López Elgueda Ricardo Octavio

Fecha Detención : 20-09-1973
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 15-12-1957 Edad : 15

Actividad Política :
Actividad : Vendedor

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :informe corporación

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut                   :            Sin información

F.Nacim.            :            15-11-57, 15 años a la fecha de su detención 

Domicilio             : Fernández Albano 9319, Población La Bandera, La Granja, Santiago

E.Civil              :            Soltero

Actividad            :            Vendedor de Ferias

C.Repres.            :            Sin militancia política

F.Detenc.            :            20 de septiembre de 1973

 

  SITUACION REPRESIVA

            Ricardo Octavio López Elgueda, de 15 años de edad, vendedor de Ferias Libres, sin militancia política, fue detenido el 20 de septiembre de 1973, en horas de la mañana, en el interior de su domicilio, en presencia de su familia, en medio de un intenso operativo que realizaban en la Población La Bandera efectivos de la Fuerza Aérea, Carabineros y Ejército. Fue conducido a una cancha de la Población -donde se encontraban numerosos arrestados- siendo allí vendado y maltratado por sus captores. Desde dicho lugar, se les trasladó a la 25 Comisaría de Carabineros, ubicada en la avenida Santa Rosa. En este recinto policial fue visto por testigos, desapareciendo desde allí.

            Margarita Elgueda González -madre de la víctima- señaló que su hogar fue allanado por efectivos del Ejército y de la FACH, los que procedieron a detener a su hijo porque no tenía carnet de identidad. Lo llevaron a la Comisaría de Avenida Santa Rosa hasta donde ella concurrió a las 17:30 horas de ese mismo día. Allí, un militar le informó que el menor había sido llevado al Estadio Nacional, cosa que resultó ser falsa.

            Una vecina del joven, Graciela del Carmen Páez Córdova, en declaración jurada, expuso que el 20 de septiembre de 1973, a partir de las 6 de la mañana, se inició un vasto operativo en el sector de la Población La Bandera. A eso de las 7 de la mañana, miembros de la FACH procedieron a allanar su domicilio y a detener a su cónyuge, Emilio Escobar Flores, por el hecho de tener una gorra azul que usaba en su trabajo de cuidador de autos. Las personas que iban siendo detenidas -dijo la declarante- eran llevadas a una cancha cercana, en la que fueron golpeados y pisoteados. Se les vendó la vista y se les obligó a tenderse boca abajo en la tierra. El operativo duró hasta alrededor de las 18 horas.

            Cuando se llevaron a Emilio Escobar en dirección a la cancha, Graciela Páez salió a la calle para ver qué ocurría. Alrededor de las 11 de la mañana, presenció la detención de Ricardo Octavio López, el que vivía junto a su familia a unos 40 metros de distancia de la casa de la testigo. Lo sacaron a culatazos mientras su hermano mayor, Jaime, entonces de 19 años, suplicaba a los aprehensores que no se lo llevaran. Al igual que el esposo de la declarante, el afectado fue llevado a la cancha, siendo sometido allí a un trato duro, sin ninguna consideración a su corta edad.

            Graciela Páez continuó con su relato diciendo que a partir de las 17 horas, los uniformados iniciaron un proceso de selección de los numerosos arrestados. Aquellos que tenían o habían tenido problemas con la Justicia Ordinaria, fueron marcados en la espalda con pintura roja y apartados del resto, para ser llevados luego a Investigaciones o a otros recintos policiales. Aquellos que no se encontraban en esa situación -entre ellos, el afectado y Emilio Escobar- fueron subidos, a golpes, a camiones. Quince días más tarde, Emilio Escobar salió en libertad. Durante todo ese lapso, permaneció incomunicado en el recinto militar de Cerro Chena, en donde fue flagelado. Sin embargo el menor Ricardo Octavio no fue llevado a dicho lugar.

            Cecilia Basaez Jorquera, también vecina de la Población la Bandera -y a quien le detuvieron, durante el operativo, a un hermano- fue testigo de la detención de la víctima. Declaró que los afectados eran llevados a la cancha de la Población, lugar a la que ella fue para ver a su familiar, enterándose que López Elgueda se encontraba allí. El hermano de la declarante salió en libertad desde la Comisaría de Santa Rosa, donde quedó Ricardo Octavio.

            Por su parte, Adolfo Navia Pérez -también morador de la Población La Bandera- fue detenido a las 14.30 horas de ese 20 de septiembre, por un Sargento y un Cabo de la FACH, los que, a punta de culatazos, lo lanzaron al suelo. Media hora después, lo subieron a un camión y lo condujeron a la 25 Comisaría de Carabineros, en Avenida Santa Rosa. Allí, alrededor de las 17 horas, lo introdujeron en una celda próxima a la entrada y contigua a la Sala de Guardia. Se trataba de una pieza de regular tamaño que estaba atestada de detenidos. Allí se encontraban dos de sus hermanos, de 17 y 16 años respectivamente, además y sentado en un rincón, vio a Ricardo Octavio López Elgueda, a quien conocía. El afectado le contó que lo habían detenido por no tener carnet de identidad.

