Ubicación:Calle Jordán Valdivieso s/n Talcahuano VIII Región
Organismos:Otros
Rama:Armada
Geolocalización: Google Maps Link
Descripción General
Categoría : Otra Información
El Estadio El Morro de Talcahuano, según el informe Rettig, se utilizó como recinto de detención y exterminio por parte de la DINA.
El 28 de septiembre de 1975 fue muerto Oscar Segundo Arros Yáñez, de 27 años, casado, una hija, era estudiante de la Universidad Técnica del Estado y trabajaba como tornero en la Empresa Nacional del Carbón (ENACAR). Militante del MIR, fue detenido en su lugar de trabajo el 26 de septiembre de 1975 por agentes de la DINA y llevado al Estadio El Morro de Talcahuano.
Al día siguiente el detenido fue llevado por sus captores a su domicilio para que se cambiara de ropa. Su cónyuge pudo apreciar que se encontraba en mal estado, lleno de hematomas.
El día 28 se le informó que el cuerpo se encontraba en la morgue del Hospital de Lota Bajo, donde había sido llevado ya muerto por cinco agentes de la DINA. Un médico le comunicó a la familia que había sido flagelado y que registraba dos impactos de bala.
Fuentes de Información Consultadas: Informe Rettig; CIPER
Estadios usados como campos de detención
Fuente :futbol-nostalgia.blogspot.com, 25 de Septiembre 2021
Categoría : Otra Información
Se suele decir que política y deporte no es una buena mezcla y que lo ideal es evitarlo. Sin embargo, a lo largo de la historia, innumerables ejemplos demuestran que, guste o no, ambas historias se han entrelazado.
A partir de ese martes 11 de septiembre de 1973, con el golpe de estado de las fuerzas militares del país quebrara el gobierno democrático del Presidente Salvador Allende Gossens, distintos recintos deportivos se convirtieron en centros de detención, donde de paso, se llevaron a cabo actos de tortura y violación de los derechos humanos de miles chilenos.
De acuerdo a los registros de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, fueron muchos los recintos deportivos que se utilizaron como centros de detención y tortura. A continuación se describen algunos de ellos.
Estadio Nacional
Desde el 11 de septiembre hasta el 9 de noviembre de 1973, el Estadio Nacional fue utilizado como campo de concentración, tortura y muerte. Más de doce mil prisioneros políticos fueron detenidos allí sin cargos ni procesos luego del violento golpe de estado.
Durante octubre de 1973 los ex futbolistas y seleccionados nacionales para el mundial de 1962, Hugo Lepe y Mario Moreno, estuvieron detenidos en el campo de concentración del Estadio Nacional. Liberados gracias a gestiones de amigos futbolistas, entre ellos Francisco Chamaco Valdés. Menos de un mes después de liberado, Hugo Lepe volvió a los túneles y tribunas de su ex centro de tortura, a ver el partido entre la Selección de Chile y el Santos de Brasil, organizado para celebrar la clasificación de la "roja" al Mundial de Alemania 1974.
El 11 de octubre de 1973, un periodista deportivo oriundo de Punta Arenas fue detenido por las fuerzas militares, acusado de activismo peligroso y trasladado a un centro de detención y tortura situado en las dependencias de un estadio. Su nombre era Vladimiro Mimica. Su paradero, el Estadio Nacional de Santiago.
En septiembre 2018, los futbolistas Isaac Díaz y David Pizarro, ambos jugadores de la Universidad de Chile, se acercaron hasta el memorial al interior del recinto de Ñuñoa para depositar un ramo de flores, en recuerdo a las víctimas de la dictadura. Ese gesto fue visto como excepcional en el mundo del deporte.
Estadio Chile.
El Estadio Chile fue el primer recinto deportivo techado del país, convirtiéndose en un escenario privilegiado para el desarrollo de eventos deportivos y culturales. Fue inaugurado en el año 1969. Tras el Golpe Militar del 11 de septiembre de 1973, el recinto fue utilizado como centro de detención y tortura. En pocos días transitaron aquí cientos de prisioneros.
El 15 de septiembre se produce un desalojo masivo de detenidos, trasladándolos al Estadio Nacional. La mayoría de los obligados a permanecer en el Estadio Chile fueron asesinados, entre ellos el cantautor Víctor Jara. Entre el 15 de noviembre y julio de 1974, se convirtió en el principal centro de detención y tortura de la capital.
Tras el retorno a la democracia, el estadio fue utilizado como espacio para el desarrollo de conciertos masivos, y en menor medida como centro deportivo. En el año 2003 se cambia el nombre original del recinto por el de Estadio Víctor Jara, en homenaje al cantautor, reconocido nacional e internacionalmente, quien fue detenido, torturado y asesinado en este lugar.
Estadio Maestranza San Eugenio.
Los testimonios recibidos por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura establecieron que la totalidad de las detenciones en este recinto ocurrieron en 1984. Según las declaraciones, se mantuvo recluidos aquí a los hombres detenidos en los allanamientos masivos a las poblaciones de la zona sur, como La Victoria y otras. Los prisioneros fueron mantenidos a la intemperie en las canchas de este recinto, donde recibían amenazas y golpes. Algunos declarantes coinciden en haber sido trasladados a otros recintos para ser interrogados. Otros denunciaron que desde este estadio fueron trasladados por la CNI al cuartel Borgoño, donde fueron interrogados y torturados y luego, algunos, relegados.
La presencia en el barrio de los estadios San Eugenio (demolido en 2012) y Juan Yarur (demolido en 1965) permite comprender la relevancia que las estrategias de carácter deportivo tuvieron para los trabajadores fabriles y ferroviarios y también para todo el barrio en su conjunto. No es de extrañar que los principales equipamientos y espacios públicos del barrio estuvieran asociados a las fábricas y a la Maestranza San Eugenio, particularmente el estadio San Eugenio y el estadio Juan Yarur.
Los sonidos, imágenes y actividades que eran reconocidos por todos sus habitantes, como las sirenas de Yarur y de la Maestranza, las chimeneas de Yarur, el paso del ferrocarril por el centro del barrio, los partidos de futbol en el estadio San Eugenio, etc., todo eso fue desapareciendo con el tiempo para sólo quedar en la memoria del barrio.
