Descripción General
Categoría : Otra Información
El centro de detención más importante de la Primera región fue la ex- Cárcel de Pisagua (actual Hotel de Pisagua). Hasta allí se trasladó a detenidos desde el Regimiento de Telecomunicaciones Nº 6 “Tarapacá” de Iquique, desde diversas Comisarías de la Región y desde Valparaíso, estos últimos transportados a bordo del Buque “Maipo”, por efectivos de la Armada.
El viejo recinto de tres pisos del pequeño pueblo costero llegó a alojar a cerca de quinientos prisioneros, superando con mucho su capacidad natural. En las diez celdas del primer piso, de dos por cuatro metros cada una, permanecieron los prisioneros incomunicados. En el segundo y tercer piso había ocho celdas de aproximadamente cuatro por diez metros en cada una de las cuales eran encerrados hasta veinticinco prisioneros.
Criminales y Cómplices
Coronel Larrain (Ejercito); Cabo Abarca (Carabineros); Cabo Contador (Carabineros).
Fuentes de Información Consultadas: Informe Rettig; CODEPU; Memoriaviva;
DECRETO 466 EXENTO
Fuente :.bcn.cll, 17 de Marzo 2008
Categoría : Judicial
DECRETO 466 EXENTO DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO LOS INMUEBLES: ESCUELA, MULTICANCHA DEPORTIVA Y FOSA Y FIJA LÍMITES PARA TRES INMUEBLES DECLARADOS MONUMENTO HISTÓRICO: MERCADO, TEATRO MUNICIPAL Y EX CÁRCEL PÚBLICA, UBICADOS EN EL PUERTO DE PISAGUA, COMUNA DE HUARA, PROVINCIA DE IQUIQUE, REGIÓN DE TARAPACÁ
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 466 exento.- Santiago, 6 de febrero de 2008.
Considerando:
Que, el puerto de Pisagua, en atención a su ubicación geográfica y topográfica, ha sido un lugar de prisión política en tres períodos de la historia de Chile: durante el período de Gabriel González Videla, entre los años 1947 y 1948; durante el segundo gobierno de Carlos Ibáñez del Campo, entre 1952 y 1958 y durante el Régimen Militar, especialmente entre septiembre de 1973 y octubre de 1974 y posteriormente durante la década de los 80.
Que, durante la dictadura militar se utilizaron edificaciones y lugares de Pisagua que, de manera articulada, conformaron el Campamento de Prisioneros, el cual, según consta en las declaraciones recibidas por la Comisión de Prisión Política y Tortura, albergó a más de 800 prisioneros, de los cuales 24 habrían sido ejecutados.
Que, la ex Cárcel Pública, declarada Monumento Histórico mediante decreto supremo de Educación Nº 780, de 3 de diciembre de 1990, actual Hotel de Pisagua, fue utilizada como cárcel durante los gobiernos de Gabriel González Videla, de Carlos Ibáñez del Campo y en la dictadura militar, y que, por esta razón, es un inmueble emblemático que responde al principal destino represivo que ha tenido Pisagua en diferentes momentos históricos del país.
Que, el edificio del Mercado, declarado Monumento Histórico mediante decreto supremo de Educación Nº 780, del 3 de diciembre de 1990, paredaño al costado norte del Teatro Municipal, se utilizó como lugar de detención de mujeres, indicándose en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación que "las mujeres detenidas fueron trasladadas a una dependencia contigua al Teatro de la ciudad, habilitada especialmente para este efecto". Con el mismo fin se ocupó un galpón conocido por los prisioneros como el "supermercado".
Que, el Teatro Municipal, declarado Monumento Histórico mediante decreto supremo de Educación Nº 746, del 05 de octubre de 1977, cumplió un rol importante en la vida de los prisioneros, quienes tenían que representar obras teatrales o musicales a las que asistían otros detenidos, militares y personas del pueblo.
Que, la Multicancha Deportiva de Pisagua, según consta en los testimonios de ex presos políticos recopilados por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, fue utilizada desde el mes de septiembre de 1973 y hasta octubre de 1974 como lugar de tortura y castigo para los detenidos, al exponerlos a la intemperie a las altas temperaturas del día y bajas en la noche.
Que, en el Campamento de Prisioneros de Pisagua el edificio de la Escuela fue el lugar donde funcionó la Fiscalía Militar y en ella se realizaron los Consejos de Guerra de los años 1973 y 1974.
Que, la Fosa ubicada en el límite exterior noreste del Cementerio Histórico es considerada como "el lugar más sagrado donde fueron enterrados los compañeros frente al paredón que estaba ubicado cerca de aquel lugar". Allí fueron encontrados, en el año 1990, veintiún cuerpos de prisioneros políticos, según consigna el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación.
Que, la memoria histórica de nuestro país merece se otorgue el reconocimiento y protección oficiales a bienes del patrimonio asociados con el dolor, que están llamados a cumplir un importante rol en la reconciliación de nuestro país y en la educación y promoción de los derechos humanos.
Que, la protección de estos lugares se enmarca en el reconocimiento de la memoria histórica del pueblo de Pisagua y del país en su conjunto, que tiene como objetivo reforzar el aprendizaje colectivo de la experiencia del pasado y colaborar en la mantención del compromiso de respeto a los derechos humanos.
Que, el grupo solicitante tiene asociado un proyecto de señalética cuyo objetivo es dar cuenta de los distintos periodos históricos en que Pisagua ha sido centro de detención e identificar los lugares que conformaron el Campamento de Prisioneros durante el Régimen Militar, y
Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.288 de 1970; decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; acuerdo de sesión de 12 de septiembre de 2007, del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. Nº 6491, de 6 de diciembre de 2007, del Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales; solicitud Nº 000798, de la Comisión Chilena de DD.HH. Capítulo Iquique, de 16 de febrero de 2006; Of. Nº 255/07 de don Felipe Rocha P., Alcalde de la Municipalidad de Huara, de 2 de agosto de 2007; carta de don Iván Paniagua V., de 17 de julio de 2006; Expediente Técnico de Solicitud de declaratoria de Monumento Histórico de Multicancha Deportiva, Escuela y Fosa y Fija Límites de los Monumentos Históricos Teatro Municipal, Mercado, ex Cárcel Pública, de arqueóloga Belén Rojas Silva, de 2007; resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico los edificios de la Escuela, de la Multicancha Deportiva y de la Fosa, ubicados en el puerto de Pisagua, Comuna de Huara, Provincia de Iquique, Región de Tarapacá.
El edificio de la Escuela tiene una superficie aproximada de 405,25 m2. y se delimita con los numerales 1, 2, 3, 4, 1; el edificio de la Multicancha Deportiva tiene una superficie aproximada de 1.044,40 m2 y se delimita con los numerales 5, 6, 7, 8, 5; y la Fosa tiene una superficie aproximada de 195,19 m2. y se delimita con los numerales 9, 10, 11, 12, 9; todo lo cual se indica en el plano adjunto que forma parte del presente decreto.
Artículo segundo: Compleméntase el decreto supremo de Educación Nº 780, de 03 de diciembre de 1990, que declaró Monumento Histórico el Mercado y la ex Cárcel Pública, de Pisagua, en el sentido de fijar los límites del área protegida de cada uno de ellos, según se indica:
1. El área protegida del Mercado, ubicado en el costado norte del Teatro Municipal, corresponde al polígono señalado con las letras A, B, C, D, A, y que posee una superficie de 566,22 m2, como se indica en el plano adjunto que forma parte del presente decreto.
2. El área protegida de la ex Cárcel Pública, actual Hotel de Pisagua, corresponde al polígono señalado con las letras G, H, I, J, G, y que posee una superficie de 1.390,24 m2, como se indica en el plano adjunto que forma parte del presente decreto.
Artículo tercero: Compleméntase el decreto supremo de Educación Nº 746, de 05 de octubre de 1977, que declaró Monumento Histórico el Teatro Municipal de Pisagua, en el sentido de fijar los límites del área protegida al polígono señalado con las letras C, D, E, F, C, y que posee una superficie de 1.180,12 m2, como se indica en el plano adjunto que forma parte del presente decreto.
Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Yasna Provoste Campillay, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Rodrigo González López, Subsecretario de Educación (S).
Triste historial de un pueblo hermoso: La cárcel de Pisagua se ha usado tres veces como campo de prisioneros políticos
Fuente :edicioncero.cl, 28 de Agost, 2019
Categoría : Prensa
Anyelina Rojas Valdés.- El viejo puerto de Pisagua, que por su conformación geográfica es una cárcel natural, ha servido 3 veces como centro de concentración de prisioneros políticos, siendo el periodo más crudo, entre 1973 y 1974, durante la dictadura de Pinochet, donde fueron ejecutados detenidos, a quienes se les aplicó la ley de fuga, o pasaron por ilegales consejos de guerra.
El viejo puerto formó parte del virreinato del Perú y sólo pasó a constituir territorio chileno tras el desembarco de Pisagua, en 1879, un 2 de noviembre. Fue puerto principal en la exportación de nitrato, durante la industria del salitre. Tras la crisis del salitre, el pueblo empezó a decaer.
Durante el gobierno de Gabriel González Videla, en 1940, que implemento la Ley de Defensa permanente de la Democracia, conocida como “Ley Maldita”, que proscribió al Partido Comunista, fue utilizado como campo de concentración de prisioneros políticos. Esto, pese a haber recibido el apoyo de esa colectividad, durante la campaña presidencial.
Hacia 1956, Carlos Ibáñez del Campo volvió a utilizar la cárcel de Pisagua, como recinto de detención de presos políticos, pero por su perfil homofóbico, junto con perseguir a militantes de izquierda, también las emprendió contra los homosexuales..
Pero no fue hasta 1973, tras el golpe cívico militar que encabezó el dictador Pinochet, que Pisagua escribe el episodio más gris de su historia. Según el Informe Rettig, que reconoció el atropello a los derechos humanos, unos 500 prisioneros estuvieron en la cárcel del pueblo. Además, hubo alrededor de 40 mujeres que también padecieron del cautiverio político.