            Momentos más tarde, un Capitán de Ejército -en la Comisaría sólo se veían militares y personal de la FACH- llamó a Ricardo Octavio, sin que volviera a saberse de él. Posteriormente fueron llamados el testigo y sus dos hermanos. En la sala de guardia, fueron interrogados por el mismo Oficial de Ejército acerca de sus trabajos u ocupaciones, señalando que "sus hermanos quedaban en libertad, pero usted pagará por ellos". Al instante, un soldado le marcó la espalda con pintura roja y lo hicieron subir a un camión donde también iban otros detenidos, entre ellos, un sacerdote y un ciudadano argentino. En los momentos en que el vehículo se ponía en marcha, llegó a la Comisaría el padre del declarante, el que exhibió la licencia militar del testigo al Capitán de Ejército. Este lo hizo bajar del camión con las manos en alto y le dijo "toma tu licencia y sigue trabajando, porque para matar nos sobra".

            Mientras su hijo desaparecía desde la 25 Comisaría de Carabineros, Margarita Elgueda González acudía a distintos recintos de reclusión en busca de Ricardo Octavio. En la Base Aérea de El Bosque, le leyeron una lista de personas detenidas, en la que figuraban nombres de varios conocidos que habían sido arrestados junto al afectado. Así lo hizo notar ella a los uniformados, los que, al verla llorar y enterarse que la víctima tenía sólo 15 años, le pidieron una foto del menor. Pero dijeron no saber nada al respecto.

            Producto del allanamiento realizado en la Población La Bandera, desaparecieron después de ser detenidos, por motivos similares y no tener carnet de identidad, el afectado, Héctor Orlando Vicencio González y Simón Eladio Sánchez Pérez, éste incluso de 17 años y el que se encontraba sólo de paso en dicha Población. De otro de los detenidos en ese operativo, Luis Osvaldo Silva, 38 años y comerciante ambulante, su cadáver se encontró en el Cerro San Cristóbal, con múltiples impactos de bala. Según el certificado de defunción, la data de muerte fue el 21 de septiembre de 1973.

           

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            El 24 de marzo de 1974 se interpuso un recurso de amparo masivo por 131 personas ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el que fue rolado con el N°289-74. La situación de este menor fue incluido en la presentación.

            Durante la larga tramitación del recurso, se hizo distintas consultas a las autoridades de la época, sin obtenerse respuestas positivas en las respectivas situaciones de los amparados. El 28 de noviembre de 1974, el recurso de amparo fue rechazado. Se apeló del fallo y, el 31 de enero de 1975, el Pleno de la Corte Suprema confirmó la resolución y en el mismo acto acordó nombrar un Ministro en Visita Extraordinaria que se abocara a la investigación correspondiente. La designación recayó en el Ministro Enrique Zurita Camps quien, el 24 de febrero de 1975, instruyó el proceso rol N°106.657, en el 1er Juzgado del Crimen de Santiago.

            Dicho proceso se inició con la citación a declarar a los familiares denunciantes, los que fueron compareciendo en el transcurso de los meses. En el caso de Ricardo Octavio López, Margarita Elgueda no fue citada, porque según informaron los funcionarios investigadores encargados de la diligencia, su dirección no fue ubicada. También se enviaron Oficios a las autoridades -todos con respuestas negativas- y se acumularon causas que estaban siendo tramitadas en distintos Tribunales, de denuncias por presuntas desgracias, entre ellas, los expedientes de 11 personas que habían sido detenidas en Isla de Maipo, algunos de cuyos cuerpos fueron encontrados en los Hornos de Lonquén, y los procesos de Enrique París Roa y Enrique Huerta Corvalán, ambos desaparecidos luego de ser detenidos en La Moneda el 11 de septiembre de 1973.

            El 25 de septiembre de 1975 -sin que se hubiese profundizado en ninguno de los casos denunciados- se cerró el sumario por "no poderse adelantar más en la investigación". El 29 de septiembre del mismo año, el Ministro Enrique Zurita dictó fallo. En el caso de los detenidos-desaparecidos José Miguel Rivas Rachitoff, de Luis Sergio Gutiérrez Rivas y de las 11 personas de Isla de Maipo, se declaró incompetente por estar involucrado en los hechos personal de la Fuerza Aérea, la DINA, Ejército y Carabineros, respectivamente. En el caso de los ejecutados Santos Pascual Calderón Saldaño (detenido en Paine el 20 de octubre de 1973 por efectivos del Regimiento Escuela de Infantería de San Bernardo y cuyo cadáver fue encontrado tres días después con heridas de bala) y Calixto Peralta Gajardo (detenido el 29 de enero de 1974 por civiles armados y cuyo cuerpo ingresó pocas horas después al Instituto Médico Legal, también con heridas de bala), el Ministro Zurita sobreseyó temporalmente la causa.

            En relación a 22 casos, se sobreseyó parcial y definitivamente porque se determinó que estas personas se encontraban en libertad y no desaparecidas. Sin embargo, fue incluido aquí el nombre de Gustavo Farías Vargas, desaparecido desde el Regimiento Escuela de Ingenieros Militares de Tejas Verdes en octubre de 1973, manteniendo la calidad de tal hasta el día de hoy.

