Miguel del Carmen Albornoz Acuña

Rut : 7.459.112-4
Fecha Detención : 06-10-1973
Comuna Detención : Mulchén
Fecha Nacimiento : 29-09-1953
Edad : 20
Lugar Nacimiento : Mulchén
Estado Civil e Hijos : Soltero
Oficio o Profesión : Obrero agrícola
Nacionalidad : chilena

Antecedentes del Caso

Miguel del Carmen Albornoz Acuña, soltero, obrero agrícola de la CONAF, sin militancia política, fue detenido el día 6 de octubre de 1973, alrededor de las 14:00 horas, en su domicilio, junto a su padre Alejandro Albornoz González, a su tío Daniel Alfonso Albornoz González y a sus hermanos, Germán y José Albornoz Acuña. Hasta su vivienda llegaron unos diez uniformados fuertemente armados, los que se movilizaban en caballos. De inmediato procedieron a allanar la vivienda y acto seguido a detener a los hombres que en esos momentos se encontraban en el lugar. A estos últimos les ordenaron incorporarse a un grupo de detenidos que permanecía en la calle principal del predio, entre los que se encontraban los hermanos José Liborio, Florencio y José Lorenzo Rubilar Gutiérrez y Luis Alberto Godoy Sandoval. Los aprehensores formaban parte de un grupo más amplio, los que en un número aproximado a treinta, entre Militares, Carabineros y civiles, habían llegado el día anterior al Fundo Carmen Maitenes. Entre éstos los lugareños pudieron distinguir al -en ese entonces- Teniente de Carabineros Jorge Maturana Concha; a los carabineros Osvaldo Díaz Díaz (alias "El Alicate") y Héctor Armando Guzmán Saldaña, ambos ex funcionarios del Retén El Morro (ubicado en una Hacienda del mismo nombre contigua al predio). Y a un Sargento de Ejército de apellido Díaz. Entre los civiles, pudieron individualizar a Romualdo ("Mayo") Guzmán Saavedra, agricultor; Francisco Urrizola Elías, industrial dueño de barraca maderera; Ramón Elías Abella, industrial maderero; Aquiles Guzmán Fritz, agricultor -todos domiciliados en Mulchén- y a Carlos Lehman, quien residía en el fundo. Este último era yerno de Romualdo ("Mayo") Guzmán. Miguel del Carmen, al igual que los demás detenidos, eran obreros agrícolas domiciliados en el Fundo El Carmen Maitenes ubicado en la comuna de Mulchén, Provincia de Bío-Bío, y estaban contratados por la Corporación Nacional Forestal -CONAF-. Este fundo había estado en trámite de expropiación por la Corporación de la Reforma Agraria -CORA-, la que lo había cedido a la CONAF para su forestación, debido al virtual abandono por parte de sus propietarios. Uno de los civiles, integrante de la patrulla, portaba un documento firmado por el Capitán de Carabineros Sergio Neira Tapia -quien posteriormente ocupó el cargo de Gobernador de Mulchén- que los autorizaba para actuar en el sector y para exigir todo tipo de facilidades y cooperación. Romualdo Guzmán se destacaba del resto por su prepotencia, razón por la cual los campesinos y familiares de las víctimas, hablan de un Capitán Guzmán como jefe del grupo. Los efectivos militares pertenecían al Regimiento de Infantería de Montaña N°17 "Los Angeles", en tanto los policías estaban adscritos a la Segunda Comisaría de Carabineros de Mulchén. El grupo llevaba consigo una lista de nombres de lugareños del sector la que, aparentemente, había obtenido en un allanamiento a una sede sindical campesina en Mulchén. Los detenidos fueron recluidos en la Administración del fundo, la que fue facilitada para esos efectos por Carlos Lehman. En ese lugar, fueron obligados a tenderse boca abajo con las manos en la nuca, mientras sus captores caminaban por sobre sus espaldas, taqueando, golpeándoles con las espuelas y con las culatas de las armas. Se les obligó a golpearse duramente entre los mismos familiares -hermanos contra hermanos y padres contra hijos- bajo amenaza de muerte si se resistían; todo ello acompañado de insultos y sarcasmos. Posteriormente, fueron sacados de la Administración y obligados a ponerse con la cara contra la pared, donde les hicieron simulacros de fusilamiento. Los vecinos más cercanos a las casas de Administración del fundo, escucharon gritos y lamentos. Mientras esto ocurría en la Administración, otro grupo se dedicó allanar algunas viviendas de las víctimas. Alrededor de las 19:00 horas de ese día, los aprehensores libertaron a los hermanos José Nieves y Germán Albornoz Acuña, quienes narraron a sus familiares lo que estaba ocurriendo. Aproximadamente a las 23:00 horas, los habitantes del fundo "El Carmen Maitenes" escucharon dos ráfagas largas de disparos provenientes de la Administración y, luego, silencio absoluto. Al día siguiente, domingo 7 de octubre, concurrieron