A mediados de los ochenta, cuando la protesta ciudadana recrudece en el país, exigiendo democracia, Pisagua nuevamente es usado para albergar a prisioneros políticos. Esta vez y en dos ocasiones, fueron trasladados hasta el viejo puerto, personas, principalmente jóvenes, que participaban en las jornadas de protestas.
Hay un hecho de aquella época que marcó un hito a nivel internacional, -porque Pisagua siempre es de interés internacional-, cuando una de las jóvenes detenidas en el pueblo, es alertada de un llamado telefónico, en el único teléfono que había en el pueblo. Entonces va a atender el llamado que resultó ser de un medio internacional, entonces, estas nuevas detenciones salieron a la luz en todo el mundo.
CÁRCEL, HOTEL, PATRIMONIO
Así, después de haber sido cárcel y quizás en un intento de invisibilizar la historia, en las postrimerías del gobierno dictatorial, se inicia el proceso de enajenación del inmueble, pasando a mandos de una familia de Arica, que adquirió el recinto y lo transformó en hotel. Sin embargo, aún cuando hubo hospedados, el negocio no prosperó.
Hoy, después de una larga lucha, las organizaciones de derechos humanos lograr que la cárcel vuelva al erario nacional. Es decir, el inmueble, declarado Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Historio, según decreto de febrero de 2008, es adquirido por el Estado. Las gestiones para lograrlo en esta última la lideró la Corporación de Derechos Humanos y Sitios de la Memoria de Tarapacá, aunque el historial de lucha por parte de todas las organizaciones de DDHH, es larga hacia atrás.
Hoy, cuando la inscripción del inmueble se encuentra en la etapa de inscripción a nombre del Estado, todas las organizaciones se comprometen para rescatar este inmueble patrimonial, como sitio de memoria. Sin embargo, el pueblo entero es entendido como u lugar de memoria.
Metodos de Tortura y Testimonio de lo Sucedido
Fuente :soycriminalista.blogspot.com, 15 de Marzo 2017
Categoría : Otra Información
Los métodos que se enuncian a continuación se ajustan a la definición operativa de la tortura adoptada por esta Comisión, tras considerar detenidamente los parámetros fijados por las convenciones internacionales sobre esta práctica: "Constituye tortura todo acto por el cual se haya infligido intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, intimidar o coaccionar a esa persona u otras, anular su personalidad o disminuir su capacidad física o mental, o por razones basadas en cualquier tipo de discriminación. Siempre y cuando dichos dolores o sufrimientos se hayan cometido por un agente del Estado u otra persona a su servicio, o que actúe bajo su instigación, o con su consentimiento o aquiescencia". Es importante advertir que la consideración por separado de los distintos métodos en aras de una mayor claridad, no debe ocultar el hecho de que las formas de tortura aquí definidas podían aplicarse de manera sucesiva o simultánea sobre la misma víctima. Asimismo, no todos los métodos fueron empleados con la misma frecuencia, y se incluyen sólo aquellas descripciones representativas de lo señalado por quienes entregaron sus testimonios. Invariablemente, las definiciones son ilustradas con testimonios de personas que acudieron a esta Comisión luego de sufrir tortura por parte de distintos organismos y en períodos diferentes. Para preservar la identidad de las víctimas, se han omitido los nombres y las ocupaciones, señalándose, eso sí, la fecha de detención, el sexo y el recinto en donde ocurrieron los hechos.
Golpizas reiteradas
A juzgar por la enorme cantidad de testimonios de personas golpeadas, puede afirmarse que las golpizas reiteradas constituyeron el método de tortura más socorrido durante el régimen militar y, en general, el primero que se aplicó a las víctimas de la represión. Era habitual que al momento de efectuarse la detención, la persona afectada, pese a no ofrecer resistencia, y estando incluso maniatada o esposada, fuese golpeada de manera intencional e injustificada. Este tipo de golpes, comúnmente llamados "uso excesivo de la fuerza", constituyen tortura, pues no tienen otra finalidad que provocar un sufrimiento innecesario. Consta el caso de personas golpeadas en todo el cuerpo, de manera reiterada, por varios agentes, durante tiempo prolongado. También se dieron los golpes en partes específicas del cuerpo, no rara vez en las más sensibles, a veces hasta el sangramiento. Muchas de las personas golpeadas fueron previamente desnudadas y privadas del sentido de la vista mediante una venda en los ojos o la colocación de una capucha, que les impedía advertir los golpes y les generaba una mayor sensación de indefensión. Las golpizas ocurrieron antes, durante y después de los interrogatorios. La mayoría de las secuelas permanentes que pudo conocer esta Comisión corresponden a golpes infligidos a los detenidos; entre otras, pueden mencionarse la pérdida total y parcial de la visión, pérdida total o parcial de la audición, pérdida de piezas dentales, problemas renales, esterilidad y distintas lesiones en la columna. Finalmente, pese a que el tema escapa al mandato de esta Comisión, cabe mencionar que hubo personas muertas a golpes.
A continuación se enumeran los golpes más frecuentemente recibidos por los detenidos que acudieron a brindar su testimonio:
• Golpes de pies y puños.
• Golpes con objetos contundentes: culata de las armas (culatazos), palos (palizas), laque (también llamado churro, luma o tonto de goma), apedreamientos, con otros objetos contundentes.
• Golpes con objetos flexibles o no contundentes (también llamados azotes o flagelamiento): látigos, fusta para caballos, baquetas (varillas de coligüe).
• El teléfono, esto es, golpes con mano abierta en ambos oídos (puede provocar lesiones auditivas permanentes).
• Golpes reiterados en los ojos, boca, nariz, testículos, pechos, cuello, rodillas y otras partes sensibles del cuerpo.
Las denuncias incluyen otras prácticas que implican golpes, tales como:
• Callejón oscuro: hacer pasar a los detenidos por entre dos hileras de efectivos que les propinan golpes de pies, puños y culatazos.
• Pisar y saltar sobre los detenidos cuando están tendidos en el suelo, boca arriba o boca abajo.
• Dejar caer el cuerpo del detenido al suelo escaleras abajo.
• Arrastrar al detenido por el suelo o por las escaleras, tomado del pelo, amarrado del cuello o de otro miembro.
Hombre, detenido en octubre de 1973. Relato de su reclusión en la Cárcel y en el Retén de Pisagua, I Región: […] Los días de octubre fueron de gran incertidumbre, nos cambiaban de celda permanentemente, nos sacaban a interrogatorios desde lacárcel en grupos de 20 hombres, con la vista vendada, en fila india, guiados por un uniformado y en esas condiciones salíamos por las desiertas calles de Pisagua en dirección al retén de Carabineros, donde nos estacionaban y procedían a una labor de "ablandamiento", que consistía en violentos golpes al estómago, donde nos doblábamos por el dolor, a continuación nos enderezaban con otro violento golpe, esta vez proporcionados con un tonto de goma en la espalda, lo que nos obligaba a recuperar la posición vertical. Esta ceremonia se repetía hasta que alguien nos hablaba con palabras dulces y acarameladas: ¿los golpearon mucho?, ¿han recibido maltratos?, pues bien, recuerden todo lo que saben y díganlo todo, y así podrán ser libres. […].
Hombre, detenido en mayo de 1975. Relato de su reclusión en el Regimiento Chorrillos de Talca, San Clemente, VII Región: […] me bajaron en un camino de tierra y me hicieron muchas preguntas, sobre todo lo que hacía yo en el colegio, qué hacía en mi casa, cómo se llamaban mis amigos, qué hacían mis hermanos, etc., yo contesté a sus preguntas, luego siento llegar otro auto que se estaciona al lado de nosotros, se baja un hombre y dice: éste es el huevón que andamos buscando, me tomó del pelo y me golpeó contra el auto, y me mencionó un nombre y si yo lo conocía, al responder que no, me dio varios golpes con un palo de coligüe en la cintura y en las piernas, caí al suelo, me pararon y me subieron al auto de nuevo, el mismo que me golpeó dijo: "Vamos no más, allá lo vamos hacer cantar a este huevón" […]. Llegamos a un lugar que no pude identificar, porque estaba vendado. Me metieron a un cuarto y cuando estaba adentro me hicieron sacarme el pañuelo, que estaba lleno de sangre […] veo frente a mí a un militar de alto rango, éste me mira de arriba abajo y mueve la cabeza como queriendo decir "puta la media pesquisa que hicieron mis agentes", ese militar era el comandante del Regimiento Talca […].
Hombre, detenido en noviembre de 1975. Relato de su reclusión en el recinto de la DINA Villa Grimaldi, Región Metropolitana: El día 19 de noviembre de 1975 a las 2:00 a.m. aproximadamente, ingresan a nuestro domicilio, rompiendo la puerta, unos 12 a 15 civiles armados con metralletas preguntando por [se omite el nombre]. Inmediatamente proceden a amarrar a mis hijos con un alambre en las muñecas y los obligan a permanecer de boca en el piso en el pasaje. A mí me golpean con los puños al intentar averiguar lo que estaba sucediendo. Revisan toda la casa causando enormes destrozos en muebles, colchones, etc. A mí también me atan las manos con alambre; todos vendados, somos subidos a diferentes vehículos particulares. Yo quedé en el mismo vehículo con mi hijo. Según relato posterior de mis vecinos, había gran cantidad de vehículos estacionados en un gran operativo. Fuimos trasladados a lo que resultó ser Villa Grimaldi. Allí permanecí alrededor de tres horas, en un lugar que parecía ser una especie de patio habilitado como galpón. Se escuchaban voces y gritos, como que hubiera un gran número de personas. Me interrogaban siempre y me golpeaban fuertemente con los puños y manos, especialmente en la cara; a veces caía al suelo y me costaba incorporarme, ya que aún estaba amarrado.
