Rosas Asenjo Reinaldo Patricio

Fecha Detención : 13-09-1973
Lugar Detención : Osorno

Fecha Asesinato : 13-09-1973
Lugar Asesinato : Osorno


Edad : 17

Actividad Política : Partido Socialista
Actividad :

Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chileno


Relatos de Los Hechos

Fuente :Informe Rettig

Categoría : Antecedentes del Caso

El 13 de septiembre de 1973 es muerto Reinaldo Patricio Rosas Asenjo, 17 años, militante socialista, Presidente del Centro de Alumnos del Liceo de Hombres de Osorno.

La víctima se encontraba en una reunión el día señalado en una casa de la ciudad de Osorno, cuando irrumpió una patrulla militar con la intención de detener a los participantes. Reinaldo Rosas intentó huir y los militares le dispararon, dejándolo herido de muerte. Trasladado al Hospital de Osorno, falleció el mismo día 13.

La Comisión se formó la convicción que Reinaldo Rosas fue víctima de uso excesivo de la fuerza por parte de Agentes del Estado, configurándose una violación a sus derechos fundamentales en razón de las siguientes consideraciones:

– Que es un hecho comprobado que se le disparó cuando intentó eludir su detención;
– Que también está comprobado que no existió una resistencia armada a la acción militar;
– Que no aparece que la fuerza ejercida por los miembros de la patrulla al disparar a matar a un menor desarmado, haya sido la adecuada frente a la situación, y que parece razonable pensar que la fuga del afectado pudo ser evitada sin necesidad de recurrir a la vía que se utilizó.

 


Doce años de presidio para oficial de Ejército (r) Gustavo Santibáñez Mangelsdorff por asesinato de dirigente estudiantil Reinaldo Rosas Asenjo en 197

Fuente :elciudadano.cl, 20 de Diciembre 2022

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, en la sentencia número 68 sobre la materia, condenó a la pena de 12 años de presidio efectivo a al teniente de Ejército, a la época de los hechos, Gustavo Eduardo Santibáñez Mangelsdorff, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple de Reinaldo Patricio Rosas Asenjo, estudiante y presidente del centro de alumnos del Liceo de Hombres de Osorno.

El ilícito fue perpetrado en septiembre de 1973, en el sector de Rahue Alto. En el fallo (causa rol 25-2011), el ministro en visita aplicó, además, al condenado, las accesorias legales de inhabilidad absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

En el aspecto civil, el ministro Mesa Latorre dio lugar a la demanda de indemnización de perjuicio deducida y condenó, en costas, al fisco a pagar la suma total de quinientos cincuenta millones de pesos por concepto de daño moral, a la madre y hermanos de la víctima.

Los hechos

En su resolución, el ministro Álvaro Mesa da por establecidos los siguientes hechos:

“A.- Que el día 12 de septiembre del año 1973, en horas de la noche y vigente el toque de queda, personal militar del Regimiento N°4 ‘Arauco’ tomó conocimiento de una supuesta reunión partidista al interior de la Población García Hurtado, ubicada en el sector de Rahue Alto de la ciudad de Osorno, por lo cual se ordenó al personal de turno con tenida de guerra, porten sus fusiles Mausser y se dirijan al lugar en una patrulla comandada por el Teniente Gustavo Eduardo Santibáñez Mangelsdorff, quién ordena a sus hombres detener a las personas reunidas y, en caso de fuga, dispararles.

B.- Que al percatarse de la patrulla militar, los desconocidos inician su huida sin ejercer violencia contra los militares, siendo reprimido ese escape mediante disparos, uno de los cuales hiere por la espalda a Reinaldo Patricio Rosas Asenjo de tan solo 17 años. La bala utilizada, una de guerra de calibre punto 762 atravesó el cuerpo del joven abriéndole un orificio en la región pectoral de 5 cm. de diámetro que le causó la muerte producto de una hemorragia aguda por rotura visceral. No recibió atención médica oportuna y su muerte se certificó con fecha 13 de septiembre del año mencionado.

C.- Que posteriormente, el jefe de la patrulla informa radialmente de lo ocurrido a sus superiores y, sin realizar ningún procedimiento en orden a determinar si efectivamente existía una reunión clandestina verbigracia (por ejemplo) ubicar y revisar la casa donde se desarrollaba la supuesta reunión o perseguir a los demás desconocidos, dejan el cuerpo sin vida de Rosas Asenjo en la calle y regresan al Regimiento”.