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Contador Rosales Arturo Alberto – Memoria Viva

Contador Rosales Arturo Alberto

Rut: 6.026.556-9

Cargos:

Grado : Coronel

Rama : Ejército


Confirman penas contra ex militares por secuestro y homicidio de prisioneros políticos en Pisagua

Fuente :resumen.cl, 2 de Abril 2018

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo del Ministro Mario Carroza que condenó a siete ex miembros del Ejército por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de Miguel Selín Nash Sáez, Jesús Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal y en los homicidios calificados de Marcelo Guzmán Fuentes, Juan Calderón Villalón, Luis Lizardi Lizardi, Julio Cabezas Gacitúa, Julio Córdova Croxato, Mario Morris Barrios, Humberto Lizardi Flores y Juan Valencia Hinojosa. Todos eran presos políticos recluidos en Pisagua entre septiembre y octubre de 1973.

El tribunal capitalino confirmó la resolución que condenó a Sergio Benavides Villarreal y Manuel Vega Collado a penas de presidio perpetuo, en calidad de autores de los tres secuestros calificados y los ocho homicidios calificados.

En tanto Roberto Antonio Ampuero Alarcón, Gabriel Alfonso Guerrero Reeve y Arturo Alberto Contador Rosales, deberán purgar penas de 10 años de presidio, como coautores de los delitos reiterados de secuestro calificado de Miguel Selin Nash Sáez, Jesús Nolberto Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal, y como coautores de los delitos reiterados de homicidio calificado de Marcelo Omar Guzmán Fuentes, Juan Calderón Villalón y Luis Alberto Lizardi Lizardi.

Mientras que Sergio Eduardo Figueroa López fue condenado a la pena única de 12 años de presidio, como autor de los delitos y Miguel Aguirre Álvarez, por su responsabilidad en los tres secuestros calificados deberá cumplir 10 años y un día de presidio.

Según la investigación de Carroza, las personas detenidas fueron llevadas desde la Sexta División del Ejército, al mando del general Carlos Forestier Haenseng, hacia el Regimiento de Telecomunicaciones de la ciudad de Iquique, "donde eran sometidos a interrogatorios bajo apremios físicos por orden impartidas por el comandante Forestier o el fiscal militar Acuña".

Luego de ello, los prisioneros eran llevados hacia el Campamento de Prisioneros de Pisagua donde eran sometidos nuevamente a golpizas para «ablandarlos» y se les obligaba a firmar documentos en blanco que eran llevados al fiscal militar Acuña «con el sólo propósito de justificar acusaciones falaces ante Consejos de Guerra simulados y poder solicitar en éstos, condenas como la pena de muerte«. Luego de las determinaciones de estos Consejos simulados se fusilaba a los prisioneros dentro de las 24 horas siguientes.

Carroza determinó que el 19 de septiembre de 1973 Juan Calderón Villalón, Luis Alberto Lizardi Lizardi, Marcelo Omar Guzmán Fuentes, Juan Jiménez Vidal, Jesús Nolberto Cañas y Michel Selin Nash Sáez, fueron ejecutados en las cercanías del campo de prisioneros bajo el pretexto de que habrían intentado fugarse mientras eran trasladados fuera del lugar. "Los cuerpos fueron envueltos en arpilleras y luego inhumados en una fosa en el Desierto de Atacama. Con posterioridad, a mediados del año 1990, son encontrados los restos de Calderón Villalón, Lizardi Lizardi y Marcelo Guzmán Fuentes, pero no se encuentran antecedentes de los cuerpos de Juan Jiménez Vidal, Jesús Nolberto Cañas y Michel Nash Sáez, quienes actualmente se mantienen desaparecidos"

En tanto el 11 de octubre del mismo año "fueron sacados de sus celdas los prisioneros Julio Cabezas Gacitúa, Juan Valencia Hinojosa, Mario Morris Barrios, José Córdova Croxato y José Humberto Lizardi Flores, quienes son ejecutados en un lugar cercano al cementerio con la vista vendada y las manos atadas al margen de toda legalidad, deceso que fue verificado por un médico y en el caso que sobrevivieran se les remató mediante tiro de gracia, luego de ello sus cuerpos fueron envueltos en arpillera y enterrados en una fosa común».


Condenan a tres ex oficiales de Ejército por torturas a 35 personas prisioneras políticas en Pisagua e Iquique en 1973 y 1974

Fuente :resumen.cl, 9 de Noviembre 2023

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó y La Serena, Vicente Hormazábal Abarzúa, condenó a tres ex oficiales del Ejército por su responsabilidad en el delito reiterado de aplicación de tormentos a 35 prisioneros y prisioneras políticos cometidos en la ciudad de Iquique y en la localidad de Pisagua, en diversos periodos entre 1973 y 1974.

En el fallo (causa rol 21-2012. Tomo A), el ministro en visita condenó a los ex coroneles Pedro Santiago Collado Martí a la pena de 15 años de presidio en calidad de autor del delito respecto de 29 víctimas; Conrado Vicente García Giaier deberá cumplir 13 años de presidio por su responsabilidad en el caso de 13 víctimas, y Arturo Alberto Contador Rosales 8 años de reclusión, por su responsabilidad en el caso de ocho víctimas.

En el fallo, el ministro Hormazábal Abarzúa dio por establecido que a partir del golpe militar de septiembre de 1973 un sinnúmero de personas iquiqueñas fueron detenidas por tratarse de simpatizantes o miembros de partidos políticos de izquierda o partidarios del gobierno de Salvador Allende.

