Barrueto Bartning Luis Enrique Ricardo Antonio

Rut: 5.283.408-2

Cargos:

Grado : Empresario

Rama : Civil


Nueve detenidos por secuestros producidos en 1973

Fuente :El Mostrador Lunes 4 de Noviembre 2002

Categoría : Prensa

El juez con dedicación especial para casos de derechos humanos, Miguel Salgado, sometió a proceso por el delito de secuestro calificado a nueve personas, entre ellos cuatro ex funcionarios de Carabineros y cinco agricultores, a quienes se responsabiliza por la desaparición de 24 personas en el sector de Alto Biobío, entre septiembre y noviembre de 1973.  El magistrado Salgado dijo que la investigación "por secuestro calificado" no ha sido fácil, debido a la escasa colaboración que se le ha prestado, sin descartar someter a proceso a otros dos ex uniformados". No obstante, el magistrado valoró la investigación preliminar iniciada a partir de 2000 por el titular del Juzgado del Crimen de Santa Bárbara, Waldemar Koch. Salgado asumió como juez especial por resolución de la Corte Suprema, tras los acuerdos de la Mesa Diálogo. Tras ser notificados de la resolución en su contra por el juez Salgado, los nueve procesados fueron recluidos en la cárcel de Los Ángeles. Cuatro de ellos son ex funcionarios de Carabineros, que en 1973 cumplían funciones en la tenencia de Carabineros de Santa Bárbara. Estos son Planté Aravena González, José Godoy Godoy, José Pulgar Riquelme y Héctor Echeverría Beltrán. Los civiles, en su mayoría agricultores de la zona, son: José Valdivia Dames, Luis Barrueto Barnting, Manuel Barrueto Barnting, Jorge Domínguez Larenas y Bernardo Larenas Larenas.


Venganza sin uniforme

Fuente :La Nación 7 de septiembre de 2008

Categoría : Prensa

  La historia no contada de los 36 civiles que provocaron la muerte de cientos de campesinos.

Un equipo de LND recorrió 2.500 kilómetros, en tres regiones del sur de Chile, para escudriñar en los secretos de las matanzas más feroces de campesinos ocurridas en la dictadura. Detrás de esos crímenes estuvieron terratenientes, comerciantes y vecinos que hicieron la guerra sucia aliados con militares y carabineros. A 35 años de estos crímenes, y a pesar de que en algunos casos ha llegado la justicia, la mayoría sigue libre y aún recorren como amos y señores los campos, pueblos y caseríos del país.

