Valdez Sepúlveda Edelmiro Antonio


museo de la memoria

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Rut : 3.124.224-k

Fecha Detención : 25-10-1974
Lugar Detención : Parral


Fecha Nacimiento : 22-09-1932 Edad : 42

Lugar Nacimiento : Parral

Actividad Política :
Actividad : Obrero Agrícola

Estado Civil e Hijos : Casado, 6 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

EDELMIRO ANTONIO VALDEZ SEPULVEDA

Rut : 29.911, Parral
F.Nacim. : 22-09-32, 42 años a la fecha de la detención
Domicilio : Parral
E.Civil : Casado, 6 hijos
Actividad : Obrero agrícola
C.Repres. : No tiene
F.Detenc. : 25 de octubre de 1974
 

Nombre : ROLANDO ANTONIO IBARRA ORTEGA
Rut : 4.920.863
F.Nacim. : 08-10-42, 32 años a la fecha de la detención
Domicilio : Fundo Torca Chico, Parral
E.Civil : Casado, 1 hijo
Actividad : Agricultor
C.Repres. : No tiene
F.Detenc. : 25 de octubre de 1974

Rolando Antonio Ibarra Ortega, casado, 1 hijo, agricultor y Edelmiro Antonio Valdez Sepúlveda, casado, 6 hijos, agricultor, cuñados entre sí, fueron detenidos el 25 de octubre de 1974, alrededor de las 9:00 de la mañana, cuando se presentaron voluntariamente en la Comisaría de Carabineros de Parral, donde habían sido citados el día anterior.
Días antes, el 17 de octubre, se produjo un enfrentamiento entre Carabineros y cuatreros en la zona, con el resultado de muerte de dos policías. A raíz de estos hechos, se practicó un gran operativo, particularmente centrado en la búsqueda del delincuente habitual José Rogelio Hernández Manríquez, apodado "El Aguila", supuesto autor de las muertes. Rolando Ibarra arrendaba una parcela ubicada en el sector Capellanía al interior del Fundo Torca Chico, la que era de propiedad de la conviviente de Hernández.
El 20 de octubre, días después de ocurrido el enfrentamiento, Ibarra fue detenido por Carabineros de Parral, por sospecha de una posible implicancia suya con "El Aguila", pero fue dejado en libertad al día siguiente por falta de méritos. Sin embargo, el 24 de octubre, los funcionarios policiales Guillermo Morales, Anselmo Ortega y Raúl Torres Araya llegaron hasta su domicilio en la parcela, ocasión en que, al no encontrarlo, lo dejaron citado para concurrir a la Comisaría de Carabineros de Parral, extendiendo también esta notificación a su cuñado Edelmiro Valdez Sepúlveda, quien trabajaba para él. Ambos cumplieron la orden y juntos se presentaron al día siguiente ante la autoridad policial. En este trámite fueron acompañados por la hermana de Ibarra -y cónyuge de Valdez- Magaly Parada, quien luego de esperarlos un rato se fue a su casa y regresó al mediodía, oportunidad en que el Suboficial Guillermo Morales le manifestó que sus parientes habían sido trasladados a Chillán para tomarles declaración.
En la Fiscalía Militar de Chillán siempre negaron estas detenciones tanto a la madre de Ibarra, María Teresa López, como a su hermana Magaly. Sin embargo, transcurridos unos veinte días, en una de las visitas a este tribunal, la señora López pudo ver en una de las dependencias, prestando declaración, a su yerno Edelmiro Valdez. Al percatarse de su presencia, los funcionarios sacaron de su vista a Valdez y, una vez más, negaron su presencia allí. Una semana después de esto, un Oficial de Ejército, de nombre Santos Ibáñez, le confidenció que efectivamente sus familiares habían estado en el Regimiento de Chillán, pero que los habían llevado a la Fiscalía Militar de esa ciudad.
En relación a estos operativos practicados en Parral y sus alrededores con el objetivo de encontrar a Hernández Manríquez, también fueron aprehendidos Venedicto Sepúlveda Valenzuela y José Muñoz Sepúlveda el 18 de octubre, Alcibíades Valenzuela Retamal el 20 del mismo mes, y por último, Aroldo Pereira Meriño y su hijo Luis Alcídes Pereira Hernández el día 25. Todos ellos se encuentran desaparecidos desde entonces, al igual que Rolando Ibarra y Edelmiro Valdez.
No obstante, el arresto de Alcibíades Valenzuela fue reconocido tanto por Carabineros de Parral, como por los de la Comisaría de San Carlos, recinto este último al cual fue conducido por los primeros. Según informa el Comisario de San Carlos, en Recurso de Amparo interpuesto en favor de Valenzuela ante la Corte de Chillán, el detenido fue entregado el 21 de octubre al CIRE (Comando de Inteligencia Regional), con Oficio N°418 de esa fecha.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 22 de noviembre de 1974, las familias interpusieron un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Chillán, rol 94.089, en favor de Ibarra Ortega, Valdez Sepúlveda, Aroldo Pereira Meriño y su hijo Luis Alcides Pereira Hernández.
El Juez de Parral informó a la Corte que los afectados no habían sido puestos a su disposición, sin embargo, tenía conocimiento que serían procesados por la Fiscalía Militar en relación al delincuente apodado "El Aguila". No obstante esta información, ninguno registraba detención en los penales de Parral, San Carlos y Chillán, según informaron los respectivos Alcaides y tampoco habían sido puestos a disposición de los Juzgados del Crimen de esas ciudades.
