Alias : Max Lenou; Max
Rut: 4.636.998-K
Cargos: Jefe de José Domingo Cañas
Grado : Coronel
Rama : Ejército
Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)
José Domingo Cañas
Villa Grimaldi
Nuevas declaraciones en caso Tucapel Jiménez
Fuente :El Mercurio 19 de Abril 2002
Categoría : Prensa
El general en retiro Hernán Ramírez Rurange declaró esta mañana ante el ministro en visita Sergio Muñoz, en el marco de la etapa probatoria de la investigación por la muerte del dirigente sindical Tucapel Jiménez ocurrida el 25 de febrero de 1982.
En la oportunidad el general Ramírez Rurange, quien está acusado de ayudar a huir del país al autor confeso del crimen, Carlos Herrera Jiménez, en septiembre de 1991, reiteró su "absoluta inocencia" y sostuvo que el jamás dio una orden para que Herrera Jiménez se fuera de Chile.
El general Ramírez Rurange, quien fue director de la Dine en 1991, está acusado de encubridor en el caso, y acudió a declarar como testigo del general en retiro Fernando Torres Silva, ex fiscal militar.
Ramírez Rurange afirmó además que sólo se enteró de que Carlos Herrera Jiménez había matado a Tucapel Jiménez por la prensa el año pasado.
A la jornada de hoy también acudió a prestar declaración el general en retiro Hernán Ramírez Hald, quien sin embargo no intervino ante el ministro Muñoz puesto que la defensa del brigadier en retiro Víctor Pinto Pérez lo levantó como testigo.
Relata crimen
El caso de la muerte del líder gremial tomó un nuevo giro luego que el 12 de abril pasado, el mayor en retiro Carlos Herrera Jiménez entregara, en audiencia judicial pública, detalles del homicidio de Tucapel Jiménez, y aunque planteó que por honor no diría los nombres de quienes lo acompañaron en la escena del crimen, en un lapsus dijo que uno de los suboficiales era Letelier, identidad que corresponde a otro de los procesados en la causa.
El autor confeso del crimen del presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) dijo que recibió la orden de eliminar al sindicalista de parte de sus jefes en el Cuerpo de Inteligencia del Ejército, el brigadier (r) Víctor Pinto Pérez y el ex comandante del organismo teniente coronel (r) Francisco Ferrer Lima.
Sostuvo que quien era el jefe máximo de la Dirección de Inteligencia del Ejército en 1982, el general Ramsés Álvarez Sgolia, fue señalado por Pinto Pérez como una persona que estaba enterada del plan criminal cuando le comunicó la orden de eliminar al sindicalista.
De acuerdo con lo declarado por Herrera, ejecutó el crimen junto a dos suboficiales que fueron puestos bajo su mando. Añadió que luego del homicidio, registrado el 25 de febrero de 1982, el brigadier Pinto lo llevó a la oficina del general Álvarez, donde el director de la Dine lo felicitó por la misión
Jueza exclusiva procesó a Maximiliano Ferrer Lima
Fuente :El Mostrador 7 de Junio 2002
Categoría : Prensa
La titular del Cuarto Juzgado del Crimen de San Miguel, María Teresa Díaz, procesó al brigadier (r) y ex agente de la DINA Maximiliano Ferrer Lima como presunto autor del secuestro de la pareja Cecilia Bojanic Abad y Flavio Oyarzún Soto, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
El procesamiento contra Ferrer Lima dictado por la jueza Díaz es el primero que debe enfrentar el ex oficial en causas que llevan jueces exclusivos, aunque ya antes había sido acusado en calidad de autor por el crimen del dirigente sindical Tucapel Jiménez Alfaro.
Flavio Oyarzún y Cecilia Bojanic fueron detenidos el 2 de octubre de 1974 y llevados al centro de reclusión de la DINA ubicado en José Domingo Cañas. La mujer, que tenía 23 años al momento de ser detenida, se encontraba con cinco meses de embarazo cuando desapareció tras ser detenida en su casa, ubicada en la comuna de La Granja. La pareja tenía un hijo de un año y medio.
En los últimos días, la jueza del Cuarto Juzgado del Crimen de San Miguel también procesó al ex agente del Comando Conjunto Otto Trujillo Miranda en la causa por la desaparición de Miguel Rodríguez Gallardo, detenido el 28 de agosto de 1975.
Trujillo ya había sido encausado por otros jueces con dedicación exclusiva
Justicia chilena procesa por primera vez en Caso Llidó
Fuente :15 de Mayo 2003, El Mostrador
Categoría : Prensa
Por primera vez, la justicia chilena dictó autos de procesamientos en contra de personas que participaron en el secuestro calificado del sacerdote español Antonio Llidó.
El caso del sacerdote fue uno de los que determinó la detención en Inglaterra del general (R) Augusto Pinochet Ugarte, a raíz de la investigación que llevaba el juez español Baltasar Garzón.
Esta mañana fueron sometidos a proceso como autores del secuestro calificado, nueve ex integrantes de la DINA, incluida su plana mayor.
Los encausados son Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krasnov Marchenco, Osvaldo Romo Mena, Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Orlando Manzo Durán, Ciro Torré Sáez y Brazclay Zapata Reyes.
El sacerdote Llido fue detenido ilegalmente en octubre de 1974 y visto por ultima vez en el centro de reclusión clandestino de Cuatro Álamos. Agentes de la DINA lo torturaron por ayudar y dar protección a militantes del MIR.
Fallo de primera instancia se produce a 20 años del crimen CASO TUCAPEL: Perpetua para Herrera; Corbalán, absuelto
Fuente :La Tercera, 5 de Agosto 2003
Categoría : Prensa
Por su responsabilidad en el homicidio calificado de Tucapel Jiménez, se condenó al general (r) Arturo Ramsés Alvarez Sgolia a 10 años de presidio mayor en grado mínimo como autor, sin beneficios.
Tras una exhaustiva investigación de poco más de tres años, se dio a conocer el fallo de primera instancia del ministro en visita extraordinario, Sergio Muñoz, en el caso del crimen de Tucapel Jiménez, el 25 de febrero de 1982.
El fallo, demorado durante la mañana por problemas computacionales, absolvió al mayor (r) Alvaro Corbalán Castilla, al brigadier (r) Roberto Urbano Schmied Zanzi, al civil Julio Olivares Silva y al capitán de Carabineros Miguel Hernández Oyarzo, quienes estaban procesados en calidad de cómplices.
Por su responsabilidad en el homicidio calificado de Tucapel Jiménez, Muñoz condenó al general (r) Arturo Ramsés Alvarez Sgolia a 10 años de presidio mayor en grado mínimo como autor, sin beneficios.
Como autor de homicidio calificado en contra del ex presidente de la Anef y del carpintero Juan Alegría Mundaca, fue condenado a presidio perpetuo sin beneficios el mayor (r) Carlos Herrera Jiménez.
En tanto, como autores de homicidio calificado fueron condenados a 8 años de presidio mayor en su grado mínimo, sin beneficios, el brigadier (r) Víctor Pinto Pérez y el teniente coronel (r) Maximiliano Ferrer Lima.
Como autores, Miguel Letelier Verdugo y el suboficial Manuel Contreras Donaire fueron conminados a 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, sin beneficios.
El mayor Juan Carlos Arriagada Echeverría y Jorge León Alessandrini (civil) fueron condenados por el magistrado Sergio Muñoz a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, como cómplices (pena remitida).
El general (r) Fernando Torres Silva (ex auditor del Ejército), el general (r) Hernán Ramírez Hald y el general (r) Hernán Ramírez Rurange fueron condenados a 800 días de presidio menor en su grado medio (pena remitida), en calidad de cómplices.
Como encubridor, el coronel (r) Enrique Ibarra fue condenado a 541 días de presidio menor en su grado medio. Por último, se decomisó el arma utilizada en el crimen, un revólver Smith & Wesson calibre 22, serie 22547, que figura inscrito a nombre de la Dirección General de Movilización Nacional.
Proceso judicial
En tres años de investigación, el ministro Sergio Muñoz remeció al Ejército. En 1999 procesó al ex director de la CNI, el ahora fallecido Humberto Gordon, y en junio de ese año se adelantó a Juan Guzmán enviándole un exhorto a Pinochet durante su detención en Londres.
Sin embargo, su paso más temerario fue procesar a Hernán Ramírez Hald, el primer general en servicio activo que fue inculpado en una causa de derechos humanos.
Ramírez Hald fue encargado reo el 22 de noviembre, pero un día antes el Presidente Ricardo Lagos lo recibió en su despacho por una hora, para respaldar el gesto del general de retirarse del Ejército y enfrentar el proceso como civil.
El ex uniformado quedó detenido en el Comando de Telecomunicaciones hasta que salió bajo fianza a mediados de 2000.
Cabe recordar que el ministro Muñoz tomó la investigación en abril de 1999, tras 17 años de infructuoso trabajo del juez Sergio Valenzuela Patiño, quien fue destituido del caso por la Corte Suprema.
A Punta Peuco los condenados por caso Tucapel
Fuente :23 de Marzo 2004 La Nación
Categoría : Prensa
Luego de que la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dejara a firme las condenas en contra de los responsables de la muerte del ex presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), Tucapel Jiménez Alfaro, ocurrida el 25 de febrero de 1982, fuentes judiciales informaron a La Nación, que serán trasladados durante el día de hoy hasta el penal de Punta Peuco, recinto donde cumplirán sus penas aflictivas.
Con el cambio de prisión dejarán el Batallón de Policía Militar (BPM), Regimiento de Telecomunicaciones de Peñalolén, donde el Ejército construyó dependencias para que los ex uniformados y militares activos procesados cumplieran prisión preventiva hasta que se dictara una sentencia en su contra.
De estar forma, quedarán recluidos en Punta Peuco, penal que cuenta con custodia mixta de Gendarmería y el Ejército, el ex director de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE) general (R) Arturo Alvarez Scoglia, los brigadieres (R) Víctor Pinto Pérez y Maximiliano Ferrer Lima, además de los suboficiales (R) Manuel Contreras Donaire y Miguel Letelier Verdugo, todos ellos condenados a ocho años de cárcel. Los dos últimos en calidad de autores materiales.
A ellos se suma, el mayor (R) Carlos Herrera Jiménez, condenado a una pena unificada de prisión perpetua simple: por la muerte de Jiménez y su participación en el asesinato del carpintero Juan Alegría Mundaca, en julio de 1983.
Las mismas fuentes indicaron que originalmente el traslado de los ex uniformados se encontraba programado para el fin de semana, sin embargo se debió postergar por falta de inmueble para recibir a los nuevos reos. A lo anterior, se suma el visto bueno de los organismos de seguridad encargados de la operación, quienes hasta último momento tienen la facultad para detener el procedimiento.
