Quinta Comisaria de Carabineros Conchali


Ubicación:Gral. Gambino 3731 Conchali Región Metropolitana

Rama:Carabineros

Geolocalización: Google Maps Link


Descripción General

Categoría : Otra Información

El antiguo recinto de la 5° Comisaría de Carabineros Conchalí, ubicada en Gral. Gambino 3731, Comuna de Conchali, fue utilizada como centro de detencion de pobladores del area. 

Este recinto esta esta estrechamente relacionado con la detencion y asesinato de Luis Humberto Caro Bastías, Antonio Segundo González Rojas, Carlos Miguel Hidalgo Retamal, Ricardo Hernán Ortega Alvarado, Enrique Zenon Vásquez Castañeda y Vicente Armando Vásquez Castañeda, todos jovenes del campamento aledaño a la Población Irene Frei de Conchalí .

 

Fuentes de Información Consultadas: Informe Valech; Fortin Mapocho; Memoriaviva;


causa Rol Nº530-2010-MVE: delitos de homicidio cometido en las personas del campamento aledaño a la Población Irene Frei de Conchalí,

Fuente :Poder Judicial, 3 de Jinio 2015

Categoría : Judicial

1º.- Que el día 14 o 15 de septiembre de 1973, alrededor de mediodía, en campamento aledaño a la Población Irene Frei de Conchalí, funcionarios policiales de la Quinta Comisaría de Carabineros de Conchalí, que se movilizaban en un Bus de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, proceden a detener a Luis Humberto Caro Bastías, Antonio Segundo González Rojas, Ricardo Hemán Ortega Alvarado, Carlos Hidalgo Retamal, Vicente Vásquez Castañeda y Enrique Vásquez Castañeda;

2°.- Que los funcionarios policiales, una vez efectuada la detención, los trasladan hasta la unidad policial  y les mantienen  recluidos en una de sus dependencias, hasta que en horas de la madrugada del día siguiente, uno de sus oficiales  acompañado  de  carabineros  premunidos con armas de fuego, los sacan del cuartel policial y les llevan hasta la intersección de las calles Guanaco con Dorsal, de la Comuna de Conchalí, distante cuatro o cinco cuadras de la Comisaría;

3°.- Que, una vez en el lugar, los obligan a arrancar al interior de un sitio utilizado como estacionamiento de los Buses de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, y al hacerlo les disparan por la espalda hasta darles muerte, luego los dejan sin vida propagados por el lugar, con tal acrimonia y desprecio por la vida de las personas, que uno de ellos en su huida, es alcanzado por las balas en los momentos en que intentaba saltar una reja y al no lograrlo, queda colgado de ella, a la vista de los testigos y familiares que con posterioridad llegaron al lugar


Diez años de cárcel para oficial de Carabineros responsable de 6 homicidios en 1973

Fuente :villagrimaldi.cl, 4 de Junio 2015

Categoría : Prensa

Se sacó de la quinta Comisaría a los detenidos Luis Caro Bastías, Antonio González Rojas, Ricardo Ortega Alvarado, Carlos Hidalgo Retamal, Vicente Vásquez Castañeda y Enrique Vásquez Castañeda para masacrarlos por la espalda en un estacionamiento de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado ubicado en la Población Irene Frei de Conchalí.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó sentencia de primera instancia en la investigación de ese crimen contra la humanidad perpetrado en septiembre de 1973.

En la resolución, el magistrado condenó al oficial en retiro de Carabineros Andrés Flores Sabelle a la pena de 10 años y un día de presidio, como autor de seis delitos de homicidio calificado.

En el aspecto civil, el fallo acogió las demandas de indemnización de perjuicios por daño moral, ordenando al Estado de Chile pagar a: Silvia Ramírez Suazo, Eliana Mena Suazo y Fresia de las Mercedes Hidalgo Retamal, 30 millones de pesos a cada una.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa investigativa, el ministro en visita logró determinar la siguiente secuencia de hechos:

“Que el 14 o15 de septiembre de 1973, alrededor de mediodía, en campamento aledaño a la población Irene Frei de Conchalí, funcionarios policiales de la Quinta Comisaría de Carabineros de Conchalí, que se movilizaban en un bus de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, proceden a detener a Luis Humberto Caro Bastías, Antonio Segundo González Rojas, Ricardo Hernán Ortega Alvarado, Carlos Hidalgo Retamal, Vicente Vásquez Castañeda”.

“Que los funcionarios policiales, una vez efectuada la detención, los trasladan hasta la unidad policial y les mantienen recluidos en una de sus dependencias, hasta que en horas de la madrugada del día siguiente, uno de sus oficiales acompañado de carabineros premunidos con armas de fuego, los sacan del cuartel policial y les llevan hasta la intersección de las calles Guanaco con Dorsal, de la comuna de Conchalí, distante cuatro o cinco cuadras de la comisaría”, reza el fallo de la Justicia.