Lesiones corporales deliberadas
Esta Comisión recibió numerosos testimonios de víctimas a quienes se les provocaron lesiones corporales de manera deliberada y no se desconoce que la aplicación de muchos de los métodos de tortura pueden producir distintos daños físicos. La lesión se define como el daño o detrimento corporal causado a una persona por una herida (corte o desgarro) o por un golpe. Si esta lesión es provocada intencionalmente por otro y cuando este otro un agente del Estado, o un particular con el consentimiento de aquel, quien realiza esta acción con la específica intención de provocar una lesión, esta acción es constitutiva de tortura. Lo anterior es válido, por ejemplo, para los golpes, los colgamientos y la aplicación de electricidad. Además, bajo la denominación genérica de lesiones corporales se ha querido reunir hechos perpetrados con la intención precisa de causar un daño puntual en el cuerpo del detenido, provocado cuando éste se encontraba inerme, usualmente maniatado y con la vista vendada o encapuchado. No se trata de lesiones colaterales, previstas como posibilidad, sino de daños en primer grado, medulares del tipo de agresión constitutiva de tortura. Las extracciones de partes menores del cuerpo como uñas de pies y manos, piezas dentales, pelo, cejas, etc. resultan ilustrativas de este método de tortura. Valgan como ejemplo las heridas producidas por contacto con el fuego, un objeto caliente, o una sustancia cáustica o corrosiva que descompone el tejido orgánico. En efecto, las quemaduras fueron la modalidad de lesión corporal deliberada más común durante el régimen militar. Se provocaron quemaduras en diversas partes del cuerpo de la persona detenida, inclusive en las partes más sensibles, como genitales masculinos y femeninos. Las quemaduras con cigarrillos fueron las más habituales. Pero también constan casos de quemaduras con fierros calientes u otros objetos que provocaron serios daños a quienes fueron las víctimas. Las lesiones corporales deliberadas, se pueden desglosar como sigue:
• Extracciones de partes menores del cuerpo (uñas, dientes, etc.).
• Cortes con arma blanca (en las manos, en las piernas, en los genitales, en la espalda, en otras partes del cuerpo).
• Fracturas deliberadas (de brazos, pies, manos, dedos).
• Heridas a bala.
• Lesiones auditivas premeditadas, provocadas por disparo de fusil junto a los oídos o por la exposición a sonidos agudos durante tiempo prolongado, incluso hasta causar sangramiento de oídos, boca y nariz, con pérdida de conciencia en algunos casos.
• Lesiones en las uñas u otras partes del cuerpo mediante clavadura de alfileres, yataganes u otros objetos punzantes.
• Lesiones de diversa consideración resultantes de pasar un vehículo sobre los pies, las manos u otras partes del cuerpo del detenido.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en la 3a Comisaría de Rahue, Osorno, X Región: El día 19 de septiembre nos sacan del calabozo uno a uno para recibir golpes, un carabinero con un martillo de madera procede a darme un fuerte golpe en el dedo meñique de ambas manos, para luego con un alicate proceder a sacar las uñas, en ese momento ingresa el sargento [se omite el nombre], el cual quita al carabinero el alicate y procede a arrancarme con éste el bigote…, en un momento, producto del gran dolor y desesperación, logro morder la mano de este personaje, el que debe ser socorrido por un carabinero que me da un culatazo en mi cara […] pierdo el conocimiento y al despertar, me doy cuenta que sangro mucho de cabeza, nariz y boca… luego me doy cuenta que me faltan ocho dientes… había procedido a sacármelos con el alicate… o a golpes, no sé.
Hombre, detenido en diciembre de 1973, mientras estuvo detenido en el Regimiento Chorrillos de Talca, VII Región, señaló: […] No contentos de mi aspecto desfigurado por los golpes, me arrancaron las uñas de ambos pies y a sangre viva me aplicaban corriente provocándome un gran dolor.
Hombre, detenido en octubre de 1973. Relato de su reclusión en la Casa de la Cultura de Barrancas, a cargo de un batallón del Regimiento Yungay de San Felipe, Región Metropolitana: En un instante sentí que las yemas de mis dedos me ardían, me estaban clavando con agujas […] encendió un potente foco de mercurio a unos dos metros de mi cara. Los gritos del subteniente se empezaron a alejar, mi rostro ardía, en mi desesperación me pasé la mano por la frente y parte de la cara. El capitán golpeó la mesa que me separaba de él y me dijo que si me pasaba la mano por la cara me iba a quedar marcada para siempre. Había sido muy tardía la advertencia porque mi rostro quedó quemado y con marcas que llevo hasta hoy.
Hombre, detenido en diciembre de 1983. Relato de su reclusión en el Cuartel General de Investigaciones (General Mackenna), Región Metropolitana: Me dicen: entonces arrodíllate y pone la planta de los pies hacia arriba. Entre tres me sujetan y el cuarto procedió a saltar sobre la planta de mis pies. Yo sentía como mis huesos crujían con un dolor inexplicable. En ese momento pedí a gritos que me mataran, que ya no quería seguir viviendo, me respondieron que pronto […].
Colgamientos
Esta Comisión recibió abundantes testimonios de personas sometidas a este tipo de tortura, cuya aplicación se extendió por todo el período, especialmente por parte de los organismos de seguridad especializados en la represión. Junto con inmovilizar a la persona, este método mantiene a la víctima en posiciones forzadas que pueden tensionar las articulaciones hasta la dislocación, provocando dolores que se acrecientan conforme pasan los minutos y las horas. Permanecer colgado, en especial por períodos prolongados genera, además, sensaciones de indefensión, abandono y humillación, derivadas del trato atentatorio contra la dignidad humana. Durante el régimen militar, los colgamientos revistieron diversas formas. Las personas fueron colgadas de una o de ambas muñecas; de uno o de ambos pies en posición invertida; de pies y manos amarrados a un palo puesto en posición horizontal, quedando el resto del cuerpo curvado; o bien de los brazos atados detrás de la espalda método conocido como la paloma, que provoca dislocación de los hombros. El tiempo de colgamiento, librado al arbitrio del agente a cargo, podía ir desde unos minutos hasta varios días. Por añadidura, la persona colgada, con bastante frecuencia debía padecer amenazas, insultos, humillaciones, golpes, mientras se hallaba desnuda; en algunos casos, incluso se les aplicó electricidad o se les sometió a algún tipo de agresión sexual. Mención aparte merece un tipo de colgamiento especial, más sofisticado, llamado pihuelo o pau de arará ("palo volador", en portugués). Primero se amarraban las manos, luego éstas a los pies cruzando una barra o un palo en sentido horizontal por entremedio del espacio formado; a continuación, esa barra o palo se colgaba en forma horizontal, con lo cual la víctima quedaba en posición invertida, colgando de manos y pies, amarrados entre sí. En ocasiones la barra se hacía girar, y aumentaban así los dolores. El pau de arará fue utilizado principalmente, por los organismos de seguridad. A menudo, las personas que sufrieron cualquier modalidad de colgamiento, más tarde si no de inmediato, presentaron algún tipo de lesión en la columna.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en el Regimiento de Copiapó, III Región: Fui llevado al cuartel del regimiento. En ese recinto me ataron los pies con las manos, por detrás. Luego me ataron un cordel desde los pies a la boca abierta y, mediante un lazo tiraban el cordel, haciéndome doblar la espalda y la cabeza hacia atrás, hasta extremos insoportables y muy dolorosos. A continuación, estando atado en la forma descrita, me colgaron de un árbol y fui pateado y golpeado con una metralleta, hasta aturdirme.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en la Comisaría de Carabineros de los Andes, V Región: […] pienso que era como un camarín, procediendo a amarrarme las manos y colgarme en una especie de espaldera, se me moja la espalda procediendo a darme golpes con elementos de goma, (lumas) interrogándome, dónde se encontraban las armas y por algunos compañeros de Partido […].
Mujer, detenida en enero de 1974. Relato de su reclusión en el recinto de la DINA de calle Londres 38, Región Metropolitana: Me trasladaron a otra pieza en donde me hicieron desnudarme completamente. Luego me amarraron las muñecas con los tobillos quedando totalmente encogida. Enseguida colocaron una barra entre mis muñecas y los tobillos quedando suspendida de un mueble. En esta posición me golpearon los oídos y me aplicaron electricidad en las sienes, en los ojos, en la vagina, en el recto y en los pechos. Me interrogaban por nombres de personas, […] Les dije que no conocía a nadie, entonces me volvieron a golpear y aplicar corriente. En la boca me colocaron un paño, el que me lo sacaban a ratos para que hablara.[…].
Hombre, detenido en enero de 1975. Relato de su reclusión en el recinto de la DINA Villa Grimaldi, Región Metropolitana: En una oportunidad me colgaron desnudo, amarrado con los brazos a la espalda y me aplicaron corriente en las partes más sensibles, especialmente genitales […] hasta la pérdida del aliento.