Estadio Playa Ancha.
El actual Estadio Bicentenario Elías Figueroa fue un centro de detención de la dictadura de Augusto Pinochet, entre septiembre y noviembre de 1973. Este recinto estuvo a cargo de la Armada. Fue parte de los 100 recintos de la Región de Valparaíso donde se practicaron torturas y cometieron crímenes de lesa humanidad.
El lugar, donde es local Santiago Wanderers, el equipo de fútbol más antiguo del país, fue utilizado para mantener a personas detenidas bajo amenaza, retenidas a la intemperie, privadas de alimentación y abrigo. Allí la Armada de Chile mantenía a los prisioneros políticos en camarines inundados con agua, en graderías o en la misma cancha.
Las instituciones del Consejo de Monumentos Nacionales, la Dibam y el Ministerio del Deporte han instalado en el Estadio de Playa Ancha, actual Estadio Elías Figueroa Brander, una placa que lo identifica como Sitio de Memoria, para reconocer que en el lugar se cometieron graves violaciones a los Derehos Humanos.
Estadio Regional de Concepción.
El 16 de septiembre de 1962, con un partido entre River Plate y Universidad Católica, fue inaugurado el Estadio Municipal de Concepción. Once años después, el 19 de septiembre de 1973, ese mismo recinto se convertía en centro de detención y tortura de víctimas de la dictadura militar.
Esa temporada, Deportes Concepción tenía un gran equipo, arrancó el campeonato de manera memorable y muchos dicen que estaba para pelear el título.
Rolando García fue parte de ese equipo y recuerda que “teníamos goleadores como el ‘Matute’ Fabres y Víctor Estay, Cantatore, Urrizola…" Era un gran equipo, dirigido por el mítico Jaime Ramírez, figura del Mundial del ’62. Los lilas tuvieron un inicio de ensueño, con 14 partidos invictos. Pero algo descolocó a ese equipo y tardó 8 partidos en volver a ganar. Les tocaba hacer de local en los estadios El Morro, Las Higueras o donde fuera.
En enero 1974, cuando faltaban 4 fechas, se abrió el estadio Municipal de Collao. Deportes Concepción todavía tenía remotas posibilidades de entrar a la Copa Libertadores. “Sabíamos que ahí había gente presa y las cosas terribles que pasaban adentro. Ese día los sacaron, los enviaron a otro lado, pero no era algo normal, aunque estábamos en nuestra casa. No quisimos ducharnos en esos camarines, así que dimos la vuelta y nos fuimos para Nonguén”, rememora García.
Este es el Estadio Municipal de Collao – que se construyó en la administración de la alcaldesa Ester Roa, para convertirse en una de las sedes del Mundial de Fútbol de 1962, algo que no consiguió – y se convirtió en centro de detención y tortura.
Estadio El Morro de Talcahuano.
El Estadio El Morro es un recinto deportivo con capacidad para 7142 espectadores, ubicado en la comuna de Talcahuano. Toma el nombre de el Morro por ser una cancha de fútbol en que los espectadores aprovechan la pendiente del cerro para observar los partidos de fútbol.
El Estadio El Morro de Talcahuano, según el informe Rettig se utilizó como recinto de detención y exterminio por parte de la DINA.
El 28 de septiembre de 1975 fue muerto Oscar Segundo Arros Yáñez, tornero, militante del MIR. El había sido detenido el día 26 de ese mes en Lota, siendo conducido por miembros de la DINA al Estadio El Morro de Talcahuano. Al día siguiente el detenido fue llevado por sus captores a su domicilio para que se cambiara de ropa. Su cónyuge pudo apreciar que se encontraba en mal estado, lleno de hematomas. El día 28 se le informó que el cuerpo se encontraba en la morgue del Hospital de Lota Bajo, donde había sido llevado ya muerto por cinco funcionarios de la DINA. Un médico le comunicó a la familia que había sido flagelado y que registraba dos impactos de bala. En atención a ella esta Comisión lo considera como ejecutado por funcionarios de la DINA, quienes violaron así sus derechos humanos.
Gimnasio Sokol de Antofagasta
El Estadio Sokol Dinko Franulic Harasic, también conocido como Estadio Sokol o simplemente como Gimnasio Sokol, es un estadio cubierto y centro multideportivo ubicado en la ciudad de Antofagasta, ubicado a pocos minutos del centro de la ciudad. En él hace de local el equipo de básquetbol Antofagasta Sokol.
Fue construido por la comunidad croata instalada en Antofagasta, tras la fundación del Club Deportivo Antofagasta Sokol, inicialmente llamado Club Deportivo Jugoslavenski Športski Klub Sokol. Cuenta con una multicancha techada con una capacidad para 6500 personas, canchas de baby fútbol, piscina, instalaciones radiales y un patio de esparcimiento.
Según el informe oficial de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, más conocida como Comisión Valech, emitido el año 2004, el Estadio Sokol fue señalado, por un número significativo de testimonios, como un centro de detencion y tortura en la ciudad de Antofagasta que operó durante el año 1973.
Estadio Español de Osorno
El Estadio Español, ubicado en calle Santa Elisa, y de dependencia directa de la colonia Española residente en Osorno fue el centro de detención y tortura más grande de la Provincia de Osorno, el cual estuvo a cargo del Ejército.
La mayoría de detenidos corresponden al año 1973. Era un local techado con una cancha de básquetbol y graderías para tres mil personas. Los detenidos fueron instalados en la cancha, mientras las graderías estaban ocupadas por militares, cuyas armas apuntaban hacia los prisioneros. No tenían ninguna privacidad para lavarse y hacer sus necesidades básicas. La alimentación era restringida: tenían un horario determinado para recibir comida de sus familiares y solo tres minutos para acudir a recibirlos a la puerta. Los presos que venían de fuera de Osorno no recibían comida ni vestimentas ni frazadas.
A este recinto llegaban detenidos procedentes de comisarías, retenes y cuarteles de Investigaciones de la provincia. Su arribo era casi siempre en muy malas condiciones físicas, a consecuencia de las torturas que sufrieran en esos lugares. En un momento habían 182 personas adentro, durmiendo en el piso, en la cancha. Desde el estadio se les trasladaba con frecuencia, sin aviso y durante la noche, a la Fiscalía Militar, ubicada en el hospital base de Osorno o al Cuartel de Investigaciones, para someterlos a interrogatorios y torturas.
