Juan Mauricio Poblete Tropa

Rut : 6.919.579-2
Fecha Detención : 23-09-1973
Comuna Detención : Chillán
Fecha Nacimiento : 23-01-1953
Edad : 20
Lugar Nacimiento : Chillán
Estado Civil e Hijos : Soltero
Oficio o Profesión : Comerciante
Nacionalidad : Chilena

Antecedentes del Caso

En una reunión virtual, el ministro en visita, Carlos Aldana, informó a la familia de la víctima los resultados de peritajes efectuados a las osamentas y que arrojaron que efectivamente parte de los restos óseos son de Poblete Tropa, permitiéndoles ahora su retiro desde el instituto forense para los funerales.

Por medio de una serie de informes periciales y de laboratorio desarrollados en Chile y Active ImageAustria, se pudo confirmar que parte de las osamentas encontradas encontrados hace 30 años en el cementerio de Chillán pertenecen a Juan Mauricio Poblete Tropa, quien hasta ahora figuraba como detenido desparecido y  cuyo rastro se perdió en septiembre de 1973.

En una reunión virtual, el ministro en visita, Carlos Aldana, informó a la familia de la víctima los resultados de peritajes efectuados a las osamentas y que arrojaron que efectivamente parte de los restos óseos son de Poblete Tropa, permitiéndoles ahora su retiro desde el instituto forense para los funerales.

 “Ustedes tienen la decisión. El tribunal normalmente la respalda y el procedimiento esta reglado por el Servicio Médico Legal, donde se les detallará cómo proceder”, indicó Aldana.

Desde 1990, cuando fueron encontradas las osamentas en el cementerio, se abreron sospechas de que se tratara de otros detenidos, entre ellos Arturo Prat Martí y José Gregorio Retamal. 

Por tal motivo, la abogada Patricia Parra destacó la importancia de los peritajes, tanto para sus representados, parientes de Poblete Tropa, como para las otras familias, consignó Bio Bio Chile.

Cabe recordar que en el proceso abierto por la desaparición de Poblete Tropa, el ministro Aldana encausó al general (r) de Carabineros Patricio Jeldres Rodríguez, en calidad de autor directo del delito de secuestro.

Por tal motivo, tras la confirmación de la identidad de los restos, Poblete saldrá de la lista de detenidos desaparecido, y también cambiará la carátula del delito por el que está imputado Jeldres, pasando de secuestro a homicidio calificado.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la carpeta investigativa, el ministro Aldana logró determinar que alrededor de las 23:45 horas del 23 de septiembre de 1973, Juan Mauricio Poblete Tropa, de 20 años de edad, se encontraba durmiendo en el domicilio de sus padres, lugar al que arribó un piquete de carabineros, dirigidos por el entonces teniente Jeldres Rodríguez, quienes procedieron a sacar violentamente de la vivienda, sin orden judicial o administrativa, a la víctima, para trasladarla hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, lugar donde lo habrían golpeado.

Días más tarde, el 27 del mismo mes, lo subieron a un furgón, tal y como pudo presenciar su madre, María Sabina Tropa, a quien se le informó que sería llevado al Regimiento de Chillán, lugar en donde negaron que hubiera ingresado.

No se supo más de él hasta que la madre recibió de Mario Weitzel Trincado algunos artículos personales de su hijo, encontrados en un cuerpo sin cabeza en las cercanías del Puente «El Ala» el 24 de diciembre de 1973. Junto a él, Weitzel Trincado encontró el cuerpo de su hijo, Patricio Lautaro Weitzel Pérez. 

Fuente :El Ciudadano, 1 de Agosto 2021

Fecha :01-08-2021

Rut : 186.996 de Chillán
F. Nacim : 24-01-53, 20 años a la fecha de su detención
Domicilio : Cuatro Oriente Sur Nº19, Población Rosita O'Higgins, Chillán
E.Civil : Soltero
Actividad : Comerciante
C.Repres. : Sin militancia política conocida
F.Detenc. : 23 de septiembre de 1973
 
SITUACION REPRESIVA

Juan Mauricio Poblete Tropa, soltero, 20 años de edad, comerciante, fue detenido el 23 de septiembre de 1973, cerca de las 23:45 horas, en su domicilio de la ciudad de Chillán por una patrulla de Carabineros y Militares. Los uniformados preguntaron por el afectado, y como éste estaba acostado en esos momentos, lo obligaron a vestirse, ya que según le dijeron tenían órdenes de llevárselo. Dirigía el grupo de aprehensores un Teniente de Ejército de apellido Depis. En los momentos en que los uniformados sacaban al afectado hasta la calle, hicieron varios disparos al aire. De ahí tasladaron a Juan Poblete Tropa hasta el recinto de la 2ª Comisaría de Carabineros de Chillán. Ese mismo día fueron detenidos por Carabineros en la ciudad de Chillán otras dos personas, se trata de Luis Antonio Ibarra Durán y Leopoldo López Rivas, ambos igualmente permanecen en calidad de detenidos desaparecidos.
La señora María Tropa se dirigió en la mañana del día siguiente, 24 de septiembre de 1973, al recinto policial mencionado en donde fue atendida por personal de guardia que le manifestó que allí se encontraba detenido su hijo Juan Poblete, como ella misma relatara en declaración jurada: "efectivamente se encontraba en los calabozos de dicha unidad. Hasta allí seguí concurriendo a dejarle alimentos y ropas. Todo ello era recibido por el personal de guardia y entregado a mi hijo. El día 27 de septiembre, vale decir, a cuatro días de su detención tuve ocasión de ingresar hasta el interior del cuartel y entregarle por una ventanilla del calabozo un paquete. Mostraba señales de haber sido maltratado. Presentaba hinchazones en todo el cuerpo. Desde ese momento no lo he visto nunca más". En su declaración agrega la madre del afectado que en una ocasión el teniente Depis le dijo que no se preocupara porque su hijo se encontraba "en una isla" y estaba bien. Lo cierto es que respecto de la detención y reclusión del afectado ningún organismo se responsabilizó, al mismo tiempo que era falsa la información de su permanencia en una isla, debido al testimonio entregado por don Mario Weitzel padre del detenido y ejecutado Patricio Weitzel Pérez, quien fuera arrestado en su hogar por Carabineros y civiles en la madrugada del 1° de octubre de 1973. En la oportunidad fueron detenidos también dos pensionistas que tenía en su hogar, éstos fueron Arturo Prat Martí y Gregorio Retamal Venegas, quienes permanecen desaparecidos desde esa fecha. El padre de Patricio Weitzel realizó innumerables gestiones por encontrar a su hijo, recorrió los ríos de la zona tratando reconocer el cuerpo de su hijo entre los cadáveres que flotaban. El era un relojero y casualmente a su taller llegó un niño que portaba el reloj de su hijo, al preguntarle de dónde lo había sacado respondió que su padre se lo había regalado, acto seguido el menor se alejó corriendo. Ante ésto él decidió seguirlo, llegando hasta las cercanías del puente EL Ala en el río Ñuble. Allí en una casa pudo conversar con el padre a quien le pidió que le indicara el lugar de dónde sacó las cosas que llevaba su hijo cuando fue detenido. Entonces se dirigieron al lugar: "Allí vemos alrededor de 8 cadáveres que estaban varados y semicarcomidos, no estando allí mi hijo. Luego me indica unas zarzamoras entre las cuales encuentro a Patricio. Tenía las manos amarradas atrás con un alambre y puesto su chaquetón. No reconocí ninguno de los otros cadáveres, pero de uno que estaba sin cabeza saqué un zapato y un cinturón y lo guardé." Luego enterró el cuerpo de su hijo en unas matas de boldo.
El 26 de diciembre de 1973 denunció la inhumación ilegal ante el Primer Juzgado del Crimen de Chillán. Al llegar el 27 de diciembre al Tribunal citado por el juez, se da cuenta de que lo espera un camión lleno de militares, dos furgones de Carabineros y uno de policía civil. El Juez lo llamó y le dijo que irían al lugar. Allí recogieron los cadáveres, constatando que todos tenían en el cráneo una perforación de bala, excepto lógicamente el cadáver decapitado. El Juez lo autorizó para que privadamente enterrara el cuerpo de su hijo.
"Tiempo después- señala Mario Weitzel- la madre de Juan Poblete Tropa, llegó hasta mi domicilio y al ver el zapato y el cinturón que saqué del cadáver que no tenía cabeza, las reconoció como pertenecientes a su hijo y las conserva como tales".

