Alias : El Gringo
Rut: 3666690-0
Cargos:
Grado : Cabo 1°
Rama : Carabineros
Organismos : Servicio de Inteligencia de Carabineros (SICAR)
Violencia sexual en dictadura: fallo reconoce delitos sexuales cometidos por agentes de SICAR contra mujeres
Fuente :elmostrador.cl, 16 de Mayo 2019
Categoría : Prensa
El fallo condenó a Manuel Agustín Muñoz Gamboa a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor «de los delitos de secuestro agravado, de connotación sexual al haberse cometido con motivo u ocasión del secuestro violación en perjuicio de Ana María Campillo Bastidas y Patricia del Carmen Herrera Escobar». A pesar de la sentencia, las querellantes que iniciaron sus acciones judiciales hace casi 10 años en búsqueda de verdad, justicia y reparación, presentaron un recurso de apelación, ya que, «si bien lo resuelto por el ministro Carroza es un tremendo paso, las penas definidas a los responsables resultan muy bajas y no se condicen con la gravedad de los crímenes cometidos».
Corte de Apelaciones, Mario Carroza, dictó sentencia por el delito de secuestro agravado de Patricia del Carmen Herrera y Ana María Campillo, quienes fueron detenidas y torturadas en dictadura por agentes del Servicio de Inteligencia de Carabineros (SICAR) en los subterráneos de la Plaza de la Constitución donde permanecieron recluidas ilegalmente.
El crimen ocurrido en junio de 1974, contempló interrogatorios con torturas, violaciones y abusos sexuales contra ambas víctimas, quienes estuvieron por varios días con la vista vendada, esposadas y sometidas a condiciones de extrema indefensión.
LA SENTENCIA DEL MINISTRO CARROZA
El fallo condenó a Manuel Agustín Muñoz Gamboa a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor «de los delitos de secuestro agravado, de connotación sexual al haberse cometido con motivo u ocasión del secuestro violación en perjuicio de Ana María Campillo Bastidas y Patricia del Carmen Herrera Escobar entre los meses de junio y julio de 1974, en Santiago».
En tanto, Francisco Segundo Illanes Miranda, José Luis Contreras Valenzuela, Wiston Humberto Cruces Martínez, Ernesto Arturo Lobos Gálvez, Sabino Adán Roco Olguín, Alejandro Segundo Sáez Mardones y José Hernando Alvarado Alvarado fueron condenados a 3 años y un día como cómplices, otorgándoseles el beneficio de la libertad vigilada; y José Edgar Hoffmann Oyarzún, también considerado cómplice, a 541 días de pena remitida.
Ante los resultados del fallo, la Presidenta de Corporación Humanas señaló que “esta sentencia representa, sin duda, un avance en el reconocimiento de la violencia sexual cometida en dictadura, especialmente contra mujeres, por cuanto los hechos fueron calificados como secuestro agravado en razón del grave daño causado por las violaciones y abusos sexuales por una parte, y por otra reconoce la necesidad de reparar el daño causado a las víctimas por parte del Estado, a través de la correspondiente indemnización.”
RECURSO DE APELACIÓN
A pesar de la sentencia, las querellantes que iniciaron sus acciones judiciales hace casi 10 años en búsqueda de verdad, justicia y reparación, presentaron un recurso de apelación, ya que, «si bien lo resuelto por el ministro Carroza es un tremendo paso, las penas definidas a los responsables resultan muy bajas y no se condicen con la gravedad de los crímenes cometidos».
«Valoramos este fallo en lo que representa como reconocimiento del delito cometido, pero consideramos un deber el exigir justicia plena, con penas acordes con la gravedad de estos delitos», declararon las querellantes.
«Se trata también de seguir en un camino que puede abrir espacios para que otras mujeres, que también sufrieron tortura y violencia sexual en dictadura y que aún no han iniciado acciones legales, confíen en que es posible alcanzar verdad y justicia. Por eso es importante apelar, buscamos justicia no en la medida de lo posible, sino verdad y justicia plena», puntualizaron.
