Rut: 3.382.361-4
Cargos:
Grado : Lonco Mapuche
Rama : Civil
El caso de José Matías Ñanco: Los helicópteros del terror
Fuente :elsiglo.cl, 21 de Enero 2003
Categoría : Prensa
En el Juzgado del Crimen de San José de la Mariquina se presentó una querella por el homicidio calificado del comunero mapuche y pastor evangélico José Matías Ñanco, ejecutado en el marco de un operativo militar realizado en octubre de 1973 en la comunidad de Maikijawe.
Vladimir Riesco, abogado querellante, argumenta que se trata de un crimen de guerra que viola las disposiciones de los Convenios de Ginebra, lo que hace improcedente la aplicación de la Ley de Amnistía.
El 31 de octubre de 1973, Maikijawe, comunidad lafkenche de San José de Mariquina, despertó con el ruido ensordecedor de los helicópteros Puma que cayeron como pájaros del infierno en la pampa sagrada del nguillatún. Los militares, con sus caras pintadas, armados hasta los dientes y con lista en mano, allanaron las casas buscando armas y los "peligrosos extremistas" que habían sido denunciados ante la IV División de Ejército.
Más de 13 fueron llevados a hacia unos terrenos bajos. A lo lejos asomó la silueta de un hombre con una brazada de leña y la persona que acompaña a los militares le indica a un joven teniente que es José Matías Ñanco, "el principal extremista de la comunidad".
El militar da la orden de colocarse en la fila, pero Matías Ñanco, pastor evangélico, ante las atrocidades cometidas en contra de sus hermanos, comienza a predicar. El teniente se exaspera, repite la orden y dispara.
Un silencio absoluto se apodera de comunidad, mientras el cuerpo del pastor cae inerte frente a los ojos de los prisioneros.
A puntapiés sacan a un par de la fila, para que carguen el cuerpo hasta el sector de la Barra del Río Ligue. "Los militares nos golpeaban con sus fusiles para que corriéramos con el cuerpo de mi tío hasta el lugar donde había un helicóptero", recuerda Mateo Matías Ñancuán. Luego de eso, el cuerpo de José Matías Ñanco desaparece.
Los 13 prisioneros fueron golpeados por horas, hasta que volvieron los helicópteros que los llevarían a distintos regimientos de Valdivia, según consta en el pre informe "Testimonios de Tortura en Chile. 11 de septiembre-31 de diciembre de 1973", de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (Codepu), entregado al gobierno el 10 de diciembre de 2002.SUBTITULO Presentación de la querellaEl día 3 de octubre de 2002, fue presentada en el Juzgado del Crimen de San José de la Mariquina una querella criminal en contra de quienes resulten responsables del homicidio del agricultor y pescador de setenta años, José Matías Ñanco.
Las circunstancias en que se produjo el hecho se enmarcan en los múltiples allanamientos que durante los primeros meses de la dictadura se practicaron en la comunidad a fin de detectar focos de resistencia al gobierno de facto encabezado por la Junta Nacional de Gobierno. Es así como, el día 22 de septiembre de 1973, fueron detenidos tres comuneros maikijawe, siendo trasladados a distintos campos de prisioneros de la ciudad de Valdivia, donde fueron fuertemente torturados.
El abogado querellante, Vladimir Riesco, señala en base a los antecedentes recopilados mediante los testimonios de vecinos del sector y familiares de la víctima que "existió un listado de personas de la comunidad que fue confeccionado por habitantes de ésta, que los sindicaba como miembros activos de la Unidad Popular que habían integrado una Junta de Abastecimiento y Precio (JAP), organizados o ayudados a organizarse por un profesor básico que trabajaba en la escuela del lugar. Fueron denunciados ante el Intendente de la época y Jefe de la IV División de Ejército, realizándose dos operativos, siendo asesinado en el segundo José Matías".
Todos los detenidos en el operativo sindican como delator a Juan Caniulaf Hualme, actual lonko de la comunidad, los que consta en el pre informe de Codepu, que señala que "efectivos militares, acompañados de un civil, Juan de Dios Cañulaf Hualme, actual lonko de la comunidad de Maikijawe, me detuvieron junto a 14 personas de la comunidad acusados por Cañulaf de comunistas" (testimonio de Francisco Matías Nahuelpán). El hijo de la víctima, José Matías Nahuelpán, testimonia que "la comunidad fue allanada por militares de Valdivia, guiados por el traidor Juan Caniulaf".
El Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación señala que "efectivos militares realizaron un operativo y detuvieron a alrededor de trece personas, formándolas en fila. José Matías se negó a obedecer dirigiéndose en términos duros a los militares y forzó el arma de uno de ellos, entonces le dispararon y le dieron muerte".