Fue la venganza que aterrorizó poblados enteros, amparada cada vez en la oscuridad de la noche. Los autores de los crímenes de campesinos y trabajadores de otros oficios fueron civiles amos del lugar, que tras el golpe militar y aliados con los militares y la policía uniformada, decidieron la vida y la muerte de las víctimas que eligieron. Algunos actuaron disfrazados con atuendos de guerra, preparados y decididos a exterminar a quienes habían defendido sus derechos contra la explotación instalada desde siempre en los campos. A veces, desde antes de la asonada golpista, ejercieron tareas paramilitares junto al movimiento de ultraderecha Patria y Libertad. Otros actuaron vinculados a distintos grupos de corte fascista organizados para oponerse por la violencia a las conquistas de los trabajadores en los años del sueño socialista. Pero todos respondieron con el odio de presenciar cómo sus eternos súbditos y servidores de sus deseos reproductores de la fortuna, les ganaban terreno contrarrestando humillaciones y atropellos de su dignidad y la de sus familias. Especialmente al interior de los fundos donde la ley era el patrón. Historias dramáticas donde en algunas ocasiones los mismos padres o parientes culparon a los suyos por involucrarse en las luchas sindicales por mejoras laborales, justificando a sus patrones, a estos activistas civiles y a los militares, por haberles dado caza y hacerlos desaparecer. En cada ciudad, en cada pueblo o caserío precordillerano donde la muerte llegó vestida de civil o disfrazada de verde olivo, el terror infundido por la mano de estos poderosos permanece hasta ahora. Sus habitantes se muestran hostiles a las preguntas sobre aquellos tiempos. Invocan el olvido por el paso del tiempo, o simplemente confiesan mirando alrededor que todavía temen a que regrese el azote que llenó de sangre las calles y senderos rurales. Algunos de estos civiles autores de las masacres todavía se pasean por los mismos recorridos que frecuentan los familiares de los caídos para comprar el pan del día. A veces los escupen al pasar, insultándolos por haberlos llevado a sentarse en las bancas de los acusados en un tribunal. Las madres o hermanos que se atrevieron desde temprano a vencer el miedo de la amenaza constante persiguiendo judicialmente a estos hechores, sufrieron el doble castigo de perder a los suyos y recibir el desprecio de sus vecinos. Y hasta de los propios compañeros de combate de sus deudos, que cruzaron al otro lado de la vía para esquivar aquellos ojos tristes y desamparados que nunca dejaron hasta hoy de buscar a sus desaparecidos.La Nación Domingo recabó la lista de los 51 civiles procesados o condenados por el secuestro y desaparición, o por los homicidios, de operarios del campo y otros que ejercían múltiples oficios. Del total, 15 corresponden a alemanes de Colonia Dignidad, que no son abordados en este reportaje porque sus andares son conocidos. Sin embargo, en la gran mayoría de los otros 36, sus identidades y acontecimientos permanecen todavía desconocidos públicamente. El equipo de tres periodistas de LND recorrió 2.500 kilómetros y cruzó tres regiones entre Osorno y Los Ángeles, incluyendo zonas precordilleranas, para rehacer la ruta de la venganza. Todo sucedió en medio del temporal más grande de los últimos 30 años, que dejó 17 mil damnificados, sorteando con su vehículo carreteras y caminos interiores inundados. Miguel Ángel Fuentealba tenía cinco años cuando el 10 de octubre de 1973 el negro de la noche se tiñó de rojo en el caserío de Liquiñe, 150 kilómetros al este de Valdivia, cerca de la frontera con Argentina. A su padre lo llevaron junto a otros diez campesinos sobre el puente del río Toltén en Villarrica, le dieron varios tiros y le abrieron el vientre con corvo para que su cuerpo no flotara y desapareciera en la corriente. Miguel, hoy en los cuarenta, por muchos años no supo qué pasó con su padre, Isaías. Por las tardes se peinaba bien, se ponía su mejo r ropa, "y bien lustradito me sentaba en un sillón que había afuera de la casa a esperar que mi viejo volviera en la micro del fundo en la que siempre llegaba". Tartamudea un poco, lo que le sobrevino desde entonces, mira a los ojos, y de repente su voz se hace más leve por la emoción del recuerdo. Afuera, en las calles de Villarrica, donde lo encontramos en un café, la lluvia es imponente. Luis García Guzmán era el hijo de Julián, dueño de las Termas de Liquiñe, rabiosos anticomunistas ambos. La hostería y cabañas del complejo sirvieron de cuartel general para la cacería. Allí, Luis García y su padre, ya fallecido, le hicieron la lista de quiénes había que cazar al capitán Hugo Guerra Jonquera, que llegó con fuerzas militares de Valdivia. Los García pusieron también los vehículos para transportar a los detenidos hasta su destino final. Once campesinos de los fundos Paimún, Trafún y Carranco sufrieron la condena que les impusieron estos amos y señores del pueblito. El Complejo Forestal y Maderero Panguipulli, al que pertenecían los tres predios, la mayor área maderera en hectáreas y poder de los campesinos de la historia de Chile, fortalecido durante el Gobierno de Allende con José Liendo Vera, el "comandante Pepe", como su principal líder, fue temido entonces por los terratenientes de la precordillera de la X Región. Ahora era el tiempo de la reversa, cuando había que cobrar en vidas. Pero esa noche la esposa de Luis García, María Hernández Calderón, vio todo. Veinte años después, García la abandonó con sus dos hijos por otra mujer, y fue ella quien ahora se vengó y denunció lo que presenció aquella noche de octubre: los once campesinos amarrados y vendados arriba de los vehículos de los García, y su marido manejando, uno de ellos vestido de militar. Ella vio salir desde la hostería el convoy de la muerte destino al río Toltén. Refugiados de la lluvia bajo el alerón del edificio donde habita en Villarrica, María habló con LND para contar su desdicha. Pero después de su confesión a la justicia en 2005, García la visitó y con amenazas la obligó a firmar una carta desdiciéndose de sus declaraciones donde relató lo sucedido. "Le firmé la carta para que me dejara tranquila, porque era prepotente, ya nadie lo quiere por eso". Pero meses después, la mujer arremetió de nuevo y volvió a ratificar sus dichos en el proceso que se instruye por este episodio. Sorprende su entereza y valor, y sus ideas claras. Huimos del frío y la lluvia y nos acompaña a tomar chocolate caliente para entibiar los recuerdos amargos. Como una jugarreta del destino, Luis García, que también fue "alguacil" de Carabineros, bautizó su actual negocio de maderas nativas con el nombre de uno de los fundos de la tragedia: "Maderas Nativas Paimún S.A.", en la carretera entre Villarrica y Lican Ray. Allí lo buscamos sin suerte. Su mujer dice que está en Santiago. Miguel Ángel, uno de los cinco hijos que dejó su padre, Isaías, no oculta que por mucho tiempo pensó en matar a los García cuando años después supo la verdad. De adolescente debió trabajar en las termas porque eran los únicos que en el villorrio daban trabajo. Su madre, Honorinda, también sirvió para los señores. Y los García con sus compinches militares siguieron acudiendo a festejar y cantar con la guitarra a la fonda de su abuela en Liquiñe. "Hay todavía una esperanza de que él vuelva, aunque sé que es irracional Mi hija me dice a veces: ¿y si el abuelo está vivo en otro país? Es que la mente es tan extraña", divaga Miguel Ángel, mirando por la ventana del café a la calle mojada. En octubre de 1994, los García vendieron el complejo turístico a la Armada, que lo adquirió en 196 millones de pesos, bajo la lupa del notario de Panguipulli Leonardo Calderara. Consultado el comandante en jefe, almirante Rodolfo Codina, afirmó desconocer el trágico pasado de lo que ahora es un sitio de esparcimiento para oficiales y gente de mar. "Desconozco si estas termas tenían alguna vinculación con violaciones de los derechos humanos", respondió el almirante a LND. En Liquiñe, las tías de Miguel Ángel, Gloria y Marta, se sorprenden con nuestra llegada a preguntar por aquel pasado que ellas y todo el pueblo quisieran enterrar para siempre. Suenan violentas las expresiones de cariño hacia "el abuelo Julián" y "don Lucho", los García que ayudaron a matar a su cuñado Isaías. Marta es directa: "Él se lo buscó, para qué anduvo metido en tonteras", sentencia en defensa de los amos del caserío. Y completa el sentimiento advirtiendo que fue Isaías el verdadero culpable de su propia muerte y no los García. Las palabras de la mujer parecen su propia sentencia en el almacén donde la encontramos. Su hija también habla familiarmente del "abuelo Julián" como si fuera el suyo propio. Hace un par de años, el pueblito de Liquiñe salió a las calles con banderas y pancartas para apoyar a Luis García, después de que éste fue condenado en primera instancia a cinco años y un día como autor de los secuestros y desaparición de los campesinos. "Don Lucho" llegó pidiendo firmas de apoyo en su favor, y casi todos los 1.200 habitantes del lugar lo respaldaron y abrazaron. Es la vida real y contradictoria de estas aldeas donde a veces parece que ni el mismo Cristo llegara todavía. Tan contradictorio como el cielo tormentoso que de repente se abre en un descanso del diluvio, y en medio de la oscuridad, la soledad y el silencio más pleno nos devela su manto de estrellas y constelaciones que sobrecogen y que contemplamos entumidos, con respeto a la inmensidad y al misterio de ese universo del sur. Bajando hacia el norte, en la VIII Región, está Santa Bárbara. Desde ahí, más de 30 kilómetros hacia la cordillera, un interminable camino sinuoso, lleno de barro y plagado de bosques forestales, termina en el imponente fundo El Huachi. Lo antecede sólo el caserío del mismo nombre, humilde a su alrededor, que parece una prolongación azarosa del campo propiedad de la familia Barrueto Barting. No es casualidad que todos los conozcan, ya que muchos de los lugareños trabajan sus tierras y se instalaron ahí buscando una forma de subsistir. Para llegar hasta el fundo donde viven los hermanos Manuel y Ricardo Barrueto sólo basta con pronunciar su apellido y los brazos se alzan siempre en la misma dirección, profundo hacia los bosques. Ya al interior de la propiedad, una de las empleadas de la casa con impresionante vista al río Huequecura nos cuenta que "el patrón" salió de mañana, debido a que tiene otro domicilio en Los Ángeles y que alterna su permanencia entre ambos lugares. "Está algo enfermo, partió a hacerse unos exámenes, lo más probable es que llegue mañana o pasado", dice con amabilidad. Tras la desalentadora respuesta, la vuelta hacia Santa Bárbara se hizo inevitable. Luego de avanzar por colinas escarpadas, apareció el camino que indicaba la salida del fundo. Pero el portón está bloqueado por una moto todo terreno que se encuentra atravesada, como si fuera un pino más de los miles que los Barrueto tienen en su predio dispuestos para la tala. A un costado del vehículo, un hombre alto espera en actitud amenazante. Tiene pelo cano, ojos secos y el rostro envuelto en un par de mejillas pálidas. Usa un jockey rojo y con la mirada baja se acerca inquisidor. En una mano lleva una cámara fotográfica digital; la otra se posa sobre un bulto ubicado en su cintura. Luego de escrutar el automóvil y a sus integrantes, su pequeña boca cuenta escuetamente que es Ricardo Barrueto Barting. No lo reconoce, pero él es uno de los dos hermanos que actualmente se encuentran procesados por el secuestro de seis campesinos, recién ocurrido el golpe, todos ellos empleados en su fundo Sin más trámite nos expulsa de la propiedad; no hay más preguntas. "Acá no se entra sin mi permiso", sentencia. Toma una fotografía de nuestro automóvil y de la patente, mientras nosotros lo inmortalizamos de vuelta con nuestra cámara. Veinticuatro horas más tarde nos enteraríamos que a la empresa Seellmann Rent a Car llamó un supuesto detective de la Policía de Investigaciones, donde fue arrendado el vehículo, para pedir los datos de los arrendatarios, argumentando que había sido utilizado "por activistas mapuches para causar disturbios". Doña Norma Panes conoce bien las tretas de Ricardo Barrueto. En 2006 luego de que el ministro de la Corte de Apelaciones de Concepción Carlos Aldana asumiera varias causas de derechos humanos en la zona del Biobío tuvo un careo con él. Se dio en medio de la reconstitución de la escena por los 20 secuestros de obreros y campesinos que sufrió la localidad de Santa Bárbara entre septiembre y octubre de 1973 y que tienen hasta ahora a muchas familias sin conocer el paradero de sus padres, maridos, hijos o hermanos. Ahí, frente a su rostro, Ricardo le señaló que la noche en que su marido, Miguel Cuevas Pincheira, "fue sacado de la casa en calzoncillos por hombres uniformados", él no estaba ahí. Pero ella asegura que los Barrueto fueron parte del grupo de civiles que, disfrazados de militares, se llevaron a su marido en medio de la noche del 20 de septiembre. Norma Panes dice que los vio claramente y también su hija. Al mostrarle la foto actualizada (ver imagen) que obtuvimos de Ricardo Barrueto, Norma no duda: "Es él". Su rostro, como el de Manuel, quedaron grabados en su memoria con tanta fuerza como aquellos años en que su marido fue un trabajador más del fundo El Huachi, labor que alternaba con su oficio de zapatero. Los testimonios de las familias de seis campesinos más que trabajaban en El Huachi, secuestrados el mismo día y en horas cercanas, permitieron que en 2002 se procesara a los Barrueto y a los civiles Sergio Fuentes Valenzuela, Jorge Domínguez Larenas y los también hermanos Jorge y José Valdivia Dames, quienes conformaron una verdadera mini-Caravana de la Muerte. Norma lo grafica de la siguiente forma: "Ese día lo que hizo el grupo de civiles, todos ellos miembros de Patria y Libertad, junto a los carabineros fue, literalmente, limpiarle el campo a los Barrueto". Luego, un recuerdo de los años posteriores a la desaparición de su marido viene a su mente: "Todos ellos eran amigos entre sí. En una ocasión, en plena dictadura me topé con un par en una esquina. Como sabían que yo todavía buscaba a mi marido, me escupieron a la cara", dice. La actitud de los Barrueto, al parecer, no es muy distinta. Tras mover la motocicleta para dejar libre la vía, minutos después, uno de los campesinos nos hizo dedo para acercarlo a la carretera que une Ralco con Los Ángeles. En el camino contó que Barrueto le había consultado si sabía de quién era el vehículo blanco que había ingresado sin permiso al fundo. Y nos advirtió sobre Ricardo: "Cuando los vio entrar a ustedes dijo que de aquí no salían". El joven, un sencillo trabajador forestal, con lucidez agregó que "es un hombre malo, prepotente, un carajo como patrón, que paga apenas para subsistir. Se aprovecha del sufrimiento y la necesidad del trabajador". Actualmente, los civiles responsables de la matanza permanecen procesados. Luego de ejecutarlos, la mayoría fueron lanzados al río Biobío desde el puente de Santa Bárbara. Unos pocos kilómetros al sur de Santa Bárbara, en Mulchén, otra ola de secuestros se llevó a cabo gracias al trabajo coordinado de civiles y Carabineros. Organizados de la misma forma, pero en esta ocasión vestidos con sus ropas, llegaron en la noche a buscar su venganza. Una de ellas recayó sobre el obrero y dirigente de un sindicato campesino José Orellana Gatica. Sus aprehensores: Rolf During Pohler y Samuel Arriagada Domínguez, más el contingente policial a su servicio. El motivo era claro: el obrero trabajaba dentro del fundo Verdún (nombre que alude a la sangrienta batalla de la Primera Guerra Mundial protagonizada por alemanes y franceses), cuyos dueños eran los padres de During. La esposa de José Orellana, Sara Mendoza, recuerda que la noche del 28 de septiembre del ‘73 el piquete llegó afuera de la casa que tenían al interior de la propiedad patronal. Sin preguntar abrieron fuego y luego de unos instantes botaron la puerta. Tomaron a su marido y lo sacaron a la fuerza. No le fue difícil reconocer a During y a Arriagada, ya que siempre los veía juntos dentro del fundo. Desesperada, salió con un candelabro, pero de un balazo lo volaron de su mano. El padre de José, quien también vivía ahí y trabajaba para los During, no se levantó. Su esposa le rogó que intercediera a favor de su hijo, pero el hombre, fiel a su patrón, le contestó que se callara y siguiera durmiendo. Pocos días después, el hombre echó a Sara del fundo y continuó trabajando para los During durante toda su vida. En ese momento ella tenía 21 años y seis meses de embarazo. Para el equipo de LND fue imposible dar con Rolf During, ya que se mueve entre varias propiedades que mantiene entre la VIII, IX y X Región. Sin embargo, encontramos a su hasta ahora inseparable amigo, Samuel Arriagada, con quien viajó en el mismo vehículo a declarar por este caso a la Corte de Apelaciones de Concepción. También hijo de latifundistas, pero hoy venido a menos, Arriagada no figura en ningún registro público. Sólo la casa a nombre de su hermana nos alerta sobre su posible presencia. Es una casona de madera, antigua, ubicada en la esquina de las calles Soto y Villagrán. En un pequeño almacén, ubicado a un costado, nos confirman que en esa casa vive Samuel Arriagada y que si bien es un personaje poco afable, no saben que esté involucrado en crímenes cometidos durante la dictadura. Ante la presencia de una cámara fotográfica, de todas las personas que pasaron por el lugar, el único que puso mirada sospechosa y se molestó cuando fotografiaban el frontis de la casa fue un tipo de unos 65 años, que vestía casaca y blue jeans. A los pocos segundos ingresa al domicilio y ya no queda duda: es Samuel Arriagada. Consultado por su situación procesal, al principio negó estar involucrado en ningún juicio. Al recordarle que estuvo detenido varias semanas, en 2003, dice no tener nada que ver y que no confía en la prensa. No aceptó más preguntas, sólo se mantuvo con la vista fija hasta que nos perdimos de su esquina. Su hermetismo silencioso contrasta con la imagen que se llevó Sara cuando se careó con él. "Le faltó sólo pegarme", recuerda. Pero ella nunca se achicó. "Cada vez que los encontraba en el banco o en algún lugar, yo llegaba con mi hijo en brazos y le decía, sobre todo a Rolf: ‘Mátame a mí también’. Él siempre se limitaba a bajar el rostro. Su madre llegó a ofrecerme dinero para que yo dejara de acusarlos. A mí eso no me interesaba. Ni un peso les acepté", cuenta la mujer de ojos negros y sonrisa tierna. La actitud combativa de Sara es aislada. Los hermanos de José, por ejemplo, se negaron a realizarse exámenes de ADN en el Servicio Médico Legal para determinar si algunos de los restos óseos encontrados en diversas partes de Chile pueden coincidir. "Tienen miedo de que el golpe vuelva y arrasen con todo nuevamente", advierte Sara. De todas formas, para ella siempre pudo más la añoranza de volver a encontrar a su marido. A pesar de que vivió 20 años con otro hombre y tuvo un hijo con él, no duda en mostrar sus cartas. "Elijo a José cien veces. Mis mejores momentos son cuando sueño con él. Estoy a su lado y me dice que deje de buscarlo. Ahí lo escucho y soy feliz. Cuando despierto todo cambia", cuenta. Aunque ninguno de los dos confesó el secuestro, actualmente Samuel Arriagada está condenado en primera instancia a cinco años y un día de presidio por el secuestro calificado de José Orellana. A Rolf During, en tanto, se le impusieron 10 años. El motivo es que el descendiente de alemanes guarda otro muerto bajo la mesa. En este último caso sí reconoce que fue uno de los que apretó el gatillo.En su declaración judicial ante el ministro con dedicación exclusiva Carlos Aldana, Rolf During reconoció que el 28 de septiembre, mientras hacía guardia de apoyo a Carabineros, recibió a Jorge Narváez Salamanca, quien llegó detenido en compañía de "un grupo de personas". No recuerda quiénes eran. Posteriormente, relata During, subió a un auto y se sentó al lado de Narváez hasta que llegaron al retén de Quilaco, un pequeño pueblo ubicado a pocos kilómetros de Mulchén. Ahí los esperaba el teniente de Carabineros Jorge Maturana (también condenado). Luego de una hora de espera, lo llevaron hasta el puente Quilaco, ubicado sobre el río Biobío, lo sentaron sobre una de las barandas y luego procedieron a ejecutarlo. El otro civil que estuvo presente en la escena del crimen, José Horacio Pacheco Padilla, también declaró que During fue uno de los tres que disparó. Respecto de su participación, señaló que participó de la detención y que, como no estaba armado, sólo fue testigo ocular. Sin embargo, Pacheco Padilla era compañero de colegio en el Liceo de Hombres de la ciudad de Jorge Narváez (iba un curso más arriba), pertenecía al grupo Patria y Libertad y también al grupo de apoyo civil a Carabineros. Por otro lado, Narváez tenía entonces 15 años, militaba en el MIR. De ahí que la evidencia judicial apunta a que fue él quien entregó el nombre de su compañero. Cuando se pregunta por José Pacheco, en Mulchén su nombre suena conocido. "Maneja un colectivo de esos de letrero amarillo", comenta un vecino. La descripción agrega que trabaja para la "línea número 2", que tiene su garita al final de la calle Victoria, casi en el límite urbano de la pequeña ciudad. Es una casucha verde de madera, rodeada de los clásicos vehículos negros que llegan y se van. El resto de los colectiveros dicen que Pacheco maneja un Chevrolet Corsa, el único que hay en la línea. Además, todos cuentan que es un tipo afable y simpático. Ninguno de ellos reconoce saber que tenga algún tipo de problemas con la justicia. Lo consideran un hombre tranquilo que vive junto a su familia. Tras unos minutos de espera, el vehículo aparece. De su interior desciende un tipo de unos 52 años, robusto, panzón, canoso y de bigote. Se apresura a indagar el motivo de nuestra presencia. "Una carrerita hacia Los Ángeles", le respondemos como excusa para saber cómo se desenvuelve a pesar de su pasado. Decide posar junto a su vehículo, con absoluto relajo. En más de 32 años, nadie, excepto uno o dos familiares de las víctimas, le recordó su crimen: haber sido parte de un grupo de voluntarios que detuvieron ilegalmente a Jorge Narváez Salamanca, y participar en su ajusticiamiento. Al igual que Rolf During, durante años Pacheco negó su participación en la muerte de Narváez. Sólo en los últimos años la memoria se le ha refrescado. Actualmente está condenado a cinco años y un día. Si se confirma su sentencia de primera instancia, tendrá que ir a prisión. During también.