a la casa de los hermanos Rubilar Gutiérrez dos funcionarios de la CONAF, don Adolfo Martín Sánchez y el guardabosques Juan Leal, quienes manifestaron a los padres de los primeros que sus hijos y los otros detenidos habían sido trasladados a un lugar lejano, y que les serían devueltos en un plazo de dos años. Ese mismo día por la mañana, unos uniformados se hicieron presentes en la casa de los padres de los hermanos Rubilar Gutiérrez con el objeto de pedirles unas palas, con las que se dirigieron a un lugar ubicado a unos 500 metros hacia el oriente de las casas patronales del fundo, donde cavaron una fosa en una vega a las faldas de un cerro, entre un estero y un cerco de alambre. En esa fosa procedieron a sepultar siete cadáveres de las ocho víctimas del fundo "El Carmen Maitenes". Los victimarios prohibieron, bajo amenaza de muerte, a los familiares acercarse al lugar. La octava víctima, Guillermo José Albornoz González, fue ejecutado en la mañana del día 7 de octubre en un puente de cimbra sobre el río Renaico donde, atado, le dispararon varias ráfagas que le ocasionaron la muerte. Sin que hasta ahora se haya encontrado su cadáver. En el mes de marzo de 1979, coincidiendo con la fecha en que la Corte Suprema ordenara la investigación de los hechos señalados, desconocidos que se identificaron como carabineros, procedieron a la exhumación clandestina y ocultamiento de los restos. No obstante, detectives de Angol recuperó algunas osamentas humanas de data aproximada a la fecha de comisión de los hechos. (Ver ficha de Juan de Dios Laubra Brevis). El mismo grupo aprehensor de los 8 campesinos del Fundo Carmen Maitenes el día anterior, 5 de octubre, habían detenido a otros 5 campesinos de la Hacienda El Morro, Juan de Dios Laubra Brevis, Domingo Sepúlveda Castillo, José Vidal Aedo, Celsio Vivanco Carrasco y José Yáñez Durán, y el día posterior, el 7 de octubre, detuvieron en el Fundo Pemehue a Alberto y Felidor Albornoz González, a José Gutiérrez Ascencio, Juan Roa Riquelme y Gerónimo Sandoval Medina. Estos 10 campesinos también fueron ejecutados por sus captores y todos inhumados en fosas clandestinas, desde donde en 1979 los exhuman también ilegalmente. (Para mayor información, ver caso de Juan de Dios Laubra Brevis y de Florencio Rubilar Gutiérrez). 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
Debido a antecedentes hechos llegar por la Corte Suprema a través de la Corte de Apelaciones de Temuco, se instruyó el sumario rol N°33.316 por la presunta desaparición de Florencio Rubilar Gutiérrez, José Liborio Rubilar Gutiérrez y José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, en el Juzgado de Letras de Angol. El día 10 de julio de 1979, la Jueza se declaró incompetente debido a que el delito denunciado tuvo lugar fuera de su jurisdicción, razón por la cual los antecedentes fueron remitidos al Juzgado de Letras de Mulchén, el que inició el conocimiento de la causa el 18 de julio de 1979, siendo rolado con el N°20595. Mientras este proceso se desarrollaba, en el mismo Juzgado de Letras se presentó el 21 de noviembre de 1979 una querella criminal por los delitos de "allanamiento ilegal de morada, secuestro, apremios ilegítimos, lesiones y homicidio calificado cometido en las personas de José Liborio, José Lorenzo y Florencio Rubilar Gutiérrez; de Alejandro, Daniel, José Guillermo, Alberto y Felidor Albornoz González; de Miguel Albornoz Acuña; de Gerónimo Sandoval Medina y de Luis Alberto Godoy Sandoval". Esta querella fue acumulada a la causa 20.595 del mismo tribunal. El día 22 de noviembre de 1979 se solicitó la designación de Ministro en Visita para conocer de estos hechos. El día 6 de mayo de 1980 la Corte de Apelaciones de Concepción designó para tales efectos al ministro Carlos Cerda Medina. En la investigación judicial se logró establecer la responsabilidad de efectivos Militares y de Carabineros acompañados de civiles en la detención, reclusión, ejecución e inhumación ilegal de ocho campesinos del fundo El Carmen Maitenes. El día 21 de diciembre de 1980, el Ministro en Visita se declaró incompetente para seguir conociendo la causa debido a que existía personal uniformado inculpado; pasando la causa al III Juzgado Militar de Concepción, siendo rolada con el N°446-81. El 7 de enero de 1983, en virtud de Decreto Ley 2191 de Amnistía, los tribunales militares sobreseyeron total y definitivamente la causa. Sin embargo, el 18 de diciembre de ese mismo año, la Corte Marcial dejó sin efecto la aplicación de amnistía y cambió el carácter del sobreseimiento definitivo a temporal. 

