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García Giaier Conrado Vicente – Memoria Viva

García Giaier Conrado Vicente

Alias : El Monje Loco

Rut: 6.541.141-5

Cargos: Departamento II de Inteligencia del Ejército Jefe de la Unidad Antiterrorista de la CNI

Grado : Coronel

Rama : Ejército

Organismos : Central Nacional de Informaciones (CNI)


Procesado después de 35 años de ocultarse de la justicia

Fuente :Lanacion.cl, 11 de Enero de 2009

Categoría : Prensa

El teniente Conrado García Giaier llegó a ser a fines de los noventa el coronel a cargo del Departamento II de Inteligencia del Ejército, y antes jefe de la Unidad Antiterrorista de la CNI. Para avisar la tortura, en Pisagua tocaba el órgano de la parroquia que se llevó a la cárcel.

Era la segunda vez en la noche que el joven Luis Carló caía rodando por la escalera desde el segundo piso de la cárcel de Pisagua. Arriba, el "Monje Loco" volvió a reír con aquel vozarrón que venía bien con su estatura de más de un metro ochenta y sus ojos claros. Terminada la tortura casi diaria al adolescente, hijo de un suboficial de Ejército, el "Monje Loco" volvió a encerrarlo en la celda y bajó al primer piso.

Abrió el órgano que había hecho trasladar desde la parroquia de la legendaria caleta y comenzó a tocar. No lo hacía bien, pero algo sabía. Anunciaba con los acordes que comenzaba la función. Dentro de sus celdas, al par de centenares de prisioneros se les apretó el estómago.

Conocían de la bestialidad del "Monje". Lo bautizaron así por el órgano, pero el teniente Conrado García Gaier, de monje no tenía nada. Fue el oficial más brutal del campo de concentración de Pisagua después del golpe militar de 1973.

Esa noche ordenó a todos bajar a formar en el patio de la cárcel y los obligó a quitarse la ropa. Estaba helada la noche en Pisagua y soplaba fuerte el viento, aunque era noviembre.

El "Monje" tenía preparados los dos grandes tambores de aceite. Las piedras también estaban listas arriba del cerro. Eligió a los dos detenidos que darían inicio a la particular sesión, y les ordenó subir, custodiados por soldados. El cerrito tenía unos 150 metros de altura y una caída bien inclinada.

Conquistada la cumbre por los presos, el teniente García gritó desde abajo a sus subalternos que los metieran dentro junto al montón de piedras. ¡Partieron! mandó el "Monje", y sus hombres empujaron los tambores cerro abajo con su carga humana. Pararon allá lejos, más cerca del mar, que rugía agitado. Los dos hombres salieron gateando, ensangrentados y mareados.

Antes de sacar a los otros que rodarían por la pendiente, el "Monje" obligó a los prisioneros a tenderse en el suelo de tierra y piedrecillas dando la espalda al cielo estrellado.

Varios tiritaban de frío. De dos zancadas, el "Monje" regresó al teclado religioso y manoteó algunos acordes que sólo él comprendía. Pero daba lo mismo, pues su público le temía dignamente y no le arrojaría huevos ni tomates.

El órgano dejó de sonar y el "Monje" bajó corriendo los pocos escalones del primer piso al patio. Entonces comenzó a saltar encima de las espaldas desnudas, corriendo a través de esa alfombra humana. De vez en cuando se detenía y apaleaba a alguno al azar. Y continuaba su enloquecida carrera gritando insultos, con los ojos grandes claros bien abiertos para no caer.

Por la tarde del día siguiente, cuando el sol quemaba sin piedad, la amplia plancha de metal que cubría una parte del patio de la cárcel ardía. Ahora el teniente García revelaba otro de los muros grises de su mente enferma. Volvió a ordenar formación.

Esta vez a dorso descubierto, para que el sol terminara hiriendo la piel de los detenidos. Subió volando como un ángel los escalones desde el patio al primer piso, y soltó una tormenta de notas en el instrumento recorriendo varias veces con las dos manos todo el largo del teclado.

Después, cuando algunos desvanecían afuera, sacó a unos pocos y les mandó sentarse encima de la plancha de fierro hirviendo. Allí los dejó hasta que comenzaron a gritar de dolor por las quemaduras en sus nalgas, a pesar del pantalón.

La tradición del "Monje Loco" volvía a cumplirse, anunciando tortura con el sonido que más amó Bach tocando para reyes y eruditos de alcurnia.

Los dramáticos días y noches de Pisagua bajo el manto poco sagrado del "Monje Loco" han sido recordados por decenas de ex prisioneros en las miles de fojas del proceso que se instruye por los crímenes de lesa humanidad ocurridos en Pisagua. Entre otros, por Luis González Vives y Luis Morales Marino. La historia del "Monje Loco" en ese campo de concentración quedó incrustada a punta de sangre y dolor en ellos para siempre.

Treinta y cinco años más tarde, y por primera vez, la semana pasada la mano de la justicia alcanzó a Conrado García. Al final no pudo seguir haciéndose pasar por un coronel retirado que nada había tenido que ver con los crímenes de la dictadura.

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago lo procesó y ordenó al juez Joaquín Billard su arresto y fichaje por el secuestro y desaparición de Jorge Marín Rossel y William Millar Sanhueza, ocurrido en Iquique entre los días 23 y 25 de septiembre de 1973.