La metralla y el zumbido de las balas rompían el silencio de la noche del sur. Hoy, a medianoche, en los rincones de la X Región se sigue oyendo el batir de los árboles resistiendo el viento, las gotas de agua que caen desde las ramas y el murmullo de la fauna nocturna. La noche del 16 de septiembre de 1973 fue una de aquellas donde no fueron los truenos los que rasgaron la naturaleza, sino las ráfagas de las armas de uniformados y civiles que se descargaban contra campesinos, que eran parte generacional de esa naturaleza. Esa misma fecha, a la misma hora, la familia Valderas se preparaba para dormir. Aunque habían sabido del golpe en Santiago, ellos no pensaron que las caravanas de la muerte que se desataron en el país podrían llegar hasta ellos. Es más, los 16 hermanos que componían la familia comenzaban a llegar para juntarse los días de Fiestas Patrias.Todo esto hasta que se oyeron los pasos de varios hombres que se venían sobre la humilde vivienda, ubicada a 200 metros del camino que bordeaba el lago Puyehue. Flavio, el hijo mayor, se topó casualmente a mitad de camino con el grupo, cuando se dirigía a la letrina. "Alto ahí, buscamos a Flavio Heriberto Valderas, no te movái conchetumadre; te vamo a matar, culiao", dijo un carabinero. Un culatazo le quebró el arco superciliar derecho al joven y le desprendió parte de la piel. "Mi madre dijo que se le había salido el ojo del golpe", relata su hermana Luz Marina.En su sencilla casa, ubicada en calle Diego de Almagro, ella relató a LND que "mi hermano era un chiquillo tranquilo, trabajador, que hacía un par de semanas se había peleado con un carabinero, y éste lo había amenazado. Esa noche, Barrientos acompañó a la patrulla de Carabineros, los guió y les facilitó vehículos. También les indicó donde vivía ‘Cantarito’ y entró con el destacamento para señalarlo, porque también pensaba que mi hermano le había trancado la puerta de su casa para molestarlo". Consta en el expediente del caso que Flavio Heriberto nunca tuvo una actividad política y que su muerte, más bien correspondió a una venganza personal. Pero Luz Marina Valderas no ha olvidado ninguna de las numerosas ocasiones que ha tenido que encontrarse con Jorge Barrientos Camadro, en Osorno. La justicia dice que fue uno de los responsables del secuestro y posterior desaparición de su hermano Flavio Heriberto, a quien apodaban "Cantarito". Actualmente, Barrientos es un tipo que viste siempre con chaqueta, blue jeans y botas. Usa un sombrero de huaso y se moviliza en un todo terreno. Tiene dos fundos: uno en Puerto Octay y otro en Puyehue. Su vida, en los últimos 35 años, ha sido tranquila, a excepción de sus constantes arrebatos violentos y su conocido mal genio. El ex dueño de la Radio Sago, Pedro Burgos, relató a sus cercanos sobre una reunión en el club de caza y pesca local, donde asistió el sujeto. El anciano relató cómo Barrientos sacó de su cintura una pistola para disparar al aire porque no estaba de acuerdo con una decisión. Así ha pasado su vida, entre los fundos, la Feria Tattersall de ganado y, recientemente, desfilando por tribunales y pasando un tiempo en la cárcel. Luz Marina hace muchos años que trabaja para el senador Eduardo Frei Ruiz-Tagle. Ella cuida el departamento que el legislador mantiene en un céntrico edificio. Pero también trabaja, desde hace años, como garzona en eventos. "Una vez me tocó el cóctel de inauguración de una planta de secado de Soprole. Yo servía en una bandeja y tuve pasar por su lado. Me conoció y me botó la bandeja de un manotazo", recordó la mujer. Tampoco dice olvidar el odio con que la miró la mañana en que, nuevamente por casualidad, pasaba a dejar las llaves de su camioneta a un puesto de flores, antes de partir a Concepción, donde le esperaban varios días de prisión preventiva, el único tiempo que ha estado privado de libertad por la desaparición forzada del campesino. Luego del recorrido, constatamos que a 35 años de las matanzas, estos "señores" siguen siendo los amos de sus pequeños reinos, cuyos súbditos les siguen temiendo, como si fuera hoy esa misma fatídica noche que muchos habrían preferido no vivir.