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Prensa

La Corporación Nacional Forestal (CONAF) es una entidad dependiente del Ministerio de Agricultura, que nace de la antigua Corporación de Reforestación mediante un decreto firmado por el gobierno de Salvador Allende el 19 de abril de 1973 y publicado en el Diario Oficial el 10 de mayo del mismo año. El origen de la institución tiene raíces históricas en los comienzos del siglo XX y tiene como primer hito importante la creación de la Reserva Forestal de Malleco en 1907, ubicada en la comuna de Collipulli.

La CONAF llevaba solo meses de ser creada, para el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, sin embargo fue una de las instituciones más golpeadas tras el derrocamiento del gobierno popular, 19 de sus trabajadores fueron asesinados por los golpistas en las semanas siguientes al bombardeo a la Moneda.

El propio dictador nombró a su propio yerno, Julio Ponce Lerou, como director ejecutivo de esta Corporación. Hasta entonces, Ponce era un ex empleado de la familia Matte en la Papelera Biobio, en Concepción. La familia Matte también colocaría a uno de sus ex empleados, Fernando Léniz Cerda, como ministro de economía de la Junta Militar.

Trabajadores de CONAF asesinados en Mulchén

Fue muy cerca de la Reserva Forestal Malleco, donde se cometió el mayor crimen contra los trabajadores de CONAF tras el golpe de estado. Entre los días 5 y 7 de octubre de 1973 en los fundos cordilleranos, de la comuna de Mulchén -llamados El Morro, Carmen, Maitenes y Pemehue-, fueron ultimados 18 personas del sector: 13 de ellos trabajadores de la Corporación Nacional Forestal (CONAF).

Una patrulla de aproximadamente treinta personas, compuesta por carabineros de Mulchén, militares del Regimiento de Infantería de Montaña N°17 de Los Ángeles y un grupo de civiles entre los que tribunales logró individualizar al agricultor Romualdo «Mayo» Guzmán Saavedra, al industrial dueño de barraca maderera Francisco Urrizola Elías, al industrial maderero Ramón Elías Abella, al agricultor Aquiles Guzmán Fritz y al administrador de fundo Carlos Lehman.

Esta "patrulla" recorrió los fundos y predios de la zona cordillerana de Mulchén, portando una lista previamente confeccionada de las personas que debían ser detenidas y que fueron posteriormente, asesinadas.

La "patrulla" inició su recorrido en el fundo El Morro el 5 de octubre en la tarde. Procedieron a detener a cinco campesinos en sus domicilios, los cuales fueron trasladados hasta las orillas del río Renaico: Juan de Dios Laubra Brevis (26 años), Domingo Sepulveda Castillo (29 años), Edmundo José Vidal Aedo (20 años), Celsio Nicasio Vivanco Carrasco (26 años) y José Florencio Yañez Duran (34 años). Vecinos del sector rivereño del río escucharon disparos; unos meses después, en las acciones de búsqueda de los suyos, vecinos y familiares de las víctimas encontraron en el sector La Playita los cuerpos de los obreros asesinados con impactos de balas y las manos atadas a la espalda con alambres.

Al día siguiente, 6 de octubre, la "patrulla" llegó hasta los fundos el Carmen y Maitenes, deteniendo a 8 obreros de CONAF: Miguel del Carmen Albornoz Acuña (20 años), Daniel Alfonso Albornoz Gonzalez (28 años), Alejandro Albornoz Gonzalez (48 años), Luis Alberto Godoy Sandoval (23 años), Florencio Rubilar Gutierrez (25 años), José Liborio Rubilar Gutierrez (28 años) y José Lorenzo Rubilar Gutierrez, (33 años), los cuales fueron conducidos hasta la casa patronal. Cerca de las 23:00 horas, campesinos testigos escucharon ráfagas de metralleta. Al día siguiente los miembros de la "patrulla" sepultaron siete cuerpos en una fosa cavada en una pampa cercana al sector de las casas, cubriéndolos con césped.

Ese mismo día 7 de octubre, la "patrulla" se trasladó hacia el fundo Pemehue, hasta la misma oficina de la CONAF en la Reserva Forestal Malleco, llevándose detenido a Guillermo José Albornoz González (32 años), quien fue brutalmente golpeado y, en muy mal estado físico, llevado hasta el Rio Renaico, donde su cuerpo apareció flotando. En el fundo Pemehue, la "patrulla" criminal procedió a detener y ejecutar a otros 5 trabajadores de CONAF: Alberto Albornoz González (41 años), Felidor Exequiel Albornoz González (33 años), José Fernando Gutiérrez Ascencio, (25 años), Gerónimo Humberto Sandoval Medina (22 años) y Juan de Dios Roa Riquelme (35 años). En horas de la noche se escucharon reiteradas ráfagas de fusilería. Todos ellos fueron sepultados en los mismos lugares en que fueron asesinados. Familiares encontraron luego sus cuerpos con las manos atadas, los rostros destrozados y numerosos impactos de bala.

Por estos hechos criminales, se inició una causa judicial en los tribunales de justicia, concretamente, ante la Corte de Apelaciones de Concepción. En octubre de 2017 el ministro Carlos Aldana dictó sentencia de primera instancia en donde sólo condenó a los ex carabineros: Jacob del Carmen Ortiz Palma, Juan de Dios Higueras Álvarez, Osvaldo Enrique Díaz Díaz y Héctor Armando Guzmán Saldaña a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de coautores de los delitos de homicidio calificado de las víctimas Florencio Rubilar Gutiérrez, José Liborio Rubilar Gutiérrez, José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, Alejandro Albornoz González, Luis Godoy Sandoval, Miguel Albornoz Acuña, Daniel Albornoz González, Alberto Albornoz González, Felidor Albornoz González, Jerónimo Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y José Gutiérrez Ascencio.

