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Facchinetti López Carlos Guillermo – Memoria Viva

Facchinetti López Carlos Guillermo

Rut: 7.011.174-8

Cargos:

Grado : Transportista

Rama : Civil

Organismos : Central Nacional de Informaciones (CNI)

Cuartel Borgoño


Certeza jurídica de lo sabido: CNI vengó el atentado a Pinochet con 4 muertes

Fuente :lanacion.cl, 27 de Octubre 2005

Categoría : Prensa

El ministro en visita Hugo Dolmetsch, otorgó ayer certeza jurídica a lo que se sabía desde 1986: que los crímenes de José Carrasco, Felipe Rivera, Gastón Vidaurrázaga y Abraham Muskablit a manos de la CNI, fueron una venganza de la dictadura por el atentado a Augusto Pinochet el domingo 7 de septiembre de 1986.

En una resolución más bien “ordenatoria” en la que procesó a siete nuevos ex agentes, mantuvo a otros siete que ya se encontraban encausados por la jueza Dobra Lusic desde 2000, y exculpó a tres de los ya procesados por la magistrada el ministro Dolmetsch entregó algunos detalles del operativo que hasta ahora no eran públicos.

Los tres ex agentes sobreseídos por el magistrado son Hernán Vásquez Villegas, Egon Barra Barra y Arturo Sanhueza Ros.

El juez sostuvo en su dictamen que momentos después de acontecido el atentado a Pinochet en el Cajón del Maipo -acto realizado por el Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) en el cual murieron cinco escoltas-, el integrante de la Junta Militar, almirante José Toribio Merino, citó al jefe de la CNI, general Humberto Gordon, a una reunión de urgencia a La Moneda.

Finalizado el encuentro, Gordon convocó al cuartel general de la CNI en calle República, al comandante de la División Antisubversiva de ese organismo, mayor Álvaro Corbalán, y al comandante de la División Política Metropolitana “encargada del control de los partidos políticos de la época”, mayor Manuel Provis Carrasco. “Estas dos divisiones representaban en ese momento de emergencia, los órganos básicos de la CNI en su aspecto operativo”, dice el juez.

En esa reunión, “el señor general, profundamente alterado, les ordenó que agentes de sus respectivas dependencias debían salir y vengar a los cinco escoltas fallecidos en el atentado, venganza que debía ser en una proporción de dos por uno en relación a las víctimas (escoltas)”, afirma el fallo.

De esta manera, Dolmetsch logró determinar que los grupos de agentes que operaron en las detenciones y ejecuciones fueron distintos, salvo en los casos de Carrasco y Muskablit donde algunos se repiten.

El escrito del juez no aclara, en todo caso, por qué CNI sólo asesinó a cuatro opositores y no a diez como fue la orden que impartió Gordon y que probablemente emanó de La Moneda. Al menos una quinta víctima debía ser el abogado de la Vicaría de la Solidaridad Luis Toro, quien se salvó al reforzar puertas y ventanas de su casa para dificultar el ingreso de los agentes, y alertando a los vecinos.

El punto es relevante al incorporar al puzzle la intervención, casi en paralelo, de Investigaciones la misma madrugada en que comienzan los secuestros de la CNI. Esta policía detuvo a algunos dirigentes opositores, como el actual Presidente Ricardo Lagos, el ex ministro Germán Correa, el actual diputado (PPD) Patricio Hales, y el ex subsecretario del Trabajo Eduardo Loyola.

Según el ex vocero del régimen militar Francisco Javier Cuadra, Investigaciones actuó por orden de su director, el general (R) Fernando Paredes, para evitar más muertes a manos de la CNI. No obstante, no está claro por qué la CNI, con el poder que tenía por sobre Investigaciones, no continuó con las ejecuciones para “cumplir la cuota” ordenada por general Gordon.

Tampoco se sabe con certeza si efectivamente la actuación de Investigaciones fue con el fin que sostiene Cuadra. Aunque, al menos, un hecho es cierto: que los detenidos por esa policía salvaron con vida. Lo que no resulta creíble es la afirmación de Cuadra en el sentido de que, al ocurrir un año después la Operación Albania -en la que la CNI asesinó a 12 militantes del FPMR que vinculó al atentado- el régimen “no apoyó esa operación ni le dio soporte comunicacional”. Al consultar la prensa de la época y las propias declaraciones de Cuadra, se confirma lo contrario

Felipe Rivera Gajardo

Militante Comunista

Funcionario Tesorería de la República

Detenido a las 02:00 del lunes 8 de septiembre 1986 en su domicilio de Diagonal Las Torres Nº 6678, Población Sara Gajardo de Cerro Navia.

Procesados como autores del delito de secuestro y homicidio: Álvaro Corbalán Castilla, Pedro Guzmán Olivares, Gonzalo Maass del Valle, Víctor Lara Cataldo y René Valdovinos Morales. (Lara y Valdovinos son nuevos procesados, el resto ya lo estaba por resolución de la jueza Dobra Lusic en el 2000).

Ejecutado en Américo Vespucio, frente planta Toyota, de seis balazos.

Gastón Vidaurrázaga Manríquez

Militante MIR

Profesor

Detenido a las 04:00 del lunes 8 de septiembre de 1986 en su domicilio de calle Maestranza frente al Nº 627.

Procesados como autores del delito de secuestro y homicidio: Álvaro Corbalán Castilla, Krantz Bauer Donoso, Víctor Muñoz Orellana, Jorge Jofré Rojas, Eduardo Chávez Baeza y Juan Jorquera Abarzúa. (Jofré, Chávez y Jorquera son nuevos procesados, los otros ya lo estaban desde 2000).

Ejecutado en Ruta 5 Sur a la altura del kilómetro 16, de doce balazos.

José Carrasco Tapia

Militante MIR

Periodista

Detenido a las 05:00 del lunes 8 de septiembre de 1986 en su domicilio de calle Santa Filomena Nº 111, departamento 209, comuna de Santiago.

Procesados como autores de secuestro y homicidio: Álvaro Corbalán Castilla, Iván Quiroz Ruiz, Jorge Vargas Bories y Guillermo Fachinetti López. (Fachinetti es procesado nuevo, mientras Quiroz y Vargas ya lo estaban desde 2000).

Ejecutado en Américo Vespucio, costado sur del Cementerio Parque del Recuerdo, de catorce balazos.

Abraham Muskablit Eidelstein

Militante Comunista

Gerente de Ventas de Editorial Cono Sur

Detenido a las 02:15 del martes 9 de septiembre de 1986 en calle 27 de Septiembre Nº 0423, Población Casas Viejas, comuna de Puente Alto.

Procesados como autores de secuestro y homicidio: Álvaro Corbalán Castilla, Iván Quiroz Ruiz, Jorge Vargas Bories y José Meneses Arcauz. (Arcauz en nuevo procesado, los otros ya lo estaban desde 2000).

Ejecutado en Camino a Lonquén a la altura del Nº 2360, de nueve balazos.


Confirman condenas contra agentes de la CNI por asesinato de José Carrasco

Fuente :elmostrador.cl, 28 de Diciembre 2007

Categoría : Prensa

La más alta es para el otrora jefe operativo del organismo represivo,  mayor (r) Alvaro Corbalán Castilla, quien fue condenado a 18 años de  presidio. Otro de los condenados, a 13 años, es el prófugo oficial (r)  de Carabineros Iván Quiroz. El fallo sin embargo rechazó indemnizar a  los familiares del periodista y de otros tres profesionales asesinados  en 1986.

La Novena Sala de la Corte de Apelaciones confirmó este viernes, de  manera unánime, las condenas contra 14 ex agentes de la disuelta  Central Nacional de Inteligencia (CNI) por el asesinato del periodista  José Carrasco Tapia y otros tres profesionales, que se llevó a cabo  pocas horas después del fallido atentado contra el general (r) Augusto  Pinochet, ocurrido el 7 de septiembre de 1986.

El tribunal, integrado por los ministros Jorge Dahm, Víctor Montiglio  y el abogado integrante Jorge Lagos, confirmó de este modo el dictamen  que emitió el 29 de diciembre de 2006 el ministro en visita Haroldo  Brito también por los asesinatos del militante del MIR y artista  plástico Gastón Vidaurrázaga, y los militantes del Partido Comunista  (PC) Felipe Rivera Fajardo y el publicista Abraham Mufkatblit  Eidelstein.

La más alta condena, de 18 años y un día de prisión es contra el mayor  (r) del Ejército y ex jefe operativo de la CNI, y Alvaro Corbalán  Castilla, mientras que a trece años y un día están condenados el  capitan (r) del Ejército Jorge Vargas Bories y el mayor (r) de  Carabineros Iván Quiroz, quien permanece prófugo hace tres meses luego  que no se presentó a cumplir otra condena por su responsabilidad en el  caso conocido como Operación Albania.

En su calidad de coautores fueron condenados a ocho años y un día  Pedro Javier Guzmán Olivares, Gonzalo Fernando Mass del Valle, Kranz  Bauer, Jorge Enrique Jofré Rojas y Juan Alejandro Jonquera. En tanto,  cinco años y un día deberán pasar los ex agentes Víctor Hugo Lara  Cataldo, René Armando Valdovinos Morales, Víctor Manuel Muñoz  Orellana, Eduardo Martín Chávez Baeza, Guillermo Fascinetti López y  José Ramón Meneses Arcauz.

En tanto, el tribunal de alzada, también de manera unánime, rechazó  entregar una indemnización de $ 250 millones para cada una de las  madres, viudas e hijos de los profesionales, además de $ 75 millones  para cada uno de los hermanos.

 


Libres 11 ex agentes por crimen de Pepe Carrasco

Fuente :lanacion.cl, 14 de Agosto 2009

Categoría : Prensa

También se disminuyó el castigo al ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán y a los miembros del comando 11 de Septiembre, Jorge Vargas e Iván Quiroz. 

Once ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) no irán a la cárcel.

Ayer la Corte Suprema resolvió que podrán cumplir en libertad vigilada las condenas que les impuso por su participación en los crueles asesinatos del periodista y editor de la revista Análisis José Carrasco Tapia, el técnico electrónico Felipe Rivera Gajardo, el profesor Gastón Vidaurrázaga Manríquez y el gerente de la editorial Cono Sur, Abraham Muskatblit Eidelstein.

