Ubicación:Ambrosio O’Higgins 2211 Curacaví Región Metropolitana
Rama:Carabineros
Geolocalización: Google Maps Link
Descripción General
Categoría : Otra Información
La ex-Tenencia de Carabineros de Curacavi, ubicada en Calle Ambrosio O'Higgins 1440, esquina Ignacio Carrera Pinto, Villa El Sol, Comuna de Curacaví, esta estrechamente ligada con la detención y asesinato de cinco presos políticos: Nicolás Gárate Torres, 28 años, Jorge Gómez Retamales, 28 años, Justo Joaquín Mendoza Santibañez, 23 años, Gastón Raimundo Manzo Santibáñez, 34 años, y Jorge Toro Toro, 30 años. Todas ellos, más otras dos personas, fueron detenidos por personal de Carabineros en Curacaví los días posteriores al 11 de septiembre y llevados a la Tenencia de esa localidad.
Desde esa unidad policial fueron trasladados a la Cuesta Barriga en la noche del día 16 de septiembre de 1973. Allí fueron obligados a descender del vehículo que los transportaba y dirigirse a una caseta abandonada lugar donde se los obligó a ubicarse de espaldas a la pared mientras alumbraban sus rostros con linternas. Quien estaba a cargo de la patrulla dió la orden y procedieron a ejecutarlos, dándoles muerte en forma inmediata. Las otras dos personas quedaron heridas logrando escapar. Posteriormente los cuerpos sin vida de cuatro de las víctimas aparecieron en la morgue, indicándose como lugar de procedencia “Cuesta Barriga”. Respecto de Nicolás Gárate no se ha certificado su defunción.
Uno de los sobrevivientes, Juan Guillermo Barrera Barrera, se presentó junto con su familia en el mes de marzo de 1974 en el Ministerio de Defensa en Santiago, dando cuenta de los hechos y de su situación personal. Allí se le dijo que no había requerimientos en su contra, pero que no obstante ello, era necesario que se presentara el día 14 de marzo en la Tenencia de Curacaví. Viajó con familiares hacia esa localidad, y la noche del día 13 un grupo de carabineros llegó hasta su domicilio y le detuvo; desde esa fecha hasta ahora no se ha tenido noticias de su paradero y suerte.
Criminal y Complices:
Carabineros teniente Gerardo Aravena Longa, Ciro Del Carmen González Hernández ; Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza
Fuentes de información Consultadas: Informe Valech; CNN.cl; Memoriaviva;
Inauguración del Memorial Ex-tenencia Curacaví
Fuente :CNN.cl, 21 de Diciembre 2009
Categoría : Prensa
El Núcleo de Investigación Sociología del cuerpo de la Universidad de Chile y el Comité de Derechos Humanos Memoria Curacaví, lo invitan a la inauguración del Memorial y Mejoramiento del recinto de la Ex Tenencia de Curacaví, lugar que sirvió como centro de detención y tortura a partir del 11 de Septiembre de 1973. Esta ceremonia se llevará a cabo el día 2 de abril de 2011, a las 10.30, en Calle Ambrosio O'Higgins 1440, comuna de Curacaví.
Es en este espacio donde la línea de investigación "Las memorias/cuerpos castigados" se encuentran realizando investigación. La Tenencia de Curacaví funcionó entre el 11 de septiembre de 1973 y el año 1976, como centro de detención, tortura y tratos inhumanos contra personas consideradas no afines al régimen imperante. Desde este lugar fueron hechos desaparecer, o ejecutados al margen de la Ley, 13 personas vecinas de esta localidad, las cuales en su mayoría se desempeñaban en labores propias de una comunidad agrícola.
Un episodio de especial sensibilidad fue el ocurrido el día 16 de septiembre de 1973, momento en el que 7 detenidos fueron sacados de dicho lugar, su pretexto de ir a una actividad recreativa en el Estadio nacional. Sin embargo, en Cuesta Barriga, 5 de ellos fueron muertos.
Este recinto dejó de funcionar el año 1976 y pasó a ser parte de Bienes Nacionales, encontrándose abandonado hasta el 16 de diciembre del 2008, día en el que Marcos Gálvez , del SEREMI de Bienes Nacionales, entregó esta propiedad en concesión provisoria al Comité de DDHH Memoria Curacaví, comité que había sido formado el 21 de septiembre de 2005.