Juez Guzmán volvió a golpear a la DINA
Fuente :La Nación 4 de Enero 2004
Categoría : Prensa
En uno de los procesamientos que terminó por echar abajo uno de los principales montajes de la pasada dictadura, el ministro de fuero Juan Guzmán encausó a diez ex agentes de la DINA, varios de ellos de su plana mayor, incluido el ex jefe Manuel Contreras, por ocho víctimas desaparecidas en la conocida como Operación Colombo. Este es el segundo encausamiento dictado por el juez Guzmán por este montaje acontecido en 1975, siendo el primero el decretado el 2 de septiembre, cuando el magistrado procesó a 16 ex agentes por 37 víctimas de la Colombo.
Las resoluciones adoptadas por el juez Guzmán en este episodio, constituyen en conjunto el más masivo procesamiento dictado hasta ahora por este ministro, y uno de las que abarca más cantidad de víctimas y encausados en los juicios que se instruyen por violaciones de los derechos humanos.
Los procesados, todos en situación de retiro y declarados reos como autores de secuestro calificado son, además de Contreras, el ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, general César Manríquez Bravo, hermano de Mario, coronel (R) encartado como autor intelectual del crimen de Víctor Jara; el ex segundo hombre de la DINA, brigadier Pedro Espinoza Bravo; el ex jefe de Villa Grimaldi, coronel Marcelo Moren Brito; el ex jefe del recinto DINA Cuatro Alamos, oficial de Gendarmería Orlando Manzo Durán; el ex jefe del grupo Halcón de la DINA, brigadier Miguel Krassnoff Martchenko; el ex jefe del Servicio Secreto de la Dirección de Inteligencia del Ejército y ex miembro de la plana mayor de la DINA, coronel Francisco Ferrer Lima, que cumple condena en Punta Peuco por el crimen del sindicalista Tucapel Jiménez; el ex jefe del recinto DINA Tres Alamos, oficial de Carabineros Conrado Pacheco Cárdenas; el suboficial de Ejército Basclay Zapata Reyes; y el ex agente civil Osvaldo Romo Mena.
Las nuevas ocho víctimas de Colombo son: Aldo Pérez Vargas, Roberto Aranda Romero, Jorge Müller Silva, Modesto Espinoza Pozo, Carlos Pérez Vargas, Carmen Bueno Cifuentes, Rodrigo Ugas Morales y Carlos Gajardo Wolf. Los cinco últimos figuran en la lista de los 119 desaparecidos por este operativo, no así los tres primeros.
El montaje
La llamada Operación Colombo nació en los primeros meses de 1975, cuando la DINA y el propio ex dictador Augusto Pinochet, así como otros de sus ministros militares, comenzaron a difundir informaciones de que el MIR preparaba “guerrilleros” en distintas ciudades argentinas para hacerlos entrar clandestinamente a Chile por pasos fronterizos a combatir el régimen militar. Los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y el vespertino La Segunda fueron los encargados de publicarlas.
La cúspide del montaje ocurrió entre los días 17 y 19 de julio de 1975, cuando primeramente el diario brasileño O Dia, de breve tiempo de circulación, informó
El retirado general Manuel Contreras ha sumado otro enjuiciamiento a su expediente en los tribunales chilenos.
que 59 chilenos habían sido ejecutados en Argentina por sus propios compañeros de izquierda, atribuyendo las muertes a “ajustes de cuentas” políticas. El día 19, la revista argentina Lea, publicó en su único número que lo mismo había ocurrido con otros 60 chilenos, la mayoría del MIR.
En abril de 1975 apareció en un sótano de Buenos Aires el cuerpo destruido por una explosión con un cartel que decía “dado de baja por el MIR”. Se dijo que era el detenido desaparecido comunista David Silberman. Sin embargo, no era él. El 12 de julio de 1975 aparecieron en Buenos Aires otros dos cuerpos baleados y quemados con una leyenda similar. La dictadura informó que se trataba de quienes habían sido dado por desaparecidos en Chile, Jaime Robotham Bravo y Luis Guendelman Wisnik. Lo que también resultó falso.
El 24 de julio de 1975, La Segunda publicó en portada tal vez el titular más representativo del invento: “Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina”.
Objetivo y origen de la acción
El objetivo de la Operación Colombo fue hacer creer que decenas de personas, que en Chile sus familiares, abogados y las iglesias daban por detenidos desaparecidos, en realidad habían salido clandestinamente a Argentina a prepararse en guerrillas para regresar a Chile a combatir. Y que en el intertanto afuera se habían ajustado cuentas políticas matándose entre ellos o cayendo abatidos por operativos militares en Argentina, país que vivía la convulsión política y militar en los últimos meses antes del golpe de Estado de marzo de 1976.
En cuanto al origen del nombre Operación Colombo, éste se remite a declaraciones del ex agente civil de la DINA Enrique Arancibia Clavel, quien admitió en Buenos Aires en 1978 -acusado de “espionaje”- que en 1975 llegó a esa capital el agente Raúl Eduardo Iturriaga Neumann (ex jefe del Departamento Exterior DINA y actual general retirado) para hacer aparecer muerto en Argentina a un “subversivo chileno” de nombre “Simelman o algo parecido”. Se trataba de Silberman. Según Arancibia Clavel, Iturriaga le dijo que se trataba de la Operación Colombo en la cual se contó con la colaboración, entre otros, del civil argentino y miembro de la Triple A (Alianza Argentina Anticomunista) Martín Ciga Correa.
Procesan por torturas a plana mayor de la DINA
Fuente :21 de Junio 2005 La Nación
Categoría : Prensa
Como autores de tormentos y apremios ilegítimos el ministro de fuero, Alejandro Solís, procesó a nueve ex miembros de la plana mayor de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): el otrora director de la general (R) Manuel Contreras, el brigadier (R) Pedro Espinoza, el mayor (R) Miguel Krassnoff, el coronel (R) Marcelo Moren Brito, y los ex agentes Osvaldo Romo, Basclay Zapata, Gerardo Godoy, Fernando Laureani y Francisco Ferrer Lima.
A todos ellos Solís los responsabilizó de haber torturado a una veintena de presos políticos que estuvieron ilegalmente detenidos en Villa Grimaldi, -cárcel clandestina emplazada en la comuna de Peñalolén, de la que desaparecieron unos 400 presos políticos- durante los años 1974 y 1975.
En el auto de procesamiento, de 50 páginas, se señala que en ese lugar “operaba un grupo de agentes de la DINA (que) aplicaban tormentos (para) recabar información sobre el paradero de otros opositores” a Pinochet.
La mayoría de los procesados actualmente están recluidos en el penal Cordillera, instalado al interior de la Escuela de Telecomunicaciones del Ejército, donde cumplen sentencia por otros casos de violaciones de los derechos humanos
Juez procesa a la cúpula de ex DINA por secuestros calificados de opositores
Fuente :El Mostrador.cl 9 de Enero 2006
Categoría : Prensa
Ministro Alejandro Solís encausó en calidad de autores a una nueve ex miembros del organismo represivo de la dictadura militar en calidad de autores de la desaparición de la asistente social Jackeline Binfa y el veterinario Jorge D'Orival, ambas registradas en 1974. El juez ordenó la detención de dos encausados.
El ministro en visita Alejandro Solís procesó a la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) en calidad de autores de los secuestros calificados de las víctimas de la dictadura Jacqueline Binfa Contreras y de Jorge Humberto D'Orival Briceño.
La nómina de procesados está encabezada por el general (R) Manuel Contreras, otrora director del organismo represivo, y el jefe de la Brigada de Inteligencia, César Manríquez Bravo.
También fueron encausados los brigadieres (R) Miguel Krassnoff, jefe del Grupo Halcón de la ex DINA, y el brigadier retirado Maximiliano Ferrer Lima, ex director del Servicio Secreto del Ejército.
Asimismo, enfrentan cargos coroneles (R) Marcelo Morén Brito y Orlando Manso, ex jefe del centro de detención Cuatro Álamos, Ciro Torré Sáez, esposo de la ministra de la Corte de san Miguel Gabriela Hernández.
En tanto, sólo por el secuestro de D’Orival Briceño fue procesado por el ministro Solís el suboficial (R) Basclay Zapata Reyes.
El juez ordenó además la detención inmediata de Ciro Torres y Orlando Manso, pues todos los demás inculpados están en prisión, condenados o procesados en otros casos de violaciones de los derechos humanos.
Binfa Contreras y D'Orival Briceño fueron arrestados en 1974 por efectivos del organismo represivo y transitaron por diversos centros de prisioneros políticos de la dictadura, hasta que se perdió su rastro.
En el caso de D'Orival Briceño, a quien se le imputaban una supuesta cercanía con el entonces secretario general del MIR Pascal Allende, fue trasladado en distintos períodos a "Cuatro Alamos", "José Domingo Cañas", "La Venda Sexy".
Sin embargo, su rastro se perdió en el centro de reclusión "Cuatro Alamos" y no se tuvo información de su paradero hasta que figuró en la nómina de 119 chilenos miembros del MIR dados por muertos en Argentina y Brasil por publicaciones ficticias.
Ministro Solís procesó a 12 ex agentes de la DINA
Fuente :La Nación 1 de Marzo 2006
Categoría : Prensa
El ministro de fuero Alejandro Solís procesó por los delitos de secuestro y homicidio a 12 ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), incluido su ex jefe, general (R) Manuel Contreras Sepúlveda. Los encausamientos fueron dictados por el secuestro y desaparición de ocho personas y la ejecución de otras seis, cuyos cuerpos fueron posteriormente entregados a sus familiares o abandonados en la vía pública.
Además de Contreras, los otros procesados son el ex segundo jefe de la DINA, Pedro Espinoza; el ex jefe de grupos operativos de ese organismo, Miguel Krassnoff; el ex jefe de algunos recintos de la DINA, oficial (R) de Carabineros, Ciro Torré; el ex jefe del departamento exterior de DINA, Christoph Willikie; el ex agente de la DINA y de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Francisco Ferrer; el ex jefe del recinto de Villa Grimaldi y ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, Marcelo Moren Brito; el ex integrante del grupo Halcón de la DINA, Basclay Zapata; el ex jefe del grupo Vampiro de la DINA, Fernando Lauriani; el ex agente civil Osvaldo Romo; el ex jefe del recinto de Cuatro Álamos y oficial (R) de Gendarmería, Orlando Manzo Durán, y el oficial (R) de Carabineros e integrante de grupos operativos de la DINA, Gerardo Godoy.
Los ex agentes fueron procesados por la responsabilidad que les cabe en el destino final de las siguientes víctimas: Sergio Pérez Molina, Iván Olivares Coronel, Jaime Ossa Galdames, Gustavo Ramírez Calderón, Julio Flores Pérez, Herbit Ríos Soto, Iván Monti Cordero, y Sergio Lagos Marín, todos ellos fueron secuestrados y hechos desaparecer, sin que hasta ahora se sepa que ocurrió exactamente con sus cuerpos.