Hombre, detenido en diciembre de 1983. Relato de su reclusión en el Cuartel General de Investigaciones (General Mackenna), Región Metropolitana: Al llegar al final de la escalera que bajamos era todo frío y húmedo, sin preguntar nada me hicieron sacarme la ropa, menos las vendas, me hicieron sentarme en el suelo, recoger las rodillas y con mis manos amarradas pasarlas sobre mis rodillas. En ese momento sentí que introdujeron un fierro entre las rodillas y antebrazos […] sentí correr dos objetos, posiblemente muebles. Tomaron el fierro entre cuatro personas (lo sé porque conversaban entre ellos) y fui colgado. Una vez colgado procedieron a poner objetos duros en mis ojos, posiblemente bolitas, luego objetos metálicos en mis muñecas, tobillos, sienes, ano y pene. Luego me amordazaron introduciendo estos objetos metálicos en mi boca, precisamente en mis molares. Cuando me encontraba en esta situación sentí ruido de papeles que ponían debajo de mí. En ese momento sentí lo aterrador, que fueron fuertes descargas eléctricas, en las cuales veía mi cuerpo totalmente iluminado con un resplandor intenso […] sentía morir de dolor y de asfixia. Perdí la noción del tiempo, sólo sé que de vez en cuando me sacaban la mordaza y vomitaba en abundancia, luego volvían a lo mismo […]. Desconozco la cantidad de sesiones que fueron. Al término de cada una me dejaban colgado y decían "dejemos descansar a este huevón". Yo sentía sus pasos alejarse y sentía un alivio, pero inmediatamente volvían, aparentemente no eran los mismos, y decían "ya descansó mucho este huevón" y continuaban con el flagelo primero […]
Posiciones forzadas
Tal como sucedió con los otros métodos de tortura, esta Comisión recibió un elevado número de testimonios de personas sometidas a posiciones forzadas. En el tiempo inmediatamente posterior al golpe de Estado, las posiciones forzadas por lo general ocurrieron a continuación de la detención, en los momentos previos al traslado a otros recintos y como preámbulo del interrogatorio. Los organismos de seguridad extremaron la aplicación de este método de tortura, prolongando la inmovilidad por días, inclusive semanas. Tanto así que un recinto clandestino de la DINA llegó a ser conocido como la casa de la silla, en alusión al hecho de que allí los detenidos eran mantenidos día y noche, durante todo su período de reclusión, sentados en una silla, a la cual se les amarraba de pies y manos, con la vista vendada. Por posiciones forzadas, se entiende la coacción para que el detenido mantenga una determinada posición durante un largo tiempo hasta lograr un agotamiento físico extremo. La posición puede no ser incómoda en sí misma, pero se hace intolerable y desesperante cuando se la debe mantener desde algunas horas hasta días enteros. La manera de forzar al detenido a mantener estas posiciones se obtenía mediante golpes propinados al menor movimiento (por los distintos guardias que se alternaban en sus funciones de vigilancia ininterrumpida) y amenazas de diverso tipo, a lo que puede añadirse amarras en pies y manos (con cuerdas, alambres, esposas o grilletes) y la privación temporal de la visión mediante una venda en los ojos o una capucha en la cabeza. Las posiciones más usuales, de acuerdo con los registros de esta Comisión, fueron permanecer de pie; tendido en el piso boca abajo; sentado y amarrado a una silla; de pie y con el cuerpo vuelto a la pared; con las manos en alto; o bien de rodillas y con las manos detrás de la nuca, por tiempos que iban desde varias horas hasta varios días y en algunos casos semanas.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en la Fiscalía Militar de Osorno, X Región: […] fui llevado a la Fiscalía Militar de Osorno, lo que es actualmente el Hospital Base de Osorno, donde nuevamente fui golpeado y amenazado de muerte. Me pusieron largas horas con las manos hacia arriba en la pared, con la amenaza si bajaba las manos me mataban […].
Hombre, detenido en octubre de 1973. Relato de su reclusión en la Escuela de Artillería de Linares, VII Región: El militar llamó a un conscripto y le ordenó que me custodiara y me condujera hasta una gran sala donde había no menos de treinta personas detenidas. Estaban todos sentados en sillas de madera, vueltos hacia la pared. Minutos después llegó un militar con grado, quien escribió mi nombre en un pizarrón y anotó que yo debía pasar de pie toda la noche. En cuanto hubo cambio de guardia y el soldado que llegó dio la orden a los prisioneros de acostarse en el suelo, que era de madera, pero yo debía seguir de pie, sin derecho ni siquiera a apoyarme […]. Cerca de las 9 de la mañana vino un soldado a buscarme para ser "interrogado" […]. Después de un rato de golpes e insultos me preguntaron mi nombre, mi profesión y mi partido político, sin parar de darme golpes en todo el cuerpo, de la cabeza a las piernas […] el otro detective se acordó que yo había pasado toda la noche de pie y empezó a golpearme por detrás de las piernas, mientras se burlaba preguntándome si me quería sentar.
Hombre, detenido en octubre de 1973. Relato de su reclusión en la Comisaría de Curanilahue, VIII Región: En esta unidad policial me pusieron con las manos en la nuca afirmándome con la cabeza en la pared en posición oblicua y las piernas abiertas, permaneciendo en dicha posición aproximadamente dos horas, mientras se me golpeaba con las culatas de las metralletas y puntapiés en diversas partes del cuerpo, entre otras, los testículos […].
Aplicación de electricidad
Las personas que concurrieron a esta Comisión relataron que desde el mismo día 11 de septiembre de 1973 fueron víctimas de aplicación de corriente eléctrica, en todas las regiones del país. Este método de tortura consiste en la aplicación de descargas eléctricas en la totalidad del cuerpo o bien en zonas específicas, según sean los instrumentos empleados al efecto. Invariablemente, provoca intensos dolores físicos y agudo sufrimiento psíquico. Esta tortura puede producir secuelas físicas permanentes. Más de un tercio de las personas que indicaron a esta Comisión haber sido torturadas recibieron, entre otras formas de torturas, aplicación de electricidad. Este método se utilizó durante todo los años del régimen militar: en sus inicios y durante la fase de instalación en el poder, su aplicación fue masiva y a escala nacional. En los principales recintos de detención, sea cual fuere su ubicación geográfica, se contó desde el primer momento con implementos apropiados para aplicar este tipo de tortura, que las víctimas describen como un magneto del cual salían los cables que se adherían a los puntos más sensibles del cuerpo del detenido. En muchos casos, los instrumentos disponibles permitían graduar las descargas eléctricas, aumentando o disminuyendo el voltaje a voluntad de los torturadores. En cualquier caso, en recintos de detención menores y peor equipados, también se aplicó electricidad a los interrogados aunque en forma más rudimentaria. Al momento de aplicar la electricidad, muchas personas declararon que los interrogadores los sentaban en una silla, de preferencia metálica, o bien los tendían sobre una cama o un catre metálico. Se procedía a maniatarlos, inmovilizándolos. Previamente se solía desnudar a las personas; la vista vendada o la cabeza encapuchada agravaba la sensación de indefensión. En varias ocasiones, los efectivos militares o policiales arrojaban agua al detenido para asegurarse de que la descarga eléctrica se sintiera en todo el cuerpo. Con la aparición de los organismos de seguridad especializados en la represión – fundamentalmente la DINA y la CNI-, la aplicación de electricidad se volvió rutinaria y el arsenal de métodos en uso se diversificó. Destaca el procedimiento conocido como la parrilla. Al detenido se le vendaban los ojos o se le encapuchaba. Luego se le desnudaba, acostándole sobre un catre metálico, al cual se le amarraba de pies y manos. Listos los preparativos, se procedía a aplicar descargas eléctricas mediante la colocación de electrodos en diferentes partes del cuerpo, eligiendo de preferencia las zonas más sensibles: axilas, plantas de los pies, sienes, ojos, oídos, boca, encías, lengua, senos o tetillas, pene o vagina, testículos, ano, hasta en heridas abiertas. El dolor provocado en las zonas con electrodos se irradiaba hacia el resto del cuerpo. Otra modalidad de tortura con electricidad que se informó a la Comisión era la llamada picana eléctrica, una suerte de bastón con el que se aplicaban descargas focalizadas en el cuerpo del detenido. Aunque de uso menos masivo que los métodos anteriores, también cabe referir la colocación del detenido en una bañera con agua fría, a la cual se le aplicaba electricidad. Debido a los riesgos inherentes a la aplicación de electricidad como método de tortura bajo cualquiera de sus formas, los agentes de seguridad se hicieron asesorar por médicos y otros profesionales de la salud, a fin de preservar con vida al detenido. Estos colaboradores realizaban evaluaciones de la resistencia física de la víctima, antes o durante la tortura, para ir graduando la intensidad de las descargas. Esto no sólo fue declarado directamente a esta Comisión; también consta en denuncias y querellas por torturas, presentadas ante los tribunales de justicia, por presos y presas por motivos políticos.
Hombre, detenido en abril de 1974. Relato de su reclusión en el recinto de la DINA de Londres 38, Región Metropolitana: […] me hacen meterme en la tina llena de agua, no muy fría, tendido boca arriba siento unos tiritones fuertes en el cuerpo, siento un dolor fuerte en el cuerpo y parte del corazón, quedo sin conocimiento sólo por unos segundos, vuelvo a mi conocimiento, me repiten esto dos veces más, seguramente eran golpes de corriente. Luego me ponen boca abajo con un elemento, seguramente como un horcajo y algún mango, me lo colocaban en el cuello y me hundían la cabeza en el agua, cuando ya estaba muy desesperado y había tomado un poco de agua me quitaban el elemento, repitiendo varias veces lo mismo; en ese tipo de tortura no me preguntaban nada, me sacan de la tina y me sientan en el water. Desnudo y manos esposadas me pregunta una voz si conozco a algunas personas y que dónde se encuentran […].
Hombre, detenido en agosto de 1984. Relato de su reclusión en el Cuartel de la CNI en Valdivia, X Región: Uno de los agentes se ofusca y dice en tono amenazante por última vez que colabore, como sigo negando, otro agente ordena que se me quite la ropa y que él se va a encargar de "operarme"; deben haber sido dos personas las que violentamente me desvistieron, sólo me dejan puestos los calcetines y soy llevado a viva fuerza a una litera […] me amarran los pies separadamente a cada extremo de la litera, lo mismo ocurre con mis brazos y manos. Luego proceden a colocar en las partes más sensibles de mi cuerpo (genitales, tetillas, estómago, muslos y piernas), diversos aparatos que por tener los ojos tapados no pude ver ni saber de qué se trataban. Estos aparatos los fijan en mi cuerpo con scotch […] uno de ellos avisa que todo está listo, sorpresivamente siento un fuerte dolor en todo mi cuerpo que me hace ver un montón de estrellitas y a la vez siento que me orino y me cago, doy un fuerte grito; de inmediato corren dentro de la pieza algunos agentes, uno de ellos grita "¡Tápenle la boca a ese desgraciado!", rápidamente se acerca un agente con un trapo de lana que pone en mi boca y lo sujeta. Inician nuevas descargas eléctricas sobre mi cuerpo y me piden que entregue nombres y direcciones de personas que supuestamente yo debía conocer. Sigo negando, ahora me piden que entregue un solo nombre y así se terminaría […], dificultosamente les digo… que no tengo nada que ver con lo que se me acusa, por este motivo el agente que me interroga amenaza con aumentar las descargas eléctricas […] en algunos momentos creía que me moría, porque ya no era capaz de soportar tanto castigo físico y psicológico […].