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

El 4 de abril de 1979 se presentó ante la Corte de Apelaciones de Chillán un recurso de amparo en favor del afectado. La presentación que ingresó con el rol Nº106.169-79 fue rechazada posteriormente por la Corte, la que ordenó remitir los antecedentes al Tercer Juzgado del Crimen.
En el Tribunal señalado se inició la causa rol N° 11.374-A, por la presunta desgracia. El 13 de junio de 1979, la señora María Tropa presentó al Juzgado del Crimen nuevos antecedentes, indicando que en el Puente El Ala fueron encontrados unos cadáveres entre los que estaba el de su hijo. Agregaba que dicho cadáver fue ingresado al cementerio local bajo el nombre de José Gregorio Retamal. Se solicitaron una serie de diligencias, las cuales no se realizaron.
Posteriormente, el 15 de enero de 1990 fueron exhumados los restos que podrían corresponder a Poblete Tropa o Retamal Venegas. El 27 de abril de 1990 se presentó una solicitud de reapertura de la causa rol 11.374-A, la que se encontraba sobreseída temporalmente y archivada.
El 8 de mayo de 1990 el Juez del Tercer Juzgado del Crimen de Chillán decidió reabrir la causa por presunta desgracia del afectado, decretando en la oportunidad una serie de diligencias para establecer la identidad de los restos exhumados en el Cementerio de Chillán. Antes de haber logrado el informe del Instituto Médico Legal para poder establecer la identidad de los restos inhumados, el Juzgado Militar solicitó la competencia. El Juez del Crimen la negó, trabándose contienda de competencia, la que se resolvió en favor de la Justicia Militar de Chillán.
A finales de 1992 se desconocía el estado de tramitación de esta causa, y no se había logrado la identificación de los restos exhumados, los que habían sido remitidos al Instituto Médico Legal de Santiago para exámenes periciales de identificación.

Fuente :(Informe corporación)

Prensa

En la resolución (causa rol 6-2017 y acumuladas), el ministro Aldana Fuentes acusó al general (R) de Carabineros, Jeldres Rodríguez, en calidad de autor de los homicidios calificados de Patricio Lautaro Weizel Pérez y Gabriel Marcelo Cortez Luna; de los secuestros calificados de Ricardo Troncoso León, Arturo Lorenzo Prat Martí, José Gregorio Retamal Velásquez, Robinson Ramírez del Prado, Leopoldo López Rivas y Mario Fernando Moreno Castro; y el secuestro agravado de Juan Mauricio Poblete Tropa.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las Cortes de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, dictó auto de acusación en contra del general (r) de Carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, por su responsabilidad en dos delitos consumados de homicidio calificado, seis delitos consumados de secuestro calificado y un delito consumado de secuestro agravado. Ilícitos perpetrados entre septiembre y diciembre de 1973, en la comuna de Chillán.

En la resolución (causa rol 6-2017 y acumuladas), el ministro Aldana Fuentes acusó al teniente de Carabineros, a la época de los hechos, Jeldres Rodríguez, en calidad de autor de los homicidios calificados de Patricio Lautaro Weizel Pérez y Gabriel Marcelo Cortez Luna; de los secuestros calificados de Ricardo Troncoso León, Arturo Lorenzo Prat Martí, José Gregorio Retamal Velásquez, Robinson Ramírez del Prado, Leopoldo López Rivas y Mario Fernando Moreno Castro; y el secuestro agravado de Juan Mauricio Poblete Tropa. Además, acusó al civil Juan Antonio Sepúlveda Peña, en calidad de cómplice en el secuestro agravado de Troncoso León.

En la resolución, el ministro en visita da por establecidos los siguientes hechos:

a) Causa rol 7-2017: “Que el 1 de octubre de 1973, alrededor de las 11:00 horas, en circunstancias que Ricardo Troncoso León, fotógrafo y director teatral, seudónimo ‘Gonzalo Román’, se encontraba en su domicilio ubicado en población El Tejar, Pasaje Sur N° 387 de la ciudad de Chillán, junto a su esposa e hija menor, lugar hasta donde llegó una patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaria de Chillán, al mando de un Teniente, en un jeep con logo de Carabineros y acompañados de un civil, apodado ‘El vuela poco’, de nombre Juan Antonio Sepúlveda Peña y procedieron a allanar la vivienda y detenerlo, sin orden judicial ni administrativa competente, trasladándolo hasta el recinto de dicha Institución, permaneciendo allí en tal calidad, informándose a la familia el día 3 del mismo mes y año, que había sido trasladado hasta el Regimiento, donde tal hecho fue negado, desconociéndose su paradero o destino a partir de dicha data hasta ahora”.

b) Causa rol 9-2017: “Que a las 22:00 horas del 1 de octubre de 1973, en el domicilio de Patricio Lautaro Weitzel Pérez, ubicado en Pabellones Pizarro, calle seis, casa cuatro, comuna de Chillán, llegó una patrulla de Carabineros, dedicada a detener a personas contrarias al régimen militar, los que sin orden judicial ni administrativa competente, ingresaron a dicho domicilio y procedieron a detenerlo, conjuntamente con sus compañeros de estudios en la Escuela Normal de Chillán Arturo Lorenzo Prat Martí y José Gregorio Retamal Velásquez, trasladándolos hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, donde fueron sometidos a interrogatorios y torturas, por el referido grupo operativo de Carabineros, dirigidos por el Teniente Patricio Jeldres Rodríguez, encontrándose sus cuerpos en el lecho del río Ñuble, a la altura del Puente El Ala.

Posteriormente, el 24 de diciembre de 1973 una joven llegó hasta el local de relojería de propiedad de don Mario Weitzel Trincado –padre de Patricio Lautaro Weitzel Pérez– a reparar un reloj pulsera, y al percatarse que pertenecía a su hijo Patricio Lautaro –detenido desaparecido desde septiembre de 1973–, después de atenderla, procedió a seguir a distancia, arribando hasta el sector del Puente El Ala, sobre el río Ñuble, en cuya ribera encontró flotando en el agua los cuerpos de seis personas, entre ellos el de su hijo Patricio, dejándolo a medio enterrar en el mismo lugar, mientras cumplía con dar cuenta al tribunal el 26 de diciembre de 1973, formándose causa criminal y constituyéndose el juez en el lugar antes referido, al día siguiente, ordenando el levantamiento del cadáver y su traslado a la morgue, para la autopsia correspondiente y luego, dispuso su entrega a los familiares, los que le dieron sepultura.

