Ubicación:Venecia 1722 Independencia Región Metropolitana
Organismos:Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)
Geolocalización: Google Maps Link
Descripción General
Categoría : Otra Información
Ubicado en Calle Venecia a la altura del 1722, entre Freirina y Quezada Acharán, en Santiago, el llamado "Cuartel Venecia" fue, en un comienzo, una casa particular que sirvió como escondite de altos miembros del MIR. A finales de 1974 la casa fue tomada y entregada para el uso a una de las unidades de la Agrupación “Caupolicán” de la DINA.
La Comisión de Verdad y Reconciliación (Informe Rettig) recibió testimonios que confirman que este cuartel secreto fue utilizado para mantener detenidos y para torturar.
Las declaraciones de la colaboradora y subsecuente agente de la DINA Luz Arce afirman: “..a mí me consta que esta casa fue utilizada como recinto de detención. En enero o febrero de 1977 el jefe de ese cuartel era Ricardo Lawrence. Lo sé porque en una ocasión se me solicitó ir a ese recinto para analizar una documentación que cayó con unos detenidos. Puedo agregar que durante 1977, no puedo precisar el mes, un vecino del sector, un joven que era enfermo mental fue violado en forma reiterada por un agente de la DINA. Se creó un escándalo que obligó a abandonar el lugar como cuartel de detención. Posteriormente, la casa fue entregada a un agente de la DINA, Mirta Espinoza Carrasco cuyo cargo formal era de secretaria, pero que en varias oportunidades viajó al extranjero, y en una de ellas a Estados Unidos, en misión oficial de la DINA".
Hoy la dirección mencionada en el Informe de la Comisión Nacional de Comisión Prisión Política y Tortura no existe. Consultados, los vecinos desconocen cuál era exactamente la casa.
Fuentes de Información Consultadas: Informe Rettig; “Revista APSI”; El Dinamo; Memoriaviva;
Cuarteles Maruri y Venecia: las huellas de una memoria olvidada
Fuente :independenciacultural.cl, 11 de Septiembre 2020
Categoría : Otra Información
Seguramente, la imagen más dramática de los luctuosos sucesos acaecidos el 11 de septiembre de 1973 es la de la Moneda en llamas. Sin embargo, desafortunadamente, ésta solo será la primera de una larga lista de sucesos luctuosos que se multiplicarán por todo el país.
Para los habitantes del territorio que hoy conforma la comuna de Independencia, el sobrevuelo de los aviones Hawker Hunter preparando el asalto a la Casa de Gobierno, la experiencia de ver los cuerpos de cientos de personas yaciendo en el lecho del río Mapocho o apilados en las puertas del Servicio Médico Legal o el Cementerio General, volvieron la muerte una compañera.
No obstante, el dolor, la persecución e indignidad de los hechos que fueron cometidos y, que llevaron a la tortura y muerte a cientos de miles de personas, permaneció oculta a los ojos de la población. Hoy se sabe que el riguroso y sistemático método de persecución utilizado por la dictadura, tal cual lo detalla Santos Herceg en el texto “Los centros de detención y/o tortura en Chile. Su desaparición como destino”, contó con la implementación de más de 11.68 Centros de Detención a lo largo de Chile. Así, edificios públicos, unidades militares y policiales, inmuebles particulares, entre otros, fueron utilizados para estos efectos.
En el territorio local, el gran ícono de las violaciones de DD. HH fue el cuartel Borgoño, el que por poco más de una década, entre los años 1977 y 1989, fue usado como centro de detención y tortura por la Central Nacional de Informaciones, cuyos agentes de seguridad denominaron como «Casa de la Risa». Aquí tenían su base de operaciones las unidades especializadas en el MIR y más tarde el FPMR.
En Independencia, al Cuartel Borgoño se sumaron otros inmuebles que fueron ocupados para fines represivos, casas deshabitadas y comisarías que también actuaron conforme a la lógica de terror que se impuso a sangre y fuego. Muchas de ellas como lugares de paso y otras que se establecieron como cuarteles más pequeños y que se mantuvieron operativos por algunos años. Estos fueron los casos del Ex Cuartel Maruri y el Ex Cuartel Venecia.
En los inicios de la dictadura de Pinochet, a un par de calles donde posteriormente se instalará el Cuartel Borgoño, se localizará la Casona de dos pisos que dará vida al Cuartel Maruri, signada con el hoy inexistente # 245. De acuerdo al Informe Rettig, acá funcionó el Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, SIFA, que preferentemente era utilizado por agentes solteros del Comando Conjunto. El inmueble era ocupado para retener transitoriamente a detenidos, centrándose en la persecución, tortura y eliminación de miembros del MIR y del Partido Socialista entre los años 1974-1975 y de integrantes del Comité Central del Partido Comunista entre 1975 y 1977.
