Gustavo Efraín Domínguez Jara
Antecedentes del Caso
Rut : 149.021, Chillán
F.Nacim. : 21 11 45, 27 años a la fecha de la detención.
Domicilio : Asentamiento Ranquil (hoy La Victoria), San Nicolás, Chillán.
E.Civil : Casado
Actividad : Obrero agrícola
C.Repres. : Cajero y bodeguero Comité Campesino "Ranquil". Militante Demócrata Cristiano
F.Detenc. : 11 de octubre de 1973
Gustavo Efraín Domínguez Jara, casado, obrero agrícola, fue detenido junto a su hermano Tomás Rogelio Domínguez Jara y don Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, todos dirigentes campesinos, el día 11 de octubre de 1973, alrededor de las 17:00 horas, por efectivos de Carabineros en circunstancias que se encontraban en su lugar de trabajo y residencia ubicado en el ex Asentamiento Ranquil hoy fundo Victoria de San Nicolás, Chillán. Los policías, entre los cuales se encontraban los carabineros de apellidos Méndez y Sáez de la dotación del Retén San Nicolás, llegaron al lugar movilizados en 4 jeeps de la Institución, procedieron a allanar violentamente las casas del Asentamiento, requisando ilegalmente la documentación y la caja de fondos de la empresa campesina. Luego sacaron una lista que portaban y llamaron a los 3 afectados, a quienes flagelaron y golpearon en presencia de otros trabajadores agrícolas, siendo posteriormente introducidos a los jeeps y trasladados con destino desconocido.
Después de la detención, su familia se apersonó al Retén de San Nicolás para saber acerca de su paradero, pero en la unidad policial no recibieron respuesta alguna. Igual suerte corrieron las diligencias y averiguaciones que realizaron en los centros de detención de prisioneros políticos de la ciudad de Chillán y de Concepción. Tampoco los trámites judiciales permitieron conocer la suerte corrida en manos de sus captores.
La Comisión Verdad y Reconciliación consignó en su informe que los 3 dirigentes fueron trasladados al "Puente El Ala" en donde se les habría dado muerte. En diciembre de 1973 fueron encontrados en las riberas del río Ñuble a la altura del puente señalado a lo menos 9 cuerpos, de los cuales 2 ó 3 fueron identificados, los que resultaron ser detenidos por Carabineros.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 6 de enero de 1975, la familia de los hermanos Domínguez Jara interpuso un recurso de amparo en favor de ambos detenidos ante la Corte de Apelaciones de Chillán. El recurso, signado con el rol 94.326, fue rechazado con el sólo mérito de lo informado por Carabineros de San Nicolás y el Presidio de Chillán, en el sentido que no registraban información acerca de los amparados.
Posteriormente, en octubre de 1978, se presentó un nuevo recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Chillán, rol 104.889, en el cual se recibió informe de la Fiscalía Militar de Ñuble en el sentido de que en esa Fiscalía no existe proceso en contra de los amparados ni se ha dictado resolución alguna que los afecte. También se recibió un oficio respuesta del Retén de Carabineros San Nicolás, en el cual se indica que los afectados no han sido detenidos o registrados en los libros de Guardia de esa Unidad, durante el año 1973. Con el mérito de estos antecedentes, la Corte rechazó el recurso de amparo, remitiendo los autos al Juez del Crimen de San Carlos, a fin de investigar los hechos denunciados, instruyéndose sumario por presunta desgracia.
El 27 de noviembre de 1978, el Juez de San Carlos dio inicio al proceso 41.579, emitiendo una orden de investigar a la Policía de Investigaciones, organismo que al diligenciar la orden entrevistó a don Eladio Domínguez Jara, quien indicó que sus hermanos detenidos desaparecidos eran militantes del Partido Demócrata Cristiano y ratificó los hechos denunciados al Tribunal acerca del arresto y posterior desaparecimiento de los afectados. También se entrevistó a Mario Moreno Molina, Juan Morales Correa, y a Gilberto Ortega Riquelme, quienes expusieron que a la fecha de los hechos se encontraban trabajando en el Fundo La Victoria (ex Asentamiento Ranquil) con los hermanos Domínguez Jara, cuando éstos fueron detenidos por Carabineros al parecer del Retén San Nicolás. Finalmente se entrevistó al actual Jefe Subrogante del Retén San Nicolás, quien manifestó que en esa Unidad no había antecedentes de los afectados, y que él, a la fecha de ocurrencia de los hechos, no prestaba servicios en ese destacamento. En enero de 1979, el Tribunal citó y tomó declaración a las personas antes mencionadas, quienes ratificaron lo dicho ante Investigaciones. El 31 de enero de ese año, el Juez sobreseyó temporalmente la causa, por no encontrarse justificada en autos la perpetración del delito que dio origen a la formación del proceso. En febrero de 1979, la Corte de Apelaciones de Chillán aprobó la resolución anterior, pese a que en el proceso no hay diligencia alguna tendiente a individualizar a la dotación de Carabineros del Retén de San Nicolás, que a la fecha de la detención de los hermanos Domínguez prestaban servicio en esa Unidad.
El 29 de marzo de 1979, el proceso fue reabierto por resolución de la Corte de Apelaciones de Chillán, a raíz de una presentación que hicieran los distintos Obispados del país a las autoridades militares y judiciales a fin que se investigaran los casos de personas detenidas desaparecidas. En el caso particular de Gustavo Domínguez Jara, se indica que entre los carabineros aprehensores, se pudo identificar a los de apellidos Méndez y Sáez, ambos de la dotación de San Nicolás.
