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González D’Arcangeli Hugo Nelson – Memoria Viva

González D’Arcangeli Hugo Nelson

Rut: 3 385 451-K

Cargos:

Grado : Capitán

Rama : Armada

Organismos : Otros

CIRE
Ancla 2


Procesan a ex capitán de la Armada por secuestro de mirista

Fuente :La Nación, 23 de Febrero 2006

Categoría : Prensa

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, sometió a proceso al capitán en retiro de la Armada, José Cáceres Gonzalez, como autor del secuestro calificado del dirigente del MIR y ex miembro del Grupo de Amigos Personales (GAP) del Presidente Salvador Allende, Rudy Cárcamo.

El pasado martes, el juez Aldana encabezó la reconstitución de escena de la reclusión de Cárcamo al interior de la Base Naval de Talcahuano, lo que fue determinante en la decisión oficializada hoy.

Cárcamo fue dirigente mirista, y capturado el 27 de noviembre de 1974. Luego, fue llevado hasta el reducto de la Marina, lugar donde se perdió su rastro.

Por este mismo proceso, el ministro Aldana, interrogó la semana pasada al ex jefe de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), general (r) Manuel Contreras, y a otros siete altos oficiales en retiro del Ejército y Carabineros, implicados en diversas causas de derechos humanos que son indagadas en la Octava Región.


El ex uniformado, que formaba parte del comando Ancla Dos, es el quinto en ser encausado por violación a derechos humanos de un miembro del MIR.

Fuente :Cooperativa.cl, de Febrero 2006

Categoría : Prensa

El ministro en visita Carlos Aldana sometió a proceso al capitán de la Armada y oficial en retiro José Cáceres González por secuestro calificado del mirista e integrante del Grupo de Amigos Personales de Salvador Allende (GAP), Rudy Cárcamo Ruiz, desaparecido desde noviembre de 1974.

Cáceres es el quinto componente del comando Ancla Dos que es inculpado en casos de violación a los derechos humanos de los agentes de seguridad cercanos al ex presidente Allende.

El magistrado se convenció de que el oficial en retiro tuvo participación en los hechos luego de la reconstrucción de escena el martes 21 de febrero, donde se revivió lo acontecido cuando se presume el joven mirista murió a causa de torturas al interior de la base naval Talcahuano.

El capitán en retiro de la Armada Cáceres se une a la nómina de ex uniformados inculpados por esta causa en los que se registran el capitán (r) de la Armada Hugo Nelson González Darcangelis; el teniente (r) de la Armada Víctor Donoso Barrera; el ex detective Osvaldo Harnisch Salazar y el coronel (r) de Carabineros Conrado Scesnic.


Condenan a 5 ex agentes de seguridad por secuestro calificado

Fuente :24horas.cl, 20 de Julio 2012

Categoría : Prensa

Un grupo de integrantes de ex prisioneros políticos del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) llegó hasta el Palacio de Tribunales de Concepción se notificó la condena a 5 imputados por el caso de la desaparición de Rudy Cárcamo.

El Ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, notificó a los cinco vinculados y condenados al secuestro y posterior desaparición de Rudy Cárcamo Ruiz, ex militante del MIR al quien se le perdió rastro en noviembre de 1974.

José Raúl Cáceres González, Capitán de Navío (R), Hugo Nelson González, Capitán de Corbeta (R), Osvaldo Harnish Salazar, Conrado Sesnic, Coronel de Carabineros (R) y Eugenio Garay, detective (R) recibieron una condena de 5 años y un día. La pena la cumplirán en los centros de reclusión de Punta Peuco y Puerto Montt.


Corte Suprema dicta condena en caso de DDHH

Fuente :Fasic.org, 25 de mayo 2012

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de Rudy Cárcamo Ruiz, ocurrido en Talcahuano, el 27 de septiembre de 1974.