Hombre, detenido en octubre de 1985. Relato de su reclusión en el Cuartel de la CNI de calle Borgoño, en Santiago, Región Metropolitana: Llegué vendado. Me dieron golpes en costillas y estómago. Luego fui amarrado a una cama y me aplicaron corriente en varios sectores de mi cuerpo: pies, manos, pene y muslos. Después me examinó al parecer un médico, para certificar si tenía problemas con la electricidad. Al parecer no tuve problemas, pues me siguieron torturando. Además me informaron que habían matado a mi hermana, cosa que no era tal.
Amenazas
De los testimonios de personas que sufrieron prisión política recogidos por esta Comisión, una proporción importante señaló haber sido víctimas de amenazas,las que eran recibidas cuando se encontraban en situaciones de radical vulnerabilidad. Por amenaza se entiende la intimidación mediante la advertencia respecto de los graves males o peligros que se ciernen sobre la persona afectada o sobre terceros relacionados con la misma, en caso de no satisfacer los deseos de sus captores. Reunidos ciertos requisitos, la amenaza constituye un delito en sí, sancionado por el Código Penal chileno. La amenaza grave es considerada un método de tortura causante de agudo sufrimiento psicológico en el detenido. Se considera como tortura, las amenazas de muerte, de desaparición forzada y de aplicación de algún otro tipo de tortura (por lo general física) en la persona del detenido o en familiares cercanos. La amenaza, como método de tortura, fue ampliamente utilizada durante todo el período que comprende el mandato de la Comisión. Se recurrió al amedrentamiento para mermar la fortaleza del interrogado, bien antes o durante el interrogatorio, llegando al extremo de detener al cónyuge y a los hijos, incluidos los menores de edad, para exhibirlos al detenido mientras se le advertía que serían torturados, muertos o desaparecidos. Asimismo, se tomó conocimiento de casos en que los organismos de seguridad allanaron el domicilio del detenido y obtuvieron grabaciones o fotografías de sus familiares, las que fueron utilizadas para exponérselas al detenido y forzar su declaración. También se recibieron testimonios de detenciones de parientes cercanos a personas buscadas por los organismos de seguridad, con el objeto de presionarlas para que se entregaran.
Hombre, detenido en octubre de 1973. Relato de su reclusión en el Fuerte Müller de Infantería de Marina de Las Salinas, V Región: Desnudo: fui golpeado de pies y manos por comandos de infantería. Fui golpeado con un machete. Se me aplicó corriente en todo el cuerpo, especialmente en los genitales, ano, etc. Estos infantes me gritaban que eran comandos entrenados en Panamá. Me desmayé dos veces, recibí muchos golpes en los oídos, quemaduras profundas en el ano. Se me gritó que no saldría de ahí con vida […]. Ya de mañana fui trasladado (arrastrado por el pelo) a una sala de reuniones donde se me expuso (semi desnudo) al grupo, sentándome en frente y mirándolos; cosa que no podía hacer bien ya que tenía ambos ojos como muy hinchados y sangraba de la cabeza y todo el cuerpo estaba golpeado. Se les dijo: "Aquí está vuestro jefe, así tratamos a estos perros" […].
Hombre, detenido en agosto de 1974. Relato de su reclusión en la Primera Comisaría de Carabineros de Calama, II Región: …Posteriormente fuimos llevados a Calama, encadenados y martirizándonos, como a los extremistas más peligrosos. Aquí en Calama (Primera Comisaría) nos recluyeron por tres días donde nos pegaban y nos amenazaban, cada vez que lo hacían, con que nos quedaban pocos días de vida puesto que nos iban a matar. ¡Veíamos pasar la muerte por todos lados!
Mujer, detenida en enero de 1975. Relato de su reclusión en el recinto de la DINA Villa Grimaldi, Región Metropolitana: Escuché con horror cómo sabían cada uno de mis pasos, lo que los calificaba para tratarme de puta cuantas veces quisieron. Lloré bajo la venda de algodón, tuve mucho miedo; me decían a cada rato que había desaparecido sin dejar rastros y que no volvería a ver a mis dos hijos. Sabían sus nombres, los colegios donde iban, los horarios de entrada y salida. Yo no lo podía creer.
Simulacro de fusilamiento
El simulacro de fusilamiento es el fingimiento o imitación de la ejecución de una persona mediante la descarga de fusiles de un pelotón comisionado para tal efecto. En este caso, sin embargo, se incluyen simulacros de ejecución perpetrados con otras armas también, como metralletas, pistolas o revólveres. Estos simulacros inducen a la víctima a experimentar la inminencia de su muerte como un hecho real. La Comisión recibió testimonios que refieren este método de tortura, utilizado desde el mismo 11 de septiembre de 1973 hasta el término del régimen militar, que fue de aplicación masiva y sistemática. Usualmente, el simulacro de fusilamiento iba acompañado de una puesta en escena que buscaba darle veracidad a la experiencia, impidiendo así que el detenido sospechara del carácter ficticio del procedimiento en curso. La víctima podía ser llevada desde su recinto de reclusión hasta un lugar apartado donde se le maniataba y vendaba o encapuchaba, para luego dar instrucciones al pelotón que en efecto disparaba. En algunos casos se utilizaron balas de salva, aunque en la mayoría de los casos, éstas eran reales. La diferencia consistía en que, en vez de apuntar al cuerpo, se disparaba al aire, a los costados o sobre cabeza de la víctima. Como daño colateral de este método de tortura cabe mencionar lo ocurrido con las personas retenidas en sus celdas, barracones y habitaciones. Dado que sólo escuchaban los disparos, pensaban que la persona había muerto a causa del fusilamiento, impresión prolongada por la costumbre de no reintegrar de inmediato al presunto fusilado al sitio de su detención. El tránsito de otros detenidos hacia el simulacro de fusilamiento inducía, a los prisioneros rezagados a pensar que su turno de morir se aproximaba inexorablemente. Se conserva registro de prisioneros sometidos a más de un simulacro; sus víctimas siempre creyeron que en esa ocasión particular no había fingimiento.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en la Comisaría de Puerto Aysén, XI Región: […] fui llevado al paredón con los ojos vendados, una vez allí me dijeron que mirara por última vez y vi a mis demás compañeros en muy malas condiciones, encorvados y abatidos. Nuevamente me vendaron los ojos y me dijeron si quería algo más, les dije que sí, entonces habla rápido que tenemos poco tiempo me contestaron. Les dije: "voy a morir por mis ideas y no me arrepiento, sáquenme la venda que quiero morir como hombre"; gritaron "no se puede". Pasaron varios minutos, horas, no sé el tiempo. Escuché la voz de orden al pelotón y los disparos. Silencio profundo, luego unos pasos, silencio otra vez, no sabía dónde estaba. Traté de oler, no me atrevía a hablar, menos a tocar, estaba en estas divagaciones que tienen que haber sido en fracción de segundos, cuando escucho la voz seca del militar que me grita "¡te salvaste huevón, a la otra no te escapas!".
Hombre, detenido en septiembre de 1974. Relato de su reclusión en el Estadio Fiscal de Punta Arenas, XII Región: Se cumplió con todo el rito de un fusilamiento. Levantada temprano, grillos en los pies y las manos, un sacerdote (creo que falso, por las averiguaciones que hice posteriormente), sus rezos y sus letanías, indicando los pocos minutos que me quedaban en este mundo terrenal y mi encuentro con Dios. Me insistía en que confesara mis pecados, siempre le manifesté lo mismo, no tengo nada de qué arrepentirme, a lo que me respondió en una oportunidad: "El Señor te quiere recibir con las puertas abiertas". Me senté en lo que seguramente era el tradicional banquillo. Vendado nada podía ver. Lo dramático lo pusieron con el silencio, allí sentí algunos tiritones. Se me pregunta por mi último deseo y le manifiesto primero que quiero ver a mis hijos y mi señora. Eso es imposible, te damos chance de otro. Bueno, le dije, que me fusilen sin vendas, a lo que respondió uno de ellos: " el perla nos quiere conocer". Allí sentí una corazonada que me decía que no sería el final. Silencio de nuevo, suena ese ruido típico de las pasadas de las balas de fusil y los disparos. Como nada siento en el cuerpo, nada me duele. Se acerca un militar y me pone la pistola en la sien, o puede ser también un dedo, y me dice, "te salvaste"…, en forma burlesca…"me toca a mi darte el tiro de gracia y debo decirte que te quedan menos de 30 segundos de vida". Un disparo en el oído me hace sentir de nuevo que estoy con vida. El militar dice finalmente: "se salvó este desgraciado , retórnenlo a su aislamiento".