Efectivamente, de especial relevancia es la declaración ante el Tribunal del Cabo Primero de Carabineros Demetrio Méndez Lagos, quien expone que en el año 1973 se encontraba trabajando en el Retén San Nicolás y que después del 11 de septiembre de ese año hubo un operativo dirigido por un Teniente que estaba en esos años en la Comisaría de Chillán y del cual no recuerda el nombre, y con esta persona y otros funcionarios de otros Retenes, ya que en esa oportunidad se agregaba gente de todos los lados para los operativos, se allanó una casa del Fundo Ranquil en ese tiempo y no se encontraron armas, se interrogó a la gente y a los hermanos Domínguez Jara los echaron al jeep de ellos para aislarlos de los demás asentados e interrogarlos en forma separada; agrega que estas dos personas, luego de ser interrogadas por el Teniente que andaba a cargo, quedaron en libertad. Finalmente declara que posteriormente, vieron a estos dos ciudadanos pasar en bicicletas por el Puente "El Ala", que queda a unos 7 km. al sur de San Nicolás. Los que los habrían visto eran obreros que estaban en el lugar. En una nueva orden de investigar diligenciada por Investigaciones, se informa que el Suboficial Mayor de Carabineros, ya en retiro, Manuel Castillo Oliva, era el encargado del Retén San Nicolás a la fecha de los hechos, quien entrevistado por Investigaciones indica que no recuerda nada de los hermanos Domínguez Jara; declaración que ratifica posteriormente al comparecer ante el Tribunal, agregando que en esa fecha iba mucho personal de Carabineros y de Ejército a detener personas con problemas políticos, quienes no eran ingresados al respectivo registro de detenidos del Retén a su cargo, cuya dotación era de 5 personas.
Finalmente, el Juez tras recibir el extracto de filiación de los dos hermanos, estimó agotada la investigación y sobreseyó temporalmente la causa por no encontrarse establecida la existencia del delito por el cual se inició el proceso. Dicha resolución fue aprobada por la Corte de Apelaciones de Chillán con fecha 3 de agosto de 1979. Pese a la importancia de lo declarado por el carabinero Demetrio Méndez Lagos, en cuanto a reconocer la detención de los afectados, el Tribunal no lo interroga si en ese operativo participaron los otros policías del Retén San Nicolás, a fin de citarlos a declarar.
Fuente :Vicarìa de la Solidaridad
Prensa
El Tribunal Constitucional dirigido por Iván Aróstica fue remecido por la entrega de miles de firmas de emplazamiento al Tribunal; la carta transversal de senadores demandando al presidente Piñera intervenir en el mismo sentido, y la movilización en Santiago de las organizaciones de derechos humanos de Ñuble, sosteniendo un cartel frente a la sede del TC, que acusa a la institución ubicada en Huérfanos 1234, de amparar a violadores de derechos humanos.
Explicó Rosario Peña, presidenta de la Agrupación de Detenidos Desaparecidos de Chillán: “Las firmas que entregamos hoy 14 de mayo las juntamos en sólo dos semanas, en el Paseo Peatonal de Chillán. Los jóvenes eran los que más firmaban, ellos eran los más benévolos. Esperamos que el tribunal constitucional se aboque ahora a devolver las causas de ddhh a los tribunales de justicia.”
La presión está logrando resultados concretos. Este martes 15 de mayo, a las 10 de la mañana, se verán en audiencia pública las primeras causas de “inaplicabilidad constitucional” luego de largo tiempo de estar congeladas en el TC, trabando así la investigación judicial contra responsables de crímenes en esa región. Los primeros casos en tabla son por la desaparición en octubre de 1973 de Ricardo Troncoso, militante del MIR –que hasta el golpe trabajó como reportero gráfico del diario Clarín- y de los hermanos TOMAS Y GUSTAVO DOMINGUEZ JARA , dirigentes campesinos del asentamiento Ranquil.
Vigencia de la táctica dilatoria
Los dirigentes y miembros de organizaciones de DDHH de la Región de Ñuble, estuvieron acompañados de la diputada por esa zona, Loreto Carvajal y el abogado constitucionalista Fernando Atria, para la entrega al presidente del Tribunal Constitucional de 2337 firmas de ciudadanos y ciudadanas de Ñuble. También estuvieron acompañados por los ex presos políticos del cuartel de Tejas Verdes.
Porque esta táctica dilatoria continúa siendo utilizada por la defensa de los criminales. La abogada Patricia Parra informó del ingreso de un nuevo recurso de inaplicabilidad, para detener el juicio contra el general ® de carabineros Patricio Jeldres, procesado por el secuestro y desaparición de un joven de apenas 16 años, Gabriel Cortez Luna, a quien el uniformado detuvo en el marco de una disputa personal con el hermano del desaparecido, Parra y el abogado Patricio Robles, del Programa de DDHH del Ministerio del Interior, calificaron como una verdadera “avalancha” escalonada la presentación ante el TC de casos de inaplicabilidad entre julio de 2017 y enero de 2018. En todos los casos es a nombre de afectados por procesamientos, de manera que se ha dilatado indefinidamente el avance de las causas y la dictación de fallos. Parra y Robles alegarán el martes 15 por las víctimas, en tanto que Maximiliano Murat lo hará a nombre de los violadores de derechos humanos procesados en estas causas.