En fallo unánime, determinaron aplicar las siguientes penas a 5 años y un día de presidio sin beneficios a Hugo Nelson González D’Arcangeli,  Víctor Ernesto Donoso Barrera, Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitia, Osvaldo Francisco Harnish Salazar y José Raúl Cáceres González. 

En primera instancia -y confirmado por la Corte de Apelaciones de Concepción- se habían dictado para cada imputado una condena de 541 días con el beneficio de la remisión condicional de la pena.


Oficiales asesinos van a la cárcel

Fuente :puntofinal.cl 8 de junio, 2012

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó, el 24 de mayo, la condena al comando operativo del Centro de Inteligencia Regional, Cire, por el secuestro y desaparición forzada del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Rudy Cárcamo Ruiz. Rudy Cárcamo fue secuestrado desde su hogar en Talcahuano la noche del 27 de noviembre de 1974 y recluido en la Base Naval de Talcahuano. Allí fue torturado hasta la muerte en los camarines, utilizados como calabozos, del estadio Francisco Acosta, del complejo deportivo de la Base Naval, contiguo al gimnasio techado y al acceso al astillero de Asmar.
Los condenados a 5 años y 1 día de presidio son el jefe del Departamento de Inteligencia de la Armada (Ancla Dos), capitán de fragata Hugo Nelson González D’Arcangeli; el ayudante del jefe del Departamento de Inteligencia, teniente de mar Víctor Ernesto Donoso Barrera; el capitán de Carabineros Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitia; el inspector del ex Servicio de Investigaciones, actual PDI, Osvaldo Francisco Harnish Salazar y, finalmente, el teniente segundo de la Armada José Raúl Cáceres González. Todas las condenas son sin beneficios, es decir, deberán cumplir las penas de presidio en forma efectiva. Fueron condenados, además, a las penas accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos. Los grados militares y policiales mencionados son los que tenían a la fecha del secuestro. Por sus servicios represivos alcanzaron luego altos grados en sus instituciones.
En Concepción, tanto el ministro instructor, Carlos Aldana, como la Corte de Apelaciones, los habían condenado a 541 días de reclusión, con el beneficio de remisión de la pena, es decir, la cumplirían en prisión sólo en el caso que cometieran un nuevo delito. En resumen, una sentencia irrisoria, en los hechos impunidad judicial para los criminales. La Corte Suprema, sin embargo, en fallo dividido, elevó la condena a cinco años y un día de presidio efectivo y a la inhabilitación a perpetuidad de sus derechos políticos. El ministro Milton Juica estuvo por elevarlas a diez años y un día, en atención a la naturaleza y gravedad del ilícito investigado, en tanto que el ministro Hugo Dolmestch estuvo por mantener las penas de primera instancia de 541 días, remitidas.

EXTENSIONES DE LA DINA
Los Centros de Inteligencia Regional fueron creados en 1974 a lo largo del país, y funcionaron en aquellos lugares a los que no llegaba la DINA, pero actuaban en coordinación con ella. Los integraban los departamentos de inteligencia de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones. En Concepción tuvo sus dependencias clandestinas en el tercer piso de la esquina de Barros Arana con el pasaje Portales, en los altos de la que fuera la Rotisería Pujol, actual Banco Santander. Su comandante fue siempre un teniente coronel de ejército, y su comando operativo lo integraban los actualmente condenados y el capitán de Carabineros Sergio Arévalo Cid, todos ellos en calidad de jefes de un numeroso contingente de marinos, infantes de marina, suboficiales y tropa del ejército, carabineros y detectives. 
Desde su creación en 1974 el Cire de Concepción -conocido como Ancla 2- tuvo un campo de prisioneros en el complejo deportivo de la Base Naval de Talcahuano, en donde funcionó hasta mediados de 1975, oportunidad en que fue trasladado a las antiguas dependencias del fuerte El Morro, contiguo al estadio El Morro de avenida Blanco Encalada. En este último lugar permaneció hasta 1982, aproximadamente.
En sus dependencias de la Base Naval de Talcahuano asesinaron, además de Rudy Cárcamo, a la internacionalista brasileña Jane Vanini, en diciembre de 1974, y al alcalde socialista de Cañete Elías Jana Santibáñez, en febrero de 1975, (Jane Vanini fue secretaria de Punto Final). En septiembre de ese año asesinaron en Lota a Oscar Arros, cuando lo conducían desde el fuerte El Morro para obligarlo a delatar a sus compañeros de esa ciudad, a lo que se negó. En coordinación con la Dina asesinaron en Santiago a Eulogio Fritz Monsalves, en febrero de 1975, quien había asumido la jefatura regional del MIR en septiembre de 1973.
Cientos de prisioneros políticos fueron secuestrados por agentes de este organismo represivo y torturados tanto en el estadio Francisco Acosta, de la Base Naval, como en el fuerte El Morro. La casi totalidad de ellos eran militantes del MIR, quienes se habían organizado para resistir la dictadura militar desde el momento mismo del golpe de Estado en 1973.
La imposición de la pena accesoria a todos los condenados, de inhabilitación perpetua para cargos públicos y derechos políticos, los pone al margen de la sociedad. Han sido despojados de su calidad de ciudadanos, la sanción máxima en el orden político y social de nuestra patria.