Junto al "Monje Loco" cayeron también por primera vez los oficiales ya retirados Karl Hans Stuckhart y Pedro Collao, por entonces encargados, junto a García, de la inteligencia militar en esa ciudad. El "Monje" se fue después a Pisagua. Billard había exculpado a los tres de ambos secuestros.

El abogado querellante Adil Brkovic manifestó su satisfacción "porque nos costó mucho cazar a este siniestro personaje". Por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Interior actuó para ello el abogado Rodrigo Cortés.

Una mañana de invierno de 1998 llamé al coronel Conrado García. Le dije que necesitaba hablar con él. Que tenía veinte testimonios judiciales en su contra. Ex prisioneros lo acusaban de torturador y tener una mente desviada. Me recibió en el séptimo piso del edificio de las Fuerzas Armadas. Lo encontré de uniforme, fumando y paseándose nervioso. Me invitó a su oficina.

Le mostré los testimonios. Negó todo. Me dijo que era ahora el comandante del Departamento II del Ejército. O sea, de inteligencia. Alto cargo. Le dije que no le creía, pero que en mi reportaje pondría su versión. Me insistió en su inocencia. Me paré entonces para irme. De pronto se levantó y me tomó del hombro.

“Mire, don Jorgito, no me cague mi carrera por favor, quiero ser general y estoy a punto de serlo”, me dijo con los ojos bien abiertos. Guardé silencio para ganar unos segundos. Me sorprendió el coronel. Volvió a ofrecerme un cigarrillo y un café que no acepté. “Lo siento, no puedo llegar a un pacto con usted, voy a publicar mi reportaje”, le dije y me fui.

Años después supe que el “Monje Loco” había sido también jefe de la temida Unidad Antiterrorista de la CNI. Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira

 


Promoverian a General a un Represor Chileno: Un torturador venido a más

Fuente :Pagina12.cl, 1 de Mayo 2011

Categoría : Prensa

Acusado de “feroz torturador” en 1973 y hoy coronel en actividad y jefe en la Dirección de Logística del Ejército chileno, Conrado García Giaier ascendería este año a general.

El general de la Fuerza Aérea chilena Hernán Gabrieli tuvo en su momento problemas por su pasado.
Por Jorge Escalante
Desde Santiago

Luego de permanecer tres días semiinconsciente en su celda, con varias costillas y un hombro fracturados, un ojo destruido y orinando sangre, en noviembre de 1973 Jorge Verdejo Magna llegó a la enfermería del campo de prisioneros políticos de Pisagua, en el extremo norte de Chile, donde quedó doce días internado. Había sido obligado a arrastrarse con el torso desnudo por tierra y vidrio molido, y a tender su cuerpo en una plancha de fierro caliente por el sol a la entrada de la cárcel. Encima suyo se subió el mismo teniente que lo había torturado y le taconeó la espalda. Verdejo había caído en manos del teniente Conrado Vicente García Giaier, según los prisioneros, uno de sus más “feroces torturadores” en Pisagua.
En agosto de 1990, Verdejo denunció al teniente García como su torturador ante el juez Hernán Sánchez Marré, que ese año investigó la aparición de una fosa clandestina con 19 cuerpos de ex prisioneros en Pisagua. Su testimonio está firmado. “El oficial que más nos golpeó en Pisagua y se caracterizó por su ferocidad, fue el teniente Conrado García”, le dijo Verdejo al juez Sánchez. Hoy Conrado García es en Chile un coronel en servicio activo y jefe del Departamento Segundo de la Dirección de Logística del Ejército en el octavo piso del edificio de las Fuerzas Armadas en Santiago, frente al despacho del presidente de la República, Ricardo Lagos, en el palacio de La Moneda. El oficial podría ascender a general en la nueva reestructuración del alto mando en octubre próximo.
El abogado Adil Brkovic, querellante en los procesos de Pisagua ante el juez Juan Guzmán Tapia, magistrado que logró procesar en Chile al ex dictador Augusto Pinochet, sostiene que el actual coronel García debe ser procesado porque existen demasiados testimonios y pruebas en su contra, y agrega que así se lo ha pedido al magistrado Guzmán. “Se le ha pedido al juez Guzmán reiteradamente que le tome declaración en calidad de inculpado del delito de asociación ilícita y torturas. Lo único que falta para someterlo a proceso es que el juez lo interrogue. Yo espero que ahora el magistrado lo haga, porque sobran elementos para que lo procese como torturador”, dijo Brkovic a Página/12.
Las graves acusaciones se las formulan al entonces teniente García, al menos, doce ex prisioneros del campo de concentración de Pisagua, bajo su firma, tanto ante el juez Sánchez como ante el magistrado Guzmán Tapia. “El 1º de diciembre de 1973 nos sacaron a 60 prisioneros al patio exterior de la cárcel en calzoncillos. El teniente García y el comandante Larraín nos apalearon y después nos subieron a un cerro, nos metieron en tambores y nos echaron a rodar cerro abajo”, recordó desde Iquique el ex prisionero Freddy Alonso Oyanedel en conversación telefónica con Página/12.
El prisionero Nelson Márquez Agurto fue obligado por el teniente Conrado García a subirse con el dorso desnudo arriba del capot de un jeep. El oficial aceleró el vehículo por la calle principal de Pisagua y frenó de golpe. Márquez salió disparado, y quedó herido por el aterrizaje. Después, García lo obligó a pasar noches desnudo afuera de la cárcel. A las semanas, Márquez enloqueció e intentó una fuga. Fue descubierto oculto en el muelle de Pisagua y acribillado el 18 de enero de 1974. Para entonces, García ya no estaba en Pisagua, porque de acuerdo a cuatro listas que existen en los procesos de los jueces Sánchez y Guzmán, éste permaneció en el campamento junto a los tenientes Gustavo Abarza Rivadeneira e Irigoyen, bajo el mando del capitán Hugo Elzo, entre el 20 de noviembre de 1973 y el 20 de diciembre de ese año.
Hace algún tiempo, el propio coronel García reconoció a Página/12 su permanencia en Pisagua en aquel tiempo, aunque negó las torturas. Uno de los testigos del tormento de Márquez fue el prisionero Luis Tapia Hidalgo,que se lo contó a los jueces Sánchez y Guzmán, acusando directamente a García bajo su firma. “El teniente García se caracterizó por ser el más feroz de los castigadores y torturadores en esa época en que estuve detenido en Pisagua”, concluyó Tapia en su declaración.