Los mismos cuatro ex carabineros deberán purgar 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los secuestros calificados de otras 6 víctimas, Juan de Dios Laubra Brevis, José Yáñez Durán, Celsio Vivanco Carrasco, Edmundo Vidal Aedo, Domingo Sepúlveda Castillo y Guillermo Albornoz González. La causa judicial sigue con trámites de apelación pendientes ante la Corte de Concepción, de modo que ninguno de estos criminales está cumpliendo pena de prisión por estos delitos.

A fines de 1978 la tiranía de Pinochet organizó y ejecutó la llamada "Operación Retiro de Televisores", una de las acciones más bestiales de la dictadura militar, que buscó borrar las huellas de los asesinatos hasta allí cometidos por las hordas uniformadas y civiles. La operación consistió en exhumar los cuerpos de los asesinados e inhumados ilegalmente a lo largo del país y hacer desaparecer esos restos para no dejar ningún indicio de los crímenes. Se trataba, en definitiva, de hacer desaparecer los restos de las personas detenidas desaparecidas. La nefasta acción fue organizada con prontitud por la CNI y ejecutada con solicitud criminal por las tropas militares y agentes civiles que se solazaron con el terror que provocaban entre sus víctimas, sobre los familiares de las víctimas y sobre la población en general.

En el caso de las víctimas de Mulchén, probablemente en marzo de 1979, personal del Regimiento «Húsares», de Angol, en cumplimiento de un criptograma proveniente de la Comandancia en Jefe del Ejército de la época, exhumó ilegalmente las sepulturas clandestinas, retiró los restos de quienes fueron ejecutados en octubre de 1973 y se los llevaron con destino desconocido, consumando los propósitos de la operación.

Trabajador de CONAF fusilado en La Serena

En los mismos días que en el sur se cometían los crímenes de Mulchén, en el norte el técnico forestal y trabajador de CONAF Oscar Gastón Aedo Herrera (23 años), era detenido por carabineros en Salamanca, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo. Fue incomunicado en el cuartel policial de la localidad, y luego llevado el día 12 de octubre hasta la Cárcel de Illapel, para luego ser trasladado al Regimiento "Arica", de La Serena, donde fue ejecutado en la madrugada del día 16 de octubre de 1973 junto a otros 14 prisioneros políticos asesinados por el paso de la Caravana de la Muerte por esa región.

En el plano judicial, en octubre de 2022 la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a ocho ex oficiales y dos ex suboficiales del Ejército por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado de las 15 personas víctimas de la "Caravana de la Muerte" en la ciudad de La Serena. El graneado grupo de criminales está compuesto por un ex General y Comandante en Jefe de esa institución, dos ex brigadieres, cinco ex tenientes coroneles, además de dos suboficiales.

Trabajadores de CONAF asesinado en Truful Truful Melipeuco

El día 14 de octubre de 1973 son detenidos en el sector de Truful truful, comuna de Melipeuco los trabajadores de CONAF: José Alejandro Ramos Jaramillo (46 años), Gerardo Alejandro Ramos Huina (21 años) y José Moisés Ramos Huina (22 años) padre e hijos respectivamente. Al día siguiente es detenido en su domicilio en Melipeuco Mario Rubén Morales Bañares (23 años), tractorista trabajador de CONAF. Testigos señalan haber visto sus cadáveres, maniatados junto al rio Allipen.

Sin embargo, ellos no eran los primeros trabajadores de CONAF asesinados en la comuna de Melipeuco, ya que el mismo día del golpe militar fue detenido el tractorista Luis Alberto Soto Chandía (25 años), siendo el primer trabajador de CONAF asesinado solo a horas del derrocamiento de Salvador Allende.

En lo judicial, sólo en el caso de la victima Luis Alberto Soto Chandía se conoce causa procesal, existiendo solo un ex carabinero procesado por este hecho.

Trabajador de CONAF detenido desaparecido

El 29 de enero de 1975 fue detenido en Santiago por agentes de la DINA el técnico forestal Juan René Molina Mogollones (29 años), ex funcionario de CONAF en la provincia de Curicó y ex dirigente sindical de los trabajadores de la esa corporación. Inmediatamente ocurrido el golpe militar, comenzó a ser perseguido y buscado por las tropas uniformadas, por lo que siguió viviendo en clandestinidad y se trasladó a Santiago. Tiempo después fue detenido y llevado secuestrado hacia el centro clandestino de detención y tortura Villa Grimaldi y desde ese recinto fue hecho desaparecer.

Fuente :resumen.cl

Fecha :28-04-2023

Elementos comunes en matanzas de Santa Bárbara, Mulchén, Laja-San Rosendo, Lonquén y Chihuio. Sitios de Memoria.

Elementos comunes en las matanzas selectivas de campesinos en diversos lugares del país en tiempos de dictadura. Una amenaza, una advertencia que anunciaba los caminos a seguir por Pinochet, uniformados, representantes de Patria y Libertad y dueños de fábricas o latifundios se unen para eliminar sistemáticamente a cientos de obreros y campesinos en los primeros días después del Golpe de Estado Cívico-Militar.