Santa Bárbara y Quilaco en 1973

Fuente :La Nación 15 de junio de 2011

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Concepción dictó sentencia en la investigación por el secuestro de 29 personas entre septiembre y noviembre de 1973, en el marco de la dictadura militar

El ministro en visita Carlos Aldana de la Corte de Apelaciones de Concepción dictó sentencia de primera instancia en la investigación por los secuestros de 29 personas, ocurridos en las localidades de Quilaco y Santa Bárbara, Región del Bíobío, entre septiembre y noviembre de 1973. El magistrado dictó condena en contra de las personas que participaron en los secuestros calificados, ocurridos en Santa Bárbara, de José Rafael Zúñiga Aceldini, José Secundino Zúñiga Aceldini, José Gilberto Araneda, Juan de Dios Rubio Llancao, Julio Rubio Llancao, José María Tranamil Pereira, José Guillermo Purrán Treca, José Domingo Godoy Acuña, Julio César Godoy Godoy, Desiderio Aguilera Solís, José Nazario Godoy Acuña, Manuel Salamanca Mella, José Mariano Godoy Acuña, Miguel Cuevas Pincheira, Juan de Dios Fuentes Lizama, Juan Francisco Fuentes Lizama, Elba Burgos Sáez, Sebastián Hernaldo Campos Díaz, Aliro Oporto Durán, Sergio D'Apollonio Petermann. En tanto, la sentencia también contempla los secuestros, ocurridos en Quilaco, de Cristino Humberto Cid Fuentealba, José Félido Pinto, Luis Alberto Cid, Luis Alberto Bastas Sandoval, Raimundo Salazar Muñoz, Gabriel José Viveros Flores, Segundo Marcial Soto Quejón y José Roberto Molina Quezada. Los sentenciados por los secuestros de Santa Bárbara son:

Planté Euclide Aravena Sáez: 10 años y 1 día. Sin beneficios.

Héctor Isaías Echeverría Beltrán: 7 años y medio. Sin beneficios.

José Jaime Godoy Godoy: 7 años. Sin beneficios.

José Heraldo Pulgar Riquelme: 7 años. Sin beneficios.

Jorge Denis Domínguez Larenas: 6 años y medio. Sin beneficios.

Sergio Amado Fuentes Valenzuela: 6 años y medio. Sin beneficios.

Jorge Eduardo Valdivia Dames: 6 años y medio. Sin beneficios.

José Roberto Valdivia Dames: 6 años y medio. Sin beneficios.

Luis Enrique Ricardo Barrrueto Barting: 6 años y medio. Sin beneficios.

Manuel Dario Barrueto Barting: 6 años y medio. Sin beneficios.

Pedro Segundo Ruiz Pardo: 541 días. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.

En tanto, los condenados por los secuestros de Quilaco son:

Eugenio Villa Urrutia: 7 años. Sin beneficios.

José Eleodoro Burgos Sandoval: 7 años. Sin beneficios.

Juan Carlos Burgos Belauzarán: 7 años. Sin beneficios.

Carlos Santiago Sepúlveda Rivera: 7 años. Sin beneficios.

José Feliciano Gutiérrez Ortiz: 7 años. Sin beneficios.

Exequiel del Carmen Celedón Barrera: 7 años. Sin beneficios.

Además, se acogió la demanda civil planteada en contra del fisco, determinando que se debe cancelar 60 millones de pesos a Gretel del Carmen Godoy Acuña por el secuestro de su hermano Sebastián Campos Díaz; 80 millones de pesos a Jacinta Godoy Acuña por el secuestro de su cónyuge Manuel Salamanca Mella, y 15 millones de pesos por el secuestro de sus hermanos José Domingo, José Nazario y José Mariano Godoy Acuña; 70 millones de pesos a Ana María D' Apollonio Zapata por el secuestro de su padre Sergio D'Apollonio Petermann; 70 millones de pesos a Ana María Zúñiga Beroiza por el secuestro de su padre José Zúñiga Aceldini, y 10 millones de pesos por el secuestro de su tío José Secundino Zuñiga Aceldini. En tanto, los condenados deberán pagar solidariamente 80 millones de pesos a Norma Panes Panes, cónyuge de Miguel Cuevas Pincheira, y 40 millones de pesos a Maritza Pilar, Fabiola del Carmen, Víctor Hugo, Dorian Inés y Miguel Ángel Cuevas Panes (hijos de Miguel Cuevas Pincheira), ya que este grupo familiar no presentó acción contra el fisco.


Reabierta causa por detenidos desaparecidos de Mulchén

Fuente :Resumen.cl 02 de Noviembre de 2013

Categoría : Prensa

El ministro especial para causas de Derechos Humanos, Carlos Aldana Fuentes, reabrió esta semana el sumario por la desaparición de 18 campesinos de la comuna de Mulchén ocurrido en 1973. Luego de seis meses de haber decretado el cierre del sumario, el ministro decidió reabrirlo de oficio para investigar la participación de uniformados, particularmente del Regimiento de Los Ángeles, en la “Operación Retiro de Televisores” efectuada a comienzos de 1979. Esta operación consistió en practicar exhumaciones ilegales de las víctimas ejecutadas y sepultadas clandestinamente (hechas desaparecer) durante las acciones de represalia y castigo que llevaron a cabo los uniformados y civiles fachos en funestas razias represivas; en los campos de la zona estas razias fueron masivas y cruentas. Años más tarde, luego del descubrimiento de los cadáveres de desaparecidos de Buin y Paine en los Hornos de Llonquén, cerca de Santiago, el tirano ordenó limpiar el territorio de tumbas clandestinas y hacer desaparecer los restos de las víctimas ya desaparecidos. Esta perversa operación fue encabezada, organizada y coordinada, por el recientemente suicidado ex jefe de la CNI Odlanier Mena Salinas. Al momento del cierre del sumario, en abril de este año, el ministro Aldana solo había procesado a cinco carabineros en retiro por los delitos de secuestro y homicidio calificado de las víctimas, pero sin procesar a nadie por la operación del 79. Al decretar la reapertura señala que ha advertido la necesidad de dictar nuevas diligencias para cerrar el caso. La abogada Patricia Parra, del Programa de Derechos Humanos, celebró la reapertura puesto que espera que se procese a otros cinco civiles y ex uniformados por la comisión del delito de homicidio calificado de las víctimas. Por otra parte, señala que existen antecedentes claros y suficientes sobre quienes tuvieron participación en las exhumaciones ilegales e incineración de los restos en hornos al interior del regimiento de Los Ángeles. En la investigación han surgido los nombres de nueve ex militares del regimiento de Los Ángeles y agentes de servicio de inteligencia de esa unidad.

Los crímenes

Los asesinatos se cometieron en operaciones punitivas llevadas a cabo en octubre de 1973. Los campesinos fueron hechos prisioneros y ejecutados en tres lugares distintos de la zona cordillerana de Mulchén. Los fusilamientos se registraron en el fundo El Morro, ubicado a 50 kilómetros al interior de Mulchén,; en el fundo El Carmen-Maitenes, ubicado a 80 kilómetros; y en el fundo Pemehue, situado en la alta cordillera, a más de 100 kilómetros de la ciudad. El 6 y 7 de junio del año 2009 el ministro Aldana realizó intensas reconstituciones de escena con el fin de establecer responsabilidades en las detenciones, ejecuciones, inhumaciones ilegales y exhumaciones ilegales de los campesinos. En la diligencia quedó acreditada la secuencia de los hechos y la participación de los hechores en los delitos, así como la ulterior operación de borrado de huellas que efectuaron en 1979. Los 18 campesinos asesinados entre los días 5 y 7 de octubre de 1973 fueron los hermanos Alejandro Albornoz González (de 48 años), Alberto Albornoz González (41), Felidor Exequiel Albornoz González (33), Guillermo José Albornoz González (32), Daniel Alfonso Albornoz González (28), y un hijo de Alejandro de nombre Miguel del Carmen Albornoz Acuña (20); Luis Alberto Godoy Sandoval (23); José Fernando Gutiérrez Asencio (25); Juan de Dios Laubra Brevis (26); Juan de Dios Roa Riquelme (35); los hermanos José Lorenzo Rubilar Gutiérrez (33), José Liborio Rubilar Gutiérrez (28), Florencio Rubilar Gutiérrez (24); Gerónimo Humberto Sandoval Medina (22); Domingo Sepúlveda Castillo (29); Edmundo José Vidal Aedo (20); Celsio Nicasio Vivanco Carrasco (26) y José Florencio Yáñez Durán (34).