Todos fueron ultimados entre el 8 y el 9 de septiembre de 1986 como venganza al frustrado atentado contra el dictador Augusto Pinochet.

El máximo tribunal acogió la atenuante de media prescripción, que otorga beneficios a quienes hayan sido detenidos después de la mitad del plazo que se espera para que una acción penal quede extinta.

De esta forma, los ministros rebajaron gradualmente las penas dictadas por el tribunal de alzada. Así el ex jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán Castilla, quedó condenado a 12 años de cárcel, obteniendo un descuento de seis años.

La misma suerte corrieron los miembros de la brigada 11 de Septiembre: Jorge Vargas Bories e Iván Quiroz Ruiz, a quienes se les bajó de 13 a siete años la condena.

Pero, sin duda, los que recibieron la mayor prerrogativa fueron los agentes operativos del organismo represor y quienes ejecutaron a los cuatro profesionales.

Se trata de Pedro Guzmán Olivares, Gonzalo Maas del Valle, Kranz Bauer Donoso, Jorge Jofré Rojas, Juan Jorquera Abarzúa, Víctor Lara Cataldo, René Valdovinos Morales, Víctor Muñoz Orellana, Eduardo Chávez Baeza, Carlos Alberto Fachinetti López y José Ramón Meneses Arcauz.

Los 11 agentes fueron condenados a 5 años, sin embargo, no estarán un sólo día tras las rejas, pues quedaron el libertad bajo la vigilancia de Gendarmería.

Sobre las reparaciones económicas a las familias, el fisco ya había acordado pagar $210 millones a los familiares de José Carrasco y la misma suma a los parientes de Gastón Vidaurrázaga, $270 millones a los de Abraham Muskablit y otros $90 millones a los de Felipe Rivera Gajardo.

El abogado querellante Nelson Caucoto llamó a mirar la resolución desde una perspectiva positiva, pues es un juicio en el cual se llegó a la verdad y hubo reparación.

"Nos queda pendiente el tema de la sanción penal, creemos que para crímenes horrorosos debe haber penas más sustantivas y mucho más elevadas", dijo.

Agregó que "nos estamos acostumbrando con muy poco" frente al escenario que vivieron las víctimas "en una noche en que la CNI y la policía se volvieron locas en este país".

Finalmente, dijo que esta causa quedará consagrada en la historia con una sentencia condenatoria, con una pena respetable para los jefes.

"Hay que destacar que los jefes están siendo más condenados que los subordinados, lo que me parece un criterio correcto", señaló Caucoto, quien definió este crimen como "uno de aquellos imperdonables".

 


Fisco concretó pago de 780 millones en indemnizaciones a familiares de víctimas de la dictadura

Fuente :cooperativa.cl, 5 de Julio 2009

Categoría : Prensa

El pasado viernes el Fisco comenzó a hacer efectivo el pago de un total de 780 millones de pesos en indemnizaciones a los familiares de los profesionales Abraham Muskatblit Eidelstein, José Carrasco Tapia, Gastón Vidaurrázaga Manríquez y Felipe Rivera Fajardo, asesinados entre el 7 y el 8 de septiembre de 1986 por agentes de la dictadura en represalia al atentado ocurrido camino al Cajón del Maipo contra Augusto Pinochet.

Los montos específicos -270 millones a los familiares de Muskatblit, 210 a los parientes de Carrasco Tapia y Vidaurrázaga Manríquez, y 90 millones para la viuda de Rivera Fajardo- fueron acordados entre el Consejo de Defensa del Estado y los abogados querellantes de las víctimas en términos que resultaron "satisfactorios" para ambas partes.

"Se formalizó la transacción con el Fisco, y el Fisco se allanó a pagar las indemnizaciones en montos que nos parecen satisfactorios, que a los familiares le parecen satisfactorios y, por lo tanto, ya estamos en condiciones de que la excelentísima Corte Suprema dicte sentencia definitiva en esta causa, tanto en la parte penal como civil, lo que esperamos ocurra a la brevedad", señaló el abogado querellante Héctor Salazar.

Tal como señaló el jurista, corresponde ahora al máximo tribunal definir si ratifica las condenas dictadas en diciembre de 2006 por el ministro en visita Haroldo Brito contra 14 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en los cuatro homicidios.

Brito condenó a 18 años de cárcel al mayor en retiro Alvaro Corbalán Castillo como autor de los cuatro crímenes y dictó penas de 13 años de presidio contra Jorge Vargas Boris e Iván Quiroz Ruiz y condenas de ocho años contra Pedro Guzmán Olivares, Gonzalo Maas del Valle, Krantz Bauer Donoso, Jorge Jofré Rojas y Juan Jorquera Abarzúa; todos como autores de homicidio calificado.

A cinco años y un día fueron condenados, en tanto, Víctor Lara Cataldo, René Valdovinos Morales, Víctor Muñoz Orellana, Eduardo Chávez Baeza, Carlos Facchinetti López, José Meneses Arcauz.


Este sábado se realizará romería a 25 años del asesinato de José Carrasco Tapia

Fuente :radio.uchile.cl, 7 de Septiembre 2011

Categoría : Prensa

El Consejo Metropolitano del Colegio de Periodistas de Chile realizará una romería en memoria de la figura de “Pepone”, como lo llamaban sus amigos. Un recuerdo importante de un profesional comprometido con valores permanentes, como la libertad de expresión, especialmente ahora cuando los estudiantes levantan su petitorio a favor de la educación pública de calidad, sin fines de lucro

El Consejo Metropolitano del Colegio de Periodistas de Chile realizará una romería en recuerdo de José Carrasco Tapia. La ceremonia se efectuará el sábado 10 de septiembre, a las 12:00 horas, en Américo Vespucio, costado del cementerio Parque del Recuerdo (Huechuraba)

El periodista José Humberto Carrasco Tapia, Pepone, como lo llamaban sus amigos, tenía 43 años cuando agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) lo secuestraron desde su hogar para después asesinarlo el 8 de septiembre de 1986, a horas del atentado contra el general Pinochet, ocurrido el día antes.

Pepone se destacó en su lucha pacífica contra la dictadura de Pinochet, a través de su trabajo profesional, donde quedaban de manifiesto sus principios democráticos y en favor de la libertad de expresión, especialmente contrarios con la violación de los derechos humanos que ejerció el régimen militar durante 17 años.

José Carrasco, nació en Santiago en 1943 en la comuna de Conchalí, donde creció en el seno de una familia de clase media. Luego en los años de su juventud estudió en el Instituto Nacional y una vez que egresó de la Enseñanza Media postuló a la carrera de Periodismo en la Universidad de Chile.

Carrasco trabajó en las revistas Gol y Gol, Siete Días y Punto Final, donde también fue integrante del consejo de redacción. Además, se desempeñó en el diario La Tercera, en radio Minería y en Canal 9 de Televisión, de la Universidad de Chile, donde participó en los noticiarios y en el programa Emisión Cero.

Durante los primeros años de la década del ’70 comenzó a dedicarse a la política a tiempo completo, como dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Después del golpe militar, fue detenido en 1974, torturado en la base naval de Talcahuano y trasladado a Villa Grimaldi, el presidio secreto de la DINA en Santiago.

Después fue enviado al campo de prisioneros de Puchuncaví, donde lideró la primera huelga de hambre de prisioneros políticos para denunciar el asesinato de «los 119», nómina de detenidos desaparecidos que aparecieron ´muertos´ en Argentina, según publicaciones de diarios brasileños, argentinos y chilenos orquestadas por los agregados de prensa de la dictadura.

Una vez que fue liberado en 1976, partió al exilio en Venezuela en 1977, donde trabajó en El Diario de Caracas y en empresas publicitarias del chileno Raúl Alvarez, Papelucho. En los años posteriores se radicó en México, y trabajó en una versión internacional de la revista Punto Final.

Cuando regresó a Chile en 1984, ejerció como editor internacional de la revista Análisis y corresponsal del diario mexicano Uno más uno. Fue miembro del consejo metropolitano del Colegio de Periodistas y dirigente del Movimiento Democrático Popular, (MDP), en representación del MIR.

Se hace justicia después de 21 años del asesinato

En lo judicial, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en forma unánime en 2007, acordó ratificar la condena dictada por el Ministro en Visita Extraordinario Haroldo Brito Cruz.

En la sentencia destaca la condena a 18 años de presidio para el mayor (r) Álvaro Corbalán Castilla, como autor de homicidios calificados,  también son condenados por el crimen  Iván Raúl Belarmino Quiroz Ruiz, Jorge Octavio Vargas Bories y Carlos Guillermo Fachinetti López en calidad de autores de los delitos de secuestro y homicidio del periodista.

Cabe señalar que en  2008, el Consejo de Defensa del Estado acuerda una indemnización reparatoria con los familiares de las víctimas de la dictadura, entre ellos, familiares de José Carrasco Tapia, entregándoles 210 millones de pesos.

Esa misma noche del 8 de septiembre de 1986, el mismo grupo que dio muerte a Carrasco Tapia participó con otras personas en el asesinato de otros tres disidentes de la dictadura de Augusto Pinochet Ugarte.

La historia de Pepone tiene su libro

José Carrasco Tapia, Asesinato de un periodista de las también periodistas Patricia Collyer y María José Luque. Editorial: Ediciones Radio Universidad de Chile. Año: 2008.

Este libro es el resultado de la investigación que durante veinte años realizaron las destacadas periodistas sobre el crimen de quien había sido su amigo y colega en la revista Análisis.


Ministro Brito alista fallo condenatorio en caso de periodista Pepe Carrasco

Fuente :elmostrador.cl, 28 de Diciembre 2006

Categoría : Prensa

Luego de la llamada rendición de prueba de las partes, donde el ex agente de la CNI Jorge Vargas Bories reiteró que -en un principio- se negó a cumplir la orden, el magistrado ya prepara la decisón final sobre esta investigación, la cual duró 20 años y cuyo fin fue conseguir aclarar éste y otros tres crímenes, perpetrados en venganza al atentado que sufrió Augusto Pinochet, en septiembre de 1986

Este martes finalizará la etapa probatoria en el caso judicial por el asesinato de cuatro profesionales en 1986, dentro de los cuales se encuentra el acribillamiento del periodista y entonces editor internacional de la revista Análisis, José Carrasco Tapia, mientras que el ministro en visita a cargo de la causa, Haroldo Brito, estaría alistando el fallo condenatorio.