Que en relación a las víctimas Arturo Lorenzo Prat Martí y José Gregorio Retamal Velásquez, desde la fecha de su detención –1 de octubre de 1973–, y su traslado a la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, se desconoce toda noticia cierta de su paradero o ubicación”.

c) Causa rol 11-2017: “Que alrededor de las 10:00 horas del 25 de septiembre de 1973, es detenido por un grupo de Carabineros, sin orden judicial ni administrativa competente, Robinson Enrique Ramírez del Prado, Presidente de la Central Única de Trabajadores de Chillán, en presencia de su jefe (Juan León Bernier) y compañeros de labores, en su lugar de trabajo, curtiembre ‘El Cóndor’, ubicada en Av. Collin N° 866, Chillán y visto ingresar a la Segunda Comisaría por su primo Gerardo Pradenas del Prado, quien a la época era funcionario de Carabineros de la misma Comisaría y a quienes se los confronta personalmente para saber el grado de parentesco entre ellos y posteriormente ingresa la víctima a un calabozo, siendo esta la última vez que lo vio.

Que a las 13:00 horas del 26 de septiembre de 1973, en su taller de Zapatería ubicado en Av. Brasil con Av. Libertad, en la ciudad de Chillán, es detenido por un grupo de Carabineros, sin orden judicial ni administrativa competente, Leopoldo López Rivas, militante del Partido Comunista, en presencia de su ayudante (Vicente Vidal Méndez), quien es trasladado a la Segunda Comisaría de Chillán, lo que es reconocida su detención en el referido recinto policial por Carabineros de Guardia, al revisar el libro de ingreso, ante doña Rosario Peña Espinoza, la que concurre a dicho lugar a las 15:00 de ese mismo día.

Asimismo, está acreditado que ambos detenidos –Robinson Ramírez del Prado y Leopoldo López Rivas– fueron objeto de intensas y crueles torturas, quedando en malas condiciones físicas y en dicho estado, fueron sacados de la citada unidad policial y subidos a un vehículo por personal de Carabineros –junto a los también detenidos Luis Ibarra Durán y Juan Poblete Tropa–, fecha desde la cual –25 y 26 de septiembre de 1973–, se desconoce toda noticia respecto sus paraderos o ubicación”.

d) Causa rol 15-2017: “Que alrededor de las 23:45 horas del día 23 de septiembre de 1973, mientras Juan Mauricio Poblete Tropa se encontraba durmiendo en casa de sus padres, llegó Carabineros dirigidos por el teniente Patricio Jeldres Rodríguez apoyado por personal militar, quienes lo sacan violentamente, sin orden judicial o administrativa y es conducido a la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, donde es visitado por su madre María Sabina Poblete Tropa, quien lo observa que se encontraba muy maltratado por los apremios recibidos. El día 27 de septiembre de 1973, en momentos que su madre iba hacia la Comisaría a dejarle almuerzo a su hijo, se percata que a este lo suben a un furgón, cuando ella pregunta por su destino, se le informa que será llevado al Regimiento, lugar en que niegan haberlo recibido.

Desde ese día, la familia pierde toda noticia de su paradero, hasta que recibe información de don Mario Weitzel Trincado, quien le entrega especies encontradas en un cadáver –sin cabeza–, que se encontraba en las cercanías del Puente ‘El Ala’, el 24 de diciembre de 1973, junto al cuerpo de su hijo Patricio Lautaro Weitzel Pérez.

Practicadas las pericias de genética forense, informe de laboratorio GMI, e informe pericial integrado, incorporados a fs. 1767 y siguientes de 23 de septiembre de 2019, se estableció con una probabilidad de identificación de al menos 99,99997% que el fémur izquierdo rotulado 62, pertenece a la víctima señalada, esto es, a Juan Mauricio Poblete Tropa, ordenándose a fs. 1992, la correspondiente inscripción de defunción al Servicio de Registro Civil, por causa de muerte: indeterminada”.

e) Causa rol 5-2018: “Que alrededor de las 12:00 de la noche del 01 de octubre de 1973, Mario Fernando Moreno Castro, dirigente del Partido Socialista, se encontraba en su domicilio de calle Cabildo N° 441, Chillán Viejo (domicilio que compartía con su mujer Rosa Elba Salinas Farías y su hija de 3 años, quienes en ese momento no se encontraban en el lugar), se dio cuenta que su vivienda estaba siendo allanada por funcionarios de Carabineros, opta por huir a través del cerco posterior de la propiedad, pasando por los patios interiores de sus vecinos, y cuando pasaba por la intersección de calles Juan Martínez de Rozas con Cabildo, es auxiliado por doña Mónica Muñoz Orellana, quien lo ve caminando en medio de la calle, portando un pañuelo blanco en el hombro, manifestándole Mario que venía escapando del allanamiento a su vivienda y que se dirigía a entregarse a Carabineros de la 2° Comisaría. Dada las circunstancias de la época y el toque de queda imperante, doña Mónica lo hace ingresar al restorán donde trabajaba (‘Sociedad Mutualista Bernardo O’Higgins’), ubicado en la esquina de calle Juan Martínez de Rozas con Cabildo a media cuadra del domicilio de Moreno Castro, lugar donde permaneció escondido toda la noche. Alrededor de las 6:00 de la mañana Mario Moreno Castro se retira del Restaurant, manifestando nuevamente su intención de entregarse en la 2° Comisaría de Carabineros de Chillán, no sin antes dejar sus pertenencias para que se las hicieran llegar a su mujer. Al momento de abrir la puerta doña Mónica Muñoz Orellana, se encuentra con un jeep de Carabineros, manteniendo un diálogo con el Carabinero Troncoso (fallecido), a quien conocía, puesto que el restaurant servía de pensión a Carabineros de la zona preguntándole que hacían tan temprano por ahí, señalando el Carabinero Troncoso que ‘Se les había escapado un Pajarito, pero que andaba cerca’, luego de retirarse la patrulla de Carabineros, Mario Moreno Castro se retira del lugar, momento desde el cual nunca más se lo ha vuelto a ver con vida, hasta fecha.