El organista

García había trasladado el órgano de la parroquia de Pisagua hasta la sala de guardia del penal. Antes de comenzar sus sesiones de tortura, el oficial se anunciaba arrancando acordes al instrumento de música litúrgica. Los prisioneros lo bautizaron “El Monje Loco”. “El teniente Conrado García fue tan desgraciado que un día nos obligó a tirarnos al suelo y con la lengua limpiar el piso de la cárcel que recién habían trapeado con petróleo. Mientras, saltaba encima de nuestras espaldas. Me acuerdo que a José González Enei, que era atleta, le molió los riñones con las botas y orinaba sangre”, recordó para Página/12 el ex-prisionero Luis González Vivas. También recordó cómo el teniente García torturaba reiteradamente al joven de 17 años Andrés Carló. Testigos de las torturas de García al joven Carló fueron Tapia Hidalgo, Joaquín Naranjo, Juan Petersen Barreda, Benito Muñoz Zavala, Haroldo Quintero Bugueño, Hernán Núñez Vega y Ernesto Pérez Fuentes. “De todos los oficiales que pasaron por Pisagua, éste fue el más brutal, y ahora creo que va para general. No lo puedo entender, un hombre que torturó tanto”, resumió González.
 


Caso pisagua: testimonio de oficial de ejército activo abre nueva fase de investigación

Fuente :Primera línea , 21 de Noviembre 2001

Categoría : Prensa

Las constantes negaciones del comandante del departamento segundo de la Dirección de Logística, teniente Conrado Vicente García Giaier, ante las denuncias de sobrevivientes, testigos o familiares de quienes deambularon por este campo de prisioneros, son los antecedentes más recientes del caso que instruye el ministro Guzmán, testimonio tras el cual los querellantes solicitaran su procesamiento.

Aunque el comandante del departamento segundo de la Dirección de Logística, teniente Conrado Vicente García Giaier, asegura que durante su permanencia en el campo de prisioneros de Pisagua su labor solamente fue ayudar al acondicionamiento físico de los detenidos, el relato reconstituido de víctimas de apremios ilegítimos propinados en este lugar, así como la versión de testigos, constata que el rol del oficial del Ejército en servicio activo fue mucho más gravitante y violento de lo que él señala.

En su única declaración judicial ante el ministro de fuero Juan Guzmán, el inculpado en violaciones a los derechos humanos asevera que "nunca torturé a nadie, ni de mutuo propio ni por haber recibido órdenes. Es factible que yo haya creado animadversión, pues yo les hacía acondicionamiento físico. Yo jamás torturé directamente a una persona, ni dándoles golpes ni colgándolo ni nada parecido".

 


Condenan a tres ex oficiales de Ejército por torturas a 35 personas prisioneras políticas en Pisagua e Iquique en 1973 y 1974

Fuente :resumen.cl, 9 de Noviembre 2023

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó y La Serena, Vicente Hormazábal Abarzúa, condenó a tres ex oficiales del Ejército por su responsabilidad en el delito reiterado de aplicación de tormentos a 35 prisioneros y prisioneras políticos cometidos en la ciudad de Iquique y en la localidad de Pisagua, en diversos periodos entre 1973 y 1974.

En el fallo (causa rol 21-2012. Tomo A), el ministro en visita condenó a los ex coroneles Pedro Santiago Collado Martí a la pena de 15 años de presidio en calidad de autor del delito respecto de 29 víctimas; Conrado Vicente García Giaier deberá cumplir 13 años de presidio por su responsabilidad en el caso de 13 víctimas, y Arturo Alberto Contador Rosales 8 años de reclusión, por su responsabilidad en el caso de ocho víctimas.

En el fallo, el ministro Hormazábal Abarzúa dio por establecido que a partir del golpe militar de septiembre de 1973 un sinnúmero de personas iquiqueñas fueron detenidas por tratarse de simpatizantes o miembros de partidos políticos de izquierda o partidarios del gobierno de Salvador Allende.

Esas personas detenidas, hombres y mujeres, de edades disímiles, universo compuesto desde adolescentes hasta personas de mediana edad, eran conducidos a diversos recintos militares y policiales por órdenes del general Ernesto Carlos Joaquín Forestier Haensgen (fallecido), comandante en jefe de la VI División de Ejército y jefe de la zona en Estado de Sitio de la Provincia de Tarapacá. Los detenidos eran luego trasladados al Regimiento Telecomunicaciones de la época, lugar en que les tomaban los datos y los ubicaban diversas dependencias o patios, y enseguida les separaban por filiación política u otras razones, confinándolos en contenedores, «chancheras» (sitio donde los militares criaban cerdos) u oasis (sector donde había vegetación).