Estadio Fiscal de Punta Arenas
En la ciudad de Punta Arenas, el estadio Fiscal estuvo a cargo de la Fuerza Aérea de Chile. De acuerdo a cifras y registro. En diciembre de 1973 un total de 38 personas estaban detenidas en el lugar, donde además de vejaciones, tuvieron que trabajar en la construcción del mismo recinto.
Según consta de los antecedentes, este lugar fue utilizado desde septiembre del año 1973 hasta el año 1974. Este recinto se habilitó como lugar de reclusión, interrogación y tortura de prisioneros, hombres y mujeres, provenientes desde regimientos, centros de torturas y la isla Dawson. Hubo un flujo constante de prisioneros que ingresaban, eran trasladados o liberados. Mientras permanecían en el recinto eran ubicados en un pabellón situado cerca de la entrada trasera del estadio, donde estuvieron incomunicados en los camarines, divididos en dos grupos. Durante el día debían trabajar en obras de término del estadio, aunque gran parte del tiempo permanecían encerrados.
Los ex detenidos en este lugar denunciaron haber sufrido golpes, trabajos forzados, simulacros de fusilamiento, fueron obligados a escuchar y presenciar las torturas a otros prisioneros, a ejecutar ejercicios forzados y a golpear a sus compañeros.
A lo largo del país muchos otros campos deportivos han sido identificados como centros de detención y tortura por la dictadura militar. Entre ellos también se encuentran el Estadio Regional de Coronel y el Estadio Cendyr de Talca.
Torturas en dictadura: ministra en visita inspecciona estadio El Morro de Talcahuano
Fuente :biobiochile.cl, 8 de Julio 2019
Categoría : Prensa
Una inspección personal al estadio El Morro de Talcahuano efectuó la ministra de la Corte de Apelaciones de Concepción, Yolanda Méndez, lugar que tras el golpe militar de 1973 funcionó como centro de detención de opositores a la dictadura.
La ministra Méndez investiga las denuncias por tortura y en ese marco es que accedió a la diligencia solicitada por cinco querellantes -exmiembros del MIR detenidos y sometidos a distintos apremios físicos y psicológicos por parte de personal del Centro de Inteligencia Regional (CIRE)-, en hechos ocurridos en 1975.
En la inspección personal del tribunal intervinieron efectivos de la PDI, la abogada querellante Patricia Parra, así como las víctimas, quienes dieron cuenta a la ministra en visita de los apremios ilegítimos sufridos, testimonios de los cuales podrían desprenderse diligencias dirigidas a establecer la responsabilidad por la violación de derechos humanos.
Lo que buscan los querellantes es que se identifique y sanciones a los autores de las torturas suridas tras ser detenidos ilegalmente, acusados como miembros del grupo de resistencia al régimen de Augusto Pinochet.
La valoración histórica de El Morro de Talcahuano
Fuente :resumen.cl, 25 de Julio 2017
Categoría : Prensa
El 6 de julio recién pasado la Ministra de Educación firmó el decreto mediante el cual el Estado de Chile valida la declaratoria del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) que el 23 de noviembre de 2016 declaró al Fuerte El Morro de Talcahuano como Monumento Histórico Nacional y Sitio de Memoria.
La resolución tiene su origen en la solicitud presentada el julio de 2016 por la Corporación Mutual Bautista Van Schouwen Vasey, de Concepción, ante el Consejo de Monumentos Nacionales, cuyos integrantes la aprobaron por la mayoría de sus miembros.
La crucial decisión fue adoptada por el CMN y refrendada por la Ministra de Educación, entre otras consideraciones, debido a la utilización del recinto, a partir del golpe militar del 11 de septiembre de 1973, como centro clandestino de detención y torturas, por parte de agentes del estado.
La Contraloría General de la Republica hizo toma de razón del decreto respectivo, el que fue informado en el diario oficial, trámite con el cual la declaratoria tiene carácter de definitiva, de acuerdo a la Ley de Monumentos Nacionales.
El recinto El Morro se constituye así en el segundo sitio en tener la categoría de Monumento Histórico en la comuna de Talcahuano. El primero es el Cerro Puntilla, de Perales, lugar donde el Libertador Bernardo O´Higgins, durante el sitio a Talcahuano, el 1 de enero de 1818, sobre un tambor, firma el acta de independencia de Chile y se la envía al Coronel Ordoñez, ex intendente de Concepción, quien dirigía las tropas realistas sitiadas por los patriotas en Talcahuano.
Dos hechos históricos separados por más de 155 años pero relacionados entre sí ya que la última acta original de la independencia de Chile firmada por O´Higgins, ardió el 11 de septiembre de 1973, tras el incendio del palacio de la Moneda provocado por el bombardeo de los aviones Hawker Hunter, de la Fuerza Aérea, que despegaron precisamente desde el aeropuerto Carriel Sur de Talcahuano.
El Morro es el primer Sitio de Memoria en nuestra provincia y en la región. No es una mera coincidencia que este primer espacio recuperado para la memoria popular este ubicado en Talcahuano. La Armada y las fuerzas armadas instaladas en esta comuna fueron parte fundamental de la gestación y ejecución del golpe militar en Chile, tanto de los sucesos que le precedieron, como de la cruenta represión posterior.
Ya incluso antes del golpe, la oficialidad golpista desató una feroz acción represiva al interior de la Armada, dirigida a frenar y frustrar la rebelión de la marinería que intentaba organizarse para detener el golpe militar contra el gobierno popular. La actividad de los marinos de la tropa fue detectada por los oficiales golpistas quienes apresaron a centenas de soldados y a miembros de partidos de la izquierda acusados de apoyar la acción de la marinería; los detenidos fueron recluidos y sometidos a torturas en los propios recintos de la Armada.
Aún durante el propio gobierno de Allende, en la llamada Ciudadela de la Base Naval de Talcahuano, los oficiales golpistas entrenaban a sus tropas en la aplicación de métodos de guerra interna y de control de la población civil.
