Fritz Vega Juan De Dios

Rut: 2.389.268-5

Cargos:

Grado : Sargento 1°

Rama : Carabineros

Organismos : Servicio de Inteligencia de Carabineros (SICAR)


Juez procesa a dos ex carabineros por ecuatoriano desaparecido el '73

Fuente :emol.cl, 5 de Junio 2003

Categoría : Prensa

El juez Daniel Calvo, con dedicación exclusiva para investigar casos de derechos humanos, procesó a dos ex carabineros como autores del delito de secuestro calificado de un estudiante ecuatoriano desaparecido en el sur del país tras el golpe militar de 1973.

La resolución afecta al ex mayor de Carabineros Juan Miguel Bustamante León y al ex suboficial Omar Burgos.

La investigación determinó que ambos fueron quienes detuvieron en su domicilio de la ciudad de Temuco al estudiante universitario José García Franco, en la tarde del 13 de septiembre de 1973, dos días después del golpe militar.

Según el informe Rettig, que documentó las violaciones a los derechos humanos durante el gobierno militar, José García Franco, de 31 años, cursaba el séptimo año de medicina en la sede Temuco de la Universidad de Chile y realizaba su internado en el hospital local.

El universitario, según los antecedentes del proceso, permaneció varios días en la Segunda Comisaría de Carabineros de Temuco, de la que desapareció entre la madrugada del 18 de septiembre y el día siguiente.

Los jefes de la comisaría aseguraron a su esposa que su marido había sido puesto en la frontera con Argentina.

Junto con procesar a los ex carabineros, el juez Calvo ordenó su prisión preventiva, que cumplirán en recintos policiales de Santiago.

El proceso por el caso del estudiante ecuatoriano se abrió a través de una querella que su familia presentó el 14 de abril de 2000, dirigida contra el general (r) Augusto Pinochet y todos los que resulten responsables.   

 


Juez Billard condena carabinero (R) por desaparición de médico ecuatoriano

Fuente :lanacion.cl, 8 de Febrero 2008

Categoría : Prensa

El ministro de fuero Joaquín Billard condenó a Juan de Dios Fritz Vega, sargento primero (R) de Carabineros; a Omar Burgos Dejean, quien ostentaba el mismo cargo, y a Juan Miguel Bustamante León, mayor (R) de Carabineros, a la pena de ocho años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autores del delito de secuestro calificado del médico ecuatoriano Félix García Franco.

Además, Hugo Opazo Inzunza, suboficial (R) de Carabineros, fue condenado a diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por su participación en la desaparición del profesional de la salud el 13 de septiembre de 1973.

El juez Billard también acogió la demanda civil solidaria por indemnización de perjuicio y daño moral interpuesta en contra de los carabineros en retiro, sentenciándolos al pago solidario de 30 millones de pesos.


Corte Suprema dicta sentencia definitiva en caso de secuestro de Félix García Franco

Fuente :Afepchile.cl, 3 de Diciembre 2009

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de José Félix García Franco, ocurrido a partir del 19 de septiembre de 1973, en la ciudad de Temuco. 
En fallo dividido (causa rol 2335-2009), los ministros de la Segunda Sala Rubén Ballesteros, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrantes Benito Mauriz, determinaron las siguientes sanciones: 
-Juan de Dios Fritz Vega: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada. 
-Omar Burgos Dejean: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada. 
-José Miguel Bustamante León: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada. 
-Hugo Opazo Insunza: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada. 
En tanto, en el aspecto civil se acogió la excepción de incompetencia del tribunal planteada por el Fisco y se anuló la indemnización por daño moral $ 30.000.000 (treinta millones de pesos) que había sido concedida a los familiares de la víctima. 
En el ámbito penal se adoptó con la decisión contraria del ministro Ballesteros, quien fue de la idea de acoger la figura de la prescripción de la acción penal. En tanto, en lo civil la decisión se adoptó con la opinión desfavorable de los ministros Dolmestch y Künsemüller, quienes estuvieron por desestimar la excepción de incompetencia y pronunciarse por el fondo del asunto. 


Corte de Temuco dicta condena por secuestro de ex diputado radical

Fuente :lanacion.cl, 5 de diciembre 2008

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia por el secuestro calificado del ex diputado radical Luis Lobos Barrientos, ocurrido tras el golpe militar en la localidad de Pitrufquén, Región de la Araucanía.

En fallo unánime los ministros Héctor Toro, Víctor Reyes y Julio César Grandón ratificaron el dictamen del ministro Fernando Carreño, quien el 29 de agosto pasado condenó a ocho años de presidio a Gonzalo Arias González, Eduardo Riquelme Olivares y a Juan Fritiz Vega.

Esta es la undécima condena que dicta la Corte de Apelaciones de Temuco en causa por violaciones a los derechos humanos y la número 13 desde 2004.

Lobos Barrientos fue detenido por primera vez el 13 de septiembre de 1973 por efectivos de carabineros de la comisaría de Pitrufquén, en su domicilio. Fue conducido directamente a esa unidad policial, desde donde fue trasladado a Temuco, y de allí al Regimiento Tucapel.