Embajada de Italia
Además, los encausamientos fueron dictados por los homicidios calificados de Lumi Videla Moya, Pedro Labra Saure, Alberto Gallardo Pacheco, Catalina Gallardo Moreno, Mónica Pacheco Sánchez y Luis Ganga Torres.
La situación represiva sufrida por Lumi Videla, militante del MIR, fue conocida por la opinión pública porque el 4 de octubre de 1974 su cadáver fue arrojado por sobre la pared al interior de la Embajada de Italia. Aunque la prensa de la época atribuyó la muerte a rivalidades entre los asilados en el recinto diplomático, la verdad es que Lumi Videla había muerto el día anterior por efecto de las torturas a que fue sometida en la cárcel clandestina de la calle José Domingo Cañas en Ñuñoa.
Asimismo Alberto y Catalina Gallardo, Mónica Pacheco y Luis Ganga, fueron hechos aparecer como muertos en un enfrentamiento con fuerzas de seguridad supuestamente ocurrido en Rinconada de Maipú al mediodía del 19 de noviembre de 1975. Pero la investigación judicial de los últimos años estableció que fueron asesinados por agentes de la DINA, y sus cuerpos trasladados al lugar donde fueron encontrados.
El ex agente de la DINA Amador Fuentes Salas, de chapa “Hernán Galleguillos” entrevistado por La Nación en 2003, declaró que estas personas fueron sacadas ya muertos desde Villa Grimaldi, y que el falso enfrentamiento fue grabado en exclusiva para Televisión Nacional por el periodista Julio López Blanco.
La resolución del ministro Alejandro Solís deberá ser ahora revisada por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, luego de que las respectivas defensas de los ex agentes apelen de los encausamientos.
Varios de los procesados, entre ellos Contreras, Moren, Krassnoff y Ferrer, se encuentran ya cumpliendo condenas de presidio por su responsabilidad en la muerte o desaparición de otras víctimas.
Derechos humanos: Juez condena a Contreras a 10 años de cárcel
Fuente :La Nación 20 de Diciembre 2006
Categoría : Prensa
El ministro Juan Eduardo Fuentes dictó ayer una nueva condena contra el general (r) Manuel Contreras, como autor del secuestro calificado de los militantes del MIR Cecilia Bojanic Abad y Flavio Oyarzún Soto, detenidos en Santiago el 2 de octubre de 1974.
Por el mismo delito, el juez dictó igual pena contra el ex agente civil de la DINA Osvaldo Romo; y condenó a cuatro años sin beneficios a los ex oficiales Francisco Ferrer Lima, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff y Fernando Laureani.
El único ex DINA que obtuvo la libertad vigilada fue Orlando Manzo, quien recibió una pena de 3 años como cómplice.
En tanto, en un fallo dividido la Sexta Sala de la Corte condenó a nueve ex miembros del Comando Conjunto por "asociación ilícita genocida", por haberse organizado para perseguir y exterminar a personas que pudieren "sustentar ideología marxista", a quienes recluyeron en la Academia de Guerra Aérea.
El tribunal procesó, además, a tres miembros del organismo en calidad de coautores del delito de ilegítima privación de libertad del dirigente de la CUT, José Luis Baeza Cruces.
Juez condena hasta quince años de cárcel a cúpula de la ex DINA
Fuente :El Mostrador 30 de Marzo 2007
Categoría : Prensa
El ministro de fuero Alejandro Solís dictó una nueva condena de hasta quince años y un día contra la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro calificado de Herbit Guillermo Ríos Soto, registrado el 3 enero de 1975.
Las máximas sentencias dictadas por el magistrado recayeron en contra del general retirado Manuel Contreras Sepúlveda, otrora director del organismo represivo, y el brigadier retirado Miguel Krassnoff Martchenko.
En tanto, a diez años y un día de prisión fueron condenados el brigadier (R) Pedro Espinoza Bravo, el teniente (R) Fernando Lauriani Maturana, el coronel (R) Marcelo Morén Brito, el mayor (R) Rolf Wenderoth Pozo, el suboficial (R) Basclay Zapata Reyes, y el agente civil Osvaldo Romo Mena.
Solís también condenó a cinco años de cárcel al teniente coronel retirado Francisco Maximiliano Ferrer Lima, y absolvió al carabinero en retiro Orlando Manzo Durán.
Ríos Soto, estudiante de pedagogía en Historia y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido el 3 de enero de 1975 en el domicilio de un compañero, tras lo cual fue trasladado al centro de detención de Villa Grimaldi.
Condenan a 25 años de presidio a Manuel Contreras
Fuente :La Nación 24 de Julio 2007
Categoría : Prensa
Por el crimen de Lumi Videla fue condenada la cúpula de la DINA en un dictamen de primera instancia que involucra además de Contreras a Miguel Krassnoff, Cristoph Willike, Marcelo Moren Brito, entre otros.
Sendas condenas dictaron dos magistrados en causas conocidas de derechos humanos, sentencias que complican nuevamente a la cúpula de la DINA y con especial fuerza al líder del organismo represivo el general (r) Manuel Contreras.
Por un lado el ministro Alejandro Solís dictó sentencia en el caso por el homicidio de Lumi Videla Moya y el secuestro calificado de su marido Sergio Pérez Molina, hechos ocurridos el 3 de noviembre de 1974 y 22 de septiembre de 1974, respectivamente.
En el dictamen condena a diez años y un día de presido mayor en su grado medio al general (r) Manuel Contreras en calidad de autor del delito de secuestro calificado de Sergio Pérez. También sanciona por igual ilícito a Miguel Krassnoff pero en este caso la pena es de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, caso que se repite para Ciro Ernesto Torré Sáez.
En el crimen de Lumi Videla la sanción para el Mamo Contreras alcanza a quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo. Para Krassnoff Martchenko a diez años y un día de presidio mayor en su grado máximo e igual sanción cumplirá Cristoph Georg Paul Willeke Floel, Francisco Maximiliano Ferrer Lima y Marcelo Luis Moren Brito. Mientras que Basclay Humberto Zapata Reyes recibe una sanción de cinco años y un día de presidio mayor en su grado máximo.
Y luego que ayer se conociera la condena en contra del ex auditor del Ejército, general (r) Fernando Torres Silva, y del coronel (j) Enrique Ibarra, como autores de asociación ilícita en la muerte del químico de la DINA, Eugenio Berrios, hoy el juez Alejandro Madrid amplió las condenas por otro ilícito.
El dictamen del juez se refiere al secuestro y homicidio del cabo de Ejército y agente de la DINA, Manuel Leyton Robles, asesinado con gas tóxico en 1977. Este caso reviste especial importancia pues se trataría de un delito conexo a la muerte del ex Presidente Eduardo Frei, debido a que el oficial falleció en la clínica London donde operaba la DINA.
Por el delito de asociación ilícita condenó a Hernán Taricco Lavin, Pedro Valdivia Soto, Osvaldo Leyton Bahamondes, Carlota Bolumburu Tabeada, Ricardo Lawrence Mires, Vianel Valdivieso Cervantes, Hernán Sovino Maturana, Santiago Matteo Galleguillos, Juan Morales Salgado, Lorenzo Toro Olivares, Vittorio Orvietto Teplisky, Federico Chaigneau Sepúlveda y Gladys Calderón Carreño.
Por el delito de secuestro la sanción implica a Hernán Taricco Lavin, Osvaldo Leyton Bahamondes, Carlota Bolumburu Tabeada, Vianel Valdivieso Cervantes, Hernán Sovino Maturana, Juan Morales Salgado, Lorenzo Toro Olivares y Ricardo Lawrence Mires
Y además por la figura de homicidio que afectó al mismo Manuel Leyton, el ministro Madrid condenó a Hernán Taricco Lavin, Ricardo Lawrence Mires y Juan Morales Salgado
En calidad de cómplices sancionó a Hernán Sovino Maturana y Lorenzo Toro Olivares; y en el rol de encubridores condenó a Osvaldo Leyton Bahamondes, Carlota Bolumburu Tabeada, Pedro Valdivia Soto, Santiago Matteo Galleguillos, Federico Chaigneau Sepúlveda y Gladys Calderón Carreño.
Finalmente, por el delito de coautores en falsificación de instrumento público sancionó a Osvaldo Leyton Bahamondes y Carlota Bolumburu Tabeada.
Corte condena a 15 años de cárcel a Contreras por secuestro de mirista
Fuente :El Mostrador 28 de Diciembre 2007
Categoría : Prensa
Tribunal también sentenció a diez años y un día a los coroneles jubilados Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Francisco Ferrer Lima, a los ex brigadieres de Ejército Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza y al suboficial Basclay Zapata.
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó este viernes a quince años y un día de presidio al general retirado Manuel Contreras, ex jefe de la DINA, la policía secreta de la dictadura de Augusto Pinochet, por la desaparición de un mirista en 1975.
El tribunal también sentenció a diez años y un día a los coroneles jubilados Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Francisco Ferrer Lima, a los ex brigadieres de Ejército Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza y al suboficial Basclay Zapata.
El fallo, acordado por unanimidad de la Novena Sala de la Corte de Apelaciones, ratificó la resolución de primera instancia dictada por el juez Alejandro Solís, el 18 de enero de este año.
El tribunal, sin embargo, rechazó la demanda civil interpuesta por los familiares de la víctima en contra del Estado chileno, que solicitaban una indemnización monetaria.
El caso se refiere al secuestro de Julio Flores, de 22 años, quien era estudiante de la Universidad Técnica del Estado y militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
El joven fue detenido por agentes de la DINA el 10 de enero de 1975 en su domicilio en Santiago y fue visto por última vez en el centro de torturas de Villa Grimaldi, desde donde desapareció, según consta en el Informe Rettig.
Con la de este viernes, Contreras acumula una quincena de sentencias condenatorias en su contra, que suman más de 200 años de prisión, aunque al menos la mitad aún está pendiente de una revisión de la Corte Suprema.
Con estas sentencias la Corte de Apelaciones completa en lo que va del año 21 fallos en casos de violaciones a los derechos humanos. Según el informe Rettig, durante la dictadura de Pinochet más de 3.200 personas murieron a manos de agentes del Estado, de las que 1.192 figuran como detenidas desaparecidas.
Juez dicta condena N°100 contra cúpula de la DINA
Fuente :La Nacion 18 de abril de 2008
Categoría : Prensa
Los sentenciados de siempre: brigadier (R) Pedro Espinoza, general (R) César Manríquez Bravo, teniente coronel (R) Francisco Ferrer Lima, y el coronel (R) Miguel Krassnoff Martchenko.
La condena Nº 100 contra los jerarcas de la ex Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, dictó ayer el ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Solís. Esta vez fue por el secuestro calificado del mirista Marcelo Salinas Eytel, desaparecido en 1974.
El ex director de la DINA, general (R) Manuel Contreras Sepúlveda, fue sentenciado a 15 años de cárcel, que se sumaron a los 57 que ya cumple por otros casos. Sin embargo, Contreras espera sentencias definitivas en otras 15 causas que elevarían su reclusión a 197 años.
Otro de los condenados por el ministro Solís es el brigadier de Ejército (R) Pedro Espinoza Bravo, segundo en la jerarquía de la DINA, sentenciado a 10 años y un día de presidio.
La misma condena recibieron el general de Ejército (R) César Manríquez Bravo, ex jefe de la brigada metropolitana de la DINA; el teniente coronel (R) Francisco Ferrer Lima, el "intelectual" del organismo represivo, porque pedía más "inteligencia y menos sangre"; y el coronel (R) Miguel Krassnoff Martchenko, alias "El Ruso", jefe de la brigada de exterminio del MIR en la Villa Grimaldi.
Absuelto quedó José Manzo Durán, ex jefe del centro de detención Cuatro Álamos.
El fallo del ministro Solís es parte de un proceso que nació en enero de 1998, paralelo a los juicios contra el ex dictador Augusto Pinochet que quedaron en manos del juez Juan Guzmán Tapia.
Ese año, familiares de detenidos desaparecidos se querellaron contra Pinochet y otros ex oficiales de la Fuerzas Armadas y Carabineros, pero el juez Guzmán decidió abrir otro proceso, por los secuestros calificados que se originaron en la Villa Grimaldi.
El 14 de octubre de 2002, la Corte de Apelaciones de Santiago decidió reordenar las investigaciones del juez Guzmán, debido al gran volumen de este proceso. Se nombró a cuatro ministros, entre ellos a Alejandro Solís, quien ha dictado 20 de las 100 condenas que afectan a la cúpula de la DINA.
Marcelo Salinas Eytel, técnico en radio y televisión, tenía 31 años al momento de su detención, el 31 de octubre de 1974, frente a su domicilio de calle Alberto Decombe, en Providencia. Era miembro del MIR.
Días antes, su esposa Jacqueline Drouilly Yurich, estudiante de Servicio Social y también detenida desaparecida hasta hoy, había sido secuestrada por la DINA para mantenerla como rehén mientras aparecía Salinas Eytel.
En el domicilio de ambos se montó una "ratonera" y los agentes obligaron a la hermana de Salinas Eytel a decirle que todo estaba bien y que podía llegar a la casa sin problemas.
El técnico llegó en un taxi, pero al ver algo sospechoso le dijo al chofer que continuara, ante lo cual los agentes dispararon a las ruedas del vehículo. A golpes, Salinas Eytel fue llevado primero a Cuatro Álamos y después a Villa Grimaldi, desde donde desapareció. Según testigos, tanto Salas Eytel como su esposa fueron brutalmente torturados por Osvaldo Romo Mena.
Juez Montiglio procesó a 98 ex agentes por víctimas de la Operación Colombo – El golpe más grande a la represión
Fuente :La Nación 27 de mayo de 2008
Categoría : Prensa
Entre los encausados, todos en retiro, hay ocho coroneles y 23 suboficiales de Ejército, 40 oficiales y suboficiales de Carabineros, dos ex agentes de la FACH, una ex agente de la Armada, y siete ex agentes de la Policía de Investigaciones.
El mayor golpe a la represión de la dictadura de Augusto Pinochet dio ayer el ministro Víctor Montiglio, al procesar a 98 ex agentes de distintas ramas de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones por 42 víctimas de la Operación Colombo.
Se trata de la resolución más numerosa dictada entre las casi 400 causas por violaciones de los derechos humanos que se instruyen en el país. Incluso superó a los 67 ex agentes encausados por el mismo juez Montiglio en 2007 por los crímenes de la Brigada Lautaro y su Grupo Delfín en el cuartel Simón Bolívar.
Entre los encausados por Colombo hay ocho coroneles de Ejército (R), seis de los cuales no habían procesados antes en ninguna causa. También fueron declarados reos 23 suboficiales de Ejército (R) de los cuales al menos el 50 por ciento aparecen por primera vez en este tipo de causas.
Entre estos suboficiales figura Juvenal Piña, alias "El Elefante", ex agente de la Brigada Lautaro, que fue quien asfixió al jefe comunista en la clandestinidad (1976) Víctor Díaz, con una bolsa plástica en su cabeza, previo a que le inyectaran cianuro.
Además el magistrado encausó a 40 ex agentes oficiales y suboficiales de Carabineros, entre los que están Ricardo Lawrence, Heriberto Acevedo, Claudio Pacheco y José Mora, todos ex integrantes de la misma Brigada. Entre los procesados hay también ex agentes que pertenecían a la Policía de Investigaciones. El único civil (Ejército) es Juan Suárez.
De la lista total, al menos trece ya se encuentran cumpliendo condena por otras causas (ver lista).
Hasta el cierre de esta edición los procesados seguían siendo detenidos para ser internados en distintos lugares, como el Batallón de Policía Militar de Peñalolén.
Entre las 42 víctimas por las cuales el ministró dictó su resolución, están María Angélica Andreolli, Miguel Acuña Castillo, Juan Carlos Perelmann Ide, Juan Chacón Olivares, Jorge Müller Silva, Luis Guendelmann Wisniak, Mario Calderón Tapia y Carmen Bueno Cifuentes.
La Operación Colombo y los medios
La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA.
La Operación Colombo fue parte de la Operación Cóndor, y consistió en un montaje de la dictadura para hacer creer a la población que 119 detenidos que se encontraban desaparecidos, habían salido clandestinamente a Argentina y allí murieron enfrentados con fuerzas policiales y del Ejército durante la fase previa al golpe militar de 1976 en Argentina.
Algunos de esos nombres aparecieron como militantes "asesinados" en Buenos Aires y alrededores, con carteles en sus cuerpos que decía que habían sido ejecutados por sus propios compañeros por ajuste de cuenta por rencillas internas. Sin embargo, ello también resultó un montaje.
La lista de los 119 fue publicada en la revista Lea (Buenos Aires) y el diario O Dia (Brasil), en 1975, informaciones que también fueron falsas. Ambas publicaciones fueron creadas por agentes de la DINA en el extranjero y tuvieron una única edición.
En Chile la prensa pro dictadura como los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y La Segunda, reprodujeron el montaje de los servicios de inteligencia. En el recuerdo quedó el titular del vespertino que informó "Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina". Ellos formaron parte de la lista de los 119 desaparecidos de Colombo.
El ex prófugo Raúl Iturriaga, quien era uno de los encargados del departamento exterior de la DINA, fue quien primero dio luces en Buenos Aires de este operativo.
Según el ex agente civil Enrique Arancibia Clavel, condenado en Buenos Aires por el crimen del general Carlos Prat y su esposa, fue Iturriaga quien a comienzos de 1975 se juntó con él para pedirle que preparara lo necesario porque "hay que hacer aparecer a unos muertos de la Operación Colombo".
Se trataba de preparar la aparición de los supuestos cuerpos de Jaime Robotham y Luis Guendelmann como parte del montaje.
Lista de procesados
Ejército (todos en retiro):
Víctor Molina Astete (coronel); Sergio Castillo González (crl); Eduardo Guerra Guajardo (crl); Víctor San Martín Jiménez (crl); José Fuentes Torres (crl); Manuel Carevic Cubillos (crl); Jaime Paris Ramos (crl); César Manríquez Bravo (crl); Raúl Toro Montes (suboficial); Eduardo Reyes Lagos (sub); Orlando Torrejón Gatica (sub); Osvaldo Tapia Alvarez (sub. Suicidado); Juvenal Piña Garrido (sub. “El Elefante”); Juan Suárez Delgado (civil); Nelson Paz Bustamante (sub); José Aravena Ruiz (sub); Luis Torres Méndez (sub); Raúl Soto Pérez (sub); Jorge Andrade Gómez (sub); Juan Escobar Valenzuela (sub); Rolando Concha Rodríguez (sub); Gustavo Apablaza Meneses (sub); Hiro Alvarez Vega (sub); Víctor Alvarez Droguett (sub); Jorge Venegas Silva (sub); Carlos Rinaldi Suazo (sub); Carlos Letelier Verdugo (sub); Reinaldo Concha Orellana (sub); Máximo Aliaga Soto (sub); Hugo Clavería Leiva (sub); Samuel Fuenzalida Devia (sub);
Investigaciones
Juan Urbina Cáceres; Hugo Hernández; Manuel Rivas Díaz; Herman Alfaro; Eugenio Fieldhouse; Osvaldo Castillo;
Carabineros (oficiales y suboficiales todos en retiro)
Gerardo Godoy García; Ciro Torres Sáez, Alejandro Molina Cisternas; Camilo Torres Negrier; Héctor Lira Aravena; José Fritz Esparza; Claudio Pacheco Fernández; Jorge Sagardia Monge; Sergio Castro Andrade; Luis Villarroel Gutiérrez; Armando Cofré Gómez; Fernando Roa Montaña; Gerardo Meza Acuña; Enrique Gutiérrez Rubilar; Luis Mora Cerda; José Muñoz Leal; Juan Duarte Gallegos; Carlos Miranda Meza; Rufino Jaime Astorga; Luis Urrutia Acuña; Luis Zúñiga Ovalle; Pedro Alfaro Hernández; Orlando Inostroza Lagos; Rosa Ramos Hernández; Gustavo Caruvan Soto; Héctor Valdebenito Araya; Manuel Avendaño González; José Mora Diocares; Guido Jara Brevis; Nelson Ortiz Vignolo; Ruderlindo Urrutia Jorquera; Héctor Flores Vergara; Jerónimo Neira Méndez; Manuel Montré Méndez; Heriberto del Carmen Acevedo; Claudio Orerllana de la Pinta; Nelson Iturriaga Cortés; Luis Gutiérrez Uribe; José Ojeda Obando;
Fuerza Aérea
Delia Gajardo Cortés; Hernán Avalos Muñoz
Armada
Teresa Navarro Osorio;
Procesados que ya cumplen condena
Manuel Contreras Sepúlveda; Pedro Espinoza Bravo; Raúl Iturriaga Neumann; Marcelo Moren Brito; Miguel Krassnoff Martchenko; Ricardo Lawrence Mires; Basclay Zapata Reyes; Conrado Pacheco; Francisco Ferrer Lima; Gerardo Urrich; Orlando Manzo Durán; Rizier Altez España; Fernando Lauriani Maturana
Manuel Contreras suma dos nuevas condenas en caso de DDHH
Fuente :El Mostrador 14 de noviembre de 2008,
Categoría : Prensa
El encarcelado ex represor fue condenado a 5 años y un día de presidio por el secuestro de Sergio Pérez Molina y 10 años y un día en calidad de autor por el homicidio de Lumi Videla Moya.
Dos nuevas condenas sumó este viernes el ex jefe de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), general en retiro Manuel Contreras luego que la Corte de Apelaciones de Santiago dictara sentencia de segunda instancia en el proceso por el secuestro calificado de Sergio Pérez Molina, ocurrido a partir del 22 de septiembre de 1974, y el homicidio calificado de Lumi Videla Moya, registrado el 3 de noviembre de ese mismo año.
El encarcelado ex represor fue condenado a 5 años y un día de presidio por el secuestro de Pérez Molina y 10 años y un día en calidad de autor por el homicidio de Videla Moya.
En fallo dividido (en causa rol 5157-2007), la Octava Sala del tribunal de alzada capitalino –compuesta por los ministros Cornelio Villarroel, Mario Carroza y el abogado integrante Carlos López, ratificó la mayoría de las condenas dictadas por el ministro en visita Alejandro Solís Muñoz en contra de 7 ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). Sin embargo, modificó el quantum de las penas aplicadas por el magistrado de primera instancia.
El fallo de segunda instancia establece las siguientes sanciones:
– Ciro Torré Saéz: absuelto por falta de participación.
– Manuel Contreras Sepúlveda: 5 años y un día de presidio por el secuestro de Pérez Molina y 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).
– Miguel Krassnoff Martchentko: 5 años y un día por el secuestro de Pérez Molina y 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).
– Cristoph Willike Floel: 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).
– Francisco Ferrer Lima: 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).
– Marcelo Moren Brito: 10 años y un día por el homicidio de Videla Moya (autor).
– Basclay Zapata Reyes: 5 años y un día por su participación como cómplice en el homicidio de Lumi Videla Moya.
En el aspecto civil, se rechazó la demanda que había condenado a Krassnoff Martchenko, Willike Floel y Ferrer Lima a pagar una indemnización de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a cada demandante: Lautaro Videla Moya y Eduardo Pérez Molina.
La decisión en cuanto a las condenas se adoptó con el voto en contra del ministro Cornelio Villarroel, quien estuvo por dictar la absolución de todos los sentenciados, aplicando el Decreto Ley N° 2191 de 1978, conocido como Ley de Amnistía.
En tanto, el abogado integrante López se pronunció en contra de la decisión que absolvió a Ciro Torré y el rechazo a la demanda civil.
En primera instancia, el 23 de julio de 2007, el ministro Alejandro Solís Muñoz, había establecido las siguientes condenas:
-Manuel Contreras Sepúlveda: 10 años y un día por el secuestro de Sergio Pérez y 15 años y un día por el homicidio de Lumi Videla.
-Miguel Krassnoff Martchenko: 5 años y un día por el secuestro de Sergio Pérez y 10 años y un día por el homicidio de Lumi Videla.
-Ciro Torré Saez, Cristoph Willike Floel, Francisco Ferrer Lima y Marcelo Moren Brito: 10 años y un día por el homicidio de Lumi Videla Moya.
-Basclay Zapata Reyes: 5 años y un día como cómplice del homicidio de Lumi Videla Moya.
Esta es la décimo quinta sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago en 2008 en causa de derechos humanos, y la 56 desde el 2004.
El 3 de noviembre de 1974 Lumi Videla murió en una sesión de tortura a la que era sometida en el recinto de José Domingo Cañas. Según el informe de autopsia, la causa precisa de la muerte fue la asfixia producto de una obstrucción de la boca y la nariz estando el cuerpo de cúbito ventral. Su esposo Sergio Pérez desapareció desde ese mismo recinto.
El 4 de noviembre de 1974 se encontró el cadáver de Lumi Videla en el lado interior de una pared del jardín de la embajada de Italia, en la comuna de Providencia. La prensa de la época informó que habría sido víctima de los asilados que se encontraban en la embajada, en el marco de una orgía. La embajada, por su parte, desmintió que Lumi VIDELA se hubiera encontrado asilada en el recinto.
Ratifican condena por secuestro calificado de militante del MIR
Fuente :El Mostrador 28 de noviembre de 2008
Categoría : Prensa
Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido en el 31 de octubre de 1974.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia del ministro en visita Alejandro Solís Muñoz en la investigación por el secuestro calificado de Jorge D’ Orival Briceño, ocurrido a partir del 31 de octubre de 1974, en Santiago.
En fallo dividido, los ministros de la Octava Sala del tribunal de alzada Juan Escobar Zepeda, Cornelio Villarroel Ramírez y el abogado integrante Roberto González Maldonado, ratificaron la sentencia del 22 de octubre de 2007 que estableció: 15 años para Manuel Contreras Sepúlveda; 10 años y un día para Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Francisco Ferrer Lima y 5 años para Basclay Zapata Reyes y Orlando Manzo Durán.
En tanto, el fallo dejó absuelto a César Manríquez Bravo por no haber participado en los hechos.
El ministro Escobar y el abogado integrante González fueron partidario de ratificar la sentencia y rechazar las apelaciones interpuesta por los condenados; en tanto, el ministro Villarroel estuvo por dictar la absolución de todos los sentenciados acogiendo las excepción de la prescripción de la acción penal y aplicando el Decreto Ley de Amnistía de 1978.
Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido el 31 de octubre de 1974, a las 22:30 hrs, por un grupo de aproximadamente unos cinco a ocho individuos vestidos de civil, armados con ametralladoras y que manifestaron verbalmente pertenecer a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).
Los sujetos mencionados se movilizaban en 2 vehículos, una camioneta marca Ford, año 1958, de color gris y otra, marca Chevrolet, roja con toldo verde oliva, y en la que podía leerse la placa EM 965 de Las Condes.
Ratifican condena por secuestro calificado de militante del MIR
Fuente :El Mostrador 28 de noviembre de 2008
Categoría : Prensa
Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido en el 31 de octubre de 1974.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia del ministro en visita Alejandro Solís Muñoz en la investigación por el secuestro calificado de Jorge D’ Orival Briceño, ocurrido a partir del 31 de octubre de 1974, en Santiago.
En fallo dividido, los ministros de la Octava Sala del tribunal de alzada Juan Escobar Zepeda, Cornelio Villarroel Ramírez y el abogado integrante Roberto González Maldonado, ratificaron la sentencia del 22 de octubre de 2007 que estableció: 15 años para Manuel Contreras Sepúlveda; 10 años y un día para Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito y Francisco Ferrer Lima y 5 años para Basclay Zapata Reyes y Orlando Manzo Durán.
En tanto, el fallo dejó absuelto a César Manríquez Bravo por no haber participado en los hechos.
El ministro Escobar y el abogado integrante González fueron partidario de ratificar la sentencia y rechazar las apelaciones interpuesta por los condenados; en tanto, el ministro Villarroel estuvo por dictar la absolución de todos los sentenciados acogiendo las excepción de la prescripción de la acción penal y aplicando el Decreto Ley de Amnistía de 1978.
Jorge Humberto D'Orival Briceño, padre de un hijo, egresado de medicina veterinaria, militante del MIR, fue detenido el 31 de octubre de 1974, a las 22:30 hrs, por un grupo de aproximadamente unos cinco a ocho individuos vestidos de civil, armados con ametralladoras y que manifestaron verbalmente pertenecer a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).
Los sujetos mencionados se movilizaban en 2 vehículos, una camioneta marca Ford, año 1958, de color gris y otra, marca Chevrolet, roja con toldo verde oliva, y en la que podía leerse la placa EM 965 de Las Condes.
Corte de Apelaciones ratifica condena por secuestro de Marcelo Salinas Eytel
Fuente :El Mostrador 6 de enero de 2009
Categoría : Prensa
Los ministros ratificaron la condena de primera instancia del ministro Alejandro Solís quien el 17 de abril de 2008 determinó: 15 años y un día de presidio para el general (r) Manuel Contreras Sepúlveda.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena por el secuestro calificado de Marcelo Salinas Eytel, ocurrido a partir del 31 de octubre de 1974 en la Región Metropolitana.
En fallo unánime, los ministros ratificaron la condena de primera instancia del ministro Alejandro Solís quien el 17 de abril de 2008 determinó: 15 años y un día de presidio para el general (r) Manuel Contreras Sepúlveda; y 10 años y un día para el ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, general (r) César Manríquez Bravo.
Así como también para el bigadier (r) Pedro Espinoza Bravo, y los ex agentes de la DINA Maximiliano Ferrer Lima, Miguel Krassnoff Martchentko. Mientras Orlando Manzo Durán fue Absuelto falta de participación
Historia
Marcelo Salinas Eytel, técnico en radio y televisión, tenía 31 años al momento de su detención, el 31 de octubre de 1974, frente a su domicilio de calle Alberto Decombe, en Providencia. Era miembro del MIR.
Días antes, su esposa Jacqueline Drouilly Yrich, estudiante de Servicio Social y también detenida desaparecida hasta hoy, había sido secuestrada por la DINA para mantenerla como rehén mientras aparecía Salinas Eytel.
En el domicilio de ambos se montó una "ratonera" y los agentes obligaron a la hermana de Salinas Eytel a decirle que todo estaba bien y que podía llegar a la casa sin problemas.
El técnico llegó en un taxi, pero al ver algo sospechoso le dijo al chofer que continuara, ante lo cual los agentes dispararon a las ruedas del vehículo. A golpes, Salinas Eytel fue llevado primero a Cuatro Álamos y después a Villa Grimaldi, desde donde desapareció. Según testigos, tanto Salas Eytel como su esposa fueron brutalmente torturados por Osvaldo Romo Mena.
Enésima condena contra “el Mamo”: Por las desapariciones de dos miristas
Fuente :La Nación 14 de marzo de 2009
Categoría : Prensa
El enésimo fallo contra el general (R) Manuel Contreras Sepúlveda, alias “el Mamo”, dictó la Corte de Apelaciones de Santiago, esta vez por los secuestros calificados de Cecilia Bojanic Abad y Flavio Oyarzún Soto, ocurridos a partir del 2 de octubre de 1974 en la comuna de La Granja, Región Metropolitana.
Contreras Sepúlveda, ex director de la DINA, fue condenado a 10 años y un día por las detenciones y posteriores desapariciones de Bojanic y Oyarzún, militantes del MIR. La mujer, al momento de su detención, presentaba un embarazo de cinco meses.
Otros cuatro integrantes de la ex DINA, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Fernando Lauriani Maturana y Francisco Ferrer Lima, fueron sentenciados a 4 años de presidio cada uno.
Corte Suprema dictó una nueva condena contra la cúpula de la DINA
Fuente :Cooperativa.cl 21 de julio de 2009
Categoría : Prensa
La Corte Suprema dictó una nueva condena a la cúpula de la DINA por el secuestro calificado de una de las víctimas de la denominada Operación Cóndor, identificada como Jorge D'Orival Briceño, quien estuvo detenido y desapareció del centro ilegal José Domingo Cañas.
Por este caso, el entonces jefe de la DINA, Manuel Contreras, recibió una condena de 15 años mientras que sus ex agentes Marcelo Moren Brito, Maximiliano Ferrer y Miguel Krasnoff fueron condenados a 10 años.
Para Orlando Manzo y Basclay Zapata el tribunal supremo determinó una condena de cinco años.
Además, se estableció la responsabilidad del Estado por el crimen de lesa humanidad por lo que la familia de la víctima podrá recurrir para pedir una indemnización.