Una parte de esas personas eran interrogadas en un sector de la unidad ubicado en un segundo piso, presuntamente en el edificio correspondiente a la enfermería, y una cantidad de ellas torturadas en diversas formas e intensidades, según fuera la importancia política que el régimen militar les atribuyera, y luego, inmediatamente o luego de algunos días, teniendo en cuenta esa misma relevancia política imputada, eran derivados a Pisagua, normalmente en camiones vigilados por personal del Ejército.

Las mujeres detenidas fueron recluidas e interrogadas en el Batallón Logístico, controlado por personal de Ejército. A continuación, eran derivadas al Buen Pastor, vigiladas por monjas, debían compartir con las presas comunes y luego eran enviadas a Pisagua, donde se les mantenía cautivas en el segundo piso de un teatro bajo custodia armada.

El Campamento de Prisioneros de Pisagua estaba dirigido por el entonces teniente coronel Ramón Caupolicán Larraín Larraín (fallecido), quien a su vez recibía órdenes directas de Forestier Haensgen. Las guardias del campo estaban formadas por un contingente dirigido por un capitán, quien era asistido por dos o más oficiales de menor grado, tenientes o subtenientes, y por la tropa de clases respectiva. Larraín disponía el ingreso de los detenidos y bajo su mando, directo o delegado a los oficiales que custodiaban el campo, se ejecutaban sesiones que las víctimas denominaban «ablandamientos generales», consistentes en golpes de todo tipo, en diversas partes del cuerpo, con mayor o menor fuerza, «tareas» ejecutadas por el contingente de turno, destacándose ciertos oficiales de Carabineros o del Ejército y repitiéndose en esas labores los oficiales a cargo de la guardia.

En el Campo de Prisioneros, los presos fueron colocados por importancia política o por partidos en distintos pisos del recinto, siendo la más baja, las llamadas «catacumbas», celdas que estaban en peores condiciones de habitabilidad y hacinamiento. Junto con las sesiones de «ablandamiento colectivo», existían los interrogatorios individuales, con la finalidad de obtener confesiones obligadas, en los que un grupo determinado y permanente de torturadores al mando del fiscal Mario Sergio Acuña Riquelme (fallecido) e integrado, entre otros, por Roberto Fuentes Zambrano (fallecido), René Valdivia Castro (fallecido), Miguel Chile Aguirre Álvarez (fallecido) y Blas Daniel Barraza Quinteros (fallecido), los que en algunas ocasiones interactuaban con oficiales encargados de la custodia del Campo de Prisioneros, quienes aplicaban tormentos que dejaron a las víctimas con secuelas físicas y/o psicológicas. Este equipo de interrogadores se trasladaba regularmente a Pisagua desde Iquique en una avioneta. La razón por la que este grupo no tenía permanencia estable en Pisagua, era porque ejecutaban las mismas prácticas contra los detenidos en el Regimiento de Telecomunicaciones, donde se encontraban bajo el mando de Pedro Santiago Collado Martí quien dirigía el Servicio de Inteligencia Militar, conformado por militares y carabineros, y quien tenía sostenía reuniones con Acuña Riquelme al menos una vez por semana. Las torturas consistían en golpes en el cuerpo mediante culatazos, manos, pies; colocar a los detenidos desnudos o semidesnudos en el piso y caminar encima de ellos, interrupción del sueño, exposición al sol durante horas y al frío de la noche sin ropa, subir y bajar cerros mediante ejercicios de punta y codo, lanzarlos dentro de tambores por laderas, electricidad en determinadas partes el cuerpo, sumergir la cabeza en agua (submarino), golpes en los oídos (teléfono), simulacros de fusilamiento, interrogatorios en los que se les dejaba un arma de fuego a su lado, colgamiento desde sus extremidades con la finalidad de obtener el estiramiento del cuerpo por lapsos prolongados, violaciones, abusos sexuales, mantenerlos con escasas raciones alimenticias y la amenaza constante de ser fusilados ellos o sus familiares, entre otras. Solo una porción de los detenidos en Pisagua fueron sometidos a Consejo de Guerra, los que se celebraban en la escuela de esa localidad, conformándose por diversos oficiales especialmente llamados al efecto, desempeñándose como fiscal Mario Acuña y como ratificador de las condenas dispuestas por el Consejo, Ramón Larraín Larraín y Carlos Forestier Haensgen, indistintamente. Un gran porcentaje de presos fue condenado informalmente, es decir, sin que hubiera una sentencia escrita o al menos sin que ellos la recibieran, muchas veces eran condenados con el solo mérito de sus confesiones obtenidas a través de torturas. Resumen Darío Núñez


Ministro Mesa procesa a dos militares (r) por homicidios calificados en Neltume en 1981

Fuente :diarioelranco.cl, 30 de Agosto 2024

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, sometió a proceso al mayor (r) de Ejercito Sergio María Canals Baldwin y al teniente (r) de Ejercito, Luis Arturo Sanhueza Ross, como autores del delito consumado de homicidio calificado de: Rodrigo Obregón Torres, René Eduardo Bravo Aguilera, Julio César Riffo Figueroa y Juan Ángel Ojeda Aguayo. Ilícitos perpetrados en la localidad de Neltume, comuna de Panguipulli, en 1981.