Cronología del horror: Fusilamientos en los primeros días del golpe, septiembre y octubre de 1973.

Laja y San Rosendo.

19 personas que se presentaron a la Comisaria de Carabineros de Laja, fueron llevadas a las afueras de la ciudad y ejecutadas, enterradas clandestinamente en medio de un campo del “Fundo San Juan”; era septiembre del año 1973.  Trabajadores de La Papelera y Ferrocarriles del Estado, estudiantes y dos profesores fueron acribillados, amarrados con alambres, indefensos e inocentes, fusilados y enterrados luego de recibir instrucciones, comida y alcohol proporcionado por ejecutivos de la empresa papelera. El Ministro en Visita de la Corte de Apelaciones de Concepción ha dictado sentencia contra 14 carabineros en retiro y tres ex funcionarios civiles de la CMPC.

Según el fallo unánime del 15 de marzo de 2018, la Corte de Apelaciones de Concepción procesó a tres jefes y un chofer de la empresa papelera perteneciente al Grupo Matte como cómplices de homicidio, la empresa delató y facilitó vehículos y choferes a cargo de un civil, el agricultor Peter Wilkens. Civiles y Carabineros unidos en un exterminio brutal.

Los ex carabineros acusados como co-autores de homicidio calificados: Alberto Juan Fernández Michell, Lisandro Alberto Martínez García, Luis Antonio León Godoy, Gerson Nilo Saavedra Reinike, Pedro del Carmen Parra Utrera, Gabriel Washington González Salazar, Samuel Francisco Vidal Riquelme, Víctor Manuel Campos Dávila, Nelson Casanova Salgado, y el oficial (R) René Urrutia, señalado como autor del delito de inhumación ilegal de las 19 personas. Civiles: Pedro Jarpa, ex jefe de seguridad de CMPC, cómplice de homicidio y Alejandro Aguilera, ex ejecutivo de la CMPC.

Santa Bárbara.

La desaparición y posterior ejecución de 28 campesinos de las localidades de Santa Bárbara y Quilaco en la Región del Biobío, en el año 1973, sigue los mismos patrones de ejecuciones en la zona, denuncias de patrones y apoyo de Carabineros, terminan con la vida de lugareños. Los procesos llevados a cabo por la Ministra Raquel Lermanda hasta mayo de 2013, tienen sentencias de 17 ex uniformados y 11 civiles que figuran como responsables de las detenciones y desapariciones.

Entre las victimas están: José Rafael Zúñiga Aceldini, José Secundino Zúñiga Aceldini, José Gilberto Araneda, Juan de Dios Rubio Llancao, Julio Rubio Llancao, José María Tranamil Pereira, José Guillermo Purrán Treca, José Domingo Godoy Acuña, Julio César Godoy Godoy, Desiderio Aguilera Solís, José Nazario Godoy Acuña, Manuel Salamanca Mella, José Mariano Godoy Acuña, Miguel Cuevas Pincheira, Juan de Dios Fuentes Lizama, Juan Francisco Fuentes Lizama, Elba Burgos Sáez, Sebastián Hernaldo Campos Díaz, Aliro Oporto Durán, Sergio D’Apollonio Petermann.

Mulchén

Desaparición de 18 campesinos de la comuna, hecho ocurrido en los primeros días de octubre de 1973, durante las acciones de represalia y castigo que llevaron a cabo los uniformados y civiles de la zona. Los asesinatos se cometieron en operaciones llevadas a cabo durante ese mes. Los campesinos fueron hechos prisioneros y ejecutados en tres lugares distintos de la zona cordillerana de Mulchén. Los fusilamientos se registraron en el fundo El Morro, ubicado a 50 kilómetros al interior de Mulchén, en el fundo El Carmen-Maitenes, ubicado a 80 kilómetros y en el fundo Pemehue, situado en la alta cordillera, a más de 100 kilómetros de la ciudad.

Los 18 campesinos asesinado fueron: los hermanos Alejandro Albornoz González (de 48 años), Alberto Albornoz González (41), Felidor Exequiel Albornoz González (33), Guillermo José Albornoz González (32), Daniel Alfonso Albornoz González (28), y un hijo de Alejandro de nombre Miguel del Carmen Albornoz Acuña (20); Luis Alberto Godoy Sandoval (23); José Fernando Gutiérrez Asencio (25); Juan de Dios Laubra Brevis (26); Juan de Dios Roa Riquelme (35); los hermanos José Lorenzo Rubilar Gutiérrez (33), José Liborio Rubilar Gutiérrez (28), Florencio Rubilar Gutiérrez (24); Gerónimo Humberto Sandoval Medina (22); Domingo Sepúlveda Castillo (29); Edmundo José Vidal Aedo (20); Celsio Nicasio Vivanco Carrasco (26) y José Florencio Yáñez Durán (34).

El Ministro Carlos Aldana de la Corte de Apelaciones de Concepción, ha notificado nueve ex militares procesados por delitos de homicidio y encubrimiento de 18 campesinos ejecutados en 1973. Los procesados serían Julio Reyes Garrido, José Puga Pascual, José Iturriaga Valenzuela, Jaime Müller Aviles, Julio Fuentes Chavarriga, Luis Palacios Torres, JuanCares Molina, Juan Carlos Balboa Ortega y Jaime García Zamorano.