En la mañana del 2 de octubre de 1973, cuando Rosa Elba Salinas Farías retorna a su hogar después de su turno en el Hospital de Chillán, se percata que su vivienda fue allanada, siendo informada por vecinos que pareja había sido detenido esa madrugada por una patrulla de Carabineros en un lugar cercano a su domicilio, por lo que ella se dirigió en su búsqueda a la 2° Comisaria de Carabineros de Chillán, donde fue informada en un primer momento, que Mario Moreno se encontraba detenido en ese recinto Policial, pero posteriormente los mismos funcionarios de Carabineros niegan esa información”.

f) Causa rol 6-2017 y acumuladas: “Que a las 17:00 horas del 18 de septiembre de 1973, una patrulla de Carabineros integrada por Herminio Fernández Mercado (fallecido), Juan Francisco Opazo Guerrero (fallecido), Márquez Rodolfo Riquelme Echeverría (fallecido) y Pedro Loyola Osorio (fallecido), llegó al domicilio de Gabriel Marcelo Cortez Luna, ubicado en Pabellón Manuel Rodríguez, N° 107 comuna de Chillán, los que entraron sin orden judicial ni administrativa competente, registrando violentamente el domicilio, en busca de Jorge Cortez Luna (hermano mayor de la víctima), quien no se encontraba en el lugar, procediendo a detener a los hermanos Gabriel Marcelo y Pedro Eduardo ambos Cortez Luna, a quienes trasladaron hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, lugar en el que Pedro Cortez Luna fue liberado por orden del Teniente Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, porque habían sido compañeros de estudios en el Liceo en Hombres de Chillán, quedando detenido Gabriel Marcelo Cortez Luna en dicha unidad policial.

Que después de muchas búsquedas de su familia, su madre toma conocimiento el 18 de octubre de 1973, que en dependencias del Servicio Médico Legal de Chillán se encontraba un cuerpo que presentaba como causa de muerte ‘perforación cráneo encefálica, proyectil balístico, acción de contingente uniformado’, según certificado médico de defunción emitido el 20 de septiembre de 1973, el que fue sepultado en la fosa común del cementerio de Chillán. Exhumado el cuerpo, se verificó que correspondía a la víctima Gabriel Marcelo Cortez Luna, que habría fallecido el 19 de septiembre del mismo año, en el paso a nivel de calle Maipón, al llegar a la Estación de Ferrocarriles de Chillan”.

Finalmente, el ministro Aldana reanudó la tramitación de la causa rol 8-2017 (acumulada a la 6-2017), en la que Jeldres Rodríguez es sindicado como autor de los delitos de secuestro calificado de Gustavo Domínguez Jara, Wilson Becerra Cifuentes y Tomás Domínguez Jara. Ilícitos cometidos a partir del 11 de octubre de 1973, en la comuna de Chillán.

Fuente :pjud.cl, 18 de Mayo 2022

Fecha :18-05-2022

Los restos de Juan Mauricio Poblete Tropa fueron hallados en 1990 en el Cementerio de Chillán. Un oficial (r) de carabineros pasará de ser acusado de secuestro a homicidio calificado por la desaparición del joven en 1973.

Carlos Aldana, ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos, le informó a la familia del detenido desaparecido, Juan Mauricio Poblete Tropa, que las osamentas localizadas en el Cementerio de Chillán en 1990 corresponden al joven asesinado en dictadura.

Acompañado por los profesionales que realizaron los peritajes del Servicio Médico Legal, y en compañía de abogados del la Oficina de Derechos Humanos del Tribunal de alzada de Concepción, Aldana le pudo confirmar a la familia de Poblete Tropa que las osamentas periciadas corresponden al joven de 20 años que fue detenido por carabineros en 1973.

Según consigna Radio Bio Bio, el ministro Aldana les dijo a los familiares que pueden retirar y disponer de los restos de Juan Mauricio Poblete Tropa para realizar su funeral. Por su parte, y según detalla el mismo medio, la familia le agradeció al ministro en visita por «el compromiso que ha demostrado para lograr el esclarecimiento de los hechos». Así lo manifestó a la radio mencionada, María Cristina Poblete Tropa, hermana de la víctima.

En dicha causa por la desaparición forzada y asesinato de Poblete Tropa en dictadura, el ministro Aldana acusó en calidad de autor al general (r) de Carabineros, Patricio Jeldres Rodríguez. El hecho habría ocurrido a partir del 23 de septiembre de 1973 en Chillán, fecha y lugar donde se supo de Poblete por última vez.

Según detalla la carpeta investigativa, se logró verificar que cerca de la medianoche del 23 de septiembre de 1973 el comerciante de 20 años, y sin militancia política conocida, fue sacado del hogar de sus padres por un grupo de carabineros comandados por el entonces teniente Jeldres. Posteriormente, el 27 de septiembre de ese año su madre pudo saber por última vez de Poblete, quien fue visto subiéndose a un furgón con rumbo desconocido.

De Poblete no se supo más de él hasta que la madre recibió de Mario Weitzel Trincado algunos artículos personales de su hijo, que fueron hallados en un cuerpo sin cabeza, en las cercanías del Puente «El Ala» el 24 de diciembre de 1973. Junto a él, Weitzel Trincado encontró el cuerpo de su hijo, Patricio Lautaro Weitzel Pérez.

Ahora, al confirmar la identidad de Poblete Tropa, su nombre saldrá de la lista de detenidos desaparecidos. Asimismo, la acusación por secuestro en contra de Patricio Jeldres será retipificada como homicidio calificado en contra del joven asesinado.

Fuente :El Desconcierto,  1 de Agosto 2021

Fecha :01-08-2021

Juan Mauricio Poblete Tropa fue sacado del domicilio de sus padres alrededor de las 23:45 horas del 23 de septiembre de 1973, por un piquete de carabineros y fue visto por su madre por ultima vez el 27 de septiembre en momentos que era subido a un furgón

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, sostuvo reunión virtual con familiares de Juan Mauricio Poblete Tropa, quien hasta ahora figuraba como detenido desaparecido.

En el encuentro, el ministro Aldana (acompañado por profesionales del Servicio Médico Legal y abogados de la Oficina de Derechos Humanos del tribunal de alzada penquista) informó a los familiares de Poblete Tropa los resultados de una serie de informes periciales y de laboratorio desarrollados en Chile y Austria, que concluyeron que parte de las osamentas encontradas pertenecían a su pariente.

En la reunión, el ministro Aldana Fuentes les dijo a los familiares que pueden retirar y disponer de los restos de Juan Mauricio Poblete Tropa para que le realicen su funeral. ‘Ustedes tienen la decisión. El tribunal normalmente la respalda y el procedimiento esta reglado por el Servicio Médico Legal, donde se les detallará cómo proceder’, les comentó.

En tanto, los familiares presentes a través Zoom, le agradecieron al ministro en visita el compromiso que ha demostrado para lograr el esclarecimiento de los hechos.

‘Yo, ante que nada, le voy a dar las gracias al ministro Aldana, porque él siguió este caso, ya que muchos otros lo dejaron y no fueron capaces de llevar nuestro testimonio. Le doy las gracias de corazón y espero que hasta el final esté con nosotros’, manifestó María Cristina Poblete Tropa, hermana de la víctima.

En el proceso abierto por la desaparición de Poblete Tropa (causa rol 6-2017 y acumulada), el ministro Aldana encausó al general (r) de Carabineros Patricio Jeldres Rodríguez, en calidad de autor directo del delito de secuestro. Ilícito perpetrado a partir del 23 de septiembre de 1973, en la comuna de Chillán.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la carpeta investigativa, el ministro Aldana logró determinar que alrededor de las 23:45 horas del 23 de septiembre de 1973, Juan Mauricio Poblete Tropa se encontraba durmiendo en el domicilio de sus padres, lugar al que arribó un piquete de carabineros, dirigidos por el entonces teniente Jeldres Rodríguez, quienes procedieron a sacar violentamente de la vivienda, sin orden judicial o administrativa, a la víctima, para trasladarla hasta la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, lugar donde lo habrían golpeado.

