir 13 años de presidio, por su responsabilidad como autores del secuestro calificado.
Mientras que, además del ya aludido Manuel Heriberto Avendaño González, los ex oficiales, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Gerardo Ernesto Godoy García, Palmira Isabel Almuna Guzmán, y los ex agentes Hermón Helec Alfaro Mundaca, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, José Alfonso Ojeda Obando, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Pedro Ariel Araneda Araneda, y Juan Evaristo Duarte Gallegos deberán purgar 10 años de reclusión, todos condenados en calidad de autores del delito.
Otros 12 agentes, también condenados en el fallo de primera instancia, dictado por el ministro Hernán Crisosto Greisse en octubre de 2015, fallecieron en el curso del proceso.
Respecto del caso del acusado Manuel Avendaño González la Sala Penal señala: "(…) en tales condiciones, el recurso propuesto por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del ramo, deberá ser acogido, desde que de la sola lectura de la sentencia objetada se evidencia en ella fundamentos que resultan completamente contradictorios, anulándose unos a otros, tornando la decisión que absuelve al acusado Avendaño González que se declara en lo resolutivo, carente de todo fundamento, configurándose el vicio de invalidación denunciado.
"En efecto, a la época de los hechos, estos acusados formaban parte como superiores jerárquicos y agentes operativos, conjuntamente con otros imputados cuya participación se analizara en los considerandos siguientes, de las agrupaciones pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional que materializó el secuestro de los miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, entre cuyos miembros se encontraba Salinas Argomedo, de manera tal que no obstante no recordar el nombre específico de este resulta indiscutible concluir, tal como lo hace el a quo, que tomaron parte en la ilegítima privación de libertad de este de manera inmediata y directa en la forma que prevé la norma recién citada y que, por lo mismo, son coautores punibles de este ilícito.
Operación Colombo
Ariel Martín Salinas Argomedo era ex estudiante de sociología de la Universidad de Concepción. El joven, de 26 años, casado y padre de una hija, era militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), formaba parte de la dirección universitaria del MIR en Concepción y, hasta el golpe militar, fue presidente del centro de alumnos de la carrera de sociología de la UdeC. Luego del golpe debió pasar a la clandestinidad para evitar ser apresado. Se trasladó a Santiago para continuar con su actividad militante y un año más tarde fue detenido.
En el fallo de primera instancia, el ministro de fuero Hernán Crisosto Greisse dio por establecido que en horas de la mañana del día 25 de septiembre de 1974, Ariel Salinas fue detenido en la vía pública por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaron al recinto clandestino de detención de la DINA denominado 'Ollagüe', ubicado en José Domingo Cañas N° 1367 de la comuna de 'uñoa. Posteriormente fue trasladado a los recintos clandestinos de detención denominados 'Villa Grimaldi', ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina, y a 'Cuatro Álamos', ubicado en calle Canadá N° 3000, de la comuna de Santiago, recintos que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.
Según consta del testimonio de prisioneros sobrevivientes, durante su estada en los cuarteles de José Domingo Cañas, Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, el detenido Ariel Salinas permaneció sin contacto con el exterior. En los dos primeros lugares vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles.
La última vez que Ariel Salinas Argomedo fue visto con vida por otros detenidos ocurrió un día no determinado del mes de noviembre de 1974, encontrándose desaparecido desde esa fecha.
por Darío Núñez
Secuestro de Jorge Müller y Carmen Bueno: agentes de la DINA son condenados por la desaparición de los cineastas
Fuente :radio.uchile.cl, 23 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
Los integrantes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko recibirán la pena de 20 años de presidio por su calidad de autores.
En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.
El máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos en contra de la sentencia que condenó a agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de la pareja de cineastas Jorge Hernán Müller Silva y Carmen Cecilia Bueno Cifuentes. Ilícitos cometidos a partir del 29 de noviembre de 1974.
En fallo unánime (causa rol 43.971-2020), la Segunda Sala de la Corte Suprema –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, Orlando Manzo Durán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Heriberto Avendaño González, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Carlos López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana deberán cumplir 12 años de presidio, como coautores.
“Que, de esa manera, los elementos del ilícito examinado y la participación en ellos de estos acusados, se estimó verificada por el tribunal de primer grado, conclusiones que la judicatura de segundo grado hizo suyas, refrendadas en el considerando 7° de la sentencia objetada”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, en consecuencia, y aun soslayando los graves defectos formales de los recursos de nulidad sustancial examinados, las infracciones denunciadas por las defensas de Carlos López Inostroza, Jerónimo Neira Méndez, Luis Videla Inzunza, Pedro Alfaro Fernández, Raúl Iturriaga Neumann, Pedro Espinoza Bravo y César Manríquez Bravo, no se han configurado en la especie, desde que los hechos establecidos en la sentencia impugnada y la participación en ellos de estos acusados, se han ajustado a las leyes reguladoras de la prueba, de manera que ningún reproche puede plantearse sobre el particular a la sentencia impugnada, de manera que los recursos de nulidad sustancial en examen serán íntegramente desestimados”.
Operación Colombo
En la sentencia de primer grado, el ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto Greisse dio por establecidos los siguientes hechos:
- El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado ‘Villa Grimaldi’, ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado ‘Cuatro Álamos’, ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.
- Durante su estadía en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros.
- La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos.
- El nombre de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista ‘LEA’ de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Bueno Cifuentes había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.
- Las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50 millones por concepto de daño moral, a la hermana demandante de la víctima Bueno Cifuentes.