Chihuio

El 9 de Octubre de 1973, grupos del ejército de los regimientos Cazadores y Maturana. de Valdivia, en el sector de “Baños de Chihuio”, ejecutaron a 18 campesinos en el sector sur del complejo maderero de Panguipulli. En los días posteriores al Golpe de Estado, la casa de administración del Fundo “Chihuio” (Valdivia), de propiedad de Américo González, se convirtió en un centro de exterminio. El fundo está ubicado en la pre cordillera, a casi 300 km de Valdivia.  Campesinos de Futrono,  Llifén, Curriño, Arquilhue y Chabranco fueron llevados desde sus hogares o lugares de trabajo hasta esta localidad, después de ser detenidos por soldados pertenecientes a la Cuarta División del Ejército, al mando del General Héctor Bravo Muñoz, y apoyados por civiles de la localidad. Los soldados habían llegado hasta las diferentes localidades con listas en la mano.

Los 18 campesinos permanecieron desaparecidos por más de 17 años. Se sabe que sus cuerpos fueron exhumados ilegalmente en 1979 (probablemente por miembros del ejército  o la CNI). Posteriormente, en 1990 y después de un largo trabajo por parte de los grupos de Derechos Humanos, solo parte de sus restos fueron encontrados.

Víctimas: Carlos Acuña Inostroza; Orlando Barriga Soto; José Cortez Díaz; Rubén Durán Zúñiga; Luis Ferrada Sandoval; Eliecer Freire Caamaño; Narciso García Cancino; Juan González Delgado; Daniel Méndez Méndez; Fernando Mora Gutiérrez; Sebastián Mora Osses; Segundo Pedreros Ferreira; Rosendo Rebolledo Méndez; Ricardo Ruiz Rodríguez; Carlos Salinas Flores; Manuel Sepúlveda Rebolledo; Rubén Vargas Quezada; Andrés Silva Silva.

Lonquén

Un descubrimiento estremecedor se realizaba el año 1978 en los hornos de Lonquén, los restos de 15 campesinos de la Isla de Maipo habían sido encontrados, lugareños que habían desaparecido el 7 de octubre de 1973. Es el caso de mayor impacto mediático donde la Vicaría de la Solidaridad juega un importante rol en dar a conocer el caso, bajo la dirección del Cardenal Raúl Silva Henríquez. Procesos: El año 2018 la Corte Suprema dicta sentencia contra 6 carabineros por secuestro calificado y secuestro simple en el caso conocido como “Hornos de Lonquén.”

Recorrido por los memoriales

Actividad organizada por el Consejo de Usuarios Prais y Departamento de Derechos Humanos, Municipalidad de Concepción. Los memoriales de Mulchén, Santa Bárbara, Laja y San Rosendo emergen silenciosamente en medio de las ciudades para recordar y conmemorar a los Detenidos Desaparecidos en Dictadura.

Fuente :laventanaciudadana.cl

Fecha :26-11-2018

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, dictó acusación en contra de miembros de Carabineros y el Ejército en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado, homicidio calificado, inhumación ilegal y exhumación ilegal de 18 trabajadores de los fundos El Morro, El Carmen-Maitenes y Pemehue, ubicados en el sector precordillerano de la localidad de Mulchén.

En la resolución el ministro Aldana acusó a los miembros de Carabineros en retiro: Jacob Ortiz Palma, Juan de Dios Higueras Álvarez, Osvaldo Enrique Díaz Díaz y Héctor Armando Guzmán Saldaña, en calidad de autores de los homicidios calificados de José Florencio Rubilar Gutiérrez, José Liborio Rubilar Gutiérrez, José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, Alejandro Albornoz Acuña, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González, Alberto Albornoz González, Felidor Exequiel Albornoz González, Jerónimo Humberto Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y José Fernando Gutiérrez Ascencio, ilícitos perpetrados el 6 y 7 de octubre de 1973.

Ex carabineros que, además, fueron acusados como autores de los delitos de secuestro calificado de: Juan de Dios Laura Brevis, José Florencio Yáñez Durán, Celsio Nicasio Vivanco Carrasco, Edmundo José Vidal Aedo, Domingo Sepúlveda Castillo y Guillermo José Albornoz González, perpetrados a partir del 5 de octubre de 1973. Agentes del Estado que también fueron acusados como autores del delito de inhumación ilegal de las 12 víctimas del delito de homicidio.

En tanto, Julio Reyes Garrido, José Puga Pascua, José Iturriaga Valenzuela, Jaime Muller Avilés, Julio Fuentes Chavarriga, Luis Palacios Torres, Juan Cares Molina, Juan Carlos Balboa Ortega y Jaime García Zamorano, fueron acusados como encubridores de 11 delitos de homicidios –excepto el de Juan de Dios Roa Riquelme– y del delito de exhumación ilegal de dichas víctimas.