Los criminales

Las unidades represivas estaban integrantes por efectivos del ejército, provenientes del Regimiento de Los Ángeles, carabineros, que operaban con una orden expresa del capitán Sergio Neira Tapia de Mulchén, y una horda de civiles fachos comandados por el latifundista Romualdo Guzmán Saavedra. Los carabineros estuvieron comandados por el entonces teniente Jorge Maturana Concha, y los carabineros Osvaldo Díaz Díaz y Héctor Armando Guzmán Saldaña; entre los civiles, además del facho Guzmán Saavedra, destacaban Aquiles Guzmán Fritz, Francisco Urrizola Elías, Ramón Elías Abella, Rofh Düring Pohler, Raúl Tirapeguy, Carlos Lehman, y Samuel Arriagada Domínguez.La comitiva criminal comenzó actuando en el fundo El Morro el día 5 de octubre. Allí detuvieron, torturaron y asesinaron a Juan Laubra Brevis, Domingo Sepúlveda, Edmundo Vidal, Celsio Vivanco y José Yáñez. El día 6 continuaron por el fundo El Carmen-Maitenes donde obraron de igual manera contra Alejandro, Guillermo, Daniel y Miguel Albornoz, José Liborio, José Lorenzo y Florencio Rubilar, y Luis Godoy. El día 7 llegaron al fundo Pemehue donde ejecutaron a Alberto y Felidor Albornoz, Juan Gutiérrez, Juan Roa y Gerónimo Sandoval. Los campesinos asesinados fueron enterrados o semienterrados en fosas clandestinas en los mismos lugares donde fueron ejecutados.

Borrado de huellas

Seis años después de los crímenes, los mismos ejecutores, acompañados de otros efectivos del ejército y agentes civiles, procedieron a exhumar las fosas clandestinas en que habían sido sepultadas las víctimas. Luego, los restos exhumados fueron llevados hasta el regimiento de Los Ángeles en donde procedieron a quemarlos en hornos y tambores acondicionados para la incineración. Los crematorios estaban bajo el control de la Sección II, (como denominan al departamento de inteligencia en las unidades del ejército), e instalados al costado de donde esta sección tenía sus oficinas. En esa misma área centró las diligencias el ministro Aldana al momento de realizar en el lugar la reconstitución señalada del año 2009. En la misma oportunidad procedió a interrogar a una serie de ex militares y ex carabineros vinculados con los fusilamientos, exhumaciones e incineraciones ilegales. Unos 14 ex militares, entre oficiales y clases, fueron interrogados por el ministro Aldana en esa ocasión. Sin embargo, no procesó a ninguno de ellos; al parecer ahora han surgido nuevos antecedentes que lo llevaron a decretar la reapertura del sumario. La “Operación Retiro de Televisores” es una de las acciones más bestiales cometidas por la dictadura militar, por orden expresa del tirano, organizada con prontitud por el “impecable” Mena, y ejecutada con solicitud criminal por las hordas de agentes que se solazaron con el terror que provocaban y causaban entre sus víctimas, sobre los familiares de las víctimas y sobre la población en general. Hechos como estos, no pueden seguir quedando impunes.


Corte Suprema condena a carabineros (r) y civiles por secuestro calificados en Santa Bárbara y Quilaco en 1973

Fuente :pdju.cl, 20 de Octubre 2022

Categoría : Prensa

Segunda Sala casó de oficio la sentencia recurrida en la parte que consideró a los civiles como cómplices de los delitos y, en sentencia de reemplazo, los condenó en calidad de autores, por haber tenido participación directa en las detenciones y secuestros.

La Corte Suprema acogió los recursos de casación en el fondo deducidos y dictó sentencia definitiva en la investigación por los secuestros calificados de José Domingo Godoy Acuña, Julio Godoy Godoy, Desiderio Aguilera Solís, José Nazario Godoy Acuña, Manuel Salamanca Mella, José Mariano Godoy Acuña, Miguel Cuevas Pincheira, Sebastián Hernaldo Campos Díaz, José Rafael Zúñiga Aceldine, José Secundino Zúñiga Aceldine, José Gilberto Araneda Riquelme, Juan de Dios Rubio Llancao, Julio Rubio Llancao, José María Tranamil Pereira, José Guillermo Purrán Treca, Elba Burgos Sáez, Juan de Dios Fuentes Lizama, Juan Francisco Fuentes Lizama, Sergio D´Apollonio Petermann y Aliro Oporto Durán; y de Cristino Humberto Cid Fuentealba, José Felidor Pinto Pinto, Luis Alberto Cid Cid, Luis Alberto Bastías Sandoval, Raimundo Salazar Muñoz, Gabriel José Viveros Flores, Segundo Marcial Soto Quijón y José Roberto Molina Quezada. Ilícitos perpetrados en las comunas de Santa Bárbara y Quilaco, respectivamente entre septiembre y diciembre de 1973.

En fallo dividido (causa rol 24.143-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier– casó de oficio la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, en la parte que consideró a los civiles como cómplices de los delitos y, en sentencia de reemplazo, los condenó en calidad de autores, por haber tenido participación directa en las detenciones y secuestros.

En la sentencia definitiva quedaron condenados, en calidad de autores de los delitos: Planté Euclide Aravena Sáez a la pena de 14 años de presidio; Héctor Isaías Echeverría Beltrán y José Heraldo Pulgar Riquelme deberán cumplir 11 años de presidio; Carlos Santiago Sepúlveda Rivera y Exequiel del Carmen Celedón Barrera, 10 años y un día; Sergio Amado Fuentes Valenzuela, Luis Enrique Ricardo Antonio Barrueto Bartning y Manuel Darío Barrueto Bartning a 10 años y un día de reclusión; en tanto, Jorge Denis Domínguez Larenas, Jorge Eduardo Valdivia Dames y José Roberto Valdivia Dames deberán cumplir 5 años y un día de presidio. Finalmente, los condenados Eugenio Villa Urrutia, Juan Carlos Burgos Belauzarán y José Feliciano Gutiérrez Ortiz fueron sentenciados a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada por igual lapso.

“Que, en relación al vicio denunciado, cabe tener presente, que para analizar el grado de participación que –entre otros– les correspondió a los acusados Luis Barrueto Bartning, Manuel Barrueto Bartning y Sergio Fuentes Valenzuela, en los delitos de secuestro calificado de Manuel Salamanca, José Domingo Godoy Acuña, José Nazario Godoy Acuña y José Mariano Godoy Acuña; y al encartado Jorge Domínguez Larenas en el delito de secuestro calificado de Sergio D’Apollonio Petermann, la sentencia de segunda instancia, en su fundamento 57° se refirió a la teoría funcional del hecho y analizó los requisitos de la coautoría, luego de lo cual concluyó en el razonamiento 59° que las conductas de todos los civiles que intervinieron en los hechos solo podrían considerarse de complicidad”, plantea el fallo.

La resolución agrega que: “Para arribar a tal conclusión, los jueces del fondo estimaron que los encartados si bien colaboraron con la detención de cada una de las víctimas, ‘el dominio del hecho del secuestro siempre estuvo en los funcionarios policiales, por cuanto el obrar colaborativo de estos sujetos se prolongó solo hasta que los detenidos quedaron en manos del funcionario público, autoridad policial o en la Tenencia o Retén al que fueron conducidos los detenidos, por lo que lo que lo actuado y decidido por dichos funcionarios de Carabineros, en cuanto provocar su desaparición hasta el día de hoy de cada una de las víctimas detenidos, no es una acción de la cual, estos acusados pudieran haber tenido control. Tal circunstancia fáctica incluso es reconocida en el considerando Trigésimo Sexto de la sentencia de primer grado cuando analizando la participación de Planté Euclide Aravena Sáez menciona que ‘organizó un grupo de civiles para prestar colaboración con los funcionarios de su unidad y que tenía la más completa y absoluta autoridad sobre estos y civiles bajo su mando…’”.

Para la Sala Penal, en la especie: “Sin embargo, de una atenta lectura los fundamentos sexágesimo sexto, sexágesimo séptimo, sexagésimo octavo, sexágesimo noveno, septuagésimo primero, septuagésimo segundo, quincuagésimo cuarto y quincuagésimo quinto, quincuagésimo sexto, cuadragésimo sexto, cuadragésimo séptimo de la sentencia de primer grado, se colige que los encausados Luis Barrueto Bartning, Manuel Barrueto Bartning, Sergio Fuentes Valenzuela y Jorge Domínguez Larenas realizaron una serie de conductas que constituyen la ejecución inmediata y directa del tipo penal que nos ocupa”.

“En efecto –ahonda–, según refiere el fundamento sexagésimo sexto, el encausado Luis Barrueto Bartning manifestó que después del 11 de septiembre de 1973, fue llamado por el Jefe de la Guarnición Militar de Los Ángeles para colaborar con el Ejército en tareas de transporte y patrullaje, pues en esa fecha se recibió en la guarnición una denuncia que en el sector habían elementos extremistas, por lo que se puso a disposición del Jefe de la Tenencia de Santa Bárbara, para ayudar a la identificación de esas personas. Añadió que al presentarse, partieron al fundo El Huachi en dos vehículos, uno de ellos era una camioneta de su propiedad, la que él conducía. Agregó que junto a su hermano Manuel colaboraron con la identificación de varias personas, las que fueron detenidas por Carabineros, subidos a los vehículos y transportados. Manifestó que en el trayecto se detuvieron a otras personas –las que enumera– y que con posterioridad al percatarse que faltaba una, fueron con su hermano y Carabineros a buscarlo en su camioneta. Dichos reconocimientos de responsabilidad se encuentran además corroborados –entre otros– con los testimonios de Julio Erices Cid de fojas 412, Jacinta Godoy Acuña de fojas 388 vta y Juan Salamanca Godoy de fojas 414”.

“Por su parte, Manuel Barrueto Bartning, según aparece del razonamiento septuagésimo, reconoció haber formado parte de una fuerza de colaboración voluntaria de Carabineros de Chile y que estaba autorizado para portar armas”, releva.

