Velásquez Vargas Rubén Alejandro

Fecha Detención : 05-10-1973
Lugar Detención : Palena


Edad : 28

Actividad Política :
Actividad : Pequeño agricultor

Estado Civil e Hijos : Casado,1 hijo
Nacionalidad : chileno


Relatos de Los Hechos

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut                   :            Sin información

F.Nacim.            :            28 años a la fecha de la detención

Domicilio            :            Alto de Yungue, Palena

E.Civil              :             Casado, un hijo

Actividad            :            Agricultor

C.Repres.            :            Sin información

F.Detenc.            :            5 de octubre de 1973

 

 SITUACION REPRESIVA

            Rubén Alejandro Velásquez Vargas, casado, 1 hijo, agricultor, fue detenido el 5 de octubre de 1973 en su domicilio Alto de Yungue, Palena. La aprehensión la efectuó un grupo de Carabineros de Alto Palena, que llegaron disparando a la casa de la víctima. Este se encontraba junto a su esposa Ana Delia Soto Alvarez y su hijo de un año de edad. Ante esta situación Rubén Velásquez se entregó a ellos. Junto a otro campesino, Luis Espinoza Bastidas, fue conducido a la casa del particular Ernesto de Ocares, lugar desde el cual se pierde definitivamente su rastro. El otro detenido fue enviado a la localidad de Chin-Chin.

            Paralelamente fue detenido su padre José Esaú Valásquez Velásquez, también agricultor, quien se encontraba trabajando en su tierra, cuando arribó Carabineros acompañado de un vecino. Un testigo que entregó su versión ante la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, afirmó que fue muerto sin que mediara provocación alguna. La muerte habría ocurrido en el Lago Yungue, a 70 Kms. de Palena. La versión oficial de la época, que apareció en la prensa local de fecha 11 de octubre de 1973, sindicó a Velásquez Velásquez como un extremista que según se dijo "sembraba el terror en la zona de Chiloé Continental que fue muerto a tiros al tratar de agredir a un Cabo de Carabineros, mientras se efectuaba su detención en la región boscosa del lugar denominado "El Tranquilo", ubicado a setenta kilómetros de Palena. Continúa la información diciendo: "El hecho ocurrió cuando Carabineros del sector trató de detener a Esaú Velásquez por realizar acciones subversivas y actividades terroristas en la zona. Cuando Carabineros lo ubicó y trató de aprehenderlo en un bosque situado entre "El Tranquilo" y Lago Yungue, donde el extremista trató de eludir la acción policial, Velásquez Velásquez, al ser sorprendido, agredió a un Cabo de Carabineros con un machete, el cual al repeler la acción que era inminente, hizo uso de su arma, disparándole". "Por otra parte, en el allanamiento que practicó Carabineros a la casa de Esaú Velásquez encontró abundante propaganda marxista, dinamita, guías y fulminantes, elementos que estaban destinados a efectuar actos de sabotaje en la zona". En la versión de prensa no se indica qué autoridad se hace responsable de esta información. El cuerpo no fue entregado jamás a su familia para darle sepultura.

            Otro hermano, José Raúl Velásquez Vargas, fue detenido 4 días después, aproximadamente a las 10.30 horas del día 9 de octubre de 1973. La aprehensión fue efectuada por Carabineros de Palena. Ese mismo día, su madre concurrió a la Comisaría donde reconocieron que estaba detenido, sin permitirle visita. Esa misma noche se le informó a los familiares que sería liberado, cosa que no ocurrió. Desde esa fecha se ignora su paradero.

            La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación que conoció de esta denuncia, concluyó que la muerte de José Velásquez Velásquez y la desaparición de sus 2 hijos constituyen una violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado, en razón a las siguientes consideraciones:

            – La existencia de testimonios que desmienten la versión oficial respecto de la muerte del padre y de otros que confirman las detenciones de los hijos;

            – La inverosimilitud de las características del presunto ataque de José Velásquez, quien habría pretendido enfrentarse a una patrulla armada con un machete;

            – La circunstancia de que el padre y sus dos hijos hayan sido víctimas de tres hechos represivos separados y de distinto carácter y que sólo se haya dado explicación sobre uno de ellos;

            – El que los carabineros participantes en el hecho no accedieran a la invitación de la Comisión a prestar su testimonio.

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            No se registran acciones judiciales.


Corte Suprema dicta sentencia definitiva en caso de Derechos Humanos

Fuente :Jueves 13 de agosto de 2009  El Mostrador

Categoría : Prensa

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de Rubén Alejandro Velásquez Vargas y el homicidio de José Esaú Velásquez Velásquez, ocurridos a partir del 5 de octubre de 1973 en el sector de Lago Yunque, provincia de Palena, Región de Los Lagos.

En fallo dividido, los ministros de la segunda sala del máximo tribunal determinó una pena de tres años y un día a los ex carabineros: Jorje Palma por el homicidio del agricultor. Igual sentencia para Juan Hernán Garrido Gutiérrez, Noé Segura Santander y Enrique Belmar Corral por  el secuestro de Velásquez Vargas.

A todos se les concedió el beneficio de la libertad vigilada.

En el aspecto civil, se acogió la demanda de indemnización y perjuicios de los familiares de las víctimas,  Ana Soto Álvarez y Daniel José Velásquez Soto, ordenándose a los condenados pagar la suma de $60.000.000 por concepto de daño moral. Se desestimó la demanda en contra del Fisco de Chile, acogiendo la excepción de incompetencia del tribunal