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Carvallo Delgado Eduardo Enrique – Memoria Viva

Carvallo Delgado Eduardo Enrique

Rut: 6.273.383-7

Cargos:

Grado : Oficial

Rama : Ejército

Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)


Ex militares condenados por muertes tras golpe de 1973. Dos de los cinco ex militares fueron condenados por violación a los derechos humanos.

Fuente :diarioelcentro.cl, 10 de julio de 2011

Categoría : Prensa

El fallo fue dictado en la primera sala de la Corte de Apelaciones de Talca, tras los alegatos realizados en marzo pasado.

En fallo unánime, la primera sala de la Corte de Apelaciones de Talca dictó sentencia condenatoria en contra de dos de los tres ex militares que fueron investigados por la muerte de tres jóvenes que fueron detenidos tras el golpe militar de 1973, hecho que fue caratulado como una causa por violación a los derechos humanos.
Las víctimas corresponden a los hermanos, Luis Alberto y Domingo Antonio Urbina Díaz, junto a José Antonio Méndez Valenzuela. Según estableció la investigación, los tres jóvenes fueron detenidos en octubre de 1973 por personal del regimiento de Talca. Allí los tres detenidos fueron golpeados al interior de una piscina, donde Luis Urbina falleció a raíz de las graves lesiones.

Tras ello, Domingo Urbina y José Méndez -junto al cadáver de Luis Urbina- fueron trasladados por una patrulla hasta el predio militar de El Culenar, donde el primero de los detenidos fue fusilado y el segundo recibió un balazo en la cabeza por parte de un conscripto. Los tres cuerpos fueron depositados en una quebrada.

Absolución Revocada
Los hechos fueron investigados por la ministra en visita para casos de derechos humanos, Juana Venegas, quien decretó la absolución -bajo el criterio de la prescripción de la acción penal- del teniente de ejército, Hernán Eduardo Véjar Sinning; así como del conscripto, Luis Alejandro Pizarro Aguiluz; y del teniente de ejército, Eduardo Enrique Carvallo Delgado.

El fallo fue apelado ante la Corte de Talca, donde el pasado 11 de marzo se realizaron los alegatos ante la primera sala, integrada por los ministros Víctor Stenger y Vicente Fodich, junto al abogado integrante, Luis Carrasco. La sentencia definitiva revocó la absolución sólo en cuanto a Pizarro y Véjar, por estimar que los hechos deben ser sancionados bajo tratados internacionales de derechos humanos.

Así se decretaron las siguientes condenas: tres años de presidio para Luis Pizarro, por el homicidio de Luis Urbina, con el beneficio de la libertad vigilada; y cuatro años de presidio para el teniente, Hernán Véjar, por los homicidios de Domingo Urbina y José Méndez, así como por el encubrimiento del crimen de Luis Urbina, sanción que cumplirá con libertad vigilada.