Dentro de los testigos citados por las partes, el testimonio más impactante que tuvo lugar hasta ahora es el pronunciado por el ex agente de la CNI Jorge Vargas Bories, quien al margen de ratificar su confesión de haber sido partícipe en estos homicidios, hizo presente que al momento de recibir la orden de ejecutar a Carrasco, dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), y al publicista Abraham Muskatblit Eidelstein, dirigente interno del Partido Comunista, él manifestó su desacuerdo a sus superiores, pero que el mandato le fue reiterado y, prácticamente, fue obligado a llevar a cabo la sangrienta misión.

Tanto el capitán (r) del Ejército, Vargas Bories, como el mayor(R) de Carabineros Iván Quiroz Ruiz, quienes ya fueron condenados en el caso Operación Albania, fueron los primeros ex agentes del organismo represor en confesar su responsabilidad en estos crímenes. Asimismo, ambos están encausados junto a otros 12 compañeros de tareas en los organismos represivos por estos dos crímenes, así como por estar involucrados en los de Felipe Rivera Gajardo, militante del PC, y el profesor y artista plástico Gastón Vidaurrázaga Manríquez, militante del MIR.

Las responsabilidades
Según estableció el magistrado que estuvo a cargo del caso y actual miembro de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, la orden de asesinar a cuatro miembros emblemáticos de la oposición más dura al régimen militar, obedeció a la necesidad de ejecutar una brutal represalia por el atentado que sufrió el ahora fallecido general (r) Augusto Pinochet, y que le costó la vida a varios de sus guardaespaldas, en el Cajón del Maipo, el 7 de septiembre de 1986.

En una reunión en el cuartel general de la CNI, el general Humberto Gordon "profundamente alterado por los hechos, les ordenó que agentes de sus respectivas dependencias debían salir y vengar a los cinco escoltas fallecidos con ocasión del atentado, venganza ésta que debía ser en una proporción de dos a uno, en relación a las víctimas", según quedó establecido en el proceso judicial.

Es por ello que Dolmestch decidió procesar al mayor (R) Alvaro Corbalán Castilla, ex jefe operativo de la disuelta CNI, como autor de los secuestros con homicidio de José Carrasco, Felipe Rivera, Gastón Vidaurrázaga y Abraham Muskatblit.

En calidad de co-autores del secuestro y homicidio de Rivera fueron encausados Pedro Javier Guzmán Olivares, Gonzalo Fernando Maass del Valle, Víctor Hugo Lara Cataldo y René Armando Valdovinos Morales.

Como co-autores del delito de secuestro seguido de homicidio de Vidaurrázaga fueron sometidos a proceso Krantz Johans Bauer Donoso, Víctor Manuel Muñoz Orellana, Jorge Enrique Jofré Rojas, Eduardo Martín Chávez Baeza y Juan Alejandro Jorquera Abarzúa.

Por otra parte, Iván Raúl Belarmino Quiroz Ruiz, Jorge Octavio Vargas Bories y Carlos Guillermo Fachinetti López fueron encausados como co-autores del mismo ilícito en contra de Carrasco Tapia.

En tanto, en calidad de co-autores del delito de secuestro seguido de homicidio de Muskatblit Eidelstein fueron procesados Iván Raúl Belarmino Quiroz Ruiz, Jorge Octavio Vargas Bories y José Ramon Meneses Arcauz.

Próxima condena
Según fuentes allegadas a la investigación, luego que este martes declaren testigos relacionados con la responsabilidad civil que le cabría al Estado en el caso, en razón de que estos homicidios fueron perpetrados por ex agentes de un organismo de seguridad creado durante la administración de Pinochet, el ministro Brito quedaría en condiciones de dictar la correspondiente sentencia condenatoria.

Con esta resolución, ya serían un total de tres megaprocesos contra la ex CNI que finalizan en condenas, ya que antes lo fue el llamado caso Operación Albania y el crimen del ex vocero del MIR Jecar Neghme, ejecutado en 1989.

Según la planificación inicial, el dictamen por el crimen de Pepe Carrasco y los otros tres profesionales, eliminados entre el 8 y 9 de septiembre de 1986, podría conocerse, a más tardar, a fines de esta semana.


Investigación por asociación ilícita contra ex CNI cerrada sin procesados

Fuente :elmostrador.cl, 1 de Mayo 2006

Categoría : Prensa

Ministro Hugo Dolmestch cerró el sumario en la investigación cuyo fin tenía determinar una estructura delictiva y jerarquizada al interior del ex organismo represivo de la dictadura militar, especialmente en relación al crimen de José Carrasco Tapia, la Operación Albania, los desaparecidos de 1987 y el asesinato de Jecar Neghme

El ministro en visita a cargo de indagar los crímenes cometidos por la ex Central Nacional de Informaciones (CNI), Hugo Dolmestch, decretó el cierre del sumario de la investigación sobre una eventual asociación ilícita que habría funcionado al amparo de ese organismo, que se tramitó en una cuerda separada del mega proceso de la "Operación Albania".

La querella para indagar el ilícito era patrocinada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), que antes había pedido realizar una pericia sociopolítica para determinar el contexto en el que, además de los crímenes de Albania (1987), se asesinó a cuatro profesionales en 1986, se registraron cinco desapariciones en 1987 y se ultimó al ex vocero del MIR Jecar Neghme en 1989.

Pese a que en los mencionados procesos judiciales hay una cantidad considerable de ex agentes encausados, algunos de los cuales se repitieron en más de un caso, en esta investigación no se dictó ningún auto de procesamiento.

Ésta es una señal inobjetable de que Dolmestch ha considerado que en los delitos de lesa humanidad cometida por la otrora CNI contra opositores al régimen militar, los agentes no actuaron desvinculados a la estructura institucional de ese organismo.

En todo caso, el CDE aún tiene plazo para apelar a dicha resolución, a través de solicitar nuevas diligencias.

No ha lugar

Según el escrito presentado por la Procuraduría Fiscal de Santiago del CDE, el organismo fiscal intentó reabrir el caso a través de la realización de un informe que diera cuenta del contexto socio político en que ocurrieron los mencionados crímenes de lesa humanidad.

También solicitó que el magistrado pidiera antecedentes sobre la estructura jerárquica y organizacional de la ex CNI y, en especial, determinara si este organismo represivo tenía facultades para detener sin orden judicial y en cuarteles o lugares de su dependencia.

El CDE también pedía aclarar que, en caso que esta última atribución fuera legítima, especificar las hipótesis bajo las cuales la ex CNI podía realizar tales aprehensiones.

También se solicitó que Dolmestch determinara el grado de control real que tenían ministerios u otras instituciones públicas sobre el organismo, ya fuera de carácter administrativo o jurisdiccional, en especial sobre el llamado cuartel Borgoño.

Por último se pidió determinar los fines y objetivos sociopolíticos que fueron perseguidos por la ex CNI con la realización de estos hechos.

No obstante, el magistrado respondió con un "no ha lugar" dejando a firme el cierre del proceso, decisión que aún puede ser revertida en caso que el CDE reponga las diligencias o apele de las mismas ante instancias superiores.

Los casos

En la llamada Operación Albania, Dolmestch condenó a un total de quince ex militares, entre ellos el general (R) del Ejército Hugo Salas Wenzel, ex director CNI, quien fue sentenciado a cadena perpetua por estos hechos, al mayor retirado del Ejército Alvaro Corbalán, que fue jefe operativo de la CNI y al coronel retirado de Carabineros Iván Quiroz.

Este caso dice relación con el homicidio de doce miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) en 1987, en cuatro operativos en distintos puntos de Santiago ejecutados por el organismo represivo y que la dictadura militar presentó como enfrentamientos y calificó de terroristas a las víctimas.

La investigación judicial determinó que los opositores, entre los que había varias mujeres, fueron detenidos y posteriormente asesinados a sangre fría por los agentes.

En cuanto al asesinato del ex vocero del MIR, Jecar Neghme, dirigente que fue ultimado por agentes del organismo represor el mismo día en que Patricio Aylwin fue proclamado como candidato presidencial de la oposición a Augusto Pinochet, Dolmestch dictó cargos por homicidio calificado contra seis ex agentes de la CNI.

Los acusados son el brigadier (r) Enrique Leddy Araneda; los coroneles en retiro Eduardo Norambuena Aguilar y Pedro Guzmán Olivares; los capitanes Silvio Corsini Encárate y Luis Arturo Sanhueza Ross; y el mayor (r) Manuel Navarrete Tello, todos por el delito de homicidio calificado.

Respecto al asesinato de cuatro profesionales en 1986, Hugo Dolmestch encausó Corbalán Castilla como autor de los secuestros con homicidio de José Carrasco, Felipe Rivera Gajardo, Gastón Vidaurrázaga Manríquez y Abraham Muskatblit Eidelstein.

En calidad de co-autores del secuestro y homicidio de Rivera fueron encausados Pedro Javier Guzmán Olivares, Gonzalo Fernando Maass del Valle, Víctor Hugo Lara Cataldo y René Armando Valdovinos Morales.

Como co-autores del delito de secuestro seguido de homicidio de Vidaurrázaga fueron sometidos a proceso Krantz Johans Bauer Donoso, Víctor Manuel Muñoz Orellana, Jorge Enrique Jofré Rojas, Eduardo Martín Chávez Baeza y Juan Alejandro Jorquera Abarzúa.

Por otra parte, Iván Quiroz Ruiz, Jorge Octavio Vargas Bories y Carlos Guillermo Fachinetti López fueron encausados como co-autores del mismo ilícito en contra de Carrasco Tapia.

En tanto, en calidad de co-autores del delito de secuestro seguido de homicidio de Muskatblit Eidelstein fueron procesados Iván Quiroz Ruiz, Jorge Octavio Vargas Bories y José Ramon Meneses Arcauz.

Por otra parte, en el caso de los cinco frentistas desaparecidos en septiembre de 1987, el otrora titular del 3° Juzgado del Crimen de Santiago Mario Carroza sometió a proceso a diez ex agentes del mismo organismo, por el delito de secuestro calificado de Alejandro Pinochet Arenas, José Julián Peña Maltés, Julio Orlando Muñoz Otárola, Manuel Jesús Sepúlveda Sánchez y Gonzalo Iván Fuenzalida Navarrete.