Hombre, detenido en julio de 1980. Relato de su traslado desde el Cuartel Borgoño a un recinto desconocido, Región Metropolitana: El viaje duró aproximadamente una hora, quizás un poco más. Una persona les abrió una especie de portón, al final de un camino de tierra. Ahí me bajaron y me pusieron grilletes en los pies, me pasaron una picota y una pala, seguía vendado y me hicieron caminar un poco y me hicieron sacar la venda. Se pusieron todos detrás mío con linternas: era de noche; me hicieron bajar una pequeña ladera; se sentían graznidos de pájaros, no estoy seguro si eran gaviotas. El campo estaba muy embarrado. Me ofrecieron decir algo antes de que me mataran, contesté que no tenía nada más que decir. Entonces con la picota y la pala me hicieron cavar un hoyo de unos 50 centímetros de profundidad, un metro de ancho y dos metros de largo. Cada cierto tiempo me hacían parar y me ofrecían hablar para salvar mi vida; les contestaba siempre que no tenía nada que agregar. El terreno que picaba no era duro, era como pantanoso y estaba reblandecido por la lluvia. Al concluir el trabajo, me hicieron tenderme de lado en la fosa, sentí que alguien pasaba la bala de un fusil y lo puso en mi sien. "Corre el fusil para atrás mejor porque si no le van a saltar los sesos". Antes de meterme en la fosa, me habían sacado los grilletes de los tobillos, y me dijeron que me iban a amarrar con alambre […]. Después de un rato, me sacaron del hoyo, me pusieron esposas, grilletes y venda y a empujones me llevaron hasta el auto […].
Humillaciones y vejámenes
Esta Comisión recibió abundantes testimonios de humillaciones y vejámenes. Éstos se aplicaron con mayor frecuencia durante los días inmediatamente posteriores al golpe de Estado. Bajo estas denominaciones se agrupan los tratos y las coacciones hacia el detenido cuya única finalidad es menoscabar su dignidad como ser humano, herir su honor, su honra y su orgullo personal. Están destinados a causar daño psíquico o mental grave. Prácticas como la ingestión forzada de desechos, no sólo provocaban un grave sufrimiento mental derivado del trato indigno de la condición de ser humano, sino que ocasionalmente, también generaban daños físicos originados en las infecciones y enfermedades contraídas a causa de la materia ingerida. Los métodos de tortura descritos en este capítulo, implican formas de humillar o vejar a una persona. Sin embargo, se han incluido en este punto, las humillaciones o vejamenes no directamente asociados a otros métodos de tortura. Las principales conductas que esta Comisión calificó como humillaciones y vejámenes, son las siguientes:
• Obligar a ingerir desechos orgánicos (excrementos, orina y vómitos, de humanos o animales), además de líquidos pestilentes, etc., por vía oral o nasal.
• Arrojar excrementos e inmundicias sobre el detenido.
• Obligar al detenido a besar la bota de un agente militar o policial.
• Obligar al detenido a arrastrarse por el suelo en medio de burlas y golpes.
• Obligar al detenido a pedir perdón, a renegar de sus ideas políticas, a manifestar lealtad o reconocer la superioridad de los agentes militares o policiales.
• Obligar al detenido a insultarse a sí mismo o a sus compañeros.
• Hacer correr al detenido con la vista vendada en rutas con obstáculos, para que tropiece y caiga al suelo.
• Obligar al detenido a entonar himnos o consignas políticas en medio de burlas.
• Insultos, groserías y burlas graves, constitutivos del delito de injuria.
• Cortar el pelo al rape del detenido y pasearlo por lugares públicos.
Hombre detenido en noviembre de 1973. Relato de su reclusión en el Campo de Prisioneros Chacabuco, II Región: En Chacabuco fui obligado a recoger los excrementos con las manos […]. Además fui golpeado en las plantas de los pies descalzos con un palo solamente porque mi segundo nombre es Augusto.
Mujer, detenida en febrero de 1975. Relato de su reclusión en el recinto de la DINA Villa Grimaldi, Región Metropolitana: Se me obligaba a hacer mis necesidades con la puerta abierta mientras los guardias me miraban y se mofaban de mí, se me obligaba a sentarme en la taza del baño con restos de excrementos y orina y sin que me permitieran limpiar un poco la taza antes de sentarme o limpiarme yo cuando ya había hecho mis necesidades. Exigencia de controlar el organismo de tal modo que la orina y los excrementos debían salir del cuerpo a horarios fijados por ellos. En caso contrario, se amenazaba con que si no se controlaba el organismo, te obligarían a comer tus excrementos o a beber tu orina. Este tipo de amenazas aprendí rápidamente a creerlas, cuando me tocó presenciar esta situación con un preso que no logró controlar su diarrea. De forma inexplicable mi organismo se adaptó a esta exigencia […].
Hombre, detenido en mayo de 1976. Relato de su reclusión en su domicilio, con mención a su posterior traslado al recinto de la ex iglesia La Providencia, Antofagasta, II Región: Y he de salir a la calle, fría, solitaria y callada. Me dirijo a la cabina, entre repentinas risotadas de mis acompañantes que me empujan sin suavidad y con manifiesto agrado a la parte trasera de la camioneta."¡Miren al perla! ¿Te creís en la Fiscalía, viejo cagón? ¡Atrás no más, tendido en el suelo, güeón! ¡Y en la orillita, pa’ que le hagai lugar a tus camarás¡ ¡y callaíto! ¡amárrenle bien las manos y tápenle la vista!… Estos jutres se creen la muerte… ¡La casita que tiene el upeliento! ¡Y la mujercita que tenís! ¿Dónde la conseguiste, siendo tan reviejo? … ya la visitaremos otra noche, queda sola la palomita"….[..].
Desnudamiento
Quitarse la ropa y permanecer desnudo han sido conductas reservadas al ámbito privado, dentro de un contexto de intimidad. Por eso, coaccionar a alguién a desvestirse, o bien quitarle las ropas a la fuerza, obligándole a permanecer desnudo en presencia de desconocidos con intenciones manifiestamente hostiles, es un modo de tortura que sume a la persona en un estado de extrema vulnerabilidad e indefensión. Súmese a ello que la persona así intimidada está privada de libertad y desnuda contra su voluntad mientras es sometida a interrogatorios irregulares; que en esas condiciones se impone el temor a ser víctima de afrentas sexuales y que el cuerpo desnudo solía ser expuesto a otras formas de padecimiento, como golpes o aplicación de electricidad. La Comisión recibió numerosos testimonios de personas desnudadas violentamente, coaccionadas a desnudarse y obligadas a permanecer desnudas durante el interrogatorio. La práctica de forzar a los detenidos a desnudarse -a veces golpeando a personas ya maniatadas o rasgando con violencia las vestimentasfue habitual entre los efectivos militares y policiales, llegando a constituir un procedimiento casi rutinario para los organismos de seguridad.
Hombre, detenido en noviembre de 1974. Relato de su reclusión en la Comisaría de Collipulli, IX Región: En la Comisaría fui sometido a reiterados interrogatorios y maltratos a mi persona, inclusive me ordenaron desnudarme completamente como forma de humillarme y rebajarme, esa noche me dejaron en el calabozo.
Mujer, detenida en febrero de 1975. Relato de su reclusión en el Cuartel Silva Palma de la Armada, en Valparaíso: En los interrogatorios era desnudada y atada a una silla dándome golpes de puño en la cabeza, pecho y abdomen. Me aplicaron corriente en las sienes, pezones, lengua, genitales y tobillos. En una ocasión fui trasladada a un servicio de urgencia del Hospital Naval por fuertes dolores abdominales y estomacales, además de taquicardia. El ultimo día pude ducharme para poder ser revisada por la Cruz Roja Internacional.
Mujer, detenida en mayo de 1975. Relato de su reclusión en el Cuartel de la DINA en Villa Grimaldi, Región Metropolitana: Al llegar al recinto me tiraron de la camioneta al suelo y luego me sometieron a interrogatorios con [se omite el nombre] quien me descalificó verbalmente. Luego me llevaron a las "casas Corvi" (cajones donde sólo se podía permanecer de pie). Siempre me mantuvieron con la vista vendada, manos vendadas y desnuda. Me aplicaron la parrilla eléctrica, fui víctima de tocaciones y abusos deshonestos, muchas golpizas y simulacro de fusilamiento en la punta de la piscina.
Agresiones y violencia sexuales
La agresión sexual consiste en forzar a una persona mediante coacción física o psicológica, a realizar o padecer actos de carácter sexual. Las agresiones de este tipo se encuentran legalmente prohibidas y, reunidos ciertos requisitos, se identifican con distintas figuras delictivas por constituir un serio atentado contra la libertad de las personas, lesivo del sano desarrollo de su sexualidad y de su personalidad. En suma, cuando un detenido es violentado sexualmente por un agente del Estado o por un particular a su servicio, estas agresiones constituyen una forma de tortura porque causan en las víctimas un grave sufrimiento psicológico, generalmente acompañado de un dolor físico capaz de provocar secuelas. Esta Comisión recibió numerosos testimonios de personas que, en su condición de prisioneros políticos, sufrieron agresiones sexuales. Muchas de las mujeres detenidas que padecieron tortura fueron víctimas de alguna modalidad de agresión sexual, en distintos grados. La Comisión también recibió testimonios de varones que fueron víctimas de algún tipo de agresión sexual. Consta también, la agresión sexual perpetrada contra menores de edad. Al final de este capítulo se incluye una descripción y análisis más profundo, sobre la violencia sexual contra las mujeres.
A continuación se enuncian los principales tipos de agresión sexual registrados en los testimonios recibidos por esta Comisión:
• Miles de personas refirieron haber sido víctimas de agresión verbal con contenido sexual; de amenazas de violación de su persona o de familiares suyos; de coacción para desnudarse con fines de excitación sexual del agente; de simulacro de violación; de haber sido obligadas a oír o presenciar la tortura sexual de otros detenidos o de familiares; de haber sido fotografiados en posiciones obscenas, todo ello en un contexto de extrema vulnerabilidad.
• Otro número importante de personas denunciaron tocamientos; introducción de objetos en ano o vagina; violación en todas sus variantes (penetración oral, vaginal, anal); violaciones reiteradas, colectivas o sodomíticas; haber sido forzados a desarrollar actividades sexuales con otro detenido o un familiar. Se registran también casos que refieren haber sufrido la introducción de ratas, arañas u otros insectos en boca, ano o vagina. Constan testimonios de personas forzadas a tener sexo con perros especialmente adiestrados para este cometido. Por otra parte, importa consignar que la mayoría de las víctimas de agresiones y violencias sexuales refirieron graves y variadas secuelas. Es de interés señalar que gran parte de las víctimas, careció de apoyo especializado para atender estas secuelas, sobre todo durante los primeros años de la represión. Muchas personas que acudieron ante esta Comisión señalaron que nunca antes se habían atrevido a relatar estas experiencias.