EL CASO RUDY CARCAMO 
Rudy Cárcamo Ruiz, casado, un hijo, obrero militante del MIR, fue detenido el 27 de noviembre de 1974, alrededor de las 22:00 horas. Cárcamo vivía en casa de sus suegros, los que presenciaron, junto a su cónyuge -Lilian Alegría Erices-, el arresto. Se presentaron tres sujetos de civil, armados con metralletas, que se identificaron como policías. Luego de preguntar por el afectado procedieron a llevárselo, señalando que lo conducían al cuartel de Investigaciones. Sin embargo, fue conducido de inmediato a la Base Naval de Talcahuano, donde, esa misma noche, otro detenido, Jaime Oehninger Gatica, debió identificarlo.
En la Base Naval, fue instalado en el gimnasio, aislado en una pieza. Según testimonio de Luis Enrique Peebles, que estuvo prisionero en el mismo recinto en diciembre de ese año, a los detenidos les asignaban un número por el que eran llamados. El estaba en el gimnasio en una pieza y en el cuarto contiguo se encontraba el prisionero N°105, aislado del resto. Según le contó Jaime Oehninger, este detenido era Rudy Cárcamo. Peebles fue sacado el 24 de diciembre de 1974 y al regresar el día 31 del mismo mes, ya no sintió más ruidos en la pieza contigua y cuando el relevo de la guardia pasaba lista, no se voceó más al Nº 105. Otro de los detenidos que vio a Cárcamo en la Base Naval fue Sergio Armando Medina Viveros.
Con anterioridad, el 16 de octubre de 1973, Rudy Cárcamo fue detenido en su domicilio de entonces, población Lenín de Talcahuano, donde era activo participante en actividades poblacionales. En esta detención fue llevado a la Isla Quiriquina y después, al gimnasio de la Base Naval de Talcahuano, donde permaneció hasta el 21 de julio de 1974, cuando fue dejado en libertad sin que se le sometiera a proceso. Entonces se fue a vivir a casa de sus suegros, desde donde fue detenido tres meses después.


Corte Suprema otorga libertad condicional a torturador de Base Naval de Talcahuano

Fuente :resumen.cl, 13 de Septiembre 2016

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó un fallo favorable al ex coronel de carabineros Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitía, torturador parte del ANCLA 2 de la Base Naval de Talcahuano condenado por el crimen del militante mirista Rudy Cárcamo Ruiz que se encontraba detenido en Punta Peuco desde el 2012. La Suprema revirtió lo señalado por la Comisión de Libertad condicional y ordenó que criminal de lesa humanidad gozara de la libertad condicional.

Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitía, ex coronel de Carabineros y parte de los interrogadores de la Base Naval de Talcahuano junto a otros criminales como Hugo González D'Arcangelli, Víctor Donoso Barrera, Osvaldo Harnish Salazar y José Cáceres González, fue beneficiado con la libertad condicional tras un fallo emitido por la Corte Suprema.

El fallo, rescatado por La Tercera señala "se deja sin efecto la decisión adoptada el 11 de agosto pasado por la Comisión de Libertad Condicional de Santiago, sólo en cuanto por ella se resolvió rechazar el beneficio de la libertad condicional solicitado por el amparado y, en su lugar, se decide que éste queda otorgado, debiendo disponerse su egreso inmediato para el goce efectivo del beneficio"

La defensa del criminal de lesa humanidad recurrió de amparo contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago que el 11 de agosto pasado se había negado a dar el beneficio.

Sesnic Guerricabeitía ha sido denunciado en muchos casos de violaciones a DDHH humanos en la región. Fue parte de la policía represiva regional que buscó aniquilar al MIR. Por estas acciones Sesnic aparece vinculado a las torturas y desaparición del militante mirista de Talcahuano Rudy Cárcamo Ruiz, conocido como el vietnamita, caso por el que fue condenado junto a otros criminales de lesa humanidad.

Rudy Cárcamo fue secuestrado desde su hogar en Talcahuano la medianoche del viernes 27 de noviembre de 1974 y recluido en la Base Naval de Talcahuano de la Armada de Chile.

Allí fue torturado hasta la muerte en los camarines -utilizados como calabozos- del Estadio Francisco Acosta del complejo deportivo de la Base Naval, contiguo al Gimnasio techado y al acceso al astillero de Asmar. Su cadáver habría sido inhumado en los jardines del Museo Hualpén y posteriormente exhumados sus restos en la denominada "Operación Retiro de Televisores", ordenada personalmente por Pinochet, perdiéndose el rastro de sus restos.

En dicha causa judicial, en fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia, resultaron condenados a cinco años y un día de presidio, sin beneficios, los ex oficiales de la Armada Hugo Nelson González D'Arcangeli, Víctor Ernesto Donoso Barrera y José Raúl Cáceres González, además del ex coronel de carabineros Conrado Alfredo SesnicGuerricabeitía y el ex oficial de investigaciones Osvaldo Francisco Harnish Salazar. Cabe señalar que en primera instancia estos mismos procesados habían sido condenados por el Ministro Aldana a solo 541 días de presidio con remisión condicional de la pena, vale decir, que cumplirían el castigo en plena libertad, lo que se constituía en un despropósito de la labor de la justicia. Este fallo había sido ratificado por la Corte de Apelaciones de Concepción, confirmando la tendencia al descriterio judicial.

Hoy, el descriterio judicial escala a la máxima autoridad judicial del país, que hoy se vuelve a hacer parte de la impunidad de la que gozan los criminales de la dictadura.


La Corte Suprema dictó un fallo favorable al ex coronel de carabineros Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitía, torturador parte del ANCLA 2 de la Base

Fuente :resumen.cl, 3 de Enero 2017

Categoría : Prensa

En una cuestionable decisión del poder judicial, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de amparo presentado por Víctor Ernesto Donoso Barrera -miembro del Ancla 2 perteneciente al CIRE (Centro de Inteligencia Regional) condenado por el secuestro calificado del mirista Rudy Cárcamo-, en contra del Ministerio de Justicia, declarando como arbitrario el actuar de este último que se niega a firmar el decreto que otorga la libertad al ex marino.

Donoso Barrera se encuentra cumpliendo la pena de 5 años y un día por el secuestro calificado de Rudy Cárcamo en 1974, año desde el que se encuentra desaparecido. La comisión de libertades condicionales de la Corte de Apelaciones de Santiago, le otorgó, a pesar de ser un reo condenado por delitos de lesa humanidad, la rebaja de pena de 10 meses, por lo que se encontraría en condiciones de salir libre.