Tras el golpe militar, en Talcahuano se montaron centros de reclusión de presos políticos, y centros de detención y tortura, en la Base Naval, en el Fuerte Borgoño, en la Isla Quiriquina, en el ex Fuerte El Morro, y en otros recintos menores dependientes de la Armada, instalaciones por donde pasaron cientos de detenidos.
La categoría de Monumento Histórico y Sitio de Memoria del ex Fuerte El Morro viene a salvaguardar este recinto de su abandono y destrucción, así como a servir de hito para la historia y memoria popular chorera, penquista y chilena.
El informe secreto de Pinochet sobre los crímenes
Fuente :ciper.cl, 10 de Septiembre 2013
Categoría : Prensa
Una investigación ordenada por el general Augusto Pinochet y realizada entre marzo y abril de 1976 por su ministro de Defensa, general Herman Brady, sobre los “juicios instruidos contra personal del Ejército por abuso de sus funciones” revela episodios desconocidos de la violencia indiscriminada después del Golpe, agrega numerosas víctimas que no aparecen consignadas en el Informe Rettig y demuestra que las autoridades del régimen conocieron los crímenes y sepultaron sus huellas.
En marzo de 1976, Augusto Pinochet ordenó investigar las violaciones a los derechos humanos cometidas por sus tropas. Así, como suena. El anuncio de la visita de una delegación de parlamentarios demócratas norteamericanos, la inminente reunión de la OEA (en junio) en Santiago además de las crecientes condenas a Chile por la violación a los derechos humanos provocaron la insólita decisión. Ordenó informar y sus subordinados lo hicieron. En un extenso documento se detallan 93 casos de asesinatos, violaciones a mujeres y torturas. Lo que devolvieron las fiscalías militares no fue del agrado del entonces presidente de la Junta Militar. No era presentable. El informe ordenado por Pinochet desapareció. Nadie más supo de su existencia.
El general lo pidió en cuanto se enteró de la visita a Chile de los congresales estadounidenses Toby Moffett, George Miller y Tom Harkin. Y peor: los extranjeros pedían una audiencia con Pinochet para plantearle las graves violaciones a los derechos humanos que se cometían en Chile. Pinochet estaba frenético. Todavía repercutían los ecos del reportaje publicado sólo días antes por The New York Times revelando, por primera vez, las discrepancias en la Junta Militar en torno al poder de Pinochet y de la DINA, y también frente el conflicto mayor: los plazos para la llamada “normalización” del país.
El influyente diario norteamericano no inventó la crónica. Sus reporteros obtuvieron una detallada información de lo que ocurrió en la sesión de la Junta Militar del 5 de enero de 1976. Fue el general Gustavo Leigh quien abrió el fuego. Con un tono más agudo que el habitual en esos días de soterrado conflicto con el presidente de la Junta, le pidió que levantara el Estado de Sitio y dictara un Acta Constitucional resguardando los derechos ciudadanos. Pero no se quedó ahí. Hizo una pausa y con voz más alta y enérgica pidió que el coronel Manuel Contreras fuera sacado de la dirección de la DINA. Mendoza, como era su costumbre, calló y agachó la vista. Y Pinochet, rojo de ira, optó por la salida más conveniente: dio por terminada la sesión. La prensa nacional nada informó.
En esos precisos días la batalla entre la DINA y la DIFA (Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea) se había agudizado. Con despliegue de armas los hombres de ambas reparticiones se disputaban en las calles su botín de guerra: los prisioneros que más tarde figurarían en la nómina de detenidos desaparecidos. Y en ese preciso mes de marzo, Contreras iniciaba su plan más ambicioso.
En la tranquila calle Doctor Charlin (N° 1475) de Providencia, la DINA instalaba un cuartel tan secreto como sus cárceles. Desde allí se estructuraría el sistema de financiamiento de los batallones de la “Operación Cóndor”, el plan de coordinación con los servicios de Seguridad de las otras dictaduras del Cono Sur. En ese mismo mes de marzo, el general Jorge Rafael Videla asumía como jefe de la dictadura en Argentina. Días más tarde, Contreras se haría ungir en escritura pública –con la firma del Ministro de Economía y del director ejecutivo de la Corfo– como presidente de la Pesquera Chile. Más de 30 empresas y millones de dólares del presupuesto nacional –que salían en partidas secretas– alimentarían el terrorismo internacional.
Pinochet no estaba dispuesto a ceder poder ni a licenciar a Manuel Contreras. Tampoco podía desafiar a los parlamentarios estadounidenses y menos a los delegados a la crucial reunión de la OEA que se desarrollaría en Santiago. Ambas cosas más la delación interna de los crímenes podían hacerle perder los 25 millones de dólares que el FMI acababa de otorgarle y los 150 millones más que le anunciaba el BID.
Por eso uno de sus más estrechos aliados, el general Raúl Benavides, ministro del Interior, organizó un inusual y sorprendente “acto de desagravio” a su jefe. El 27 de enero de 1976 ocho mil soldados desfilaron desafiando la “afrenta del enemigo”. Toda una parafernalia destinada a demostrar a los “dubitativos” del régimen la férrea unidad en torno a su único conductor: Pinochet.
Pero la única guerra que libraba los hombres de Pinochet era contra chilenos. Mientras algunos se envolvían en una burbuja disfrutando con la Unión Española como único líder del fútbol local y repletaban los cines para conmoverse con los sufrimientos de Papillón, en esas precisas horas, decenas de ciudadanos yacían torturados y moribundos en las cárceles secretas de la DINA. Lo que se vivía en muchos sectores del país eran los efectos de un Ejército de ocupación.
9 de marzo de 1976. Ese día Pinochet le envió un oficio “secreto” –ver facsímil– a su ministro de Defensa, general Herman Brady, pidiéndole con extrema premura “una información completa de las Fiscalías, Consejos de Guerra y/o Juzgados Institucionales” con los procesos instruidos contra militares “frente a denuncias hechas por particulares por posibles infracciones a los artículos 150 del Código Penal o 330 del de Justicia Militar, según corresponda; o con arreglo a lo prevenido en la legislación general del país y en especial en el artículo 1° del Decreto Ley N°1.009 del 8 de mayo de 1975”.