Actualmente la entrada de la casa se encuentra designada con el número 251 y pocos vecinos la reconocen como ex centro de tortura. La mayoría prefiere no hablar del tema por temor a “persecuciones”, aunque algunos reconocen los cambios de voltaje producidos por la aplicación de electricidad como medio de tortura en el que fue uno de los 1.132 lugares que, de acuerdo el Informe Valech fueron utilizados como centros de detención.
Unas veinte calles hacia el norte de Independencia, en la calle Venecia a la altura del 1700, se localizó el llamado «Cuartel Venecia”. Esta casa que después del golpe sirvió como escondite de altos miembros del MIR, fue tomada a fines de 1974 para el uso a una de las unidades de la Agrupación “Caupolicán” de la DINA. La Comisión de Verdad y Reconciliación (Informe Rettig) recibió testimonios que confirman que este cuartel secreto fue utilizado para mantener detenidos y para torturar.
De este lugar se tiene constancia de la detención del matrimonio de dirigentes comunistas de Bernardo Araya, ex diputado y dirigente de la Central Única de Trabajadores (CUT) y María Olga Flores Barraza, quienes habían sido apresados en Quintero junto a sus tres nietos y cuñado y llevados al inmueble en el año 1976. La pareja fue brutalmente torturada mientras, en paralelo, agentes de la DINA celebraban un cumpleaños, según dio cuenta el testimonio presencial de Juan Waldemar Henríquez uno de los nietos que se encontraban apresados y que luego fueron liberados. Con los años, Juan ingresó al FPMR siendo asesinado en el montaje que la Dictadura denominó como Operación Albania en el año 1987.
Luz Arce Sandoval vecina de Vivaceta, miembro del Partido Socialista, y que luego fuera colaboradora de la DINA/CNI, indicó en los años noventa que durante el año 1977 la casa era utilizada como centro de detención.
Hoy, recorridas más de cuatro décadas de estos sucesos, detallados en las Comisiones Rettig y Valech, creemos es imperativo que, desde la historia local, se recuerde y reflexione acerca de la memoria nacional y de cómo estos dolorosos eventos que fueron parte de una de las páginas más tristes de la historia nacional, jamás vuelvan a repetirse.
Desaparición de diputado comunista Bernardo Araya Zuleta y su esposa: condenan a 10 agentes de la DINA
Fuente :villagrimaldi.cl, 18 de Abril 2018
Categoría : Otra Información
Se les vio por última vez en el Cuartel Venecia de la DINA, ubicado en el N° 1722 de esa calle, de la comuna de Independencia, forman parte del Caso Conferencia. Las autoridades civiles y militares de la dictadura entregaron información falsa, acerca de que había salido del país. Con esta sentencia, el prófugo Ricardo Lawrence suma otra condena más en su contra.
El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Miguel Vázquez, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por el secuestro calificado del matrimonio conformado por Bernardo Araya Zuleta y María Flores Barraza, perpetrado a partir del 6 de abril de 1976.
El magistrado condenó a los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo y Ricardo Lawrence Mires a penas de 13 años de presidio, en calidad de autores del delito. En tanto, los agentes: Eduardo Cabezas Mardones, Jorge Díaz Radulovich y Pedro Bitterlich Jaramillo deberán purgar penas de 10 años y un día de presidio, también en calidad de autores.
En calidad de cómplices, los agentes: Orlando Altamirano Sanhueza, Orlando Torrejón Gatica, Clara Barros Rojas y Guillermo Díaz Ramírez fueron condenados a 5 años y un día de presidio.
Según la investigación, el juez logró establecer que “agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) comenzaron a vigilar el domicilio que tenía el matrimonio formado por Bernardo Araya Zuleta y María Olga Flores Barraza en la ciudad de Santiago en calle Sorrento Nº 629, para lo cual ocupaban la casa de un vecino y vehículos que los trasladaban por el sector a fin de hacer seguimientos”.
Los represores lograron “averiguar que también tenía una vivienda en Quinteros, para lo cual se trasladaron a esa ciudad, desplegando una serie de actividades de control en la Municipalidad, arrendando una pieza de un vecino, para saber de sus movimientos, sin que al efecto hubiere algún motivo en especial, salvo la condición de militante del partido comunista del varón y haber sido diputado de la República, por ese conglomerado”, señala la resolución judicial.
El 2 de abril de 1976, alrededor de las 22 horas, los agentes “concurrieron al domicilio de calle Barros Luco N° 1220 de la comuna de Quinteros, los que sin orden competente procedieron a la detención del matrimonio compuesto por Bernardo Araya Zuleta y María Olga Flores Barraza”, precisa el fallo.
Bernardo Araya Zuleta era ex diputado del Partido Comunista y estaba casado con María Olga Flores Barraza, tenían 64 y 60 años de edad respectivamente.
“Ambos fueron trasladados al recinto que era utilizado para planificar la detención de miembros de la cúpula del partido comunista, para lo cual había un organigrama de dicho conglomerado en una pared, además era usado como lugar clandestino y provisorio de detención. Cuartel dependiente del organismo de seguridad, ubicado en calle Venecia N° 1722 comuna de Independencia, donde se les mantuvo privados de libertad”, puntualiza el magistrado.