Víctimas de violencia sexual en dictadura apelan fallo de Ministro Carroza
Fuente :radio.uchile.cl, 14 de Mayo 2019
Categoría : Prensa
Los testimonios del secuestro y violencia sexual de Patricia Herrera y Ana María Campillo fueron entregados ante la Comisión de Prisión Política y Tortura (Comisión Valech). En la oportunidad, muchas víctimas decidieron no declarar la violencia sexual que sufrieron a manos de agentes del Estado y, según Corporación Humanas, este fallo abre la posibilidad a que otras mujeres entreguen sus testimonios y acudan a la justicia.
El 26 de abril el ministro de la Corte de Apelaciones Mario Carroza, dictó sentencia por el delito de secuestro agravado de Patricia del Carmen Herrera Escobar y Ana María Campillo Bastidas, quienes fueron detenidas en junio de 1974 y permanecieron recluidas ilegalmente en los subterráneos de la Plaza de la Constitución, siendo sometidas a torturas, violaciones y abusos sexuales.
Patricia del Carmen Herrera Escobar y Ana María Campillo Bastidas fueron trasladadas por agentes del Servicio de Inteligencia de Carabineros (SICAR) hasta el subterráneo de la Plaza de la Constitución, donde se les mantuvo encerradas sin derecho por varios días, ambas permanecieron con la vista vendada, esposadas y estuvieron sometidas a condiciones de extrema indefensión, mediante sucesivos interrogatorios y reiterados atentados contra su integridad sexual, siendo violadas y abusadas sexualmente por sus secuestradores.
La Presidenta de Corporación Humanas señaló que: “Esta sentencia representa, sin duda, un avance en el reconocimiento de la violencia sexual cometida en dictadura, especialmente contra mujeres, por cuanto los hechos fueron calificados como secuestro agravado en razón del grave daño causado por las violaciones y abusos sexuales por una parte, y por otra reconoce la necesidad de reparar el daño causado a las víctimas por parte del Estado, a través de la correspondiente indemnización.”
Para las querellantes, que iniciaron sus acciones judiciales hace casi 10 años en búsqueda de verdad, justicia y reparación, la labor de los tribunales de justicia resulta crucial para el reconocimiento pleno de los hechos ocurridos y las garantías de no repetición. Sin embargo, las víctimas representadas por Corporación Humanas, han presentado un recurso de apelación, ya que, si bien lo resuelto por el ministro Carroza es un tremendo paso, las penas definidas a los responsables resultan muy bajas y no se condicen con la gravedad de los crímenes cometidos.
“Valoramos este fallo en lo que representa como reconocimiento del delito cometido, pero consideramos un deber el exigir justicia plena, con penas acordes con la gravedad de estos delitos. Se trata también de seguir en un camino que puede abrir espacios para que otras mujeres, que también sufrieron tortura y violencia sexual en dictadura y que aún no han iniciado acciones legales, confíen en que es posible alcanzar verdad y justicia. Por eso es importante apelar, buscamos justicia no en la medida de lo posible, sino verdad y justicia plena. Aprovechamos de contarles que pronto asistiremos al nacimiento oficial del Colectivo Plaza de la Constitución, que nace del reconocimiento de ese espacio, los subterráneos aledaños a La Moneda, como sitio de memoria”, señalan las querellantes.
Los testimonios del secuestro y violencia sexual de Patricia Herrera y Ana María Campillo fueron entregados ante la Comisión de Prisión Política y Tortura (Comisión Valech). No obstante, en dicha oportunidad, muchas víctimas no se atrevieron a declarar la violencia sexual que sufrieron a manos de agentes del Estado y este fallo abre la posibilidad a que otras mujeres entreguen sus testimonios y acudan a la justicia.
La sentencia del Ministro Carroza
En el fallo se condena a Manuel Agustín Muñoz Gamboa a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio, en calidad de autor “de los delitos de secuestro agravado, de connotación sexual al haberse cometido con motivo u ocasión del secuestro violación en perjuicio de Ana María Campillo Bastidas y Patricia del Carmen Herrera Escobar entre los meses de junio y julio de 1974, en Santiago”. En tanto, Francisco Segundo Illanes Miranda, José Luis Contreras Valenzuela, Wiston Humberto Cruces Martínez, Ernesto Arturo Lobos Gálvez, Sabino Adán Roco Olguín, Alejandro Segundo Sáez Mardones y José Hernando Alvarado Alvarado fueron condenados a 3 años y un día como cómplices, otorgándoseles el beneficio de la libertad vigilada; y José Edgar Hoffmann Oyarzún, también considerado cómplice, a 541 días de pena remitida. Pedro Retamal Ortega fue absuelto, por no considerar el tribunal pruebas suficientes de su participación en los hechos.