Posteriormente, el 27 de septiembre, Poblete Tropa fue visto por su madre María Sabina Tropa, en los momentos en que era subido a un furgón, perdiéndose desde entonces su rastro y destino, hasta que su progenitora recibió de manos de Mario Weitzel Trincado algunos artículos personales de su hijo, los que fueron retirados de un cuerpo sin cabeza que yacía junto al cadáver de Patricio Lautaro Weitzel Pérez, hijo de Weitzel Trincado, en las cercanías del puente ‘El Ala’, el 24 de diciembre de 1973.

Fuente :periodicoellibertador.cl, 1 de Agosto 2021

Fecha :01-08-2021

El ministro en visita extraordinaria para causas por Violaciones a los Derechos Humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, sostuvo una reunión virtual con familiares de Juan Mauricio Poblete Tropa, quien hasta ahora figuraba como detenido desaparecido.

En el encuentro, el ministro Aldana, acompañado por profesionales del Servicio Médico Legal y abogados de la Oficina de Derechos Humanos del tribunal de alzada penquista, informó a los familiares de Poblete Tropa los resultados de una serie de informes periciales y de laboratorio desarrollados en Chile y Austria, que corroboraron que parte de las osamentas encontradas pertenecían al desaparecido en dictadura.

En la reunión, el ministro Aldana les dijo a los familiares que pueden retirar y disponer de los restos de Juan Mauricio Poblete Tropa para realizar su funeral.

El ministro en visita extraordinaria para causas por Violaciones a los Derechos Humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, sostuvo una reunión virtual con familiares de Juan Mauricio Poblete Tropa, quien hasta ahora figuraba como detenido desaparecido.

En el encuentro, el ministro Aldana, acompañado por profesionales del Servicio Médico Legal y abogados de la Oficina de Derechos Humanos del tribunal de alzada penquista, informó a los familiares de Poblete Tropa los resultados de una serie de informes periciales y de laboratorio desarrollados en Chile y Austria, que corroboraron que parte de las osamentas encontradas pertenecían al desaparecido en dictadura.

En la reunión, el ministro Aldana les dijo a los familiares que pueden retirar y disponer de los restos de Juan Mauricio Poblete Tropa para realizar su funeral.

El ministro en visita extraordinaria para causas por Violaciones a los Derechos Humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, sostuvo una reunión virtual con familiares de Juan Mauricio Poblete Tropa, quien hasta ahora figuraba como detenido desaparecido.

En el encuentro, el ministro Aldana, acompañado por profesionales del Servicio Médico Legal y abogados de la Oficina de Derechos Humanos del tribunal de alzada penquista, informó a los familiares de Poblete Tropa los resultados de una serie de informes periciales y de laboratorio desarrollados en Chile y Austria, que corroboraron que parte de las osamentas encontradas pertenecían al desaparecido en dictadura.

En la reunión, el ministro Aldana les dijo a los familiares que pueden retirar y disponer de los restos de Juan Mauricio Poblete Tropa para realizar su funeral.

Fuente :biobiochile.cl

Fecha :01-08-2021

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, sostuvo una reunión virtual con familiares de Juan Mauricio Poblete Tropa, quien hasta ahora figuraba como detenido desaparecido.

En septiembre de ese año, Mauricio PobleteTropa fue secuestrado y decapitado días después

El ministro Aldana (acompañado por profesionales del Servicio Médico Legal y abogados de la Oficina de Derechos Humanos del tribunal de alzada penquista) les informó respecto a los resultados de una serie de informes periciales y de laboratorio desarrollados en Chile y Austria, que concluyeron que parte de las osamentas encontradas pertenecían a su pariente desaparecido en 1973, por lo que ahora,, podrán realizar su funeral.

Poblete Tropa, quien fue sacado de su cama en la noche del 23 de septiembre por un piquete de carabineros, fue declarado como desaparecido. Y pese a que el cuerpo sin cabeza encontrado en el Puente El Ala, ese mismo año, ya había sido sometido peritaje, no fue hasta la intervención del laboratorio austríaco que se comprobó su identidad. Ahora, el general (r) de Carabineros Patricio Jeldres, quien se encuentra procesado por el delito de secuestro, podría sumar cargos por homicidio.

Fuente :ladiscusion.cl, 31 de Julio 2021

Fecha :31-07-2021

La capilla San José Obrero de la población Rosita O`Higgins cobijó ayer los restos mortales de Juan Mauricio Poblete Tropa, en lo que vino a ser su postrero funeral, luego de 32 años. Los recuerdos lo describieron como un carismático joven de 20 años, el menor de cuatro hermanos, César, María, Marta y él. Su padre era albañil, y su madre, la señora María, costurera y componedora de huesos. Ellos, pertenecían a las familias que en agosto de 1960 llegaron hasta la Población Rosita O’Higgins, felices de contar con un techo digno para vivir. La numerosa presencia de vecinos, y antiguos amigos de juventud de Juan, reflejan aquello de que “Rosita”, era una gran familia. Juan Poblete Tropa, perteneció a un grupo de jóvenes que quisieron para sus semejantes un mejor mundo para vivir, con más oportunidades e igualdad. Ese fue su “error”, querer servir a los demás de acuerdo a los dictados de su conciencia. Pese a no poseer militancia política, era identificado como miembro de grupos comprometidos fuertemente con el gobierno socialista de Salvador Allende. La noche del 23 de septiembre de 1973 fue detenido en su hogar por una patrulla de carabineros y militares. Lo demás es historia. Su madre, la señora María, comenzó entonces un constante peregrinar por comisarías, retenes y cuartel militar, pidiendo alguna seña de su hijo. Sin embargo, sólo una pista encontrada en las inmediaciones del puente El Ala, le permitió suponer que Juan ya no estaba en este mundo y que podría haber sido enterrado con otra identidad en el patio Nº3 del Cementerio Municipal. Luego de tres inhumaciones, las dudas se aclararon y a contar del viernes pudo ser velado en su hogar, el mismo del cual fue arrebatado por la patrulla militar en 1973. Sus funerales se realizaron ayer y desde entonces, descansa definitivamente en paz. Su madre había fallecido hacía pocos años.

Sentidos recuerdos

La misa de ayer fue oficiada por el padre Raúl Manríquez, y concelebrada por los sacerdotes Fernando Varas y Fernando Osorio. También fue posible observar a antiguos miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quienes se identificaron con banderas y brazaletes, así como a representantes de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Ñuble, además de diversas autoridades comunales y provinciales. Los sacerdotes Varas y Osorio lo conocieron de cerca y destacaron sus características como buen hijo, excelente deportista y comprometido agente de cambio social. “Su pecado fue querer servir a los demás”, precisaron. Ambos, coincidieron en que la lluvia de ayer tuvo un efecto purificador que permitirá limpiar las heridas provocadas por el odio enceguecedor que truncó la vida de tantos chilenos. Juan Mauricio Poblete Tropa, ahora descansa en paz.