Rol del Tribunal Constitucional
La semana pasada Iván Aróstica sostuvo ante miembros del Tribunal Constitucional alemán de visita en Chile, que “el golpe de 1973 puso fin a un quiebre institucional previo” afirmación que lo coloca del lado de los impulsores del golpe militar y fue rebatida por otros miembros de su entidad. Hilda Miranda, del Comité Verdad y Justicia de Ñuble consideró inaceptables las expresiones de Aróstica que contribuyen a validar el horror de 17 años de represión e infamia y a mostrar al Tribunal Constitucional como una trinchera que asegura la impunidad de los criminales.
La diputada Carvajal, consultada respecto del rol del TC señaló que era muy negativo y que se había constituido en otro poder del Estado, por lo que apeló a que su presidente atendiera el sentido humanitario y jurídico de la petición de estas organizaciones de manera que las causas regresen a manos del Ministro Aldana, de la Corte de Apelaciones de Concepción. El senador Felipe Harboe, presidente de la cámara alta, que representa la región de Ñuble, comparte plenamente esta petición. En entrevista a La Tercera, Harboe sostuvo que el Tribunal Constitucional se está “autodestruyendo con sus decisiones” y que es insólito que incluso esté interviniendo en temas de Derechos Humanos. Por su parte Fernando Atria expresó en la manifestación callejera: “Se trata de una lectura de sentido común y de humanidad que debe hacer el TC en las más de 40 causas que están paralizadas”, agregando que la actuación del tribunal presenta problemas para la independencia judicial. Carmen Herz, la diputada presidenta de la Comisión de Derechos Humanos que al igual que el diputado Tucapel Jiménez, se excusó por no llegar a la entrega de firmas y visibilizar su apoyo a estas demandas.
La dirigente Rosario Peña AFDD de Chillán, Mercedes Sánchez, cónyuge de Ricardo Troncoso León, detenido desaparecido, y Jorge Vera, del comité de ex presos políticos Verdad y Justicia de Ñuble y los dirigentes presentes, consideran gravísimo que el TC haya acogido la solicitud de suspensión de procedimiento que afecta a 13 víctimas de su región y a muchas más en todo Chile. Sostienen que esta maniobra vulnera derechos como “obtener justicia en un plazo razonable, el derecho a la verdad antes aludido, consagrado en Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos y ratificados por Chile, así como disposiciones internacionales válidas y obligatorias en nuestro ordenamiento jurídico constitucional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 inciso 2, de la Constitución Política del Estado.”
A continuación el texto completo de la declaración de las organizaciones de ddhh de la provincia de Ñuble.
Fuente :elclarin.cl 16/05/2018
Fecha :16-05-2018
Con la asistencia de más de 500 campesinos provenientes de las cuatro provincias de la Región del Biobío se conmemoraron en Chillán los 50 años de la Ley 16.640 de la Reforma Agraria, promulgada en julio de 1967 durante el gobierno de Eduardo Frei Montalva.
Previo a la ceremonia, realizada junto al edificio de la Gobernación Provincia del Ñuble, autoridades y dirigentes campesinos se dirigieron al monumento que recuerda a las víctimas de la dictadura en Chillán para honrar la memoria de los campesinos y funcionarios del agro que fueron ejecutados, detenidos y hechos desaparecer tras el golpe de Estado de 1973.
En la ceremonia participó el subsecretario de Agricultura, Claudio Ternicier, y como invitados especiales, Jacques Chonchol, ministro de Agricultura de Salvador Allende, y Rafael Moreno, vicepresidente ejecutivo de la Corporación de Reforma Agraria (CORA). En la ocasión se presentó la Orquesta del Liceo de Excelencia de San Nicolás.
El subsecretario Ternicier dijo que la Reforma Agraria “fue un proceso que reivindicó los derechos humanos, no se debe olvidar que hace 50 años se conculcaban los derechos de la gente del campo. Pero significó también crear las bases para el desarrollo silvoagropecuario del país. Sin la Reforma Agraria no podríamos hablar de Agricultura Familiar Campesina. Esta conmemoración apunta a revalorizar el campo chileno, que con todo el potencial alimentario que contiene está llamado a ser uno de los pilares del desarrollo económico de Chile”.
“Esta celebración nos permite adentrarnos en nuestra propia historia. A la Confederación Ránquil en tres oportunidades se nos quemó toda nuestra documentación, en dictadura allanaron la sede y quemaron todo. Por lo tanto, historia escrita no hay mucha, la suerte es que la tenemos viva porque aquí están los campesinos y campesinas que la vivieron. Estamos muy contentos de recordar los 50 años tanto de la Ley de Reforma Agraria como de la Ley de Sindicalización Campesina”, afirmó ?Osvaldo Zúñiga, presidente de la Confederación Campesina Ránquil.
El director de INDAP Biobío, Andrés Castillo, expresó: “Ésta ha sido una gran celebración porque hemos estado homenajeando la memoria de muchos campesinos y funcionarios que lo dieron todo por el mundo rural, pero también hemos visto a los jóvenes, a los nietos de la Reforma Agraria, que con nuevas tecnologías y energías se preparan para tomar la posta de la producción agrícola”.
Momentos cargados de emotividad se vivieron a la hora de los reconocimientos a agricultores y representantes de los pueblos indígenas que formaron parte de los asentamientos, cooperativas, y a parceleros que fueron protagonistas del proceso reformador. También fueron homenajeados quienes en la época eran funcionarios de la CORA, organismo encargado de ejecutar la Reforma; de INDAP, responsable de las asesorías para la organización de sindicatos campesinos y para la productividad de las tierras reformadas; y del SAG, que tuvo a su cargo la vigilancia y asesoría fitosanitaria de los predios expropiados.
Fuente :INDAP.GOB.CL 23/06/2017
Fecha :23-06-2017
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana, sometió a proceso al ex coronel de carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, en calidad de autor del delito de secuestro calificado consumado de los hermanos Gustavo Efraín Domínguez Jara, de 27 años, y Tomás Rogelio Domínguez Jara, de 23, y Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, de 25 años de edad, ilícito cometido el 11 de octubre de 1973.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la investigación se logró determinar que alrededor de las 16 horas del 11 de octubre de 1973, una patrulla de carabineros de la Segunda Comisaría de Chillán, al mando del entonces teniente Patricio Jeldres, todos armados con metralletas y en tenida de combate, se dirigieron a la comuna de San Nicolás, siendo esperados por carabineros del lugar y bajo las órdenes del teniente Jeldres se dirigieron hasta el Asentamiento Campesino «Ránquil» -hoy fundo Victoria- que trabajaba en el predio explotado por la CORA.
«(...) lugar en el que procedieron a detener a varios de sus dirigentes, los que fueron torturados por varias horas -sumergiéndolos en una pileta con agua, aplicándoles corriente y propinándoles golpes en el cuerpo- todo en presencia de sus familias, incluidos menores de edad, para luego, cuando ya atardecía, se llevaron a Gustavo Efraín y Tomás Rogelio Domínguez Jara y Wilson Alfredo Becerra Cifuentes hasta el ingreso del «Puente El Ala» sobre el río 'uble, donde fueron vistos por última vez con vida, fecha desde la cual se desconoce toda noticia de su paradero o destino», indicó la resolución.
Fuente :resumen.cl 29/5/2017
Fecha :29-05-2017
La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó al ministro de Chillán, Claudio Arias, reabrir la causa que investiga la desaparición de tres campesinos de Ñuble en 1973.
El tribunal de alzada acogió así una apelación del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, en la que alegaba que en el sumario estaba prácticamente aclarada la responsabilidad de personal de Carabineros en el secuestro calificado.
El ministro Arias había dictado el sobreseimiento del caso, argumentando que las diligencias se habían agotado, sin poder acreditar la culpabilidad de las personas inculpadas en la investigación, entre ellas el teniente en retiro, Patricio Jeldres Rodríguez.
En ese escenario es que la abogada del Programa de Derechos Humanos, Patricia Parra, recurrió la resolución del alto magistrado relativa a la desaparición de los hermanos Gustavo y Rogelio Domínguez, además de Wilson Becerra, detenidos el 11 de octubre de 1973 por un grupo operativo de la 2º Comisaría de Carabineros de Chillán. Los efectivos estaban al mando entonces del oficial Jeldres.
Tras ecuchar los alegatos de la abogada Parra y analizar los antecedentes, los ministros de la Primera Sala de la Corte penquista -María Leonor Sanhueza, Eliseo Araya y César Panés- estimaron “que no se encuentra agotada la investigación”, por lo que ordenaron la reapertura del sumario.
Además, decretaron que el ministro Claudio Arias -criticado por agrupaciones de Familiares de Víctimas de Detenidos Desaparecidos- practique una serie de diligencias, entre las cuales están un careo entre el ex uniformado inculpado y Patricio Marabolí Orellana, “a fin de aclarar la contradicciones que se advierten en sus declaraciones”.
También se ordena al juez someter a Jeldres a una serie de exámenes médicos para determinar si su condición de salud le permitiría enfrentar el eventual proceso judicial.
Fuente :BioBio.cl 23 de Noviembre 2012
Fecha :23-11-2012
El Primer Juzgado de Letras de San Carlos procesó a un suboficial retirado de Carabineros por su presunta participación como autor de la desaparición de tres trabajadores agrícolas de Ránquil, ocurrido el 11 de octubre de 1973.
El ex carabinero, Manuel Castillo Oliva, habría encabezado la patrulla que detuvo a los hermanos Gustavo y Tomás Domínguez Jara, además de Wilson Becerra Cifuentes, dirigentes del asentamiento Ránquil, ex fundo La Victoria, quienes fueron detenidos y torturados, para posteriormente perderse el rastro, indicó Ignacio Marín Correa, abogado del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior.
El suboficial (r) fue detenido por la policía de Investigaciones en la ciudad de Temuco, Novena Región, donde residía, y permanece detenido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Carlos. Su abogada, Ingrid Landero, apeló ante la Corte de Apelaciones de Chillán, de la resolución del juez Angel Coria Ricotti.
Fuente :La Discussion 20 de Agosto 2005
Fecha :20-08-2005
En La Fontana republicamos entrevista aparecida en Cambio21.cl. En el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, el viernes 10 de septiembre, se lanzó la segunda edición del libro “La Placa, mucho más que un trozo de metal”. La presentación del manuscrito, fue realizada por el presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, el abogado Carlos Margotta Trincado.
La obra del periodista y diseñador José Valencia Castañeda, relata los detalles del reconocimiento que hicieron un grupo de militantes de la Juventud Demócrata Cristiana en 1998 instalando una placa de bronce con los nombres de los mártires DC asesinados en dictadura.
Cambio21 conversó con el autor del libro José Valencia, quien aparece en la foto.
-¿Cómo surge la idea de instalar una placa con las víctimas de la DC en la sede partidaria?
-La respuesta se circunscribe a una serie de situaciones de contexto muy particular, en 1998 con Pinochet asumiendo como senador vitalicio, a la necesidad de evitar el olvido, a la urgencia de reivindicar a nuestros mártires y publicar sus nombres plasmándolos en bronce. Es una placa que originalmente contiene imprecisiones y omisiones, que se extravía por una década y es repuesta en 2017. Este manuscrito es la historia de esa placa memorial, no es la historia de las víctimas porque considero que cada uno de ellos merece su propio libro para conocer sus vidas, sus sueños y sus ideas.
-¿Cuál es el sentido de esta publicación?
-Este libro es la historia de una reivindicación, la de la memoria de dieciséis personas, hombres y mujeres, que abrazaron la causa del humanismo cristiano, y que en razón de su militancia o adhesión a los valores que inspiraron su quehacer, fueron víctimas de la más brutal represión dictatorial. Es una acción para rescatar la memoria.
-¿Quiénes eran las víctimas?
-Son 16 personas asesinadas por agentes del Estado, 11 Ejecutados Políticos y 5 Detenidos Desaparecidos. Un grupo de chilenos y chilenas comunes y corrientes, secretarias, campesinos, profesionales, funcionarios públicos, jubilados, comerciantes, estudiantes secundarios y estudiantes universitarios, que en un momento vibrante de sus vidas militaron en la expresión política del humanismo cristiano. Entre ellos, también un exPresidente de la República.
-¿Qué encontraste en la investigación?
-Encontré algunas precisiones, datos relevantes que difieren de la historia oficial y principalmente testimonios desgarradores. No fue fácil reunir información de fuentes directas para construir los esbozos biográficos contenidos en esta publicación. Desde esa perspectiva, este libro es tal vez -todavía en su segunda edición- un texto provisorio, cuya redacción final aún está pendiente. Ello no es casual, ya que después de tantas décadas de olvido los testimonios de parientes, amigos y compañeros de ruta se han perdido en el tiempo. Pero logré encontrar algunos familiares y en ellos también a las víctimas, debo reconocer que me conmoví en más de una ocasión, con los relatos y los pequeños pasajes de vida que me relataron y que ellos atesoran como el más preciado de los recuerdos. Agradezco la sinceridad, la confianza y la contribución de esos testimonios.
-¿Por qué escribir este libro tantos años después?
-Porque formo parte de una generación que se resiste a olvidar y sigue pensando que acceder a toda la verdad y a toda la justicia constituye la condición necesaria e imprescindible para sanar las heridas de 17 años de violaciones sistemáticas a los derechos humanos, sin justicia y sin verdad hasta hoy. Porque en este Gobierno vi nuevamente el accionar del terrorismo de Estado, torturando, mutilando y dejando ciegos a los manifestantes de la revuelta social. Porque ahora, nuevamente en Chile hay presos políticos y por lo mismo estoy convencido que este libro, constituye una pequeña contribución pensando en las futuras generaciones, para que nunca más en Chile se repitan las graves violaciones a los derechos humanos como las que aquí ocurrieron y que hoy se asoman nuevamente, cuando las multitudes colman las calles de la ciudad y la represión procede emulando la brutalidad de la dictadura cívico-militar.
*Estos son los DC que fueron asesinados por la Dictadura:
1. Eduardo Frei Montalva, Asesinato Político.
2. Guillermo Amador Álvarez Cañas, Ejecutado Político.
3. José Emiliano Balboa Benítez, Detenido Desaparecido.
4. Sonia De Las Mercedes Bustos Reyes, Detenida Desaparecida.
5. Hernán Horacio Castillo Calcagni, Ejecutado Político.
6. Gustavo Efraín Domínguez Jara, Detenido Desaparecido.
7. Tomás Rogelio Domínguez Jara, Detenido Desaparecido.
8. Mario Gilberto Fernández López, Asesinato Político.
9. Mario Daniel Martínez Rodríguez, Asesinato Político.
10. Juan Guillermo Navarrete Solar, Ejecutado Político.
11. Juan Segundo Palma Arévalo, Ejecutado Político.
11. Roberto Romualdo Romero Reyes, Ejecutado Político.
13. Sergio Orlando Verdugo Herrera, Ejecutado Político.
14. Juan Antonio Villaseñor Jara, Ejecutado Político.
15. Sergio Gervasio Rodríguez Villanueva, Detenido Desaparecido.
16. Fernando David Becerra Julio, Ejecutado Político.
Fuente :enlafontana.cl 15/9/2021
La Justicia chilena condenó este lunes a 30 años de prisión al exteniente de Carabineros (policía militarizada), Patricio Jeldres, por el homicidio de doce personas durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).
«En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción (sur) condenó al otrora teniente de Carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez a dos penas de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de secuestro calificado», informó el Poder Judicial a través de un comunicado.
La Corte estableció que en 1973 Jeldres estuvo a cargo de una comitiva especial de Carabineros encargada de ejecutar detenciones ilegales, torturas, desapariciones y asesinatos en la ciudad de Chillán (sur).
Una semana después del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, Jeldres asesinó a un joven llamado Gabriel Cortés, quien fue detenido en Chillán, torturado en la comisaría de la zona y luego enterrado en una fosa común con impactos de bala.
En las semanas y meses posteriores, esta división policial torturó y mató a Ricardo Troncoso, Gustavo Domínguez, Wilson Becerra, Tomás Domínguez, Arturo Prat, José Retamal, Robinson Ramírez, Leopoldo López, Mario Moreno, Patricio Weitzel y Juan Poblete.
Del total de víctimas, nueve fueron desaparecidas y sus cuerpos aún no han sido encontrados.
Debido a ello, el tribunal utilizó la figura de «secuestro calificado» para poder condenar a Jeldres, así como a los demás exagentes de la dictadura que asesinaron a detenidos desaparecidos.
Durante el régimen de Pinochet, más de 28.000 personas fueron torturadas, 3.227 fueron asesinadas y unas 200.000 fueron obligadas al exilio, según cifras oficiales.
Fuente :cronicadigital.cl, 5 de Enero 2026
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó los recursos de casación interpuestos en contra de la sentencia que condenó al ex oficial de Carabineros Patricio Enrique Jeldres Rodríguez por su responsabilidad en nueve delitos de secuestro calificado y tres delitos de homicidios calificados, perpetrados entre septiembre y diciembre de 1973, en las comunas de Chillán, Chillán Viejo y San Nicolás.
En fallo unánime (causa rol 193-2025), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mauricio Silva Pizarro, Rodrigo Cortés Gutiérrez y la ministra Claudia Vilches Toro– descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita Carlos Aldana Fuentes, que condenó al otrora teniente Patricio Enrique Jeldres Rodríguez a dos penas de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de secuestro calificado de Ricardo Troncoso León, Gustavo Efraín Domínguez Jara, Tomás Rogelio Domínguez Jara, Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, Arturo Lorenzo Prat Martí, José Gregorio Retamal Velásquez, Robinson Enrique Ramírez del Prado, Leopoldo López Rivas y Mario Fernando Moreno Castro, yen calidad de autor de los homicidios calificados de Gabriel Marcelo Cortez Luna, Patricio Lautaro Weitzel Pérez y Juan Mauricio Poblete Tropa.
En la causa, la sala condenó al civil Juan Antonio Sepúlveda Peña a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada por igual lapso, como cómplice del delito de secuestro calificado de Ricardo Troncoso León, cometido a contar del 1 de octubre de 1973, en la comuna de Chillán.
El ex teniente fue sucesivamente promovido hasta alcanzar el grado de general de Carabineros y llegar a cumplir funciones como jefe de Zona Metropolitana de esa institución, de la que se retiró en 1999. Hasta ahora el condenado Jeldres Rodríguez ha sido procesado en numerosas causas saliendo impune de la mayoría de ellas. Por otra parte, fue condenado el año 2014 a cinco años de presidio por el asesinato de los dirigentes campesinos Sergio Cádiz Cortés y Gilberto Pino Baeza cometido en octubre de 1973 en la localidad de Cato, de la provincia de Ñuble.
En la investigación y fallo judicial queda establecido que luego del golpe militar de 1973, en la Segunda Comisaría de Chillán se creó una Comisión Civil integrada por carabineros de esa unidad, destinada a perseguir a los partidarios del depuesto gobierno popular de Salvador Allende y/o adversarios del naciente régimen militar.
Esta unidad civil estaba dirigida por el entonces teniente de Carabineros Patricio Jeldres Rodríguez y la integraban, entre otros, Herminio Fernández Mercado (fallecido), Juan Francisco Opazo Guerrero (fallecido), Marqués Rodolfo Riquelme Echeverría (fallecido) y Pedro Loyola Osorio (fallecido). Entre sus funciones represivas estos agentes practicaban detenciones y secuestros, sometían a interrogatorios y torturas a las personas por ellos detenidas, luego ejecutaban a los prisioneros y los hacían desaparecer.
Un menor de edad
Entre las víctimas de estos atropellos se encuentran los casos tramitados en esta causa judicial. El 18 de septiembre de 1973, una patrulla de carabineros llegó hasta el domicilio del menor de edad, Gabriel Marcelo Cortez Luna, de 17 años, estudiante de enseñanza media, ubicado en el Pabellón Manuel Rodríguez de la comuna de Chillán. Llegaron en búsqueda de Jorge Cortez Luna (hermano del anterior) pero como no lo encontraron procedieron a detener a Gabriel Marcelo y Pedro Eduardo. Ambos hermanos son llevados hasta la Segunda Comisaría de Carabineros donde fueron entregados a la mencionada Comisión cuyo jefe era Patricio Jeldres, los que interrogaban y torturaban a los detenidos políticos.
Mientras se encontraban en dicho recinto policial, Pedro Cortez Luna fue reconocido por el referido teniente, porque habían sido compañeros de estudios en el Liceo en Hombres de Chillán, razón por la que ordenó su inmediata liberación, quedando detenido en otra celda su hermano Gabriel Marcelo.
Al día siguiente, en horas de la mañana, otra patrulla de carabineros del Retén Población Zañartu encontró un cadáver N.N., en calle Lazareto de Chillán, el que presentaba una entrada de proyectil en la espalda, pulmón izquierdo con salida en la cara, según da cuenta el parte policial. Realizadas las pericias respectivas para su identificación, se logró establecer que correspondía a Gabriel Marcelo Cortez Luna.
Por orden de la Fiscalía Militar de dicha ciudad, el cadáver del muchacho fue inhumado en la fosa común del cementerio de Chillán, sin dar aviso alguno a sus familiares, que lo buscaron infructuosamente por todas partes. Después de muchas indagaciones se dirigieron al cementerio local, donde el día 18 de octubre, el hermano y la madre de la víctima, lograron encontrar su cuerpo y trasladarlo a una sepultura familiar.
Joven comerciante
Alrededor de las 23:45 horas del día 23 de septiembre de 1973, mientras Juan Mauricio Poblete Tropa, de 20 años, comerciante, se encontraba durmiendo en casa de sus padres, llegó hasta el domicilio un grupo de carabineros dirigidos por el teniente Patricio Jeldres Rodríguez quien procedió a detenerlo violentamente y luego conducirlo hasta la Segunda Comisaría de Chillán. En ese lugar fue visitado por su madre quien lo observa que se encontraba muy maltratado por los apremios recibidos. El día 27 de septiembre, en momentos que su madre iba hacia la Comisaría a dejarle almuerzo a su hijo, se percata que a este lo suben a un furgón, cuando ella pregunta por su destino, se le informa que será llevado al Regimiento, lugar al cual nunca llegó.
Desde ese día, la familia pierde toda noticia de su paradero, hasta que recibe información de don Mario Weitzel Trincado, quien el 24 de diciembre de 1973 encuentra el cuerpo de su hijo, en las cercanías del puente El Ala, junto a otros cuerpos esqueletizados, llamándole la atención que uno de estos no tenía cabeza, pero si un pie con un calcetín y zapato, el que guardó, especies que tiempo después la madre de Juan Poblete Tropa reconoció como de su hijo.
Practicadas las pericias de genética forense e informes respectivos, el 23 de septiembre de 2019, se estableció con una probabilidad de identificación de al menos 99,99997% que el fémur izquierdo –del cuerpo que tenía el calcetín y zapato recuperado–pertenece a la víctima Juan Mauricio Poblete Tropa.
Obreros desaparecidos
Alrededor de las 10:00 horas del 25 de septiembre de 1973, es detenido Robinson Enrique Ramírez del Prado, de 36 años de edad, obrero curtidor, y presidente de la Central Única de Trabajadores de Chillán. La detención fue realizada por un grupo de carabineros de la Segunda Comisaría Chillán, que se dedicaban a detener a los adversarios políticos del régimen militar, quienes concurrieron hasta la curtiembre ‘El Cóndor’, ubicada en Av. Collín, en Chillán, donde detuvieron a Ramírez del Prado, en presencia de su jefe y compañeros de labores, trasladándolo hasta la referida unidad policial. Allí fue visto ingresar por su primo Gerardo Pradenas del Prado, quien a la época era funcionario de Carabineros de la misma Comisaría y a quienes se los confronta para saber el grado de parentesco entre ellos y posteriormente lo interrogan bajo tortura.
Paralelamente, a las 13:00 horas del 26 de septiembre de 1973, desde su taller de zapatería ubicado en Avenida Brasil con Avenida Libertad, en la ciudad de Chillán, es detenido Leopoldo López Rivas, de 45 años de edad, de oficio zapatero, militante del Partido Comunista. De igual modo, la detención fue realizada por un grupo especial de Carabineros de la Segunda Comisaría.
Está acreditado que ambos detenidos –Robinson Ramírez del Prado y Leopoldo López Rivas– fueron objeto de intensas y crueles torturas, quedando en malas condiciones físicas y en dicho estado, fueron sacados de la citada unidad policial por el piquete de carabineros dirigidos por el antes aludido teniente Jeldres, y subidos a un vehículo policial, fecha desde la cual se desconoce toda noticia respecto sus paraderos o ubicación.
Corresponsal gráfico
El día 1 de octubre de 1973, alrededor de las 11:00 horas, en circunstancias que el militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Ricardo Troncoso León, de 30 años de edad, fotógrafo y corresponsal del diario “Puro Chile” y “Revista Vea”, se encontraba en su domicilio ubicado en población El Tejar, de la ciudad de Chillán, junto a su esposa e hija menor, llegó una patrulla de Carabineros de la Segunda Comisaría de Chillán, al mando del teniente Jeldres, acompañados por el individuo civil de nombre Juan Antonio Sepúlveda Peña.
Esta patrulla procedió a allanar la vivienda y detuvieron a Troncoso León, trasladándolo hasta el señalado recinto policial, donde fue sometido a torturas. Luego, en ese recinto informaron a la cónyuge y familia que había sido trasladado el 3 de octubre hacia el regimiento de la ciudad. Este traslado nunca ocurrió, desconociéndose su paradero o destino a partir de ese momento
El reloj marca el desino
Luego, a las 22:00 horas del mismo 1 de octubre de 1973, llegó una patrulla de Carabineros a un domicilio ubicado en Pabellones Pizarro, comuna de Chillán, procediendo a detener a Patricio Lautaro Weitzel Pérez, relojero, de 26 años de edad, Arturo Lorenzo Alberto Prat Martí, de 21 años, estudiante de la Escuela Normal de Profesores, dirigente estudiantil, y José Gregorio Retamal Velásquez, de 21 años, ex estudiante normalista, todos ellos miembros de la Juventud Radical Revolucionaria (JRR). Los tres detenidos fueron trasladados hasta la Segunda Comisaría, donde fueron sometidos a interrogatorios y torturas, por el referido grupo operativo de Carabineros, dirigidos por el ya mencionado teniente Jeldres.