Esas personas detenidas, hombres y mujeres, de edades disímiles, universo compuesto desde adolescentes hasta personas de mediana edad, eran conducidos a diversos recintos militares y policiales por órdenes del general Ernesto Carlos Joaquín Forestier Haensgen (fallecido), comandante en jefe de la VI División de Ejército y jefe de la zona en Estado de Sitio de la Provincia de Tarapacá. Los detenidos eran luego trasladados al Regimiento Telecomunicaciones de la época, lugar en que les tomaban los datos y los ubicaban diversas dependencias o patios, y enseguida les separaban por filiación política u otras razones, confinándolos en contenedores, «chancheras» (sitio donde los militares criaban cerdos) u oasis (sector donde había vegetación).

Una parte de esas personas eran interrogadas en un sector de la unidad ubicado en un segundo piso, presuntamente en el edificio correspondiente a la enfermería, y una cantidad de ellas torturadas en diversas formas e intensidades, según fuera la importancia política que el régimen militar les atribuyera, y luego, inmediatamente o luego de algunos días, teniendo en cuenta esa misma relevancia política imputada, eran derivados a Pisagua, normalmente en camiones vigilados por personal del Ejército.

Las mujeres detenidas fueron recluidas e interrogadas en el Batallón Logístico, controlado por personal de Ejército. A continuación, eran derivadas al Buen Pastor, vigiladas por monjas, debían compartir con las presas comunes y luego eran enviadas a Pisagua, donde se les mantenía cautivas en el segundo piso de un teatro bajo custodia armada.

El Campamento de Prisioneros de Pisagua estaba dirigido por el entonces teniente coronel Ramón Caupolicán Larraín Larraín (fallecido), quien a su vez recibía órdenes directas de Forestier Haensgen. Las guardias del campo estaban formadas por un contingente dirigido por un capitán, quien era asistido por dos o más oficiales de menor grado, tenientes o subtenientes, y por la tropa de clases respectiva. Larraín disponía el ingreso de los detenidos y bajo su mando, directo o delegado a los oficiales que custodiaban el campo, se ejecutaban sesiones que las víctimas denominaban «ablandamientos generales», consistentes en golpes de todo tipo, en diversas partes del cuerpo, con mayor o menor fuerza, «tareas» ejecutadas por el contingente de turno, destacándose ciertos oficiales de Carabineros o del Ejército y repitiéndose en esas labores los oficiales a cargo de la guardia.

En el Campo de Prisioneros, los presos fueron colocados por importancia política o por partidos en distintos pisos del recinto, siendo la más baja, las llamadas «catacumbas», celdas que estaban en peores condiciones de habitabilidad y hacinamiento. Junto con las sesiones de «ablandamiento colectivo», existían los interrogatorios individuales, con la finalidad de obtener confesiones obligadas, en los que un grupo determinado y permanente de torturadores al mando del fiscal Mario Sergio Acuña Riquelme (fallecido) e integrado, entre otros, por Roberto Fuentes Zambrano (fallecido), René Valdivia Castro (fallecido), Miguel Chile Aguirre Álvarez (fallecido) y Blas Daniel Barraza Quinteros (fallecido), los que en algunas ocasiones interactuaban con oficiales encargados de la custodia del Campo de Prisioneros, quienes aplicaban tormentos que dejaron a las víctimas con secuelas físicas y/o psicológicas. Este equipo de interrogadores se trasladaba regularmente a Pisagua desde Iquique en una avioneta. La razón por la que este grupo no tenía permanencia estable en Pisagua, era porque ejecutaban las mismas prácticas contra los detenidos en el Regimiento de Telecomunicaciones, donde se encontraban bajo el mando de Pedro Santiago Collado Martí quien dirigía el Servicio de Inteligencia Militar, conformado por militares y carabineros, y quien tenía sostenía reuniones con Acuña Riquelme al menos una vez por semana. Las torturas consistían en golpes en el cuerpo mediante culatazos, manos, pies; colocar a los detenidos desnudos o semidesnudos en el piso y caminar encima de ellos, interrupción del sueño, exposición al sol durante horas y al frío de la noche sin ropa, subir y bajar cerros mediante ejercicios de punta y codo, lanzarlos dentro de tambores por laderas, electricidad en determinadas partes el cuerpo, sumergir la cabeza en agua (submarino), golpes en los oídos (teléfono), simulacros de fusilamiento, interrogatorios en los que se les dejaba un arma de fuego a su lado, colgamiento desde sus extremidades con la finalidad de obtener el estiramiento del cuerpo por lapsos prolongados, violaciones, abusos sexuales, mantenerlos con escasas raciones alimenticias y la amenaza constante de ser fusilados ellos o sus familiares, entre otras. Solo una porción de los detenidos en Pisagua fueron sometidos a Consejo de Guerra, los que se celebraban en la escuela de esa localidad, conformándose por diversos oficiales especialmente llamados al efecto, desempeñándose como fiscal Mario Acuña y como ratificador de las condenas dispuestas por el Consejo, Ramón Larraín Larraín y Carlos Forestier Haensgen, indistintamente. Un gran porcentaje de presos fue condenado informalmente, es decir, sin que hubiera una sentencia escrita o al menos sin que ellos la recibieran, muchas veces eran condenados con el solo mérito de sus confesiones obtenidas a través de torturas. Resumen Darío Núñez