Rojas Arce Jean Eduardo


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Fecha Detención : 02-10-1973
Lugar Detención :

Fecha Asesinato : 10-10-1973
Lugar Asesinato : Santiago


Edad : 23

Actividad Política : Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
Actividad : Obrero

Estado Civil e Hijos :
Nacionalidad : chileno


Relatos de Los Hechos

Fuente :Informe Rettig

Categoría : Antecedentes del Caso

El día, 10 de octubre de 1973 murió a manos de personal del Ejército en el sector de Pachacamita, La Calera, Jean Eduardo ROJAS ARCE, 23 años, empleado de la fábrica Cemento Melón, quien había estado detenido con anterioridad en la Comisaría de La Calera y trasladado a la Comisaría de Nogales, desde donde fue liberado con signos evidentes de maltrato físico. Su casa fue allanada en su búsqueda.

Según la versión oficial, Jean Rojas Arce fue ejecutado al ser sorprendido colocando una carga explosiva en la línea férrea, en uso de las facultades concedidas por el Bando Nº24, que autorizaba el fusilamiento inmediato y en el mismo lugar.

La Comisión se formó convicción que Jean Rojas fue ejecutado por agentes del Estado que violaron sus derechos humanos teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:

– Que se acreditó su detención previa por agentes del Estado;
– El referido Bando 24 carece de legalidad al permitir una ejecución inmediata librada a la discrecionalidad del uniformado que sorprendía a una persona en hechos que pudieren ser calificados como delictivos, en tanto que la ley señala que en estos casos, la persona debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial competente, aún durante la vigencia de los estados de excepción constitucional;
– Consultada la autoridad militar sobre este hecho, no aportó ningún antecedente, señalando que la documentación de la época se encuentra legalmente incinerada;
– El militar a cargo del levantamiento del cadáver expresó que no entregaría antecedentes a esta Comisión;
– Que la víctima murió a causa de heridas a bala en la cabeza y tórax.

 


Jean Rojas Arce: Simón, Nombre Político

Fuente :Testimonio Presentado a la Comisión Nacional Verdad y Reconciliación,

Categoría : Testimonio

Militante del MIR y FTR (Frente de Trabajadores Revolucionarios)

Asesinado cobardemente en Nogales, estando preso por la dictadura Militar en Octubre de 1973.

Octubre de 1973

02- 10    Jean es detenido por agentes de seguridad en casa de su compañera, en la ciudad de Quillota, a 12 km. de La Calera (lugar donde vivía Jean).

03-10     Es trasladado al juzgado de La Calera, quedando detenido en la comisaría de carabineros a cargo del entonces Teniente de Carabineros “Augusto Sobarzo”. Es acusado de participar en actividades políticas.

05-10     Mi padre al enterarse de su detención quiso verle, pero en la comisaría le dijeron que a Jean le habían dejado en libertad la noche anterior alrededor de la 21:45 hrs. En ese entonces existía toque de queda a partir de las 21:00 hrs.

Mis padres desesperadamente fueron de un lugar a otro preguntando por Jean, pero nadie sabía nada de su paradero.

07-10     A través de una llamada telefónica se les comunica a mis padres que Jean se encontraba detenido en la comisaría de Nogales, pequeña comuna distante a 7 kms. De La Calera. La llamada fue hecha por un familiar de un compañero detenido en ese momento, el cual aprovechó la visita de sus familiares para enviar la información a mis padres.

Por la tarde, mi madre y la compañera de Jean fueron a verle y estuvieron con él. Jean les contó que el teniente Augusto Sobarzo lo había trasladado hasta Nogales en donde reiteradas veces le había interrogado aplicándole las más crueles e increíbles torturas.

Según mi madre al regresar a casa, nos comenta que Jean se encontraba totalmente golpeado y que él le había confiado que días antes encontrándose aún detenido en La Calera, el Teniente Sobarzo le sacó de la celda exigiéndole que firmara un documento en el cual se dejaba constancia de su “libertad”, Jean se negó a esto considerando que era muy tarde y de noche, temió que fuera fusilado por la espalda. Le gritó su temor al Teniente, éste lo golpeó y posteriormente lo traslado a Nogales.

Mi madre pudo verle y conversar con él gracias a la voluntad de algunos funcionarios de carabineros, que aprovechando la ausencia de Augusto Sobarzo, le permitieron la entrada.

08-10     Mi padre quiso verle y viajó hasta Nogales, al llegar allá le  dijeron que Jean se había fugado…era otra farsa, pues Jean no se encontraba en estado físico, ni siquiera para mantenerse en pie.

Ese mismo día por la tarde, una patrulla compuesta por doce militares  excesivamente armados, irrumpieron en nuestra casa, según ellos buscando a Jean… otra farsa. Desordenaron todo, gritaron  y  maltrataron, ni siquiera buscaron bajo las camas.

Mis padres querían saber la verdad, que pasaba con Jean, donde lo tenían. Desesperados fueron de un lugar a otro, pero nada; su llanto no tuvo respuesta, ni el gobernador, ni el fiscal les escucharon.

La familia se entera de su muerte (de la manera que en el correo anterior les mencioné). Los medios de información ocultan la verdad al pueblo. La información dice: “fue sorprendido instalando cartuchos de dinamita en la vía ferria, en la localidad de Pachacamita, al interior de La Calera… ¡falso!.