«Es un hecho no rebatido que el condenado empezó a cumplir la pena con fecha 20 de julio de 2012, culminando con fecha 17 de julio de 2017. En estas circunstancias, la Comisión de Rebaja de Condena le ha reducido al amparado un total de diez meses de dicha pena, por resoluciones de fechas 14 de noviembre de 2013 con dos meses, 17 de noviembre de 2014 con dos meses, 19 de noviembre de 2015 con tres meses, y 15 de noviembre de 2016 con 3 meses respectivamente. Por consiguiente al 18 de septiembre de 2016, el amparado tiene la pena corporal cumplida», sostiene el fallo.

Donoso Barrera, ex oficial naval junto a otras bestias, como el jefe de Inteligencia Naval de la zona, Hugo González D'Arcangelis: el oficia naval José Cáceres González; el funcionario de Investigaciones Osvaldo Harnisch Salazar y el oficial de Carabineros Conrado Sesnic -este último también beneficiado con la libertad condicional- fue parte del Centro de Inteligencia Regional (CIRE) organismo represivo que fue el encargado de detener, torturar y desaparecer a militantes de izquierda de la Octava región. Por sus manos pasaron, por solo mencionar a 3 emblemáticos, los detenidos desaparecidos Rudy Cárcamo -el vietnamita, mirista de Talcahuano- Jane Vanini -mirista militante internacionalista- y el ex alcalde de Cañete, Elías Jana, quien murió en la tortura.


Ministra Yolanda Méndez procesa a militares (r) por secuestro y tortura en fuerte de Talcahuano

Fuente :pjud.cl, 16 de Diciembre 2021

Categoría : Prensa

Ministra en visita sometió a proceso a Hugo Nelson González D’Arcangeli, Víctor Ernesto Donoso Barrera y Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitía, en calidad de coautores de los delitos.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Yolanda Méndez Mardones, sometió a proceso a tres exmiembros del Centro de Inteligencia Regional (Cire) del Bío Bío, por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daños y aplicación reiterada de tormentos a Desiderio Ceballos Parra, Tito Gerardo Carrillo Mora, Alberto Francisco Vidal Sáez, Carlos Roberto Sandoval Ambiado y Juan Toribio Riveros Astete. Ilícitos perpetrados en octubre de 1975, en las comunas de Coronel, Penco, Concepción y Talcahuano.

En la resolución (causa rol 8-2018), la ministra en visita sometió a proceso a Hugo Nelson González D’Arcangeli, Víctor Ernesto Donoso Barrera y Conrado Alfredo Sesnic Guerricabeitía, en calidad de coautores de los delitos.

Proceso en el cual la ministra Méndez Mardones tiene por establecido los siguientes hechos:
“En el año 1975 el Centro de Inteligencia Regional (CIRE) dirigido por el Jefe de la Tercera División de Ejército de Concepción y el Jefe de Estado Mayor de la Segunda Zona Naval de Talcahuano, y conformado por funcionarios del Ejército, Armada, Carabineros e Investigaciones, en el marco de un plan de represión que tenía por objetivo preciso neutralizar a personas que eran consideradas militantes o simpatizantes de partidos políticos de izquierda, realizó distintas acciones tendientes a desarticular, en el caso que nos ocupa, al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) que supuestamente operaba en la Región del Bío Bío.
Es así como el día 13 de octubre de 1975, un grupo de agentes del Estado, armados, vestidos de civil, detienen, en la casa de sus padres, en calle Luis Emilio Recabarren N° 201, de la Población La Colonia de Coronel, a don Tito Gerardo Carrillo Mora; más tarde, en la madrugada del 14 de octubre de 1975 es detenido en su domicilio ubicado en La Obra N° 74, Villa Mora, también de Coronel, don Desiderio Ceballos Parra; pocos días después, el 19 de octubre del año 1975, en la madrugada, en su domicilio, ubicado en calle Freire N° 480, comuna de Penco, es detenido don Carlos Roberto Sandoval Ambiadoy el mismo día, detienen, en la vía pública, cerca del mediodía, en la esquina de las calles San Martín con Paicaví de Concepción, a don Alberto Francisco Vidal Sáez; y finalmente, el 31 de octubre de 1975, cerca de las 21:30 horas, es detenido en la casa de sus padres ubicada en calle Cruz N° 1098, Concepción, don Juan Toribio Riveros Astete".