Desde su detención, los cinco ex miembros del FPMR se encuentran desaparecidos y, según algunos testimonios, sus cuerpos fueron arrojados al mar.

Entre los encausados se cuenta a Salas Wenzel y los oficiales de Ejército Krantz Bauer Donoso, Álvaro Corbalán y Luis Arturo Sanhueza Ross, junto a los ex suboficiales Luis Santibáñez Aguilar, Víctor Luis Godoy, René Valdovinos Morales y César Acuña Luengo


El Colegio de Periodistas aplaude la condena de los responsables del asesinato del periodista José Carrasco Tapia

Fuente :rebelion.org, 5 de Enero 2007

Categoría : Prensa

El Regional Metropolitano del Colegio de Periodistas, presidido por Patricio Martínez, manifestó en declaración pública su conformidad con las sentencias decretadas por la justicia contra los ex agentes de la Central Nacional de Inteligencia en el asesinato del profesional de la orden, y Consejero Metropolitano José Carrasco Tapia el 8 de septiembre de 1986. «Cuando […]

El Regional Metropolitano del Colegio de Periodistas, presidido por Patricio Martínez, manifestó en declaración pública su conformidad con las sentencias decretadas por la justicia contra los ex agentes de la Central Nacional de Inteligencia en el asesinato del profesional de la orden, y Consejero Metropolitano José Carrasco Tapia el 8 de septiembre de 1986. «Cuando el 2006 estaba llegando a su fin, nos enteramos de la noticia largamente esperada por los y las periodistas» afirman, recordando que en septiembre de este año conmemoraron los 20 años transcurridos desde el crimen. Agrega el comunicado: » En este minuto de profunda emoción, recordamos a Pepone como un hombre, padre de familia, compañero y colega, que creía en el proyecto de una sociedad mejor, intentando recuperar la democracia y haciendo una defensa inclaudicable de la libertad de expresión y el respeto a los derechos humanos. Es un momento de alegría, pero también debe ser de recuerdo para sus ex compañeros y compañeras de revista Análisis, de curso en la escuela de Periodismo de la Universidad de Chile, de su familia, de sus colegas de aquella época como dirigente en el Colegio de Periodistas. Hoy, Pepe está más vivo que nunca entre nosotros».

Las condenas
Los comentarios del dirigente del gremio se refieren a las sentencias conocidas el pasado 31 de diciembre. A 18 años de cárcel fue condenado Alvaro Corbalán, ex jefe operativo de la CNI, junto a 13 agentes que recibieron otras penas por los asesinatos del dirigente gremial de los periodistas y el MIR, José Carrasco Tapia, el profesor Gastón Vidaurrázaga (también mirista), el electricista Felipe Riveros, y el publicista Abraham Muskablitt (ambos militantes comunistas). El fallo por los crímenes perpetrados en represalia por el fallido atentado del Frente Patriótico Manuel Rodríguez contra el ex dictador Pinochet camino a El Melocotón, fue dado a conocer el último día hábil de 2006, por el ministro en visita Haroldo Brito, quien recibió las confesiones de los criminales de manos del juez Hugo Dolmetsch, al ser promovido éste a la Corte Suprema.

En esta sentencia de primera instancia ninguno de los criminales recibió beneficios carcelarios, por lo tanto deberían cumplir penas efectivas de cárcel. Brito condenó además al fisco a pagar 250 millones de pesos (unos 470.000 dólares) a las viudas, madres e hijos de las víctimas y unos 75 millones de pesos (141.000 dólares) a cinco hermanos de ellas. Sin embargo, ni los padres de José Carrasco, redactor de la revista «Análisis» y colaborador de la revista Punto Final, ni su hijo Luciano, vivieron para ver el fin de la impunidad. En Chiloé, la señora Yolanda Manríquez, la madre del profesor y artista plástico Gastón Vidaurrázaga, en su condición de ex jueza, se mostró contenta de que finalmente se hiciera justicia. El hermano de Gastón, el periodista Ignacio Vidaurrázaga mostró conformidad con las sentencias pero sostuvo que habrá que estar atentos a las apelaciones de los condenados y luchar porque las condenas se hagan realidad.

El juez Brito condenó a trece años al ex capitán de ejército Jorge Vargas Bories y al ex mayor de carabineros Iván Quiroz, como autores de los homicidios de Carrasco y Muskablitt. Por el homicidio del profesor Vidaurrázaga fueron condenados a ocho años de prisión los agentes Krantz Bauer, Jorge Jofré y Juan Jorquera. Corbalán y Quiroz ya estaban en Punta Peuco, el primero con perpetua por el crimen del carpintero Alegría y ambos además recibieron quince y diez años respectivamente, por su responsabilidad en los homicidios de militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, en la llamada Operación Albania que investigó paralelamente el juez Dolmestch..

René Valdovinos, que tuvo una sentencia menor, también cumple condena por Operación Albania.

Otros crímenes de Bauer

Krantz Bauer era el ex jefe de la Brigada Verde de la CNI y pese a haber dirigido ese operativo de aniquilamiento conocido también como la matanza de Corpus Christi, fue absuelto por Dolmetstch en ese proceso, al igual que Vargas Bories. Actualmente Bauer también está procesado por la desaparición de cinco frentistas en 1987. Se estima que hasta la fecha Bauer y Vargas Bories siguen gozando de una suculenta pensión del Estado por supuesto «estrés post guerra», que les permite una doble jubilación reajustable. El año 2004, el departamento de comunicaciones del Ejército informó al diario La Nación que esas pensiones tenían el carácter de «irrevocables».

Por el crimen de Felipe Rivera, los ex CNI Pedro Guzmán Olivares (ex coronel de ejército) y el detective Gonzalo Maas del Valle recibieron ocho años de prisión; los agentes civiles Víctor Lara Cataldo y René Valdovinos (por Rivera); Víctor Muñoz Orellana, Eduardo Chávez Baeza (por Vidaurrázaga), así como Carlos Alberto Fachinetti (por Carrasco) y José Ramón Meneses (por Muskablitt) tienen cinco años y un día. El criminal número dos, el director de la CNI, general Humberto Gordon Rubio, procesado por la ministra Dobra Luksic en mayo de 2000 por su directa responsabilidad en los hechos, murió de un infarto en junio del mismo año. Fue él quien luego de reunirse en la Moneda con el almirante Merino, ordenó a Corbalán, jefe del Cuartel Borgoña, asesinar a dos izquierdistas por cada escolta fallecido en el atentado.

La orden de Gordon

En su confesión, Corbalán relató al juez Dolmestch que luego de la acción del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, Gordon dispuso el acuartelamiento en grado uno de los miembros de la CNI. Corbalán estaba fuera de Santiago y regresó de inmediato dirigiéndose al Cuartel General de la CNI de calle República. Había sido citado allí por el general Gordon Rubio, quien poco antes había participado en una reunión de emergencia en La Moneda con el almirante Merino. A la reunión con Gordon llegó Corbalán y también Manuel Provis Carrasco, que dirigía la División Política Metropolitana, encargada del control de los partidos políticos de la época. Se lee en el expediente: «El señor General nombrado, profundamente alterado por los hechos les ordenó que agentes de sus respectivas dependencias debían salir y vengar a los cinco escoltas fallecidos con ocasión del atentado, venganza ésta que debía ser en una proporción de dos a uno, en relación a las víctimas».

La orden se cumplió sólo en la División Antisubversiva que encabezaba Corbalán. «Transmitida la orden por el comandante del Cuartel Borgoña a sus subalternos, se actuó por equipos separados de trabajo, respetándose estrictamente la jerarquía y el compartimentaje, como era la organización y forma normal de hacerlo.» El primer operativo de aniquilamiento se cumplió en la población Sara Gajardo de la comuna de Cerro Navia, donde secuestraron a Felipe Rivera, llevándolo en un vehículo hasta Américo Vespucio. Fue ejecutado frente a la Planta Toyota.

Alrededor de las 4 de la madrugada Krantz Bauer Donoso, Víctor Manuel Muñoz Orellana, Jorge Enrique Jofré Rojas, Eduardo Martín Chávez Baeza y Juan Alejandro Jorquera Abarzúa asaltaron el hogar de Gastón Vidaurrázaga, ubicado en calle Fidel Angulo 1109 de la comuna de San Bernardo. El profesor trató de huir pero fue capturado y conducido a la Ruta 5 Sur donde a la altura del kilómetro 16 le dieron muerte, recibiendo doce impactos de bala.

Poco después, a las 5 horas de la madrugada del mismo día, siempre cumpliendo las órdenes de Corbalán, los agentes Iván Raul Belarmino Quiroz Ruiz, Jorge Octavio Vargas Bories y Carlos Guillermo Fachinetti López ingresaron a la casa de José Carrasco, en calle Santa Filomena 111 donde «procedieron a aprehender y secuestrar en presencia de su familia, a José Humberto Carraco Tapia, periodista y dirigente sindical vinculado al MIR, el cual fue introducido en un vehículo y conducido hasta la Avenida Américo Vespucio, costado sur del Cementerio Parque del Recuerdo, frente al pasaje Merino González de la Villa Los Héroes de la Concepción, lugar donde se le dio muerte, siendo la causa de ésta traumatismo cráneo encefálico, facial y de la extremidad inferior izquierda por balas, estimando el perito forense que los disparos son de tipo homicida. Recibió según la autopsia de rigor, catorce impactos.»

En la siguiente madrugada, una patrulla integrada por Iván Quiroz Ruiz, Jorge Vargas Bories y José Ramón Meneses Arcauz, se dirigió al domicilio de Abraham Muskablitt en Puente Alto, dirigente interno del Partido Comunista, secuestrándolo para ser ejecutado en el Camino Lonquén a la altura del Nº 2360, con nueve impactos de balas alojadas en el tórax, abdomen y brazos.

La acusación señala que los hechos relatados son constitutivos de sendos delitos de secuestro seguidos de homicidio…cometidos por terceros «haciendo uso de la fuerza y aprovechando su condición de miembros de los servicios de seguridad». El abogado Nelson Caucoto, defensor de la causa considera que Dolmestch realizó una profunda investigación y que dadas las confesiones obtenidas, las acusaciones -hoy convertidas en sentencias- son inobjetables.