En la resolución (causa rol 1675-2003), el ministro Mesa Latorre dejó sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a Canals Baldwin y a Sanhueza Ross, en consideración a la naturaleza del delito y la pena que arriesgan por su responsabilidad en el crimen de lesa humanidad.

“Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que la libertad de los procesados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; teniendo en cuenta, también, la sanción legal probable de los delitos en que se les atribuye participación; y visto lo dispuesto en el artículo 363 del Código de Procedimiento Penal, no se les concederá el beneficio de la libertad provisional” señala la resolución.

“Teniendo conocimiento que los procesados actualmente se encuentran recluidos en el Centro Penitenciario ´Colina I´ de Gendarmería de Chile, cumpliendo condena por delitos investigados por otro tribunal, suspéndase el decreto de prisión preventiva hasta el cumplimiento de la referida condena e ingrésese en su oportunidad” concluye la sentencia.

En la etapa de investigación, el ministro Álvaro Mesa reunió antecedentes suficientes para tener por establecidos los siguientes hechos:

A) Que durante el mes de marzo de 1979 un grupo de exiliados chilenos pertenecientes al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), que se encontraban residiendo en Europa, decidieron crear un frente guerrillero en la zona Sur de Chile, para lo cual se reunieron en Paris a fines del año 1980, viajando desde Madrid hasta Argentina e ingresando a nuestro país, específicamente a la zona de Neltume, a través de pasos fronterizos no habilitados, creando el grupo denominado “Destacamento guerrillero Toqui Lautaro”. En este lugar comienzan un periodo de trabajos logísticos y preparación militar, confeccionando refugios con el objeto de mantener resguardados sus alimentos, armas y vestimentas. (según consta en declaración de Jorge Enrique Durán Delgado de fs. 536 (Tomo I), declaración de Jorge Antonio Acuña Reyes de fs. 542 (Tomo I), fs. 1.982 (tomo V), entre otros antecedentes)

B) Que los pobladores se percataron de esta situación y la denunciaron ante Carabineros del Retén de Neltume, actual región de Los Ríos, por lo que en el mes de junio de 1981 un grupo conformado por personal del destacamento de Tropas Especiales Comandos Nº 8 «Llancahue», por instrucción del Capitán Rosauro Martínez Labbé, se dirigió hasta ese sector con el objeto de verificar si las denuncias recibidas eran reales o falsas.

C) Que posteriormente, con fecha 26 de junio de 1981, este grupo encargado de revisar el lugar, descubre uno de los campamentos creados por los integrantes del Destacamento señalado y deciden asaltarlo.  Producto de este operativo militar el grupo del Destacamento se divide y el Ejército se apodera de algunas de las pertenencias que se encontraron en sus refugios (planos, pasaportes, alimentos, armamento).(según antecedentes de fs. 1092 (tomo III), entre otros)

D) Que desde ese momento se inicia oficialmente el operativo Militar liderado por el Capitán Rosauro Martínez Labbé, que tiene como objeto el aniquilamiento de los integrantes de este grupo de jóvenes guerrilleros, participando de este operativo las siguientes unidades militares y de carabineros: Regimiento de Aviación Rancagua; Tropas Especiales Compañía de Comandos Nº 8; Prefectura de Carabineros de Valdivia, y todas sus unidades dependientes.(según consta en Oficio IV División de Ejército N° 3560/112/1184, envía orden secreta de fs. 828 y fs. 829,  tomo II).

E) Que durante la segunda quincena de agosto de 1981, y con el objeto de reforzar el batallón liderado por Rosauro Martínez Labbé, llega a la zona de conflicto la Unidad Antiterrorista de la Central Nacional de Informaciones (CNI), conformada por 15 uniformados aproximadamente, y a cargo del Capitán Conrado Vicente García Giaier. A esta fecha, al batallón comandado por Rosauro Martínez Labbé, ya se encontraban anexadas las unidades de Santiago y Valdivia de la Central Nacional de Informaciones, así como su «Grupo Rojo», el que estuvo a cargo del Capitán del Ejército de Chile Enrique Erasmo Sandoval Arancibia.

F) Que en ese contexto, debiendo además tener presente las inclemencias del tiempo y escasa alimentación que provocaron problemas de salud en los jóvenes pertenecientes al grupo “destacamento guerrillero Toqui Lautaro”, es que se dan las siguientes situaciones:

1) Que el 30 de agosto de 1981, Julio Riffo Figueroa y René Bravo Aguilera en momentos donde ambos descansaban luego de ser alimentados por los lugareños Pedro Morales y Julia Navarro, son detenidos por una patrulla compuesta por tres funcionarios de Carabineros del Retén Malalhue en el sector de Huellahue. Tras su detención son enviados a Valdivia, específicamente al Retén Las Ánimas. Allí son interrogados por Carabineros del OS7 de Santiago. Posteriormente, Julio Riffo Figueroa y René Bravo Aguilera son trasladados al Cuartel Borgoña de Santiago, de la Central Nacional de Informaciones (CNI), donde son torturados e interrogados. El 16 de septiembre de 1981, Julio Riffo Figueroa y René Bravo Aguilera son nuevamente transportados a la zona de conflicto, particularmente a Neltume, con el objeto de ser utilizados por el batallón a cargo de Rosauro Martínez Labbé, en la búsqueda de los demás campamentos guerrilleros y de sus integrantes. Finalmente, con fecha 21 de septiembre de 1981, son ejecutados, señalándose como causa de muerte para René Bravo Aguilera Herida a bala craneoencefálica y torácicas y para Julio Riffo Figueroa Herida a bala craneoencefálica. (según consta, entre otros antecedentes, en declaraciones de Adrián Ewaldo Porras Riffo de fs. 1 ,  fs. 15 (tomo I), fs.  1292 (tomo IV), de Juan Pablo Cea Villalabeitia de fs. 679 (tomo II); de José Antonio Mora Sanchez de fs. 680 (tomo II) ; de Renato Cortés Muñoz de fs. 681 (tomo II); de José Andrés Vial Martínez de fs. 682 (tomo II); de Jaime Patricio Martínez Fuentes de fs. 687 (tomo II) ; de Luis Alberto Jerez Prussing de fs. 1024 a fs. 1029 (tomo III); de Renzo Eugenio Gattavara Ghillino de fs. 1183 a fs. 1184 (tomo III); Certificado de defunción de Julio César Riffo de fs. 12 (tomo I),  fs. 658 (tomo II) , 1273 (tomo IV). Parte de fs. 624 (tomo II). Partida de defunción de Julio César Riffo fs. 26 (tomo I). Informe de autopsia de Julio César Riffo de fs. 674 (tomo II); Oficio N° B-4 2114 de 22 de septiembre de 1981 de fs. 684 a 685 (tomo II), que da cuenta de la muerte de Julio César Riffo y René Bravo; Decreto 3336 de 8 de septiembre de 1981, consigna arresto en dependencias de la CNI de Riffo y Bravo de fs. 798 (tomo II); Decreto 3370 de 12 de septiembre de 1981, amplía detención de Riffo y Bravo de fs. 799 (tomo II); Certificado de defunción de René Eduardo Bravo Aguilera de fs. 12 (tomo I) , fs. 662 (tomo II) y fs. 1272 (tomo IV); partida de defunción de René Eduardo Bravo Aguilera de fs. 26 (tomo I); Informe de autopsia de René Eduardo Bravo Aguilera de fs. 673 (tomo II))

2) Que Pedro Juan Yáñez Palacios, en el transcurso de su travesía, sufrió gangrena en los pies, por lo que tuvo que ser dejado por sus compañeros en el hueco de un tronco con un fusil, sin embargo, producto del fuerte olor  a remedios que expelía, fue detectado por el grupo de militares del Comando N° 8 de Llancahue – integrada además por Conrado García Giaier que vigilaba la zona, quienes le dieron muerte, siendo su causa precisa de muerte herida a bala craneoencefálica. (según certificado de defunción fs. 188 (tomo I)  y  fs. 666 (tomo II) ;  a fs. 624 (tomo II),  parte informe muerte; Informe de autopsia fs. 670 (tomo II); Declaración de Erasmo Sandoval de fs. 1941 (tomo IV), entre otros antecedentes)

3) Que  producto de la información entregada por los detenidos Julio Riffo Figueroa y René Bravo Aguilera relativa al lugar de encuentro y el santo y seña, un grupo de militares, encontrándose entre ellos Jerez Prussing y Enrique Sandoval Arancibia – ya procesados en esta causa- y otros  del Comando N° 8 de  Llancahue bajo el mando  de Rosauro Marínez Labbé, logró encontrar y dar muerte a Raúl Rodrigo Obregón Torres, el 13 de septiembre de 1981, cuando este concurría a reunirse con sus compañeros, siendo su causa precisa de muerte herida a bala cérvico toraxico.  (según certificado de defunción fs. 187 (tomo I) y fs. 654 (tomo II); parte informe fs. 624 (tomo II); informe autopsia fs. 671 (tomo II) y 1074 (tomo III); Declaración de Enrique Sandoval de fs. 1863 (tomo IV); fs. 2055 (tomo V); fs. 2118 (tomo V); Declaración de Aquiles González de fs. 3887 (tomo VII), entre otros antecedentes)

4) Que a mediados del año 1981, aproximadamente, uno de los jóvenes, Juan Ángel Ojeda Aguayo, llega a la casa de un pariente de nombre Isaías Aguayo Márquez, ubicado en el sector de «Quebrada Honda», en las cercanías· de la Localidad de Neltume, Panguipulli, pernoctando en dicho lugar en reiteradas y discontinuas ocasiones a donde concurría a buscar alimento en diferentes oportunidades, cuando específicamente  el 28 de noviembre de 1981, un grupo de personal de Ejército y Carabineros destacados en el sector de Neltume se acercaron a la casa mencionada. en donde, luego de instar a los moradores a salir de su domicilio, Juan Ángel Ojeda Aguayo salió del lugar, en donde fue abatido por un grupo de militares quienes efectuaron múltiples disparos en su contra, resultando con herida a bala cráneo encefálico facial, además de múltiples heridas a bala cervo-toráxico con rotura y estallido de órganos y heridas a bala en extremidades inferiores, lo que le causó la muerte. (según fs. 848 (tomo II), parte informe da cuenta de la muerte; fs. 872 (tomo II) informe autopsia; fs. 874, 919 (tomo II) , fs. 1274 (tomo IV), certificado de defunción; declaración de Jorge Farías Silva de fs. 880 (tomo II); declaración de Rita Yolanda Jaramillo de fs. 988 (tomo II) y 1592 (tomo IV); de Isaías Aguayo Márquez de fs. 2.029 (tomo V); Oficio de carabineros de enero de 1982, fs. 918 (tomo II) , entre otros antecedentes)

