Descripción General
Categoría : Otra Información
El Retén de Carabineros, Portezuelo fue utilizado como recinto de detencion para presos políticas de la region.
Fuentes de Información Consultadas: Informe Valech; Memoriaviva;
Muere preso en Colina I ex carabinero involucrado en la ejecución de cinco pobladores en 1973
Fuente :eldesconcierto.cl, 12 de Julio 2018
Categoría : Prensa
Se trata del funcionario de Carabineros en retiro Leonidas Bustos San Juan, de 87 años, quien en 2015 fue sentenciado a diez años de prisión. El juez Mario Carroza acreditó su responsabilidad en la detención y ejecución de pobladores en Quilicura.
Este jueves en la mañana se confirmó la muerte del primer ex oficial de la dictadura condenado por un delito de violación a los Derechos Humanos que cumplía pena en Colina 1.
Se trata del funcionario de Carabineros en retiro Leonidas Bustos San Juan, de 87 años, quien en 2015 fue sentenciado por su responsabilidad en el homicidio de cinco pobladores del sector de Portezuelo de la comuna de Quilicura en septiembre 1973.
Ese año 2015 el ministro Mario Carroza condenó a Bustos, al igual que a Juan Guzmán y René Ortega, con diez años de presidio mayor en grado medio. Y no se les entregó ningún tipo de beneficio.
Ejecución fuera de la ley
En la sentencia contra Bustos, el juez Mario Carroza logró acreditar que «el día 26 de septiembre de 1973, en el sector norte de la Región Metropolitana, comuna de Conchalí, funcionarios de Carabineros, pertenecientes a diversas unidades de la jurisdicción, efectuaron diversos procedimientos sin orden judicial, algunos de manera conjunta con personal del Ejército e Investigaciones, a sectores como la Villa Araucanía, los campamentos La Arboleda y Carlos Cortés Díaz y a las poblaciones El Cortijo, Eneas Gonel y Santa Mónica y detuvieron sin justificación legal alguna, entre otros a los pobladores Ramón Bernardo Beltrán Sandoval, Abraham José Romero Jeldres, Rodolfo Ismael Rojas González, Juan Luis Inostroza Mallea y Carlos Alejandro Ibarra Espinoza».
La madrugada del 27 de septiembre, dice el fallo, los funcionarios policiales retiraron del cuartel a los detenidos y los trasladaron al sector de Portezuelo, en Quilicura, donde bajan a los detenidos, los hacen arrodillarse «y les ejecutan disparándoles en la región craneal».
Según publicó la revista Punto Final, en la edición Nº 853, del 10 de junio 2016, Carlos Alejandro Ibarra Espinoza tenía 27 años, era comerciante ambulante y vivía junto a su esposa, Mirta Echeverría Reyes, y sus hijos en la población El Barrero, comuna de Huechuraba. El 25 de septiembre Ibarra estaba en el restaurant “El Sauce”, en la calle El Gambino, de Conchalí. Fue delatado por el dueño del local y detenido por Carabineros de la Tenencia Eneas Gonel. Esa unidad la dirigía el teniente René Ortega Troncoso.
Patricia del Pilar Rojo Ibarra, sobrina de Carlos Ibarra, dijo que “una vez que se entera de su detención y le confirman que se trataba de los carabineros de la Tenencia Eneas Gonel, concurre con sus familiares hasta el cuartel y tienen posibilidad de verlo y conversar con él por una pequeña ventana del calabozo”. En esa oportunidad Ibarra les señala que se encontraba detenido junto a otras tres personas. Ese día “se encontraba en la guardia un carabinero de apellido (José Fernando) Romero (Castillo), acompañado por los carabineros Leónidas Bustos y Juan Andrés Guzmán Valencia, quienes al ser consultados por la situación de su tío, señalaron que permanecería detenido en ese lugar por ese día… Conocía bastante bien a los funcionarios de la Tenencia, ya que les lavaba ropa y le llevaba almuerzo al carabinero Juan Andrés Guzmán desde mediados del año 1972; incluso éste almorzaba en algunas oportunidades en mi casa”, precisó Patricia Rojo Ibarra.
Al día siguiente, regresaron y conversaron nuevamente con el carabinero Romero. Este les mintió, pues “les asegura que los detenidos habían sido liberados en horas de la noche”. Sin embargo, cuando dijo eso a los familiares, había asesinado a Ibarra y a otros cuatro pobladores hacía sólo un rato.
Condenan a tres Carabineros (r) por la ejecución de cinco pobladores en 1973.
Fuente :vozciudadananoticias.com, 29 de Septiembre 2015
Categoría : Prensa
El ministro en visita extraordinaria para causa por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó sentencia en contra de tres carabineros en retiro, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Ramón Beltrán Sandoval (24), Abraham Romero Jeldres (29), Rodolfo Rojas González (24), Juan Inostroza Mallea (19) y Carlos Ibarra Espinoza (27), ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en el sector de Portezuelo de la comuna de Quilicura.
En la resolución el ministro de fuero condenó a penas de 10 años y un día de presidio efectivo como coautores de los homicidios a:
- Juan Guzmán Valencia
- Leonidas Bustos San Juan
- René Ortega Troncoso
Asimismo, absolvió por falta de participación a Rolando Luengo Luengo.
En la etapa de investigación, el magistrado dio por acreditados los siguientes hechos:
«El día 26 de septiembre de 1973, en el sector norte de la Región Metropolitana, comuna de Conchalí, funcionarios de Carabineros, pertenecientes a diversas unidades de la jurisdicción, efectuaron diversos procedimientos sin orden judicial, algunos de manera conjunta con personal del Ejército e Investigaciones, a sectores como la Villa Araucanía, los campamentos La Arboleda y Carlos Cortés Díaz y a las poblaciones El Cortijo, Eneas Gonel y Santa Mónica y detuvieron sin justificación legal alguna, entre otros a los pobladores Ramón Bernardo Beltrán Sandoval, Abraham José Romero Jeldres, Rodolfo Ismael Rojas González, Juan Luis Inostroza Mallea y Carlos Alejandro Ibarra Espinoza.
En la madrugada del día 27 de septiembre de 1973, funcionarios de la tenencia Eneas Gonel Marín, en cumplimiento de órdenes emanadas del jefe de la unidad policial, retiran del cuartel a los detenidos y en una camioneta, los trasladan hasta el sector de Portezuelo, comuna de Quilicura, donde se bajan los funcionarios y los detenidos, a quienes los hacen arrodillarse y les ejecutan disparándoles en la región craneal«.