Una vez asesinado Matías Ñanco, los militares obligaron a los familiares de la víctima a transportar el cuerpo por varios kilómetros hasta llegar a las inmediaciones de la localidad de Misissipi, donde es subido a un helicóptero que transportaba tropas y detenidos para ser llevados al Regimiento Cazadores, de Valdivia. A la fecha no se conoce el paradero de los restos.SUBTITULO Crimen de guerra Por las circunstancias en que se efectuó el homicidio de José Matías Ñanco, éste constituye una violación a los Convenios de Ginebra Sobre el Tratamiento a los Prisioneros de Guerra y a Las Personas Civiles en Tiempos de Guerra, publicados en el Diario Oficial el 18 de abril de 1951 y el 12 de agosto de 1950. El abogado Vladimir Riesco señala que en esa época "existe un complot de parte de militares golpistas que se extiende al grueso del Ejército a fin de tomar el poder. Los militares señalan una serie de actuaciones, que Chile se encontraba en estado de guerra interna y en virtud a eso invocan el principio de justicia militar en tiempos de guerra. Ellos mismos señalan que sería improcedente, justificándose ante organismos internacionales, aplicar el habeas corpus porque en Chile existía una guerra interna, siendo reiteradas las acciones administrativas en ese tenor. Si había guerra interna había que aplicar el derecho de la guerra".
Ambos cuerpos normativos señalan en su artículo 3°, en cuanto a las prohibiciones, "los atentados a la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, torturas y suplicios… Las condenas dictadas y las ejecuciones efectuadas sin previo juicio…". Riesco, argumenta que "en el marco de un operativo militar realizado con toda la infraestructura que contaba el ejército en esa época, helicópteros Puma, llegando a un lugar rural extremo, causa un profundo temor en la población, los capturan y luego ejecutan a una persona y torturan al resto. Existe una infracción a los Convenios de Ginebra y por ello entonces, al cometerse un delito, nos encontramos con un crimen de guerra".
En cuanto a la Ley de Amnistía, argumentada por la defensa en los casos de violaciones a los derechos humanos, el abogado querellante señala que "el aplicar la Ley de Amnistía en el Estado chileno supone el denegar la posibilidad de acceder a la justicia por crímenes contra la Humanidad y esto constituye una infracción a la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto de San José de Costa Rica y a otras deposiciones del mismo tenor". Siendo el caso inamnistiable, "de declararse lo contrario los tribunales de justicia estarían cometiendo un grave error y exponiendo al Estado de Chile a asumir responsabilidades ante organismos internacionales".
por Marcia Klein Asencio
El máximo Tribunal rechazó la amnistía en caso de José Matías Ñanco
Fuente :cronicadigital.cl 21 de Enero 2007
Categoría : Prensa
El máximo Tribunal chileno rechazó la amnistía y la prescripción en caso de José Matías Ñanco, detenido desaparecido en octubre de 1973, considerando que se trata de un crimen político y de lesa humanidad, por tanto imprescriptible e inadmistiable. La Corte Suprema revirtió el fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia, quien consideró que […]
El máximo Tribunal chileno rechazó la amnistía y la prescripción en caso de José Matías Ñanco, detenido desaparecido en octubre de 1973, considerando que se trata de un crimen político y de lesa humanidad, por tanto imprescriptible e inadmistiable.
La Corte Suprema revirtió el fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia, quien consideró que la muerte de José Matías Ñanco en 1973 estaba prescrita, y condenó a los seis implicados pertenecientes al Ejército y a la Armada. Además, ratificó la vigencia de los Convenios de Ginebra, firmados en 1951 por nuestro país.
El máximo tribunal confirmó su postura sobre los crímenes en contra de opositores políticos ocurridos durante la dictadura, los cuales son considerados de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles e inadmistiables
El máximo tribunal determinó además que los convenios de guerra de Ginebra están por sobre la legislación nacional y, por lo tanto, es deber del Estado sancionar este tipo de crímenes, considerando que el Juzgado de San José de la Mariquina y la Corte de Apelaciones de Valdivia habían rechazado condenar a los involucrados por considerar que la acción se encontraba prescrita.
Ñanco, de 60 años de edad, pescador, predicador protestante y simpatizante de izquierda fue fusilado el 31 de octubre de 1973 en la localidad de Rahue, Décima Región, y su cuerpo fue arrojado al mar desde un helicóptero, crimen que el Juzgado de San José de la Mariquina y la Corte de Apelaciones de Valdivia consideraron prescrito y absolvieron a los implicados.
LAS CONDENAS QUE ESPERAN A LOS RESPONSABLES DEL CRIMEN
El máximo tribunal condenó a la pena de cinco años y un día de presidio sin beneficios al coronel (R) del Ejército Sergio Rivera Bozzo y a tres años de presidio en las mismas condiciones al ex recluta de la Armada Juan de Dios Caniulaf.