Posteriormente, el 24 de diciembre de 1973, una joven llegó hasta el local de relojería de propiedad de don Mario Weitzel Trincado –padre de Patricio Lautaro Weitzel Pérez– a reparar un reloj pulsera; al percatarse éste que dicha especie pertenecía a su hijo Patricio Lautaro –detenido desaparecido desde septiembre de ese año–, después de atenderla, procedió a seguirla a distancia hasta su casa, ubicada en el sector del puente El Ala, sobre el río Ñuble. Después de rogarle que le dijera dónde lo había encontrado, el padre de la joven lo llevó hasta un lugar cercano, en cuya ribera del río Ñuble encontró flotando en el agua los cuerpos de seis personas, entre ellos el de su hijo Patricio, el cual rescató y lo dejó a medio enterrar en el mismo sector de tierra. Se dirigió enseguida a dar cuenta al tribunal, lo que realizó el 26 de diciembre, formándose causa criminal y constituyéndose el juez del crimen en el lugar antes referido, ordenando el levantamiento del cadáver y su traslado a la morgue, para la autopsia correspondiente y luego dispuso su entrega a los familiares, los que le dieron sepultura.
En relación a las víctimas Arturo Lorenzo Prat Martí y José Gregorio Retamal Velásquez, desde la fecha de su detención y su traslado a la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán, permanecen como detenidos desaparecidos.
Allanamiento y entrega
Alrededor de las 12:00 de la noche del 1 de octubre de 1973, Mario Fernando Moreno Castro, de 38 años, empleado de SEAM-CORFO, dirigente del Partido Socialista, se encontraba en su domicilio de calle Cabildo, en Chillán Viejo, se dio cuenta que su vivienda estaba siendo allanada por carabineros, opta por huir a través del cerco posterior de la propiedad, pasando por los patios interiores de sus vecinos. Cuando ya caminaba por la vía pública una vecina lo ve y le ofrece refugio para que no se exponga al toque de queda. Aunque Moreno Castro le manifiesta a la vecina que pretende ir a entregarse a Carabineros, permanece allí escondido durante la noche. Luego, después de las 6:00 de la mañana, Mario Moreno Castro se retira del refugio, manifestando nuevamente su intención de entregarse en la 2° Comisaría, no sin antes dejar sus pertenencias para que la vecina se las hiciera llegar a su mujer con quien compartía domicilio pero que, junto a su hija de 3 años, no se encontraba en el lugar cuando ocurrió el allanamiento.
En la mañana del 2 de octubre, cuando la esposa de Moreno Castro retorna a su hogar después de su turno en el Hospital de Chillán, se percata que su vivienda fue allanada. Allí fue informada por vecinos que su pareja había sido detenido esa madrugada por una patrulla de Carabineros, en un lugar cercano a su domicilio, por lo que ella se dirigió en su búsqueda a la 2° Comisaría de Carabineros. En un primer momento, los carabineros le informan que Mario Moreno Castro se encuentra detenido en el lugar, pero posteriormente los mismos carabineros niegan esa información.
No obstante, está acreditado por testigos, que compartieron detención con Moreno Castro y se percataron cuando fue interrogado por carabineros de esa unidad policial bajo torturas y luego sacado de la unidad policial por los interrogadores, momento desde el cual se pierde toda noticia de su paradero o destino.
Campesinos asesinados
El día 11 de octubre, alrededor de las 16:00 horas, una patrulla de carabineros de la Segunda Comisaría de Chillán, al mando del mencionado teniente, se dirigieron a la comuna de San Nicolás, siendo coordinados y esperados por Carabineros de San Nicolás; luego todos los agentes policiales, bajo las órdenes de Jeldres Rodríguez, continuaron hasta el Asentamiento Campesino ‘Ranquil’ –hoy fundo Victoria– que era administrado por un comité de trabajadores del precitado predio expropiado por la CORA.
En ese lugar retuvieron a los trabajadores que se encontraban en el lugar, interrogando a varios de ellos, bajo torturas, por varias horas –sumergiéndolos en una pileta con agua, aplicándoles corriente y propinándoles golpes en el cuerpo, de tal magnitud que sus cuerpos sangraban–, todo en presencia de sus familias, incluidos menores de edad. Luego, cuando ya atardecía, se llevaron detenidos y amarrados en el interior de un vehículo policial a Gustavo Efraín Domínguez Jara, de 27 años de edad, a su hermano Tomás Rogelio Domínguez Jara, de 23 años, y Wilson Alfredo Becerra Cifuentes, de 25 años, todos obreros agrícolas y dirigentes campesinos del Asentamiento Ranquil. Fue en el ingreso del ya funesto puente El Ala, sobre el río Ñuble, donde fueron vistos por última vez con vida, y desde esa fecha se desconoce toda noticia de su paradero o destino.
por Darío Núñez
Fuente :resumen.cl, 7 de Enero 2026
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