En la etapa de investigación, el ministro en visita logró determinar que las 18 víctimas fueron detenidas por personal del Ejército del Regimiento N° 13 de Los Ángeles y de la Comisaría de Carabineros de Mulchén entre el 5 y 7 de octubre de 1973, en los fundos El Morro, El Carmen Maitenes y Pemehue de la zona, fusilados e inhumados en dichos lugares, otros en el Cementerio de Mulchén o a las orillas del río Renaico, lugares donde los restos permanecieron por más de 5 años.

Entre fines de 1978 y comienzos de 1979, personal del Regimiento “Húsares” de Angol, en cumplimiento de un criptograma proveniente de la Comandancia en Jefe del Ejército de la época, retiró los restos de quienes fueron ejecutadas en octubre de 1973, y llevados con destino desconocido.

Fuente :elclarin.cl

Fecha :14-07-2016

Cuando nos aproximamos a cumplir cuarenta años del golpe militar en Chile, numerosas causas por violaciones a los derechos humanos siguen vigentes y en plena tramitación. En la región del Bío Bío, una de las situaciones más impactantes de que se tiene memoria es la matanza de 18 campesinos en la zona rural de Mulchén, hecho ocurrido entre los días 5, 6 y 7 de octubre de 1973.
A pocos meses de cumplirse 40 años de este cruel episodio, la justicia sigue actuando, aunque el fallo emitido este jueves por la Corte de Apelaciones de Concepción no era lo que buscaba el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.

En efecto, Patricia Parra abogada del Programa, había solicitado al ministro especial para causas de derechos humanos, Carlos Aldana, que sometiera a proceso a catorce personas entre civiles y militares como autores y encubridores de los delitos de secuestro y homicidio calificado en la persona de 18 obreros agrícolas de los sectores El Morro, Pemehue y Carmen Maitenes, de la comuna de Mulchén.

Los restos de las víctimas que habían sido enterradas en las inmediaciones del río Renaico, lugar que fue identificado por los familiares con piedras y palos. Sin embargo, a comienzos de 1979, cuando ya había estallado el caso Lonquén y el de Laja San Rosendo, empezaba a hacerse público, se dispuso la exhumación de los restos de las víctimas y su desaparición por completo. Fue lo que se llamó “Operación Retiro de Televisores”. Y fue lo que ocurrió con las víctimas de Mulchén.

Como el ministro Aldana rechazó la solicitud, el 6 de agosto de 2012, la abogada Parra apeló a la Corte de Apelaciones, donde los integrantes de la Quinta Sala, ministros Juan Villa y Claudio Gutíérrez, además del abogado integrante Mauricio Ortiz, confirmaron la resolución de Aldana, denegando así lo solicitado por el Programa de Derechos Humanos.

La solicitud de autos de procesamiento recaía en Rolf During Polher, Samuel Arriagada Domínguez, Raúl Tirapeguy Silva, Osvaldo Díaz Quintana y Patricio Martínez Moena, en calidad de autores del delito de secuestro y homicidio calificado cometido en la persona de Juan Laubra Brevis, José Yañez Durán, Celsio Vivanco Carrasco, Edmundo Vidal Aedo, Domingo Sepúlveda, José Liborio Rubilar Gutiérrez, José Florencio Rubilar Gutiérrez, José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, Alejandro Albornoz Acuña, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González, Guillermo Albornoz, Alberto Albornoz González, Felidor Exequiel Albornoz, Jerónimo Humberto Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y Fernando Gutiérrez Ascencio, y en Jaime Óscar García Zamorano, Julio Guillermo Humberto Reyes Garrido, Julio Hernán Fuentes Chavarriga, Jaime Alberto Müller Avilés, Mario Rafael Contreras Brito, Luis Alberto Palacios Torres, Juan Luis Cares Molina, José María Tucapel Iturriaga Valenzuela y José Francisco Puga Pascua, todos ellos en calidad de encubridores del delito de homicidio calificado perpetrado en la persona de las víctimas ya individualizadas.

Tras analizar los antecedentes, la Quinta Sala concluye que se requiere que “la participación del inculpado importe un nexo físico o material con el hecho punible, y que resulte de serios antecedentes de convicción que constituyan presunciones fundadas que deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 488 del Código de Procedimiento Penal, pero sin que constituyan prueba completa”.

Acorde a ello, y analizados en su contexto los antecedentes presentados por la solicitante el 6 de agosto de 2012, se concluye que “no tienen mérito suficiente para acreditar que en la especie concurra el requisito indicado en el Nº 2 del artículo 274 del Código de Procedimiento Penal. En cada caso, debe existir copulativamente nexo físico y presunciones fundadas, y ello no se ha acreditado en la situación en estudio”.

Fuente :agenciadenoticias.org

Fecha :19-01-2013

La masacre de 18 campesinos en tres fundos de la comuna de Mulchén, región del Bío Bío, en octubre de 1973, es uno de los hechos más crueles cometidos durante la dictadura. El ministro en visita Carlos Aldana, procesó a cinco ex funcionarios de carabineros como responsables de secuestro calificado y homicidio, figuras que fueron modificadas por la Corte de Apelaciones de Concepción.