Mis padres hicieron lo posible por recuperar el cadáver, lo que fue imposible. Hicieron entrega del cuerpo, sólo con la condición de sacarlo de la morgue de Quillota y llevarlo inmediatamente al cementerio de esta misma ciudad, esto ocurre el día 11 de Octubre de 1973.


Acusan a dos Carabineros (r) por la ejecución de Jean Eduardo Rojas Arce (23) en 1973.

Fuente :vozciudadananoticias.com, 19 de Junio 2015

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó acusación en contra de los miembros en retiro de Carabineros: Jaime Bachler Sepúlveda y Aníbal Schaffhauser Camposano, en calidad de autores del delito de homicidio calificado de Jean Eduardo Rojas Arce, ilícito perpetrado en octubre de 1973, en la comuna de La Calera.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro Arancibia logró establecer que «el día 2 de octubre de 1973, fue detenido al interior de un domicilio ubicado en la Población Corvi de Quillota, Jean Eduardo Rojas Arce, por parte de la Policía de Investigaciones de esa ciudad, quienes lo ponen a disposición del Juzgado del Crimen de La Calera, quedando recluido, temporalmente, en la Comisaría de Carabineros de dicha localidad. Posteriormente, es trasladado al retén de Carabineros de la comuna de Nogales, por orden del entonces Teniente Augusto Sobarzo (fallecido) de no querer firmar un documento que señalaba que quedaba libre, por el temor a ser asesinado.

Pasado unos días, esto es, el día 7 de octubre de 1973, los familiares de Jean Rojas Arce, reciben la noticia de parte de los funcionarios de Carabineros del Retén de Nogales, que éste se habría fugado, cosa que no creyeron, atendido las condiciones en que se encontraba, de acuerdo a los antecedentes que habían recabado. Todo esto culmina el día 10 de octubre de 1973, en que Jean Rojas Arce, aparece muerto en el sector Pachacamita, de la comuna de La Calera, producto de los impactos de bala que recibe en su cabeza y tórax, por orden de los Oficiales a cargo de la patrulla que se apostaba en el lugar».


15 años de presidio para capitán (r) del Ejército por homicidio en La Calera

Fuente :epicentrochile.com, 17 de Noviembre 2017

Categoría : Prensa

El oficial (r) Aníbal Schaffhauser deberá ir a la cárcel por el homicidio calificado de Jean Rojas Arce, hecho ocurrido en octubre de 1973 en la localidad de Pachacamita.

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, condenó al capitán (r) del Ejército, Aníbal Schaffhauser Camposano, a la pena de 15 años de presidio efectivo, como autor del delito de homicidio calificado de Jean Rojas Arce, en ilícito perpetrado en la localidad de Pachocamita, comuna de La Calera, en octubre de 1973.

En el fallo, el ministro en visita aplicó además al ex oficial las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.

El hecho

En la etapa de investigación, el ministro Arancibia logró establecer que el día 2 de octubre de 1973 fue detenido al interior de un domicilio ubicado en la población Corvi de Quillota, Jean Rojas Arce, por efectivos de la PDI, quienes lo trasladan a la Comisaría de Carabineros de La Calera. Posteriormente, el detenido es trasladado a Nogales, quedando a cargo del entonces teniente de Carabineros Augusto Sobarzo».

Por información recibida por familiares de la víctima, saben que este es constantemente golpeado y torturado por un número indefinido de personas en la unidad policial señalada.

Se conoce además, que en una oportunidad el teniente Sobarzo le señala a la víctima que estaba en libertad, lo que éste no cree, dado que la orden era dada en horas de la madrugada.

Toda esta situación se mantiene hasta el día 10 de octubre de 1973, en que la víctima aparece muerto en el sector de Pachacamita, comuna de La Calera, producto de los numerosos impactos de bala que recibe en su cabeza y tórax, orden ejecutada por los oficiales a cargo de la patrulla que aparece en ese lugar, señalándose de parte de ellos que la víctima fue fusilada al intentar poner explosivos en la vía férrea que existe en el lugar.


Reducen condena a capitán del Ejército (r) por crimen de trabajador de Cemento Melón

Fuente :observador.cl, 26 de Julio 2018

Categoría : Prensa

Aníbal Raúl Schaffhauser Camposano fue el autor del homicidio en contra de Jean Rojas Arce

 En noviembre del año pasado se ordenó una sentencia por 15 años en contra del ex capitán de Ejército Aníbal Raúl Schaffhauser Camposano, por ser autor confeso del homicidio de Jean Rojas Arce, en octubre de 1973, en La Calera.

Sin embargo, el pasado 24 de julio, tras la investigación del ministro en visita, Jaime Arancibia, se comunicó de la reducción de la pena a 10 años, junto con la absolución de su responsabilidad por el delito de secuestro con grave daño de los hermanos Claudio y Sonia Núñez Rodríguez, ocurridos el 16 de octubre del mismo año en la localidad de El Melón.

En la lectura de la nueva sentencia rebajada se señaló que “al encausado le favorece entonces una atenuante y no le perjudican agravantes, por lo que se impondrá la pena en el mínimo de la extensión que ella tenía contemplada en el tipo, a la fecha de los acontecimientos”.

Además de los 10 años de prisión, se le sentenció a pagar una multa de 75 millones a los familiares de la víctima.