Bajo el enunciado “numerosas personalidades han solicitado audiencia al Presidente de la República para plantearle entre otras materias, sus inquietudes sobre la aplicación práctica en la protección a los derechos humanos”, se pidió un resumen con ítems precisos de causas cuyo desglose pudiera ser usado por Pinochet para mostrar frente a los demócratas de Estados Unidos los castigos ejemplarizadores que el Ejército había llevado a cabo en todo el país para controlar todo abuso de poder.
De su puño y letra, Pinochet tarjó –en otro documento, un borrador– que la información era requerida frente a la “próxima visita de tres congresales de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos”. Lo cambió por “necesidad de conocer estado de procesos e investigaciones a funcionarios que se han propasado en sus atribuciones”.
El jefe del Estado Mayor del Ejército, general Gustavo Álvarez, debió transmitir la urgencia de Pinochet a Brady.
Brady le respondió a Pinochet el 30 de abril. El enunciado del escrito –rotulado también como “SECRETO”– señalaba los verdaderos objetivos del informe: “Remite antecedentes solicitados por el Presidente de la República y otros solicitados por la Delegación de Chile ante la Conferencia de la O.E.A.”
La comisión chilena ante la OEA había pedido información acerca de cinco casos, además de estadísticas. Entre ellos figuraban el baleo de la doctora Sheila Cassidy y la muerte de Dagoberto Pérez.
El contenido de la investigación desarrollada por el Ejército –que entrega información y detalla el contenido de 93 procesos en la Justicia Militar– llegó a las manos del general Pinochet. Leerlo es casi como leer los informes de un Ejército de ocupación que comete todo tipo de tropelías sin límite: asesinatos, torturas, robos, desaparecidos y violaciones a niñas de sólo 12 ó 14 años.
La mayoría de las víctimas del informe no se encuentran incluidas en el documento oficial de la Comisión Rettig. También, en las nóminas de Brady aparecen ciudadanos “N.N.” que fueron ejecutados y cuya desaparición nunca fue denunciada.
La lista de Brady contiene el detalle de 93 juicios que la Justicia Militar tuvo en sus manos por crímenes cometidos por uniformados y que en su amplia mayoría terminaron sin condena. Un informe que fue sepultado en el escritorio de Pinochet un día de abril de 1976.
Muerto por abrir la puerta. De entre las causas por “homicidio” que informa el Juzgado Militar de Santiago a Brady, varias merecen ser transcritas.
Bajo el ROL N °502-73 se encuentra el proceso iniciado el 24 de octubre de 1973: “El 23 de octubre de 1973, alrededor de las 23.15 horas, Miguel Estol Mery fue muerto en el interior de su domicilio ubicado en Avenida Manquehue Sur N° 600, por una ráfaga de fusil SIG que lo alcanzó en la región mamaria superior externa derecha y en el flanco derecho del abdomen. El autor de los disparos fue el cabo Víctor Muñoz, integrante de una patrulla compuesta por personal de la Academia Politécnica Militar, la que, en cumplimiento de órdenes superiores, ubicaba en ese domicilio a Miguel Estol hijo, quien días antes había tenido un altercado con un subteniente de esa unidad. El señor Estol, al sentir ruidos en el exterior, salió afuera y al ver a los militares se paralogizó y regresó corriendo al interior de su casa siendo impactado por el citado cabo en los momentos en que trataba de cerrar la puerta de su morada”.
La denuncia fue presentada por el abogado Álvaro Larraín. El dictamen de la justicia: condena a 5 años y un día por el delito de violencia innecesaria causando la muerte. Pero la sentencia definitiva fue otra: “Absuelve por no haber convicción de haberse cometido un hecho delictivo”. Dictamen aprobado por el comandante en jefe de la II División de Ejército.
Miguel Estol no figura en el Informe Rettig.
La marihuana mata. Tampoco figura en el Informe Rettig el caso de Orlando Zambrano Sepúlveda, muerto de un disparo el 28 de abril de 1974 a manos de una patrulla del Regimiento Buin, cuando –según la misma investigación que registra el parte–, se encontraba en calle Muñoz Gamero esquina de Andrés Olivar, a las 15:30 horas, en compañía de otros nueve jóvenes.
El parte que consigna el juicio ROL N°474-74 dice: “A esa hora una llamada telefónica al Regimiento Buin, denunció que un grupo de más de 10 personas se hallaba fumando marihuana” en la mencionada esquina. El joven Zambrano falleció en la persecución.
El caso fue sobreseído. La justicia militar dictaminó que el hecho no era constitutivo de delito.
Arrancando el cuero cabelludo. Hay escenas de salvajismo. El 3 de abril de 1974, se inició una investigación (ROL N°514-74) a partir de un parte enviado por la 5ª Comisaría de Carabineros el 25 de marzo de ese año. Los policías habían encontrado en un sitio eriazo de Américo Vespucio Norte esquina Recoleta los cuerpos sin vida de Jorge Sandoval Astorga y Carlos Estay Miranda.
El parte policial es conciso pero aterrador: “El día anterior, los sujetos habían sido interceptados en General Gamboa esquina Cardenal Caro por una patrulla de soldados que viajaban en un bus E.T.C. quienes les cortaron el pelo y arrancaron el cuero cabelludo al fallecido Estay”.
La denuncia se centró –formalmente– contra una patrulla de la Fuerza Aérea y fue sobreseída temporalmente “por no haber indicios para acusar de autor a determinada persona”. El sobreseimiento fue confirmado más tarde. Ninguno de los dos asesinados figura en el Informe Rettig como víctimas de violencia.
Cantar era delito. Otra de las víctimas que no figura en el Informe Rettig es Manuel Segundo Palma Henríquez. Su juicio por homicidio lleva el ROL N°756-74 y fue iniciado el 8 de agosto de 1974.
El parte enviado por la Tenencia Roosevelt el 30 de diciembre de 1973, señala que ese día a las 09.30 horas, a raíz de una llamada telefónica, el cabo José S.S. junto al carabinero Luis J.O. se constituyeron en la ribera norte del río Mapocho, frente al Campamento Tania. En el lugar, se encontraba el cadáver de Palma Henríquez, con heridas a bala en distintas partes del cuerpo. El parte policial consigna: “La madre del difunto señala que el día anterior, Segundo Palma fue sacado desde el interior de su casa por militares debido a que se encontraba cantando a viva voz y diciendo garabatos. Los militares no fueron identificados”.