Fuente :ladiscusion.cl, 29 de Mayo 2005

Fecha :29-05-2005

Hasta dependencias del Servicio Médico Legal de Chillán arribaron los restos pertenecientes a Juan Poblete Tropa, detenido en 1973 y que habían sido exhumados el año pasado desde el Cementerio Municipal. Durante los últimos siete meses, las osamentas fueron sometidas a pericias en el Instituto Médico Legal, en Santiago, para confirmar la identidad. Lo anterior, porque existían dudas en torno a la identidad, debido a que el cuerpo que estaba enterrado en el Camposanto, se encontraba decapitado, hasta donde había sido trasladado luego que fueran arrojados en una fosa común, en 1973. Los peritajes fueron ordenados por el Primer Juzgado Civil de Chillán, tras ser solicitada por Ignacio Marín, abogado del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. El tribunal quedó originalmente con la causa, antes de que fueran creados los juzgados del crimen. Poblete Tropa fue detenido el 23 de septiembre de 1973, por una patrulla de carabineros y militares, desde su hogar en la población Rosita O´Higgins, siendo trasladado hasta la Segunda Comisaría de Carabineros y posteriormente el cuerpo arrojado al puente El Ala. La identificación del cuerpo, fue posible gracias a las declaraciones de Mario Weitzel, padre de Patricio Weitzel, quien en octubre de 1973 encontró el cuerpo de su hijo en el mencionado sector, junto a otros ocho cuerpos mutilados y ejecutados. Familiares de Poblete Tropa se encuentran gestionando el retiro del cuerpo lo que podría concretarse en las próximas horas.

Fuente :ladiscusion.cl, 25 de Mayo 2005

Fecha :25-05-2005

Casi 32 años tuvo que esperar la familia de Juan Mauricio Poblete Tropa, para dar cristiana sepultura a su ser querido. Luego que el Servicio Médico Legal confirmara que los restos exhumados hace siete meses desde el Cementerio Municipal de Chillán pertenecen al joven, detenido por una patrulla militar y de ex carabineros el 23 de septiembre de 1973, de inmediato familiares programaron el velatorio y responso fúnebre. Los restos serán velados mañana viernes en la casa habitación en que vivió, la misma donde fue detenido, ubicada en la población Rosita O´Higgins, pasaje 4 Oriente Sur, casa 19. Al día siguiente, a las 12 horas, se realizará una misa en la Capilla San José Obrero, ubicada en la Avenida Chile, para posteriormente, trasladarse, el cortejo fúnebre, al Cementerio Municipal. La información fue dada a conocer por Marcelo Poblete, sobrino de Poblete Tropa, quien en representación de la familia manifestó su satisfacción por la recuperación de los restos después de tres décadas. “Tuvimos la oportunidad de ver las osamentas y tuvimos la certeza al reconocer la parte del fémur, también presentaba nítidamente una perforación en la cabeza producto de un proyectil”, indicó Marcelo Poblete, quien aclaró asimismo que entre las osamentas se encontraba la cabeza, “que probablemente fue arrojada a la fosa”, precisó. Como la mayoría de los familiares de detenidos desaparecidos, la familia de Juan Poblete Tropa, dedicó buena parte de su vida a la búsqueda, golpeando puertas que por años fueron cerradas. DOS FAMILIAS PARA UN CUERPO. La particularidad del caso, radica en que inicialmente el cuerpo de Poblete Tropa fue enterrado en el Cementerio Municipal, bajo el nombre de José Gregorio Retamal Velásquez, detenido junto a Arturo Prat Martí y Patricio Weitzel Pérez y cuyos cuerpos, al igual que Poblete, fueron arrojados al río Ñuble, en el sector del Puente El Ala. La confusión comenzó a despejarse luego que el padre de Weitzel, quien había reconocido el cuerpo de su hijo, guardó un zapato de otro cuerpo que resultó ser de Poblete.

Fuente :ladiscusion.cl, 25 de Mayo 2005

Fecha :25-05-2005

Exámenes de ADN practicados en el Instituto Médico Legal, permitieron confirmar la identidad de los restos exhumados desde el cementerio municipal de Chillán, el año pasado. Las osamentas corresponden a Juan Mauricio Poblete Tropa, detenido el 23 de septiembre de 1973 y quien desde entonces se encontraba en calidad de desaparecido.

Los resultados fueron confirmados sobre la base de pruebas genéticas practicadas a los familiares de Poblete y desde ahora servirán como pruebas para ser aportadas al Primer Juzgado Civil, donde se sigue la investigación por la detención del joven, indicó Ignacio Marín, abogado del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.

Los resultados descartan a los otros nombres que se estimaba podrían pertenecer las osamentas, Arturo Prat Martí y Gregorio Retamal, quienes fueron detenidos junto a Poblete Tropa.

Los restos de los tres estudiantes fueron arrojados desde el Puente El Ala, tras ser detenidos por personal de la Segunda Comisaría de Carabineros y encontrados meses más tarde siendo trasladados a una fosa común.

Marín indicó que el reconocimiento es un paso importante en la línea de esclarecer los hechos y permitir establecer las responsabilidades.

El abogado indicó que, tras entregar los antecedentes al juez, la familia estará en condiciones de brindar cristiana sepultura después de 31 años.

Fuente :ladiscusion.cl, 6 de Octubre 2004

Fecha :06-10-2004

La Justicia chilena condenó este lunes a 30 años de prisión al exteniente de Carabineros (policía militarizada), Patricio Jeldres, por el homicidio de doce personas durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).

«En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción (sur) condenó al otrora teniente de Carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez a dos penas de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de secuestro calificado», informó el Poder Judicial a través de un comunicado.

La Corte estableció que en 1973 Jeldres estuvo a cargo de una comitiva especial de Carabineros encargada de ejecutar detenciones ilegales, torturas, desapariciones y asesinatos en la ciudad de Chillán (sur).

Una semana después del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, Jeldres asesinó a un joven llamado Gabriel Cortés, quien fue detenido en Chillán, torturado en la comisaría de la zona y luego enterrado en una fosa común con impactos de bala.

En las semanas y meses posteriores, esta división policial torturó y mató a Ricardo Troncoso, Gustavo Domínguez, Wilson Becerra, Tomás Domínguez, Arturo Prat, José Retamal, Robinson Ramírez, Leopoldo López, Mario Moreno, Patricio Weitzel y Juan Poblete.

Del total de víctimas, nueve fueron desaparecidas y sus cuerpos aún no han sido encontrados.

Debido a ello, el tribunal utilizó la figura de «secuestro calificado» para poder condenar a Jeldres, así como a los demás exagentes de la dictadura que asesinaron a detenidos desaparecidos.

Durante el régimen de Pinochet, más de 28.000 personas fueron torturadas, 3.227 fueron asesinadas y unas 200.000 fueron obligadas al exilio, según cifras oficiales.

Fuente :cronicadigital.cl, 5 de Enero 2026

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó los recursos de casación interpuestos en contra de la sentencia que condenó al ex oficial de Carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez por su responsabilidad en nueve delitos de secuestro calificado y tres delitos de homicidios calificados, perpetrados entre septiembre y diciembre de 1973, en las comunas de Chillán, Chillán Viejo y San Nicolás.