Con esta nueva condena, Manuel Contreras suma casi 300 años de prisión por violaciones a los derechos humanos.
Cúpula de la DINA recibió dura condena por asesinato de mirista
Fuente :Cooperativa.cl 8 de septiembre de 2009
Categoría : Prensa
La Corte Suprema impuso pena de 15 años de cárcel para general (r) Manuel Contreras.
Esto, por el secuestro calificado de Sergio Pérez Molina y el homicidio calificado de Lumi Videla.
La sala penal de la Corte Suprema condenó a la cúpula de la DINA, encabezada por el general (r) Manuel Contreras, por el secuestro calificado de Sergio Pérez Molina y el homicidio calificado de Lumi Videla Moya, hechos ocurridos en 1974.
En fallo dividido, el ex jefe de la policía secreta del fallecido dictador Augusto Pinochet recibió 15 años y un día de cárcel, sin beneficios, por ambos crímenes, al igual que el brigadier (r) Miguel Krassnoff.
Por su parte, los brigadieres (r) Cristoph Willike, Francisco Ferrer y Marcelo Morén Brito, fueron condenados a 10 años y un día por su responsabilidad en el homicidio de Videla.
A su vez, el ex agente Basclay Zapata Reyes recibió cinco años de presidio como cómplice del asesinado de la mirista y el coronel (r) de Carabineros Ciro Torré fue condenado a cinco años de cárcel por el secuestro de Sergio Pérez Molina, con el beneficio de la libertad vigilada.
El 4 de noviembre de 1974 se encontró el cuerpo de Lumi Videla en un jardín de la embajada de Italia en Providencia. La prensa de la época informó que su muerte se produjo tras participar en una orgía con los demás asilados en la sede diplomática.
Penas de hasta 7 años por crimen de sacerdote Llidó
Fuente :La Nación 15 de octubre de 2009
Categoría : Prensa
La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia en caso de secuestro de sacerdote Antonio Llidó Mengual, ocurrido a partir de fines de septiembre o comienzos de octubre de 1973 en Santiago.
La Tercera Sala del tribunal de alzada, conformada por los ministros Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich y la abogada integrante Claudia Chaimovich ratificaron el fallo de primera instancia del ministro Jorge Zepeda Arancibia, que estableció las siguientes sanciones:
Manuel Contreras Sepúlveda. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.
Marcelo Moren Brito. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.
Miguel Krassnoff Martchenko. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.
Basclay Zapata Reyes. 7 años de presidio por su responsabilidad como autor.
Francisco Ferrer Lima. Absuelto.
Fernando Lauriani Maturana. Absuelto.
Orlando Manzo Durán. Absuelto.
En el caso de Manzo Durán la decisión se adoptó con el voto en contra de la abogada integrante Chaimovich quien estuvo por condenar a este oficial.
En la arista civil del caso se ratificó la condena al Fisco a pagar una indemnización de 100 millones de pesos a la hermana del sacerdote Josefina Llidó Mengual
Escandalosa rebaja de penas a los autores del secuestro y desaparición del Padre Llidó
Fuente :ZonaImpacto.cl 27 de Septiembre 2010,
Categoría : Prensa
En libertad cumplirán sus penas los autores del secuestro calificado, homicidio y desaparición de los restos del sacerdote español Antonio Llidó, quien cumplió una fructífera misión pastoral, social y política en Quillota.
El cura valenciano, querido y recordado en esta ciudad, fue detenido y hecho desaparecer por agentes de la dictadura a fines de septiembre de 1974 en la Región Metropolitana, donde se había refugiado después del golpe militar. Hay múltiples testimonios de que se le mantuvo detenido en centros clandestinos de reclusión, donde fue cruelmente torturado hasta provocar su muerte y luego los represores hicieron desaparecer su cadáver.
En septiembre de 2008, el ministro en visita Jorge Zepeda determinó penas de 7 años de presidio, sin beneficios, para los autores del crimen: Manuel Contreras, Marcelo Moren, Miguel Krassnoff y Basclay Zapata.
Pero ahora, en fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva. Los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller condenaron a cinco años de presidio a los ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Contreras Sepúlveda, Moren Brito, Krassnoff Martchentko y Zapata Reyes rebajando sus penas a cinco años, pero concediéndoles el beneficio de la libertad vigilada; es decir, en sus casas o para que caminen libres por las calles aunque todos están encarcelados (en prisiones vip, por supuesto) por otros crímenes de lesa humanidad.
En su resolución, los ministros -además- absolvieron por falta de participación a los ex agentes Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana y Orlando Manzo Durán.
De igual forma, y demostrando un desprecio absoluto por el sufrimiento que la familia arrastra por 36 años, la Suprema rechazó la demanda de indemnización de perjuicios contra el Estado de Chile interpuesta por la hermana de la víctima, Josefa "Pepa" Llidó, a quien se había concedido una indemnización. El máximo tribunal acogió la excepción de incompetencia absoluta del tribunal de primera instancia y la dejó sin efecto.
En su fallo, la Corte Suprema aplicó la atenuante de la "media prescripción" o "prescripción incompleta" -que otros ministros han rechazado- , con los votos favorables de los ministros Segura, Ballesteros y Dolmestch, y con la opinión contraria de los magistrados Rodríguez y Künsemüller.
Decisión escandalosa
El fallo definitivo de la Segunda Sala de la Corte Suprema es percibido por familiares y amigos del Padre Llidó como una determinación verdaderamente escandalosa, pues deja de manifiesto la indolencia de la justicia chilena frente a un caso tan cruel como emblemático de violación contra los derechos humanos.
Consta en el proceso que durante las décadas de investigación, ninguno de los autores intelectuales o materiales del secuestro, las torturas, el homicidio y la desaparición de los restos del Cura Toño -como lo conocimos en Quillota- colaboró con las indagaciones. Por décadas negaron no sólo su participación, sino engañaron a los jueces con datos falsos, tergiversaron los hechos, ocultaron antecedentes y actuaron ante los tribunales con repugnante cinismo.
El esclarecimiento parcial de lo sucedido con el Padre Llidó sólo fue posible gracias a la tenacidad y profesionalismo de magistrados como el ministro Zepeda, que no se rindió hasta acercarse a la verdad…
…Solamente acercarse, porque siguen ocultando la verdad total. Las confesiones sólo se lograron porque fueron cayendo en absurdas contradicciones. Pero nunca han querido revelar por qué lo secuestraron y torturaron con tanta crueldad, quién le dio muerte, qué hicieron con sus restos o dónde los ocultaron hasta ahora.
Escasas repercusiones locales
La escandalosa rebaja de penas y la negativa a indemnizar a la todavía acongojada familia ha tenido escasa repercusión en los medios nacionales. Sólo el diario La Tercera entregó una información relativamente amplia, de 278 palabras. También emisoras como Cooperativa, Bio Bio y Universidad de Chile le dedicaron algún espacio, sin mayor trascendencia. "El Observador" de Quillota -que antes de 1973 fue gran crítico de las actividades del Cura Toño- publicó una crónica de 291 palabras.
Al cerrar esta nota (noche del miércoles 22), descubrimos una nota publicada por El Mercurio, de 261 palabras, informando sobre el hecho.
En cambio, a nivel internacional el vergonzoso fallo tuvo gran repercusión.
El buscador Google da cuenta de publicaciones en medios escritos como El País, El Periódico, El Diario de Levante y El Diario Vasco de España, La Jornada de México, Agencia Ansa Latina, China.Org.cn y Agencia Xinhua de China, entre muchos otros.
El abogado
El abogado de la familia Llidó en Chile, Héctor Salazar, criticó la resolución del máximo tribunal estimando que es "demasiado blanda la mano para un delito de esta naturaleza, en un caso donde incluso todos quienes aparecen involucrados y condenados jamás aportaron información, ni siquiera para saber dónde quedaron los restos del padre Llidó".
Además, el abogado Salazar lamentó el rechazo de la indemnización fijada en un primer momento para los familiares del ciudadano español, porque "deja al Estado chileno, desde el punto de vista de sus compromisos internacionales, en un mal pie", pues no resolvió la "reparación que va envuelta en esta clase de delitos".Valenzuela, Luis Valenzuela González y Anatolio Zárate Oyarzún.
DDHH: Nuevos procesamientos contra encarcelada cúpula DINA
Fuente :La Nación 16 de Marzo 2011
Categoría : Prensa
Fallo del ministro Solís corresponde a los casos de secuestro calificado de Juan Aniceto Meneses Reyes, Eduardo Zúñiga Zúñiga y Carlos Terán de la Jara.
El ministro de fuero Alejandro Solís dictó 3 nuevos autos de procesamiento contra la cúpula de la disuelta DINA en investigaciones por casos de detenidos desaparecidos, ocurridos desde 1974 durante la dictadura de Augusto Pinochet.
En su resolución, el magistrado ordenó el ingreso a prisión preventiva de todos los procesados por considerarlos un “peligro para la sociedad”, pese a que ya se encuentran tras las rejas cumpliendo penas por otras violaciones de derechos humanos.
Por el secuestro calificado de Juan Aniceto Meneses Reyes, ocurrido a partir del 3 de agosto de 1974, el magistrado encausó al ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, junto a los ex agentes Miguel Krassnoff Martchentko, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata Reyes, Gerardo Godoy García y Maximiliano Ferrer Lima.
En cuanto al secuestro de Eduardo Zúñiga Zúñiga, ocurrido a partir del 23 de agosto de 1974, fueron procesados Contreras, Krassnoff, Moren Brito y Zapata.
Por el caso de Carlos Terán de la Jara, ocurrido a partir del 11 de diciembre de 1974, el ministro Solís encausó a Contreras, Krassnoff, Moren Brito , Zapata y Rolf Wenderoth Pozo.
Caso Tucapel Jiménez: Coronel (r) Ferrer acusa a mandos superiores de la Dine
Fuente :El Mercurio 26 de Abril de 2002
Categoría : Prensa
Reconoció haber botado arma homicida al canal San Carlos.
El coronel en retiro Francisco Maximiliano Ferrer Lima acusó a los mandos superiores de la Dirección de Inteligencia del Ejército de ordenar el crimen del líder sindical Tucapel Jiménez, pero aseguró que él no estuvo involucrado en el homicidio. Ferrer está acusado como autor del crimen, como jefe del mayor en retiro Carlos Herrera Jiménez, que está confeso de haber cometido el asesinato.
Sin embargo, en la jornada de testimonios públicos realizada ayer, el oficial de Ejército en retiro planteó que no era el superior de Herrera, y que la única actuación que tuvo respecto del homicidio fue botar al Canal San Carlos el arma de fuego y el cuchillo usados en el delito, además del taxímetro del vehículo del dirigente laboral.
