Rut: 3.467.504-K
Cargos:
Grado : Sargento 1°
Rama : Ejército
Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)
Tejas Verdes
Otorgan 5 años de cárcel a 13 miembros del Ejército por la desaparición de dos ciudadanos uruguayos.
Fuente :vozciudadananoticias.com, 10 Septiembre, 2015
Categoría : Prensa
La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en contra de 13 miembros del Ejército en retiro como coautores de los delitos de secuestro calificado de Nelsa Zulema Gadea Galán (29) y Julio César Fernández Fernández (27), detenidos desaparecidos desde fines de 1973.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal del país –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Juan Eduardo Fuentes y Lamberto Cisternas– revocó “(…) la sentencia apelada de veinticinco de julio de dos mil doce, escrita a fojas 3.062, en aquella parte que absolvió de la acusación judicial a los acusados:
- Ricardo Fortunato Judas Tadeo Soto Jerez,
- Jorge Rosendo Núñez Magallanes,
- Gladys de las Mercedes Calderón Carreño,
- Klaudio Erich Kosiel Hornig,
- Ramón Luis Carriel Espinoza,
- Fernando Armando Cerda Vargas
- Rodolfo Toribio Vargas Contreras
Se declara en su lugar que todos ellos quedan condenados como coautores de los delitos de secuestro calificado de Nelsa Zulema Gadea Galán y Julio César Fernández Fernández, a la pena única de cinco años de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de las costas de la causa”.
Asimismo, agrega la resolución: “Se confirma en lo demás apelado la referida sentencia, con declaración, que se reduce a cinco años de presidio menor en su grado máximo la pena privativa de libertad -por los mismos delitos indicados en el acápite anterior- a los sentenciados:
- Valentín del Carmen Escobedo Azua
- Raúl Pablo Quintana Salazar
- Vittorio Orvieto Tiplizky
- Ramón Acuña Acuña
- Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda
- Nelson Patricio Valdés Cornejo
- David Adolfo Miranda Monardes
“Concurriendo en la especie –continúa– los requisitos contemplados en la Ley N° 18.216, se concede a todos los sentenciados el beneficio alternativo de la libertad vigilada, debiendo someterse al control por parte de Gendarmería por el término de cinco años y cumplir las condiciones establecidas en el artículo 17 de la ya citada ley en la forma determinada en el respectivo Reglamento”.
Decisión acordada, respecto de la condena impuesta a Gladys Calderón Carreño, con los votos en contra de los ministros Fuentes y Cisternas, quienes estuvieron por absolverla de los cargos, ratificando la decisión de primer grado.
En tanto, los ministros Juica y Brito estimaron improcedente reconocer a los encausados la atenuante calificada del artículo 103 del Código Penal, por lo que fueron partidarios de mantener la sentencia apelada en dicho capítulo.
Ministra Marianela Cifuentes condena a militares (r) a 10 años de presidio por secuestro agravado de funcionario del SML
Fuente :pdju.cl, 9 de Agosto 2023
Categoría : Prensa
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a tres efectivos en retiro del Ejército y a un médico que prestó servicios en la rama castrense, por su responsabilidad en el delito de secuestro agravado de Luis Alberto Sepúlveda Carvajal. Ilícito perpetrado a partir del 26 septiembre de 1973 en la Escuela de Ingenieros Militares de Tejas Verdes, ubicada en la comuna de San Antonio.
En el fallo (causa rol 28-2009 N), la ministra en visita condenó a Raúl Pablo Quintana Salazar, subteniente de reserva a la época de los hechos, Ricardo Fortunato Judas Tadeo Soto Jerez, teniente, Ramón Luis Carriel Espinoza, sargento primero, y al entonces médico del Ejército Vittorio Orvieto Tiplitzky a 10 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delito.
En la resolución, la ministra Cifuentes Alarcón dio por establecidos los siguientes hechos:
"1° Que, el día 26 de septiembre de 1973, Luis Alberto Sepúlveda Carvajal, funcionario del Servicio Médico Legal de San Antonio, fue detenido, sin derecho, por oficiales de la Policía de Investigaciones de Chile, quienes lo trasladaron a la Escuela de Ingenieros Militares de Tejas Verdes, siendo llevado en horas de la noche al campo de prisioneros de dicha unidad militar, a cargo del mayor David Adolfo Miranda Monardes, el subteniente de reserva Raúl Pablo Quintana Salazar y el sargento 1° Ramón Luis Carriel Espinoza, todos del Ejército de Chile, lugar en que permaneció encerrado hasta el día 29 del mismo mes y año.
2° Que el día 29 de septiembre de 1973, a las 23:00 horas, Luis Alberto Sepúlveda Carvajal fue detenido, sin derecho, en su domicilio, por militares, quienes lo condujeron nuevamente al campo de prisioneros de la Escuela de Ingenieros Militares de Tejas Verdes, sitio en que permaneció privado de libertad hasta el 13 de octubre del mismo año, fecha en que fue trasladado a la Cárcel de San Antonio.
3° Que, en reiteradas oportunidades, Sepúlveda Carvajal fue trasladado desde el campo de prisioneros antes referido y desde la Cárcel de San Antonio hasta el subterráneo del casino de oficiales de la Escuela de Ingenieros Militares de Tejas Verdes, lugar en que fue interrogado y sometido a apremios ilegítimos, puntualmente aplicación de electricidad y malos tratos físicos, dejando como secuela un severo daño psicológico secundario a la experiencia traumática vivida durante su encierro.
4° Que la Escuela de Ingenieros Militares de Tejas Verdes en ese tiempo se encontraba bajo el mando del teniente coronel de Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, el mayor David Adolfo Miranda Monardes, el mayor Jorge Rosendo Núñez Magallanes y el mayor Mario Alejandro Jara Seguel, todos fallecidos.