Con estos antecedentes, se declaró sin lugar el amparo, por carecer de fundamento. Esta resolución fue apelada por el abogado patrocinante, quien señala en el escrito que la causa fue agregada y colocada al reverso de la tabla, sin que se indicara con la debida claridad y se procedió a la vista sin que nadie pudiera darse cuenta del hecho. La tercera sala de la Corte Suprema, luego de recibir el informe de la Corte de Chillán indicando que la vista del recurso se había comunicado "a los abogados y público que en ese momento se encontraban en los pasillos del Tribunal", confirmó la resolución apelada.
El 12 de febrero de 1975 se interpuso otro recurso de amparo, esta vez en favor de Edelmiro Valdez, ante la Corte de Chillán, rol 94564, el que fue igualmente declarado sin lugar, luego de recibir informe del Comisario de Parral negando las detenciones. No obstante, se resolvió enviar los antecedentes al Juez del Crimen de Parral, a fin de que instruyera sumario por presunta desgracia. De esta causa ordenada por la Corte no se tienen antecedentes.
El 11 de abril de 1979, se interpuso un tercer recurso de amparo, ante la misma Corte, esta vez en favor de ambas víctimas, el que fue nuevamente rechazado, pero se enviaron los antecedentes al Juzgado de Parral para que investigara los hechos denunciados.
De esta manera, el 20 de abril de 1979, se dio inicio a la causa rol 33.489 del Juzgado de Letras de Parral, sobre presunto desaparecimiento de Rolando Ibarra Ortega y Edelmiro Valdez Sepúlveda.
Según informó Investigaciones, el delincuente apodado "El Aguila" se había suicidado el 23 de octubre de 1974, a las 11:00 horas, en el sector Monte Flor al Sur Poniente de Parral. Es decir, dos días antes que los afectados quedaran detenidos. El Comisario de Parral contestó por otro lado que no era posible informar respecto de estas detenciones, porque la documentación correspondiente al año 1974 había sido incinerada.
Sin embargo, los carabineros que notificaron las citaciones reconocieron haberlas practicado, al prestar declaración ante el Tribunal. El Sargento 1ro. Anselmo Ortega indicó que no le constaba si éstos habían cumplido o no la orden, en tanto el Cabo 2do., Raúl Antonio Torres Araya y el Suboficial Mayor Guillermo Morales Maureira manifestaron que les constaba que no se habían presentado en el recinto policial. Nada se preguntó a Morales respecto de la información entregada por él a la cónyuge de Valdez, en el sentido de que los detenidos habían sido trasladados a Chillán.
La Fiscalía Militar de Chillán informó que los afectados no habían sido puestos a su disposición, ni existía proceso alguno en su contra en ese tribunal.
El 20 de julio de 1979 se cerró el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa por no encontrarse acreditado el delito. El 30 del mismo mes, la Corte de Chillán aprobó esta resolución. Los familiares realizaron varias presentaciones ante las autoridades de gobierno, solicitando conocer el paradero de los suyos y denunciando lo sucedido. Igualmente variadas fueron las respuestas recibidas.
El 25 de marzo de 1975, el Teniente Coronel de Carabineros Jaime López Abarca, Jefe del Departamento Confidencial del Ministerio del Interior, contesta a la cónyuge de Edelmiro Valdez que los antecedentes "se encuentran en conocimiento y resolución de la Gobernación de Parral y Fiscalía Militar de Ejército de Chillán", por lo que le recomienda "abstenerse" de dirigirse a ese Ministerio, ya que le significa "una lamentable pérdida de tiempo".
Otra respuesta recibió ella misma el 4 de junio del mismo año del Mayor de Carabineros Carlos Burgos Zúñiga, de la Central de Documentación de la Secretaría General de Gobierno, quien le manifiesta que "es necesario que envíe una nueva presentación, escrita a máquina…" exponiendo su problema. Ante esta insólita respuesta, Magaly Parada envió una nueva carta, la que fue contestada por el mismo oficial responsable, sin entregar ninguna información que aclarara la suerte de los detenidos. Finalmente, el 9 de julio de 1976, Marioles Parada, otra hermana de Rolando Ibarra, recibió una carta del Mayor de Ejército Claudio Guzmán Pérez, Jefe de Gabinete de la Secretaría General de Gobierno, en la que se reconoce la detención de su hermano el día 20 de octubre de 1974, y que había sido puesto en libertad al día siguiente "por falta de méritos para prolongarla". También indica que se había acreditado que su cuñado Edelmiro Valdez no había sido arrestado por autoridad alguna hasta esa fecha.
En mayo del mismo año, el Gobernador de Linares, Teniente Coronel de Ejército Washington García Escobar, por orden de la Secretaría General de Gobierno, envía una comunicación a la madre de Ibarra en la que nuevamente niega las detenciones de su hijo y su yerno. Nada lograron en definitiva los familiares con las gestiones realizadas para ubicar a Rolando Ibarra y Edelmiro Valdez.