Mujer, menor de edad, detenida en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en el Regimiento de Ingenieros de Tejas Verdes, V Región: Me condujeron a una sala, al entrar sentí mucho olor a sangre […] escuchaba individuos que hablaban bajo, uno de ellos me desató las manos y me ordenó que me desnudara, les dije que por favor no lo hicieran, pero luego en forma violenta me desvistieron, dejándome sólo la capucha puesta, me pusieron en una especie de camilla amarrada de manos y pies con las piernas abiertas, sentí una luz muy potente que casi me quemaba la piel. Escuché que estos individuos se reían, luego un hombre comenzó a darme pequeños golpes con su pene sobre mi cuerpo, me preguntó de que porte me gustaba, otro hombre escribía cosas sobre mi cuerpo con un lápiz de pasta. Luego vino el interrogatorio […] en seguida ordenó que me pusieran corriente en los senos, vagina y rodillas […]. Luego de las descargas pararon un rato, mientras sentía que hablaban entre ellos. Nuevamente retomaron el interrogatorio, esta vez me dijeron que me habían conectado a la máquina de la verdad […] por cada respuesta que daba sonaba un pito de esta máquina, por cuanto me decían que yo estaba mintiendo […] el pito de ese aparato se transformó en un infierno […] vinieron nuevamente los golpes y las descargas eléctricas, cuando casi estaba inconsciente me levantaron la capucha hasta la nariz, me pusieron un vaso en la boca haciéndome ingerir un líquido, no supe qué pasó conmigo hasta el día siguiente que me devolvieron al campo de prisioneros. En el campo fui recibida por el suboficial […] el que al verme comentó que si se diera vuelta la tortilla no querría que esto le pasara a su hija, le pregunté qué me había pasado, pero enseguida llamó a las enfermeras militares […] sentía dolor en la vagina y en todo mi cuerpo […] estaba muy deteriorada sin poder defecar […].
Mujer, detenida en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en el Estadio Nacional, Región Metropolitana: Estando embarazada fui torturada, violada y manoseada por un grupo de efectivos militares.
Mujer, detenida en octubre de 1973. Relato de su reclusión en el Regimiento Arica, La Serena, IV Región: […] embarazada de cinco meses, fui detenida y hecha prisionera. Estuve un mes y medio incomunicada en la Cárcel del Buen Pastor, y sometida en el Regimiento Arica a vejámenes y torturas, entre las cuales debo, como denuncia, mencionar: […] instada a tener relaciones sexuales con la promesa de una pronta liberación; obligada a desvestirme, acariciada en los pechos y amenazada de recibir las visitas nocturnas del interrogador; golpes de electricidad en la espalda, vagina y ano; uñas de las manos y pies fueron arrancadas; golpeada en varias ocasiones con bastones de plástico y con culatas de rifles en el cuello; simulacro de fusilamiento, no me mataron pero debí escuchar como las balas silbaban a mi alrededor; obligada a tomar e ingerir medicinas; inyectada en la vena con pentotal, bajo la severa advertencia que sería hipnotizada como único medio de declarar la verdad; colocada en el suelo con las piernas abiertas, ratones y arañas fueron instaladas y dispuestos en la vagina y ano, sentía que era mordida, despertaba en mi propia sangre; se obligó a dos médicos prisioneros a sostener relaciones sexuales conmigo, ambos se negaron, los tres fuimos golpeados simultáneamente en forma antinatura; conducida a lugares donde era violada incontables y repetidas veces, ocasiones en que debía tragarme el semen de los victimarios, o era rociada con sus eyaculaciones en la cara o resto del cuerpo; obligada a comer excrementos mientras era golpeada y pateada en el cuello, cabeza y cintura; recibí innumerables golpes de electricidad […].
Presenciar torturas de otros
Esta Comisión conoció numerosos testimonios de personas que fueron forzadas a ver u oír las torturas infligidas a otras víctimas. Los organismos de seguridad adoptaron la práctica, agravante del método en sí, de forzar al detenido a presenciar la tortura de familiares directos como cónyuge, hijos, padres, etc., a fin de extraerles declaraciones o confesiones.
Este método permite que el detenido incorpore en su racionalidad elementos de proyección sobre lo que puede ocurrirle si no colabora, a modo de anticipación o reforzamiento de la conciencia de su condición de víctima, en estado de indefensión absoluta frente a la tortura. Los métodos de tortura más frecuentemente utilizados contra familiares fueron las agresiones sexuales, la aplicación de electricidad y los golpes. Constan además, casos de detenidos torturados simultáneamente junto a sus familiares.
Hombre, detenido en junio de 1975. Relato de su reclusión en el recinto de la DINA de la ex iglesia Divina Providencia, Antofagasta, II Región: Esa noche me llevaron a presenciar cómo interrogaban a otro compañero. Lo tenían tendido y amarrado a un somier de alambre y lo instaban a reconocerme, al no hacerlo éste, le aplicaban descargas eléctricas. Cansados de su negativa optaron por otra táctica que consistió en ponerme a mí en su lugar y al compañero de pie al lado del somier conectándonos a ambos con cables eléctricos. Fui devuelto a la celda, antes de lo cual me mojaron.
Hombre, detenido en diciembre de 1975. Relato de su reclusión en el recinto de la DINA de Villa Grimaldi, Región Metropolitana: […] tras incitarnos injuriosamente a colaborar y ante mi mutismo me golpeó brutalmente haciendo uso de puños, pies y un objeto contundente durante varios minutos delante de mi madre y de mi esposa . Mi madre fue llevada aparte (luego fue liberada) y la golpiza continuó sobre mi esposa. Ofuscado por nuestro silencio […] ordenó "¡a la parrilla!" […] me sacaron a un patio donde me dejaron tendido mientras me hacían escuchar los gritos de mi compañera que torturaban en una pieza aledaña. Tras una media hora de mantenerme escuchando los tormentos de mi esposa, durante los cuales me intimaban para evitarle sufrimientos […] me desnudaron a la fuerza, me introdujeron en una pieza con catres metálicos de dos pisos, me amarraron a uno de ellos, me conectaron cables y electrodos hechos con ganchos y llaves metálicas a los pies, las manos, narices, ojos, encías, ano, pene y testículos, y comenzaron a aplicar descargas eléctricas producidas por un dínamo a manivela. […]
Mujer, detenida en enero de 1979. Relato de su reclusión en la Comisaría de Vallenar, III Región: […] me llevaron a un patio, donde con golpes de pies y manos me amarraron a una silla, me pusieron frente de una sala de tortura donde me hicieron ver cómo torturaban de uno en uno a los cinco compañeros que detuvieron junto conmigo, mientras que ellos eran salvajemente torturados a mí me seguían golpeando brutalmente estando amarrada en la silla, me exigían que hablara porque si yo no hablaba íbamos a desaparecer de uno en uno, me insultaban de una manera que nadie se imagina, como yo no hablaba daban vuelta la silla donde yo estaba amarrada y aturdían al que estaban golpeando y disparaban un tiro al aire para que yo creyera que estaba muerto, y así sucesivamente ocurrió con todos los demás compañeros, mientras que yo seguía siendo golpeada brutalmente y amarrada a esa maldita silla.
Ruleta rusa
La ruleta rusa es un temerario juego de azar que ritualiza la práctica del suicidio. Consiste en dispararse en la sien un revólver cargado (o que simula estarlo) con una sola bala, ignorando en qué lugar del tambor o nuez está alojada ésta. La eventualidad de morir en este juego, que el detenido practicaba contra su voluntad, constituye la esencia de este método de tortura. Pese a no haber sido empleado masivamente, la Comisión recibió testimonios sobre su aplicación.
Hombre, detenido en diciembre de 1973. Relato de su reclusión en el Regimiento Rancagua, Arica, I Región: […] en reiterados interrogatorios, con los ojos vendados, fui sometido a ruleta rusa.
Hombre, detenido en agosto de 1974. Relato de su reclusión en la Fiscalía Militar de Calama, II Región: […] hasta que llegó el día del interrogatorio en la Fiscalía de Carabineros […] me golpearon hasta cansarse, para finalmente jugar con su revólver a la ruleta rusa gatillando en repetidas ocasiones en mi boca y mis sienes para terminar riéndose en forma desmesurada de su acción.
Hombre, detenido en mayo de 1980. Relato de su reclusión en el Cuartel de la CNI de Talca, VII Región: […] jugaban con armas de fuego (ruleta rusa), esto lo hicieron durante los días que estuvimos en el cuartel.
Presenciar fusilamientos de otros detenidos
La Comisión recibió testimonios de prisioneros forzados a presenciar el fusilamiento de sus compañeros de prisión, muchas veces personas conocidas, amigos o colaboradores. No hace falta insistir en el sufrimiento causado por tales prácticas, que permitían al detenido vivenciar la radical inseguridad respecto a su propia suerte. En algunos recintos se practicó la modalidad agravante de arrojar sobre los detenidos, inmovilizados y tendidos en el suelo, los cuerpos agonizantes de quienes acababan de ser ejecutados. Cabe señalar que decenas de personas que brindaron su testimonio a esta Comisión han sido testigos en procesos de ejecutados políticos.
Mujer, detenida en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en el Estadio Nacional, Región Metropolitana: […] Nos sacaban a la cancha media hora diaria para que viéramos cómo mataban gente de verdad o simulacro, pero cada vez más cosas para que habláramos. ¿Qué tenía que decir? ¿Inventar?