Condenan a nueve carabineros por secuestros y violación en subterráneo de la Plaza de la Constitución en dictadura
Fuente :cambio21.cl, 30 de Abril 2019
Categoría : Prensa
El ministro en visita Mario Carroza condenó a nueve miembros en retiro de Carabineros por su responsabilidad en el delito de secuestro agravado de Ana María Campillo Bastidas y Patricia del Carmen Herrera Escobar.
Ambas fueron detenidas en junio de 1974 y permanecieron recluidas ilegalmente en los subterráneos de la Plaza de la Constitución.
En el fallo, Carroza condenó a Manuel Agustín Muñoz Gamboa a la pena efectiva de cinco años y un día de presidio, en calidad de autor "de los delitos de secuestro agravado, de connotación sexual al haberse cometido con motivo u ocasión del secuestro violación en perjuicio de Ana María Campillo Bastidas y Patricia del Carmen Herrera Escobar entre los meses de junio y julio de 1974, en Santiago".
Por su parte, Francisco Segundo Illanes Miranda, José Luis Contreras Valenzuela, Wiston Humberto Cruces Martínez, Ernesto Arturo Lobos Gálvez, Sabino Adán Roco Olguín, Alejandro Segundo Sáez Mardones y José Hernando Alvarado Alvarado fueron condenados a tres años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplices del delito.
Mientras que José Edgar Hoffmann Oyarzún fue condenado a 541 días de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplice, y se absolvió a Pedro Retamal Ortega por falta de participación en los hechos.
A su vez, en el aspecto civil, se condenó al Fisco a pagar una indemnización de 50 millones de pesos a cada una de las víctimas.
"Fueron violadas y abusadas sexualmente por sus secuestradores"
El ministro Carroza recalcó que el Servicio de Inteligencia de Carabineros (Sicar) asumió un rol "represivo con seguimientos, allanamientos, detenciones e interrogatorios bajo tortura" durante la dictadura, estando entre sus lugares clandestinos el Cuartel Número 1, "El Hoyo", ubicado en el subterráneo de la Plaza de la Constitución.
En la investigación, logró determinar que el 19 de junio de 1974 Ana María Campillo Bastidas, simpatizante del Partido Socialista, fue detenida en un domicilio por "cinco hombres vestidos de civil portando metralletas y la privan de libertad por primera vez, luego al cabo de tres días la liberan y días después nuevamente es privada de su libertad y encerrada sin orden judicial ni administrativa por el mismo grupo restrictivo de derechos".
"Días después, el 27 de junio de 1974, es aprehendida Patricia del Carmen Herrera Escobar, universitaria de 19 años de edad, perteneciente a la Juventud del PS, en las afueras de su casa ubicada, también por hombres vestidos de civil, quienes le vendaron la vista y la precipitaron al piso de un vehículo, y partieron con rumbo desconocido", agregó Carroza en su fallo.
Ambas fueron trasladadas a hasta el subterráneo de la Plaza de la Constitución, donde "permanecieron con la vista vendada, esposadas y estuvieron sometidas a condiciones de extrema indefensión, mediante sucesivos interrogatorios y reiterados atentados contra su integridad sexual, ya que fueron violadas y abusadas sexualmente en el recinto por sus secuestradores, los funcionarios del Sicar", sentenció el ministro en visita.
Aumentan penas por asesinato de joven iquiqueño Víctor Zerega Ponce, detenido en subterráneos de La Moneda y lanzado al mar en Valparaíso
Fuente :edicioncero.cl, 29 de Enero 2022
Categoría : Prensa
No fue posible configurar el delito de homicidio calificado. Sólo el de secuestro agravado.
Sentencia establece indemnización que, cuando se haga efectiva, no será de beneficio del único asignatario, Alberto Zerega Ponce, sino que se destinará a la causa de DDHH
Anyelina Rojas Valdés.- Un gesto de nobleza superior, es el del iquiqueño Alberto Zerega Ponce, quien decidió donar los dineros -siendo el único adjudicatario-, provenientes del proceso por el secuestro de su hermano asesinado en dictadura, Víctor Zerega Ponce, para que éstos sean destinados a las causas de DDHH, principalmente en lo que se refiere a las investigaciones que permitan preservar la memoria, en Tarapacá tanto de su hermano como de otros jóvenes que como él, murieron luchando por la democracia y un país más justo.
Tanto Víctor como Alberto, iniciaron su vida política su militancia en el Partido Socialista de Chile. Sin embargo, señala que nunca este colectividad hizo algo para apoyar a las familias de grupo operativo de la primera Dirección Clandestina del PS, todos asesinados.
Alberto Zerega se refirió nuevamente al caso de su amado hermano Víctor, -un joven asesinado en la dictadura cuando solo tenía 26 años y toda una vida por delante que le fue truncada- luego que la Corte de Apelaciones de Santiago, se pronunciara respecto de la sentencia de primera instancia, respecto de los uniformados sindicatos como responsables por “secuestro agravado”, contra Víctor Zerega Ponce, puesto que faltaron elementos probatorios para configurar el delito de homicidio calificado.
La Corte de Apelaciones acogió la apelación que hicieron las partes querellantes, a la resolución de primera instancia, ampliando la pena de primera instancia de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, a 10 años, para MANUEL AGUSTÍN MUÑOZ GAMBOA, alias “El Lolo”, segundo jefe del Cuartel que operaba en los subterráneos de la Plaza de la Constitución, conocido como El Hoyo, y que manejado la SICAR de Carabineros.
En tanto JOSÉ EDGAR HOFFMANN OYARZÚN, ya fallecido, recibe aumento de la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a 3 años, manteniendo el mismo grado. En el curso del proceso, quien fuera el jefe de personal del cuartel interno que operaba en El Hoyo, fallece, por lo que obviamente, la sentencia no será cumplida. En esa época de dictadura, le correspondía ordenar los servicios de guardia y coordinar las misiones que se debían cumplir durante el día.
Hay un tercer involucrado Sabino Adán Roco Olguín, en cuya sentencia de primera instancia fue absuelto y cuya apelación no fue considera por la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo que sigue en libertad. Alberto Zerega Ponce, continuará con la causa porque le parece inconcebible que uno de los actores del crimen de su hermano, no tenga sanción.
Respecto de las condenas, Alberto Zerega señala que el principal implicado, Manuel Muñoz Gamboa, alias El Lolo, está vinculado a otras causas de derechos humano como el Caso degollados y el haber sido parte del Comando Conjunto, en función de lo cual «tiene tantas penas, que las penas que le amplió la justicia de 5 a 10 años, no influye en nada para su situación carcelaria».
Sobre Sabino Roco Olguín, señaló que quedó absuelto. «Creo que no puede estar libre, porque fue parte de los que nos secuestraron y fue parte de los hechos que dieron origen al proceso de Víctor que terminó con su asesinato», afirmó.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señala que los hechos establecidos en el proceso penal:
“dan cuenta que el señor Víctor Zerega Ponce fue objeto de un tratamiento cruel, alejado de todo debido respeto a la dignidad inherente al ser humano; sin la más elemental piedad por el semejante, y alejada de todo principio moral al ejecutar acciones tendiente a poner fin a la vida de un joven profesional, para luego lanzarlo al mar, configurándose, por tanto, una violación múltiple y continuada de numerosos derechos, que ha sido calificada por la Asamblea de la Organización de Estados Americanos como una “afrenta a la conciencia del Hemisferio y constituye un crimen de lesa humanidad , transgresiones que la comunidad mundial se ha ”comprometido a erradicar, pues tales hechos merecen una reprobación categórica de la conciencia universal, al atentar contra los valores humanos fundamentales, que ninguna convención, pacto o norma positiva puede derogar, enervar o disimular, de modo, que el injusto de autos debe ser calificado como un delito de lesa “ humanidad”.
TRISTE HISTORIA
Tal como hemos informado en este Portal, el iquiqueño Alberto Zerega Ponce fue detenido unos días antes que su hermano en Santiago. Era junio de 1974 y se tejía una escabrosa historia, porque cuando él salía del recinto de detención y tortura en los subterráneos de La Moneda, sector Plaza de la Constitución conocido como El Hoyo, su hermano era ingresado al lugar por efectivos del Servicio de Inteligencia de Carabineros de Chile, SICAR.
Los tormentos contra Víctor se prolongaron por un mes, tiempo al cabo del cual es trasladado a la quinta región, donde fue arrojado al mar y baleado. Ya estaba en muy malas condiciones físicas producto de la tortura.
Efectivamente, como se ha logrado acreditar, en “El Hoyo”, Víctor y otros detenidos fueron brutalmente torturado. Pese los tormentos, el joven iquiqueño y parte de la primera dirección clandestina del Partido Socialista, mantuvo su integridad, su fuerza interior y sus ideales.
El 22 de abril de 2018, en este portal consignamos:
“El 2 de julio de 1974 es lanzado al mar. Sin embargo, la porfiada naturaleza se impuso y sacó literalmente la verdad a flote, ya que el cuerpo de Víctor Zerega, aparece en una playa del litoral central y una curiosa y triste coincidencia, es que llamaron a funcionarios del registro civil para su identificación. Su tía fue quien llegó a cumplir con el cometido de tomar las huellas del cadáver, descubriendo que se trataba de su sobrino querido. Pese a que el cuerpo del universitario evidenciaba los signos de la tortura y de disparos de arma de fuego que le destruyeron el hígado y uno de sus pulmones, el certificado de defunción señala que murió por ahogamiento, como se consigna en diversas páginas de derechos humanos y rescate de la memoria”.
Aunque el mismo año 1974, su hermano Alberto Zerega inicia algunas investigaciones, esto nunca prospero. Tras la recuperación de la democracia en 1990 se reactiva esta querella por homicidio y asociación ilícita, identificando el lugar El Hoyo, como centro de detención y tortura, utilizado por la Comisión Civil de Carabineros, lugar donde Zerega fue visto por última vez, antes de ser llevado a la Quinta Región.
Además, se logra llamar a declarar a los agentes que participaron en el operativo, quienes participan en careos.
JUSTICIA TARDÍA YA NO ES JUSTICIA
Alberto Zerega, que nunca ha dejado de luchar para que se esclarezca la verdad sobre el asesinato de su hermano, señala que hoy tiene sentimientos encontrados. Un poco de felicidad, porque con la acción de la Corte de Apelaciones de Santiago, da un paso más y avanza. Sin embargo, también muy triste por cómo ocurrieron, terminando con el asesinato de su hermano y de tantos otros compañeros. Además, porque sus padres murieron sin alcanzar a conocer estos avances procesales, al igual que queridos amigos. Entonces, la justicia se vuelve extemporánea.
“Cuando la justicia tardo tanto, ya casi no es justica. Ya han pasado 48 años y aún quedan 2 o tres años más (presentará nuevos recursos judiciales), porque en esta penúltima etapa, todavía los litigantes por ambas partes se espera que apelen ante la corte suprema y realicen otras acciones”
“Como familia, indudablemente y como socialista me siento muy bien que se refrenden los hechos en una contundente sentencia y se castigue a los culpables; eso es importante para la democracia y para todos, por el bienestar de esta sociedad. Si bien han pasado muchos años, se sanciona judicialmente una verdad y eso es importante”.
Con el reciente accionar de la Corte de Apelaciones, le es imposible no repasar todo los vivido, desde su propio cautiverio, el asesinato de su hermano en manos de agentes del Estado y el inicio del proceso que partió en 1974, cuando presentó un recurso de amparo, a través del Comité pro Paz de la época.