"El 25 de febrero de 1982 estando yo en mi oficina sentí un gran revuelo en el hall principal del CIE (Cuerpo de Inteligencia del Ejército). Salí a ver qué había pasado. Me reencontré con el segundo comandante y le pregunté que había pasado. Me dijo que el señor Herrera le había dado cuenta al brigadier Pinto que había cumplido su orden de asesinar al señor Tucapel Jiménez", relató el ex oficial.
En la sesión de ayer, participó como público el mayor Herrera Jiménez, que días atrás testificó señalando que Ferrer Lima y el brigadier Víctor Pinto Pérez le dieron la orden de asesinar al presidente de los empleados fiscales en 1982.
Pese a que no admitió haber sido el superior de Herrera, Ferrer Lima reconoció que en 1982 llenó la hoja de vida funcionaria del autor confeso del crimen.
Ferrer acusó al coronel Pinto Pérez de querer involucrarlo en el crimen.
Reunión urgente
El inculpado dijo que luego del asesinato, el director de la DINE, general Ramsés Alvarez Sgolia lo citó a una reunión. "El general Álvarez dice que no quiere saber que se sigue hablando que la muerte de Tucapel Jiménez Alfaro fue ordenada por el general Pinochet, que no quiere que haya ningún comentario más sobre esa muerte y que él asume toda la responsabilidad", declaró.
Según su versión, Álvarez les dijo que quien hiciera mención del asunto sería sancionado. Aseguró que en esa reunión intervinieron el brigadier Pinto Pérez y el entonces mayor y actual general en retiro Hernán Ramírez Hald.
En la jornada de ayer, declaró también el mayor retirado Arturo Silva Valdés, que sostuvo que intervino en 1991 en la salida del país del mayor Herrera Jiménez. Sostuvo que lo hizo por orden del general (r) Hernán Ramírez Rurange, entonces director de la DINE.
El reality de Punta Peuco: los “cara a cara” que se vienen entre los milicos condenados por violar los DDHH
Fuente :The Clinic 30 de septiembre de 2013
Categoría : Prensa
Cuando el 10 de septiembre pasado Manuel “Mamo” Contreras otorgó una entrevista a CNN, nunca pensó que sus clásicas mentiras sobre las acciones de la DINA -desapariciones, torturas y asesinatos- derivarían en dos cosas: el cierre del penal Cordillera y el traslado a Punta Peuco y el suicidio de su archienemigo, el general (R) y ex director de la CNI, Odlanier Mena.
Con los hechos consumados y toda la plana mayor de la DINA en el penal que se ubica en Til Til, las relaciones internas del penal comenzarán a reordenarse.
Sucede que en Punta Peuco las cosas están separadas entre “Los Faraones”, los pacos del caso Degollados y el ex DINA y ex jefe del Servicio Secreto del Ejército, Maximiliano Ferrer Lima. Casi no se mezclan, salvo para las actividades propias del penal.
Entre los faraones están, por ejemplo, el ex jefe operativo de la CNI Álvaro Corbalán, los ex DINA Eduardo Iturriaga Neumann, Fernando Laureani Maturana, entre otros. Y aunque los grados entre estos violadores de derechos humanos aún siguen manteniéndose (sólo entre ellos), los nuevos visitantes no necesariamente serán bienvenidos, ya que las instalaciones se harán más pequeñas y las visitas pagarán el precio. Más aún porque a Contreras y compañía los destinaron una zona especial, aunque sin las comodidades del penal Cordillera.
Como sea, los cara a cara no se harán esperar.
Cuitas, cuentas
Sabido es que Contreras con Mena se odiaban con todo. Pero ahora que este último se pegó un tiro la semana pasada, las diferencias se harán presentes con el brigadier (R) Pedro Espinoza, quien fuera su brazo derecho en la DINA. Este odio parido entre ambos comenzó durante la investigación del caso Letelier a mediados de 1991 y se hizo aún más fuerte en 1995 cuando dictaron condena -7 y 6 años, respectivamente- en 1995. La inquina volvió hace pocos años cuando Espinoza, en el marco del proceso que investigó el ex ministro Alejandro Solís por el homicidio del general Carlos Prats, entregó un documento que daba cuenta que Contreras sabía todo de la operación. El papel en cuestión era un informe rubricado por el entonces jefe de la Brigada Lautaro de la DINA, coronel Juan Morales Salgado, donde constaba toda la actividad de seguimiento hecha a Prats en Buenos Aires, cuestión que permitió instalar la bomba en su Fiat, por la cual murió también su esposa Sofía Cuthbert. Así, Espinoza y Morales también tendrán tiempo para seguir limando asperezas.
Un segundo reencuentro será entre dos ex DINA: Marcelo Moren Brito (o “Moren Bruto”) y Francisco Maximiliano Ferrer Lima. Este último en 2008 debió ser trasladado desde Cordillera a Punta Peuco. ¿La razón? Una pelea a combo en el hocico que terminó con Ferrer Lima esposado por los gendarmes y enviado a Til Til como castigo. La cosa comenzó como un mero intercambio de palabras y escaló hasta las manos, cuando Ferrer Lima, otrora ex jefe del Servicio Secreto de Espionaje del Ejército, lo acusó de asesinar a su sobrino Alan Bruce ahorcándolo con un alambre y una bolsa de plástico, cuando estuvo detenido en el centro de tortura de Villa Grimaldi. Hasta hoy Bruce está desaparecido.
Hacerse el tontuelo
Álvaro Corbalán también tendrá lo suyo, porque dentro de los 9 militares enviados a Punta Peuco, está quien fuera su jefe en la CNI: el general (R) Hugo Salas Wenzel. Este último, mientras se realizaba la investigación por la llamada Operación Albania, donde fueron asesinados doce militantes del FPMR en enfrentamientos ficticios, intentó deslindar responsabilidades en Corbalán, haciéndose literalmente el huevón, pese a que dio la orden e incluso felicitó al personal que participó en los ajusticiamientos bebiendo whisky. Este hecho derivó en que en las declaraciones de Corbalán bastó con que mencionara quién era el jefe del organismo represor y el conocimiento que tenía, para que en 2007 la Corte Suprema le impusiera la pena de presidio perpetuo. Y a Corbalán sólo 20.
Krassnoff, en tanto, tendrá su parte con Fernando Laureani Maturana, ambos ex DINA. Fuentes militares aseguran que la mutua aversión viene de antaño, de sus días en el organismo represivo y que en más de una oportunidad tuvieron fuertes intercambios de palabras.
Laureani también podrá cobrarle a Espinoza un viejo desencuentro. Sucede que cuando se eligió una cárcel para enviarlo Espinoza fue a Cordillera, ocupando el cupo de Laureani, quien fue trasladado a Punta Peuco, sin aviso previo.
En cualquier caso, todo esto sucedió gracias a la entrevista de Contreras en CNN, así que, por lo bajo, ya está condenado por sus pares por convivencia.
Condenan a ex agentes DINA por aplicación de torturas a 37 víctimas de Villa Grimaldi
Fuente :El Mostrador, 16 de enero de 2015
Categoría : Prensa
El ministro en visita Leopoldo Llanos condenó a los ex integrantes del grupo represor Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Francisco Maximiliano Ferrer Lima y Ricardo Lawrence Mires, a penas únicas y efectivas de 7 años de presidio; en tanto, Basclay Humberto Zapata Reyes y Orlando Manzo Durán deberán purgar 5 años y un día de presidio, sin beneficios.
El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago para causas por violaciones a los derechos humanos, Leopoldo Llanos Sagristá, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por la aplicación de tormentos (tortura) a 37 víctimas del caso caratulado como: “Villa Grimaldi”, episodio “María Cristina Chacaltana y otros”, detenidos y trasladados al recinto de clandestino en 1975.
En la resolución, dictada el lunes 12 de enero recién pasado, el ministro Llanos condenó en calidad de autores a los ex agentes de la DINA: Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko, Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Francisco Maximiliano Ferrer Lima y Ricardo Lawrence Mires, a penas únicas y efectivas de 7 años de presidio; en tanto, Basclay Humberto Zapata Reyes y Orlando Manzo Durán deberán purgar 5 años y un día de presidio, sin beneficios.
En el aspecto civil, el ministro Leopoldo Llanos acogió, “con costas, las demandas interpuestas por 36 de los actores en contra del fisco de Chile, condenándolo a pagar a cada uno de ellos una indemnización de perjuicios, por concepto de daño moral, ascendente a la suma de 50 millones de pesos“.
Asimismo, condenó a “Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda y Marcelo Luis Manuel Moren Brito al pago solidario, con el fisco, de 50 millones de pesos a cada uno de los 23 de los demandantes que la solicitaron; y a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Basclay Humberto Zapata Reyes, Fernando Eduardo Lauriani Maturana,Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Lawrence Mires, Orlando Manzo Durán y Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo yFrancisco Ferrer al pago del mismo monto respecto de 21 actores”.
Corte Suprema manda a la cárcel a 59 ex agentes DINA por la Operación Colombo
Fuente :radio.uchile.cl, 3 de Marzo 2023
Categoría : Prensa
La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile.
La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema revocó sentencia que había absuelto a más de 60 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los condenó como responsables de la desaparición de 16 militantes de izquierda, mayoritariamente del MIR, en el proceso conocido como Operación Colombo, y que en este caso fue perpetrado entre el 17 de junio de 1974 y 6 de enero de 1975 durante la dictadura de Augusto Pinochet.
El fallo fue emitido por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y Diego Simpertigue, y revocaron la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y condenaron a los ex jefes y oficiales de la DINA César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como autores de los delitos de secuestro calificado de las víctimas.
Del mismo modo, el tribunal condenó a 53 ex agentes a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autores del mismo delito, quienes habían sido absueltos anteriormente por el tribunal de alzada capitalino, a pesar de haber estado condenados en primera instancia como cómplices y autores. Además, esta vez todos deberán ingresar a la cárcel, encontrándose alguno de ellos ya en prisión por otros delitos de lesa humanidad.
Se trata de los ex agentes DINA Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic, Rosa Humilde Ramos Hernández, Nelson Alberto Paz Bustamante, Jose Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Manuel Heriberto Avendaño Gonzalez, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo Del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Diaz, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Evangelista Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael De Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara, Olegario Enrique González Moreno, Werner Zanghellini, Hector Flores Vergara.
Jaime Alfonso Fernández Garrido, recibió una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de secuestro calificado de Ida Vera Almarza. Mientras que Samuel Fuenzalida Devia fue condenado a 541 y un día por el mismo delito, mas no cumplirá tiempo en la cárcel.
Se trata de un proceso extenso que tuvo su primera sentencia de primera instancia en 2017 a manos del ministro Hernán Crisosto Greisse. En el transcurso de la investigación han fallecido algunos agentes como Basclay Zapata, Ciro Torré, Manzo Duran, Ricardo Lawrence, entre otros.
Para Nelson Caucoto, abogado querellante, representante de 13 de las 16 víctimas, este es “un fallo trascendente en la historia judicial chilena, puesto que la Corte Suprema ha restituido el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, los que habían quedado literalmente en una .situación de impunidad inaceptables. El máximo tribunal ha desechado una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y ha acogido los recursos de los querellantes”, señaló.
