Recinto DINA/CNI - Rinconada de Maipú

Alias : Cuartel Rinconada
Ubicación : Cam. A Rinconada Maipú, Región Metropolitana
Organismos : Dirección Nacional de Inteligencia (DINA)
Rama Nacimiento : Ejército

La estructura de la DINA llegó a ser particularmente compleja, lo que guarda relación con la variedad y vastedad de sus funciones de represión política.

En esta estructura, la Sub-Dirección Interior de la DINA tenía la función de operaciones y su brazo operativo, en Santiago era la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM). En una primera época, la Dirección de la BIM estuvo radicada en la Rinconada de Maipú, para luego pasar a la Villa Grimaldi.

La Rinconada de Maipú, situada en una parte del fundo de la Universidad de Chile, ubicado en la cercanías de Santiago, específicamente el sector llamado Ovejeria, fue utilizada por ambas, la DINA y la CNI, con el permiso del Ministerio de Educación.

En la práctica los agentes de la DINA, y mas tarde los de la CNI, hicieron uso constante de todo el fundo. Aparentemente el recinto fue utilizado como centro de adiestramiento y habría funcionado allí una Escuela de Inteligencia dependiente de la DINA. No hay antecedentes ciertos de la presencia de detenidos en el lugar pero sí se sabe que allí fueron ejecutadas por la DINA un grupo de personas, en noviembre de 1975.

Enero de 1974 la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) se instala en estos terrenos fiscales, llegando a desarrollar y asentar en el lugar su Escuela Nacional de Inteligencia, más conocida como la ENI.  Desde el segundo semestre de 1977 hasta 1990 la DINA pasa a ser la CNI, Central Nacional de Informaciones. La Escuela en Rinconada también cambia de mando. 

Desde 1990 a la actualidad la Escuela de Suboficiales del Ejército de Chile opera en Rinconada de Maipú.

Lista de agentes de la DINA y CNI que estuvieron en el cuartel Rinconada de Maipú:  Alejandro Francisco Astudillo Adonis Alfonso Humberto Quiroz Quintana Ana del Carmen Vilches Muñoz Basclay Humberto Zapata Reyes Camilo Torres N Carlos Antonio Vásquez Osses Carlos Enrique Miranda Mesa Carlos Herrera Jiménez Carlos Ottone Mestre Carlos Ramon Rinaldi Suarez Cesar Manríquez Bravo Ciro Torré Sáez Claudio Enrique Pacheco Fernández Clodomira de las Nieves Reyes Díaz Eduardo Garea Guzmán Eduardo Patricio Cabezas Mardones Enrique Erasmo Sandoval Arancibia Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda Fernando Enrique Guerra Guajardo Gladys de las Mercedes Calderón Carreño Guillermo Jesús Ferran Martínez Hernán Clavería Leiva Hugo Luis Castillo Ovalle Hugo Prado Contreras Italia Donata Vacarella Giglio Jaime Guillermo García Covarrubias Jorge Arturo Leyton Mella Jorge Hernán Carrasco Fuenzalida Jorge Ivan Díaz Radulovich Jorgelino Vergara, Jose Abel Aravena Ruiz José Alfonso Ojeda Obando José Antonio García Ferlice José Domingo Seco Alarcon José Enrique Fuentes Torres José Manuel Sarmiento Sotelo José Nelson Fuentealba Joyce Ana Ahumada Juan Carlos Escobar Valenzuela Juan Emilio Zanzani Tapia Juan Salvador Llanca Orellana Julio Fernando Salazar Lantery Lionel de la Cruz Luis Alberto Contreras Osorio Luis Araya Aguayo Luis René Torres Méndez Luz Arce Manuel Alberto Saldivia Mansilla Marcia Alejandra Merino María Gaciela Ordenes Montecinos Olegario Enrique González Moreno Orlando Jesús Torrejon Gatica Osvaldo Enrique Romo Mena Osvaldo Pulgar Gallardo Patricio Lorenzo Castro Muñoz Pedro Andrés Rodríguez Bustos Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo Ramon Alvarito Muñoz Rojas René Miguel Riveros Valderrama Ricardo Lawrence Roberto Hernán Rodríguez Manquel Rosa Humilde Ramos Hernández Samuel Fuenzalida Devia, Sergio Hernán Castillo González Tomas Ventura Cassella Víctor Manuel Alvarez Droguett

 

Fuentes de Información Consultadas: Informe Rettig; Tesis " Escuela nacional de inteligencia: un recinto de adiestramiento de la DINA en Rinconada de Maipú
(Arak Herrera goody); 
Memoriaviva;


Prensa

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó el beneficio que permitía al exagente DINA, César Manríquez Bravo, cumplir condena en casa por supuesta demencia y ordenó un nuevo peritaje psiquiátrico. El fallo cuestionó la falta de rigor y fundamentos de los informes previos.

El martes de esta semana, la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, revocó la sentencia a favor del exagente de la DINA, César Manríquez Bravo. En mayo del año pasado Manríquez fue autorizado a cumplir el resto de su condena en custodia de su esposa, luego de que una serie de informes, entre ellos uno del Servicio Médico Legal, detectaran una supuesta condición clínica de enajenación mental.

Tras la apelación presentada por los abogados Nelson Caucoto y Andrea Gattini, el tribunal resolvió solicitar un nuevo informe psiquiátrico de un especialista del hospital El Salvador, buscando acreditar la real condición mental del exjefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana, Villa Grimaldi y Rinconada de Maipú.

Esto, luego de que los abogados querellantes en la denominada Operación Colombo acusaran que los informes emitidos eran insuficientes para demostrar la enajenación mental de Manríquez, condenado como uno de los autores de la desaparición de la asistente social Jacqueline Binfa y el veterinario Jorge D’Orival en el año 1974.

Ambos casos, cabe consignar, son víctimas del montaje comunicacional realizado por la DINA, junto a servicios de inteligencia de Brasil y Argentina, para encubrir la muerte y desaparición de 119 opositores a la dictadura de Pinochet. “Exterminados como ratones”, el titular de La Segunda, representa probablemente el recuerdo más vergonzoso del episodio.

Las quejas respecto al fallo anterior, apuntaban a que en ninguno de los cinco informes presentados “se hace referencia a los elementos por los cuales llegan los peritos a la conclusión de que el condenado tiene efectivamente demencia, ni el grado o etapa de desarrollo de dicha patología en la actualidad”, explica la resolución judicial.

La reciente sentencia es categórica en señalar que al menos “cuatro informes referidos en el considerando anterior fueron realizados en circunstancias distintas de un diagnóstico psiquiátrico de enajenación mental”. El documento, al que tuvo acceso la Unidad de Investigación de El Mostrador, señala que incluso uno de ellos es de carácter social.

Respecto al informe elaborado por el Servicio Médico Legal, el fallo sostiene que “no indica con precisión la patología o condición médico-psiquiátrica particular que padecería el condenado conforme el correspondiente catálogo de diagnósticos empleado”. No solo eso, además señala que el diagnóstico fue realizado en base a una sola entrevista al condenado y su cónyuge.

Para la abogada querellante, Andrea Gattini, la resolución judicial es relevante debido a que “aumenta el estándar para poder mandar a la casa a criminales de lesa humanidad”. “No estamos hablando de delincuentes comunes, sino de los peores crímenes posibles de cometer por funcionarios públicos. Por lo tanto, el estándar para poder enviar a la casa a un sujeto condenado por crímenes de esta naturaleza tiene que ser el más alto posible”, arguye.

Los informes proporcionados a la justicia, agrega Gattini, son absolutamente insuficientes para poder acreditar una enajenación mental, debido a que estos “ni siquiera son capaces de llegar a un diagnóstico”. El gran problema, agrega la abogada, es que tampoco a través de ellos se logra acreditar una patología.

La metodología que emplean es insuficiente. Generalmente se hacen a través de entrevistas con el sujeto o con algún familiar cercano. Tampoco hay que olvidar que estas personas son especialistas en inteligencia y simulación. Además, estas entrevistas se hacen sin tener absolutamente ningún antecedente médico a la vista, por tanto, las conclusiones son insuficientes”, apunta la abogada querellante.

Fiebre de informes

Los casos de agentes de la DINA que han argumentado enajenación mental se han ido incrementando desde el año 2022, a partir de la presentación de informes médicos que diagnostican demencias u otros trastornos cognitivos de dudosa calidad técnica. El aumento de estos informes ha llevado a abogados de derechos humanos a considerar la instancia como una verdadera “fiebre de informes”.

Uno de los casos emblemáticos es el de Edwin Dimter, condenado por el homicidio de Víctor Jara, quien evitó la cárcel por peritajes que lo declaraban con enajenación mental. Sin embargo, diligencias posteriores demostraron que llevaba una vida autónoma –incluyendo visitas al supermercado manejando–, lo que permitió descartar esos informes y reintegrarlo nuevamente a Punta Peuco. Este tipo de casos, coinciden algunos expertos, garantizarían la impunidad por secretaría.

En una investigación previa de El Mostrador, el abogado Francisco Bustos apuntaba precisamente a este mismo concepto. “Si la persona efectivamente tiene una situación de salud mental, no hay nada que hacer. La Justicia no puede reclamar, pero si la persona está simulando, eso implicaría salir de la cárcel por secretaría y constituye una forma de impunidad por motivación fraudulenta”, comentó en septiembre del año pasado.

En el mismo reportaje, aparece otro caso paradigmático: un informe elaborado por el médico y perito judicial, Hugo Lara Silva, un exlíder neonazi que elabora un documento a favor de Raúl Iturriaga Neumann –condenado a más de 500 años de cárcel por diversos delitos–, argumentando que la condena en su contra es una muestra de venganza.

“No es un delincuente, es un ex soldado de la patria… que cumplió con la reglamentación vigente en su tiempo y lugar, para su institución y para la República”, argumentó el médico en el informe.

Para el neurosiquiatra Luis Fornazzari –consultor de la Clínica de la Memoria y del Programa de Geriatría Psiquiátrica del Hospital St Michael en Canadá y uno de los encargados de los peritajes al exdictador Augusto Pinochet–, la solución para que no se repitan este tipo de errores es realizar peritajes multidisciplinarios.

“En la actualidad, todos los centros asistenciales que evaluamos a pacientes con cualquier tipo de demencia, lo hacemos con equipos multiprofesionales con el objetivo de tener una visión múltiple del trastorno cognitivo y analizarlo desde varios ángulos”, explicó a El Mostrador.

La inexactitud en los diagnósticos, agregó el facultativo, no implicaría una eventual exculpabilidad. “No hay que olvidar que se trata de crímenes de lesa humanidad que tienen dos caras: el respeto a las víctimas, por un lado, y que los pacientes puedan tratarse al interior de las cárceles, con una buena calidad de vida, aunque tengan demencia. Esto no se trata de venganza, se trata de justicia. Y los crímenes de lesa humanidad no prescriben”, sostuvo.

por Claudio Pizarro Sanguesa

Fuente :elmostrador.cl, 2 de Enero 2026

Ultima Actualización : 13/02/2026