Modificaciones a los autos de procesamiento dictados por el ministro en visita Carlos Aldana en contra de cinco ex carabineros por la matanza de 18 campesinos en Mulchén, en octubre de 1973, introdujo la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, tras resolver la apelación presentada por la defensa de los encausados.

En junio del año pasado, el ministro especial para causas de derechos humanos, Carlos Aldana, había procesado a Jorge Maturana Concha, Jacob del Carmen Ortiz Concha, Juan de Dios Higueras Alvarez, Osvaldo Enrique Díaz Díaz y Héctor Armando Guzmán Saldaña, como autores de los delitos de secuestro y homicidio calificado , en perjuicio de Juan Laubra Brevis, José Yañez Durán, Celsio Vivanco Carrasco, Edmundo Vidal Aedo, Domingo Sepúlveda, José Liborio Rubilar Gutiérrez, Florencio Rubilar Gutiérrez, José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, Alejandro Albornoz Acuña, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González, Alberto Albornoz González, Felidor Exequiel Albornoz, Jerónimo Humberto Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme , Fernando Gutiérrez Ascencio y José Guillermo Albornoz González.
Todos ellos fueron detenidos por una patrulla integrada por militares, civiles y carabineros en los fundos Pemehue, Carmen Maitenes y El Morro, situados en la comuna de Mulchén, los días 5,6 y 7 de octubre de 1973.

Este caso de larga data, había sido investigado en profundidad por el ministro en visita Carlos Cerda, en 1981, pero la causa fue sobreseída en 1996 por la Corte Marcial, luego que se aplicara Ley de Amnistía.

Pero años más tarde, la investigación fue retomada y es así como en marzo del año pasado llegó a manos del ministro Aldana, quien después de varias diligencias, determinó someter a proceso a cinco ex funcionarios de carabineros.

El pasado 30 de enero, la Quinta Sala de la Corte penquista emitió su fallo, redactado por la ministra Irma Bavestrello, que en lo sustancial modifica las figuras por las cuales Aldana sometió a proceso a los ex uniformados.

Es así como en la resolución se señala que si bien “en cuanto a los delitos de secuestro, estos sentenciadores estiman que se encuentran acreditadas las detenciones sin orden judicial o administrativa de Juan Laubra Brevis, Edmundo VIdal Aedo, Domingo Sepúlveda, José Liborio Rubilar Gutiérrez, Florencio Rubilar Gutiérrez, José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, Alejandro Albornoz Acuña, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González, Alberto Albornoz González y Jerónimo Humberto Sandoval Medina, y José Guillermo Albornoz González”, hasta ahora no se ha  podido comprobar su paradero ni el fallecimiento de estos individuos en forma legal.

Por otra parte, indican que se encuentra comprobado en el proceso que José Yáñez Durán y Celsio Vivanco Carrasco, fueron víctimas de secuestro,  y fueron luego ajusticiados en el sector playita del Fundo El Morro, de Mulchén, a orillas del río Renaico, el 5 de octubre de 1973, e , igualmente resulta acreditado que a los ilegalmente detenidos el día 7 de octubre de 1973, Felidor Exequiel Albornoz González y José Fernando Gutiérrez Ascencio, se les dio muerte en el fundo Pemehue de Mulchén, defunciones de las que dan testimonio los certificados incorporados al expediente.

Teniendo en consideración estos fundamentos, la Corte determinó que “Jorge Maturana Concha, Jacob del Carmen Ortiz Concha, Juan de Dios Higue ras Alvarez, Osvaldo Enrique Díaz Díaz y Héctor Armando Guzmán Saldaña, son sometidos a proceso como coautores de los delitos de secuestro de Juan Laubra Brevis, Edmundo Vidal Aedo, Domingo Sepúlveda, José Liborio Rubilar Gutiérrez, Florencio Rubilar Gutiérrez, José Lorenzo Rubilar Gutiérrez, Alejandro Albornoz Acuña, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acuña, Daniel Alfonso Albornoz González, Alberto Albornoz González y Jerónimo Humberto Sandoval Medina y José Guillermo Albornoz González, ilícitos perpetrados entre los días 5 y 7 de octubre de 1973”.

Asimismo, quedan sometidos a proceso Maturana Concha, Ortiz Concha, Higueras Alvarez, Díaz Díaz y Guzmán Saldaña, como coautores de los delitos de secuestro con resultado de muerte de Celsio Nicasio Vivanco Carrasco, José Florencio Yáñez Durán, Felidor Exequiel Albornoz González y José Fernando Gutiérrez Ascencio, delitos cometidos entre los días 5 y 7 de octubre de 1973.  
Del mismo modo, el tribunal de alzada rechazó considerar como argumentos la cosa juzgada y la prescripción de los delitos, argumentos esgrimidos por la defensa de algunos de los procesados.

Resuelta la apelación, ahora le corresponderá al ministro Aldana dictar sentencia en este caso, en la que sin duda que esta modificación hecha por el tribunal de alzada, influirá en la condena que se determine para los responsables de una de las violaciones a los derechos humanos más brutales cometidas en la zona durante la dictadura militar.

Fuente :tribunadelbiobio.cl

Fecha :10-02-2009

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Ultima Actualización : 13/03/2026