Cuatro jueces

En 1991, ya en democracia, este proceso había estado con una insólita prohibición de informar dictada por la Corte Suprema y vigente por cinco años. El juez de la causa, Aquiles Rojas, fue quien dictó el primer auto de procesamiento contra Vargas Bories. Pero por haber aparecido el rostro del agente en primera plana en la prensa, antes de realizarse la rueda de reconocimiento que lo inculpó, esa resolución fue desautorizada por la Corte. Luego vino la prohibición de informar, medida siempre objetada por el Colegio de Periodistas.

Al asumir la causa la jueza Dobra Luksic se produjeron importantes avances, ya que ella investigó y dictó las 14 encargatorias de reos con los que profundizó la investigación que posteriormente debió asumir como ministro en visita Hugo Dolmestch, trabajando estos antecedentes en paralelo con la Operación Albania


Pepe Carrasco: de humano a leyenda

Fuente :icei.uchile.cl, 8 de Septiembre 2017

Categoría : Prensa

Este ocho de septiembre se cumplen 31 años del asesinato del periodista. Hasta el día de hoy se le sigue recordando con cariño y admiración, pero para quienes le conocieron más de cerca, su muerte fue uno de los sucesos más horribles de sus vidas

—Pepe, están golpeando…

—¿Qué hora es?

—Diez para las cinco…”

El siete de septiembre de 1986, en la cuesta Las Achupallas, el dictador Augusto Pinochet sufrió una emboscada mientras regresaba de su casa en El Melocotón. Dicho atentado tuvo por autores a miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR). Los involucrados tenían como objetivo asesinar al Dictador, sin embargo, por diversas razones acaecidas durante los pocos minutos que duró el enfrentamiento, no pudieron conseguirlo y el atentado detonó una serie de represalias por parte de la policía.

Los días siguientes, específicamente la madrugada del ocho y el nueve de ese mes, se llevó a cabo un plan de venganza en el que actuaron, al menos, 14 agentes de la CNI. En pocas horas el autodenominado “Comando 11 de septiembre” secuestró y dio muerte a cuatro personas: Gastón Vidaurrázaga, Felipe Rivera, Abraham Muskatblit y José Carrasco Tapia. Al momento que lo fueron a buscar, “Pepe” Carrasco se encontraba con su familia.

—¡Manos arriba!

* * *

La tarde del 24 de agosto de 1943 en la clínica Carolina Freire nació José Humberto Carrasco Tapia, bautizado “Pepone” para sus más cercanos. Fue el primer retoño de Humberto Carrasco y Graciela Tapia.

Sus primeros años estuvieron marcados por el esfuerzo de su familia y por proceder de un humilde barrio popular en la comuna de Conchalí. Su madre murió cuando él era pequeño y, como era el hermano mayor, debió entrar al mundo del trabajo. Es en ese momento en que comienza su cercanía con el mundo sindical y los discursos políticos. Esto le ayudó al momento de desenvolverse en el Instituto Nacional y en las reuniones de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile (FECH), a las que se hizo parte antes de ser universitario.

En la década de los 60 entró al Pedagógico de la Universidad de Chile. Tenía 17 años y decidió estudiar Castellano. Sin embargo, hace tiempo había despertado en él, el deseo de estudiar Periodismo. Tras charlar con el entonces director de la Escuela, Mario Planet, Carrasco llegó a un acuerdo para cambiarse de carrera después de pasar un año en el Pedagógico. Fue aquí, donde daría inicio al “mejor oficio del mundo” como señaló en más de alguna vez a sus cercanos y compañeros de militancia.

* * *

—¡Policía! ¡José Carrasco! ¡Abra la puerta!

Afuera de su departamento en el Barrio Bellavista, los agentes Iván Quiroz Ruiz, Jorge Vargas Bories y Carlos Fachinetti López golpeaban con impaciencia la puerta. Silvia Vera, en ese entonces compañera de José, miraba de reojo por la ventana. En medio del bullicio y los golpes, despertó Pepe.

—Pepe, te buscan.

(…) Fueron las palabras que Silvia dirigió a su pareja una vez volvió a la pieza. Él ya se había incorporado, sabiendo el destino que le deparaba. Desde la cama se encargó de llamar a su vecino Hernán Cardemil para avisar de lo que estaba ocurriendo.

—¿¡Dónde está!? ¿¡Dónde está Pepe!?

En ese instante, mientras él se vestía, los agentes derribaron la puerta. Dos de ellos entraron para llevárselo rápidamente. Pepe pidió que lo dejaran ponerse los zapatos, pero Jorge Vargas Bories, quien era el más alto e iba a cara descubierta y aferraba una pistola, le replicó con sarcasmo: “No los vai a necesitar”

* * *

Este ocho de septiembre se cumplen 31 años del asesinato del periodista. Hasta el día de hoy se le sigue recordando con cariño y admiración. Para quienes le conocieron más de cerca, su muerte fue uno de los sucesos más horribles de sus vidas. El carisma de Pepe y su dedicación al trabajo y a su militancia siempre les hizo ver al periodista como una persona excepcional, por lo que su pérdida les hace lamentar hasta hoy no “haberlo cuidado más”.

La Familia, el mejor oficio del mundo y la militancia revolucionaria fueron los elementos que configuraron la vida de este combatiente por el derecho de la libertad de expresión. Periodista acérrimo, militante del MIR con convicción y humano. Tan humano que los días más difíciles del régimen siempre estuvo en contacto con su familia, aunque haya estado en Buenos Aires resguardándose de la represión que asechaba a quienes daban golpes de resistencia contra la cruel dictadura. De la propaganda y activismo revolucionario pasó por diferentes moradas que acogieron ese carisma que hacía tan particular a Pepe, hasta los centros de detención y tortura, donde fiel a su estilo no dio paso atrás y siguió firme con sus ideales. Sin dudas alguna era diferente.

Tras su vuelta del exilio, llegó a Chile muy feliz de poder compartir pluma y revista con sus queridos amigos y colegas que había conocido en el trayecto de esta lucha. José llegó a la revista Análisis invitado por su amigo y director de medio: Juan Pablo Cárdenas. Con el paso de los años nos comentó ese episodio: A lo mejor en eso me equivoqué. Desde luego me equivoqué. Yo estimaba de que ya a esa altura no había mucho riesgo para los opositores. Sin embargo, no calculamos que vendría el atentado al General Pinochet


Ex agentes siguen en la mira

Fuente :mercurioantofagasta.cl, 28 de Octubre 2005

Categoría : Prensa

El abogado Nelson Caucoto dijo que falta el cuadro completo de los autores

Al menos 12 ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) que participaron en el secuestro y homicidio del periodista José Carrasco Tapia y otros tres militantes del MIR y del Partido Comunista quedaron fuera del nuevo auto de procesamiento dictado por el ministro Hugo Dolmestch contra 14 coautores de los crímenes.

Así lo planteó ayer el abogado querellante Nelson Caucoto, quien califica a los otros responsables también como autores.

Y es que las confesiones obtenidas por el ministro Dolmestch de los procesados -explicó- sólo los alcanza a ellos, que fueron los autores materiales de los secuestros y homicidios.

Caucoto advirtió que falta llegar a los que custodiaron las casas de las víctimas mientras eran detenidas y los que no impidieron que los hechos se ejecutaran.

También apuntará a los encubridores. "Nuestra tarea es buscarlos a todos y completar el cuadro", dijo, coincidiendo con el querellante Héctor Salazar.

Ignacio Vidaurrázaga, hermano del asesinado Gastón Vidaurrázaga, valoró el fallo como un primer paso hacia la verdad, pero se preguntó: "¿Qué pasa con los autores intelectuales, los que dieron las órdenes y los que encubrieron estas acciones?". También aludió a los civiles.

 

EL DEFENSOR

El abogado de Álvaro Corbalán y de Jorge Vargas Bories, Enrique Ibarra, comentó que el encausamiento del primero por todas las muertes "no nos produce un asombro, porque si era el jefe de la brigada es natural que aparezca procesado por los cuatro. Hay que ver hasta dónde puede llegar su responsabilidad".

Si bien dijo desconocer en detalle el dictamen, dijo que "algo he conversado con él (Corbalán) respecto de que la orden sí se la habría dado el general Gordon, pero que dos por uno, eso nunca lo he conversado con Corbalán".

Ibarra confirmó que "Corbalán reconoce que fue Gordon quien le dio la orden y existen antecedentes en el proceso que así lo afirman".

Y también admitió que Corbalán "habría dado las instrucciones a sus subalternos, pero nunca participó directamente de ningún hecho, ni éste ni en ninguna otra situación, simplemente fue el intermediario entre el mando y los ejecutores".

 

PROCESADOS

Por los cuatro delitos quedó encausado el mayor (r) Corbalán, quien en su calidad de Comandante de la División Antisubversiva, recibió la orden del director de la CNI, general Humberto Gordon (fallecido).

Del secuestro y homicidio de José Carrasco (MIR), se culpó al comandante (r) de Carabineros Iván Quiroz Ruiz, al comandante (r) Jorge Vargas Bories y al suboficial (r) Carlos Fachinetti López, ambos funcionarios del Ejército.

Los procesados por el crimen del electricista Felipe Rivera, comunista, son el teniente coronel (r) Pedro Guzmán Olivares, el ex subcomisario Gonzalo Maass del Valle y los ex suboficiales Víctor Lara Cataldo y René Valdovinos Morales.

En tanto, como coautores del secuestro del profesor Gastón Vidaurrázaga, del MIR, fueron encausados el ex oficial Krantz Bauer Donoso y los ex suboficiales Víctor Muñoz Orellana, Jorge Jofré Rojas, Eduardo Chávez Baeza y Juan Jorquera Abarzúa.

