Inzunza Melo Omar Arturo

Rut: 6.495.070-3

Cargos:

Grado : Capitán de Bandada

Rama : Fuerza Aérea


Procesan a nueve oficiales (r) FACh por asociación ilícita genocídica

Fuente :elmostrador.cl, 19 de Diciembre 2006

Categoría : Prensa

Corte de Apelaciones de Santiago revocó la decisión adoptada por el ministro Juan Eduardo Fuentes, quien desestimó la petición de encausar a los ex uniformados. Además, el tribunal de alzada procesó a tres de ellos por un secuestro calificado.

La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la petición de someter a proceso a nueve oficiales (r) de la Fuerza Aérea (FACh) bajo la figura de asociación ilícita genocídica, debido a los antecedentes que los sindican como autores de detenciones ilegales, torturas y desapariciones al interior de la Academia de Guerra Aérea, AGA, luego del golpe de Estado de 1973.

Con el voto en contra de la ministra Rosa María Maggi, el ministro Carlos Cerda y la abogada integrante Andrea Muñoz estuvieron por revocar la decisión de primera instancia, adoptada por el ministro Juan Eduardo Fuentes, quien no dio lugar a estos encausamientos.

De esta forma, el tribunal de alzada procesó a Ramón Pedro Cáceres Jorquera, Sergio Fernando Contreras Mejías, Juan Bautista González Figueroa, Orlando Gutiérrez Bravo, Omar Arturo Inzunza Melo, Juan Luis Fernando López López, Víctor Manuel Mattig Guzmán, Roberto Francisco Serón Cárdenas y Luis Campos Poblete, en calidad de autores del delito de asociación ilícita genocídica.

"Se encuentra justificado que en el año 1974, un grupo de individuos se organizó para trabajar coordinadamente en la persecución de personas que pudieren sustentar ideología marxista o activismo de izquierda extrapartidaria, con el objeto de exterminar a estos grupos sociales, atentando criminalmente en contra de sus miembros o seguidores", sostiene el fallo.

Con este fin, "procedieron a la detención de los mismos sin previa orden impartida por autoridad legítima, para luego recluirlos en la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea de Chile, ubicada en la comuna de Las Condes de esta ciudad, donde se los mantuvo incomunicados por prolongados períodos y se los sometió a tratamientos crueles y degradantes y otras variadas formas de tortura física y psicológica", añadió.

Asimismo, la Sexta Sala ordenó dictar órdenes de detención en contra de todos estos uniformados, dado que la gravedad del delito imputado hacen necesaria su detención preventiva.

Secuestro calificado

Por otra parte, el tribunal de alzada encausó a Sergio Fernando Contreras Mejías, Juan Bautista González Figueroa y Víctor Manuel Mattig Guzmán, en calidad de coautores del delito de ilegítima privación de libertad de José Luis Baeza Cruces.

Según se consignó en la resolución, los antecedentes del proceso son también suficientes para justificar la existencia de la ilegítima privación de libertad de la mencionada víctima, ilícito que a la época de su perpetración se encontraba descrito y sancionado en el artículo 141 inciso tercero del Código Penal.

José Luis Baeza Cruces, casado, 2 hijos, dirigente de la Central Unica de Trabajadores (CUT) y del Partido Comunista, fue detenido el 9 de julio de 1974 por efectivos de seguridad pertenecientes a la FACH, presumiblemente en la vivienda ubicada en El Mirador 1868, Santiago. Tras su captura fue trasladado a la AGA, donde se le ve hasta el 29 de agosto de ese mismo año, en muy mal estado físico producto de las torturas a que era sometido.