En esa oportunidad, el otrora fiscal militar Alfonso Podlech – actualmente preso en Europa – autorizó para que fuera llevado a su domicilio de Pitrufquén, con arresto domiciliario.  En esa condición permaneció hasta el 5 de octubre, fecha en que se presentaron en su domicilio funcionarios de Carabineros, al mando del entonces teniente Carlos Moreno, trasladándolo a la Segunda Comisaría de Temuco y luego, por orden del fiscal de Carabineros Gonzalo Arias González fue llevado a la Cárcel Pública de la capital regional.

Permaneció en ese penal hasta el 11 de octubre, día en que fue llevado a la fiscalía de Carabineros, donde se le otorgó la libertad incondicional por falta de méritos. La libertad se le dio a las 19:40 horas y el toque de queda empezaba a las 20:00 horas, por lo que contaba con 20 minutos para llegar a Pitrufquén, distante a 30 kilómetros de Temuco, sin portar dinero, documentos, ni reloj.

Sin embargo, su libertad fue sólo un trámite administrativo, ya que versiones de testigos que afirman que el afectado fue subido a un helicóptero con destino desconocido.

 


Suprema condena a tres años de prisión a ex carabinero por caso de detenido desaparecido

Fuente :radio.uchile.cl, 11 de Agosto 2010

Categoría : Prensa

La Segunda Sala de la Corte Suprema sentenció a tres años y un día de cárcel sin beneficios al ex carabinero Juan de Dios Fritz Vega,  por secuestro calificado (y desaparición) de Luis Lobos Barrientos, ocurrido en 11 de octubre de 1973 en Pitrufquén

En la misma causa, el tribunal absolvió a los ex carabineros Gonzalo Arias González y Eduardo Riquelme Rodríguez.

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Temuco Fernando Carreño en la primera instancia había condenado a ocho años de presidio a los tres procesados, lo que fue ratificado por la Corte de Apelaciones de Temuco.


Cómo fueron las últimas horas de vida del diputado y ex intendente Gastón Lobos

Fuente :litoralpress.cl, 9 de Abril 2021

Categoría : Prensa

La familia, agotada por los sinuosos pasos de la justicia chilena, perdió la esperanza de recibir Justicia por la desaparición del jefe de hogar.

Sentencia civil de tribunal de Temuco, respaldada posteriormente por la Corte de Apelaciones de Temuco, fueron anulados por fallo de la Corte Suprema, que acogió un recurso de casación presentado por el Consejo de Defensa del Estado.

Extraña situación es la que envuelve las últimas horas del diputado Don Luis Gastón Lobos Barrientos, con el cual se muestra como la dictadura realiza asesinatos y desapariciones, a personas, a través de sus agentes del Estado. De eso, han pasado 48 años y aún no hay justicia en Chile.

On fecha 13 de octubre de 2014, bajo el Rol N* 25.921, ingresó en la Corte Suprema de Justicia, Recurso de Casación en el Fondo, deducido por el Consejo de Defensa del Estado, en contra de Sentencia Civil de la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la sentencia del 3” Juzgado Civil de Temuco, que acogió la demanda presentada por la viuda e hijos del diputado radical Gastón Lobos Barrientos, actualmente detenido desaparecido.

El fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, confirmó la sentencia de primera instancia que condenó al Fisco de Chile a pagar la suma de 375 millones de pesos a sus familiares por concepto de daño moral.

En el aspecto penal, (representada la familia por el abogado Jaime Madariaga) en forma previa, el 10 de agosto 2010, la Corte Suprema, conociendo recurso de casación había dictado sentencia condenatoria en contra de Juan de Dios Fritz Vega, funcionario de carabineros, quien en ejercicio de sus funciones cometió el delito de secuestro calificado permanente, en contra de la persona de Gastón Lobos Barrientos, hechos ocurridos durante los meses de septiembre y octubre de 1973, investigados por Fernando Carreño Ortega, en su calidad de ministro visitador.

Lo lamentable es que dicha sentencia condenatoria, con relación al único responsable judicialmente establecido, nose pudo ejecutar dado que el condenado en esta causa Fritz Vega, había fallecido un mes antes, el 1 de julio de 2010, aumentando las nocivas consecuencias en los familiares de Gastón Lobos Barrientos, al provocarse una sensación de impunidad, y falta de oportuna justicia.