Para la ministra: “Las circunstancias de sus detenciones son similares, en cuanto todos fueron detenidos con gran violencia por agentes del Estado vestidos de civil, armados, movilizados principalmente en camionetas sin patente y que no exhibieron orden competente alguna que autorizara su aprehensión; los detenidos, en cada caso, fueron vendados, golpeados con pies y puños y trasladados a un lugar destinado precisamente por las autoridades del CIRE como centro de detención, esto es, el Fuerte El Morro de Talcahuano, ubicado en Jordán Valdivieso s/n de esa comuna, hecho reconocido por Raúl Benavides Escobar, Ministro del Interior de la época, y por Nilo Floody Buxton, Intendente Regional, en octubre de 1975, como consta de los Recursos de Amparo tenidos a la vista y que fueron deducidos en favor de las víctimas tras su detención en distintas fechas de aquel mes de octubre de 1975”.

“Conducidos al Fuerte El Morro –prosigue–, fueron interrogados mediante torturas, por agentes del Estado integrantes del CIRE, en un subterráneo al que los torturadores denominaban ‘La Embajada’, empleando técnicas de tortura tales como golpizas, aplicación del ‘submarino’, la ‘parrilla’, posiciones forzadas puesto que debían permanecer de pie durante horas, privación del sueño, entre otros métodos, además de sufrir torturas psicológicas como simulacros de fusilamiento o ser obligados a presenciar sesiones de torturas de otros compañeros de detención”.

“Las víctimas de autos, permanecieron encerradas en dicho lugar sin orden judicial competente, y recién fueron puestas a disposición del ‘Jefe del Departamento I de la IIIa. División de Ejército’ a fines del mes de noviembre de 1975, por el ‘Jefe del Centro de Inteligencia Regional Concepción’, Hugo González D´Arcangeli, como consta del parte policial CIRE RES. N° 2410/408 de 26 de noviembre de 1975, con 36 detenidos, entre otros, los querellantes de autos, todo lo cual obra en la causa de la Justicia Militar, Rol 1.004-75, del Tercer Juzgado Militar de Concepción, siendo trasladados el 5 de diciembre de 1975 a la cárcel pública de esta ciudad, y finalmente condenados por un Consejo de Guerra con fecha 23 de junio de 1976, algunos de ellos absueltos o liberados tras las sentencia, como Desiderio Ceballos Parra y Carlos Sandoval Ambiado; otros, condenados a penas de relegación, como Tito Carrillo Mora, Juan Riveros Astete y Alberto Vidal Sáez, y a este último, conmutada su pena de relegación por extrañamiento en marzo de 1978”.


Procesan a ex oficiales de la Armada por secuestro y torturas en Base Naval de Talcahuano en 1974

Fuente :elrodriguista.org, 6 de Septiembre 2023

Categoría : Prensa

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Yolanda Méndez Mardones, dictó auto de procesamiento en contra de cinco ex oficiales de la Armada, por su responsabilidad en el delito de secuestro con grave daño de Rubén Ángel Roca Zapata, perpetrados en julio de 1974, en la Base Naval de Talcahuano e Isla Quiriquina.  

En la resolución (causa rol 7-2018), la ministra Méndez Mardones procesó a Hugo Nelson González D’Argangeli, Víctor Ernesto Donoso Barrera, José Raúl Cáceres González, Luis Eduardo Kohler Herrera y Julio Humberto Salvador Alarcón Saavedra, en calidad de coautores del delito, en carácter de lesa humanidad, en contra del laboratorista del Departamento de Química Orgánica de la Universidad de Concepción, a la época de los hechos, quien estuvo detenido en el fuerte Borgoño, la Base Naval de Talcahuano y la Isla Quiriquina en la región del Biobío y, finalmente trasladado en abril de 1975, al centro de prisioneros de Tres Álamos, en la Región Metropolitana.

