Rut: 6.358330-8
Cargos:
Grado : Mayor
Rama : Ejército
Procesados los que mataron por la espalda en Pisagua
Fuente :La Nación, 9 de Enero 2009
Categoría : Prensa
La mañana del 29 de septiembre de 1973 amaneció brumosa. Temprano, el equipo de oficiales a cargo del campo de concentración de Pisagua ingresó a la cárcel.
El capitán Sergio Benavides Villarreal portaba una lista en la mano. La nómina había sido dictada al campo la noche anterior a través del teléfono de campaña por el general Carlos Forestier, comandante de la VI División del Ejército en Iquique, y jefe superior de Pisagua.
La orden era matarlos, pero sacándolos engañados desde la prisión. Se les prometió un buen rato al aire libre mirando el mar, para instalar unos pilotes sobre los cuales se haría una construcción para beneficio de los mismos prisioneros.
El capitán Benavides junto a los entonces tenientes y subtenientes Roberto Ampuero Alarcón, Gabriel Guerrero Reeve, Sergio Figueroa López, y Arturo Contador Rosales, juntaron a los seis detenidos elegidos desde Iquique y les dieron a conocer el "regalo" que les esperaba.
El conscripto Michel Nash Sáez, quien se había negado a reprimir a la población ocurrido el golpe de Estado, los Infantes de Marina Juan Jiménez Vidal y Juan Calderón Villalón, que habían hecho lo propio, y los militantes de izquierda Norberto Cañas Cañas, Marcelo Guzmán Fuentes y Luis Lizardi Lizardi, salieron de la cárcel bajo la promesa de que pasarían a retirar unas herramientas por el camino hacia el cementerio de Pisagua para realizar el trabajo.
En el proceso por los crímenes de Pisagua hay ex prisioneros sobrevivientes que afirman que los seis elegidos iban contentos a trabajar.
Mirarían el mar, y hasta podrían tal vez tirarse un par de piqueros bajo la vigilancia de sus custodios. Pero no hubo herramientas, ni pilotes, ni piqueros, ni tampoco contemplar el mar.
No más cruzaron el antiguo cementerio, los obligaron a correr cerro arriba y los acribillaron por la espalda con una ametralladora punto 30 instalada arriba de un jeep.
La orden de Forestier estaba cumplida. Los conscriptos y los Infantes de Marina o de cualquier unidad de la Armada que quisieran seguir los pasos rebeldes de Nash, Jiménez y Calderón, estaban ahora advertidos del destino que sufrirían.
El equipo de Benavides ensacó los cuerpos desangrados y los lanzó adentro de la gran fosa que ya tenían preparada a un costado del cementerio.
Allí dentro seguirían después cayendo uno a uno otros trece prisioneros asesinados en los días posteriores. El 2 de junio de 1990, la tumba clandestina fue descubierta y aparecieron los 19 cadáveres momificados por las condiciones del terreno. Pero los de Nash, Jiménez y Cañas habían desaparecido, hasta hoy.
Por ello, el ministro Joaquín Billard procesó ayer a los mencionados cinco oficiales (R) de Ejército, además del suboficial (R) de Carabineros, Manuel Vega Collao, jefe entonces del retén de Pisagua, como coautores del secuestro de los tres desaparecidos Nash, Jiménez y Cañas.
Antes, Billard había encausado también a los mismos seis como coautores de homicidio calificado por las muertes de Calderón, Guzmán y Lizardi, cuyos cuerpos sí se hallaron dentro de la sepultura encubierta.
El mismo equipo se encuentra igualmente procesado por los asesinatos el 11 de octubre de 1973 en un falso Consejo de Guerra de Julio Cabezas Gacitúa, José Córdova Croxatto, Mario Morris Barrios, Juan Valencia Hinojosa y Humberto Lizardi Flores.
Después de 40 años de impunidad el juez Carroza levanta acusaciones por crímenes de Pisagua
Fuente :cctt.cl, 31 de Julio 2013
Categoría : Prensa
Siete integrantes del Ejército de Chile que cumplían labores como carceleros del ex Campo de Prisioneros Políticos de Pisagua durante la dictadura de 1973, y tras 40 años de impunidad y gracias a que los familiares de las víctimas nunca claudicaron en su lucha, el ministro de Fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago, levantó las primeras acusaciones en contra de los ex uniformados, por los delitos de Homicidio Calificado en contra de 8 ejecutados políticos y Secuestro Calificado contra 3 detenidos desaparecidos.