“Agregó que llevó a funcionarios hasta su fundo llamado ‘El Huachi’, no obstante que lo atribuye a un propósito diverso, reconociendo que en el lugar fueron detenidas entre 8 a 9 personas y que en el trayecto de vuelta luego de parar una micro fueron aprehendidas otras más. Asimismo, aceptó que en el caso particular de Salamanca Mella, como se resistió a la detención forcejeo con él y lo golpeó en la cabeza, con un arma. Todos estos antecedentes, se encuentran además complementados con los asertos de Julio Erices Cid de fojas 412, quien señaló que Manuel Barrueto conducía la camioneta donde iban tendidos y boca abajo varios detenidos en la parte de carga, corroborado también con los dichos de los testigos Sylvia Cerda Rodríguez, Jacinta Godoy Acuña y Juan Salamanca Godoy”, consigna el fallo.

Asimismo, el máximo tribunal reproduce “(…) el fundamento quincuagésimo cuarto, refiere que el acusado Sergio Fuentes Valenzuela reconoció haberse desempeñado como ayudante en la Tenencia de Carabineros de Santa Bárbara, a solicitud de Planté Aravena, no obstante que limitó su actuar a labores domésticas en el lugar. Sin embargo, lo anterior fue desvirtuado con el testimonio de José Aguilera Godoy que lo sindicó como la persona que detuvo a su tío Nazario Godoy y lo golpeó en la frente, con los dichos de Jacinta Godoy que lo inculpa como una de los sujetos que detuvo a su marido Manuel Salamanca, con los asertos de Julio Erices de fojas 412, que lo menciona como uno de los sujetos que andaba armado con los hermanos Barrueto en las detenciones, con el testimonio de José Aguilera de fojas 440 que lo señala como uno de los civiles que intervino en la detención de Desiderio Aguilera y con el testimonio de Maritza Cuevas de fojas 2078 y Dorian Cuevas de fojas 1031 que lo identifican como el sujeto que estuvo en su casa el día de la detención de su padre”.

“Finalmente –continúa–, en relación a Jorge Domínguez Larenas, el fundamento cuadragésimo quinto refiere que reconoció haber prestado colaboración a Carabineros de la Tenencia de Santa Bárbara, siendo reclutado por el Teniente Planté Aravena, de quien obedecía órdenes directas, sin embargo, limita su accionar a labores domésticas al interior de la tenencia. No obstante lo anterior, dicha exculpación quedó desvirtuada con los dichos de Juana D’Apollonio quien en la diligencia de reconstitución de escena lo sindicó como uno de los sujetos que ingresó a su casa, deteniendo a sus familiares, corroborado además por el atestado de Juana D’Apollonio de fojas 1215, quien lo señala como uno de los individuos que ingresó a su domicilio, sacando a su papá, a quien subieron a una camioneta roja de propiedad del encartado Domínguez y la declaración de Catalina Zapata de fojas 2755 que lo señala como uno de los sujetos que participó en la detención de su marido”.

Para la Sala Penal de la Corte Suprema: “Todo lo anterior, constituyen circunstancias fácticas que dan cuenta de la realización de acciones que no es posible considerar como de mera cooperación –en los términos del artículo 16 del Código Penal–, sino que ha de calificárselas como ejecutivas, pues demuestran la realización de actos que constituyen encierro y detención de otro, sin derecho, privándolo de libertad, esto es, de los hechos que la ley describe para tipificar el delito de secuestro, por lo que su participación corresponde a la de autores directos al haber tomado parte de la ejecución del hecho”.

“En consecuencia, yerra el tribunal de segunda instancia, al afirmar que sus conductas solo podrían considerarse como complicidad, pues su actuar no se limitó a realizar actos de auxilio o colaboración sino de ejecución en el hecho punible, error de derecho que ha tenido influencia sustancial en lo dispositivo del fallo impugnado, pues resulta de toda evidencia que si se hubieran aplicado correctamente las disposiciones citadas se habría condenado a Luis Barrueto Bartning, Manuel Barrueto Bartning, Sergio Fuentes Valenzuela y Jorge Domínguez Larenas como autores de los delitos de secuestro calificado a que se han referido los fundamentos que anteceden”, colige el fallo.

El máximo tribunal también se hizo cargo: “Que, por otra parte y no obstante el rechazo del arbitrio de casación en el fondo impetrado por el Programa Continuación Ley 19.123, de fojas 9807, por defectos en su formalización, durante el estado de acuerdo, se advirtió que la sentencia de segunda instancia también revocó la del tribunal a quo, al estimar que las acciones que realizaron los acusados Luis Barrueto Bartning y Manuel Barrueto Bartning, en los delitos de secuestro calificado de Julio Godoy Godoy, Desiderio Aguilera Aguilera y Miguel Cuevas Pincheira; los acusados Jorge Valdivia Dames y José Valdivia Dames, en el delito de secuestro calificado de Miguel Cuevas Pincheira; el acusado Sergio Fuentes Valenzuela en los delitos de secuestro calificado de Julio Godoy Godoy, Desiderio Aguilera Aguilera y Miguel Cuevas Pincheira; los acusados Eugenio Villa Urrutia y José Gutiérrez Ortiz en los delitos de secuestro calificado de Cristino Cid Fuentealba, José Pinto Pinto, Luis Cid Cid, Luis Bastías Sandoval, Raimundo Salazar Muñoz, Gabriel Viveros Flores y José Molina Quezada; el acusado Juan Carlos Burgos Belauzaran en los delitos de secuestro calificado de Cristino Cid Fuentealba, José Pinto Pinto, Luis Cid Cid, Luis Bastías Sandoval y Raimundo Salazar Muñoz y el encartado Exequiel Celedón Barrera, en los delitos de secuestro calificado de Cristino Cid Fuentealba y José Pinto Pinto, solo podrían considerarse como complicidad, no obstante que según se aprecia de los fundamentos 65°, 66°, 67°, 70°, 71°, 58°, 59°, 62°, 63°, 54°, 55°, 80°, 84°, 82°, 85° y 86° del fallo de primer grado, todos ellos intervinieron junto con los funcionarios policiales en la detención, sin derecho de las mencionadas víctimas, para luego conducirlos a la Tenencia de Santa Bárbara, desconociéndose hasta la fecha su paradero”.

“En estas condiciones, cada uno de los mencionados acusados ejecutó parte de la conducta descrita por el tipo penal, esto es, intervienen en una acción propia, y no se limitan a cooperar en la de otro, incurriendo con ello los jueces del fondo en la causal de casación en el fondo contemplada en el artículo 546 N°1 del Código de Procedimiento Penal –al atribuirles participación a título de cómplices error de derecho que ha tenido influencia sustancial en lo dispositivo del fallo impugnado, pues la correcta aplicación del artículo 15 del Código Penal, habría llevado a condenarlos como autores, en los delitos que se señalaron respecto de cada uno de ellos, lo que tiene importancia para los efectos de hacer uso de la facultad de obrar de oficio, por cuanto ella está permitida solo cuando el recurso ha sido desechado por defectos de formalización, según lo previene el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil”, concluye.

Ejecuciones y desapariciones
En el fallo de primera instancia, la ministra en visita Raquel Lermanda estableció los siguientes hechos:
“1.- Que el día 23 de septiembre de 1973, alrededor de las 3:10 horas, en circunstancias que Sergio D'Apollonio Petermann se encontraba en su casa ubicada en la hijuela ‘La Palma’, comuna de Santa Bárbara, llegó un grupo movilizado entre 4 a 5 Carabineros y civiles, procediendo a detenerlo sin orden judicial o administrativa competente, siendo trasladado posteriormente a un lugar desconocido, momento desde el cual se ignora toda noticia de su paradero o de su existencia hasta la fecha.

2.- Que del 23 de septiembre de 1973, en circunstancias que Carlos Jacinto D'Apollonio Zapata se encontraba en su casa ubicada en la hijuela La Palma en la comuna de Santa Bárbara, llegó un grupo movilizado, aproximado de 4 o 5 personas, entre los cuales se encontraban Carabineros y civiles, procediendo a detenerlo sin orden legal competente, sacándolo de su hogar y trasladarlo hasta el puente que une a las comunas de Santa Bárbara y Quilaco sobre el río Bío Bío, donde fue puesto en una de las barandas y se le disparó con arma de fuego, cayendo su cuerpo al río siendo arrastrado a una de sus riberas, donde al día siguiente fue encontrado por familiares y conocidos, herido a bala, siendo llevado a su hogar para velarlo. Alrededor de las 15:30 horas de ese mismo día, las mismas personas que lo aprehendieron y contra la autorización de la familia y sin orden legal administrativa, sustrajeron dicho cuerpo aparentemente sin vida y se lo llevaron con destinado desconocido.

3.- Que alrededor de las 14:30 horas del 17 de septiembre de 1973, Elba Burgos Sáez fue detenida en calle Camilo Henríquez entre las calles Rosas y Manuel Rodríguez en Santa Bárbara por funcionarios de Carabineros, sin existir orden legal de aprehensión en su contra, y que se movilizaban en una camioneta a la cual subieron, ignorándose desde esa fecha toda noticia de su paradero o de su existencia, hasta la fecha.

4.- Que, alrededor de las 16:00 horas del 7 de noviembre de 1973, en circunstancias que Aliro Segundo Oporto Durán, de 17 años de edad, se encontraba en una casa ubicada en el sector de Raleo del pueblo de Alto Bío Bío, llegó personal de Carabineros a detenerlo sin orden legal competente, arrancando este hacia la ribera del río Bío Bío siendo perseguido por los policías, uno de los cuales le disparó logrando aprehenderlo, momento desde el cual se ignora toda noticia de su paradero o existencia.