En 2009 se instaló, con financiamiento del FONDART, una gigantografía en vidrio donde aparecen 18 prisioneros, fotografía que data del mismo 16 de septiembre de 1973, entre los cuales están los que posteriormente fueron fusilados en Cuesta Barriga. Este Memorial hace recuerdo de aquellos inexcusables hechos y a las víctimas involucradas.
La inauguración de este ex centro de tortura ha sido financiada por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, el día 10 de febrero de 2010.
Ministra Marianela Cifuentes condena a ex carabineros por homicidio en Puente Esperanza de Padre Hurtado.
Fuente :diarioconstitucional.cl, 29 de Mayo 2018
Categoría : Prensa
La ministra en visita condenó a Gerardo Alejandro Aravena Longa, teniente de Carabineros y jefe de la Tenencia de Curacaví en la época de los hechos, a las penas efectivas de 3 años y 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de secuestro simple y homicidio calificado de Muñoz Rojas.
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a miembros de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en los delitos consumados de secuestro simple y homicidio de Segundo Hernán Antonio Muñoz Rojas, ilícitos perpetrados en 1973, en las comuna de Curacaví y Padre Hurtado.
En el fallo la ministra Cifuentes Alarcón condenó a Gerardo Alejandro Aravena Longa, teniente de Carabineros y jefe de la Tenencia de Curacaví en la época de los hechos, a las penas efectivas de 3 años y 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de secuestro simple y homicidio calificado de Muñoz Rojas. En tanto, el exfuncionario policial Carlos Patricio Donoso Figueroa deberá purgar 541 días y 5 años y un día de presidio efectivo, como autor del delito consumado de secuestro simple y como cómplice del homicidio calificado, respectivamente.
En la causa, la ministra en visita condenó a Eduardo Matías Cabello Villena y Ciro del Carmen González Hernández a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, en calidad de autores solo del delito de secuestro simple; y decretó la absolución de César Valenzuela Sepúlveda, por falta de participación en el delito de secuestro simple, y absolvió a Eduardo Matías Cabello Villena, Ciro del Carmen González Hernández y César Valenzuela Sepúlveda de responsabilidad en el homicidio calificado.
En el aspecto civil, el fallo acogió la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta, condenando al Estado de Chile a pagar por concepto de daño moral, las sumas de $100.000.000 (cien millones de pesos) y $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a la madre y hermana de la víctima, respectivamente.
En la etapa de investigación de la causa, la ministra Cifuentes logro establecer los siguientes hechos:
1° Que el día 11 de octubre de 1973, en horas de la noche, Segundo Hernán Antonio Muñoz Rojas fue detenido, sin derecho, en su domicilio, ubicado en el campamento Laura Allende de la comuna de Curacaví, por el teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa y personal a su cargo, entre ellos, los sargentos Eliseo Santander Ramírez, Manuel del Carmen Espinoza Aguilera y Benjamín Seguel Ortiz -actualmente fallecidos- y el carabinero Ciro del Carmen González Hernández, todos de dotación de la Tenencia de Carabineros de Curacaví.
2° Que, posteriormente, Muñoz Rojas fue trasladado hasta la Tenencia de Carabineros de Curacaví, unidad policial a cargo del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa, lugar en que se le mantuvo encerrado, sin derecho, hasta el día 14 de octubre de 1973, en la madrugada, período en que fue sometido a malos tratos físicos.
3° Que el día 14 de octubre de 1973, en horas de la madrugada, el teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa, en compañía del sargento 2° Benjamín Seguel Ortiz y del funcionario policial Carlos Patricio Donoso Figueroa, trasladó a Muñoz Rojas desde la mencionada unidad policial hasta el puente Esperanza, en el Km. 4 de la ruta G 68, comuna de Padre Hurtado, lugar en que Benjamín Seguel Ortiz disparó en su contra, provocando que su cuerpo cayera al cauce del río.
4° Que, posteriormente, el cuerpo de la víctima fue encontrado en dicho lugar y, tras ser remitido al Servicio Médico Legal, se determinó que falleció a causa de una herida de bala que ingresó por el abdomen.
A 48 años de los crímenes, tres carabineros (r) fueron condenados por ejecuciones en la Cuesta Barriga en septiembre de 1973
Fuente :elmostrador.cl, 16 de Septiembre 2021
Categoría : Prensa
La instancia condenó a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo al teniente (r) de Carabineros Gerardo Aravena Longa y a los exfuncionarios Ciro Del Carmen González Hernández y a Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza, todos de la Tenencia de Curacaví a la época de los hechos. Aravena Longa es sindicado como quien dirigió las violaciones a los DD.HH. en la zona, a partir del 12 de septiembre de 1973.