El ministro Carroza se constituyó en Iquique y se reunió con los familiares de las víctimas de la dictadura, quienes no pudieron contener la emoción al saber que por fin, tras 40 años y con sólo 4 meses de investigación llevada por el magistrado, se levantaron las acusaciones por los delitos señalados, que costaron la vida de numerosos prisioneros políticos.
Las primeras acusaciones corresponden a la ejecución de los prisioneros: Juan Calderón Villalobos, Marcelo Guzmán Fuentes y Luis Lizardi Lizardi; Además, los hasta ahora detenidos desaparecidos Michel Nasch Sáez, Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal ejecutados el 29 de septiembre de 1973, en Pisagua.
También los ejecutadis Julio Cabezas Gacitúa, Mario Morris Barrios, Juan Valencia Hinojosa, Humberto Lizardi Flores y Julio Córdova Croxato; todos ellos asesinados en el ex campo de prisioneros, el 11 de octubre de 1973.
El ministro Carroza seguirá investigando y levantando acusaciones, en orden cronológico de cómo fueron ocurriendo los asesinatos, tanto en Iquique como en Pisagua, de acuerdo a como está caratulada la querella.
Los acusados por los delitos de Homicidio Calificado y Secuestro Calificado son: Sergio Eugenio Benavides Villarreal, Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Arturo Alberto Contador Rosales, Sergio Eduardo Figueroa López, Gabriel Alonso Guerrero Reeve, Manuel del Carmen Vega y Miguel Aguirre Alvarez.
29 DE SEPTIEMBRE
Este día ocurrió la ejecución de Juan Calderón Villalobos, Marcelo Guzmán Fuentes y Luis Lizardi Lizardi, cuyas osamentas aparecieron en la fosa clandestina de Pisagua. Además, Michael Nasch Sáez, Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal, cuyos restos siguen desaparecidos.
Vale recordar que Lizardi Lizardi fue tomado prisionero y ejecutado, por un alcance de nombre con Humberto Lizardi.
Primer caso:De acuerdo a la investigación, Calderón, Lizardi Lizardi y Guzmán, se encontraban en Pisagua, recinto dependiente de la VI División de Ejército, desde donde fueron sacados de sus celdas en forma selectiva, por oficiales a cargo de su custodia, con el pretexto que se requerían “voluntarios” para realizar trabajos fuera del campo de prisioneros.
Sin embargo, nunca existió trabajo voluntario, como se acredita en la investigación, puesto que los prisioneros fueron ejecutados en las afueras del cementerio de Pisagua, por la misma patrulla militar que los sacó de sus celdas. La encabezaba el capitán de Ejército, Sergio Benavides Villarreal, quien junto a otros militares, procedieron a inhumar los restos en el mismo lugar.
Específicamente fueron enterrados en el costado norte del Cementerio Municipal de Pisagua, que corresponde al lugar donde el 2 de junio de 1990, se descubrió la Fosa Clandestina de Pisagua. Dicisiete años más tarde sus restos fueron encontrados en sacos de arpillera, llevando en sus ropas, a la altura del pecho, un disco rojo, presumiblemente para indicar la zona donde debían recibir la descarga mortal.
Sin embargo, la autoridad militar explicó en la época que los prisioneros habían intentado evadirse hacia Pisagua Viejo, lugar donde se encuentra el cementerio, motivo por el cual la patrulla militar de seguridad, les ordenó el alto en varias oportunidades, disparando al aire, pero como continuaron en su fuga, fueron abatidos, pereciendo en la acción. Sus restos fueron sepultados en el mismo cementerio.
La versión de la huída, fue descartada con las investigaciones posteriores. Hoy el ministro establece que los hechos narrados, importan la comisión del delito de homicidios calificados, previstos y sancionados en el Artículo 391 N° 1 del Código Penal.
Se acusa de homicidio calificado a Sergio Eugenio Benavides Villarreal, Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Arturo Alberto Contador Rosales, Sergio Eduardo Figueroa López, Gabriel Alonso Guerrero Reeve y Manuel del Carmen Vega, por estimarse que les correspondió participación como autores en los delitos..
Segundo caso: En esta misma fecha del 29 de septiembre se registraron, otras tres ejecuciones que costaron la vida de Michel Nasch Sáez, Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal, presos en Pisagua, pero cuyos cuerpos nunca aparecieron.