En fallo unánime (causa rol 193-2025), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mauricio Silva Pizarro, Rodrigo Cortés Gutiérrez y la ministra Claudia Vilches Toro– descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita Carlos Aldana Fuentes, que condenó al otrora teniente Patricio Enrique Jeldres Rodríguez a dos penas de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de secuestro calificado de Ricardo Troncoso León, Gustavo Efraín Domínguez Jara, Tomás Rogelio Domínguez Jara, Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, Arturo Lorenzo Prat Martí, José Gregorio Retamal Velásquez, Robinson Enrique Ramírez del Prado, Leopoldo López Rivas y Mario Fernando Moreno Castro, yen calidad de autor de los homicidios calificados de Gabriel Marcelo Cortez Luna, Patricio Lautaro Weitzel Pérez y Juan Mauricio Poblete Tropa.

En la causa, la sala condenó al civil Juan Antonio Sepúlveda Peña a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada por igual lapso, como cómplice del delito de secuestro calificado de Ricardo Troncoso León, cometido a contar del 1 de octubre de 1973, en la comuna de Chillán.

El ex teniente fue sucesivamente promovido hasta alcanzar el grado de general de Carabineros y llegar a cumplir funciones como jefe de Zona Metropolitana de esa institución, de la que se retiró en 1999. Hasta ahora el condenado Jeldres Rodríguez ha sido procesado en numerosas causas saliendo impune de la mayoría de ellas. Por otra parte, fue condenado el año 2014 a cinco años de presidio por el asesinato de los dirigentes campesinos Sergio Cádiz Cortés y Gilberto Pino Baeza cometido en octubre de 1973 en la localidad de Cato, de la provincia de Ñuble.

En la investigación y fallo judicial queda establecido que luego del golpe militar de 1973, en la Segunda Comisaría de Chillán se creó una Comisión Civil integrada por carabineros de esa unidad, destinada a perseguir a los partidarios del depuesto gobierno popular de Salvador Allende y/o adversarios del naciente régimen militar.

Esta unidad civil estaba dirigida por el entonces teniente de Carabineros Patricio Jeldres Rodríguez y la integraban, entre otros, Herminio Fernández Mercado (fallecido), Juan Francisco Opazo Guerrero (fallecido), Marqués Rodolfo Riquelme Echeverría (fallecido) y Pedro Loyola Osorio (fallecido). Entre sus funciones represivas estos agentes practicaban detenciones y secuestros, sometían a interrogatorios y torturas a las personas por ellos detenidas, luego ejecutaban a los prisioneros y los hacían desaparecer.

Un menor de edad

Entre las víctimas de estos atropellos se encuentran los casos tramitados en esta causa judicial. El 18 de septiembre de 1973, una patrulla de carabineros llegó hasta el domicilio del menor de edad, Gabriel Marcelo Cortez Luna, de 17 años, estudiante de enseñanza media, ubicado en el Pabellón Manuel Rodríguez de la comuna de Chillán. Llegaron en búsqueda de Jorge Cortez Luna (hermano del anterior) pero como no lo encontraron procedieron a detener a Gabriel Marcelo y Pedro Eduardo. Ambos hermanos son llevados hasta la Segunda Comisaría de Carabineros donde fueron entregados a la mencionada Comisión cuyo jefe era Patricio Jeldres, los que interrogaban y torturaban a los detenidos políticos.

Mientras se encontraban en dicho recinto policial, Pedro Cortez Luna fue reconocido por el referido teniente, porque habían sido compañeros de estudios en el Liceo en Hombres de Chillán, razón por la que ordenó su inmediata liberación, quedando detenido en otra celda su hermano Gabriel Marcelo.

Al día siguiente, en horas de la mañana, otra patrulla de carabineros del Retén Población Zañartu encontró un cadáver N.N., en calle Lazareto de Chillán, el que presentaba una entrada de proyectil en la espalda, pulmón izquierdo con salida en la cara, según da cuenta el parte policial. Realizadas las pericias respectivas para su identificación, se logró establecer que correspondía a Gabriel Marcelo Cortez Luna.

Por orden de la Fiscalía Militar de dicha ciudad, el cadáver del muchacho fue inhumado en la fosa común del cementerio de Chillán, sin dar aviso alguno a sus familiares, que lo buscaron infructuosamente por todas partes. Después de muchas indagaciones se dirigieron al cementerio local, donde el día 18 de octubre, el hermano y la madre de la víctima, lograron encontrar su cuerpo y trasladarlo a una sepultura familiar.

Joven comerciante

Alrededor de las 23:45 horas del día 23 de septiembre de 1973, mientras Juan Mauricio Poblete Tropa, de 20 años, comerciante, se encontraba durmiendo en casa de sus padres, llegó hasta el domicilio un grupo de carabineros dirigidos por el teniente Patricio Jeldres Rodríguez quien procedió a detenerlo violentamente y luego conducirlo hasta la Segunda Comisaría de Chillán. En ese lugar fue visitado por su madre quien lo observa que se encontraba muy maltratado por los apremios recibidos. El día 27 de septiembre, en momentos que su madre iba hacia la Comisaría a dejarle almuerzo a su hijo, se percata que a este lo suben a un furgón, cuando ella pregunta por su destino, se le informa que será llevado al Regimiento, lugar al cual nunca llegó.

Desde ese día, la familia pierde toda noticia de su paradero, hasta que recibe información de don Mario Weitzel Trincado, quien el 24 de diciembre de 1973 encuentra el cuerpo de su hijo, en las cercanías del puente El Ala, junto a otros cuerpos esqueletizados, llamándole la atención que uno de estos no tenía cabeza, pero si un pie con un calcetín y zapato, el que guardó, especies que tiempo después la madre de Juan Poblete Tropa reconoció como de su hijo.

Practicadas las pericias de genética forense e informes respectivos, el 23 de septiembre de 2019, se estableció con una probabilidad de identificación de al menos 99,99997% que el fémur izquierdo –del cuerpo que tenía el calcetín y zapato recuperado–pertenece a la víctima Juan Mauricio Poblete Tropa.

Obreros desaparecidos

Alrededor de las 10:00 horas del 25 de septiembre de 1973, es detenido Robinson Enrique Ramírez del Prado, de 36 años de edad, obrero curtidor, y presidente de la Central Única de Trabajadores de Chillán. La detención fue realizada por un grupo de carabineros de la Segunda Comisaría Chillán, que se dedicaban a detener a los adversarios políticos del régimen militar, quienes concurrieron hasta la curtiembre ‘El Cóndor’, ubicada en Av. Collín, en Chillán, donde detuvieron a Ramírez del Prado, en presencia de su jefe y compañeros de labores, trasladándolo hasta la referida unidad policial. Allí fue visto ingresar por su primo Gerardo Pradenas del Prado, quien a la época era funcionario de Carabineros de la misma Comisaría y a quienes se los confronta para saber el grado de parentesco entre ellos y posteriormente lo interrogan bajo tortura.

Paralelamente, a las 13:00 horas del 26 de septiembre de 1973, desde su taller de zapatería ubicado en Avenida Brasil con Avenida Libertad, en la ciudad de Chillán, es detenido Leopoldo López Rivas, de 45 años de edad, de oficio zapatero, militante del Partido Comunista. De igual modo, la detención fue realizada por un grupo especial de Carabineros de la Segunda Comisaría.