5.- Que, en horas de la tarde del 17 de septiembre de 1973, José Rafael Zúñiga Aceldine, José Secundino Zúñiga Aceldine y José Gilberto Araneda Riquelme, concurrieron voluntariamente a la Tenencia de Carabineros de Santa Bárbara, cumpliendo con una citación que les había hecho Carabineros de la aludida Unidad Policial a través de Juan Albornoz Lagos, siendo ingresados a dicha Tenencia como detenidos, sin orden legal competente, ignorándose desde esa fecha toda noticia sobre su paradero o destino.

6.- Que, el 14 de septiembre de 1973 Juan de Dios Fuentes Lizama y Juan Francisco Fuentes Lizama fueron detenidos en su domicilio ubicado en una choza del fundo Corcovado, camino a Villacura, en la comuna de Santa Bárbara, por personal de Carabineros y civiles, sin existir orden legal de detención y sin que hasta la fecha se tenga conocimiento de su destino o paradero.

7.- Que, el 16 de septiembre de 1973, Juan de Dios y Julio Alberto Rubio Llancao, fueron detenidos y trasladados a la Tenencia de Carabineros de Santa Bárbara a cargo del Jefe de la Unidad, Teniente Planté Aravena Sáez. El mismo día, Guillermo Purrán Treca recurrió a la indicada unidad policial en busca de protección porque no podía regresar a su domicilio, ya que lo había dejado el bus y estaba próxima la hora de inicio del toque de queda quedando detenido. En la noche, los tres más José María Tranamil Pereira que también se encontraba detenido sin orden competente, fueron sacados de la Tenencia y trasladados al puente Quilaco donde les dispararon los Carabineros, desconociéndose desde esa fecha toda noticia sobre el destino o paradero de Juan de Dios Rubio Llancao, Julio Rubio Llancao, José María Tranamil Pereira y José Guillermo Purrán Treca.

8.- a) Que, en horas de la mañana del 20 de septiembre de 1973 en la comuna de Santa Bárbara, un grupo de Carabineros y civiles, premunidos de armas de fuego, que se movilizaban en vehículos motorizados y sin contar con orden legítima, llegaron hasta el fundo ‘El Huachi’, ubicado a 8 kilómetros de esa comuna, detuvieron a José Domingo Godoy Acuña. Julio César Godoy Godoy y Desiderio Aguilera Solís, trasladándolos a la Tenencia de Carabineros de Santa Bárbara, desde donde fueron sacados en horas de la noche con destino desconocido y sin que hasta la fecha hayan sido vueltos a ver o se tengan noticias de sus paraderos; b) Que, luego de ocurrido lo anterior y aproximadamente las 14:00 horas del mismo día 20 de septiembre de 1973, el mismo grupo sin orden legítima detuvo en el sector Los Junquillos de la comuna de Santa Bárbara, en presencia de José Gilberto Aguilera Godoy a José Nazario Godoy Acuña, el que posteriormente fue trasladado hasta la Tenencia de Carabineros de Santa Bárbara y de ahí, se le perdió todo rastro, sin que hasta la fecha se tengan noticias de su paradero; c) Que alrededor de las 22:30 horas del 20 de septiembre de 1973 en la comuna de Santa Bárbara, un grupo de Carabineros y civiles, premunidos de armas de fuego que se movilizaban en vehículos motorizados y sin contar con orden legítima, llegaron hasta el domicilio de Manuel Salamanca Mella, ubicado en avenida La Feria sin número en Santa Bárbara, donde procedieron a detenerlo en presencia de sus familiares, para luego llevárselo a la Tenencia de Carabineros de Santa Bárbara, donde fue visto por última vez, sin que hasta la fecha se le haya vuelto a ver o se tengan noticias de su paradero, y; d) Que, luego de ello, en igual fecha, el mismo grupo se dirigió a la pensión ubicada en calle Rosas N° 343 de la comuna de Santa Bárbara, donde sin orden legítima procedieron a detener a José Mariano Godoy Acuña, siendo trasladado hasta la Tenencia de Carabineros de Santa Bárbara, donde fue visto por última vez sin que hasta la fecha se le haya vuelto a ver o se tengan noticias de su paradero.

9.- Que en la noche del 20 de septiembre de 1973, un grupo armado de Carabineros y civiles, llegó hasta el domicilio de Miguel Cuevas Pincheira ubicado en calle Rosas N° 371 de Santa Bárbara y sin orden legítima procedieron a detenerlo en presencia de sus familiares, cónyuge e hijos, sacándolo de su casa y trasladándolo a un lugar desconocido sin que hasta la fecha haya sido vuelto a ver o se tengan noticias de su paradero.

10.- Que, alrededor de las 16:30 hrs. del 16 de septiembre de 1973, Sebastián Hernaldo Campos Díaz se presentó voluntariamente a la Tenencia de Carabineros de Santa Bárbara, pues había sido citado anteriormente, quedando detenido sin que se le exhibiera orden legítima y sin que hasta la fecha se tengan noticias de su paradero.

11.- a) Que en la comuna de Quilaco, en los días siguientes al 11 de septiembre de 1973, un grupo de civiles y Carabineros, todos premunidos de armas de fuego y que se movilizaban en vehículos motorizados, sin contar con orden legítima, llegaron al domicilio de Cristino Humberto Cid Fuentealba, ubicado en la parcela El Rodal, en las afueras de Quilaco, procediendo a detenerlo en presencia de sus familiares, para luego llevárselo caminando desde ese lugar con destino desconocido, sin que hasta la fecha se le haya vuelto a ver o se tengan noticias de su paradero; b) Que, en la madrugada del 20 de septiembre de 1973, un grupo de Carabineros y civiles, llegó hasta el domicilio de José Felidor Pinto Pinto, dirigente del asentamiento campesino Campo Lindo, ubicado en el antiguo fundo Huinquén, a quien detuvieron sacándolo de su casa llevándolo en vehículos desde ese lugar, trasladándose el mismo grupo con este con destino desconocido, momento desde el cual nunca más se tuvo noticias o conocimiento, desapareciendo su rastro, hasta la fecha; c) Que luego de ocurrido lo anterior, y siendo más o menos el mediodía del 20 de septiembre de 1973, el mismo grupo se dirigió hasta la villa Loncopangue y también hasta las inmediaciones del fundo Rañiguel del mismo sector, procediendo a detener a Luis Alberto Cid Cid, Luis Bastías Sandoval y Raimundo Salazar Muñoz, siendo subidos a un camión de la Municipalidad de Quilaco que conducía José Feliciano Gutiérrez Ortiz, conocido como ‘El Chamo’, para luego ser llevados por el camino público que conduce a Quilaco hasta un sendero que lleva a la confluencia de los ríos Bío Bío y Quilmes, donde fueron bajados del vehículo y vigilados por sus captores, se les llevó caminando hasta las riberas de los cursos de agua señalados, momento en que sus aprehensores les habrían disparados con armas de fuego cayendo sus cuerpos al cauce de los mencionados ríos, ignorándose fehacientemente su paradero hasta la fecha; d) Que, ese mismo día, en horas de la tarde fue detenido en Quilaco sin orden legítima, por un grupo conformado por Carabineros y civiles, Segundo Marcial Soto Quijón, fecha desde la cual no se ha tenido noticias de su paradero; e) Que, en la mañana del 3 de noviembre de 1973 aproximadamente a las 11:00 hrs., un grupo de Carabineros y civiles llegó hasta la Parcela N° 112 del sector Piñiquihue de la comuna de Quilaco, domicilio de José Roberto Molina Quezada al que detuvieron sin orden legítima, lo sacaron de su casa y se lo llevaron en un vehículo detenido con destino desconocido, momento desde el cual nunca más se tuvo noticias o conocimiento de su paradero; f) Que en la noche del sábado 3 de noviembre de 1973, un grupo armado de Carabineros y civiles, llegó hasta el domicilio de Gabriel José Viveros Flores ubicado en las afueras de Loncopangue, procediendo a detenerlo en presencia de sus familiares, sacándolo de su casa y trasladándolo a un lugar desconocido sin que hasta la fecha haya regresado o se tenga noticias de su paradero”.

Decisión de casar de oficio la sentencia con el voto en contra de la ministra Letelier, quien la estimó improcedente respecto de los hermanos Jorge Eduardo y José Roberto Valdivia Dames.


El top ten de los violadores de DDHH aún prófugos de la justicia

Fuente :elmostrador.cl, 24 de Agosto 2023

Categoría : Prensa

Entre quienes no han sido habidos se encuentran no solo individuos que fueron funcionarios de la DINA, CNI, Carabineros o las Fuerzas Armadas, sino también uno de los pocos civiles que ha sido condenado por su participación en crímenes de lesa humanidad durante la dictadura. Se trata de Luis Enrique Barrueto Bartning, condenado por los crímenes cometidos contra campesinos de Santa Bárbara, en los cuales él y su hermano actuaron como una suerte de fuerza paramilitar que operó junto con Carabineros.

Un listado que contiene a 10 exagentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) y de su sucesora, la Central Nacional de Informaciones (CNI), Carabineros y la inteligencia naval, así como a un civil, prófugos de la justicia y que están condenados por diversos delitos de lesa humanidad, dio a conocer la oficina del abogado Nelson Caucoto, especializado en derechos humanos. Se trata de sujetos que se encuentran acusados como autores y coautores de delitos como secuestro calificado, homicidio calificado y aplicación de tormentos, entre otros.