5° Que, por otra parte, los interrogatorios bajo apremios ilegítimos realizados en el subterráneo del casino de oficiales de la Escuela de Ingenieros Militares de Tejas Verdes estaban a cargo del mayor Jorge Núñez Magallanes, el mayor Mario Jara Seguel, el capitán Klaudio Erich Kosiel Hornig, el teniente Ricardo Fortunato Judas Tadeo Soto Jerez, el sargento 2° Ramón Acuña Acuña, el médico Vittorio Orvieto Tiplitzky y el inspector de la Policía de Investigaciones Nelson Valdés Cornejo”.
Ministra Marianela Cifuentes dicta acusación en contra de miembros del Ejército (r) por secuestros, homicidios calificados, aplicación de tormentos y
Fuente :pdju.cl, 11de Septiembre 2023
Categoría : Prensa
La ministra Marianela Cifuentes, dictó auto de acusación en contra de exagentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y de un médico, por sus responsabilidades en los delitos de secuestro, homicidio calificado, aplicación de tormentos y asociación ilícita. Ilícitos perpetrados entre septiembre de 1973 y febrero de 1974 en el campo de prisioneros de Tejas Verdes, comuna de San Antonio.
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó auto de acusación en contra de exagentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y de un médico que prestó servicios en la rama castrense, por sus responsabilidades en los delitos de secuestro, homicidio calificado, aplicación de tormentos y asociación ilícita. Ilícitos perpetrados entre septiembre de 1973 y febrero de 1974 en el campo de prisioneros de Tejas Verdes, comuna de San Antonio.
En la resolución (causa rol 28-2009), la ministra Cifuentes acusó a Raúl Pablo Quintana Salazar, Vittorio Orvieto Tiplitzky y Ramón Luis Carriel en calidad de coautores de los delitos de secuestro, aplicación de tormentos y homicidio calificado de Oscar Armando Gómez Farías, Ceferino del Carmen Santis Quijada, Jorge Antonio Cornejo Carvajal, Jorge Luis Ojeda Jara, Víctor Fernando Mesina Araya, Florindo Alex Vidal Hinojosa, Carlos Aurelio Carrasco Cáceres, Carlos Alberto Galaz Vera y Miguel Ángel Moyano Santander y autores del delito de asociación ilícita.
En tanto, responsabilizó a Raúl Pablo Quintana Salazar, Vittorio Orvieto Tiplitzky y Ramón Luis Carriel Espinoza en calidad de coautores de los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos en contra de Luis Fernando Norambuena Fernandois, Gustavo Manuel Farías Vargas y autores del delito de asociación ilícita.
En la causa, la ministra Cifuentes imputó a Bernardo Purto Yarcho, en calidad de autor, de los delitos de secuestro y aplicación de tormentos en contra de Jorge Luis Ojeda Jara.
La ministra también dictó acusación en contra de Carlos Óscar Gregorio Evaristo Mardones Díaz, Miguel Krassnoff Martchenko, Richter Aliro Nuche Sepúlveda y Emilio Robert de la Mahotiere González, en calidad de autores de los delitos de asociación ilícita y de secuestro calificado de Ceferino Santis Quijada, Luis Fernando Norambuena Fernandois y Gustavo Manuel Farías Vargas.
La ministra dirigió imputación a Ricardo Fortunato Judas Tadeo Soto Jerez en calidad de autor del delito de asociación ilícita y de coautor de los delitos de secuestro, aplicación de tormentos y homicidio calificado de Oscar Armando Gómez Farías, Jorge Antonio Cornejo Carvajal, Jorge Luis Ojeda Jara, Víctor Fernando Mesina Araya, Florindo Alex Vidal Hinojosa, Carlos Aurelio Carrasco Cáceres, Carlos Alberto Galaz Vera y de coautor de los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos en contra de Luis Fernando Norambuena Fernandois, Ceferino del Carmen Santis Quijada, Gustavo Manuel Farías Vargas.
En tanto, la ministra responsabilizó a Valentín del Carmen Escobedo Azúa en calidad de coautor de los delitos de secuestro, aplicación de tormentos y homicidio calificado de Oscar Armando Gómez Farías, Jorge Antonio Cornejo Carvajal, Jorge Luis Ojeda Jara, Víctor Fernando Mesina Araya y Miguel Ángel Moyano Santander y de coautor de los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos en contra de Ceferino del Carmen Santis Quijada, Gustavo Manuel Farías Vargas y Luis Fernando Norambuena Fernandois.
En la resolución, la ministra dictó acusación en contra de Ramón Rodrigo de Jesús Capona Kurth, Manuel Jesús Zamorano Cortés y Gladys de las Mercedes Calderón Carreño en calidad de autores del delito de asociación ilícita y de coautores de los delitos de secuestro, aplicación de tormentos y homicidio calificado de Oscar Armando Gómez Farías, Jorge Antonio Cornejo Carvajal, Jorge Luis Ojeda Jara, Víctor Fernando Mesina Araya, Florindo Alex Vidal Hinojosa, Carlos Aurelio Carrasco Cáceres, Carlos Alberto Galaz Vera y Miguel Ángel Moyano Santander y de autores de los delitos de Ceferino del Carmen Santis Quijada, Luis Fernando Norambuena Fernandois, Gustavo Manuel Farías Vargas.
Finalmente, la ministra Cifuentes dictó acusación en contra Eugenio Armando Videla Valdebenito y de Cristian Labbé Galilea en calidad de autores del delito de asociación ilícita