Está acreditado que ambos detenidos –Robinson Ramírez del Prado y Leopoldo López Rivas– fueron objeto de intensas y crueles torturas, quedando en malas condiciones físicas y en dicho estado, fueron sacados de la citada unidad policial por el piquete de carabineros dirigidos por el antes aludido teniente Jeldres, y subidos a un vehículo policial, fecha desde la cual se desconoce toda noticia respecto sus paraderos o ubicación.

Corresponsal gráfico

El día 1 de octubre de 1973, alrededor de las 11:00 horas, en circunstancias que el militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Ricardo Troncoso León, de 30 años de edad, fotógrafo y corresponsal del diario “Puro Chile” y “Revista Vea”, se encontraba en su domicilio ubicado en población El Tejar, de la ciudad de Chillán, junto a su esposa e hija menor, llegó una patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaría de Chillán, al mando del teniente Jeldres, acompañados por el individuo civil de nombre Juan Antonio Sepúlveda Peña.
Esta patrulla procedió a allanar la vivienda y detuvieron a Troncoso León, trasladándolo hasta el señalado recinto policial, donde fue sometido a torturas. Luego, en ese recinto informaron a la cónyuge y familia que había sido trasladado el 3 de octubre hacia el regimiento de la ciudad. Este traslado nunca ocurrió, desconociéndose su paradero o destino a partir de ese momento

El reloj marca el desino

Luego, a las 22:00 horas del mismo 1 de octubre de 1973, llegó una patrulla de Carabineros a un domicilio ubicado en Pabellones Pizarro, comuna de Chillán, procediendo a detener a Patricio Lautaro Weitzel Pérez, relojero, de 26 años de edad, Arturo Lorenzo Alberto Prat Martí, de 21 años, estudiante de la Escuela Normal de Profesores, dirigente estudiantil, y José Gregorio Retamal Velásquez, de 21 años, ex estudiante normalista, todos ellos miembros de la Juventud Radical Revolucionaria (JRR). Los tres detenidos fueron trasladados hasta la Segunda Comisaría, donde fueron sometidos a interrogatorios y torturas, por el referido grupo operativo de Carabineros, dirigidos por el ya mencionado teniente Jeldres.

Posteriormente, el 24 de diciembre de 1973, una joven llegó hasta el local de relojería de propiedad de don Mario Weitzel Trincado –padre de Patricio Lautaro Weitzel Pérez– a reparar un reloj pulsera; al percatarse éste que dicha especie pertenecía a su hijo Patricio Lautaro –detenido desaparecido desde septiembre de ese año–, después de atenderla, procedió a seguirla a distancia hasta su casa, ubicada en el sector del puente El Ala, sobre el río Ñuble. Después de rogarle que le dijera dónde lo había encontrado, el padre de la joven lo llevó hasta un lugar cercano, en cuya ribera del río Ñuble encontró flotando en el agua los cuerpos de seis personas, entre ellos el de su hijo Patricio, el cual rescató y lo dejó a medio enterrar en el mismo sector de tierra. Se dirigió enseguida a dar cuenta al tribunal, lo que realizó el 26 de diciembre, formándose causa criminal y constituyéndose el juez del crimen en el lugar antes referido, ordenando el levantamiento del cadáver y su traslado a la morgue, para la autopsia correspondiente y luego dispuso su entrega a los familiares, los que le dieron sepultura.

En relación a las víctimas Arturo Lorenzo Prat Martí y José Gregorio Retamal Velásquez, desde la fecha de su detención y su traslado a la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, permanecen como detenidos desaparecidos.

Allanamiento y entrega

Alrededor de las 12:00 de la noche del 1 de octubre de 1973, Mario Fernando Moreno Castro, de 38 años, empleado de SEAM-CORFO, dirigente del Partido Socialista, se encontraba en su domicilio de calle Cabildo, en Chillán Viejo, se dio cuenta que su vivienda estaba siendo allanada por carabineros, opta por huir a través del cerco posterior de la propiedad, pasando por los patios interiores de sus vecinos. Cuando ya caminaba por la vía pública una vecina lo ve y le ofrece refugio para que no se exponga al toque de queda. Aunque Moreno Castro le manifiesta a la vecina que pretende ir a entregarse a Carabineros, permanece allí escondido durante la noche. Luego, después de las 6:00 de la mañana, Mario Moreno Castro se retira del refugio, manifestando nuevamente su intención de entregarse en la 2° Comisaría, no sin antes dejar sus pertenencias para que la vecina se las hiciera llegar a su mujer con quien compartía domicilio pero que, junto a su hija de 3 años, no se encontraba en el lugar cuando ocurrió el allanamiento.

En la mañana del 2 de octubre, cuando la esposa de Moreno Castro retorna a su hogar después de su turno en el Hospital de Chillán, se percata que su vivienda fue allanada. Allí fue informada por vecinos que su pareja había sido detenido esa madrugada por una patrulla de Carabineros, en un lugar cercano a su domicilio, por lo que ella se dirigió en su búsqueda a la 2° Comisaría de Carabineros. En un primer momento, los carabineros le informan que Mario Moreno Castro se encuentra detenido en el lugar, pero posteriormente los mismos carabineros niegan esa información.

No obstante, está acreditado por testigos, que compartieron detención con Moreno Castro y se percataron cuando fue interrogado por carabineros de esa unidad policial bajo torturas y luego sacado de la unidad policial por los interrogadores, momento desde el cual se pierde toda noticia de su paradero o destino.

Campesinos asesinados

El día 11 de octubre, alrededor de las 16:00 horas, una patrulla de carabineros de la Segunda Comisaría de Chillán, al mando del mencionado teniente, se dirigieron a la comuna de San Nicolás, siendo coordinados y esperados por Carabineros de San Nicolás; luego todos los agentes policiales, bajo las órdenes de Jeldres Rodríguez, continuaron hasta el Asentamiento Campesino ‘Ranquil’ –hoy fundo Victoria– que era administrado por un comité de trabajadores del precitado predio expropiado por la CORA.

En ese lugar retuvieron a los trabajadores que se encontraban en el lugar, interrogando a varios de ellos, bajo torturas, por varias horas –sumergiéndolos en una pileta con agua, aplicándoles corriente y propinándoles golpes en el cuerpo, de tal magnitud que sus cuerpos sangraban–, todo en presencia de sus familias, incluidos menores de edad. Luego, cuando ya atardecía, se llevaron detenidos y amarrados en el interior de un vehículo policial a Gustavo Efraín Domínguez Jara, de 27 años de edad, a su hermano Tomás Rogelio Domínguez Jara, de 23 años, y Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, de 25 años, todos obreros agrícolas y dirigentes campesinos del Asentamiento Ranquil. Fue en el ingreso del ya funesto puente El Ala, sobre el río Ñuble, donde fueron vistos por última vez con vida, y desde esa fecha se desconoce toda noticia de su paradero o destino.

por Darío Núñez

Fuente :resumen.cl, 7 de Enero 2026

Otras fotos

Museo de la Memoria
Museo de la Memoria
AFDD.CL -  chillan
AFDD.CL - chillan
Parque de la Meditación Chillán
Parque de la Meditación Chillán
Chillan - monumentos.gob.cl
Chillan - monumentos.gob.cl
cementerio -  Chillán
cementerio - Chillán
Cementerio General Santiago
Cementerio General Santiago
Ultima Actualización : 07/01/2026