El primero de ellos es el exoficial de Carabineros (y dirigente gremial de los uniformados en retiro) Héctor Fernando Osses Yáñez, quien fue condenado como autor en al menos seis casos por asesinatos en la Población San Gregorio. Es quien más tiempo llevaría escapando de la justicia, pues no es habido desde octubre de 2021. 

Lo secunda el exagente de la CNI y oficial de Ejército Jorge Vargas Bories, sentenciado como coautor del asesinato del militante del MIR Federico Álvarez Santibáñez, a la pena de 10 años y un día. 

En tercer lugar se encuentra Rubén Aroldo Morales López, oficial de Carabineros en retiro, condenado a 10 años y un día de presidio mayor como autor del homicidio calificado de Jorge Vásquez Matamala.

Otro de los prófugos (y el único civil de la lista) es Luis Enrique Barrueto Bartning, agricultor condenado a 10 años y un día como coautor de siete secuestros calificados (desapariciones forzadas) perpetrados en la comuna de Santa Bárbara, en las cuales él y su hermano actuaron como paramilitares que, junto con personal de Carabineros, secuestraron e hicieron desaparecer a varios campesinos.

Los tres exagentes que se encuentran prófugos son todos sujetos condenados en el marco del caso Conferencia II, que fue recientemente fallado por la Corte Suprema de Justicia. Se trata del exoficial de Ejército Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda, el exoficial de la Armada José Miguel Meza Serrano y el exsuboficial de Ejército Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme. Todos ellos fueron sentenciados a la pena de 12 años de presidio como coautores de los delitos de secuestro calificado de Fernando Navarro Allendes y Héctor Véliz Ramírez; y a tres años de presidio por los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Berríos.

Víctor Álvarez Droguett, exintegrante del Ejército y de la DINA, está condenado a la pena de 15 años y un día como coautor de los delitos de homicidio calificado en contra de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo. En el mismo caso fue sentenciado, además, a tres años como autor de delito simple.

También fue condenado a la pena de 12 años como coautor de los delitos de secuestro calificado en las personas de Fernando Alfredo Navarro Allendes y de Héctor Véliz Ramírez. Cabe mencionar que Álvarez, adicionalmente, registra una condena de 10 años de presidio por el secuestro calificado de Marta Ugarte Román.

El noveno en el listado es Alberto Roque del Sagrado Corazón Badilla Grillo, oficial  en retiro de la Armada, sentenciado a las penas de 12 años y 541 días, como autor del delito de homicidio calificado y aplicación de tormentos, respectivamente. 

El top ten de los violadores de los DDHH que se encuentran prófugos lo cierra Juan Dionisio Opazo Vera, exconscripto que fue sentenciado a la pena de 10 años y un día, como coautor de 38 homicidios calificados, por los homicidios cometidos en contra de Campesinos de Paine, en 1973. 

Los que aparecieron

Al respecto, el abogado Francisco Bustos señala que “hace unos meses habíamos advertido sobre agentes prófugos por delitos de lesa humanidad, especialmente algunos desde 2021, o 2022, lo cual debería ser prioridad para las autoridades”, agregando que “debemos considerar especialmente que han sido condenas pronunciadas mucho tiempo después por los obstáculos de la impunidad y que los deberes que tiene el Estado chileno respecto de esta clase de crímenes no se agotan en el deber de juzgar y eventualmente sancionar. Debe sancionarse con penas proporcionadas y, junto con eso, el Estado además debe velar por el cumplimiento efectivo de dichas sanciones”. 

Sin embargo, indica que “también hay algunas buenas noticias, como la detención de dos prófugos este año, además de que los sentenciados de una decena de otros procesos recientes se encuentran cumpliendo sus penas”. Con los dos primeros se refería a Manfredo Enrique Jurgensen Caesar, médico de la CNI, sentenciado a 8 años y un día de presidio, como coautor del homicidio calificado de Federico Álvarez Santibáñez. Jurgensen estuvo prófugo desde enero de este año, pero fue detenido en junio en Buenos Aires, cuando intentaba abordar un vuelo a Alemania. Sin embargo, falleció días después, mientras estaba privado de libertad, sin que alcanzara a ser extraditado a Chile. 

El otro prófugo encontrado fue Olegario Enrique González Moreno, exmilitar y parte de la DINA, que fue condenado como coautor de nueve secuestros calificados a la pena de 10 años y un día. Este comenzó a cumplir su condena recién el mes pasado.


Oficializan nómina actualizada de violadores de derechos humanos prófugos de la justicia

Fuente :eldesconcierto.cl, 24 de Noviembre 2023

Categoría : Prensa

Se trata de una lista elaborada por el Estudio Jurídio Caucoto Abogados, que integran 14 criminales entre los que destacan personas vinculadas al homicidio de Víctor Jara, a la ejecución de 38 campesinos en el Caso Paine principal y al asesinato del diplomático español Carmelo Soria.

Este viernes, el Estudio Jurídio Caucoto Abogados oficializó la nómina actualizada de los exuniformados prófugos de la justicia condenados por diversos delitos de lesa humanidad.

Se trata de 14 personas, algunas de ellas involucradas en el crimen de Víctor Jara y Littré Quiroga, en la ejecución de 38 campesinos en el Caso Paine principal y el asesinato del diplomático español Carmelo Soria,  entre otras investigaciones, detalla un comunicado de la oficina especializada en derechos humanos.

Respecto del listadolo integran exmilitares, carabineros, exfuncionarios de la Armada, y civiles miembros de aparatos represores de la dictadura, como la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), la Central Nacional de Inteligencia (CNI) e inteligencia naval, quienes están acusados como autores y coautores de secuestro calificado, homicidio calificado, asociación ilícita y aplicación de tormentos, entre otros ilícitos.

Específicamente, este está integrado por:

1.   Jorge Octavio Vargas Bories (oficial en retiro del Ejército, CNI), sentenciado como coautor del asesinato de Federico Álvarez Santibáñez a 10 años y un día.

2. Rubén Aroldo Morales López (oficial en retiro de Carabineros), condenado a 10 años y un día de presidio mayor como autor del homicidio calificado de Jorge Vásquez Matamala.

3. Luis Enrique Barrueto Bartning, empresario condenado a 10 años y un día como coautor de siete secuestros calificados (desapariciones forzadas) perpetrados en la comuna de Santa Bárbara.

A ellos, se suman cuatro condenados en el episodio Conferencia II:

4. Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda (oficial en retiro del Ejército, DINA)

5. José Miguel Meza Serrano (funcionario en retiro de la Armada, DINA)

6. Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme (suboficial en retiro del Ejército, DINA)

Todos ellos, están sentenciados como coautores de los delitos de secuestro calificado de Fernando Navarro Allendes y Héctor Véliz Ramírez, a la pena de 12 años de presidio cada uno, a lo que se adicionan los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Berríos, por lo que fueron condenados a tres años de presidio, respectivamente.

7. Víctor Álvarez Droguett (funcionario en retiro del Ejército, DINA), condenado como coautor de los delitos de homicidio calificado de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo.

Además, está sentenciado como coautor de los delitos de secuestro calificado de Fernando Alfredo Navarro Allendes y Héctor Véliz Ramírez, a la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio.

Adicionalmente, fue condenado como autor de los delitos de secuestro simple en las personas de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, a la pena de tres años de presidio menor en su grado medio.

Por último, Álvarez Droguett enfrenta una sentencia de 10 años de presidio por el secuestro calificado de Marta Ugarte Román.

8. Alberto Roque del Sagrado Corazón Badilla Grillo, oficial en retiro de la Armada, quien fue sentenciado como autor del homicidio calificado y la aplicación de tormentos contra Enrique López Olmedo, a las penas de 12 años y 541 días respectivamente.

9.  Juan Dionisio Opazo Vera (exconscripto) sentenciado como coautor de 38 homicidios calificados a la pena de 10 años y un día, en el Caso Paine, Episodio Principal.

10.  Nelson Edgardo Hasse Mazzei (oficial en retiro del Ejército)

11.  Juan Renán Jara Quintana (oficial en retiro del Ejército), quien junto a Hasse Mazzei está condenado como coautor de los secuestros calificados y homicidios calificados de Víctor Jara Martínez y Littré Quiroga Carvajal.  Por estos delitos, se les estableció una pena de 10 años y un día por los secuestros, además de 15 años de presidio por los crímenes.

12. Guillermo Salinas Torres (oficial en retiro del Ejército)

13. Pablo Belmar Labbé (oficial en retiro del Ejército)

14. René Patricio Quilhot Palma (oficial en retiro del Ejército)

En el caso de estos tres prófugos de la justicia, fueron condenados como coautores de los delitos de homicidio calificado de Carmelo Soria Espinoza, y como autores de una asociación ilícita. Por el primer cargo se impuso una pena de 15 años y un día a Salinas Torres, y de 10 años y un día a los dos restantes, mientras que el delito de asociación ilícita, se sentenció a todos a la pena de 541 días de presidio.

«Sentencias deben cumplirse»

Atendiendo a este listado, el abogado Francisco Bustos asegura que trata de una situación preocupante que debiera ser prioridad para las autoridades. “Los Estados tienen el deber de investigar, juzgar y sancionar delitos de lesa humanidad”, sostiene.

“Este deber no se agota con la mera dictación de un fallo condenatorio, estas sentencias deben cumplirse, y en ese sentido, que existan prófugos por cualquier delito, y especialmente 14 prófugos por crímenes de lesa humanidad, representa una falta grave a los deberes estatales”, agrega.

Por último, recalcó que “la judicatura y los querellantes en procesos por delitos de lesa humanidad deben extremar las medidas, incluyendo imposición de cautelares, a fin de evitar esta forma de impunidad”.