El caso también fue sobreseído.
EL SUBTENIENTE LOCO. La locura como causal de ineptitud para ser juzgado no es monopolio de Pinochet. También lo era un año después del Golpe militar. Así lo estableció la justicia militar en el proceso caratulado con el ROL N°890-74, iniciado el 12 de noviembre de 1974, a partir de la detención de Agustín Contreras Santander y Manuel Jesús Valencia Cáceres “por presuntas injurias proferidas contra las FF.AA. y la H. Junta de Gobierno”.
Ambos detenidos fueron llevados hasta el Cuartel de la Sub-Agrupación “Yungay”, donde quedaron detenidos. Al día siguiente, dice el informe, “asumió servicio como Oficial de Guardia el subteniente de reserva Juan Martínez Oyaneder, quien impuesto de la existencia de los dos detenidos mandó traerlos a su presencia y sin motivo racional aparente les causó lesiones que en definitiva les causaron la muerte. Acto seguido, procedió a enterrarlos en una fosa que él mismo había cavado. Se encuentra establecido que el oficial se hizo asesorar por el sargento 2° de reserva Gustavo Marambio Olmos y los soldados conscriptos Arcadio Lobos Cisterna y Luis Castro Guajardo, quienes violentaron físicamente a los detenidos produciéndoles -–en opinión del Fiscal Instructor– lesiones de carácter leves”. El Consejo de Guerra condenó a 15 años y un día a Martínez por homicidio calificado. Sus subalternos se llevaron 60 días de arresto militar como cómplices.
La sentencia, sin embargo, terminó ordenando nuevas diligencias “relativas al estado psíquico del acusado Martínez” y terminó sin condenas.
MILITARES QUE DENUNCIAN. Las aberraciones no son exclusivas de Santiago. En el Juzgado Militar de Concepción, la muerte de José Tiznado Aguayo, el 16 de junio de 1974 y denunciada por un cabo 2° del Ejército, también fue sobreseída. El juicio lleva el ROL N°858-74, no tiene mayores precisiones, salvo la identificación del “autor”. Tiznado tampoco aparece en el Informe Rettig.
Y existe otro proceso, más extraño. Iniciado por el jefe de la 2ª comisaría de Carabineros de Chanco en funciones el 21 de noviembre de 1973. El policía denunció el homicidio de Juan Villaseñor Jara (juicio ROL N°11-73) e identificó a los soldados José Sepúlveda Vergara y Raúl Aguilar Oyarce como los autores. El fiscal del caso, a juzgar por la sentencia que propuso, estaba por sancionar aunque fuera tibiamente los hechos:
“Solicita se condene a los soldados a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autores de la muerte de Juan Villaseñor Jara, en circunstancias que los soldados lo sorprendieron conduciendo un vehículo con luces apagadas y lanzarlo encima de los soldados”. Pero el Consejo de Guerra absolvió a los militares.
Tuvieron que pasar los años para que el Informe Rettig le hiciera justicia a Villaseñor: “Tenía 37 años, era casado y tenía dos hijos. Era buzo submarino, pequeño industrial de la zona y militante de la Democracia Cristiana. El 21 de noviembre de 1973 transitaba en su vehículo en mal estado, había tenido un altercado. Estas personas dispararon a la cabina, resultando el conductor con un impacto en la cabeza sin salida de proyectil que le provocó su muerte instantánea, constituyendo este hecho un abuso de poder”.
SANCION EN ESCUDOS. En Talca se desarrolló un juicio que llama la atención. Bajo el ROL N° 024-74, se registra el proceso seguido por la Fiscalía de Ejército de esa ciudad y que tuvo como denunciante al Comisario Subrogante de la 3° Comisaría de Talca. El fiscal pidió condenar a Jaime Puebla, a la época capitán de Ejército, como autor del delito de lesiones graves a Jaime Achurra García; y a la pena de tres años de presidio menor en su grado medio como autor del delito de homicidio de Francisco Silva Parot”.
El Consejo de Guerra condenó a Puebla a “una multa de E° 600 (escudos) por lesiones y a 3 años de presidio por homicidio. No se remite la pena. Resolución del comandante en jefe de la III División del Ejército”.
Silva Parot tampoco aparece en la nómina de víctimas de violencia política en el Informe Rettig.
EXTRAÑO CUMPLIMIENTO DEL DEBER. El comandante en jefe de la III División, no actuó de la misma manera en otro juicio cuya víctima no está incluida en el Informe Rettig. Se trata del proceso que aparece bajo el ROL N° 232/74, iniciado el 20 de marzo de 1974, en el que aparece como denunciante el subteniente del Grupo de Artillería N°3 Silva Renard, Marcelo Palma Fontana.
El fiscal pidió sobreseer definitivamente la causa “respecto de la muerte a bala ocasionada a Hugo Gómez H., por el cabo 2° del Ejército José Romero Fuentes, por haber actuado en actos propios del servicio en cumplimiento del deber”. La resolución del comandante en jefe de la III División del Ejército fue sobreseer temporalmente la causa.
FALSEANDO LA HISTORIA. Uno de los juicios que grafica cómo actuaba la justicia militar de la época, es el que da cuenta del homicidio de Oscar Arros Yáñez, de Concepción. Bajo el ROL N° 797/75, y con fecha 30 de noviembre de 1975, el resumen del fiscal indica: “Da cuenta del accidente ocurrido en operativo practicado por personal del CIRE de Concepción (el que dirigía en calidad de subrogante el capitán de fragata Hugo González D’Arcangeli), causando la muerte de Oscar Arros Yánez al tratar éste último de arrebatarle el arma que portaba Arturo Calderón Passalacqua. En el forcejeo se disparó un tiro impactando a Arros. Se solicita sobreseer total y definitivamente la causa a favor del funcionario Arturo Calderón en razón de hallarse el autor exento de responsabilidad criminal”.