Recalifican condenas de ex militares implicados en crímenes de Parral

Fuente :16 de Junio 2005 La Nacion

Categoría : Prensa

La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago recalificó en segunda instancia las sentencias que dictó el ministro de fuero Alejandro Solís en contra de tres uniformados imputados por el secuestro calificado de 21 disidentes al régimen militar, en hechos acontecidos Parral, entre septiembre de 1973 y enero de 1974, y que incluyen un caso de sustracción de menor.

El 6 de agosto del 2003, el magistrado Solís condenó a penas de cárcel de entre 10 a 15 años al ex gobernador y coronel (r) de Carabineros Pablo Caullier Grant; al comandante (r) de Ejército, Hugo Cardemil Valenzuela y al suboficial (r) de Carabineros, Luis Hidalgo.

En votación dividida (2-1) el tribunal de alzada capitalino conformado por los ministros Alejandro Madrid, Juan Muñoz Pardo y Humberto Provoste, resolvió aumentar de siete a diez años y un día el castigo impuesto a Hidalgo; mantener la sanción de diez años de cárcel a Caulier; y disminuir de 17 años a 15 años y un día de presidio mayor la condena a Cardemil Valenzuela.

La investigación iniciada a comienzos de esta década por el retirado magistrado Juan Guzmán Tapia, permitió determinar la responsabilidad que le compete a los acusados en las desapariciones de Enrique Carreño González, Rolando Ibarra Ortega, Edelmiro Valdés Sepúlveda, Haroldo Laurie Luengo, Hernán Sarmiento Sabater, Armando Morales Morales, José Luis Morales Ruiz, Aurelio Peñailillo Sepúlveda, Luis Pereira Hernández, Armando Pereira Merino, Oscar Retamal Pérez, José Riveros Chávez, Enrique Rivera Cofré, Hugo Soto Campos y Víctor Vivanco Vásquez.