Durante 17 años de la dictadura, obvio, hubo cero avances, relata. En democracia presentó una nueva demanda “y como ocurrió durante los primeros años de recuperación de la democracia, como todos saben, ya sea por temor o porque los jueces fueron educados por Pinochet, o porque había un pacto de no mover mucho el piso a las FFAA… los primero 10 años no pasó caso nada”.
Sin embargo relata que lograron hacer el careo con sus captores y se logró avanzar algo en el proceso, donde se acreditaron algunos hechos, pero el avance también fue muy lento. “Lamento que el Partido Socialista de Chile, del cual Víctor fue miembro de su primera dirección clandestina, siendo parte de aquellos que comenzaron su reconstrucción después del golpe de estado, no hiciera nada”. Se refiere a la posibilidad de apoyar a las familias a buscar justicia, con la concurrencia de abogados.
Destacó la labor en el caso de su hermano, que ha cumplido el abogado de la unidad de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Joaquín Parera.
Zerega se refiere a unos seis o siete miembros que eran el grupo operativo de esa primera dirección clandestina.
Del grupo el primero que cae es Arnoldo Camus, asesinado en septiembre de 1973. El 2 de julio de 1974, asesinan a Víctor. En Marzo de 1975, cae Ariel Mansilla, hasta hoy Detenido Desaparecido; más tarde asesina a Ezequiel Ponce, Carlos Lorca y Ricardo Lagos Salinas.
“Lo que duele es que el Partido Socialista nunca puso abogados por Ariel Mansilla ni por de Víctor Zerega. Tardíamente lo hizo por tres compañeros (Ponce, Lorca y Lagos) y sin lograr buenos resultados”.
Añade: “Duele que este partido que existe gracias a esas personas, no fueron cuidados como sus hijos. Y lo penoso es que a lo largo de todo Chile no conozco que hayan ayudado a las familias de las víctimas contratando abogados”.
NOBLEZA MÁXIMA
En la sentencia, se aumenta la indemnización reparatoria, sustituyendo 30 millones, por 100 millones, lo que seguramente, será apelado por el Consejo de Defensa del Estado, pues es el Estado el que debe responder con esos dineros, cuyo único beneficiario, es Alberto Zerega Ponce. “Pero esos recursos no son míos, son de Víctor y de otras víctimas… socialistas, comunistas, del Mir… por su historia, por su entrega, su lucha, su memoria”.
Por ello anunció que independiente de la cantidad, todo el dinero, cuando se concrete la indemnización, no quedará en sus manos, no será para su beneficio personal, sino que lo distribuirá. Un 10% para abogados, que se entregaron por completo a esta causa. Otro 10 % para la Agrupación de Ejecutados Políticos y otras víctimas.
También para fines de Derechos Humanos y la memoria. “Este dinero estará destinado para promover la memoria, en la tierra donde nació Víctor, cuyos fondos serán administrados por la Corporación de Derechos Humanos y de Sitios de la Memoria que hoy preside su amigo y camarada Luis Caroca, con administración de fondos en cuenta bipersonal de mi hijo Víctor y mi sobrina Marcela Victoria. Todos los años quiero que esos recursos premien a los estudiantes que escriban y piensen en los derechos humanos de todos los ejecutados y desaparecidos de la Primera región. Es mi pequeño aporte a esta causa: ni perdón ni olvido”.
UN NUEVO CHILE
Zerega Ponce señaló que el contexto actual es esperanzador. “Creo que en el marco político de un segundo gobierno de izquierda en Chile después de 50 años; en el contexto de un proceso constituyente único, que sin duda harán cambiar la geografía política de nuestro país o tipo de Estado, queden establecidos derechos sociales fundamentales”.
Además espera que esto permita que “se generen las condiciones institucionales para que esos quórum super mayoritarios que nos han impedido avanzar en procesos transformadores, ahora se superen y podamos recuperar nuestras riquezas. Podamos recuperar nuestra soberanía económica, recuperar el agua para el uso humano antes que comercial… cosas tan fundamentales”.
“Por eso estamos con esperanza en este proceso que va a conducir este joven de izquierda muy inteligente, Gabriel Boric, un hombre amplio, unitario, que ha sabido leer lo que nuestro pueblo quiere”, concluyó Alberto Zerega Ponce.