Y así lo hizo el comandante en jefe de la III División del Ejército. Pero el Informe Rettig cuenta otra historia: “Arros, de 27 años, casado, una hija, era estudiante de la Universidad Técnica del Estado y trabajaba como tornero en la Empresa Nacional del Carbón (ENACAR). Militante del MIR, fue detenido en su lugar de trabajo el 26 de septiembre de 1975 por agentes de la DINA y llevado al Estadio El Morro de Talcahuano. El 28 de septiembre su cuerpo fue encontrado en la morgue del Hospital de Lota Bajo con evidencias de haber sido torturado y con impactos de bala”.
MUERTO EN LA OSCURIDAD EN VALDIVIA. En Valdivia, la situación no fue distinta. En la causa ROL N° 1.601/73, iniciada el 30 de noviembre de 1973, se dice en el resumen de la vista del fiscal:
“El día 28 de noviembre de 1973, el subteniente Marcos Aguirre, condujo la patrulla a su mando, compuesta por un SG. y un SLC., hacia el domicilio de Domingo Pérez San Martín, a quien sacaron de su casa, siendo golpeado y falleciendo al día siguiente a consecuencia de las lesiones descritas en los informes médicos. La Fiscalía pide que se le aplique al inculpado 541 días de presidio menor en su grado medio”.
El Consejo de Guerra sobreseyó a Aguirre “en consideración a que éste (el civil) adoptó una actitud rebelde y agresiva contra el personal militar, y como huyó hacia la oscuridad, el personal de la patrulla se abalanzó sobre él y lo redujo golpeándolo con las culatas de los fusiles”.
Pérez San Martín tampoco aparece en el Informe Rettig.
DESAPARECIDO. Ya en febrero de 1975 el Juzgado Militar de Valdivia ocupó la palabra “desaparecido” para iniciar un proceso por la “presunta muerte de Cardenio Ancura Manquean y otros desaparecidos durante los Operativos Militares efectuados durante el mes de octubre de 1973 en Lago Ranco”.
El juicio lleva el ROL N° 27-75 y tiene como denunciante a María Marian. El resumen del fiscal concluyó que, agotada la investigación “no ha sido posible establecer la comisión de delito alguno ni de responsabilizar a persona determinada”. El comandante de la IV División refrendó el fallo.
En el Informe Rettig, Cardenio Ancura Manquean tuvo su espacio. “Casado y con 4 hijos, era agricultor y también trabajaba como lanchero. Militante del PS, participó activamente del proceso de Reforma Agraria. Fue detenido por Carabineros de Lago Ranco y trasladado a la Tenencia de la localidad. De allí fue sacado el 16 de octubre junto a otras tres personas por efectivos de la Gobernación Marítima de Valdivia, dependiente de la Armada. Lo subieron a bordo del vapor Laja y lo ejecutaron, lanzando su cuerpo al lago con dos de sus compañeros. Los cadáveres nunca fueron encontrados”.
SINTESIS MORTAL. Una de las referencias más pequeñas del informe “secreto” -sólo 8 líneas- tiene relación con el juicio ROL N° 27-74. Textual:
“Fecha inicio: 23 de enero de 1974. Tribunal Instructor: Fiscalía Letrada de Valdivia. Tribunal Sentenciador: IV Juzgado Militar Valdivia. Individualización denunciante: Jefe Estado Mayor IV División. Individualización del denunciado: N.N. Resumen (vista) de los hechos: En operativo dispuesto por la superioridad fueron dados de baja los extremistas: Victoriano Matus Hermosilla, N.N., Manuel Paillán y N.N.”
Ni Paillán ni Matus aparecen en el Informe Rettig. Los otros dos “extremistas” N.N. tampoco.
LA HUELLA DE CHENA. En 1974, Rosa Silva Veliz denunció ante el II Juzgado Militar la detención de su marido, Franklin Antonio Valdés Valdés, contador administrador del Sanitario El Pino. La denuncia formó la causa ROL N°274-74. Valdés fue detenido en el hospital por una patrulla militar de la Escuela de Infantería de San Bernardo, comandada por el teniente Pedro Pablo Montobane y conducido al Campamento Chena donde habría sido muerto días después, según relata la denunciante basada en el testimonio de otros detenidos.
El cadáver fue conducido al Instituto Médico Legal, donde se le practicó la autopsia, la que concluye como causa de la muerte “estado asfíctico”. Los hechos habrían ocurrido entre el 28 de septiembre y el 4 de octubre de 1973”.
El dictamen de la justicia militar decretó el sobreseimiento temporal de la causa por no haber convicción de haber cometido el delito. En el Informe Rettig, Franklin Valdés sí aparece: “Murió de un estado asfíctico provocado por agentes del Estado”.
UN CAPITAN SIN JUICIO. El capitán de Ejército Sergio Valenzuela González se fue a retiro en junio de 1988 sin que jamás tuviera que responder por la muerte de Eliseo Segundo Jara Ríos y Pedro Muñoz Apablaza. Así lo dispuso la Fiscalía de Ejército de Valdivia.
El fiscal del caso estableció que Jara Ríos y Muñoz Apablaza murieron “a consecuencia de los proyectiles disparados por personal militar, en circunstancia que eran interrogados por el capitán Valenzuela y se dieron a la fuga”. Pidió el sobreseimiento definitivo. Y así se hizo. Pero la investigación de la Comisión Rettig estableció otra cosa: ambos fueron ejecutados el 27 de octubre en el fundo California.
EL TROZO QUE FALTA EN EL INFORME RETTIG. La muerte de Víctor Hugo Carreño Zúñiga no ocupa más de diez líneas en este informe oficial. Pero entrega la información que falta a lo que consigna el Informe Rettig para este joven de 21 años, soltero y presidente regional de la Juventud Socialista de Valdivia. En la Comisión de Verdad y Justicia se concluyó que Carreño “fue detenido el 4 de octubre de 1973, en su domicilio por personal del Ejército. Fue ejecutado el 5 de octubre durante horas de toque de queda”.
En el juicio que se abrió en Valdivia, y que lleva el ROL N°1.480/73 y tiene como fecha de inicio el 5 de octubre de 1973, el resumen del fiscal concluye: “El fallecimiento de Víctor Hugo Carreño se debió a que trató de huir del vehículo militar que mandaba el subteniente Alejandro Kraemer Pinochet, por lo que la patrulla le disparó. Se pide su sobreseimiento”.