La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel dictó sentencia de segunda instancia en el llamado episodio “Curacaví” y condenó a tres carabineros (r) por el crimen de Jorge Gómez, Gastón Manzo y Enrique Venegas, hechos ocurridos en la Cuesta Barriga, en septiembre de 1973.
De esta manera, la sala -integrada por las ministras Liliana Mera, Nelly Villegas Becerra y el ministro (s) Marcelo Ovalle-, confirmó lo resuelto por la ministra en visita extraordinaria para causas de derechos humanos, Marianela Cifuentes Alarcón, en su fallo de primera instancia.
La instancia condenó a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo al teniente (r) de Carabineros Gerardo Aravena Longa y a los exfuncionarios Ciro Del Carmen González Hernández y a Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza, todos de la Tenencia de Curacaví a la época de los hechos, en calidad de autores de tres delitos de secuestro calificado en grado consumado a partir el 12 de septiembre de 1973.
El abogado querellante Pablo Fuenzalida Valenzuela, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, se mostró satisfecho con este fallo, ya que “después de 48 años la Corte de Apelaciones condena a 15 años y un día de presidio a Carabineros por crímenes en dicha localidad. Jorge Gómez, Gastón Manzo y Enrique Venegas, todas personas muy humildes fueron secuestradas y ejecutadas por fuerzas policiales a cargo del teniente Gerardo Aravena Longa, quien dirigió las violaciones a los DDHH en la zona, a partir el 12 de septiembre de 1973. En una historia increíble el Sr. Venegas sobrevivió a la ejecución y logró escapar herido. Jorge Gómez y Gastón Manzo fallecieron en el acto en las horrendas matanzas de Curacaví”.
Los hechos
La resolución establece que la tarde del 12 de septiembre de 1973, Jorge Gustavo Gómez Retamales, Gastón Raimundo Manzo Santibáñez y Enrique Patricio Venegas Santibáñez fueron detenidos en sus respectivos domicilios o en las inmediaciones de estos en la comuna de Curacaví por funcionarios policiales de dotación de la Tenencia de Carabineros de Curacaví, que en esa época se encontraba a cargo del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa .
Posteriormente los detenidos fueron hasta la Tenencia de Carabineros de Curacaví, lugar en el que se les mantuvo encerrados, junto a otras personas hasta el 16 de septiembre de 1973 período en el que se les sometió a interrogatorios y malos tratos.
El día 16 de septiembre en la madrugada una patrulla al mando del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa e integrada además por el Sargento Segundo Benjamín Seguel Ortiz actualmente fallecido, los carabineros Ciro del Carmen Gonzalez Hernández, Manuel Arturo Lepe Barraza, actualmente fallecido y Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza y por funcionarios del ejército de Chile, trasladó a un grupo de detenidos desde la mencionada unidad policial hasta la Cuesta Barriga, lugar en que los obligó a descender del vehículo que los transportaba y acto seguido tras ubicarlos en fila y situarse frente a ellos, dispararon en su contra, abandonando los cuerpos en el lugar.
En el lugar resultaron fallecidos entre otros, Jorge Gustavo Gómez Retamales, a causa de una herida cráneo encefálica y Gastón Raimundo Manzo Santibáñez a raíz de una herida de bala que comprometió los grandes vasos del cuello, logrando sobrevivir Enrique Patricio Venegas Santibáñez y un tercero.
Corte Suprema condena a excarabineros por crimen de trabajador en Curacaví en 1973
Fuente :resumen.cl, 17 de Junio 2022
Categoría : Prensa
La Corte Suprema rechazó la aplicación de la media prescripción y confirmó condena a cuatro exmiembros de Carabineros por su responsabilidad en el secuestro simple y el homicidio calificado del obrero agrícola, Segundo Hernán Muñoz Rojas, de 19 años de edad, cometido en octubre de 1973 en la comuna de Curacaví.
En la sentencia (rol 33.452-2019) la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y el abogado (i) Diego Munita- acogió un recurso de casación interpuesto por los querellantes, rechazó la casación ingresada por los condenados y, en sentencia de reemplazo, ratificó el fallo de primera instancia que condenó al exoficial de Carabineros, Gerardo Alejandro Aravena Longa, a 15 años de presidio por su responsabilidad como autor en el homicidio calificado y tres años de presidio por su responsabilidad como autor en el secuestro.