Según consta en la investigación, fueron sacados de sus celdas, junto a los otros 3 prisioneros, Calderón, Guzmán y Lizardi Lizardi (primer caso) por los oficiales de Ejército a cargo de su custodia, bajo el mismo pretexto de realizar “trabajos voluntarios”.
La autoridad militar de la época explicó que los prisioneros trataron de evadirse hacia Pisagua Viejo, por lo que fueron abatidos, ante los nulos intentos para detener la supuesta huida. Sus restos fueron sepultados en el Cementerio de Pisagua, según declararon los carceleros.
Sin embargo y pese a que la autoridad militar reconoce haber ejecutados a los prisioneros y haberlos sepultados en el Cementerio de Pisagua, sus restos no fueron encontrados en la fosa clandestina, donde sí aparecieron los restos de los otros 3 ejecutados, Calderón, Guzmán y Lizardi Lizardi. Hasta la fecha Michel Nasch, Nolberto Cañas y Juan Jiménez están en calidad de desaparecidos.
En la investigación se establece, que de acuerdo a los antecedentes, se puede estimar a partir de la declaración indagatoria del militar Miguel Aguirre Alvarez, que se desprenden cargos fundados que a éste le ha correspondido participación como autor, en los delitos de Secuestros calificados Reiterados en contra de Juan Jiménez, Michel Nasch y Nolberto Cañas, cuyos principios de ejecución tuvieron lugar en Iquique y Pisagua, en septiembre del 73 y que perduran hasta la fecha.
También se desprende de las declaratorias de los militares Sergio Eugenio Benavides Villarreal, Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Arturo Alberto Contador Rosales, Sergio Eduardo Figueroa López, Gabriel Alonso Guerrero Reeve y Manuel del Carmen Vega, cargos fundados para estimar que les correspondió participación como autores en los delitos de secuestros calificados reiterados de Nasch, Cañas y Jimenez.
Además se les acusa como autores de delito de Homicidio Calificado en contra de Calderón, Guzmán y Lizardi Lizardi.
11 DE OCTUBRE
En esta fecha, ocurrió la ejecución de Julio Cabezas Gacitúa, Mario Morris Barrios, Juan Valencia Hinojosa, Julio Córdova Croxato y Humberto Lizardi Flores. Todos ellos se encontraban presos en Pisagua, cuando fueron sorpresivamente sacados de sus celdas los días 8 y 10 de octubre y trasladados al retén de Carabineros de la misma caleta.
En el lugar, fueron interrogados por el Fiscal Militar Mario Acuña Riquelme. En la madrugada del 11 de octubre, los prisioneros son ejecutados al margen de toda legalidad por los oficiales de Ejército que estaban a cargo de su custodia. Sus cuerpos fueron inhumados ilegalmente en el mismo sitio donde se les dio muerte, es decir, en la fosa clandestina de Pisagua. Al igual que en el caso anterior, sus cuerpos estaban al interior de sacos de arpillera.
La versión de los militar en la época fue que los detenidos fueron ejecutados, por aplicación de una sentencia dictada en el marco de un Consejo de Guerra, por estar confesos y ser autores de los delitos de traición a la Patria, espionaje e infracción a la ley de Seguridad del Estado.
En la investigación se señala que no consta ningún antecedente que avale el hecho de haberse realizado las audiencias de la Justicia Militar.
Los hechos descritos importan los delitos de homicidio calificado previsto y sancionado en el Artículo 391 N° 1 del Código Penal.
De esta forma se desprenden cargos fundados para estimar que Sergio Eugenio Benavides Villarreal, Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Arturo Alberto Contador Rosales, Sergio Eduardo Figueroa López, Gabriel Alonso Guerrero Reeve y Manuel del Carmen Vega Collao, tuvieron participación como autores de homicidio calificado
Corte de Santiago confirma fallo que condenó a miembros del Ejército (r) por secuestros y homicidios en Pisagua. El Tribunal de alzada ratificó la res
Fuente :diarioconstitucional.cl, 2 de Abril 2018
Categoría : Prensa
El Tribunal de alzada ratificó la resolución que condenó a Sergio Benavides Villarreal y Manuel Vega Collado a penas de presidio perpetuo, en calidad de autores de los tres secuestros calificados y los ocho homicidios calificados.