Por el crimen del publicista Abraham Muskatblit Eidelstein, comunista, fueron procesados Quiroz, Vargas Bories y el ex suboficial José Meneses Arcauz


El honor militar

Fuente :lainsignia.org, 15 de Noviembre 2005

Categoría : Otra Información

Cinco ex agentes de la DINA fueron condenados por el secuestro del mirista Manuel Cortés Joo (en la foto). La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó las condenas dictadas en primera instancia contra la cúpula de la DINA. El ministro en visita, Alejandro Solís, había sentenciado a los ex agentes a penas de presidio que oscilan entre los diez años y cinco años. La sentencia a 10 años y un día afectó a los ex miembros del ejército brigadieres (r) Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito, coronel (r) Rolf Wenderoth Pozo, y el agente civil Osvaldo Romo Mena. En tanto, 5 años y un día le correspondió al cabo (r) del ejército Basclay Zapata Reyes. Manuel Cortés, fue arrestado en 1975 por ex agentes de la DINA y visto con vida en el centro de detención y tortura de Villa Grimaldi, en Peñalolén. Su nombre fue incluido por los servicios de seguridad de la dictadura en la lista de los 119, acción de encubrimiento de la DINA conocida como Operación Colombo, que intentó encubrir los desaparecimientos y ejecuciones de opositores como una purga entre subversivos en Argentina.

Por su parte, el juez Pavez prepara procesamientos por "obstrucción a la justicia" en el caso del asesinato del ex coronel de ejército Gerardo Huber Olivares, ex agente de la DINA, encargado de exportaciones e importaciones del Ejército y tercer jefe de la División Logística. Huber Olivares fue asesinado en el Cajón del Maipo presuntamente por miembros del ejército habrían querido hacer aparecer el crimen como un "suicidio". Los afectados por la resolución del juez son el general (r) Víctor Lizárraga, el brigadier (r) Manuel Provis y el mayor (r) Julio Muñoz. Lizárraga, se desempeñó como ex secretario coordinador de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE). Provis fue jefe del Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE). El juez Pavez también decretó arraigos contra el general (r) Carlos Krumm, superior jerárquico de Huber en la Dirección de Logística de Famae, y Elwin Tapia, dueño de la casa desde la que despareció. La familia de Huber sospecha que Tapia habría colaborado para que se llevara a cabo el secuestro, que culminó con la aparición de su cadáver en el río Maipo. Huber fue asesinado en febrero de 1992. Había sido citado a declarar por la exportación ilegal de armas a Croacia, realizada por el ejército de Chile en diciembre de 1991.

Esta semana, la familia del asesinado diplomático español Carmelo Soria solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) revisar el cumplimiento del acuerdo alcanzado con el Estado chileno, Carmelo Soria, fue secuestrado por agentes de la DINA el 14 de julio de 1976. Su cadáver, con huellas de tortura, fue encontrado en un canal. El proceso fue archivado en 1996 por aplicación de la Ley de Amnistía. La familia recurrió a la CIDH. Finalmente, el organismo internacional recomendó a las autoridades chilenas sancionar a los culpables del asesinato, cumplir con el Convenio sobre Prevención y Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas y dejar sin efecto la Ley de Amnistía. Chile se comprometió indemnizar a la familia. Carmen Soria, hija del diplomático, señala que el Estado chileno no ha cumplido el acuerdo. Los abogados del Ejecutivo no se presentaron a los alegatos ante la Corte Suprema, oportunidad en la que se ratificó el dictamen de 1996, por lo que no se cumplió la recomendación de velar por la sanción a los responsables del crimen, miembros del ejército. Además, la comisión de Relaciones Exteriores del Senado rechazó el proyecto que otorga una reparación monetaria a la familia.

Venganza de la CNI tras emboscada a Pinochet

El ministro Hugo Dolmestch recalificó los procesamientos de 14 ex CNI acusados de los asesinatos de José Carrasco Tapia, Felipe Rivera Gajardo, Gastón Vidaurrázaga Manríquez y Abraham Muskatblit Eidelstein, perpetrados en venganza por la emboscada al dictador Augusto Pinochet. En el fallo se establece que la madrugada del 9 de septiembre de 1986 se dispuso el acuartelamiento de miembros de la CNI, entre ellos, los integrantes del Cuartel Borgoño comandado por el mayor Corbalán. En una reunión en el cuartel general de la CNI, tras reunirse con miembros de la Junta Militar en La Moneda, el general Humberto Gordon "profundamente alterado por los hechos, les ordenó que agentes de sus respectivas dependencias debían salir y vengar a los cinco escoltas fallecidos con ocasión del atentado, venganza ésta que debía ser en una proporción de dos a uno, en relación a las víctimas". Dolmestch procesó a Corbalán como autor de secuestro y homicidio en el caso del periodista Carrasco. Como coautores del secuestro y homicidio de Rivera se encausó a Pedro Guzmán Olivares, Gonzalo Maass del Valle, Víctor Lara Cataldo y René Valdovinos Morales. Como coautores de secuestro y homicidio de Vidaurrázaga fueron sometidos a proceso Krantz Bauer Donoso, Víctor Muñoz Orellana, Jorge Jofré Rojas, Eduardo Chávez Baeza y Juan Jorquera Abarzúa. Los agentes Iván Quiroz Ruiz, Jorge Vargas Bories y Carlos Fachinetti López fueron encausados como coautores del mismo ilícito en contra de Carrasco Tapia. En calidad de coautores de secuestro y homicidio de Muskatblit fueron procesados Iván Quiroz Ruiz, Jorge Vargas Bories y José Meneses Arcauz. A los siete agentes que estaban procesados desde el año 2000 por esos delitos se sumaron otros siete. Dolmestch sobreseyó a otros tres agentes que estaban procesados desde el año 2000 por la juez Dobra Lusic: Hernán Vásquez, Egon Barra y Luis Sanhueza.

General chileno, ex CNI

El general Eduardo Aldunate (en la foto), actualmente a cargo de las tropas en Haití, perteneció a la CNI. Según informaciones de prensa, no habría sido parte de la brigada Mulchén de la DINA. Carmen Soria, hija del diplomático español Carmelo Soria asesinado por la DINA, había pedido al juez a cargo del caso que lo interrogara. El periódico El Mostrador señala que el segundo hombre de la DINA, el brigadier Pedro Espinoza, fue quien lo seleccionó para que fuera miembro de seguridad de la guardia de Pinochet. El Diario Siete agregó que cuando fue asesinado Carmelo Soria, en 1976, Aldunate no integraba la DINA, sino que estaba en la escuela de Montaña del Ejército y que en 1978 fue destinado a la comandancia en jefe del Ejército para esconder sus lazos con la CNI. Cuanto Carmen Soria hizo la denuncia, tanto el ministro de Defensa, Jaime Ravinet, como el comandante en jefe del Ejército, general Juan Emilio Cheyre, desmintieron la información. Según Carmen Soria, el oficial sería al menos "encubridor" del crimen de su padre. "Aldunate Herman trabajó en la CNI, y con quienes trabajó -Patricio Quilot, Vicente Salinas y Pablo Belmar, esas personas si están involucrados directamente con el asesinato de mi padre-, a lo menos Aldunate sería encubridor del asesinato de mi padre", dijo Carmen Soria. (Foto: La Nación)

¿La Moneda… de canje?

 

Manuel Contreras Sepúlveda, Raúl Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko, ex jerarcas de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), fueron procesados como autores del secuestro del militante del MIR Félix De la Jara Goyeneche, ocurrido en noviembre de 1974. De la Jara fue visto por última vez en la "Venda Sexy", centro de torturas y detención en Santiago. El general (r) Iturriaga Neumann goza de libertad provisional por el asesinato del ex comandante en Jefe del Ejército general Carlos Prats. Manuel Contreras y Miguel Krassnoff se encuentran "cumpliendo condena" por el secuestro de Miguel Sandoval, también militante del MIR desaparecido. Hace algunos días, un grupo de violadores a los derechos humanos presentó una querella contra dos jueces de la Corte de Apelaciones de Santiago, por "denegación de justicia". La acción judicial apunta a revertir los fallos por "secuestro permanente" aplicados en los últimos años en algunos casos de detenidos desaparecidos. Además, la Corte de Apelaciones de Concepción, procesó a cuatro ex agentes de seguridad por el secuestro calificado de Rudy Cárcamo (en la foto), ex dirigente del MIR e integrante del GAP, detenido en octubre de 1974, y hecho desaparecer. Se trata de los ex miembros de la Armada, capitán de navío (r) José Cáceres González, el capitán de corbeta (r) Hugo González D'Arcageli, el coronel (r) de Carabineros, Conrado Cesnic Guerricabeitia, y el ex detective Osvaldo Harnish Salazar. Rudy Cárcamo fue visto por última vez en la Base Naval de Talcahuano conocida como Ancla Dos. A pesar de estos avances en la justicia el gobierno sigue empeñado en estudiar el otorgamiento de beneficios a los violadores a los derechos humanos, lo que ha sido respaldado por la Iglesia Católica y partidos de oposición, comparándolo con el indulto aprobado para los presos políticos el año pasado. En tanto el Consejo de Defensa del Estado y los jueces de la Corte Suprema respaldan la aplicación de la Ley de Amnistía que promulgó el propio dictador Augusto Pinochet en 1978


Qué Hacer con los Jueces Torcidos

Fuente :piensachile.com/, 14 de Enero, 2008

Categoría : Otra Información

En los últimos meses y semanas, diferentes salas de la Corte Suprema han firmado varias resoluciones contradictorias. La primera que tengo en mente la redactó la Segunda Sala, y en ella condena a miembros del llamado Comando Conjunto por el homicidio calificado del militante comunista Carlos Humberto Contreras Maluje el 2 de noviembre de 1976. La pena fue ridículamente leve -tres años y un día por un delito calificado por la propia corte como homicidio calificado- y otorga a los condenados el beneficio de la libertad vigilada. Estos peligrosos criminales se pasean ahora libremente por las calles, confundidos con el resto de los ciudadanos.

Este tipo de condenas ridículas en relación con el delito, a lo que lamentablemente los jueces nos han acostumbrado en su larga historia de colaboración con la dictadura militar y su historial de denegación de justicia, constituyen una agresión constante a la conciencia de los chilenos. Cometen los jueces un delito moral incalculable, porque reafirman la creencia popular de que esos criminales siguen gozando de la inmerecida y aberrante protección de nuestros tribunales de justicia. Y parecen decirnos: Si quieren justicia, nuestros tribunales no son el lugar donde buscarla. La justicia habrá que encontrarla en otro lugar.