Hombre, detenido en octubre de 1973. Relato de su reclusión en el recinto militar de Cerro Chena, Región Metropolitana: Aparte de todo lo sufrido hacia mi persona, también vi cómo mataban hombres y mujeres frente mío y los enterraban en los mismos lugares donde nos tenían […].
Confinamiento en condiciones infrahumanas
La prisión no es en sí misma un método de tortura. Condiciones carcelarias agravantes de la prisión como la incomunicación, tampoco pueden ser consideradas como un método de tortura per se, si bien implican una mayor vulneración de los derechos de la persona, aun en el caso de responder a un dictamen de la autoridad judicial competente en el marco de un debido proceso. Admitido lo anterior, debe precisarse que el confinamiento de una persona en una celda construida o ambientada con la expresa finalidad de provocar sufrimiento físico o psíquico, se considera como un método de tortura. Esta Comisión conoció numerosos testimonios referentes a confinamientos de esta índole. Las principales características de las celdas o lugares en los cuales las personas afectadas fueron confinadas son las siguientes:
• Confinamiento en celdas en donde se privó al detenido de todo contacto con otra persona, por un período que podía prolongarse -en algunos casoshasta por meses, provocando afecciones psíquicas propias de la deprivación sensorial y social. Hay relatos de personas que fueron recluidas en celdas estrechas, sin iluminación, sin ventanas ni ningún otro sistema de ventilación y sin servicios higiénicos, forzadas por tanto a orinar y defecar en el mismo lugar, mientras se les privaba de agua y ocasionalmente, se les suministraban alimentos en estado de descomposición, si es que no se las mantenía lisa y llanamente en ayuno forzado.
• Confinamiento solitario en celdas de tamaño en extremo reducido, verdaderas jaulas que no permitían permanecer de pie ni sentado, obligando a la persona afectada a soportar posiciones forzadas durante el día y la noche por períodos prolongados.
• Confinamientos colectivos en celdas, en bodegas de barcos o en jaulas, debiendo permanecer las personas apiñadas unas sobre otras y sin lugar para hacer sus necesidades fisiológicas.
• De los primeros meses de la represión política también existen testimonios referentes a situaciones de confinamiento solitario o colectivo en celdas donde había animales e insectos, tales como roedores, arañas, baratas y otros.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en la Isla Quiriquina, VIII Región: […] nos desnudaron y nos pusieron en una jaula, al mismo estilo como transportan los leones de un circo, pero la diferencia era que la de nosotros estaba rodeada de alambres de púas, estábamos a exhibición […].
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en la Base Aérea Cerro Moreno, II Región: […] Siguieron las golpizas por largo rato y después de algunas horas, finalmente, cesaron de maltratarnos. Nos encerraron en una especie de jaula de alambre de púa, tirados en el suelo, desnudos y al aire libre. Era de madrugada, hacía mucho frío. Tiritábamos bajo la brisa helada del desierto. Al interior de esa jaula nos encontrábamos amontonados unos sobre otros, por lo que a cualquier intento para acomodarnos provocábamos el dolor de algún compañero. A uno de ellos le habían quebrado la clavícula. Desgraciadamente quedé en una posición incómoda, lo que ocasionó nuevos dolores.
Privaciones deliberadas de medios de vida
Esta Comisión recibió numerosos testimonios que señalan que las condiciones de vida en los recintos de detención eran muy precarias, situación que se veía empeorada al ser habilitados como centros de reclusión lugares no concebidos con tal propósito. También se privó deliberadamente al detenido de medios básicos de vida como el abrigo mínimo, el agua y los alimentos. La situación podía incluir ausencia de servicios higiénicos. Cuando las privaciones de medios básicos de vida son prolongadas y provocan sufrimiento innecesario, perjudicando la salud de la persona, constituyen un método de tortura destinado a provocar el debilitamiento físico y moral de los detenidos, con el fin de castigar o disminuir la capacidad de resistencia de los mismos.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en la Comisaría de Chol-Chol, IX Región: Dentro del calabozo estaba oscuro y había mal olor. La pieza era más o menos de dos por dos metros; estábamos unos sobre otros. También recuerdo que no dejaban por ningún motivo ir al baño, hacíamos nuestras necesidades allí mismo. Muchos vomitábamos del dolor y por el espantoso olor que había en ese lugar.
Hombre, detenido en mayo de 1974. Relato de su reclusión en el Regimiento Arica, La Serena, IV Región: Durante todo ese tiempo de detención [15 días en el regimiento] no pude cambiarme de ropa, ni bañarme, ni hacerme ningún tipo de aseo.
Privación o interrupción del sueño
Dormir es una necesidad fisiológica con efectos reparadores que al no ser satisfecha de manera sistemática, produce alteraciones en los estados de ánimo y aun en la percepción de la realidad, así como un generalizado debilitamiento corporal. Impedir a un detenido conciliar el sueño o interrumpirlo deliberadamente en reiteradas oportunidades, durante uno o varios días, constituye un método de tortura, debido al daño físico y las perturbaciones psicológicas que ocasiona. De acuerdo con los testimonios allegados a la Comisión, estas prácticas adquirieron diversas formas de aplicación, habiendo sido las más recurrentes: mantener iluminado el recinto de detención con potentes focos, provocar ruidos molestos, golpear cada cierto tiempo al detenido.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en el Destacamento de Infantería de Marina N° 4 Cochrane, XII Región: […] De vuelta en el Regimiento Cochrane estuve una semana sin que se me permitiera dormir, sin alimento y sin agua para beber, además, con un soldado de punto fijo con bayoneta calada, con instrucciones de no dejarme dormir, apoyarme, sentarme o tenderme al piso. […].
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en la Comisaría de Salamanca, IV Región: Luego de mi detención fui trasladado a la comisaría de la zona y sometido a innumerables interrogatorios por alrededor de cuatro o cinco días. Estos interrogatorios eran, tengo la impresión, realizados por carabineros y todos ellos acompañados de golpes de manos, pies y diversos objetos, permitiéndome dormir algunas horas en calabozos llenos de agua y tan solo en ropa interior. Además, por mi condición de minusválido era objeto de burlas y maltrato físico y psíquico extremo.
Asfixias
Otro método de tortura a que fue sometido un número significativo de personas es el intento de asfixia, que consistía en impedirles o dificultarles la respiración. Por este medio se buscaba causar sufrimiento físico y psicológico mediante la confrontación con la eventualidad de morir ahogado. Las formas más recurrentes para provocar asfixia a los detenidos fueron:
• Sumergir la cabeza del detenido en agua hasta provocar su inminente asfixia por falta de aire, acción repetida todas las veces que los agentes estimaban necesario. Este método ha sido llamado submarino o submarino húmedo. Su aplicación precedió, acompañó y sucedió a los interrogatorios, según fuera el parecer de los efectivos policiales o militares, y se recurría a él indistintamentecomo forma de ablandamiento preliminar o como técnica para extraer información. Una modalidad todavía más severa de asfixia consistió en colocar a la víctima en posición invertida dentro de un tambor con agua. Hay denuncias que indican que las inmersiones se efectuaban en agua mezclada con otro tipo de substancias que agravaban el sufrimiento.
• Colocar la cabeza del detenido dentro de una bolsa plástica amarrada firmemente al cuello para impedir el ingreso de aire, provocando así la asfixia una vez que se agotaba el oxígeno. Denominado submarino seco, este método fue empleado, según los casos registrados por esta Comisión, fundamentalmente en el tiempo inmediatamente posterior al golpe de Estado
• Otras denuncias de tortura con efectos de asfixia refieren el suministro de grandes cantidades de agua por vía oral o nasal hasta llenar el estómago; la asfixia se producía durante el suministro continuo o prolongado de agua o bien al momento de llenarse el estómago.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en el Retén de Carabineros de Valdivia, X Región: Me tuvieron por una semana más o menos con todo tipo de torturas donde tenían un pozo bastante profundo con agua y excrementos de animal y ahí me sumían de cabeza para abajo […].
Hombre, detenido en noviembre de 1973. Relato de su reclusión en el Estadio Regional de Concepción, a cargo del Ejército, VIII Región: […] siendo luego incomunicado por cinco días en el Estadio Regional, me pusieron una manguera de 3/4 por la boca y daban [el] agua […].
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en el Fuerte Borgoño, VIII Región: […] me pusieron algodón en ambos ojos, luego huincha adhesiva encima y un capuchón negro amarrado a la nuca, me ataron de pies y manos fuertemente y me hundían en un tambor de esos de aceite de 250 litros que contenía amonia, orina, excrementos y agua de mar, así me sumergían hasta que mi respiración no daba más, ni menos mis pulmones y la volvían a repetir una y otra vez, acompañados de golpes y preguntas, eso era lo que llamaban ellos en tortura el famoso submarino.
Exposición a temperaturas extremas
Más allá de las incomodidades propias de hallarse privado de libertad, el hecho de exponer deliberadamente a una persona a temperaturas muy elevadas o muy bajas con la única finalidad de causar sufrimiento físico o mental, también es un método de tortura. Esta Comisión recogió varios testimonios de personas expuestas con premeditación a las inclemencias del tiempo por períodos prolongados o a temperaturas extremas, en el límite superior o inferior de lo tolerable por un ser humano saludable.
Hombre, detenido en septiembre de 1973. Relato de su reclusión en el Regimiento N° 14 de Aysén, XI Región: […] fui desnudado en la nieve, a un costado del recinto a la intemperie, con aplicación de corriente en varias partes del cuerpo, golpes de culata estando en el suelo. […].
Hombre, detenido en enero de 1974. Relato de su reclusión en el Campo de Prisioneros Chacabuco, II Región: […] de pie todo el día a pleno sol (40°C) y de noche los hacían correr para sentir el frío del desierto.
Hombre, detenido en junio de 1974. Relato de su reclusión en el recinto del Grupo de Instrucción de Carabineros, Antofagasta, II Región: Estuvimos días en el patio amarrados a un poste por la espalda con la vista vendada de noche y día, expuestos al sol de día y frío de la noche.
Autor: Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura