Morales Morales José Miguel

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Rama : Investigaciones

Organismos : Central Nacional de Informaciones (CNI)


Oficios revelan cómo la CNI ocultó información  

Fuente :primeralinea.cl, 5 de Junio 2002

Categoría : Prensa

Mientras el ministro en visita extraordinaria Hugo Dolmestch espera las respuestas a  las acusaciones dictadas en la Operación Albania, Primera Línea accedió a los  documentos claves de la investigación: las nóminas de agentes de la Central Nacional  de Informaciones (CNI) que participaron en el violento crimen y que fueron la base  para que se aclarara los sucesos del 15 y 16 de junio de 1987.  

En el extenso expediente sobre la denominada Matanza de Corpus Christi se observa  como foja a foja los antecedentes recogidos por los ministros Dolmestch y Milton  Juica sirvieron para dilucidar lo que sucedió en dos jornadas y significó la muerte de  doce ex frentistas.  

Y ahora, que el magistrado prácticamente está ad portas de concluir definitivamente el  capítulo, cobra una vigencia mayor el conocer cómo la disuelta CNI ocultó datos o  modificó antecedentes dificultando a los tribunales acercarse a la verdad.  Fueron dos los escuetos oficios de carácter reservado que los tribunales le pidieron a  la CNI y que sólo contribuyeron a generar dificultades ya que informaron de chapas y  no de identidades verdaderas, lo que complicó de sobremanera el quehacer de los  tribunales.  

Las verdaderas identidades  

Sin embargo, sólo el 15 de diciembre de 1998, 11 años después de las muertes, el  Departamento Quinto de la Policía de Investigaciones pudo definir a quiénes  correspondían las identidades falsas y de esta forma configurar el grupo operativo que  participó en la acción.  

El documento señala las chapas y las identidades verdaderas a quienes corresponde.  Así se indica que Eduardo Correa Valenzuela es en realidad Emilio Enrique Neira  Donoso; Gustavo Ruiz Cornejo es la chapa de René Armando Valdovinos Morales,  también conocido como "El Catanga"; Felix Catalan Cueto es Francisco Daniel  Zuñiga Acevedo; Oscar Hernández Santa María corresponde a Kranstz Johans Bauer  Donoso; y Carlos Fuentes Contreras es en la vida real Miguel Angel Morales  Acevedo, conocido también como "El Bareta".  

Las identidades y chapas continúan: Manuel Sandoval Rojas corresponde en realidad  a Héctor Juan Jaque Riffo; René Morales Rojas es Ricardo Abraham Bozo Salgado;  Andrés Montalva Díaz es el alias de Iván Leopoldo Cifuentes Martínez; César Sanz  Urriola es Rodrigo Pérez Martínez; José Velasco Fernández es Iván Raúl Belarmino  Quiroz Ruiz; Manuel Apablaza Núñez corresponde a Gonzalo Fernando Mass del  Valle; Rodrigo Vidal Saez es José Aníbal Rodríguez Díaz; y José Carmona Gutiérrez  tiene como nombre verdadero José Miguel Morales Morales.  

La incógnita que se mantiene en el aire es la identificación de la chapa de Marcos  Aravena Guzmán que correspondería -supuestamente- a Pedro María Rojas Vasquez.  

Nada se ha podido avanzar sobre los nombres verdaderos de siete chapas: José  Cáceres Sánchez, Juan Ordenes Flores, Israel Durán Marchant, Germán Fuenzalida  Sagredo, Jaime Martínez Fuentes, Carlos Ramírez Muñoz y Benjamín Urzúa  Figueroa.  

Los oficios de la CNI  

Pero la historia de los oficios contradictorios comenzó a tejerse pocos días después de  los crímenes. El 25 de agosto de 1987 el Director Nacional de la CNI, brigadier (r)  Hugo Salas Wenzel, respondió al primer oficio que le envió el fiscal militar ad-hoc,  Fernando Torres Silva.  

En un texto de dos páginasWenzel relata quienes fueron los agentes que participaron  en los allanamientos a las casas en Varas Mena 656 y 417 en la comuna de San  Miguel. Junto a ello entrega la identidad de los funcionarios lesionados en esta  actividad.  

Para sorpresa de los tribunales los nombres no calzaban con identidades reales sino  que eran las chapas utilizadas por los agentes. Cayendo en un ostracismo absoluto, en  que juega un rol gravitante la Auditoría del Ejército que prestaba solapadamente  asesoría a los oficiales involucrados en los ilícitos, los antecedentes confunden más  que aportan a la investigación.  

Las pesquisas siguen y por segunda vez se envía un oficio reservado al fiscal de la  Segunda Fiscal Militar de Santiago. Escuetamente se indica las identidades de  funcionarios que habrían participado en los hechos. Con fecha del 28 de agosto de  1989,el documento firmado por el subdirector de la CNI, Marcos Derpich Miranda  aporta más confusión a las pesquisas en marcha, pero aún así no es objetado del todo  por las autoridades judiciales.  

Ante la sorpresa de las autoridades judiciales, y específicamente del ministro  instructor del caso Hugo Dolmestch, se pide una aclaración a las autoridades sobre los  verdaderos nombres de las personas involucradas en el crimen. La respuesta corre por  parte del mayor general (r) Hugo Salas Wenzel. El 2 de julio de 1990, el alto oficial  sostiene que "en relación con el oficio señalado en referencia, se informa que los  nombres consultados no figuran entre el personal encasillado en el Ejército de Chile".  Añade que "los antecedentes allí contenidos (en el oficio del 28 de agosto de 1989) no  corresponden a la realidad. La nómina que se remitió correspondía a los antecedentes  proporcionados por el coordinador de la CNI ante fiscales militares, de acuerdo al  requerimiento del tribunal. Actualmente se están realizando indagaciones para  determinar las identidades de quienes habrían participado en el cumplimiento de las  órdenes judiciales de esa época, teniendo en consideración las dificultades que  representa el tiempo transcurrido, el hecho de haberse disuelto el organismo que tuvo  a su cargo el diligenciamiento de dichas órdenes y el numeroso personal que se acogió  a retiro".  

Las informaciones cruzada obliga a las autoridades judiciales a iniciar un proceso por  falsificación de documento oficial en contra de Derpich, investigación que es  desarticulada por la Corte Marcial.  

Pero la seguidilla de negaciones, rectificaciones y aclaraciones de la CNI siguen con  la escalada ascendente. Interrogado el 2 de septiembre de 1994, el subdirector de la  CNI, Marcos Spiro Derpich Miranda, explica en su defensa que él solamente firmó un  documento con supuestos agentes de la Central y que ignora la veracidad de estos  informes aportados por sus subordinados.  

En una aclaración gravitante para la investigación judicial, Derpich relata que "en el  oficio en cuestión, número 212,093 de agosto de 1989, se dice que los funcionarios  que allí aparecen habría -dubitativamente- participado en los hechos". Añade que "los   funcionarios de la Central Nacional de Informaciones poseían una identificación  operativa, esto es, una documentación interna donde se le consignaba su nombre de  trabajo y por éste era conocido. También sabrá usted que cuando se informaba a los  tribunales militares las identidades de los aprehensores o participantes en  enfrentamientos con elementos terroristas se hacía con la identidad supuesta o de  trabajo, procedimiento éste que estaba estructurada desde antes de mi ingreso a la  CNI, tal es así que la documentación interna relacionada con las funciones de sus  integrantes se hacía con este nombre de trabajo u operativo".  

Y los descargos de los oficiales en retiro suman y siguen al punto que los tribunales  siguen esperando hasta una confirmación oficial, saber en definitiva quiénes  participaron en el operativo


Mayor condena contra general retirado por crímenes en dictadura Operación Albania: Suprema confirma cadena perpetua contra Hugo Salas Wenzel

Fuente :El Mostrador; 29 de Agosto 2007

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó este martes la cadena perpetua contra el general retirado Hugo Salas Wenzel, otrora director de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en el crimen de doce frentistas en junio de 1987, en el marco de la Operación Albania.

Salas Wenzel fue sentenciado en calidad de responsable intelectual de los asesinatos, que se planificó como una de las venganzas por el atentado a Augusto Pinochet Ugarte, ocurrido en septiembre de 1986.

Con esta resolución, el otrora jefe del organismo represivo se transformó en el general retirado que ha recibido la mayor condena por las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar.

La decisión fue adoptada por la Segunda Sala (Penal) que también se pronunció sobre las condenas que el ministro Hugo Dolmestch dictó contra otros catorce ex uniformados que participaron en el operativo, también conocido como Matanza de Corpus Christi.

En tribunales se explicó que como Salas Wenzel comenzó a ser juzgado antes de que se modificara la ley, se le aplicará la cadena perpetua simple, lo que permite a partir de los 20 años de prisión pueda acceder a algún tipo de beneficio.

El máximo tribunal también decidió elevar de 15 a 20 años de prisión la condena contra el ex jefe operativo del organismo represivo Álvaro Corbalán Castilla, quien ya se encuentra cumpliendo prisión por otras violaciones a los derechos humanos perpetrados en la dictadura militar.

En tanto, mantuvo la condena a 10 años de presidio contra el comandante (R) de Carabineros Iván Quiroz Ruiz, mientras que aumentó de 7 años y un día a 8 años de prisión el castigo contra el ex agente de la CNI Enrique Neira Donoso.

Estos cuatro otrora miembros deberán cumplir con su castigo en prisión junto al ex agente Manuel Morales Acevedo, quien inicialmente había sido condenado a tres años de prisión pero la Suprema elevó su castigo a cinco años y un día.

En tanto, los ex agentes Luis Arturo Sanhueza Ross, Rodrigo Pérez Martínez, César Acuña Luengo, Patricio Miquel Carmona y Fernando Burgos Díaz fueron sentenciados a cinco años y un día de prisión, mientras que Eric Silva Reichart recibió una sanción de cinco años de cárcel.

Gonzalo Maas del Valle, José Miguel Morales Morales, René Valdovinos Morales, en tanto, fueron condenados a tres años de prisión, mientras que Hugo Guzmán Rojas recibió un castigo de 541 días de cárcel.

La Suprema también confirmó la absolución de 11 agentes que participaron en los operativos y que ya habían sido exculpados por Dolmestch y la Corte de Apelaciones de Santiago, entre los que se encuentran los ex agentes Kranstz Bauer y Jorge Vargas Bories, al igual que el ex fiscal de Carabineros Luis Acevedo.

En junio pasado, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y los parientes de las víctimas alcanzaron un acuerdo de reparación en el que el Fisco se comprometía a pagar una indemnización de $ 300 millones a cada grupo familiar.

Querellantes celebran decisión

El abogado Nelson Caucuto, representante de las víctimas, destacó que esta sea la primera condena perpetua para un militar con grado de general, lo que a su juicio revela "la gravedad de los hechos juzgados y la importancia de este caso".

"Hemos logrado establecer la verdad de lo acontecido y sanciones penales altas, donde hay una condena de presidio perpetuo y también finalmente hay reparación.

En una sola sentencia hemos logrado confluir los tres aspectos que comprende un concepto complejo como es la justicia, los que son la verdad, la sanción penal, y la reparación”, sostuvo.

“Me parece extraordinario haber cerrado este capítulo, con esta sentencias que ha dictado el máximo tribunal”, puntualizó.


Causa Rol Nº 39.122-C: Caso Secuestro Calificado de Julián Peña, Alejandro Pinochet, Manuel Sepúlveda, Gonzalo Fuenzalida, Julio Muñoz

Fuente :Poder Judicial, 14 de Octubre 2013

Categoría : Judicial

1.- Que se condena a RAÚL DEL CARMEN DURÁN MARTÍNEZ, LUIS ALBERTO SANTIBÁÑEZ  AGUILERA,  VÍCTOR  EULOGIO RUIZ GODOY, JUAN  ALEJANDRO  JORQUERA  ABARZÚA, HERNÁN ANTONIO VÁSQUEZ VILLEGAS, SERGIO AGUSTÍN MATELUNA PINO, JOSÉ ARTURO FUENTES PASTENES, JUAN CARLOS  ORELLANA  MORALES,  ROBERTO  HERNÁN RODRÍGUEZ MANQUEL, ALEJANDRO FRANCISCO ASTUDILLO ADONIS, JOSÉ  GUILLERMO  SALAS  FUENTES,  HERALDO VELOZO GALLEGOS, MARCO ANTONIO PINCHEIRA UBILLA JORGE RAIMUNDO AHUMADA MOLINA,  JOSÉ  MIGUEL MORALES   MORALES,   EMA   VERÓNICA   CEBALLOS    NUÑEZ   y PATRICIO LEONIDAS GONZÁLEZ CORTEZ, ya individualizados en autos, por su participación en calidad de autores de los delitos de Secuestro Calificado de Julián Peña Maltés, a la pena de CINCO AÑOS Y UN DIA DE  PRESIDIO  MAYOR  EN  SU  GRADO  MINIMO,  y  accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas de esta causa