Esta resolución de los jueces de la Segunda Sala -formada por Alberto Chaigneau, Rubén Ballesteros, Jaime Rodriguez y Hugo Dolmestch- incluye sin embargo un reconocimiento fundamental en la jurisprudencia chilena. Me parece que nunca se dijo antes tan claramente que nuestras leyes, en el estado de las civilizaciones occidentales hoy en día, deben estar subordinadas, al menos en el capítulo de derechos humanos, al derecho internacional.
Los acusados habían pedido la aplicación del decreto de amnistía emitido por el Putrefactor en 1978, alegando, también, la prescripción de su crimen.

La resolución dice -y la citaré nuevamente in extenso:

"Que, por haberse cometido el delito en el contexto de violaciones a los derechos humanos, graves, masivas y sistemáticas, verificadas por agentes del Estado que pretendían excluir, hostigar, perseguir o exterminar a quienes fueran contrarios al régimen instaurado el 11 de septiembre de 1973, tratándose específicamente en el caso de autos de la eliminación de una persona militante del Partido Comunista, es decir perteneciente ideológicamente al régimen político recién depuesto, cabe concluir que se está en presencia de lo que la conciencia jurídica denomina delito de 'lesa humanidad', calificación que trae aparejada la imposibilidad de amnistiar el referido ilícito, así como declarar su prescripción, conforme a las reglas imperativas del derecho internacional o ius cogens, que – tal como ha sido declarado en anteriores fallos – tiene prevalencia sobre la legislación nacional. Las reglas del ius cogens son verdaderas normas jurídicas en sentido sustancial, suministrando pautas o modelos de conducta, a partir de las cuales surgen obligaciones erga omnes, que existen con independencia de su formulación, en términos que cuando son expresadas en una fórmula legal no cambian su naturaleza jurídica.
"Esta Corte reitera una vez más que los principios del derecho internacional y las normas del derecho consuetudinario, forman parte del ordenamiento jurídico chileno con primacía sobre las leyes internas, aún cuando no se encuentre traducido en tratados o convenciones obligatorias para Chile"

Se opuso a esta interpretación, como lo hace habitualmente, uno de los jueces torcidos de Chile -Nibaldo Segura-, que no solamente rechaza la noción de que las leyes chilenas deben estar subordinadas al derecho internacional -como lo reconocen prácticamente todas las democracias occidentales, a excepción de Estados Unidos-, sino además se ha caracterizado por su defensa de los criminales más perversos de nuestra historia.

En su argumentación, sin embargo, pero sin que se entienda cómo llegó a esa conclusión, confirma lo que sabemos y hemos sabido siempre casi todos los chilenos de buena fe: que "tampoco se ha acreditado que el 12 de Septiembre de 1973 [existiera] en Chile una rebelión militarizada capaz de provocar el estado de guerra interno". Su lógica es asaz torcida, porque pareciera que debido a esto o debido a la ausencia de un conflicto entre partes que pudiese definirse como guerra (se lee en su argumentación: "No se ha acreditado que en la época en referencia [existiera] en Chile una oposición entre dos fuerzas armadas o bien entre las fuerzas armadas de Chile y uno o más grupos armados que desconocían la autoridad de la primera y que estaban bajo el mando de una autoridad responsable, que ejercía dominio o control sobre una parte del territorio chileno"), no cabe contemplar la aplicación del derecho humanitario. Brillante absurdo que los otros jueces rechazan justamente alegando que las reglas de ius cogens fijan normas de conducta "que existen con independencia de su formulación, en términos que cuando son expresadas en una fórmula legal no cambian su naturaleza jurídica".

Las ratas condenadas son Freddy Ruiz Bunguer, Juan Francisco Saavedra Loyola, Daniel Giumpert Corvalán, César Palma Ramírez, Manuel Muñoz Gamboa, Alejandro Saéz Mardones y Rodrigo Cobos Manríquez

Una segunda resolución es el fallo apenas unos días después de la Sala Penal de la misma Corte Suprema también en un caso de derechos humanos: el fallo que aplicó la prescripción del delito en el caso de los asesinatos múltiples cometidos por el militar Claudio Lecaros Carrasco el 15 de septiembre de 1973 -cuando asesinó a tres ciudadanos chilenos: Cesario Soto, Vidal Riquelme y Rubén Acevedo.

En este caso, votaron a favor de la prescripción de un delito que es claramente un delito de lesa humanidad o contra la humanidad los jueces Rubén Ballesteros y, por cierto, Nibaldo Segura, dos jueces torcidos que se han caracterizado por su defensa de los criminales más salvajes de nuestra historia. Y un abogado pinochetista, José Fernández. En contra de esta resolución aberrante votaron los jueces Hugo Dolmestch y Jaime Rodríguez. La mayoría pinochetista fue circunstancial, pues el abogado paria reemplazó en la Sala al ministro Alfredo Chaigneau, que reconoce la primacía del derecho internacional.

Este fallo aberrante ha provocado que el abogado Nelson Caucoto demande al estado chileno, nuevamente, por una grave denegación* de justicia, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Qué duda cabe que, como en casos anteriores, Chile será nuevamente castigado y objeto de escarnio en la escena internacional.

Similarmente, a fines de diciembre la Corte Suprema aplicó la figura de media prescripción (inaceptable en el derecho internacional cuando se trata de crímenes de lesa humanidad) a dos de los criminales de los campesinos de Parral: el coronel de ejército Hugo Cardemil Valenzuela y coronel (R) de Carabineros Pablo Caulier Grant en su calidad de autores del delito de secuestro calificado

Se trata nuevamente de un fallo de la Segunda Sala, que en la misma resolución absolvió a otras seis ratas, a saber:  Hans Eduart Schernberger Valdivia, José Hernán Godoy Barrientos, Robert Santiago Teylor Escobar, Quintiliano Rogel Alvarado, Pedro Segundo Soto Godoy y José Rómulo Catalán Oyarzún, por el asesinato de los hermanos socialistas Guido y Héctor Barría Basay.

El 31 de diciembre de 2007 la Corte Suprema dictó uno de los fallos más aberrantes del año. La Sala Penal de la corte revocó la condena a presidio de las ratas el coronel de Ejército (R) Hugo Cardemil Valenzuela (17 años), el coronel (R) de Carabineros Pablo Caulier Grant (10 años) y el suboficial (R) de Carabineros Luis Alberto Hidalgo (7 años). Los cinco ministros de la Sala Penal rebajaron las condenas y los dejaron increíblemente en libertad 

Los carabineros son culpables del asesinato de 22 campesinos desaparecidos de Parral.

Pocos días antes, el 28 de diciembre de 2007, la Novena Sala de la Corte Suprema había ratificado las sentencias de catorce agentes de la CNI por el asesinato del periodista José Carrasco. Las penas varían entre dieciocho y cinco años de presidio
Los condenados son Álvaro Corbalán Castilla, Jorge Vargas Bories, Iván Quiroz Ruiz, Pedro Guzmán Olivares, Gonzalo Maas del Valle, Krantz Bauer Donoso, Jorge Jofré Rojas, Juan Jonquera Abarzúa, Víctor Lara Cataldo, René Valdovinos Morales, Víctor Muñoz Orellana, Eduardo Chávez Baeza, Carlos Fachinetti López, y José Meneses Arcauz.

La misma sala confirmó además las sentencias de siete agentes de la DINA por el secuestro calificado de Julio Fidel Flores Pérez a penas entre diez y quince años de presidio. Las ratas condenadas son: Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchenko, Pedro Espinoza Bravo, Francisco Ferrer Lima y Basclay Zapata Reyes.

Es asombroso que una misma Corte Suprema no se ponga de acuerdo en principios tan fundamentales y que son definitorios del ordenamiento jurídico chileno. No es simplemente posible que una misma Justicia aplique criterios contradictorios, que parecen ser, además, igualmente admisibles. Por los mismos delitos, un grupo de jueces absuelve a un criminal, y otro, a metros más allá, lo condena. Nuestra Justicia se parece así bastante al Palacio de la Risa, que sabes cómo entras pero no sabes cómo vas a salir, y a veces sales desmelenado, y a veces caes de pie. Es francamente una ridiculez. Esto no se parece en nada a lo que debe ser una verdadera Justicia, que debería implicar la adopción de criterios uniformes ante los cuales los ciudadanos sabríamos a qué atenernos. Hoy en día, un militar puede cometer un crimen en la convicción de que quedará impune, y otro en la creencia de que será castigado. Y los dos tienen razón.

¿No es posible hacer nada contra estos jueces innobles e inmorales que persisten en burlarse de las víctimas de esos crímenes inhumanos, que recurren a cuanto truco y triquiñuela encuentran para proteger a esos militares cobardes y permitirles escapar de la acción de la justicia?

¿No podemos eliminar del poder judicial a los jueces pinochetistas, que tergiversan el espíritu de las leyes para defender a esos monstruos?

El gobierno hace la vista gorda y se justifica diciendo que no puede intervenir en asuntos que competen al poder judicial. En otras palabras, justifica el actual estado de cosas -la versión Palacio de la Risa del poder judicial. Sólo que cuando los jueces actúan en conciencia y condenan a esos criminales, puede aparecer un presidente -como Lagos- que, aun pretendiendo ser enemigo de la dictadura, otorga indultos -contra las disposiciones del derecho internacional- a sanguinarios criminales, como el que degolló a Tucapel Jiménez y que, gracias al Mandarín, se encuentra en libertad.

Las autoridades políticas chilenas, y entre ellas en primerísimo lugar, el gobierno, se burla llanamente de los ciudadanos, pretendiendo que debemos aceptar tanto que los jueces apliquen el derecho internacional -que es lo que venimos reclamando desde hace décadas- como que no lo apliquen, porque deberíamos aceptar su interpretación de la justicia como un tribunal de tómbola.

¿Qué pretende el gobierno? Su actitud de aparente respeto por la independencia del poder judicial es otro nombre que se da a la complicidad, a hacer la vista gorda, a pretender, como los partidos de derechas durante el régimen de la Bestia, que no están en casa. La actitud del gobierno es derechamente equivalente al delito de denegación de justicia. Y, obviamente, ha de ser denunciado en organismos internacionales.

¿O pretenderá que los ciudadanos se tomen la justicia por sus manos?

Sin embargo, la idea de que el gobierno está atado de manos y de que nada puede hacer para enmendar el curso de la justicia es igualmente una falsedad. El gobierno tiene dos maneras de intervenir en el poder judicial para lograr que nuestra justicia se adapte a las nuevas normas del derecho internacional y se acerque un poco más a las civilizaciones occidentales del planeta. Hoy por hoy, Chile, como su poder judicial, sigue siendo un paria en la comunidad internacional.

El primer instrumento está en manos del presidente de la república, pues es él o ella quien nombra a los jueces o ministros integrantes de la Corte Suprema (apartado 12, del Artículo 32, Capítulo IV, Gobierno), sobre la base de una nómina de cinco personas que es propuesta por la Corte Suprema con aprobación del Senado (según determina el Capítulo VI, Poder Judicial, de nuestra Constitución Política). El presidente debe simplemente rechazar todo nombramiento, o todo candidato que según sus informaciones sea simpatizante de ideologías criminales -entre ellas, el pinochetismo. Si hoy tenemos jueces de inclinaciones criminales en nuestros tribunales es porque han sido nombrados, algunos de ellos, por presidentes de la Concertación.

Obviamente, lo más cuerdo sería expulsar del poder judicial a todo juez o ministro de la Corte Suprema que haya sido nombrado durante el régimen dictatorial, por el origen ilegítimo de su nombramiento. Pero imagino que esto será mucho pedir para los políticos de ese acomodaticio conglomerado.

Pero el gobierno tiene otro instrumento que podría utilizar contra estos jueces parias. El artículo 79 del mismo Capítulo VI, citado antes, establece que "los jueces son personalmente responsables por los delitos de cohecho, falta de observancia en materia substancial de las leyes que reglan el procedimiento, denegación y torcida administración de justicia y, en general, de toda prevaricación en que incurran en el desempeño de sus funciones".

En caso de, por ejemplo, denegación de justicia o su administración torcida, que es nuestro caso, podemos seguir una de dos alternativas: demandar al juez, el que será expulsado del poder judicial "por causa legalmente sentenciada", que es ciertamente el camino más pedregoso y más incierto; o, como establece el artículo 80, por requerimiento del presidente de la república, "a solicitud de parte interesada, o de oficio", la Corte Suprema podrá declarar "que los jueces no han tenido buen comportamiento y, previo informe del inculpado y de la Corte de Apelaciones respectiva, en su caso, acordar su remoción por la mayoría total de sus componentes".

El apartado 13, del Artículo 32, Capítulo IV, Gobierno, establece por lo demás que es tarea del gobierno "velar por la conducta ministerial de los jueces y demás empleados del Poder Judicial y requerir, con tal objeto, a la Corte Suprema para que, si procede, declare su mal comportamiento, o al ministerio público, para que reclame medidas disciplinarias del tribunal competente, o para que, si hubiere mérito bastante, entable la correspondiente acusación".

Si este mecanismo para remover de sus funciones a jueces corruptos o que se han destacado en la defensa de los bárbaros criminales pinochetistas en violación de las normas del derecho internacional**, lo establece nuestra propia Constitución Política, ¿cómo explicar las aseveraciones oficiales de que no pueden hacer nada? Ciertamente, en estos casos sería una tarea fundamental del gobierno procurar que los ciudadanos -todos los ciudadanos- puedan regirse por una sola interpretación de la ley y que tengan igualmente acceso a la justicia.

Esto no lo garantiza el gobierno cuando pretende que debemos aceptar del mismo modo tanto que un grupo de jueces condene a quienes mataron tan vilmente a esos ciudadanos, como que los absuelva. Esto, francamente, es una estupidez. Se llama derechamente denegación de justicia. Y de esta denegación de justicia -que habrá que recordar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos- se hace culpable no solamente el 'autónomo' poder judicial, sino también las más altas autoridades políticas del país. En la Corte, se ha de acusar tanto a los jueces como al gobierno mismo que permite que esos tribunales persistan en denegar justicia a los ciudadanos cuya defensa es precisamente una de las funciones del gobierno.

El gobierno, pues, cuando pretende que no puede hacer nada, simplemente está faltando a la verdad.

* Es uno de los deberes del presidente y del gobierno velar por el respeto de la Constitución en el territorio nacional. Entre esos deberes está la protección del ciudadano, que, entre otras cosas, no puede "ser privado de su libertad personal ni ésta restringida sino en los casos y en la forma determinados por la Constitución y las leyes"
(Artículo VII, Capítulo III, De los derechos y deberes constitucionales). Ni puede ningún ciudadano "ser arrestado o detenido sino por orden de funcionario público expresamente facultado por la ley y después de que dicha orden le sea intimada en forma legal"
(ibídem). Ni puede "ser arrestado o detenido, sujeto a prisión preventiva o preso, sino en su casa o en lugares públicos destinados a este objeto" (ibídem). Ni puede ningún ciudadano ser sometido a "apremios ilegítimos" (Artículo 19, Capítulo III, De los derechos y deberes constitucionales).

Así, dado que los delitos cometidos por los militares implican la violación de la Constitución, es razonable exigir que el gobierno vele por el cumplimiento y respeto de esa Constitución, sin escudarse en la pretendida autonomía de los poderes. Lavarse las manos, como hace el gobierno hoy, es simplemente un acto de denegación de justicia y de abandono de sus deberes constitucionales.

**Quiero insistir en que el derecho internacional no es un cuerpo externo de normas, sino que Chile deberá aceptarlo porque está siendo desde ya juzgado por su acatamiento de este, por más que se oponga en estos momentos su gobierno y su clase política, por la sencilla y lúcida razón expuesta en el fallo de la Segunda Sala en el caso del Comando Conjunto, de que las normas del derecho internacional "existen con independencia de su formulación, en términos que cuando son expresadas en una fórmula legal no cambian su naturaleza jurídica". En otras palabras, poco sentido tiene enterrar la cabeza en la arena. Lo que hacen los jueces hoy, y lo que acepta el gobierno haciéndose por ello cómplice, es una grave denegación de justicia tal y como está contemplada en el derecho internacional, y podrán ser siempre juzgados de acuerdo a sus normas, reconozcan o no su primacía (ius cogens).

Esta interpretación viene de ser corroborada en el fallo del 11 de enero de 2008 en el caso de la ejecución de dirigentes vecinales del Cerro Navia, en Santiago, dictado por Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago. Por este delito los magistrados condenaron a diez años de presidio a Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito y José Friz Esparza, que lo tipificaron como crimen de guerra y aplicaron por tanto las normas del derecho internacional. En la resolución, tal como fue publicada en La Nación, se lee que "debe tenerse presente que si bien la citada Convención [no queda claro en el texto del diario a qué convención se refiere, si a la de Ginebra o la convención sobre la desaparición forzada de personas) no ha sido ratificada por el Estado de Chile, surge en la actualidad con categoría de norma de ius cogens, o principios generales del derecho penal internacional, cuya obligatoriedad en derecho interno se encuentra mandada por la Constitución Política de la República (artículo 5, inciso segundo)" 
Que es lo venimos diciendo desde hace un tiempo. En estos fallos se encuentra un indicio de cómo proceder para erradicar del poder judicial a los jueces torcidos.

La resolución agrega que "el reconocimiento de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad y de los crímenes de guerra, así como el aseguramiento objetivo y expreso de los derechos humanos resulta indiscutible e imperativo para los tribunales nacionales".

Por ello resulta aberrante la argumentación de los políticos de Renovación Nacional y la Unión Demócrata Independiente, de que el derecho internacional viola la soberanía de Chile (véase el alegato a favor de la impunidad de las ratas pinochetistas en La Nación).

El derecho internacional tiene siempre vigencia, lo reconozca o no el gobierno o la clase política. No entiendo por qué argumenta la derecha de ese modo absurdo, sabiendo por experiencia que el derecho internacional disfruta de primacía fuera de nuestras fronteras, lo que permitió en su momento el arresto de la Bestia en Londres. Por la misma razón, cualquier personero o político chileno que se haya hecho culpable de delitos contemplados en el derecho internacional, podrá ser aprehendido fuera de nuestras fronteras. La presidenta Bachelet misma podría ser aprehendida si persiste en eludir sus responsabilidades como gobernante. Pero, obviamente, esto último es más bien ciencia ficción política -aunque teóricamente, insisto, no se puede descartar.

Carlos Larraín, cabecilla de RN, y que no cuenta en su familia con gente asesinada por militares chilenos, pretende aceptar, por ejemplo, la Convención contra la Desaparición Forzada de Personas a condición de que se excluya a los militares chilenos culpables de este delito -una idea francamente idiota por muchas razones: primero, técnicamente, habría de determinarse si los militares aludidos son realmente culpables de ese delito, lo que implica obviamente que deben ser sometidos a juicio; en segundo lugar, si como resultado de ese juicio se comprobase la comisión del delito, el derecho internacional simplemente no podría hacer una excepción con ellos, pues abriría la puerta a todo tipo de compromisos impresentables con criminales de todo pelaje, desde los comunistas camboyanos hasta las hordas de Idi Amin Dada y las dictaduras latinoamericanas, entre ellas la chilena; en tercer lugar, porque la Convención se aplicará a los chilenos de todos modos, apruebe el Senado o no su ratificación; en cuarto lugar, evidentemente, porque se trata de crímenes contra la humanidad o de lesa humanidad y son por tanto inamnistiables, por lo que, obviamente, no se puede excluir ni a los militares chilenos ni a ningún otro sujeto en el mundo culpable de ese delito.

Sin embargo, ayuda saber que Renovación Nacional, pese a sus protestas de lo contrario, sigue apoyando a la dictadura pinochetista y justificando los crímenes que cometieron esas ratas ponzoñosas. De liberales, ciertamente, estos partidos no tienen nada, excepto quizás el elogio de la codicia, que forma parte, esta, del credo de un cierto liberalismo apestoso, capaz de sacrificar la libertad y los derechos humanos -los dos pilares de la democracia- en su afán por proteger la propiedad -siempre un robo- y los privilegios de las clases ricas.

Entretanto, en relación con la Convención contra la Desaparición Forzada de Personas, en Uruguay y Argentina ya se han reabierto juicios y/o se ha adaptado la legislación interna para poder perseguir a militares culpables de ese delito. Y Chile sigue haciendo el ridículo.