Todos fueron detenidos entre el 11 de septiembre de 1973 y 1974 en Parral, conducidos a la comisaría y a la cárcel de la ciudad, pero en varios casos su rastro se perdió luego de ser puestos a disposición de la Fiscalía Militar de la zona. En algunos de los casos sus familiares han manifestado que existen antecedentes de que éstos habrían sido llevados a Colonia Dignidad.

De ellos, Carreño González, Morales Morales, Peñailillo Sepúlveda, Retamal Pérez, Riveros Chávez y Soto Campos, aparecen en el informe de las Fuerzas Armadas emanado de la Mesa de Diálogo sobre derechos humanos, como lanzados al río Putagán.

Originalmente este proceso se inició en Parral a partir del Informe Rettig en 1991, luego lo tomó el juez del Séptimo Juzgado del Crimen de Santiago Lientur Escobar, que investigaba la desaparición en Villa Baviera del militante del MIR Álvaro Vallejos Villagrán.

 

 


Organismos de DDHH y diputada Veloso valoran declaración de monumento histórico de ex cuartel DINA en Parral

Fuente :radio.uchile.cl 15/09/2022

Categoría : Prensa

La parlamentaria RD agradeció a la ministra de Cultura la declaración oficial para el Sitio de Memoria que se ubica en el ex cuartel donde operaba el organismo represor de la dictadura en la localidad de la Región del Maule.

“La firma de esta declaratoria nos emociona en demasía, pues nos permite saldar una deuda histórica con los familiares de las víctimas de la dictadura en el Maule y en Parral”, sostuvo la diputada Consuelo Veloso luego de conocer la noticia dada a conocer por las autoridades del Consejo de Monumentos Nacionales.

La parlamentaria comentó que “esta casona operó como centro de detención y tortura, además de su sabida estrecha ligazón con Colonia Dignidad. Agradecemos también que nuestras gestiones con la ministra Brodsky hayan tenido buena acogida y hoy demos un paso tan importante para preservar la memoria”.

En efecto, este 13 de septiembre se publicó en el Diario Oficial el decreto ley que declara como Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Cuartel de la Brigada de Inteligencia Regional Sur de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), ubicado en calle Ignacio Carrera Pinto Nº 262, comuna de Parral.

El cuartel, conocido como “la Casa de Parral” y cedido por los jerarcas de Colonia Dignidad a la DINA, operó como centro de detención, tortura y desapariciones de opositores a la dictadura entre 1974 y 1977, los que provenían de la zona centro-sur del país, entre Rancagua y Los Ángeles, para ser derivados a Santiago o hacia el ex enclave alemán.

Al iniciar su mandato en marzo pasado, la diputada Consuelo Veloso se reunió con la Asociación por los Derechos Humanos de Parral, luego en abril envió un oficio de fiscalización al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) para recabar información de los resultados de la solicitud de declaratoria que habían efectuado agrupaciones de familiares de víctimas.

Tras recibir respuesta del CMN, el 20 de junio la parlamentaria envió una carta a la ministra de Cultura, Julieta Brodsky y la subsecretaria del ramo detallando el largo trabajo de las agrupaciones por lograr la declaratoria, la que fue aprobada en diciembre de 2018, pero que el gobierno anterior mantuvo sin gestión.

Al enterarse de la noticia, la Asociación por los Derechos Humanos Parral y la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Parral, agradecieron las gestiones de la diputada Veloso, de la ministra de Cultura y del gobierno del presidente Gabriel Boric.

“Esta firma es también la de un gobierno comprometido con la democracia, los derechos humanos y la memoria”, concluyó la diputada.

Las agrupaciones de familiares de víctimas de la dictadura impulsaron durante años la entrega de este inmueble para establecer ahí un sitio de memoria sobre lo ocurrido durante el periodo del régimen cívico militar que encabezó Augusto Pinochet, aunque siempre con una serie de retrasos que postergaban indefinidamente este deseo.

Las y los representantes de estas organizaciones valoraron la decisión de las nuevas autoridades que en diferentes puntos del país han traspasado a estas entidades las casas que fueron usadas por los órganos represivos de la dictadura para implementar su política de exterminio de los partidos y movimientos de izquierda en Chile.