Caucoto agrega que “se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna. Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”.
La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile por la DINA, las que habrían perecido luego de enfrentarse entre ellos.
Este proceso investigó la suerte de 16 de esas 119 víctimas. Se trata de Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro.
Operación Colombo: Corte Suprema condena a 30 ex agentes DINA por secuestro calificado de joven mirista en 1975
Fuente :resumen.cl, 23 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del estudiante del Instituto Superior de Comercio de Talca Francisco Eduardo Ugás Morales, de 22 años de edad, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quien fue secuestrado a partir del 7 de febrero de 1975, en la comuna de Estación Central, en Santiago.
El nombre de Rodrigo Ugás apareció, posteriormente, en el listado de 119 personas detenidas desaparecidas incluidas en la maniobra de desinformación implementada por la DINA y la dictadura conocida como "Operación Colombo".
En fallo unánime (causa rol 63-094-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari- acogió los recursos de casación en el fondo deducidos por los querellantes y estableció error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en abril de 2020, anulándola y reemplazándola.
En la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema confirmó la sentencia de primer grado dictada por el ministro Hernán Crisosto Greisse en junio de 2015 y que condenó a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas DINA Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, los ex oficiales Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García y Manuel Andrés Carevic Cubillos, y los ex agentes Pedro René Alfaro Fernández, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Luis René Torres Méndez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Carlos Eusebio López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Insunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Mora Villanueva, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Rosa Humilde Ramos Hernández, José Abel Aravena Ruiz, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Silvio Antonio Concha González y Roberto Hernán Rodríguez Manquel deberán cumplir 10 años y un día de presidio, como coautores del secuestro calificado.
En el caso, del agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia, se confirmó la resolución del ministro en visita Hernán Crisosto, que lo condenó a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena. Al menos otros 11 agentes condenados en el fallo de primera instancia fallecieron en el curso del proceso.
En la resolución, la Segunda Sala establece que: "….aparece claro que los jueces del grado al momento de resolver la controversia sometida a su conocimiento y absolver a los acusados Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Pedro René Alfaro Fernández, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Alfonso Ojeda Obando, Luis René Torres Méndez, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Carlos López Inostroza, Luis Rigoberto Videla Insunza, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leonidas Emiliano Méndez Moreno, Pedro Mora Villanueva, Víctor Manuel Molina Astete y Fernando Enrique Guerra Guajardo, han incurrido en los errores de derecho denunciados por el querellante, al estimar, en síntesis, según se evidencia del razonamiento que antecede, …. reduciendo artificialmente la responsabilidad atribuida a cada uno de ellos a su condición de agentes de la DINA, mediante una reproducción incompleta de los fundamentos esgrimidos por el tribunal de primera instancia…..", sostiene el fallo.
"Que por otro lado -prosigue-, como ya se ha esbozado, adicionalmente a dicha calificación jurídica, los sentenciadores estimaron…., que los hechos fueron cometidos en un contexto de ataque sistemático o generalizado en contra de la población civil, lo que determinó que el ilícito establecido fuera, además, considerado como crímenes de lesa humanidad, por atentar contra normas ius cogens del Derecho Internacional Humanitario, y por lo mismo, sometido a dicho estatuto jurídico internacional".
Villa Grimaldi
En la sentencia de primera instancia, el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto Greisse estableció que en horas de la tarde del día 7 de febrero de 1975, miembros de la DINA, detuvieron en la vía pública en el sector de Estación Central, en Santiago, a Rodrigo Eduardo Ugás Morales, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA, denominado 'Cuartel Terranova' o 'Villa Grimaldi', ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de la comuna de La Reina, que era custodiado por guardias armados y al cual solo tenían acceso los agentes de la DINA.
El detenido Ugás Morales durante su estada en el cuartel de Villa Grimaldi, según testimonios de sobrevivientes, permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel.
La última vez que Rodrigo Ugás Morales fue visto por otros detenidos, ocurrió un día no determinado a fines de febrero de 1975, encontrándose desaparecido desde esa fecha.
Operación Colombo: Corte Suprema confirma condenas de 24 ex agentes DINA por secuestro calificado de dirigente UdeC en Santiago en 1974
Fuente :resumen.cl, 26 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
La Corte Suprema rechazó los recurso de casación en la forma y en el fondo interpuestos por las defensas, en contra de la sentencia que condenó a agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del estudiante de sociología Ariel Martín Salinas Argomedo, cometido a partir del 25 de septiembre de 1974 en Santiago.
El nombre de Ariel Salinas Argomedo apareció, posteriormente, en el listado de 119 personas detenidas desaparecidas incluidas en la maniobra de desinformación implementada por la DINA y la dictadura conocida como "Operación Colombo".
En fallo unánime (causa rol 135.568-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari-, acogió el recurso de casación en la forma deducido por la querellante Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, consecuencialmente, invalidó la sentencia impugnada, solo en la parte que absolvió al acusado Manuel Heriberto Avendaño González y, en sentencia de reemplazo, lo condenó a 10 años de presidio, en calidad de autor del delito.
El fallo de la Corte Suprema confirmó las sentencias de los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas DINA César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann quienes deberán cumplir 13 años de presidio, por su responsabilidad como autores del secuestro calificado.
Mientras que, además del ya aludido Manuel Heriberto Avendaño González, los ex oficiales, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Gerardo Ernesto Godoy García, Palmira Isabel Almuna Guzmán, y los ex agentes Hermón Helec Alfaro Mundaca, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, José Alfonso Ojeda Obando, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Teresa del Carmen Osorio Navarro, Claudio Enrique Pacheco Fernández, José Abel Aravena Ruiz, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Pedro Ariel Araneda Araneda, y Juan Evaristo Duarte Gallegos deberán purgar 10 años de reclusión, todos condenados en calidad de autores del delito.
Otros 12 agentes, también condenados en el fallo de primera instancia, dictado por el ministro Hernán Crisosto Greisse en octubre de 2015, fallecieron en el curso del proceso.
Respecto del caso del acusado Manuel Avendaño González la Sala Penal señala: "(…) en tales condiciones, el recurso propuesto por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del ramo, deberá ser acogido, desde que de la sola lectura de la sentencia objetada se evidencia en ella fundamentos que resultan completamente contradictorios, anulándose unos a otros, tornando la decisión que absuelve al acusado Avendaño González que se declara en lo resolutivo, carente de todo fundamento, configurándose el vicio de invalidación denunciado.
"En efecto, a la época de los hechos, estos acusados formaban parte como superiores jerárquicos y agentes operativos, conjuntamente con otros imputados cuya participación se analizara en los considerandos siguientes, de las agrupaciones pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional que materializó el secuestro de los miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, entre cuyos miembros se encontraba Salinas Argomedo, de manera tal que no obstante no recordar el nombre específico de este resulta indiscutible concluir, tal como lo hace el a quo, que tomaron parte en la ilegítima privación de libertad de este de manera inmediata y directa en la forma que prevé la norma recién citada y que, por lo mismo, son coautores punibles de este ilícito.
Operación Colombo
Ariel Martín Salinas Argomedo era ex estudiante de sociología de la Universidad de Concepción. El joven, de 26 años, casado y padre de una hija, era militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), formaba parte de la dirección universitaria del MIR en Concepción y, hasta el golpe militar, fue presidente del centro de alumnos de la carrera de sociología de la UdeC. Luego del golpe debió pasar a la clandestinidad para evitar ser apresado. Se trasladó a Santiago para continuar con su actividad militante y un año más tarde fue detenido.
En el fallo de primera instancia, el ministro de fuero Hernán Crisosto Greisse dio por establecido que en horas de la mañana del día 25 de septiembre de 1974, Ariel Salinas fue detenido en la vía pública por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes lo trasladaron al recinto clandestino de detención de la DINA denominado 'Ollagüe', ubicado en José Domingo Cañas N° 1367 de la comuna de 'uñoa. Posteriormente fue trasladado a los recintos clandestinos de detención denominados 'Villa Grimaldi', ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina, y a 'Cuatro Álamos', ubicado en calle Canadá N° 3000, de la comuna de Santiago, recintos que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.
Según consta del testimonio de prisioneros sobrevivientes, durante su estada en los cuarteles de José Domingo Cañas, Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, el detenido Ariel Salinas permaneció sin contacto con el exterior. En los dos primeros lugares vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles.
La última vez que Ariel Salinas Argomedo fue visto con vida por otros detenidos ocurrió un día no determinado del mes de noviembre de 1974, encontrándose desaparecido desde esa fecha.
por Darío Núñez
Secuestro de Jorge Müller y Carmen Bueno: agentes de la DINA son condenados por la desaparición de los cineastas
Fuente :radio.uchile.cl, 23 de Febrero 2024
Categoría : Prensa
Los integrantes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko recibirán la pena de 20 años de presidio por su calidad de autores.
En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.
El máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos en contra de la sentencia que condenó a agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de la pareja de cineastas Jorge Hernán Müller Silva y Carmen Cecilia Bueno Cifuentes. Ilícitos cometidos a partir del 29 de noviembre de 1974.
En fallo unánime (causa rol 43.971-2020), la Segunda Sala de la Corte Suprema –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.
En tanto, Orlando Manzo Durán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Heriberto Avendaño González, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Carlos López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana deberán cumplir 12 años de presidio, como coautores.
“Que, de esa manera, los elementos del ilícito examinado y la participación en ellos de estos acusados, se estimó verificada por el tribunal de primer grado, conclusiones que la judicatura de segundo grado hizo suyas, refrendadas en el considerando 7° de la sentencia objetada”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, en consecuencia, y aun soslayando los graves defectos formales de los recursos de nulidad sustancial examinados, las infracciones denunciadas por las defensas de Carlos López Inostroza, Jerónimo Neira Méndez, Luis Videla Inzunza, Pedro Alfaro Fernández, Raúl Iturriaga Neumann, Pedro Espinoza Bravo y César Manríquez Bravo, no se han configurado en la especie, desde que los hechos establecidos en la sentencia impugnada y la participación en ellos de estos acusados, se han ajustado a las leyes reguladoras de la prueba, de manera que ningún reproche puede plantearse sobre el particular a la sentencia impugnada, de manera que los recursos de nulidad sustancial en examen serán íntegramente desestimados”.
Operación Colombo
En la sentencia de primer grado, el ministro de fuero de la Corte de Apelaciones de Santiago Hernán Crisosto Greisse dio por establecidos los siguientes hechos:
- El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado ‘Villa Grimaldi’, ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado ‘Cuatro Álamos’, ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.
- Durante su estadía en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros.
- La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos.
- El nombre de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista ‘LEA’ de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Bueno Cifuentes había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.
- Las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50 millones por concepto de daño moral, a la hermana demandante de la víctima Bueno Cifuentes.