5) Que Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, Próspero del Carmen Guzmán Soto, José Eugenio Monsalve Sandoval llegan hasta la casa de doña Floridema Jaramillo, en Remeco Alto, quien  les ·proporciona alimentos y de inmediato realiza acciones para denunciarlos ante Carabineros, lo que en definitiva se logra enviando a su hijo Juan Carlos Henríquez Jaramillo, quién a lomo de caballo concurre al Retén de Neltume dando cuenta de este hecho, junto con carabineros se dirigen de regreso a su domicilio y al pasar frente al colegio de Remeco dieron aviso a militares que se encontraban en un campamento en el lugar, quienes a su vez dieron aviso por radio: que al volver a la casa habían unos Carabineros apostados en diversos lugares, alrededor de cuatro, pero al mismo tiempo llegó el Capitán Rosauro Martínez Labbé acompañado de a lo menos dos militares de grado inferior –  entre ellos el cabo 2° Julio Araki Tepano  quien luego de  instarle a los guerrilleros que salieran de la casa, dispararon  contra el inmueble hasta dejarlo prácticamente inutilizado, a consecuencia de lo cual resultaron muerto Patricio Calfuquir Henríquez, Próspero Guzmán Soto y José Eugenio Monsalve Sandoval, a continuación llegó un gran contingente militar  que continuo con la operación y traslado de los guerrilleros fallecidos, señalándose como causa de muerte en los protocolos de autopsia lo siguiente: según fs. 1075 Patricio Calfuquir, como causa precisa de la muerte cinco heridas a bala tóraco-abdominal en sedal, complicadas de rotura y estallido de órganos y vísceras y los disparos presentan características de haber sido efectuados desde larga distancia con armas automáticas y de gran calibre; en fs. 1076 respecto de Próspero del Carmen Guzmán Soto la causa precisa de la muerte son veintiocho heridas a bala tórac- abdominal y extremidades en sedal complicadas de rotura y estallido de órganos, vísceras y fracturas conminutas y los disparos con características de haber sido efectuados desde larga distancia con armas automáticas y de gran calibre;  a fojas 1079 y en relación a José Eugenio Monsalve Sandoval, la causa precisa, necesaria e inmediata de la muerte: heridas (4) a bala cráneo encefálicas y tóraco abdominales, en sedal, complicadas, con rotura de órganos y vísceras, por disparos a larga distancia, con armas automáticas y de grueso calibre.

6) Miguel Cabrera Fernández, conocido como “El Paine” y quien era el jefe del grupo, muere en la localidad de Choshuenco, el 15 de octubre de 1981, en un supuesto enfrentamiento con Carabineros pertenecientes a la dotación del Retén de dicha localidad. Su causa precisa, necesaria e inmediata de muerte indica “Herida a bala cervico-toraxica, antero-posterior, en seda, complicada de rotura de vados sanguíneos y pulmón izquierdo. (Oficio envía cadáver a la morgue fs. 751 (tomo II); Parte informe carabineros sobre muerte fs. 749 (tomo II); Declaración en fiscalía de Paulino Flores Rivas fs. 753 (tomo II); declaración en fiscalía de Hernando Jara Valenzuela de fs. 753 (tomo II); antecedentes de Miguel cabrera de fs. 830 a 841 (tomo II); Informe de autopsia fs. 755 (tomo II); certificado de defunción de fojas 919 (tomo II); declaración de Héctor Rivas Bravo de fs. 842 (tomo II); declaración de Dagoberto Pineda Troncoso de fs. 1055 a 1584 (tomo IV)).

G) Que en los hechos 1 al 4 tuvo participación, en su calidad de Capitán Rosauro Martínez Labbé, quien a la época de los hechos, ostentaba el cargo de Comandante de la Compañía de comandos N° 8, del Batallón “Llancahue”, dependiente de la IV División de Ejército, Compañía que estuvo dirigiendo la operación en Neltume durante todo el periodo que esta duró. El mencionado Capitán Martínez, fue el encargado de organizar los distintos grupos que se movilizaron por el sector, proporcionando armamento  y entregando instrucciones, entre las que se destacaba que “Estaban en guerra” y que “al ver algún hombre con las característica  de guerrilleros, se debía disparar a matar”( según declaraciones de fojas 3153 , fs. 3155, fs. 3180, fs. 3182,  fs. 3219, fs. 3185, fs. 3350, fs. 3355, fs. 3368, fs. 3385,  fs. 3400,  fs. 3478 (tomo VI) , fs. 3616 (tomo VII) entre muchas otras; documentos de fojas 1085 (tomo III)  y siguientes, 1286 (tomo IV) y siguientes, 2338 (tomo V) y siguientes).

H) Que entre los integrantes de la Compañía de Comandos N° 8 que estuvo colaborando con las operaciones comandadas por el capitán Martínez, se encontraba  el cabo 2° Julio Araki Tepano, quien formaba parte del grupo de reconocimiento y entre su participación en las labores de búsqueda y detención de los guerrilleros, fue el encargado de dar aviso al jefe del grupo, Teniente Ivan Fuentes Sotomayor, que habían descubierto una base guerrillera.(fs. 2488 (tomo V) , fs. 2583 (tomo VI) , fs. 3605 (tomo VII),  fs. 3350 (tomo VI), fs.  3353 (tomo VI),  fs. 3355 (tomo VI) entre otros antecedentes ).