En tanto, el excarabinero, Carlos Patricio Donoso Figueroa, deberá cumplir una pena de 5 años y un día de presidio como cómplice del homicidio y 541 días de presidio como cómplice del secuestro.
Finalmente, los excarabineros, Eduardo Matías Cabello Villena y Ciro del Carmen González Hernández, deberán purgar una pena de 541 días de presidio como autores del secuestro simple de la víctima.
La Corte Suprema consideró que hubo infracción en una Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel al aplicar, en octubre de 2019, la media prescripción para rebajar la pena a Aravena Longa pues omitió el carácter de delito de lesa humanidad que había cometido el infractor y sobre lo que se había pronunciado el fallo de la ministra de primera instancia, Marianela Cifuentes.
Al respecto, la resolución de la Corte Suprema señala: "conforme a la normativa internacional de los derechos humanos contenida principalmente en los Convenios de Ginebra, se impide la prescripción, total o gradual, respecto de delitos cometidos en casos de conflictos armados sin carácter internacional. A la misma conclusión se llega colacionando tanto las normas de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, con las de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, por cuanto de conformidad a esa normativa, la prescripción gradual tiene la misma naturaleza que la total».
Y agrega: "Por lo dicho, este tribunal tiene en consideración que la estimación de la prescripción gradual respecto de los responsables de la comisión de delitos de lesa humanidad afecta el principio de proporcionalidad de la pena, pues la gravedad de los hechos perpetrados con la intervención de agentes del Estado, determina que la respuesta al autor de la transgresión debe ser coherente con la afectación del bien jurídico y la culpabilidad con que actuó».
En marzo de 2019 la ministra en visita para causas de derechos humanos, Marianela Cifuentes, dictó sentencia en la que condenó a Aravena Longa, Donoso Figueroa, Cabello Villena y González Hernández, a las mismas condenas que ahora restablece el fallo de la Suprema.
Sobre este hecho criminal la investigación de la ministra Cifuentes dejó establecido que el día 11 de octubre de 1973, en horas de la noche, Segundo Hernán Antonio Muñoz Rojas fue detenido, sin derecho, en su domicilio, ubicado en el campamento Laura Allende de la comuna de Curacaví, por el Teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa y personal a su cargo, entre ellos, los Sargentos Elíseo Santander Ramírez, Manuel del Carmen Espinoza Aguilera y Benjamín Seguel Ortiz -actualmente fallecidos- y el Carabinero Ciro del Carmen González Hernández, todos de dotación de la Tenencia de Carabineros de Curacaví.
El detenido Muñoz Rojas fue trasladado hasta la Tenencia de Curacaví, unidad policial a cargo del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa, en donde se le mantuvo encerrado y sometido a malos tratos físicos hasta la madrugada del día 14 de octubre de 1973. En ese momento, el teniente Aravena Longa, en compañía del sargento 2° Benjamín Seguel Ortiz y del funcionario policial Carlos Patricio Donoso Figueroa, trasladó a Muñoz Rojas desde la mencionada unidad policial hasta el puente Esperanza, en el Km 4 de la ruta G 68, comuna de Padre Hurtado, lugar en que fue ejecutado; por orden de Aravena Longa el carabinero Benjamín Seguel Ortiz disparó en su contra, provocando que el cuerpo de la víctima cayera al cauce del río. Posteriormente, el cadáver fue encontrado por terceros en dicho lugar y luego remitido como NN al Servicio Médico Legal e inhumado en esa condición en el Patio 29 del Cementerio General de Santiago
por Darío Núñez
Bienes Nacionales entrega a agrupación de memoria excentro de detención y tortura en Curacaví
Fuente :eldesconcierto.cl, 16 de Septiembre 2023
Categoría : Prensa
El lugar, ubicado dentro del casco histórico y cercano a la Plaza de Armas de la comuna de Curacaví, fue utilizado como centro de detención y tortura desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el año 1976 de personas que- en su mayoría- se desempeñaban en labores propias de una comunidad agrícola y no tenían militancia política.
A 50 años del Golpe de Estado y en coordinación con la Delegación Provincial de Melipilla, el Ministerio de Bienes Nacionales realizó la entrega oficial del inmueble “ex Tenencia de Carabineros de Curacaví” a la Agrupación Social y Cultural de Derechos Humanos de la comuna.