Penas de 541 días remitidos recibieron Cristián Bórquez Bernucci, Rodolfo Mondión Romo, Julio Vera Arriagada y Javier Vera Juneman, todos ellos partícipes del homicidio de Ñanco, a quien luego arrojaron a aguas del Pacífico desde un helicóptero.
Aniversario del martirio del valiente pastor pentecostal José Matías Ñanco.
Fuente :elotrocanuto.wordpress.com, 31 de Octubre 2020
Categoría : Prensa
Hoy es 31 de octubre, día nacional de las Iglesias Evangélicas, y también aniversario del martirio de un valiente pastor pentecostal, específicamente de la Iglesia del Señor, llamado José Matías Ñanco, quien murió predicando el «no matarás» en tiempo en que hacer eso era sinónimo de ser asesinado a manos del gobierno militar en Chile.
Un 31 de octubre de 1973 ocurrió uno de los brutales operativos que han sido denominados como «los helicópteros de la muerte» en tiempos en que la dictadura militar recién comenzaba.
Básicamente, aparecían agentes del Ejército fuertemente armados a bordo de helicópteros que atacaban poblados y realizaban operativos secuestrando y asesinando a personas que pudieran identificar como «peligrosas» para el naciente régimen.
En esta ocasión aparecieron en Maikijawe, comunidad Lafkenche de San José de Mariquina, pues habían recibido una denuncia de que existían «peligrosos extremistas» en ese lugar. Pero resultaba ser que esta era una comunidad mapuche y pentecostal, y que José Matías Ñanco era pastor allí. Al parecer, una delación irresponsable de uno de los soldados, también de origen mapuche aunque católico y militante del Partido Nacional, habría inducido el operativo.
Al caer sobre la comunidad este operativo, el pastor José Matías Ñanco habría intentado detener a los militares predicándoles el evangelio y recitando pasajes de la Biblia que hablan de no matar. Según su hijo él les habría dicho «¿por qué ustedes matan?», porque Dios no viene a matar, sino que El nos da la vida en abundancia y porque ésto con gente ignorante que no sabe».
Entonces, de acuerdo con el hijo del Pastor José, habría ocurrido que «Ahí un militar, molesto con sus palabras, le disparó y cayó con sus tres o no recuerdo cuántos tiros».
De acuerdo con la Revista Evangelio y Sociedad de SEPADE, «la leyenda -surgida entre la gente de Maiquillahue- cuenta que en el momento en que el pastor pronunciaba las palabras de la Biblia a un militar que lo apuntaba se le habría quebrado el arma y por este hecho lo habrían matado».
Luego de asesinarlo, los militares ordenaron bajo amenazas a sus familiares y hermanos en la fe a subir su cuerpo a un helicóptero, y desde ahí nunca más se le volvió a ver ni se ha encontrado su cuerpo. Su esposa tomó parte de la sangre coagulada que dejó en el suelo, y la enterró e hizo un funeral con ella. Ella sufrió muchísimos años de depresión por este hecho.
Los familiares nunca creyeron en la venganza a quienes realizaron este acto pues su fe en el Señor les invitó a no hacerlo, pero sí mantuvieron hasta siempre el deseo de que existiera justicia y verdad respecto a este cruel acto a través de un juicio con arreglo a la ley, cuestión que llegaría 30 años después y con mucha lucha. Asimismo, larga ha sido la lucha por encontrar su cuerpo, cosa que aun no ocurre.
El año 2004, por sentencia de la Corte Suprema Rol Nº 2666-04 se revocó la sentencia que había declarado prescrito este asesinato y se condenó a Sergio Héctor Rivera Bozzo, Christian Edgardo Bórquez Bernucci, Rodolfo Ramón Mondión Romo, Julio Germán Vera Arriagada, Javier Luis Felipe Vera Jünemann y a Juan de Dios Caniulaf Hualme por su participación en la muerte del pastor José Matías Ñanco.
Dicha sentencia es de gran importancia pues en ella la Corte Suprema aplica directamente una Convención de Derechos Humanos, específicamente la Convención de Ginebra de 1951 que declara imprescriptibles e inamnistiables los crimenes de lesa humanidad.
En diciembre de 2009 la Asociación Mundial de Comunicadores Cristianos (WACC), el Servicio Evangélico para el Desarrollo SEPADE y Valdivia Films, realizaron un documental dirigido por Roberto de la Parra, denominado 31 de Octubre, que cuenta esta historia. El lanzamiento del documental se efectuó el 22 de Octubre de 2009, en la Cineteca del Centro Cultural La Moneda.
Este caso se hizo conocido gracias a un reportaje que hizo la Revista Evangelio y Sociedad del Servicio Evangélico para el Desarrollo en 1990. Dicho reportaje fue muy importante también para el proceso penal y la determinación de responsabilidades.
En la foto, una de las nietas del pastor José Matías Ñanco, llamada Susana Matías, observando la tumba simbólica de su abuelo.