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a siete miembros del Ejército en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de Miguel Selín Nash Sáez, Jesús Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal; y en los homicidio calificado de Marcelo Guzmán Fuentes, Juan Calderón Villalón, Luis Lizardi Lizardi, Julio Cabezas Gacitúa, Julio Córdova Croxato, Mario Morris Barrios, Humberto Lizardi Flores y Juan Valencia Hinojosa, prisioneros políticos ingresados al Centro de Detención de Pisagua, en septiembre y octubre de 1973.
El Tribunal de alzada ratificó la resolución que condenó a Sergio Benavides Villarreal y Manuel Vega Collado a penas de presidio perpetuo, en calidad de autores de los tres secuestros calificados y los ocho homicidios calificados.
Por su parte, Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Gabriel Alfonso Guerrero Reeve y Arturo Alberto Contador Rosales, deberán purgar penas únicas de 10 años de presidio, como coautores de los delitos reiterados de secuestro calificado de Miguel Selin Nash Sáez, Jesús Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal, y como coautores de los delitos reiterados de homicidio calificado de Marcelo Omar Guzmán Fuentes, Juan Calderón Villalón y Luis Alberto Lizardi Lizardi. En tanto, Sergio Eduardo Figueroa López fue condenado a la pena única de 12 años de presidio, como autor de los delitos, y confirmó la pena de 10 años y un día de presidio que deberá cumplir Miguel Aguirre Álvarez, por su responsabilidad en los tres secuestros calificados.
En la etapa de investigación, el Ministro en visita Mario Carroza logró determinar los siguientes hechos:
Que tras el 11 de septiembre de 1973, se instaló en el cuartel general de la Sexta División del Ejército, bajo el mando del general Carlos Forestier Haenseng (fallecido) un operativo de represión permanente a militantes y simpatizantes de los partidos del gobierno depuesto con la denominación de CIRE, y que actuaba por orden y orientación del fiscal militar de la época Mario Acuña Riquelme (fallecido);
Quienes acudían a los llamados efectuados mediante bandos militares o que eran detenidos en allanamientos eran trasladados hasta el cuartel general de la Sexta División del Ejército, desde donde eran derivados al Regimiento de Telecomunicaciones de la ciudad de Iquique, donde eran sometidos a interrogatorios bajo apremios físicos por orden impartidas por el comandante Forestier o el fiscal militar Acuña;
Los detenidos desde el Regimiento de Telecomunicaciones eran llevados al Campamento de Prisioneros de Pisagua donde, nuevamente, eran sometidos a golpizas para "ablandarlos" y se les obligaba a firmar documentos en blanco que erar llevados al fiscal militar Acuña "con el sólo propósito de justificar acusaciones falaces ante Consejos de Guerra simulados y poder solicitar en éstos, condenas como la pena de muerte", que una vez impuesta se ejecutaba dentro de las 24 horas siguientes con fusilamientos;
Dentro de este modo de operación el 19 de septiembre de 1973, en horas de las mañana, fueron sacados de sus celdas en el Campo de Prisioneros de Pisagua, Juan Calderón Villalón, Luis Alberto Lizardi Lizardi, Marcelo Omar Guzmán Fuentes, Juan Jiménez Vidal, Jesús Nolberto Cañas y Michel Selin Nash Sáez, los que fueron ejecutados en las cercanías del campo de prisioneros bajo el pretexto de que habrían intentado fugarse mientras eran trasladados fuera del lugar. Los cuerpos fueron envueltos en arpilleras y luego inhumados en una fosa en el Desierto de Atacama. Con posterioridad, a mediados del año 1990, son encontrados los restos de Calderón Villalón, Lizardi Lizardi y Marcelo Guzmán Fuentes, pero no se encuentran antecedentes de los cuerpos de Juan Jiménez Vidal, Jesús Nolberto Cañas y Michel Nash Sáez, quienes actualmente se mantienen desaparecidos;
En tanto, el 11 de octubre de 1973 fueron sacados de sus celdas los prisioneros Julio Cabezas Gacitúa, Juan Valencia Hinojosa, Mario Morris Barrios, José Córdova Croxato y José Humberto Lizardi Flores, quienes son ejecutados en un lugar cercano al cementerio con la vista vendada y las manos atadas al margen de toda legalidad, deceso que fue verificado por un médico y en el caso que sobrevivieran se les remató mediante tiro de gracia, luego de ello sus cuerpos fueron envueltos en arpillera y enterrados en una fosa común.
En el aspecto civil, el fallo condenó al Estado de Chile a pagar, por concepto de daño moral, la suma total de $510.000.000 a los padres, cónyuges, hijos y hermanos de las víctimas.