En el Cuartel Venecia fueron vistos con vida por otros detenidos. “Bernardo Araya fue sometido a interrogatorios y torturas acerca de la identidad de otros militantes y lugares de reunión, desconociéndose desde esa época el actual paradero de ambos integrantes del matrimonio, informando el Ministerio del Interior y la DINA, que no tenían antecedentes sobre las detenciones de Araya y Flores y que no se había decretado por esas reparticiones orden de detención alguna en contra de aquellas personas”, agrega.
“En la misma oportunidad también fueron detenidos Vladimir y Ninoska Henríquez Araya, Eduardo Araya Rojas y Juan Flores Barraza, los primeros 3 nietos del matrimonio Araya Flores y el último, hermano de María Olga Flores Barraza, los que fueron dejados en libertad días después en la vía pública”, precisa.
“En orden a ocultar el real paradero o destino de las víctimas, los organismos de seguridad y autoridades administrativas de la época, informaron oficialmente que Bernardo Araya Zuleta y María Olga Flores Barraza, registraban salida del país con destino a Argentina, por el paso Caracoles el 7 de abril de 1976 y que no habían sido detenidos ni se habían despachado órdenes de detención en su contra; información que fuera desmentida por las instituciones correspondientes del vecino país, resultando falsa».
En el aspecto civil, la resolución condena al Estado de Chile a pagar una indemnización total, por concepto de daño moral, de $790.000.000 (setecientos noventa millones de pesos) a los familiares de las víctimas.
Biografía del diputado Bernardo Araya Zuleta
Nació en Tocopilla, el 1º de diciembre de 1911; hijo de Abelardo Araya y Carmela Zuleta.
Se casó con María Olga Flores Barraza y tuvieron cuatro hijos.
Estudió en colegio particular y Liceo de Hombres de Antofagasta. En 1940 realizó un curso sobre economía marxista en el partido Comunista.
A la edad de 16 años trabajó como mensajero de Telégrafos de Chile en Antofagasta; de ahí, pasó a la Maestranza del Ferrocarril de la Anglo-Chilena en Tocopilla, donde aprendió su profesión y actuó hasta el año 1932. Aquí comenzó a trabajar en las organizaciones obreras. En Tocopilla organizó, en 1932, la Unión Obrera Ferroviaria, en el Ferrocarril de Antofagasta a Bolivia, siendo dirigente del Sindicato Industrial hasta 1938, año en que lo despidieron.
En Antofagasta fue dirigente provincial de la Central de Trabajadores de Chile, C.T.CH. y en 1940, secretario provincial. En 1943, fue dirigente nacional de la Central Obrera y elegido delegado de Antofagasta en Santiago.
En el año 1936 ingresó al Partido Comunista en Antofagasta. Fue miembro de la Comisión Política del Comité Central de su Partido. Su vasta preparación se debió a la intensa labor que desarrolló dentro del campo sindical obrero.
Fue redactor de la Página Obrera en el «Diario Popular» de Antofagasta.
Electo diputado por la Segunda Agrupación Departamental «Antofagasta, Tocopilla, El Loa y Taltal», período 1945-1949; fue diputado reemplazante en la Comisión Permanente de Vías y Obras Públicas; y en la de Trabajo y Legislación Social. El 4 de enero de 1949, fue desaforado por oficio de la Corte de Apelaciones de Concepción.
En 1961 fue reelecto diputado, pero por la Séptima Agrupación Departamental «Santiago», Primer Distrito, período 1961-1965; integró la Comisión Permanente de Trabajo y Legislación Social. Miembro de la Comisión Especial Central Única de Trabajadores, CUT, 1961; Especial Investigadora del Problema del Petróleo, 1963 y 1964; Especial de la Vivienda, 1963 y 1964; 1964 y 1965.
Entre las mociones que llegaron a ser ley de la República, que presentó junto con otros diputados, se destacan la Ley N° 15.699 Modifica el Artículo 29 y el Inciso Tercero del Artículo 134 del Código del Trabajo (relativa a extensión del plazo de prescripción para cobrar horas extraordinarias) (publicada en el Diario Oficial de 2 de octubre de 1964). Ley N° 16.350 Modifica Artículos 10, 12 y 13 del Código del Trabajo, en lo relativo a desahucio e indemnización que los empleadores deben pagar a los obreros al poner fin a sus servicios. (Publicada en el Diario Ofical de 25 de octubre de 1965). Ley N°16.469, que otorgó calidad jurídica a los torneros, matriceros, frezadores y similares. (Publicada en el Diario Oficial de 12 de mayo de 1966). Ley N° 16.288 Autoriza la Internación y Libera del Pago de los Derechos que Indica a la Mercadería que Señala, destinada a la Central Única de Trabajadores y a la Escuela Técnica de las Religiosas Franciscanas de Gante, de Los Vilos. En la moción participaron siete diputados (Publicada en el Diario Oficial de 24 de agosto de 1965.