Por lo anterior es que el año 2011, la familia dedujo demanda civil en contra del Fisco de Chile para obtener reparación en el contexto de lo establecido por las normas de lus Cogens o Derecho Humanitario El teniente de Carabineros y ayudante de la Fiscalía Militar Germán Uribe Santana ordenó que lo raparan y luego lo paseo por calles céntricas de Temuco, junto a otros detenidos. (gastonlobos. blogspot. Com). internacional y sobre Tratados de Derechos Humanos debidamente ratificados por Chile, y las pertinentes disposiciones constitucionales.
En ese contexto, finalmente el Tercer Juzgado Civil de Temuco dictó sentencia condenatoria en contra del Fisco de Chile, que fue confirmada por la Ilustre Corte de Apelaciones de Temuco, y que en esa fecha, se encontraba en la Excma. Corte Suprema para conocer de un Recurso de Casación interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado. Por parte de la familia, en dicho Recurso de Casación concurrió judicialmente el abogado Cristian Dulansky y el destacado abogado en causas de Derechos Humanos, Héctor Salazar. La causa fue alegada efectivamente en la Corte Suprema con fecha 24 de noviembre de 2014, quedando en estado de acuerdo es decir con la decisión tomada. Paralelamente la Corte ordenó suspender el acuerdo y citar a las partes a una conciliación el 15 de diciembre de 2014. Considerando que además el presidente de la Corte Suprema se reunió por estos temas con el presidente y vicepresidente de la Cámara de Diputados.

La intensión de esta parte era intentar a través de la Cámara de Diputados y de sus miembros y/o representante, o de las instancias que se estimen procedentes, una actitud del de Defensa del Estado, tal y cual seha hechoenotrascausas de importancia pública tales como en el caso del asesinato de Tucapel Jiménez Alfaro, o del Caso del canciller Orlando Letelier y seguramente también el caso de Carlos Prat y otros, en que entendemos se “iguala”, en razón de investiduras, el caso del Diputado Gastón Lobos Barrientos, único diputado activo detenido desaparecido en dictadura, en que finalmente se produjo un proceso de conciliación entre las partes, para poner término a las tramitaciones judiciales. suprema y el CDE El 15 de diciembre de 2014, una hija del diputado detenido desaparecido, Marcela Lobos, junto a sus abogados, se reunió Consejo de Defensa del Estado.

El resultado del proceso de conciliación fue que no se llegó a acuerdo, no hubo oportunidad de diálogo, porque “ya estaba todo definido, se presentó solo un mensajero para comunicar lo determinado por el Consejo de defensa”, dijo a Tiempo21. Posterior a ello la Corte Suprema anunció su fallo que era en contra de la demanda de la familia. La familia se percató que el fallo ya estaba resuelto y lo reservaron para después del proceso de Conciliación.

La sentencia fue pronunciada el 30 de enero de 2015 por la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Rosa Egnem y María Eugenia Sandoval El abogado Integrante, Jorge Lagos no firmó por estar ausente, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa.
Hoy, año 2021, pasados los años y en plena pandemia y perdidas las esperanzas de encontrar la verdad y que se haga justicia, una nueva luz se asoma para la esposa y familia del diputado detenido desaparecido.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos informó que declara admisible la petición realizada por la familia y sus abogados, con relación a la garantía judicial, protección judicial, vida, libertad, seguridad e integridad de la persona, protección contra la detención arbitraria y las obligaciones que tiene el Estado de Chile ante la investidura que tenía Gastón Luis Lobos Barrientos al momento de su detención, secuestro y posterior desaparición. La familia ha recibido esta noticia con esperanza y serenidad, se sabe que es un paso más que se da, y que las posibilidades de encontrar verdad y justicia son posibles.

Se le da la importancia que tiene, el hecho que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, considere que el caso de Gastón Lobos Barrientos ex Intendente y Diputado de la República en ejercicio (1973), debe Lo que da confianza, seguridad y convencimiento que las cosas ahora se harán bien.

Subido a un helicóptero Según un documento del Partido Radical, el s de octubre (1973) Luis Gastón Lobos Barrientos fue detenido nuevamente en su domicilio por el mismo personal de Carabineros, “siendo trasladado a la Cárcel de Temuco. Las autoridades del Recinto informaron que Gastón Lobos quedó en libertad desde ese centro de detención el día 1 de octubre a las 18:50 horas, por orden de la Fiscalía de Carabineros de Cautín.

Posteriormente, la familia afirma haber sido informada por esa Fiscalía que Lobos fue dejado en libertad el 1 de octubre a las 19:40 horas, (el toque de queda regía desde las 19 horas) otorgándosele un salvoconducto para regresar a su hogar.

Versiones de testigos que resultan verosímiles afirman que Gastón Lobos fue subido a un Testimonios que llego a conocer la Comisión nacional de Verdad y Reconciliación, señalan que su cuerpo fue encontrado en la desembocadura del río Imperial y enterrado en un lugar hasta ahora no identificado, por la misma persona que lo encontró y que lo conocía personalmente.

Extraña situación es la que envuelve las últimas horas del diputado Don Luis Gastón Lobos Barrientos, con el cual se muestra como la dictadura realiza asesinatos y desapariciones, a personas, a través de sus agentes del Estado, por su labor como trabajador público, desapareciendo a un Diputado y tratando de eliminar los más altos valores Republicanos que eran representados por seres humanos como Don Gastón, algunos como el socialismo, el humanismo Laico y la Democracia”. 12