            En cuanto al resto de los casos denunciados -entre ellos el menor Ricardo López Elgueda- se sobreseyó temporalmente por no estar plenamente justificada la existencia de algún hecho delictual.

            El 10 de mayo de 1976, la Corte de Apelaciones de Santiago aprobó el fallo del Ministro en Visita Extraordinaria, Enrique Zurita Camps.

            Por su parte, la madre del afectado realizó una serie de gestiones administrativas tendientes a dar con el paradero de su hijo. Incluso, en 1974 escribió al General Pinochet, recibiendo como respuesta una carta firmada por el Coronel Jorge Espinoza Ulloa, Secretario Ejecutivo Nacional de la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos (SENDET), el 20 de febrero de 1974. Allí se le decía que el afectado no figuraba en las nóminas de detenidos de dicho organismo.

            Años después, el 1ro de abril de 1991, los familiares de Ricardo Octavio López Elgueda, Héctor Orlando Vicencio González y de Simón Eladio Sánchez Pérez, interpusieron una denuncia por presunta desgracia ante el 22 Juzgado del Crimen de Santiago, la que fue rolada con el N°3447-5. En la presentación relataron las circunstancias en que ellos desaparecieron y se solicitaron distintas diligencias, entre ellas, copias certificadas de los expedientes de los cadáveres ingresados al Instituto Médico Legal de Santiago en calidad de "NN", los días 20, 21 y 22 de septiembre de 1973, y cuyas muertes aparecen acaecidas en el Cerro San Cristóbal. También se solicitó el expediente conteniendo los antecedentes relativos a Luis Osvaldo Silva, cuyo cuerpo fue encontrado en el cerro mencionado.

            A diciembre de 1992, este proceso se encontraba abierto y con diligencias pendientes.

            Por otra parte los antecedentes antropomórficos de Ricardo Octavio López Elgueda fueron anexados a la causa 4449-AF del 22 Juzgado del Crimen de Santiago por el delito de inhumación ilegal, en el Patio 29 del Cementerio General, de personas no identificadas muertas entre septiembre y diciembre de 1973. El Juez Instructor de la causa ordenó la excavación de 108 tumbas en septiembre de 1991. De allí se exhumaron 125 cuerpos, los que fueron remitidos al Instituto Médico Legal. En la actualidad (fines de 1992) se está a la espera de los informes periciales de identificación.

           


Patio 29: Juez da a conocer identidad de otros 3 cuerpos exhumados

Fuente :Martes 29 de diciembre de 2009       Lanacion.cl

Categoría : Prensa

Tal como había anticipado el ministro Alejandro Solís dio a conocer hoy nuevos resultados de pericias de identificación de osamentas humanas encontradas en el Patio 29 del Cementerio General.

Los cuerpos corresponden a los detenidos desaparecidos Juan Carlos Díaz Fierro, Ricardo Octavio López Elgueda y Adrián del Carmen Sepúlveda Farías.

Las muestras óseas fueron enviadas por el magistrado al Laboratorio University of North Texas Health Science Center, que en su informe indicó que la compatibilidad genética es de 99,999% de probabilidad de identificación.

Los análisis se realizaron luego de la auditoría científica realizada en la Unidad de Genética del Servicio Médico Legal y de la designación en marzo de 2007 del denominado Panel de Expertos que integraron los médicos forenses María Cristina de Mendoza y Francisco Etxeberría y el genetista Rhonda Robby.

Los antecedentes reunidos por entidades de derechos humanos señalan que Juan Carlos Díaz Fierro fue detenido el 19 de septiembre de 1973 en su lugar de trabajo -"Casa García"-, ubicado en avenida Libertador Bernardo O'Higgins con Avenida España, y conducido a la Academia de Guerra del Ejército. Sus restos fueron entregados el 27 de octubre de 1973 a sus familiares en el Servicio Médico Legal (SML), hasta donde fueron llevados por una ambulancia militar.

En el caso de Ricardo Octavio López Elgueda, se trataba de un menor de 14 años, vendedor de ferias libres y sin militancia política, fue detenido el 20 de septiembre de 1973, en horas de la mañana, en el interior de su domicilio, en presencia de su familia, en medio de un operativo realizado en la población La Bandera realizada por efectivos de la Fuerza Aérea, Carabineros y Ejército, desde allí fue conducido a una cancha de la población y trasladado a la 25ª Comisaría de Carabineros. Su cadáver fue encontrado, el 21 de septiembre de 1973, en el Cerro San Cristóbal.

Finalmente, Adrián Sepúlveda Farías fue detenido, el 23 de septiembre de 1973, en la Industria Textil Sumar junto a otros dos trabajadores de la misma empresa. Sus restos aparecieron el mismo día en el sector de Pedro de Valdivia Norte. Respecto de esta última víctima existe un proceso criminal abierto, en el que la Corte Suprema condenó, el 22 de octubre de 2007, a 12 años de presidio a Hernán Ovalle Hidalgo por su responsabilidad como cómplice de los homicidios calificados de Adrián Sepúlveda Farías, Donato Quispe Choque y Ofelia Villarroel Latín