El traspaso, concretado a través una concesión de uso gratuito de corto plazo, permitirá a la organización la implementación de un espacio de memoria que contempla un museo, biblioteca, sala audiovisual y una explanada.
Al destacar este hito, la ministra de Bienes Nacionales, Marcela Sandoval, expresó que “nos alegra poder cumplir nuevamente con el compromiso presidencial de recuperar lugares para la promoción de los derechos humanos, la memoria y la reparación, como es el caso de la ex Tenencia de Curacaví. Poner en valor los relatos que surgieron de centros de detención, tortura y desaparición forzada como éste nos permiten instalar el nunca más con el que queremos que crezcan las nuevas generaciones; una tarea que es del Estado y a la que está llamada la sociedad en su conjunto, porque como dice el gobierno en estos 50 años del Golpe, democracia es memoria y futuro”.
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El lugar, ubicado dentro del casco histórico y cercano a la Plaza de Armas de la comuna de Curacaví, fue utilizado como centro de detención y tortura desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el año 1976 de personas que- en su mayoría- se desempeñaban en labores propias de una comunidad agrícola y no tenían militancia política. El año 2019, fue declarado por el Consejo de Monumentos Nacionales como “Monumento Histórico” y el 2023 como “Monumento Nacional”.
El acto de entrega de la concesión, que fue encabezado por el subsecretario de Bienes Nacionales, Sebastián Vergara, se celebra a 50 años de lo ocurrido el 16 de septiembre de 1973, cuando una patrulla de Carabineros, en conjunto con funcionarios del Ejército, trasladó a un grupo de siete detenidos en la ex Tenencia hasta el sector de Cuesta Barriga, donde fueron obligados a descender para ser fusilados, en uno de los tantos episodios dolorosos que marcó la historia de este recinto.
El sitio sufrió más tarde años de abandono, al punto que sus dependencias fueron ocupadas de forma irregular por un grupo de personas que mediante la modalidad de arriendo utilizaba los calabozos como habitaciones, venta de ropa y otros espacios para estacionamientos. Sin embargo, en julio de este año y gracias a las gestiones de la seremi metropolitana de Bienes Nacionales, fueron desalojadas de manera definitiva.
Respecto a esta recuperación, el subsecretario de Bienes Nacionales, Sebastián Vergara, afirmó que “hoy es un día muy especial porque, con esta entrega, se hace justicia y se pone en valor un lugar muy importante para nuestra historia. No dejaremos que espacios tan significativos para nuestra democracia y nuestro futuro sean utilizados de mala manera. Seguiremos trabajando para entregar justicia, seguridad y certeza territorial”.
En la misma línea, el seremi metropolitano de la cartera, Andrés Hidalgo, recordó que “cuando llegamos al gobierno, nos encontramos con que la ex Tenencia Curacaví estaba tomada y siendo muy mal utilizada por personas ajenas al objetivo del sitio de memoria. Lo desalojamos el día 5 de julio, e inmediatamente lo entregamos a la Agrupación Social y Cultural de Derechos Humanos de Curacaví, cumpliendo con el mandato del Presidente de avanzar en saldar la deuda que el Estado de Chile tiene en materia de derechos humanos”.
Según recalcó la Delegada Presidencial Provincial de Melipilla, Sandra Saavedra, tras este paso “comenzaremos a partir de hoy a recuperar este espacio, a abrirlo a la comunidad para que no se pierda la memoria de lo que sucedió acá. Es muy importante recalcar que en los sectores rurales es mucho más difícil recuperar la memoria, porque los hechos que sucedieron están muy ocultos, están muy borrados de la memoria de las nuevas generaciones. En ese sentido, en la recuperación de la memoria, en la búsqueda de justicia, verdad y sobre todo garantías de no repetición, este es un hecho que es muy valorado por nosotros como delegación”.
Para finalizar y emocionada con este avance, Mirta Saéz, dirigenta de la organización de derechos humanos, indicó que “para mí y la agrupación es reconfortante llegar a esto. Este es un espacio que fue abandonado por mucho tiempo por parte del Estado, pero con un trabajo largo y ayuda de muchas personas hemos llegado a este momento. Este es un hito histórico y desde hoy Curacaví va a conservar la memoria y reconocer a nuestros mártires. Esperamos que nuestro trabajo sea un granito para empezar un gran proyecto para que esto quede para la posteridad y no se pierda la historia”.
por Daniel Lillo