Para el tribunal los hechos son constitutivos del delito de secuestro con grave daño previsto y sancionado en el artículo 141 inciso 3° del Código Penal, en su texto vigente a la época de los hechos investigados, en grado de consumado, cometido en detrimento de la persona de don Rubén Ángel Roca Zapata.

Al respecto, la resolución precisa: “Que el ilícito antes reseñado es, además, delito de lesa humanidad, desde que los hechos punibles fueron perpetrados en un contexto de violaciones graves, masivas y sistemáticas a los derechos humanos de las personas detenidas, verificadas por agentes del Estado, que tenían a su disposición todos los medios materiales y económicos para llevar a cabo una política estatal de exclusión, hostigamiento, persecución y/o exterminio de ciudadanos que en fecha inmediata y posterior al 11 de septiembre de 1973 fueron sindicados de pertenecer o simpatizar con el régimen político depuesto por el gobierno militar que asumió el control del país desde la fecha indicada”, concluye.

En la causa, la ministra en visita decretó el arresto domiciliario total de los procesados, mientras la Corte de Apelaciones de Concepción resuelve acerca de la libertad provisional bajo fianza de los individuos. Así mismo, ordenó a la Brigada Investigadora de Delitos contra los DDHH de la PDI, notificar personalmente a los procesados Hugo Nelson González D’Argangeli, Ernesto Donoso Barrera, José Raúl Cáceres González y Luis Eduardo Kohler Herrera la resolución dictada, mientras que a Julio Alarcón Saavedra, dicha diligencia será cumplida por funcionarios de Gendarmería, por encontrarse recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco.

En la etapa de investigación, la ministra Méndez Mardones reunió antecedentes suficientes para tener por acreditado que:

“En el mes de julio del año 1974, Rubén Ángel Roca Zapata, fue ordenado detener por las autoridades del Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (SICAJSI) de Concepción, atendida presumiblemente su orientación política, siendo trasladado hasta el recinto de detención establecido desde el 11 de septiembre de 1973 por la Armada, ubicado en la Base Naval de Talcahuano, lugar en donde funcionaba el Departamento de Inteligencia Ancla II de la Segunda Zona Naval, dirigido desde inicios del año 1974 por el capitán de Fragata Hugo González D’Arcangeli, secundado por el teniente 2° OM Víctor Donoso Barrera, y en que se encontraba dispuesto un grupo de interrogadores todos organizados y coordinados por los mandos militares, con el objeto que entregare antecedentes acerca de sus actividades políticas y de lugares o escondites de armas que supuestamente habían llegado desde el extranjero al puerto de Lirquén.

La víctima, laboratorista químico de 25 años a la época, funcionario del Departamento de Química Orgánica del Instituto de Química de la Universidad de Concepción, y a la vez estudiante de tercer año de Pedagogía en Química en la misma casa de estudios, a la sazón era simpatizante del MIR, más no estaba inscrito ni militaba en ningún partido político.

El querellante Rubén Ángel Roca Zapata, fue detenido el 03 de julio de 1974, en horas de la tarde, en su lugar de trabajo, ubicado en el Instituto de Química de la Universidad de Concepción, por tres agentes del Estado -dos de ellos carabineros- que vestían de civil, quienes lo conducen a la Base Naval de Talcahuano.

Una vez en ese lugar le ponen una venda en los ojos, y horas después lo sacan del gimnasio y lo llevan a una habitación para ser interrogado; en el lugar es desnudado, esposado de pies y manos en la espalda, al tiempo que comienzan a aplicarle diversas torturas que se reiteran a intervalos durante varios días.