Guillermo Enrique Bratti Cornejo
Prensa
Tras ser secuestrado el 3 de septiembre de 1975 en San Bernardo, y estando privado de libertad en el centro de detención clandestino denominado ‘Nido 20’, Gustavo Castro Hurtado, de 54 años de edad, fue brutalmente golpeado con pies y puño por un grupo de uniformados, resultando con varias costillas fracturadas y contusiones en las extremidades inferiores, muriendo por asfixia once días después, en el mismo recinto.
La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó auto de procesamiento en contra de 4 efectivos en retiro de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea (DIFA), por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del militante del PC, Gustavo Humberto Castro Hurtado (en la foto), perpetrado a partir del 3 de septiembre de 1975, en la comuna de San Bernardo.
En la resolución (causa rol 156-2011), la ministra en visita sometió a proceso al otrora comandante de escuadra Juan Francisco Saavedra Loyola, y a los agentes Sergio Fernando Contreras Mejías, Juan Luis Fernando López López y Otto Silvio Trujillo Miranda, en calidad de autores del delito.
En su etapa de investigación, la ministra en visita reunió antecedentes suficientes para dar por establecidos los siguientes hechos:
“1° Que, el año 1975, la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea de Chile (DIFA), bajo el mando del general de Brigada Aérea Freddy Enrique Ruiz Bunger, tenía dentro de sus objetivos la desarticulación del Partido Comunista, a través de la represión de los militantes de dicho partido político y, al efecto, contaba con un Departamento de Contrainteligencia, a cargo del coronel de Aviación Edgar Benjamín Cevallos Jones, secundado por el comandante de Escuadrilla Juan Francisco Saavedra Loyola; con equipos investigativos y operativos, integrados por oficiales, personal subalterno y soldados conscriptos de la Fuerza Aérea de Chile e incluso civiles y con centros de detención clandestinos, entre ellos, ‘Nido 20’, ubicado en calle Santa Teresa N°37, paradero 20 de la Gran Avenida José Miguel Carrera, comuna de La Cisterna y ‘Nido 18’, situado en calle Perú N°9.053, paradero 18 de la avenida Vicuña Mackenna, comuna de La Florida.
2° Que, en ese contexto, la autoridad dispuso ubicar y aprehender a diversos militantes del Partido Comunista, entre ellos, Gustavo Humberto Castro Hurtado (54 años), apodado ‘camarada Díaz’ o ‘chino’, quien fue detenido, sin derecho, el día 3 de septiembre de 1975, en la madrugada, en el inmueble de calle General Las Heras N°10.185, comuna de San Bernardo, por agentes de la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea de Chile (DIFA), entre ellos, Roberto Fuentes Morrison, Sergio Fernando Contreras Mejías, Ricardo Domingo Matus Arancibia, Luis Enrique Campos Poblete, Eduardo Enrique Cartagena Maldonado, Fernando Patricio Zúñiga Canales, César Luis Adolfo Palma Ramírez, Guillermo Enrique Bratti Cornejo y Carol Fedor Flores Castillo.
3° Que, acto seguido, Gustavo Humberto Castro Hurtado fue trasladado al centro de detención clandestino de dicho organismo, denominado ‘Nido 20’, lugar en que permaneció ilegalmente encerrado.
4° Que, en varias ocasiones, Gustavo Humberto Castro Hurtado fue trasladado desde ‘Nido 20’ al centro de detención clandestino de la DIFA, denominado ‘Nido 18’, lugar en que fue sometido a malos tratos físicos.
5° Que, estando privado de libertad en el recinto denominado ‘Nido 20’, Gustavo Humberto Castro Hurtado fue brutalmente golpeado con pies y puño, por un grupo de agentes, entre ellos, Roberto Fuentes Morrison, Otto Silvio Trujillo Miranda y César Luis Adolfo Palma Ramírez, resultando con varias costillas fracturadas y contusiones en las extremidades inferiores.
6° Que, en definitiva, Gustavo Humberto Castro Hurtado murió, por asfixia, el día 14 de septiembre de 1975, mientras permanecía privado de libertad y absolutamente indefenso bajo la custodia de personal del centro de detención clandestino denominado ‘Nido 20’.
7° Que, en la época de los hechos, los centros de detención ‘Nido 20’ y ‘Nido 18’ estaban a cargo de los oficiales Sergio Fernando Contreras Mejías y Juan Luis Fernando López López, ambos de la Fuerza Aérea de Chile, entre otros», concluye la investigación de la ministra Cifuentes.
Fuente :elciudadano.cl, 28 de Abril 2026
El escándalo que se produjo al hacerse público que la exagente del Comando Conjunto Viviana Ríos estaba casada con el general que la FACH había enviado a la Mesa de Diálogo sobre derechos humanos, le costó el cargo al excomandante en Jefe de dicha institución, Patricio Ríos.
“¿Qué justicia reparatoria va a haber cuando usted tiene un viejito que está gagá? ¿Qué reparación hay? Eso, ya más bien, no es justicia” dijo el martes pasado el ministro de Defensa Fernando Barros, en referencia a los exagentes de la dictadura actualmente condenados y que piden quedar en libertad, aludiendo a situaciones de salud.
El comentario, efectuado por el secretario de Estado (y exabogado de Augusto Pinochet) en Radio Cooperativa, venía precedido de la muerte del exfiscal militar de Temuco Alfonso Podlech, fallecido a los 90 años en el Hospital San José, luego de que tanto la ministra en visita Paola Plaza como la Corte de Apelaciones de Santiago le negaran el arresto domiciliario.
Sin embargo, lo que más dolió en el mundo de los familiares de los condenados fue el hecho de que el Programa de Derechos Humanos, que es querellante en las causas en contra del fallecido abogado, efectivamente alegara en contra de su libertad, cambiando de ese modo el criterio que dicha unidad tuvo tras el cambio de gobierno, cuando la nueva jefatura ordenó a sus abogados que no alegaran en al menos tres causas emblemáticas y semejantes: la relativa al exagente de la DINA César Manríquez, la del exoficial de Carabineros de La Granja Héctor Osses Yáñez y la del exjefe de la CNI en Concepción, Jorge Mandiola.
Tras el escándalo que se produjo al respecto, la Subsecretaría de DDHH aseguró, por medio de un comunicado, que lo que hubo fue una evaluación “caso a caso”, y todo indica que en el caso de Podlech la evaluación fue distinta de la que se aplicó respecto de Manríquez, Osses y Mandiola, pero hay señas contradictorias en lo que respecta de otro caso emblemático de DDHH, que actualmente está a la espera de ser revisado en la Corte de Apelaciones de Santiago, relativo a la exagente del Comando Conjunto (CC) Viviana Ugarte.
La competencia de la DINA
El CC fue un organismo represivo organizado al interior de la Fuerza Aérea de Chile, también integrado por personal proveniente de la Armada, Carabineros y la PDI, que operó del mismo modo que la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), con la cual competía, al punto que dos colaboradores del Comando Conjunto, el soldado Guillermo Bratti y el exmilitante de las Juventudes Comunistas Carol Flores, fueron asesinados, acusados de ser dobles agentes, al servicio de la DINA.
Junto a ellos fue acusado un tercer agente, el civil Otto Trujillo, más conocido como “Colmillo blanco”, quien sin embargo, luego de ser detenido y torturado por sus excamaradas, fue dejado en libertad. En 1985, mientras estaba detenido en Punta Arenas por una estafa, Trujillo prestó sus primeras declaraciones ante la Justicia, luego de que el exagente del CC Andrés Valenzuela, más conocido como “Papudo”, desertara en 1984, no sin antes conceder una extensa entrevista a la periodista Mónica González, la que se convirtió en la primera confesión de un agente de los servicios clandestinos de la dictadura (en ella, entre otras cosas, relató que a Bratti lo mataron en el Cajón del Maipo).
En 2002, el extinto periódico La Nación Domingo generó un fuerte remezón en el país al publicar una extensa entrevista con Trujillo, en la cual este, entre otras cosas, entregó una serie de antecedentes relativos a una de las pocas mujeres agentes que había en el Comando Conjunto: Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, más conocida como “La Pochi”, hoy de 70 años y condenada a un total de 25 años, por cuatro causas de violaciones a los DDHH.
En aquel entonces ella estaba casada con el general de la FACH Patricio Campos, quien fue designado en el año 2000 por el entonces comandante en Jefe de la FACH, Patricio Ríos Ponce, para recopilar la información interna destinada a la Mesa de Diálogo sobre Derechos Humanos, sobre el paradero de los detenidos desaparecidos correspondientes a dicha rama militar.
El escándalo que se generó al saberse que Campos era marido de una exagente culminó con la salida de este de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), con la renuncia de Ríos y con el procesamiento de Campos, debido a la destrucción de archivos.
En enero de 2003, el antiguo Tercer Juzgado del Crimen dictó un primer auto de procesamiento en contra de “La Pochi” por el secuestro calificado de Juan Antonio Gianelli Company, militante del PC, y a partir de allí su nombre comenzó a aparecer en varios otros procesos.
Aunque siempre sostuvo haber sido una secretaria, que nada sabía de lo que hacía el CC, diversas declaraciones de Valenzuela fueron incriminándola en casos como la detención de Manuel Guerrero Ceballos, el secuestro de José Weibel Navarrete y el operativo contra Carlos Contreras Maluje; así como una activa agente en el cuartel conocido como “La Firma”, lo que ratifican otros testimonios, como el del excarabinero de inteligencia Francisco Illanes Medina, o los testimonios de diversas víctimas.
Contradictoriamente, en 2021, “Papudo” prestó una declaración en París, donde vive actualmente, en la cual desligó de responsabilidades a Ugarte, aseverando que esta no era agente operativa y que ella no participó en “detenciones, torturas o interrogatorios”, testimonio que el abogado de Ugarte, Maxiliano Murath, acompañó a un recurso de casación destinado a anular la sentencia de 10 años dictada en contra de su defendida por asociación ilícita y como cómplice del secuestro calificado de Aníbal Riquelme Pino, Francisco González Ortiz y Alfonso Araya Castillo, la cual fue finalmente confirmada por la Corte Suprema, en 2022.
Desde entonces, Ugarte se encuentra recluida en la cárcel femenina de San Joaquín, cumpliendo esa condena y las otras tres en las cuales fue sentenciada, a siete años, cinco años y un día y tres años y un día.
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Unificación de penas
Tras ello, el abogado Murath solicitó la unificación de penas, apelando al artículo 160 del antiguo Código Orgánico de Tribunales, que obligaba a acumular los procesos en contra de un condenado o a unificar las penas en procesos. Dicha pretensión fue rechazada por la ministra Plaza, por lo cual Murath apeló ante el tribunal de alzada capitalino, al cual llega con una opinión favorable a su postura, de parte del titular de la Quinta Fiscalía Judicial, Jorge Norambuena Cabello, quien indica que a su juicio corresponde aplicar el código antiguo, dejar de lado la acumulación de las penas y dictar una única sentencia de 10 años en su contra.
Como ya lleva cuatro años presa, si ello fuera así decidido por la Corte de Apelaciones, ya a contar del próximo año podría comenzar a optar por obtener beneficios extracarcelarios.
La apelación ingresó el 6 de febrero pasado (aún en el gobierno de Gabriel Boric) a la Corte y el 10 de febrero se anunció electrónicamente para los alegatos el abogado Hugo Pavez, del programa de DDHH, lo que hizo varias veces hasta el 29 de abril pasado, cuando dejó de hacerlo, pues –según personas vinculadas al mundo de los derechos humanos– se habría tomado la decisión de que dicha causa comenzara a ser vista por la nueva jefa del Programa de DDHH, Constanza Garrido, sin que se sepa, sin embargo, si se pretende alegar o no. El Mostrador intentó contactarse con ella, a fin de saber qué determinación se tomará, pero no fue posible ubicarla.
por Carlos Basso Prieto
Fuente :elmostrador.cl, 23 de Mayo 2026