I) Asimismo, sobre los hechos señalados en el punto 1, esto es Julio César Riffo y René Bravo Aguilera,tuvo participación el  Teniente de Ejército Luis Arturo Sanhueza Ross, dependiente de la Compañía de Comando N° 8, quien era uno de los Oficiales a cargo de una de las secciones que fue enviada a la zona de Neltume (según declaraciones de fs. 1849, fs. 2.366, fs. 3.183, fs. 5.671,  entre otros antecedentes). Así, según declaraciones de soldados conscriptos integrantes  de la escuadra que estaba a cargo del Teniente Sanhueza Ross, han señalado su conocimiento respecto a personas detenidas que estaban a cargo de personal de la CNI , describiendo que se trataba de guerrilleros, atados de manos y que por la espalda les cruzaba un palo que estaba amarrados con alambres a cada extremo de este a la altura de sus muñecas,  relatando cómo se les ordenó custodiarlos y que posteriormente, a unos cincuenta metros de donde estaban junto al Teniente Sanhueza Ross, se  ejecutó a estos detenidos  para luego  ordenárseles  a los mismos conscriptos envolver los cuerpos en polietileno y subirlos al interior de un helicóptero  que los trasladó a la Compañía en Valdivia. (según declaración de fs. 3.353 y fs. 3.473 (tomo VI), fs. 5.711, fs. 6.856 (tomo XIV), entre otros antecedentes).

De la misma forma, sobre los hechos señalados en el número 4, esto es, Juan Ángel Ojeda Aguayo, el Teniente Luis Arturo Sanhueza Ross tuvo participación en ellos, en cuanto comandaba la patrulla que se encontraba en cercanías de la localidad de Choshuenco y al recibir un aviso de Carabineros de esa localidad, se dirigió junto a la patrulla que estaba a su cargo hasta la casa donde se hallaba Ojeda Aguayo, montando un operativo de resguardo alrededor de la vivienda y participando en los hechos que dieron como resultado la muerte de Juan Ángel Ojeda Aguayo. (según declaraciones de fs. 880 (tomo II), fs. 8.443 y fs. 8.580 (tomo XVIII).

J) Que también formó parte fundamental de este operativo laUnidad Antiterrorista de la Central Nacional de Informaciones (UAT), dirigida por el Capitán Conrado García Giaierquien participó activamente en la búsqueda, detención y posterior muerte de algunas de las víctimas mencionadas, lo cual además se encuentra acreditado en los autos de procesamientos de fojas 2.046, 2.050 y 2.052 (Tomo V) (confirmados por la Ilma. Corte de Apelaciones de Valdivia según fs. 2.169 (tomo V) (declaraciones de Luis Bascur Gaete de fs. 1500 (tomo IV); de Carlos Leonardo Ruiz Iturra de fs. 2.398 y fs. 2.431 (tomo V); de Carlos Cesar Cisternas Cofré de fs. 2.401 (tomo V);  hoja de vida de fs. 2324 a 2330 (tomo V); informe policial fs. 2.387 (tomo V), entre otros antecedentes).

 K) Que de la misma manera cumplió participación activa el Mayor de Ejército Sergio Canals Baldwin, en los hechos descritos en los números 1 y 3, esto es, Julio Riffo Figueroa, René Bravo Aguilera y Raúl Obregón Torres.  El Mayor Canals Balwin formaba parte del “Grupo Plomo” de la Central Nacional de Informaciones (CNI) y fue enviado a la zona de Neltume  apostándose junto a su grupo y junto a los demás integrantes de la CNI, en las Termas de Liquiñe, ocupando la totalidad de las cabañas durante todo el tiempo en que se mantuvieron en dicha localidad, dependencias en las que se encontraban detenidos Julio Riffo Figueroa y René Bravo Aguilera y que a raíz de la información entregada  por estos aprehendidos  se logró encontrar y dar muerte a Raúl Obregón Torres, según se detalla en el punto  3 de este auto de procesamiento.   Este Oficial  cumplía labora operativas y de reunión de información sobre las actividades de la zona y era el Oficial de Ejército con mayor grado de jerarquía del grupo de personas que integraban la Central Nacional de Informaciones (CNI) y que fueron enviados desde Santiago para apoyar las labores de otras ramas de las Fuerzas Armadas que se encontraban en la zona (según declaraciones de fs. 3.653, fs. 3.656, fs. 5.550 y fs. 8.534, entre otros antecedentes).

Que en todos los informes en que se da cuenta de la muerte de los integrantes del “Destacamento Toqui Lautaro”, se menciona que habrían muerto a causa de enfrentamientos, lo cual resulta inverosímil, toda vez que no se puede desconocer la desigual y desmejorada  condición en que se encontraban los integrantes del grupo “toqui Lautaro”, no solo en cuanto a armamento y preparación, sino mayormente en sus condiciones físicas, recordando que las víctimas se encontraban en estado de desnutrición y una de ellas incluso con parte de su pie amputado. La desproporción en el uso de la fuerza por parte de los agentes del Estado fue evidente, toda vez que pudieron simplemente haber aprehendido a los integrantes del grupo sin necesidad de llegar a ejecutarlos”.