El jefe militar de la zona aprobó su sobreseimiento.
SIN SENTENCIAS NI HUELLAS. El primer juicio del catastro con mención al delito de homicidio está registrado en la Fiscalía Militar de Calama. La víctima es Raimundo Bello S., y el acusado el cabo 2° del Ejército Martín Salamanca, del Regimiento N°15 de Calama. No hay sentencia y Bello no aparece en el Informe Rettig.
LOS NOMBRES QUE SE AGREGAN. El 17 de noviembre de 1975, la fiscalía letrada de Antofagasta inició juicio por el homicidio de Óscar Armando Leiva Jiménez. La denuncia la interpuso el CIRE de Antofagasta en contra del capitán de Ejército Luis Besamat Morales. Pero en 1976 no hubo resolución. En el Informe Rettig se estableció que Leiva, de 27 años, fotógrafo, era militante del MIR y fue ejecutado en casa de familiares por “un funcionario de Carabineros”.
Entre las víctimas por otros casos de homicidio que aparecen consignadas en estos juicios y que no aparecen en el Informe Rettig, figuran Luis Humberto Ferrada Piña, muerto el 4 de diciembre de 1973, en calle Buenaventura esquina Azteca, en Punta Arenas.
Los juicios dan cuenta de nuevas víctimas y atropellos, pero también revela que en esos días de terror hubo militares y carabineros que se atrevieron a denunciar la violencia y a sus autores y que pidieron justicia. Todo ello fue sepultado un día de abril de 1976.
VIOLACIONES
Un capítulo aparte merecen los juicios por violación. De los 90 juicios a los que pudimos acceder, hay más de 20 por ese delito y casi todos terminan sobreseídos. Ninguna de las víctimas ha sido jamás reconocida como tal.
La causa N°370-74 del 25 de enero de 1974 se inicia con un parte de la tenencia Peñalolén, que informa que ese día “M.M.G., de 14 años, fue interceptada a las 13.00 horas en calle Sánchez Fontecilla por una patrulla de cinco militares que viajaban en un jeep y a viva fuerza la subieron al vehículo trasladándola al interior del Aeródromo Eulogio Sánchez en donde la introdujeron a una casa deshabitada y procedieron a violarla uno por uno”.
Al principal acusado, Carlos Mondaca Cabello, la justicia militar lo sobreseyó del delito de violación y sólo lo castigó con 30 días de arresto por “negligencia en el cumplimiento de su puesto de vigilante”.
La impunidad de los militares en esos días la comprobó dramáticamente A. Flores, de 31 años. A la 1 de la madrugada del 3 de junio de 1974, la mujer “pidió ayuda a personal uniformado que cubría servicios en la Plaza Chacabuco, para ser trasladada a la casa de su madre. Subió a un bus militar en el que viajaban 15 uniformados. El bus se habría dirigido por Avenida Hipódromo Chile en dirección al Poniente y en una población con calles no pavimentadas el vehículo se detuvo y a viva fuerza habría sido violada sucesivamente por no menos de 4 a 5 uniformados… Posteriormente se la habría abandonado en Avenida Independencia casi esquina Cotapos”. Así se relatan los hechos en el juicio caratulado bajo el ROL N° 605-74.
La causa fue sobreseída “por no haber convicción de haberse perpetrado el delito”.
Las menores de edad no merecieron mayor compasión. Bajo el ROL N° 615-74, se relata el siguiente caso de violación (parte N° 292 de la 12ª Comisaría de Carabineros, del 5 de mayo de 1974). “M. González, de 14 años, habría sido violada el 2 de mayo. Ese día, como a las 23 horas, en el paradero 21 de Vicuña Mackenna, se puso a esperar micro para ir a su casa y fue llevada en un jeep con seis militares uniformados a quienes no conocía. Los militares la llevaron a la ex Radio Luis Emilio Recabarren y como a las 4 de la mañana fue violada por la fuerza por un militar que según sus posteriores averiguaciones sería el cabo Díaz. En ese lugar fue retenida 4 días, la hacían lavar ollas siendo violada en cada ocasión. El informe médico legal de fecha 8 de mayo acredita la desfloración en fecha reciente, no más de 6 a 8 días a la fecha del examen”.
La denuncia es contra “uniformados militares Regimiento N° 7 de Puente Alto”. Pero el dictamen sobreseyó el caso.
Igual suerte corrió la menor Rossana G.F:, de sólo 12 años. Su padre, Juan G., empleado y cuyo domicilio aparece consignado, denunció que su hija fue violada por dos militares del Regimiento N° 2 Motorizado Santa Rosa, cuyos nombres entrega, el 29 de junio de 1974. El juicio ROL N° 662-74, finaliza con un sobreseimiento.
Al mes siguiente, el 10 de julio de 1974, sería Rosa S.S., de 25 años, la que sería “violada por dos militares en servicio y armados los que la detuvieron en su domicilio y la llevaron a otro domicilio en Avenida Cerrillos, donde procedieron a agredirla y violarla”. Así se relatan los hechos en un juicio (Rol n° 671-74) que sólo tiene 10 líneas y que finaliza con otro sobreseimiento.
Los juicios por violación se suceden con abismante sordidez en los relatos en Iquique (el autor es un cabo de Ejército y el denunciante la Prefectura de Carabineros de Iquique); en Antofagasta (el autor y la víctima están identificados y no hay sentencia a pesar de haberse iniciado el juicio en noviembre de 1974), y en Santiago varios. En todos ellos la sentencia fue “absolución”, ratificada por los comandantes de las respectivas divisiones.
Valdivia no fue la excepción. Y uno de los casos referidos retiene la atención:
“Causa N°64/74. Individualización Denunciante: R.M. Iturra”.
Ofreció ir a dejarla a su domicilio y en el trayecto se desvió de la ruta y luego de ser intimada con armas de fuego, ocho militares la violaron, uno de los cuales, el SL J. Maldonado, posteriormente se suicidó en su unidad. Se solicita sobreseimiento total y definitivo”.
Resolución Cdte en Jefe IV D/E. Dictó sobreseimiento total y definitivo”.
Dicho y hecho.